- Introducción
- Regulación y supervisión bancaria en Panamá: de la comisión bancaria nacional a la superintendencia de Bancos
- Las carreras con más opciones de trabajo en Panamá
- Conclusión
- Infografía
Introducción
Al hablar de migración es por ello conveniente recordar los periodos históricos que precedieron al actual. Sólo desde el contexto histórico y considerando las variables económicas y sociales, podremos comprender los motivos por los que emigran, personas procedentes de todos los continentes y que llegan a los países de destino con la expectativa de permanecer por un tiempo o, tal vez, de construir una vida en ellos.
Las recientes corrientes migratorias del Medio Oriente hacia Europa, y las devastadoras consecuencias sociales y económicas, tanto para los refugiados como para los países que los reciben, son evidentes.
Panamá promueve internacionalmente su apertura al turismo, las inversiones y los negocios. Nuestro país goza de una economía pujante y de un envidiable y atractivo crecimiento, para ciudadanos de muchos países. Las crisis políticas, sociales y económicas de algunos vecinos de la región han originado una masiva corriente migratoria hacia nuestro territorio.
IMPACTO ECONÓMICO EXTRANJERO
Antecedentes
Panamá es un país que se caracteriza por tener una posición geográfica estratégica, se considera unos de los más importantes centros de conexiones del mundo. La migración de extranjeros por el territorio Panameño radica principalmente desde la explotación del Canal de Panamá y de allí un auge de culturas se han radicado en el país, Panamá posee una gran variedad cultural y étnica.
Para los extranjeros que ingresan al territorio factores como el idioma, clima y moneda son puntos a ganar y allí su gran atractivo para que esta actividad sea una de las más importantes del país. Debido a la posición que tiene Panamá como un cruce de comercio y transporte internacional, posee una larga historia de vivir y trabajar con extranjeros, Panamá es el hogar de inmigrantes de todo el mundo.
Requisitos para ingresar al país:
Pasaporte válido (a los menos 3 meses previos a su fecha de expiración).
Boleto de regreso y documentos para ingresar a otro país de destino
Solvencia económica.
Visa de turismo (si aplica).
Beneficios para los extranjeros:
Moneda fuerte y estable.
Clima tropical, ausencia de desastres naturales comunes en otras regiones.
Estadía para turistas es de 6 meses y opción a extender la visa, pueden conducir en el territorio nacional con licencia de país de procedencia por un tiempo de 90 días.
La solvencia económica para demostrar es de $500.00 dólares.
Es un país seguro, está considerado como el más seguro en la región.
Infraestructura moderna.
Gobierno amable al inversor extranjero o jubilado, Panamá tiene el plan de beneficios para jubilados mejor del mundo y un gobierno amable a los inversionistas extranjeros.
Transporte económico
Fuerte sector de servicios financieros.
Desventajas para el país
Repatriación de dinero a países de origen.
Debilitación de costumbres y culturas propias del país.
Lavado de dinero.
Incremento de actividades ilícitas.
Se desplaza a la mano de obra local.
Paraíso Fiscal
Definición
Un paraíso fiscal es un territorio o Estado que se caracteriza por aplicar un régimen tributario especialmente favorable a los ciudadanos y empresas no residentes que se domicilien a efectos legales en el mismo. Típicamente, estas ventajas consisten en una exención total o una reducción muy significativa en el pago de los principales impuestos, así como el secreto bancario.
Origen
Los expertos sitúan el inicio del proceso de aparición de los paraísos fiscales en los años sesenta, si bien no fue hasta los años ochenta cuando se consolidaron como destino relevante del flujo internacional de capitales.
Relevancia Económica
A finales del siglo XX, el Comité de Expertos de París estimó que la mitad del comercio mundial pasaba ya por paraísos fiscales; a inicios del siglo XXI el valor de los activos de positivos en este tipo de territorio superaba los 11 billones de euros.
Según un informe de la ONG Intermon Oxfam, esta cifra se ha elevado ya a 24 billones de euros, lo que significa que los paraísos fiscales ocultan una tercera parte del PIB mundial. Dice también que una lucha decidida contra estos territorios liberaría más de 90.000 millones de euros para, por ejemplo, combatir la pobreza en el mundo.
Según otra ONG, Tax Justice Network, entre 2005 y 2010, la élite económica mundial ocultó en estos territorios de baja tributación entre 15 y 20 billones de euros.
En España, según el Observatorio de Responsabilidad Corporativa, el 86% de las 35 mayores compañías españolas, las que cotizan en el Ibex, las que se identifican con la Marca España, tienen algún tipo de filial en paraísos fiscales.
Ventajas
A las empresas, un cauce para reducir su factura fiscal, por tanto, su cuenta de gastos, y, como consecuencia de ello, para mejorar su competitividad.
El instrumento favorito de esta planificación corporativa es la sociedad holding, que permite eludir cualquier imposición cuando los dividendos generados se reinvierten en el extranjero y diferirla hasta que sea transferida al país de origen cuando su destino es alimentar las cuentas de la matriz.
Este tipo de sociedades ofrece a las empresas, por tanto, una vía alternativa de financiación, que ha hecho que muchas multinacionales hayan consolidado el hábito de establecer en territorios de baja tributación sus filiales de servicios.
Para los particulares, los paraísos fiscales ofrecen el camino más seguro para sus estrategias de planificación fiscal. Allí pueden depositar su dinero a salvo de la voracidad del fisco de sus países de origen y, además, el secreto bancario y la opacidad informativa les garantiza la discreción que necesitan.
La fórmula más habitual para esta estrategia son las llamadas sociedades offshore, que permiten constituir en sólo 48 horas, por 150 euros, sin apenas requisitos formales y garantizando la máxima confidencialidad un establecimiento financiero totalmente operativo y ajeno a miradas indiscretas.
Características
Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), cuatro factores clave son utilizados para determinar si una jurisdicción es un paraíso fiscal:
Si la jurisdicción no impone impuestos o estos son solo nominales. La OCDE reconoce que cada jurisdicción tiene derecho a determinar si imponer impuestos directos. Si no hay impuestos directos pero sí indirectos, se utilizan los otros tres factores para determinar si una jurisdicción es un paraíso fiscal.
Si hay falta de transparencia.
Si las leyes o las prácticas administrativas no permiten el intercambio de información para propósitos fiscales con otros países en relación a contribuyentes que se benefician de los bajos impuestos.
Si se permite a los no residentes beneficiarse de rebajas impositivas, aun cuando no desarrollen efectivamente una actividad en el país.
Listado de países considerados paraíso fiscal
Existen unos 73 paraísos fiscales alrededor de todo el mundo.
Andorra, Corea, Anguila, Letonia, Antigua y Barbuda, Líbano, Aruba, Liberia, Austria, Liechtenstein, Bahamas, Luxemburgo, Bahrein, Macao, Barbados, Malasia, Bélgica, Maldivas, Belice, Malta, Bermudas, Islas Marshall, Botsuana, Mauricio, Islas Vírgenes Británicas, Mónaco, Brunei Darussalam, Montserrat, Canadá, Nauru, Islas Caimán, Países Bajos, Islas Cook, Antillas Neerlandesas, Costa Rica, Panamá, Chipre, Filipinas, Dinamarca, Portugal, Dominica, Samoa, Francia, San Marino, Alemania, Seychelles, Ghana, Singapur, Gibraltar, España, Granada, San Cristóbal y Nieves, Guatemala, Santa Lucía, Guernsey, San Vicente y las Granadinas, Hong Kong, Suiza, Hungría, Islas Turcas y Caicos, India, Emiratos Árabes Unidos, Irlanda, Reino Unido, Isla de Man, Uruguay, Israel, Islas Vírgenes de EE.UU., Italia, EE.UU. ,Japón, Vanuatu, Jersey.
Organizaciones que combaten el lavado de activos
La presión de diversos organismos internacionales, especialmente la OCDE y el FATF, ha conseguido que, en los últimos años, muchos paraísos fiscales, hayan accedido a hacer ciertas concesiones en materia de intercambio de información, especialmente en lo relativo a la colaboración en el esclarecimiento de delitos graves.
También el sector bancario aplica ahora estrictas políticas de identificación de sus clientes, conocidas como "due diligence".
No obstante, en muchos casos la opacidad de estos territorios todavía es importante, así como lo son sus ventajas fiscales. Esto es aprovechado por sectores muy diferentes de la economía, desde ahorradores privados, pasando por inversores, empresas de importación y exportación, hasta grandes multinacionales, bancos y aseguradoras.
Por otro lado, muchos países (particularmente los miembros del OCDE) han promulgado leyes que pretenden dificultar a sus ciudadanos eludir el pago de impuestos mediante sociedades en paraísos fiscales.
En estos casos, estas sociedades se consideran como una corporación extranjera controlada o CEC, aplicándose a su dueño un régimen de transparencia fiscal, es decir, considerando los ingresos de dicha compañía como generados directamente por su propietario.
En cuanto a sus relaciones internacionales, pocos países cuentan con acuerdos bilaterales en materia de doble imposición internacional o, si existen, se excluyen de ellos expresamente a las sociedades no residentes.
GAFILAT
El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) es una organización intergubernamental de base regional que agrupa a 16 países de América del Sur, Centroamérica y América del Norte para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros.
Se creó formalmente el 8 de diciembre de 2000 en Cartagena de Indias, Colombia mediante la firma del Memorando de Entendimiento constitutivo del grupo por los representantes de los gobiernos de nueve países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay. Posteriormente se incorporaron como miembros plenos México (2006), Costa Rica y Panamá en el 2010, Cuba en el 2012, Guatemala, Honduras y Nicaragua en el 2013.
El grupo goza de personalidad jurídica y estatus diplomático en la República Argentina donde tiene la sede de su secretaria.
Su Función
GAFILAT es un grupo regional perteneciendo a la red internacional de organismos dedicándose a la prevención y al combate del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Núcleo de esta red es el GAFI7FATF con su sede dentro dela OCDE en Paris. Aquel organismo emite las 40 recomendaciones que todos sus países miembros se obligan de implementarlas en ley nacional.El GAFI/FATF cuenta con 36 países miembros y 8 grupos regionales como organismos asociados.
GAFILAT fue creado a semejanza del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) adhiriéndose a las 40 recomendaciones del GAFI como estándar internacional más reconocido contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, y el desarrollo de recomendaciones propias de mejora de las políticas nacionales contra estos delitos.
Las Actividades
GAFILAT apoya a sus miembros en la implementación de las 40 recomendaciones en ley nacional y en la creación de un sistema regional de prevención contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
OCDE
Fundada en 1961, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) agrupa a 34 países miembros y su misión es promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo.
La OCDE ofrece un foro donde los gobiernos puedan trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes.
Trabajamos para entender que es lo que conduce al cambio económico, social y ambiental. Medimos la productividad y los flujos globales del comercio e inversión. Analizamos y comparamos datos para realizar pronósticos de tendencias. Fijamos estándares internacionales dentro de un amplio rango de temas de políticas públicas.
Países miembros de la OCDE
Alemania
Australia
Austria
Bélgica
Canadá
Chile
Corea
Dinamarca
España
Estados Unidos
Eslovenia
Estonia
Finlandia
Francia
Grecia
Hungría
Irlanda
Islandia
Israel
Italia
Japón
Luxemburgo
México
Noruega
Nueva Zelanda
Países Bajos
Polonia
Portugal
Reino Unido
República Checa
Suecia
Suiza
Turquía
Colaboración Global
Países en proceso de adhesión a la Organización: Federación Rusa (proceso en pausa), Colombia y Letonia
En 2015 comenzarán las conversaciones de adhesión de Costa Rica y Lituania
Colaboración con países clave: Brasil, China, India, Indonesia, Sudáfrica
Además de colaborar con otras 60 naciones
¿Por qué Panamá es considerado un paraíso fiscal?
Su historia
A pesar de que panamá no es el único paraíso fiscal donde es posible "esconder" dinero, si es uno de los más antiguos de América.
En 1919 comenzó a registrar busques extranjeros para ayudar a la compañía petrolera Standard Oil a evadir impuesto en Estados Unidos, según el informa del investigador Armando J. García, del Instituto noruego para Investigación en Economía y Administración de Negocios.
A finales de 1921, los banqueros de Wall Street ayudaron a Panamá a elaborar una legislación que le permitiera a cualquier extranjero crear corporaciones libres de impuestos.
Sus Leyes
En 1970 Panamá aprobó leyes estrictas de confidencialidad, lo que ofreció a los dueños de las compañías a operar de forma anónima
Además de que con el tiempo se permitió que los interesados no se presentaran declaraciones de impuestos o que las cuentas sean auditadas, esto de acuerdo con InSight Crime, la fundación que estudia el crimen organizado en Latino américa y el Caribe.
¿Cómo Panamá se convierte en paraíso fiscal?
Si bien Panamá se esforzó por cambiar la imagen de paraíso fiscal y posicionarse como un centro financiero serio, lo que le valió que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) lo borrara de su lista gris, la investigación revelada ayer vuelve a posicionarlo como un importante punto de atracción para el sector financiero.
Panamá se desarrolló como un gran centro de comercio a escala internacional y un importante punto de atracción para el sector financiero. Atravesado por un canal que une el mar Caribe con el océano Pacífico, la banca es el sector estrella de la economía panameña, alimentada por el desarrollo de leyes bancarias afines a los objetivos del capital financiero.
Ese país ha sido -y es- terreno abonado para los delitos de fraude fiscal, blanqueo de dinero y estafas financieras. Entre las causas, cabe destacarse que su jurisdicción acepta la confidencialidad de documentos o registros, lo que permite que tanto empresas multinacionales como personas residentes en países con regímenes tributarios impositivos puedan utilizar dichos mecanismos para transferir fondos y ocultar la información.
De esta manera, obtienen una ventaja al ahorrarse impuestos que tendrían que haber pagado en sus lugares de origen. A Panamá este sistema le permite capturar fondos que de otra forma no recibiría. Sin embargo, la doble tributación también le ha originado inconvenientes, motivo por el que diversos organismos internacionales han elaborado formas de contrarrestar estas fórmulas fiscales que les perjudican.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), elaboró una lista en el año 2000, en la que aparecían 48 paraísos fiscales y entre los cuales, de manera destacada, estaba Panamá.
El organismo puso en marcha un mecanismo de sanciones entre las que se encontraba la negación de créditos para financiar operaciones transaccionales.
La Superintendencia de Bancos de Panamá, el organismo puesto en marcha por el gobierno para "fiscalizar" las operaciones bancarias en el país alcanzó algunos acuerdos, entre los que se incluye la transmisión de información sobre los bancos que operan en territorio panameño a instituciones fiscales de otros países. Esto ha permitido que, desde entonces, la OCDE considere a Panamá "paraíso fiscal cooperante" y vuelva a recibir un trato de favor.
En este marco, en los últimos tiempos el país se esforzó por cambiar esta imagen y posicionarse como un centro financiero serio. Su gobierno aprobó una serie de regulaciones para los bancos, aseguradoras, firmas inmobiliarias y bolsas de acciones y de piedras preciosas.
En febrero, el GAFI, que lucha contra el lavado de dinero, borró a Panamá de su Lista Gris de países que a nivel internacional no cumplen con los estándares de intercambio de informaciones financieras y fiscales, en tanto que el Fondo Monetario Internacional (FMI) elogió en su más reciente informe la estabilidad del sector bancario panameño.
Resta ver cómo afectará el escándalo internacional a la calificación que los organismos de crédito y cooperación económica internacionales le den al país del Caribe.
Regulación y supervisión bancaria en Panamá: de la comisión bancaria nacional a la superintendencia de Bancos
Los inicios de la actividad bancaria
La actividad bancaria en Panamá se remonta a los albores de nuestra República, al establecerse en 1904 dos bancos importantes. El primero de ellos, el International Bank Corporation, que cambió de nombre a First National City Bank of New York, hoy Citibank, que es parte de Citigroup, el mayor conglomerado financiero del mundo. El segundo fue el Banco Nacional de Panamá.
Con el devenir de los años, varios bancos tanto internacionales como panameños iniciaron operaciones para apoyar el financiamiento de las actividades comerciales, industriales y agropecuarias en nuestro país. En 1934 se creó la Caja de Ahorros, la cual se especializó en el financiamiento hipotecario; el Banque National de París en 1948, que cambió su nombre a BNP Paribas, y el Banco General en 1955.
La actividad bancaria creció libremente debido a las innegables ventajas comparativas de nuestro país, al punto que a finales de la década de los sesenta operaban más de un centenar de establecimientos con placas de banco, sin realizar estrictamente las delicadas funciones de intermediación financiera.
Creación de la Superintendencia de Bancos
Gracias al apoyo de un grupo de expertos en materia bancaria formado por banqueros y abogados, se logra una legislación moderna concebida bajo las normas y principios del Comité de Basilea, ente que establece en el mundo las políticas y sanas prácticas bancarias.
El Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998 introduce un cambio en la filosofía de autorregulación que permitió el desarrollo del Centro Bancario Internacional durante las dos décadas anteriores, para adaptar el sistema a las nuevas realidades económicas.
La nueva legislación estableció un marco con claras facultades y poderes para el regulador. Además, fortaleció el aspecto institucional al brindar autonomía administrativa y financiera a la Superintendencia de Bancos, al asignarle presupuesto propio proveniente de las tasas que aportan los bancos y los costos de supervisión, a diferencia de la Comisión Bancaria Nacional cuyos fondos eran consignados por el Gobierno Central al Presupuesto General del Estado.
Otra ventaja de la Ley fue que propició la permanencia de los miembros de la Junta Directiva y del Superintendente por términos que establece la Ley, con causales de remoción establecidas en la misma y cuya aplicación compete a la Corte Suprema de Justicia.
La Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos está conformada por distinguidos profesionales y empresarios sin vínculos con el sector bancario, ni posibilidad de ser funcionarios.
Las principales funciones de la Junta Directiva son: aprobación de normas prudenciales, interpretación en el ámbito administrativo de disposiciones legales y reglamentarias en materia bancaria, resolver las apelaciones contra resoluciones emitidas por el Superintendente, asesorar al Gobierno Nacional en torno al desarrollo del sistema bancario de Panamá.
Entre las principales funciones del Superintendente se encuentran: velar por la estabilidad del sistema bancario, supervisar los bancos y a los grupos económicos de los cuales formen parte, otorgar y cancelar licencias bancarias, decretar medidas correctivas respecto a los bancos (designación de asesores, intervención, reorganización, liquidación forzosa, imposición de multas, etc.), además de autorizar fusiones de bancos y la administración de las tareas diarias de la Superintendencia.
Consolidando las bases de un competitivo Sistema Bancario
Desde la creación de la Superintendencia de Bancos se ha contribuido a minimizar los principales riesgos y a garantizar la seguridad y solidez del Centro Bancario Internacional. Este gran compromiso y responsabilidad se ha construido sobre bases sólidas de credibilidad, estabilidad y profesionalidad, al proyectar una mejor imagen de un centro moderno y confiable.
El desarrollo del Centro Bancario Internacional de Panamá se ha fortalecido y consolidado como una de las principales de la región latinoamericana.
Uno de los principales retos del supervisor bancario es mantenerse a la vanguardia de los negocios desarrollados por los bancos y lograr eficiencia en el monitoreo de productos sofisticados. Para ello, es indispensable una continua actualización de las técnicas de supervisión.
Con el fin de enfrentar estos retos, en el 2010 la Superintendencia de Bancos de Panamá inició la implementación de un Plan Estratégico que fue desarrollado y completado durante el quinquenio siguiente. El cumplimiento de esta hoja de ruta, fue primordial para hacer frente a los desafíos de la era, a través del desarrollo de normas y parámetros para fortalecer los sistemas financieros, lograr mayor seguridad en las operaciones bancarias; además de contar con una mayor transparencia, veracidad y exactitud de la información financiera que se presenta y sobre la cual se toman decisiones.
Dando seguimiento al trabajo continuo de este regulador, la Superintendencia de Bancos presentó en junio de 2015, el diseño integral de su nuevo Plan Estratégico que será implementado durante el periodo 2015-2019, el cual está basado en cuatro objetivos básicos:
Ser referente local e Internacionalmente por la Calidad de la Supervisión basada en Riesgos.
Actualizar el Marco Regulatorio acorde a Estándares Internacionales.
Fortalecer la Competitividad y Posicionamiento del Centro Bancario Internacional.
Fortalecer la Gestión Institucional.
La renovación de esta hoja de ruta permitió definir grandes objetivos estratégicamente pensados, para seguir encaminando a la Superintendencia de Bancos de Panamá, en su importante labor de regular y supervisar el centro bancario panameño.
La Superintendencia de Bancos de Panamá se mantiene en constante seguimiento del comportamiento de las principales economías del mundo y de sus sistemas financieros, reafirmando su misión de velar por la continuidad en la adecuada aplicación de las sanas prácticas bancarias.
Como ente regulador y supervisor de la banca y del negocio fiduciario, reafirma su compromiso de continuar trabajando por mantener un centro bancario que está llamado a proyectar un centro bancario más competitivo y posicionado internacionalmente.
Prevención y Control de Operaciones Ilícitas
La globalización de la economía consecuencia de la evolución de los mercados financieros, la creación de nuevos productos, la competencia y el avance tecnológico traen consigo también la globalización de los delitos económicos transnacionales propios del crimen organizado como por ejemplo el blanqueo de capitales y el financiamientos del terrorismo.
La Superintendencia de Bancos de Panamá mediante una regulación con estándares internacionales y una supervisión efectiva de los bancos, ha logrado mantener la imagen del Centro Bancario de Panamá como líder en la región latinoamericana, por ende impera la responsabilidad y el compromiso con la comunidad usuaria de sus servicios; en cuanto a las acciones que deba emprender para su funcionamiento en favor de las actividades lícitas que promueven el desarrollo económico y social del país.
Este ambiente permite a la comunidad nacional e internacional seguir gozando de la vocación y competitividad de Panamá como una plaza de servicios financieros segura, transparente, confiable y protegida contra las actividades ilícitas.
Las nuevas 40 Recomendaciones del GAFI
Régimen Anti lavado
Leyes y Decretos
Ley 23 del 27 de abril de 2015
Que adopta medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, y dicta otras disposiciones.
Decreto Ejecutivo No 363 del 13 de agosto de 2015
Que reglamenta la Ley 23 del 27 de abril de 2015, que adopta medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y dicta otras disposiciones.
Decreto Ejecutivo No 587 de 4 de agosto de 2015
Que reglamenta el congelamiento preventivo desarrollado en el Título VI de la Ley 23 del 27 de abril de 2015, mediante el cual se adoptan medidas para prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y dicta otras disposiciones.
Decretos Ejecutivos
Decreto 55
De 1 de febrero de 2012. Por medio del cual se modificaEl Decreto Ejecutivo 1 de 3 de enero de 2001, que reglamenta la Ley No. 42 de 2 de octubre de 2000.
Decreto 855
De 24 de agosto de 2010. Por el cual se designan a los representantes del sector privado ante la comisión presidencial de alto nivel contra el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo.
Decreto 266
Decreto Ejecutivo No. 266 de 23 de marzo de 2010. Por medio del cual se modifica el Decreto Ejecutivo 1 de 3 de enero de 2001, que reglamenta la Ley 42 de 2 de octubre de 2000.
Decreto 195
Decreto Ejecutivo No. 195 de 18 de octubre de 2007.Por medio del cual se establece el procedimiento para acatar las Resoluciones emanadas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Decreto 104
Decreto Ejecutivo No. 104 de 20 de junio de 2006, a través del cual se designa a la Vice-Ministra de Finanzas como representante permanente por la República de Panamá ante el Grupo de Acción Financiera del Caribe GAFIC.
Decreto 76
De 26 de mayo de 2006 – Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 2 y cuatro literales al artículo 3 del Decreto Ejecutivo 125 de 27 de marzo de 1995 y se adoptan otras disposiciones
Decreto 65
De 12 de septiembre de 2006 – Que reglamenta algunas disposiciones de la Ley 16 de 23 de mayo de 2005 sobre las casas de empeño
Decreto 271
De 12 de diciembre de 2005 – Por el cual se designa a Carlos Berguido, como representante de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa en la Comisión Presidencial de Alto Nivel contra el Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo
Decreto 136
Del 9 de junio de 1995 – Por el cual se crea la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Delito de Lavado de Dinero Producto del Narcotráfico, adscrita al Consejo de Seguridad Pública y Defensa Nacional.
Decreto 29
De 16 de febrero de 2005 – Por el cual se modifican algunos artículos al Decreto Ejecutivo No. 125 de 27 de marzo de 1995 y se adoptan otras disposiciones
Decreto 59
De 16 de junio de 2004 – Se adiciona el literal h) al artículo 25 del Decreto Ejecutivo 131 de 13 de junio de 2001, a la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Departamento de Análisis y Estudio contra Actividades Terroristas y Asuntos Conexos, dentro de la Dirección General de Organismos y Conferencias Internacionales.
Decreto 78
De 4 de junio de 2003 – Creación de la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo.
Decreto 77
De 5 de junio de 2003 – Creación y designación de los miembros de la Comisión Presidencial de Alto Nivel contra Lavado de Dinero producto de narcotráfico y se dictan otras disposiciones
Decreto 26
De 2 de marzo de 2001 – Modifica el Decreto Ejecutivo No. 125 de 27 de marzo de 1995 y el Decreto Ejecutivo No. 64 de 17 de marzo de 2000 que crea y designa los miembros de la Comisión Presidencial de Alto Nivel contra el Lavado de Dinero Producto del Narcotráfico, y se dictan otras disposiciones.
Decreto 1
De 3 de enero de 2001 – Por el cual se reglamenta la Ley No. 42 de 2 de octubre de 2000. Modificado por el DE No 55 de 1 de febrero de 2012.
Decreto 163
De 3 de octubre de 2000 – Por el cual se reforma el Decreto No. 136 de 9 de junio de 1995 y se crea la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales, tal como se define este delito en el Código Penal.
Decreto 213
De 3 de octubre de 2000 – Por el cual se modifican los artículos 20 y 21 del Decreto Ejecutivo No. 16 de 3 de octubre de 1984, relacionados con el ejercicio de fideicomiso.
Acuerdos
Acuerdo No. 10 2015. Prevención del uso indebido de los servicios bancarios y fiduciarios. G.O. 27848 de 18 de agosto de 2015. Deroga el Acuerdo No. 12-2005, elAcuerdo No. 8-2006, la Resolución General de Junta Directiva No. SBP-GJD-0004-2014 y la Resolución JD No. 032-2005. Ver Resolución SBP-GJD-0001-2014 y Resolución General de Junta Directiva No. SBP-GJD-0003-2015.
Acuerdo No. 09 2015. Procedimiento administrativo sancionatorio en materia de prevención. G.O. 27841 de 7 de agosto de 2015.
Acuerdo No. 07 (2015). Catálogo de Señales de Alerta para la detección de Operaciones Sospechosas relacionadas con Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva. G.O. 27807 de 22 de junio de 2015. Deroga el Acuerdo Especial No. 12-2005-E de 14 de diciembre de 2005. Ver Resolución General de Junta Directiva No. SBP-GJD-0003-2015.
Acuerdo No. 05 (2015). Prevención del uso indebido de los servicios brindados por otros sujetos obligados bajo la supervisión de la Superintendencia de Bancos. G.O. No. 27802-A de 15 de junio de 2015. Ver Resolución General de Junta Directiva No. SBP-GJD-0003-2015.
Acuerdo No. 04 (2015). Por medio del cual se establece el procedimiento para el registro de los custodios de acciones al portador. G.O. 27793 de 2 de junio de 2015.
Acuerdo No. 10 (2000). Se actualizan las disposiciones sobre el programa de cumplimiento y el oficial de cumplimiento. Deroga el Acuerdo No. 8-2000. G.O. 24219 de 15 de enero de 2001. Véase las Circulares (19-2004, 36-2004, 37-2005, 41-2007 y 7-2010).
Resoluciones
Resolución JD-8-08 Zona Libre de Colón
Por medio de la cual se establece el Procedimiento para la aplicación de las normas sobre la Prevención de Blanqueo de Capitales y contra el Financiamiento del Terrorismo en las áreas y empresas bajo el régimen de la Zona Libre de Colón"
Resolución CTS 08- 2008
Por el cual el Consejo Técnico de Seguros de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá establece Medidas de Prevención, Control y Fiscalización de Blanqueo de Capitales y Contra el Financiamiento del Terrorismo.
Resolución JD 32-2005
Por la cual se fija el alcance del concepto de Debida Diligencia contenido en el Artículo 3 del Acuerdo 12-2005, publicada en Gaceta Oficial No. 25,469 del 23 de enero de 2006.
Ley Bancaria
Ley Bancaria. (Texto Único del Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998 y todas sus modificaciones). Ver Sentencia de 11 de junio de 2014 del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, Resolución de 7 de noviembre de 2014 de la Corte Suprema de Justicia, Ley 97 de 1998 "Por el cual se crea el Ministerio de Economía y Finanzas y se dictan otras disposiciones" (artículo 20 – Tasa de Regulación y Supervisión Bancaria).
Movimiento Migratorio
Entradas 2011 – 2015
Entradas al 31 de mayo de 2016
Las entradas por los aeropuertos representan un 88%, por las fronteras un 9% y por los puertos un 3%.
Principales Nacionalidades
Visita en calidad de permanencia en el país
Permisos de Residencia 2016
El 81% de las visas han sido aprobadas y el 19% negadas.
Los aplicantes a un permiso de residencia por sexo se dividen en 5,380 hombres y 4,162 mujeres.
Cifras al 31 de mayo de 2016
La mayor cantidad de aplicantes a permiso de residencia se encuentran entre un rango de edad de 21 a 30 años.
Entre las visas más comunes con mayor cantidad de aplicantes son:
Casados con nacional
Razones laborales
Educación
Proceso de Regularización Migratoria Extraordinaria 2010-2014
En la pasada administración se realizaron 15 ferias en las que se regularizaron a más de 40 mil extranjeros. Desde la creación del programa la Dirección de Migración ha recaudado casi $50 millones y según la Ley el 80% de estos dineros se destinan al Ministerio de la Presidencia para ayuda social y seguridad, y el 20% para el Fondo Especial para el Desarrollo del Recurso Humano del Servicio Nacional de Migración. Fuente: La Estrella de Panamá
Dentro del periodo del 2010 – 2014 de las ferias de regulación migratoria el 75% fueron legalizaciones y un 25% renovaciones.
Estatus Actual de las Ferias de Regulación del Gobierno
El pasado 3 de junio se publicaron en Gaceta Oficial dos Decretos relacionados a asuntos migratorios: el 167 y 168.
El primero establece el procedimiento de regularización migratoria general en el que se exigen a los interesados ciertos requisitos, un papel muy similar al Decreto 547 del 25 de julio de 2012 que dio paso al Crisol de Razas en el gobierno pasado. "Lo único que cambia en esta ocasión es el nombre, y un requisito nacional de paz y salvo, además, de una inscripción para cotizar en la Caja de Seguro Social que no indica necesariamente que estén cotizando, o que el gobierno realice un monitoreo de las personas que llevan estos documentos para su regularización'.
El segundo Decreto publicado, el 168, está dirigido a nacionales de China que tienen varios años de radicar en Panamá, y cuya situación migratoria es irregular.
Fuente: La Estrella de Panamá
Deportaciones 2016
Hasta el 31 de mayo de 2016, los hombres representan un 88% de las deportaciones y las mujeres un 12%.
Inversion Directa Extranjera en Panama
El Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), presenta en esta publicación los cuadros estadísticos sobre la Inversión Directa Extranjera (IDE), según país de residencia del inversionista, categoría de actividad económica y principales sectores que operan en la economía nacional, para los años 2012-14.
La IDE es una variable fundamental como fuente de financiación externa y tiene un gran impacto sobre la balanza de pagos, el crecimiento económico de largo plazo y la productividad del país. Como catalizador para el desarrollo, aporta a la economía receptora: recursos financieros, transferencia de tecnología, conocimientos especializados de gestión; genera valor agregado y empleo; permite incrementar el ahorro y la captación de divisas; estimula la competencia e impulsa las exportaciones. En contrapartida el inversionista directo, que incide positivamente en el ambiente productivo y competitivo del país, percibe rentas, honorarios y otros beneficios.
Actualmente, Panamá lideriza la captación de capitales en la región y tiene el mejor indicador de IDE per cápita de Latinoamérica, esto influenciado por gozar de la existencia de factores como: economía diversificada, paridad con el dólar, centro bancario internacional, desarrollo logístico, política fiscal responsable, ejecución dinámica de un plan de inversiones públicas, crecimiento y proyección del PIB, ampliación del Canal de Panamá, buenas calificaciones de riesgo, que la mantienen con un grado favorable de inversión, estabilidad política, manejo fiscal responsable, suscripción de tratados y convenios comerciales, condiciones preferenciales para fomentar las exportaciones e importaciones, existencia de incentivos fiscales como exoneración de impuestos sobre la renta y la importación; así como facilidades migratorias.
Actualmente, Panamá lideriza la captación de capitales en la región y tiene el mejor indicador de IDE per cápita de Latinoamérica, esto influenciado por gozar de la existencia de factores como: economía diversificada, paridad con el dólar, centro bancario internacional, desarrollo logístico, política fiscal responsable, ejecución dinámica de un plan de inversiones públicas, crecimiento y proyección del PIB, ampliación del Canal de Panamá, buenas calificaciones de riesgo, que la mantienen con un grado favorable de inversión, estabilidad política, manejo fiscal responsable, suscripción de tratados y convenios comerciales, condiciones preferenciales para fomentar las exportaciones e importaciones, existencia de incentivos fiscales como exoneración de impuestos sobre la renta y la importación; así como facilidades migratorias.
Ámbito de actividades a la inversión extranjera
El inversionista extranjero puede invertir en cualquier sector de la economía, con arreglo a las disposiciones establecidas en las leyes que rigen la actividad a la cual destine su inversión. En las condiciones económicas que experimenta el país, se pueden establecer algunos sectores específicos que son más propicios para la inversión, y que a su vez generan empleos a corto plazo. Estas áreas son:
Generación de electricidad
Servicios de salud
Operación y explotación de minas
Construcción, operación y privatización de puertos
Áreas revertidas
Construcción y reparación de carreteras
Telecomunicaciones
Comercio y turismo
Construcción
Agricultura
Reforestación
Existen muy pocas actividades de inversión que son limitadas únicamente a los nacionales. Éstas son:
Adquirir la propiedad de tierras nacionales o particulares situadas a menos de 10 km de las fronteras (art.286 de la Constitución Política)
Ejercer el comercio al por menor, (no obstante, el inversionista puede tener participación en las compañías que vendan productos manufacturados por ellas mismas) (art.288 de la Constitución Política)
Explotación de juegos azar.
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