Problemática del consumo de drogas (página 2)
Enviado por Ing.Licdo. Yunior Andrés Castillo Silverio
Por Salud Publica Indica MUÑOZ CONDE ha de entenderse "aquel nivel de bienestar físico y psíquico que afecta a la colectividad, a la generalidad de los ciudadanos" (2) o el conjunto de condiciones que positiva o negativamente garantizan y fomentan la salud de los ciudadanos (…)"
Concepto Penal de Salud Pública:
La salud pública deja de ser algo meramente negativo (el equivalente a ausencia de enfermedad) y pasa a contener factores positivos, como son la adecuación del sujeto a la colectividad que constituye su entorno y la posesión de un bienestar, que equivale a un armónico equilibrio de todas sus funciones.
Sobre el análisis de un tipo penal nos adscribimos a la teoría de Juan Bustos Ramírez, quien indica sus directrices de la forma siguiente: "En el Derecho penal se distinguen dos partes: la Parte general y la Parte especial. La Parte general se divide a su vez en Teoría del Delito – tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad – y teoría de la pena. La Parte especial se dedica al estudio concreto de los delitos y las penas que les corresponden según el Código Penal".
2. DESCRIPCIÓN TÍPICA:
Objeto Material del delito
El objeto material en relación al cual se realiza la acción típica es la droga tóxica, estupefaciente o sustancia psicotrópica, catalogadas por las normas nacionales e internacionales.
Sujetos:
Sujeto Activo:
Cualquier persona que posea, elabore, fabrica, comercializa y otra actividad vinculada con la droga toxica, estupefaciente o sustancia psicotrópica.
Sujeto Pasivo:
Es la sociedad, ya que es la agraviada directamente porque atenta contra la salud de los integrantes especialmente los niños y jóvenes, a nivel del proceso esta sociedad es representada por el Estado respectivo, tal es así que los organismos y convenios internacionales, así como las Constituciones consideran como objetivo primordial luchar contra el tráfico ilícito de drogas, por ser un delito que atenta contra la humanidad, es decir de lesa humanidad
B. NORMATIVIDAD INTERNACIONAL
1. Convención Internacional sobre el Opio y Protocolo Final, realizada en La Haya, el 23 de enero de 1912.
2. Convención Única de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes, llevada a cabo en New York, el 25 de Marzo de 1961.
3. Protocolo de Modificación de la Convención Única sobre Estupefacientes, de 1961, realizada en Ginebra, el 25 de marzo de 1972.
4. Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas, llevada a cabo en Viena, el 21 de febrero de 1971.
5. Creación de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) y Aprobación de su Estatuto. Realizada por la OEA, mediante Resolución Aprobada en la Novena Sesión Plenaria. Guatemala, 15 de noviembre de1986, que contiene al Grupo de expertos en control de sustancias químicas precursores de drogas sintéticas y productos farmacéuticos.
6. Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988, realizada en Viena, el 20 de diciembre de 1988, que creó "la Comisión de Naciones Unidas para Estupefacientes"
7. Reglamento Modelo para el Control de Sustancias Químicas que se Utilizan en la Fabricación Ilícita de Estupefacientes y Sustancias psicotrópicas de 1999 de CICAD OEA, que modifica el Reglamento Modelo para el Control de los Precursores Químicos, Sustancias Químicas, Máquinas y Materiales susceptibles de ser utilizados en el TID, de "90.
8. Declaración Andina sobre Lucha contra el Narcotráfico. Lima, 28 de julio de 1990
9. Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Transnacional y Organizada, del 12DIC2002.
10. Decisión 622.- Norma Andina para el control de sustancias químicas que se utilizan en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, promulgado por los Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad Andina, en el Cuzco el 06DIC2004
C. NORMATIVIDAD NACIONAL
1. Constitución Política del Perú (Art. Nro. 8 y 166).
2. D. Ley. Nº 22095 (Ley General de Drogas), que conforme al artículo Primero, tiene cuatro objetivos: La represión del tráfico ilícito de drogas que producen dependencia; la prevención de su uso indebido; la rehabilitación biosicosocial del drogadicto y la reducción de los cultivos de la planta de coca
3. D. Leg. Nº 635 (Código Penal).
4. D. Leg. Nº 824 del 23ABR96, Ley de Lucha contra el TID.
5. D.S. No. 001-99-IN, del 20ENE99, Establece los procedimientos para la detección de insumos químicos utilizados en las drogas
6. Ley Nro. 27238, del 22DIC99, Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamentación.
7. Ley Nro. 27379, del 21DIC2000, Ley del Procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares en los Delitos cometidos por organizaciones criminales, utilizando recursos públicos con la intervención de funcionarios y servidores públicos.
8. Ley Nro. 27444, del 10ABR01, Ley del Procedimiento Administrativo General.
9. Ley Nro. 27934 del 12FEB03, que regula la intervención de la PNP. y el Ministerio Público en la investigación preliminar.
10. Ley Nro. 28002 del 17JUN03, deroga los art. 296c y 296d del Código Penal, modifica el art. 296, establece penas más graves para la microcomercialización de drogas y por ultimo establece cantidades mínimas para la posesión de drogas destinadas para el propio y consumo inmediato:
5 grs. de PBC.
2 grs. de CC.
8 grs. de Marihuana
2 grs. de derivados de Marihuana
1 gr. de látex de Opio
200 mgrs. de derivados del Opio.
11. D. Leg. Nro. 982 publicado el 22 julio 2007, que modifica los art. 296, 297, 298 y 299 del Código Penal, introduciendo el delito de conspiración contra el TID, la inclusión del término adormidera a la amapola, así como al "éxtasis" como nombre genérico de la droga sintética de tipo anfetamínico, y la figura de la microcomercialización de drogas impropias, como el caso del "terokal".
12. Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados, Texto Único Ordenado de la Ley N° 28305, aprobado por DS N° 030-2009-PRODUCE, que compendia los artículos vigentes de las Leyes 28305, 29037 y 29251.
13. D.S. Nro. 053-2005-PCM, del 28JUL05, que Aprueba el Reglamento de la Ley de Control de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados.
15. D.S. Nro. 084-2006-PCM., del 23NOV2006, que Modifica el D.S. Nro. 053-2005-PCM., Reglamento de la Ley de Control de IQPF.
16. Ley Nro. 28878, del 17AGO06, Ley que modifica los Art. 108, 121, 137, 365 y 366 del Código Penal
Antecedentes del delito de tráfico ilícito drogas
El Tráfico Ilícito de Drogas y particularmente el consumo en el Mundo, constituye uno de los principales problemas que las sociedades han enfrentado desde que el hombre descubrió las drogas, hoy es un problema mundial de repercusiones catastróficas para la salud y la seguridad, al cual debemos darle solución.
Al finalizar la década de los setenta, la sociedad no percibía la presencia de un "problema de drogas", entendiéndose por éstas a las comúnmente conocidas como drogas ilícitas, derivadas de la hoja de coca, pese a que ya se manifestaban ciertos patrones de consumo practicados por estratos poblacionales urbanos aislados.
En lo que concierne a la oferta ilegal, propiciada por el narcotráfico, el problema abarca diversos contextos: Dentro del contexto económico, ha generado una distorsión socioeconómica, política y ética, así como graves consecuencias ecológicas, de los sectores poblacionales involucrados en este. Con el transcurso del tiempo y debido a la influencia negativa de los agentes del tráfico ilícito de drogas, tanto lícitas como ilícitas, y el desarrollo de su comercialización a escala mundial, la problemática de los países productores de drogas entre ellos Bolivia, Colombia y Perú ha venido agudizándose, tornándose sumamente compleja. Hoy en día; los especialistas, así como el ciudadano común y corriente, perciben la existencia de gravitantes elementos específicos, tales como:
La enorme producción de hoja de coca con fines ilícitos, mayoritariamente estimulada por intereses extranjeros.
El progresivo deterioro de los niveles de vida de las poblaciones campesinas alto andinas que emigran hacia los ecosistemas de Selva, en donde intervienen en este ilícito penal.
El incremento significativo del número de consumidores de drogas ilícitas tales como: la pasta básica de cocaína, clorhidrato de cocaína, crack, la marihuana, entre otras.
El gran incremento del tráfico y comercialización ilícita de drogas; los delitos derivados de esta actividad y las graves consecuencias de la adicción.
La vertiginosa evolución de las actividades delictivas que desborda la capacidad de los legisladores.
El carácter internacional y organizacional del delito de tráfico ilícito de drogas que exige el accionar concertado de las naciones.
La situación de estos países, presenta características que la particularizan, y es el reflejo de lo que sucede en el complejo mundial, el narcotráfico ha alcanzado una dimensión de interconexión que sobrepasa ampliamente las fronteras de los países afectados por este problema fortaleciendo sus redes, en la medida en la que se dificulta notoriamente el control de los gobiernos individuales.
La demanda de drogas se concentra principalmente en los mercados externos, aunque cada vez se incrementan los niveles de demanda interna. Por el lado de la oferta ésta ha venido respondiendo de manera creciente a la gran demanda principalmente externa, debido en otros a los mayores niveles de precios que aún mantiene el cultivo de coca en relación a los cultivos tradicionales de la región.
LA MICROCOMERCIALIZACIÓN EN NUESTRO PAÍS
El ilícito penal de la micro comercialización o micro producción forma parte del 298 del Código Penal vigente. La concepción inicial comprendía a dos modalidades delictivas, la comercialización o abastecimiento en pequeña cantidad ("paqueteo") cuya pena era más alta y la distribución (venta) directamente al consumidor. Con la Ley N° 28002 se modificó esta especificad, limitando la sanción penal a las cantidades, tanto :de droga fabricada, extractada, preparada, comercializada o poseída por el agente, así como de la materia prima o insumos comercializados en concordancia con los empleados para la elaboración de las cantidades de drogas nomencladas con los nombres triviales de Pasta Básica de Cocaína y derivados ilícitos, Clorhidrato de Cocaína, Látex de Opio o derivados, Marihuana o derivados y éxtasis (conteniendo MDMA, MDA u drogas sintéticas semejantes). Por esta circunstancia, resulta pertinente afirmar que este artículo, corresponde a la "posesión atenuada de drogas"
1. Descripción Típica
La conducta prohibida y reprochable del delito materia de estudio, está previsto en el artículo 298 del Código Penal, que fue modificado por la ley 28002, publicado el 17 de junio del 2003 y luego por el Art. 2do. del D. Leg N° 982 publicado el 982 publicado el 22 julio 2007, en los términos siguientes:
"La pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de siete años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días-multa cuando:
1) La cantidad de droga fabricada, extractada, preparada, comercializada o poseída por el agente no sobrepase los cincuenta gramos de pasta básica de cocaína y derivados ilícitos, veinticinco gramos de clorhidrato de cocaína, cinco gramos de látex de opio o un gramo de sus derivados, cien gramos de marihuana o diez gramos de sus derivados o dos gramos de éxtasis, conteniendo Metilendioxianfetamina – MDA, Metilendioximetanfetamina – MDMA, Metanfetamina o sustancias análogas.
2) Las materias primas o los insumos comercializados por el agente que no excedan de lo requerido para la elaboración de las cantidades de drogas señaladas en el inciso anterior.
3) Se comercialice o distribuya pegamentos sintéticos que expelen gases con propiedades psicoactivas, acondicionados para ser destinados al consumo humano por inhalación.
2. Sujetos del Delito
Sujeto Activo
El Sujeto Activo puede ser cualquier persona natural, hombre o mujer imputables que posea para la venta o producción al menudeo de pasta básica de cocaína, clorhidrato de cocaína, o se dedique a esta actividad ilícita. Esta acción delictiva no exige que el agente activo goce de una cualidad especial.
Sujeto Pasivo
El Sujeto Pasivo en esta modalidad comisiva del ilícito penal es la sociedad, que sufre el impacto directo o indirecto de esta actividad delictiva que aumenta el negocio de las drogas y la riqueza ilegal de los comerciantes. También es sujeto pasivo el Estado como Titular de la Seguridad Publica en general y la Salud Pública en particular, cuya protección se irroga por mandato constitucional, que a través del artículo 8vo. Señala: "El Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas. Asimismo, regula el uso de los tóxicos sociales".
3. Penalidad
La sanción penal que conlleva esta figura delictiva, presenta la privación efectiva de la libertad y la accesoria de multa.
Pena Principal
a. La pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de siete años, para el delito base, sin concurrencia de agravantes.
b. La pena privativa de libertad se elevara a no menor de seis años ni mayor de diez años, cuando el agente ejecute el delito en las circunstancias previstas en los incisos 2,3,4,5 o 6 del artículo 297 del Código Penal.
Pena de Multa
La pena de multa también está contemplada en esta figura delictiva:
a. La multa es de ciento ochenta a trescientos sesenta días multa para el delito base.
b. Cuando el delito en estudio, comprenda ciertas agravantes su multa será de trescientos sesenta a setecientos días-multas.
4. Análisis del delito
La figura de la micro comercialización es una conducta delictiva que está orientada a la venta, expendio o transacción al menudeo de drogas, principalmente de PBC., CC., Marihuana y éxtasis entre otras drogas ilícitas en pequeñas cantidades; cuyo mercado según las estadísticas, ha venido en incremento.
Producto de las acciones de inteligencia y de las intervenciones policiales que se realizan en diversas partes de nuestro país revelan que los consumidores de drogas son abastecidos por una multitud de micro comercializadores que a su vez son proveídos por traficantes mayoristas que suelen manejar uno o dos kilogramos de droga. Asimismo hay evidencias que existen redes que manejan una infinidad de pequeños negocios y centro de diversión en donde se expenden ilegalmente este tipo de sustancias. Estos delincuentes están cada vez más organizados, que conocen con precisión la legislación y los vacíos en materia de tráfico ilícito de drogas, ya que diseñan su estrategia de defensa argumentando las ambigüedades y/o deficiencias de estas normas para salir libre de toda responsabilidad penal respecto a la micro comercialización.
Una de las tantas estrategia de venta, que vienen empleando los micro comercializadores es el uso de intermediarios conocidos como pasadores ("perros") quienes por lo general son consumidores de droga que reciben de comisión por dichas transacciones droga para su consumo personal con lo cual se amparan ante futuras intervenciones policiales, ya que la misma norma – Art. 299 de nuestro Código Penal Vigente Posesión No Punible.
Además de ellos, en los barrios marginales en donde pululan este tipo de microcomercializadores, existe una gran tolerancia al delito, recibiendo el apoyo generalizado de un vasto sector de la población, que los defiende e inclusive encara la intervención de las fuerzas del orden.
5. Formas de acción
Todos sabemos que las organizaciones del TID., que operan en nuestro país, tienen como objetivo final ingresar su producción de drogas a los mercados Norteamericanos, Europeos, el Caribe y los países vecinos de Sur América, entre los que destacan Brasil, Chile, Argentina; Debido a la producción familiar y en clanes de pequeñas cantidades de droga que se ha detectado en los últimos años. Debido a la labor de interdicción y al control fronterizo, un porcentaje que oscila entre el 3 y el 7% del total de producción no llega a dichos mercados, permaneciendo en el país, la cual es comercializada al menudeo en las zonas urbanas, provincias, capitales de Departamentos y la ciudad de Lima. Lugares en donde la droga es manejada por los proveedores o abastecedores conocidos como "paqueteros", cada uno de los cuales vende la droga en cantidades que oscilan entre 10 y 20 gramos conocidos como "bodoques" o "bolsas" a un grupo de micro comercializadores o "keteros" y de esta manera se afirman en el lugar, bajo una economía basada en el libre mercado, sin la presencia de grupos organizados como suele ocurrir en otras latitudes.
Tomando como referencia los resultados de los operativos policiales efectuados, diligencias de descarte y pesaje de la droga y del resultado de las Pericias de Análisis Químico de la droga decomisada, se ha determinado que el peso de 1 'kete' (unidad de venta) de PBC, oscila entre 0,16 gr. y 0,25 gr. en la actualidad este puede llegar a costar 0.50 centavos de nuevo sol, dependiendo del lugar, día y hora de venta; estos "ketes" se comercializan en forma de 'liga', que contiene entre 8 y 10 unidades o 'liga grande', que contiene hasta 20 "ketes", en el primer caso puede costar entre 3 y 4 nuevos soles; en el segundo, entre 5 y 10 nuevos soles respectivamente. La amplia disponibilidad de drogas en las grandes ciudades de Lima y el Callao ha hecho que en muchos lugares sea posible adquirir 3 ó 4 ketes de PBC desembolsando un nuevo sol.
Respecto a los ingresos vinculados con la venta de drogas, se sabe que éstos varían permanentemente. Así, un abastecedor podría obtener una utilidad promedio de entre 300 a 500 soles por kilo de PBC comercializado, pudiendo llegar a vender entre 5 y 10 kilos mensuales. Por su parte, un Microcomercializador obtiene entre 30 y 100 soles diarios dependiendo del número de horas que se dedique a esta actividad, las ventajas comparativas de su ubicación y la amplitud de su clientela; cuando son interrogados, los microcomercializadores usualmente señalan que los ingresos generados por dicha actividad son empleados para suplir sus bajos ingresos y mantener a sus respectivas familias. Sin embargo, se sabe que muchos de ellos han creado necesidades superfluas que necesitan ser cubiertas y en otros casos los ingresos se diluyen en el propio consumo.
Muchos comerciantes al menudeo señalan que existe una ética de la actividad. Informan por ejemplo que sus clientes son únicamente los adictos y que no venden drogas directamente a menores de edad. En esa misma línea y a modo de ejemplo, existirían algunas normas de conducta a seguir cuando un microcomercializador es encarcelado: el distribuidor apoya económicamente a la familia y da por canceladas las deudas existentes, como en todo negocio, existen mecanismos para atraer clientes y mantener a los que ya se tiene. los microcomercializadores suelen referir que mantienen la fidelidad de los clientes consumidores a través de ciertos mecanismos: a) les dan un buen trato, sin agresiones y más bien con respeto; b) les ofrecen mercancía de calidad (pura, no mezclada con otros elementos); y c) les brindan servicios adicionales tales como un lugar para el consumo seguro.
Dentro del contexto de la microcomercialización de las drogas cocaínicas y otras sustancias existe una serie de mecanismos para distribuir las mismas. La venta callejera es la modalidad más tradicional; siendo la venta a domicilio ("delivery") una de las modalidades que en los últimos tiempos se ha intensificado. En este caso el adicto o adicta sólo requiere de hacer una llamada telefónica para que el "dealer" (proveedor) le lleve la droga a donde desee; esta modalidad de compra regularmente es usada por los consumidores de estratos sociales medio-alto y alto con cierta disponibilidad de dinero. Bajo esta modalidad, cabe informar, también se expende drogas sintéticas (éxtasis, ketamina, pcp, lsd, etc.)
En el caso del consumo de la PBC habitualmente los "pastómanos" consumen la droga en lugares variados; sin embargo, los "fumaderos" o "huecos" han sido y son los lugares de predilección, dado que son sitios (casas y terrenos abandonados), donde el adicto o adicta puede consumir la droga sin impedimento. Estos lugares son de difícil acceso para las personas no usuarias, ya que se rodea de gente de mal vivir, delincuentes y reducidores que habitualmente protegen a los adictos de la policía y de sus familiares con el fin de no poder ser interrumpidos e identificados. Ello no invalida el hecho que muchos otros adictos a la PBC no consuman la sustancia en las azoteas o techos y habitaciones de sus casas, calles, parques, automóviles y hostales.
El clorhidrato de cocaína por su parte puede ser consumida en los lugares antes mencionados; sin embargo, existen ciertos lugares atípicos como es el alquiler de domicilios o habitaciones que pasan desapercibidos por la policía, donde los adictos o adictas pueden ingresar a consumir por horas y a veces por días. También el alquiler de habitaciones de hostales y hoteles suelen ser lugares frecuentados para el consumo.
Caso de consumidores (Posesión no punible Art. 299° del C. Penal).
No es Punible la posesión de la droga cuando:
La droga debe estar destinada al CONSUMO, se descarta cuando está destinada a la microcomercialización.
El consumo debe ser para la PROPIA persona quien lo posee, no para terceros.
Debe ser para el MOMENTO INMEDIATO, no para ser consumido en tiempo diferido.
Debe ser de un sólo tipo; la posesión de dos o más clases de droga excluye esta condición (ejemplo Clorhidrato de cocaína con Cannabis Sativa-Marihuana).
El peso de la droga decomisada debe encontrarse dentro de los límites fijados por la norma.Así cuando la cantidad de droga no exceda:
5 gr. de PBC
2 gr. de c cocaína
8 gr. de marihuana o dos gr. de sus derivados
1 gr. látex opio ó 200 mgr. derivados ó 250 mg éxtasis
DESMITIFICACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS
La falta de una información clara y objetiva sobre el consumo de sustancias psicoactivas ha sido una de las razones de que existan una serie de creencias, ciertas o falsas, con relación a su uso y abuso, deformando la realidad según la práctica de tipo socio-cultural de cada contexto.
A continuación se presentan una serie de Mitos, Creencias y Realidades, que una vez aclarados nos permitirán tener una adecuada actitud preventiva con referencia al consumo de las sustancias psicoactivas:
Mitos y realidades:
1.- Cuando se es joven no se puede caer en la adicción.
¡FALSO!La adicción puede surgir a cualquier edad. Hasta antes de nacer la persona puede ser adicta si su madre consume drogas.
2.- Puedes parar el uso de drogas en cualquier momento.
¡FALSO!Dejar de usar drogas no es fácil. Cuando tratas de dejarlas te sientes mal, haciéndote creer que necesitas usar más droga. Si te mantienes alrededor de la gente que usa drogas es aún más difícil dejarlas.
3.- Solo una vez no me pasará nada.
¡FALSO!Detrás de una adicción siempre hay una primera vez. Tener la primera experiencia es ponerse en situación de riesgo pues los efectos de la drogas sobre el Sistema Nervioso Central pueden causar sensaciones aparentemente placenteras que, vividas en una persona de baja autoestima, que no tiene suficiente autocontrol, que está deprimida o se siente sola puede conducir a repetir la experiencia, hasta llegar a la dependencia.
4.- Tienes que haber utilizado las drogas por mucho tiempo para convertirte en una persona adicta y para que empiecen a causar problemas en tu cuerpo o en tu cerebro
¡FALSO!Las drogas pueden hacer que el cerebro mande señales equivocadas a tu cuerpo, lo cual te puede llevar a dejar de respirar, a tener un ataque al corazón y a quedar en coma. Esto puede pasar incluso la primera vez que se utilizan ciertas drogas.
5.- Las drogas ayudan a aliviar el estrés y ayudan a las personas a sobrellevar sus problemas.
¡FALSO!Las drogas sólo hacen que las personas se olviden y no le den importancia a sus problemas temporalmente, cuando el efecto de la droga desaparece los problemas siguen.
6.- Un adicto puede usar y dejar las drogas cuando quiera.
¡FALSO!Luego de que la persona se hace dependiente a las drogas, necesita ayuda y apoyo psicológico y en ocasiones médica, para poder dejar las drogas. Claro está que esto estará sujeto al tipo de droga que haya producido la dependencia, el patrón de consumo y la vía administrativa.
7.- Las drogas enloquecen a las personas.
¡RELATIVO! Depende de las características de la persona (predisponentes) y el tipo de droga que consuma. Existen personas con una predisposición a desarrollar en algún momento de su vida un trastorno mental, en estos casos al consumir drogas aumenta la probabilidad de que éste se presente.
8.- Las drogas motivan la creatividad.
¡FALSO!Las drogas por sí solas, jamás otorgan habilidades que no existan de manera natural en las personas, seguramente los artistas que las han utilizado habrían creado las mismas obras de arte sin necesidad de consumir drogas.
9.- Las drogas mejoran el desempeño académico.
¡FALSO!El ingerir drogas antes de estudiar permite sentir menos el cansancio, pero eso sólo dura unas horas, después el organismo está agotado y ya no responde.
10.-La familia es la única responsable del problema del consumo de drogas.
¡FALSO!La responsabilidad es de todos; aún cuando la familia tiene un rol muy importante, son múltiples las causas asociadas a las drogas en sí misma, al individuo, la escuela, la comunidad y la sociedad en general.
11.- Si consumo drogas, es mi problema, no el de ustedes.
¡FALSO!Por cada persona que sufre una adicción, hay una familia, un grupo de amigos, un colegio, un barrio que de una u otra manera sufren las consecuencias de la enfermedad. A diferencia de otras enfermedades, la adicción a sustancias no sólo compromete a la salud personal sino también la salud familiar y social.
12.- Sólo la gente pobre consume drogas.
¡FALSO!En todas las clases sociales se consume, lo que varía es el tipo de droga consumida, porque mientras mayor capacidad económica se tenga, se pueden adquirir drogas más costosas.
13.- Los drogadictos son delincuentes, debemos sancionarlos.
¡FALSO!Actualmente se considera a la persona adicta como enferma, por lo cual el énfasis está en rehabilitarla. Lo que ocurre es que en la etapa crónica de la enfermedad, la búsqueda vehemente de droga para aliviar el síndrome de abstinencia, por lo general lleva a personas a delinquir a fin de proveerse la sustancia.
14.- Si se toma café se pasa la borrachera.
¡FALSO!El café no ayuda al bebedor a desintoxicarse, es preciso esperar que el cuerpo elimine el alcohol.
15.- El alcohol y el cigarrillo no son drogas.
¡FALSO!Sí son drogas y con un alto poder adictivo, lo que ocurre es que al considerarlas drogas legales, y ser socialmente aceptadas se infravaloran los daños que ocasionan y sus consecuencias.
16.-Yo fumo poco, casi todo el cigarrillo se consume en el cenicero.
¡FALSO!Las sustancias tóxicas del cigarrillo se encuentran en el humo. De modo que aunque no se fume directamente, se está inhalando nicotina y otras sustancias tóxicas del ambiente.
17.- El tabaco no hace daño al feto.
¡FALSO!Cuando la madre embarazada fuma un cigarrillo, produce de inmediato un aumento en la frecuencia cardiaca del feto de 130 a 180 latidos por minuto. Además el aborto, el parto prematuro y el nacimiento de bebés con bajo peso, son riesgos comprobados.
18.- Tomar alcohol ayuda a tener éxito con las mujeres.
¡FALSO!El éxito de una relación está determinado por la personalidad, la capacidad para relacionarse, los valores, gustos e intereses, el conocimiento de sí mismo y el manejo de las emociones, entre otras.
19.-El buen vino y el buen ron no hacen daño.
¡FALSO!Ambos contienen alcohol. Los daños que causan dependen de la cantidad de alcohol que ingresa a la sangre.
20.- La marihuana no lleva a usar otras drogas.
¡FALSO!Todos los estudios indican que la marihuana utilizada en edades tempranas, predispone a utilizar otras drogas.
SUSTANCIA | FORMA DE ADMINISTRACIÓN | ACCIÓN SOBRE SISTEMA NERVIOSO | EFECTOS | CONSECUENCIAS | INDICIOS DE CONSUMO | ||
ALCOHOL | Vía oral.Se bebe. | Depresor. | Euforia inicial, desinhibición, disminución de la tensión, embotamiento, mala coordinación, confusión. | Trastornos hepáticos y de los nervios periféricos, dificultad para hablar, marcha inestable, amnesia, impotencia sexual, delirio. | Tiene fuerte olor a licor en su aliento y su ropa, nariz enrojecida. Frecuenta lugares como cantinas y bares, existe un fuerte deseo o necesidad de beber. | ||
TABACO | Vía oral.Se fuma. | Estimulante. | Desinhibición, sensación de calma. | Trastornos pulmonares y circulatorios. Afecciones cardíacas, infartos y cáncer. | Tiene fuerte olor a tabaco en su aliento y su ropa, deseo o necesidad de fumar. | ||
MARIHUANA | Vía oral.Se fuma.A veces se come. | Alucinógeno.Estimulante. | Disminuye la reacción ante los estímulos y reduce los reflejos, alucinaciones. | Reducción en el impulso sexual, daños en las funciones reproductoras, psicosis tóxica, deterioro neurológico. | Olor a hierba quemada, aumento de apetito. Portapapelitos delgados y cortados, semillas en los cajones, bolsillos. Yemas de los dedos quemados o irritados. | ||
PASTA BÁSICA DE COCAÍNA | Vía oral.Se fuma. | Estimulante. | Agitación, euforia, aumento de estado de alerta, sudoración, escalofríos, rigidez muscular, náuseas, vómitos y sed intensa. | Conducta agresiva, insomnio, trastornos digestivos, apatía e irritabilidad, mala dentición. | Rostro oscuro, dientes de color plomizo o amarillo, olor a llanta quemada. Cabello quebradizo, maltratado, opaco. | ||
CLORHIDRATO DE COCAÍNA | Vía nasal.Se aspira.Algunas veces vía intravenosa. | Estimulante. | Excitación, acentuada desinhibición, hiperactividad, pérdida del apetito, ansiedad, aumento de la presión sanguínea y de las pulsaciones del corazón. | Agitación, hipertensión, desnutrición, anemia, daños hepáticos, renales y cerebrales. En embarazo, fetos defectuosos. | Porta:- Cucharitas muy pequeñas.- Sorbetes.- Tarjetas y/o hojas de afeitar.- Papeles enrollados. |
SUSTANCIA | FORMA DE ADMINISTRACIÓN | ACCIÓN SOBRE SISTEMA NERVIOSO | EFECTOS | CONSECUENCIAS | INDICIOS DE CONSUMO | ||
ASPIRANTES | Vía nasal-bucal.Se inhala. | Depresor. | Euforia inicial, confusión, desorientación, pérdida de la inhibición, trastorno de la conducta, náuseas, vómitos, mareo. | Daño cerebral, palidez y fatiga permanente. Disminución de la concentración y memoria, conducta agresiva. Cirrosis hepática, afecciones en el sistema respiratorio, sordera. | Ojos y nariz irritados, conductas violentas, alentó fétido. Pegamento en las fosas nasales, dedos de la mano y boca. | ||
PSICOFÁRMACOS ESTIMULANTES | Vía oral.Se traga. | Estimulante. | Alerta intensificada, hiperactividad, pérdida del apetito, falta de sueño, taquicardia, locuacidad. | Dilatación de pupilas, nerviosismo intenso, estado de alerta permanente. Insomnio, escalofríos, anorexia. | Irritabilidad permanente, cambios en el comportamiento, insomnio, pérdida de apetito. Bebe gran cantidad de líquido. | ||
PSICOFÁRMACOS DEPRESORES | Vía oral.Se traga. | Depresor. | Depresión del Sistema Nervioso Central.Tranquilidad, relajamiento. | Irritabilidad, risa/llanto sin motivo, disminución de la comprensión y de la memoria. Depresión respiratoria, estado de coma. | Dolores de cabeza, tensión muscular, temblor, palpitaciones, ansiedad. Irritabilidad permanente Bebe gran cantidad de líquido. | ||
ÉXTASIS | Vía oral.Se traga. | Estimulante. | Disminuye el cansancio, desinhibe. Euforia, deshidratación, vértigo. Aumenta la percepción visual, auditiva y táctil, pérdida del control sobre uno mismo. | Crisis de ansiedad, pánico, pérdida de sueño, delirios, alteraciones psicóticas. Golpe de calor, déficit a nivel de memoria y concentración, insuficiencia renal y hepática. | Cambio en el comportamiento, irritabilidad, dolor muscular y de cabeza frecuente, fatiga. Falta de concentración, bebe gran cantidad de líquido. | ||
HEROÍNA | Vía intravenosa.Se inyecta. | Depresor. | Sedación y cierta euforia, sensación de bienestar. Insensibilidad al dolor, disminuye el estado de alerta y función mental. Induce al sueño, reduce la ansiedad, sequedad en la boca. | Inhibición del apetito, estreñimiento, hipertensión. Déficit a nivel de memoria y concentración, trastornos de ansiedad y depresión, inhibición del deseo sexual. En las mujeres patologías ginecológicas. | Adelgazamiento extremo, apatía, bostezos, caries, insomnio, dolor muscular. Náuseas, vómitos y diarrea frecuente. Brazos pinchados por las agujas. |
Barrenechea, L. (2001). Manual para líderes juveniles. Lima: Ed. CEDRO
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Enviado por:
Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.
"NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"®
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Santiago de los Caballeros,
República Dominicana,
2015.
"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH -POR SIEMPRE"®
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