El problema de las Aduanas es crónico, con un contrabando organizado desde las propias esferas encargadas del control, complementado eficazmente con protección política y parcelamiento en cuotas de poder y enriquecimiento, así como con la participación de personas naturales y jurídicas del sector privado, han provocado su militarización. El efecto es significativo para el Estado al dejar de percibir significativas cantidades de dinero que se pueden emplear en su desarrollo.
La contratación pública inmoral y deficiente es otra actividad del Estado que tiene graves deficiencias.
El soborno forma parte de los presupuestos de las empresas proveedoras de bienes y servicios como medio de lograr la concesión de un contrato, sin que exista discrimen en el comentario entre empresas nacionales o extranjeras.
En lo que se refiere a las entidades de control como la Contraloría General del Estado, las Superintendencias de Bancos, Compañías y Telecomunicaciones, que deben vigilar a entidades y funcionarios en sus diarias actividades, también están sujetas a los dictados corruptos del coyuntural poder político.
En lo atinente a la administración de justicia, es la impunidad de quienes han violado la ley y se han apropiado de recursos públicos provocada por jueces de mayor o menor nivel una de las causas más importantes de la corrupción. El sistema de designación de jueces tiene un evidente ingrediente de compromiso político.
La corrupción se ha organizado alrededor de políticos inescrupulosos que han alcanzado determinada cuota de poder público. Es un círculo vicioso que se inicia con el financiamiento millonario de campañas políticas cuyo principal objetivo es captar el poder, una vez obtenido éste se empieza a parcelar y repartir con importantes cuotas en las tres Funciones del Estado y sus organismos de control.
También la empresa privada tiene su parte, un gran sector de ésta es la principal beneficiaria de la corrupción y, por ende, la alienta y estimula. Igual el sindicalismo público que a través del mecanismo intimidante de la paralización de labores, sus dirigentes obtienen jugosas ganancias o contratos colectivos cuyas prestaciones agotan aún más el fisco ecuatoriano.
A continuación se presentan algunos casos importantes de corrupción en instituciones y organismos del sector publico tratados por la Comisión Anticorrupción, los cuales han sido divididos en sectores y se presentan a continuación:
Tabla I.III Casos de corrupción en entidades publicas
En el sector público los actos irregulares en su gran mayoría son detectados por información proveniente de terceros y no por informes de control interno por parte del Departamento de Auditoria Interna o de la Contraloría General del Estado.
A continuación se presentan un cuadro comparativo de denuncias sobre actos ilícitos cometidos en entidades públicas desde el año 2005 al 2007, y que han sido investigados por los organismos de control pertinentes.
En el Gráfico II.III podemos observar un aumento de denuncias en el año 2006 con respecto al año 2005 pero que disminuye para el año 2007.
Gráfico II.III Denuncias Investigadas
En el Gráfico III.III podemos apreciar el porcentaje de presuntos casos de corrupción para el año 2007 que se dieron en las entidades publicas, las cuales están clasificadas en sectores, como podemos ver la mayor incidencia de actos ilícitos se dan en el sector judicial, sector energético y a nivel de organismos seccionales.
Gráfico III.III Sectores donde se cometieron presuntos actos de corrupción
A continuación se presentan los diferentes tipos de actos fraudulentos y/o de corrupción que se presentan con mayor frecuencia dentro de las instituciones y organismos del sector público. En el Gráfico IV.III observamos que la adjudicación de contratos para la adquisición de obras y servicios o enajenación de bienes que no cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias tiene mayor incidencia dentro de los actos ilícitos que se dan en las entidades públicas.
Gráfico IV.III Tipos de actos fraudulentos y/o de corrupción
Esta es una presentación gráfica-estadística que intenta de una manera simple expresar un problema tan serio.
3.3.2 Definición
Fraude es el uso no autorizado de activos y/o una distorsión intencional de la información financiera por parte de uno o más individuos miembros de la entidad y/o participando terceras partes, pudiendo involucrar:
Manipulación, falsificación o alteración documental
Malversación de activos
Supresión u omisión de los efectos de transacciones reales
Registro de transacciones no reales
Uso indebido de las políticas contables
Los fraudes resultan de la combinación de dos factores: oportunidad y motivación. La oportunidad está presente cuando la confianza está basada en la fidelidad de las personas claves y no en el sistema de trabajo y Control Interno; cuando los empleados desarrollan una estrecha relación con los proveedores, clientes y otras personas fuera de la compañía; cuando los registros contables están descuidados y cuando la Gerencia pone poca atención a los detalles.
3.3.3 Principales Tipos de fraude
Existen muchos tipos de fraudes que varían en diferentes aspectos pero para efectos del presente trabajo nombraremos los siguientes:
Fraude Fiscal
Fraude Corporativo
Blanqueo de Dinero
Fraude Bancario
Fraude Informático
3.3.4 Áreas sensibles al fraude
Debido a la significatividad e importancia existen ciertas áreas de la entidad que son propensas a actos ilícitos, entre los cuales podemos citar a las siguientes:
Insuficiencia de Capital de Trabajo.
Este puede ser indicativo de problemas tales como exceso de expansión, decremento en los ingresos, transferencia de fondos a otras organizaciones, crédito insuficiente y exceso de gastos. El auditor deberá estar atento a que no haya desviación de fondos para efectos personales disfrazados a través de ventas no registradas o facturas de gastos falsificadas o alteradas.
Alta Rotación del Personal de Finanzas y de Contabilidad.
El cambio continuo de personal de finanzas y de contabilidad puede ser indicativo de desempeños inadecuados, bien sea por la gente o por los sistemas, y de debilidades en el control interno. Cada vez que se retire o sea cambiado personal de alguna de estas áreas deberá ser objeto de una revisión sobre las responsabilidades que tuvo encomendadas.
Uso de una sola Fuente de Procuración.
Una buena práctica de procuración requiere la competencia de proveedores a fin de que la organización obtenga los mejores productos y al mejor precio. Una sola fuente de procuración, si no está plenamente justificada, es indicativo de favoritismos que deberán ser investigados.
Excesivos Gastos de Viaje.
En la revisión de gastos de viaje el auditor puede encontrar viajes personales no autorizados, gastos de representación injustificados, gastos superiores a los autorizados por la organización y otro tipo de gastos de naturaleza similar.
Cambio en los Auditores Externos.
En algunos casos el cambio de auditores externos puede ser indicativo de diferencia de opinión respecto al método de manejo de cierto tipo de transacciones. Puede haber resistencia por parte de la administración a que se descubran problemas o eventos de alta relevancia.
Exceso en Gastos de Consultoría y Honorarios Legales.
Estos pueden ser indicativos de abusos en servicios encomendados a terceros, favoritismo y problemas especiales de la organización que requieren de un extenso trabajo legal.
Tendencias a la Baja de los Principales índices y Rotaciones de Tipo Financiero.
El uso de tendencias e índices y su análisis cuando van a la baja, pueden indicar problemas en ciertas áreas que requieren de un adecuado seguimiento. Las tendencias a la baja son indicativos de pérdidas importantes, desvío de fondos y recursos e inadecuado control sobre las operaciones.
Reportes de Conflictos de Intereses.
El auditor debe estar atento a captar cualquier rumor o alegato sobre conflicto de intereses con proveedores, clientes y aun entre los mismos empleados de la organización. Aquellas transacciones efectuadas con los mismos empleados o funcionarios de la organización deben ser objeto de un cuidadoso análisis.
Faltantes en Inventarios.
Un inadecuado almacenaje puede dar motivo a robos o mal uso de los activos. Cualquier faltante en inventarios debe ser cuidadosamente analizado y determinar sus causas.
Decremento en Desempeños.
Una división de una entidad puede tener un pobre desempeño en comparación a otras similares; es más, el decremento se puede presentar no obstante que la experiencia sea superior a la de períodos anteriores. Se deben determinar las razones de tal decaimiento ya que pueden ser indicativos de una pobre administración o de posibles malos manejos.
Control Administrativo por Parte de unos Cuantos Individuos.
Cuando una organización está dominada por uno o unos cuantos individuos se presenta la oportunidad de desviar el uso de los activos o cualquier otro tipo de manipulaciones.
Dificultades en Cobranza.
Cualquier problema en la recuperación de cuentas por cobrar deberá ser analizado para determinar si existen ventas ficticias o si se ha dispuesto de los fondos recibidos por concepto de cobranza.
Muchas Cuentas de Bancos.
El uso de un gran número de cuentas bancadas, superior a las que normalmente se requieren, puede ser indicativo de desvío de fondos o cobertura de transacciones ilegales. Las transferencias entre estas cuentas y aquéllas que se manejan a título individual deberán ser objeto de un cuidadoso análisis.
Informes Extemporáneos.
Informes que por costumbre se presentan extemporáneamente pueden estar manipulados o cubrir acciones fraudulentas.
Uso de Copias para Pago a Acreedores.
Los pagos efectuados al amparo de copias simples o fotocopias de documentos originales pueden ser origen de pagos duplicados.
Variaciones, en ambos Sentidos, en las cifras de Balances Comparativos.
Esto puede ser sintomático de grandes problemas. Se debe requerir una clara explicación de las principales variaciones.
Cheques u Otros Documentos por Cantidades Cerradas.
Cheque o documentos emitidos por cantidades cerradas que deben ser expedidos por cantidades con fracciones.
Contabilidades Permanentemente Retrasadas o en Pésimas Condiciones.
La mejor manera de ocultar un fraude, soborno o cualquier acto ilícito es por medio de un sistema o contabilidad inoperante, permanentemente retrasada, que no presenta análisis ni antigüedad de cuentas colectivas, que no cuenta con políticas de contabilización, que no concilia sus cuentas bancadas, que la "información financiera" que emana de ellas es extemporánea e incompleta, etc. Si es deseo que una organización opere sobre bases sanas y correctas no deberá permitir situaciones como la planteada.
3.3.5 Prácticas fraudulentas comunes
El riesgo de fraude en las entidades públicas está siempre presente por lo tanto es muy importante comprender que los funcionarios públicos cometen delitos, no sólo cuando sus conductas ilícitas derivan en beneficios impropios, sino también cuando mienten u ocultan información importante para sus superiores o la ciudadanía (falsedad de declaraciones). Entre los tipos más comunes de fraude tenemos:
1. Ingresos No Registrados.
Cuando un empleado tiene control tanto sobre las ventas como por la cobranza que se deriva de ellas, es relativamente fácil quedarse con el dinero y no registrar la venta. Esto puede ocurrir cuando el empleado maneja los ingresos a caja y los registros de ventas.
2. Retención de Ingresos Provenientes de Cobranzas.
Otra forma de cometer fraude es quedándose con ingresos provenientes de las cobranzas y esperar a que la cuenta se añeje para que se cancele como incobrable. En otros casos se dispone de ingresos frescos para cubrir otras disposiciones anteriores.
3. Robo de Materiales.
Cierto tipo de materiales o de equipo con alto valor de reventa es altamente susceptible de ser sustraído o robado. Los faltantes provenientes de estas acciones se pueden cubrir vía ajustes por obsolescencia, transferencias entre departamentos o inadecuados procedimientos de toma de inventarios físicos. En algunos casos los faltantes pueden pasar desapercibidos y a la postre olvidados. Este tipo de robos suelen suceder en colusión con personal de vigilancia.
4. Disposición de Valores (Acciones o Partes Sociales).
Ello puede ocurrir cuando muchas personas tienen acceso a valores de la organización y el control, en consecuencia, se diluye; o bien cuando los responsables por su guarda o custodia pueden disponer de ellos sin ninguna limitación.
5. Pago de Nóminas.
En ocasiones un pagador o supervisor de nóminas puede alterar este documento cuando le incorpora nombres de personas inexistentes quedándose para sí con el importe correspondiente; o bien aumentando el importe de las percepciones repartiéndose el importe excedente entre el empleado coludido y el pagador.
Otra forma de fraude puede suceder incorporando sumandos en la tabulación de la nómina, pero sin que éstos se impriman, dando el aspecto de que la nómina está correcta en su cuerpo, pero el gran total es el que está alterado.
6. Gastos por Medio de Tarjetas de Crédito.
Las tarjetas de crédito, donde el tarjeta-habiente es la organización, pueden ser utilizadas para efectuar gastos personales o en pago de favores. O bien, puede suceder que el tarjeta-habiente es un empleado quien solicita se le reembolsen gastos impropios cargados a su cuenta.
7. Falsificación de Documentos Soporte de Egresos.
Los comprobantes de egresos pueden estar soportados con documentación falsa o alterada. No se puede dar buen uso a los reportes de entradas al almacén, o bien éstos se pueden falsificar. Se pueden emitir también facturas duplicadas para obtener un doble pago.
8. Pagos de Gastos Personales.
Se pueden introducir para pago comprobantes de gastos personales no autorizados por la organización; como por ejemplo comidas personales que aparentan ser gastos de representación, gastos del cónyuge, equipo comprado para efectos personales o gastos de viaje no autorizados.
9. Compras Innecesarias.
Se pueden efectuar compras por volúmenes superiores a los necesarios con objeto de favorecer a un proveedor y obtener un beneficio en correspondencia. En algunos casos los proveedores ofrecen sobornos a compradores para que se presten a transacciones como la apuntada.
10. Mal Uso de Fondos de Caja Chica.
Se puede disponer de estos fondos para uso personal o bien para propósitos no autorizados. En algunos casos estos faltantes se pueden cubrir con "vales provisionales" o con documentación falsificada o alterada.
11. Transferencias de Fondos.
En algunos casos se hacen muchas transferencias de fondos entre cuentas bancarias de varias divisiones u organizaciones afiliadas. Estas transferencias pueden encubrir préstamos o gastos no autorizados.
12. Descuentos Excesivos a Clientes.
Puede darse el caso de que un fraude se cometa por medio de descuentos o bonificaciones sobre ventas impropias o no autorizadas. A algunos clientes se les puede cobrar de menos a cambio de favores especiales.
13. Conflicto de Intereses.
Esto puede ocurrir en algunas áreas de la organización donde existen parientes entre sus empleados y cuando un empleado tiene intereses externos con otras personas u organizaciones.
14. Sobornos y Otro Tipo de Corrupción.
Se pueden ofrecer pagos para hacer negocios.
15. Mal Uso de Ingresos.
Sucede cuando un empleado se queda con ingresos que debe enterar a la caja de la organización.
3.3.6 Normatividad aplicable para la prevención y detección de fraudes
La importancia del control interno en la prevención y detección de fraudes ha cobrado importancia en los últimos años debido a escándalos de corrupción en diferentes países de nuestro continente, muchos gobiernos han diseñado sistemas de control interno fuertes y que permitan disuadir el cometimiento de fraudes dentro de las entidades públicas.
Al evaluar el funcionamiento del sistema de control interno en una entidad se deben tener presentes normativas vigentes y aplicables en nuestro país así como informes y declaraciones internacionales que puedan ser usados como referentes para la evaluación.
Entre las normas más importantes a considerarse en la detección y prevención de fraudes tenemos las siguientes:
Norma Ecuatoriana de Auditoria NEA-5, "Fraude y Error".
Norma Internacional de Auditoria NIA (ISA) -11 Sección 240 "Fraude y Error".
Declaración sobre Normas de Auditoria DNA (SAS)-99 (AU 316) "La Consideración del Fraude en los Estados Financieros.".
En el Ecuador se han elaborado planes para la prevención y combate a la corrupción los cuales han sido presentados por los últimos gobiernos de turno como es el caso del Plan de prevención y combate a la corrupción presentado en el año 1998 por el gobierno del Dr. Jamil Mahuad y el Sistema Anticorrupción presentado en el año 2003 por el gobierno del Ing. Lucio Gutiérrez Borbúa.
Ambos planes coinciden en convertir la lucha anticorrupción en una política de estado y en la creación de sistemas y medidas que permitan prevenir, investigar y sancionar los actos de corrupción con la participación de todos los sectores sociales.
Al ser una política de Estado la lucha contra la corrupción todas las instituciones y organismos del sector público deben cumplir con las disposiciones establecidas en dichos planes.
Además de estas normas y planes se puede tomar como referencia el documento publicado por siete organismos profesionales de los Estados Unidos de Norteamérica en el 2002 el cual fue titulado "Administración de Programas y Controles Antifraude: Lineamientos para ayudar a evitar y disuadir el fraude". En el cual se identifican medidas que las entidades pueden implementar para evitar, disuadir y detectar el fraude.
3.4 Fundamentación de los estándares internacionales y normativa ecuatoriana
ESTÁNDARES INTERNACIONALES
3.4.1 Coso
Debido a una serie de problemas identificados en el Gobierno de los Estados Unidos de América, empezando con el caso Watergate en la década de los 70 y llegando a las dificultades financieras del Sistema de Ahorro y Crédito en la década de los 80, la Comisión del Senado de los EUA, Treadway Comission gestionó la formación del "Commitee of Sponsoring Organizations" (Comité de Organizaciones Patrocinadoras), conocido por sus siglas en inglés, COSO.
Este Comité realizó una investigación sobre el conocimiento, aplicación y mejora de los criterios de control interno en las grandes corporaciones, las medianas y pequeñas empresas, incluyendo temas relacionados con el mejoramiento técnico y el alcance de las funciones de diseño, implantación y evaluación de los controles internos integrados de las organizaciones.
COSO estuvo y está conformado por organismos de profesionales de los Estados Unidos de América (EUA); inició la investigación en 1986, sus miembros son: American Accounting Association (AAA), American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), Financial Executive Institute (FEI), Institute of Internal Auditors (IIA) y el Institute of Management Accountants (IMA).
En septiembre de 1992 se publicó la versión en inglés denominado "Informe COSO". COSO contó con la asistencia técnica permanente de la firma Coopers & Lybrand para la investigación. La traducción del Informe COSO fue realizada por la firma Coopers & Lybrand y el Instituto de Auditores Internos, Capítulo España, y fue publicada en 1997.
Los objetivos de este informe son los siguientes:
Mejorar la calidad de la información financiera concentrándose en el manejo corporativo, las normas éticas y el control interno.
Unificar criterios ante la existencia de una importante variedad de interpretaciones y conceptos sobre el control interno.
El informe COSO define el control interno de la siguiente manera:(2)
(2)El Control Interno es un proceso integrado a los procesos, y no un conjunto de pesados mecanismos burocráticos añadidos a los mismos, efectuado por el consejo de la administración, la dirección y el resto del personal de una entidad, diseñado con el objeto de proporcionar una garantía razonable para el logro de objetivos incluidos en las siguientes categorías:
Eficacia y eficiencia de las operaciones.
Confiabilidad de la información financiera.
Cumplimiento de las leyes, reglamentos y políticas.
El informe COSO define cinco componentes que pueden ser implementados en todas las compañías de acuerdo a las características administrativas, operacionales y de tamaño; los componentes son:
· Ambiente de control
· Evaluación de riesgos
· Actividades de control
· Información y comunicación
· Supervisión
COSO – ERM
COSO (Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission) emitió mediante informe el Marco de Gestión de Riesgo Empresarial (ERM, Enterprise Risk Management; según sus siglas en inglés), en el cual se define a la Gestión de Riesgos de la siguiente manera:(3)
(3)La gestión de riesgos corporativos es un proceso efectuado por el consejo de administración de una entidad, su dirección y restante personal, aplicable a la definición de estrategias en toda la empresa y diseñado para identificar eventos potenciales que puedan afectar a la organización, gestionar sus riesgos dentro del riesgo aceptado y proporcionar una seguridad razonable sobre el logro de los objetivos.
El control interno es una parte integral de la Gestión del Riesgo empresarial y está abarcado dentro de éste.
El modelo COSO interpreta que la eficiencia del control es la reducción de los riesgos, es decir: el propósito principal del control es la eliminación o reducción de los riesgos, es lograr que el proceso y sus controles garanticen, de manera razonable que los riesgos están minimizados o se están reduciendo y por lo tanto, que los objetivos de la organización van a ser alcanzados.
Las instituciones del Sector Publico Ecuatoriano deben adoptar las nuevas tendencias en cuanto a la gestión de riesgos y aplicar las nuevas técnicas y herramientas que ofrecen para convertirse en organizaciones eficientes capaz de lograr sus objetivos institucionales.
Estos informes nos permiten acoger conceptos modernos de control interno y de riesgos los cuales están siendo adaptados por diferentes países de acuerdo a sus requerimientos para crear sus propios sistemas de control interno integrado y administración de riesgos, es por esto que se lo incluye en el presente trabajo como un estándar a seguir.
3.4.2 Ley Sarbanes-Oxley
La Ley Sarbanes-Oxley es una ley de transparencia y control, emitida por el Gobierno de los Estados Unidos de América, el 30 de julio del 2002, como resultado de una serie de escándalos corporativos que afectaron a ciertas empresas estadounidenses a finales del 2001, producto de quiebras, fraudes y otros manejos administrativos no apropiados.
La Ley se aplica a todas las empresas norteamericanas y extranjeras que cotizan en la bolsa de valores de Estados Unidos (empresas públicas). Esto incluye a: La Casa Matriz, sus subsidiarias y sus afiliadas
La Ley Sarbanes-Oxley consta de los siguientes títulos:
Título I: Junta de Supervisión de Firmas de Contabilidad Pública
Regula la creación y funcionamiento de un órgano que supervise la actividad de las empresas de auditoria
Título II: Independencia de los Auditores
Establece algunas importantes limitaciones a la actividad de las firmas de auditoria.
Título III: Responsabilidad Corporativa
La administración debe implantar controles internos y procedimientos que aseguren que la información financiera es procesada, registrada y revelada de acuerdo a la normativa de la SEC. Estos controles reciben el nombre de "Controles y Procedimientos de Revelación".
Título IV: Revelaciones Financiera Mejoradas
Se refiere a las nuevas exigencias de información que las compañías deben proporcionar hacia el exterior.
Se requiere que el informe anual contenga "un informe de control interno", que deberá:
(1) indicar la responsabilidad de la gerencia para establecer y mantener una estructura de control interno adecuado y procedimientos para informes financieros, y
(2) tener una evaluación, a la fecha del cierre del año fiscal, de la efectividad de la estructura de control interno y de los procedimientos de los informes financieros.
Entre los controles y procedimientos establecidos para los informes financieros tenemos los siguientes:
Las transacciones están adecuadamente autorizadas,
Los activos están adecuadamente protegidos contra uso no autorizado o inadecuado.
Que las transacciones están adecuadamente registradas.
Título V: Conflicto de Intereses de los Analistas
Establece la existencia de regulaciones para el manejo de conflictos que surjan cuando analista de valores recomienden valores accionarios permitiéndole obtener al inversionista información confiable. Además establece regulaciones para que los analistas presenten públicamente su investigación incluyendo información inherente a la misma.
Título VI: Recursos y Autoridad de la Comisión
Determina la cantidad de los fondos autorizados para que la comisión lleve a cabo sus labores, se define además las funciones que lleva acabo la Comisión así como su autoridad para censurar y prohibir determinadas actividades.
Título VII: Estudios e Informes
Establece los diferentes informes y estudios que deben presentar tanto la Comisión como la Contraloría con fines de regulación.
Título VIII: Responsabilidad de la compañía por fraude penal
Se determinan las diferentes sanciones por violación, alteración, obstrucción de información registro, documento, u objeto tangible con la intención de impedir una investigación, además se definen medidas de protección para empleados de las compañías que presenten evidencia de fraude.
Título IX: Incremento de sanciones por infracciones de empleados
Se establecen sanciones para diferentes tipos de fraude así coma la responsabilidad que tiene la administración de que los informes financieros cumplan con las regulaciones establecidas en la sección tercera.
Título X: Declaraciones de Impuestos Corporativos
Establece que la declaración jurada de impuesto a la renta Federal de una compañía debe ser firmada por el funcionario ejecutivo jefe de la compañía.
Título XI: Fraude y responsabilidad de la compañía
Regula la retención y salvaguardia de la información de la compañía.
A pesar de que esta ley es una ley de los Estados Unidos tiene una repercusión mundial ya que debe ser adoptada por compañías que coticen en la Bolsa de Valores de ese país. Además esta ley aporta con regulaciones y procedimientos que se deben llevar a cabo para evitar acciones fraudulentas y asegurar la transparencia de la información financiera contable que emiten las compañías, es por esto que la presente ley es presentada en este trabajo dado a que provee un marco regulatorio para la prevención de practicas ilícitas dentro de las organizaciones en este caso para las instituciones del sector publico.
3.4.3 Principios para el Gobierno Corporativo
En 1999 la OCDE (Organización Económica para la Cooperación y el Desarrollo) emitió principios que proporcionaban guías específicas para mejorar el marco legal, institucional y regulatorio que sostienen al gobierno corporativo eficaz, estos principios fueron revisados en el 2003 y adoptados por los países miembros de la OCDE, los cuales se convirtieron en referencia internacional.
Estos principios cubren seis áreas claves del gobierno corporativo las cuales se describen a continuación:
Seguridad para las bases de un marco para un Gobierno Corporativo eficaz
El marco para el gobierno corporativo debe promover mercados eficientes y transparentes, ser consistente con las leyes vigentes y articular en forma clara las responsabilidades entre las diferentes autoridades encargadas de la supervisión, la regulación y el cumplimiento de las leyes.
Los derechos de los accionistas y funciones claves de los propietarios
El marco para el gobierno corporativo debe proteger los derechos de los accionistas y facilitar su ejercicio.
El trato equitativo para los accionistas
El marco para el gobierno debe asegurar el trato equitativo para todos los accionistas, incluyendo a los minoritarios y extranjeros. Todos los accionistas deben tener la oportunidad de que se les haga justicia eficaz en caso de que se violen sus derechos.
El papel de los grupos de interés en el gobierno corporativo
El marco para el gobierno corporativo debe reconocer los derechos de los grupos de interés que se han establecido por la ley o mediante acuerdos mutuos, también debe fomentar la cooperación activa entre las empresas y los grupos de interés para la creación de riqueza, empleo y la sustentabilidad de las empresas financieramente exitosas.
Relevación y transparencia de la información corporativa relevante
El marco para el gobierno corporativo debe dar seguridad de que se revela oportunamente y con exactitud la información sobre todos los asuntos respecto a la empresa, incluyendo la relacionada con su situación financiera, su desempeño, sus propietarios y su dirección.
Responsabilidades del consejo de administración
El marco para el gobierno corporativo debe dar seguridad para que la empresa sea dirigida estratégicamente, para que exista un control eficaz de la administración por parte del consejo de administración y para que este rinda cuentas a las empresas y a los accionistas.
3.4.4 Constitución Política de la Republica del Ecuador
TÍTULO X
DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL
CAPÍTULO 1
De la Contraloría General del Estado
Art. 211.- La Contraloría General del Estado es el organismo técnico superior de control, con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera, dirigido y representado por el Contralor General del Estado, quien desempeñará sus funciones durante cuatro años.
Tendrá atribuciones para controlar ingresos, gastos, inversión, utilización de recursos, administración y custodia de bienes públicos. Realizará auditorías de gestión a las entidades y organismos del sector público y sus servidores, y se pronunciará sobre la legalidad, transparencia y eficiencia de los resultados institucionales. Su acción se extenderá a las entidades de derecho privado, exclusivamente respecto de los bienes, rentas u otras subvenciones de carácter público de que dispongan.
La Contraloría dictará regulaciones de carácter general para el cumplimiento de sus funciones. Dará obligatoriamente asesoría, cuando se le solicite, en las materias de su competencia.
3.4.5 Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado
En esta ley se detallan las disposiciones relativas al control y auditoria en el Sector Público.
TITULO I
OBJETO Y AMBITO
Art. 1.- Objeto de la Ley.- La presente Ley tiene por objeto establecer y mantener, bajo la dirección de la Contraloría General del Estado, el sistema de control, fiscalización y auditoría del Estado, y regular su funcionamiento, con la finalidad de examinar, verificar y evaluar el cumplimiento de la visión, misión y objetivos de las instituciones del Estado y la utilización de recursos, administración y custodia de bienes públicos.
Art. 2.- Ámbito de aplicación de la Ley.- Las disposiciones de esta Ley rigen para las instituciones del Estado, previstas en el artículo 118 de la Constitución Política de la República; su aplicación se extenderá a las entidades de derecho privado, exclusivamente respecto de los bienes, rentas y otras subvenciones de carácter público de que dispongan.
TITULO II
DEL SISTEMA DE CONTROL, FISCALIZACION Y AUDITORIA DEL ESTADO
CAPÍTULO 1
FUNDAMENTOS, COMPONENTES, MARCO NORMATIVO Y OBJETO DEL SISTEMA
Art. 5.- Sistema de Control, Fiscalización y Auditoría del Estado.- Las instituciones del Estado, sus dignatarios, autoridades, funcionarios y demás servidores, actuarán dentro del Sistema de Control, Fiscalización y Auditoría del Estado, cuya aplicación propenderá a que:
1.- Los dignatarios, autoridades, funcionarios y servidores públicos, sin excepción, se responsabilicen y rindan cuenta pública sobre el ejercicio de sus atribuciones, la utilización de los recursos públicos puestos a su disposición, así como de los resultados obtenidos de su empleo;
2.- Las atribuciones y objetivos de las instituciones del Estado y los respectivos deberes y obligaciones de sus servidores, sean cumplidos a cabalidad;
3.- Cada institución del Estado asuma la responsabilidad por la existencia y mantenimiento de su propio sistema de control interno; y,
4.- Se coordine y complemente con la acción que otros órganos de control externo ejerzan sobre las operaciones y actividades del sector público y sus servidores.
Art. 6.- Componentes del Sistema.- La ejecución del sistema de control, fiscalización y auditoría del Estado se realizará por medio de:
1.- El control interno, que es de responsabilidad administrativa de cada una de las instituciones del Estado a las que se refiere el artículo 2 de esta Ley; y,
2.- El control externo que comprende:
a. El que compete a la Contraloría General del Estado; y,
b. El que ejerzan otras instituciones de control del Estado en el ámbito de sus competencias.
CAPÍTULO 2
DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Sección 1
Control Interno
Art. 9.- Concepto y elementos del Control Interno.- El control interno constituye un proceso aplicado por la máxima autoridad, la dirección y el personal de cada institución, que proporciona seguridad razonable de que se protegen los recursos públicos y se alcancen los objetivos institucionales. Constituyen elementos del control interno: el entorno de control, la organización, la idoneidad del personal, el cumplimiento de los objetivos institucionales, los riesgos institucionales en el logro de tales objetivos y las medidas adoptadas para afrontarlos, el sistema de información, el cumplimiento de las normas jurídicas y técnicas; y, la corrección oportuna de las deficiencias de control.
El control interno será responsabilidad de cada institución del Estado y tendrá como finalidad primordial crear las condiciones para el ejercicio del control externo a cargo de la Contraloría General del Estado.
Art. 12.- Tiempos de control.- El ejercicio del control interno se aplicará en forma previa, continua y posterior:
a). Control previo.- Los servidores de la institución, analizarán las actividades institucionales propuestas, antes de su autorización o ejecución, respecto a su legalidad, veracidad, conveniencia, oportunidad, pertinencia y conformidad con los planes y presupuestos institucionales;
b). Control continuo.- Los servidores de la institución, en forma continua inspeccionarán y constatarán la oportunidad, calidad y cantidad de obras, bienes y servicios que se recibieren o prestaren de conformidad con la ley, los términos contractuales y las autorizaciones respectivas; y,
c). Control posterior.- La unidad de auditoría interna será responsable del control posterior interno ante las respectivas autoridades y se aplicará a las actividades institucionales, con posterioridad a su ejecución.
3.4.6 Normas de Control Interno para el Sector Público
Las Normas de Control Interno para el Sector Público de la República del Ecuador emitidas por la Contraloría General del Estado, constituyen un conjunto de procedimientos para que las instituciones del Estado y sus servidores establezcan y pongan en funcionamiento su propio control interno
Las Normas de Control Interno se encuentran agrupadas por áreas, sub-áreas y títulos. Las áreas de trabajo constituyen campos donde se agrupan un conjunto de normas relacionadas con criterios a fines y se clasifican en:
100 Normas Generales De Control Interno
Este grupo de normas constituyen los criterios básicos para mantener un efectivo y eficiente control interno en las entidades del sector público.
200 Normas De Control Interno Para El Área De Administración Financiera Gubernamental
210 Normas de Control Interno para Contabilidad Gubernamental
Su finalidad es lograr la obtención de información financiera confiable y oportuna. Con estas normas se busca que la contabilidad integre las operaciones financieras, produciendo reportes y estados financieros apropiados.
220 Normas de Control Interno para Presupuesto
Tienen por objeto establecer el control interno en las actividades relacionadas con el manejo presupuestario, se fundamentan en las disposiciones emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.
230 Normas de Control Interno para Tesorería
Su finalidad es controlar el proceso relacionado con el movimiento de tesorería, con el fin de lograr seguridad y razonabilidad en el manejo de los fondos y valores de cada entidad, evitando riesgos en la gestión.
240 Normas de Control Interno para Anticipos de Fondos y Cuentas por Cobrar
Sirven para obtener información actualizada que permitan realizar el cobro oportuno de los valores y determinar la morosidad y fecha de caducidad.
250 Normas de Control Interno para Inversiones en Existencias y Bienes de Larga Duración
Tienen que ver con los aspectos relacionados con el control de existencias y el registro, control, protección y conservación de los bienes de larga duración.
260 Normas de Control Interno para Deuda Pública
Se orientan especialmente a velar por la confiabilidad de la información que administra el endeudamiento público, procurando mantener un mejor conocimiento y comprensión de este tipo de operaciones.
300 Normas De Control Interno Para El Área De Recursos Humanos
Se refieren a los mecanismos que se aplicarán para la correcta administración de los recursos humanos, con el fin de lograr eficiencia y productividad en el desempeño de las funciones encomendadas al personal.
400 Normas De Control Interno Para El Área De Sistemas De Información Computarizados
Con estas normas se busca promover la correcta utilización de los sistemas computarizados que procesan la información que generan las entidades.
500 Normas de Control Interno para el Área de Inversiones en Proyectos y Programas
Están relacionadas con la ejecución de obras públicas, tratan de regular las acciones de contratación, ejecución, recepción y liquidación de obras, así como el correspondiente control de las obras construidas por administración directa.
3.4.7 Reglamento de La Ley Orgánica de La Contraloría General del Estado
CAPÍTULO I
CONCEPTOS Y NORMAS GENERALES BÁSICOS
Art. 1.- El Control.- La Contraloría General del Estado, acorde con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias realizará el control, mediante las técnicas y las modalidades de la auditoria, con el fin de examinar, verificar y evaluar las gestiones administrativa, financiera, operativa y, cuando corresponda, la gestión medio ambiental de las instituciones y organismos sujetos a su control, comparando el modelo o referente jurídico o técnico, establecido por imperio de las normas jurídicas, los conocimientos científicos y las normas técnicas pertinentes, con la realidad o hecho originado en la acción de las personas, con el objeto de presentar comentarios, conclusiones y recomendaciones sobre la legalidad, efectividad, economía y eficiencia de las operaciones y programas evaluados.
CAPÍTULO II
OBJETO, ÁMBITO Y RÉGIMEN DE CONTROL PARA LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO
Art. 12.- El control interno.- La respectiva entidad y organismo del sector público que controla la Contraloría serán responsables de instalar, mantener y perfeccionar el sistema de control interno.
Se aplicarán los componentes del control interno que incluirán el ambiente de control, la evaluación de los riesgos de control, las actividades de control, el sistema de información y comunicación y las actividades de monitoreo y supervisión del control interno.
Igualmente se aplicarán las normas técnicas de control interno específicas para la contabilidad, el presupuesto, la tesorería, la gestión de bienes, la deuda pública, el recurso humano, el procesamiento automático de datos, las inversiones en proyectos y programas y el mejoramiento continuo de la organización institucional.
Art. 16.- Aplicación del control interno.- El manual de procesos y procedimientos que emitirán las entidades establecerá las funciones incompatibles, la distinción entre ordenadores de gasto y ordenadores de pago, los procedimientos y los procesos administrativos, financieros, operativos y ambientales, para reducir el grado de error y la posibilidad de fraude a niveles mínimos, el pago con cheques o por la red bancaria, el depósito intacto e inmediato de lo recaudado y el otorgamiento de recibos. Cada entidad emitirá, codificará y actualizará su reglamento orgánico funcional, que será publicado en el Registro Oficial.
3.4.8 Normativa Del Sistema De Administración Financiera
El Sistema de Administración Financiera "SAFI" es el conjunto de elementos interrelacionados, interactuantes e interdependientes, que debidamente ordenados y coordinados entre sí, persiguen la consecución de un fin común, la transparente administración de los fondos públicos.
Dichos elementos son, entre los más importantes: Planificación, Banco de Proyectos, Presupuesto, Contabilidad Gubernamental, Tesorería, Administración de Personal, Control Físico de Bienes, Deuda Pública y Convenios, los que están regidos por principios y normas técnicas destinadas a orientar e instruir a los dignatarios, funcionarios y servidores del Estado.
NORMATIVA DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
PRINCIPIOS GENERALES
1.1.1 ENTES FINANCIEROS
Constituyen entes financieros los organismos, entidades, fondos o proyectos creados por ley, decreto u ordenanza, con existencia propia e independiente, que administran recursos y obligaciones del Estado, bajo cuya responsabilidad estará el funcionamiento del Sistema de Administración Financiera. Si las circunstancias lo ameritan se desconcentrará el sistema, bajo la exclusiva responsabilidad del ente financiero institucional.
Los entes financieros se presumirán de existencia permanente, a menos que las disposiciones que los crearon definan una existencia determinada u otra norma legal establezca su disolución o fusión.
El conjunto de recursos y obligaciones administrados por los entes financieros, reflejados en el Sistema de Administración Financiera institucional, constituirán la base del Sistema en los niveles Sectorial y Global del Sector Público no Financiero.
1.1.6 OBSERVANCIA DEL ORDENAMIENTO LEGAL
El funcionamiento del Sistema de Administración Financiera estará supeditado al ordenamiento jurídico vigente, prevalecerán las disposiciones legales respecto de los principios y normas técnicas que se establezcan en materia contable y presupuestaria.
En caso de imprecisión en la disposición legal, el Ministerio de Economía y Finanzas establecerá los criterios técnicos de aplicación, en tanto no exista interpretación jurídica en contrario.
1.1.7 OBLIGATORIEDAD DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
La aplicación del Sistema de Administración Financiera es obligatoria en el ámbito de los organismos, entidades, fondos o proyectos del Sector Público no Financiero; la inobservancia de sus normas estará sujeta a las sanciones previstas en la Ley.
3.4.9 Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
TÍTULO PRIMERO
PRINCIPIOS GENERALES
Art. 2.- Objeto de la Ley.- La presente Ley garantiza y norma el ejercicio del derecho fundamental de las personas a la información conforme a las garantías consagradas en la Constitución Política de la República, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Interamericana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos internacionales vigentes, de los cuales nuestro país es signatario.
Persigue los siguientes objetivos:
a) Cumplir lo dispuesto en la. Constitución Política de la República referente a la publicidad, transparencia y rendición de cuentas al que están sometidas todas las instituciones del Estado que conforman el sector público, dignatarios, autoridades y funcionarios públicos, incluidos los entes señalados en el artículo anterior, las personas jurídicas de derecho privado que realicen obras, servicios, etc., con asignaciones públicas. Para el efecto, adoptarán las medidas que garanticen y promuevan la organización, clasificación y manejo de la información que den cuenta de la gestión pública;
b) El cumplimiento de las convenciones internacionales que sobre la materia ha suscrito legalmente nuestro país;
c) Permitir la fiscalización de la administración pública y de los recursos públicos, efectivizándose un verdadero control social;
d) Garantizar la protección de la información personal en poder del sector público y/o privado;
e) La democratización de la sociedad ecuatoriana y la plena vigencia del estado de derecho, a través de un genuino y legítimo acceso a la información pública; y,
f) Facilitar la efectiva participación ciudadana en la toma de decisiones de interés general y su fiscalización.
TÍTULO SEGUNDO
DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y SU DIFUSIÓN
Art. 5.- Información Pública.- Se considera información pública, todo documento en cualquier formato, que se encuentre en poder de las instituciones públicas y de las personas jurídicas a las que se refiere esta Ley, contenidos, creados u obtenidos por ellas, que se encuentren bajo su responsabilidad o se hayan producido Con recursos del Estado.
Art. 6.- Información Confidencial.- Se considera información confidencial aquella información pública personal, que no está sujeta al principio de publicidad y comprende aquella derivada de sus derechos personalísimos y fundamentales, especialmente aquellos señalados en los artículos 23 y 24 de la Constitución Política de la República.
El uso ilegal que se haga de la información personal o su divulgación, dará lugar a las acciones legales pertinentes.
No podrá invocarse reserva, cuando se trate de investigaciones que realicen las autoridades públicas competentes, sobre violaciones a derechos de las personas que se encuentren establecidos en la Constitución Política de la República, en las declaraciones, pactos, convenios, instrumentos internacionales y el ordenamiento jurídico interno. Se excepciona el procedimiento establecido en las indagaciones previas.
CAPÍTULO IV
Evaluación de la efectividad del control interno en entidades del sector público ecuatoriano
Se ha reconocido por mucho tiempo la importancia de controles internos fuertes, es por esto que la evaluación al sistema de control interno imperante en las entidades y organismos del Sector Publico permite establecer si los controles incorporados a dicho sistema favorece el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, proveen de información financiera y operativa oportuna y confiable, coadyuve a la eficacia, eficiencia y economía de las operaciones, cumple las normativas y protege adecuadamente los activos y recursos de la institución, incluyendo además acciones tendientes a la detección y disuasión de fraudes y otras irregularidades.
De aquí la importancia de que el departamento de Auditoria Interna de cada institución realice periódicamente evaluación a los controles internos establecidos para probar su correcto funcionamiento y el grado de efectividad de los mismos.
La evaluación del control interno se llevó a cabo en entidades del sector público no financiero del sector salud, eléctrico y productivo cuyos resultados se muestran a continuación:
4.1 Evaluación de la efectividad del control interno en el Hospital Materno Infantil
4.1.1 Planificación Preliminar
4.1.1.1 Información introductoria
4.1.1.1.1 Motivo del examen
La evaluación del sistema de control interno del Hospital Materno Infantil se efectuó para obtener información de la efectividad de dicho sistema en entidades del sector público.
4.1.1.1.2 Objetivo del examen
Los objetivos del examen son los siguientes:
Comprobar si los controles internos aplicados en la entidad proporcionan seguridad razonable para la protección de sus respectivos recursos; para la integridad de la información financiera; así como, para alcanzar sus objetivos institucionales.
Recomendar, en los casos que aplique, la toma de acciones que tiendan a mejorar los controles internos; y, consecuentemente, preservar los recursos financieros, materiales y activos en general del Hospital Materno Infantil.
4.1.1.1.3 Alcance del examen
Abarcó el estudio y la evaluación de la estructura del control interno en los aspectos financieros y de recursos humanos, existentes en el período comprendido entre el 01 de junio del 2007 y el 30 de noviembre del 2007.
Aunque en el control interno intervienen todas las áreas de una entidad, es importante enfocarlo en cuatro áreas claves ya que constituyen factores de riesgo y son:
Recursos Humanos, a fin de procurar una ejecución ordenada y eficiente de los procedimientos de contratación y evaluación.
Contabilidad, Presupuesto y Cartera; siendo necesaria la existencia de normas y procedimientos que aseguren la exactitud de los registros contable, que deben reflejar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de la ejecución del presupuesto y de los resultados de la Entidad.
Tesorería, área especialmente sensible debido a la disponibilidad inmediata de los activos que integra, en la que los procedimientos y sistemas de control deben garantizar la protección de los saldos de caja y bancos, siendo necesario la existencia de una adecuada segregación de funciones, así como una adecuada política de autorizaciones.
Adquisiciones e Inventarios, con el fin de verificar la legalidad y transparencia del proceso de compras así como los sistemas utilizados para la identificación y localización de todos los bienes de naturaleza inventariable y que, en definitiva, aseguran la salvaguarda de los bienes de la entidad, uno de los objetivos fundamentales del control interno.
4.1.1.1.4 Base Legal
El Ministerio de Salud Pública a través del proceso de descentralización fundó el Hospital Materno Infantil el 15 de agosto de 1989, el cual se encuentra regulado por la normativa legal siguiente:
Constitución Política de la República del Ecuador.
Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y su Reglamento.
Normas de Control Interno para el Sector Público de la República del Ecuador.
Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia.
Ley de Contratación Pública codificada y su Reglamento General.
Ley de Consultoría y su Reglamento.
Ley Orgánica de la Salud.
Ley de Derechos y Amparo del paciente
Ley de Medicamentos Genéricos de Uso Humano.
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud.
Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y
Homologación de las Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento.
Reglamento General de Bienes del Sector Público.
Reglamentación Interna: disposiciones e instructivos emitidos por el Hospital Materno Infantil.
4.1.1.1.5 Objetivo de la entidad
Brindar servicios de salud que cumplan las expectativas de los usuarios brindando confianza, seguridad y profesionalismo apoyado con talento humano altamente calificado, priorizando acciones y programas de promoción y prevención en salud.
4.1.1.1.6 Estructura orgánica
Los siguientes niveles constituyen la estructura orgánica del Hospital Materno Infantil:
Nivel Legislativo:
Encargado de establecer políticas y procedimientos que debe seguir la entidad así como también dictar reglamentos, resoluciones y otra normativa que regule el funcionamiento de la misma. Este nivel consta de la siguiente área:
Dirección Provincial de Salud del Guayas
Nivel Directivo:
Ejercido por el Jefe de Área quien es encargado de aprobar los planes y programas institucionales, supervisar y evaluar resultados. Este nivel consta de la siguiente área:
Jefatura de Área
Nivel Operativo:
Encargado de la ejecución de planes y programas y el cumplimiento de políticas y objetivos establecidos por el nivel directivo. Este nivel consta de las siguientes áreas:
Servicios médicos.
Servicios Auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
Servicio Técnico de colaboración médica.
Sub-centro de salud.
Organismos no Gubernamentales.
Organismos Gubernamentales.
Administración
Recursos Humanos.
4.1.1.1.7 Políticas institucionales
Entre las principales políticas que rigen el funcionamiento en el Hospital Materno Infantil tenemos las siguientes:
Desarrollar planes y programas de salud haciendo uso de los principios de salud preventiva y de técnicas de educación.
Garantizar los recursos médicos generales y especializados para la recuperación de la salud, tanto en condiciones normales como en contingencias especiales.
Ofrecer servicios médicos de emergencia en caso de contingencias o catástrofes nacionales, en colaboración y/o coordinación con las autoridades de la Dirección Provincial de Salud.
Cumplir de manera irrestricta las leyes sanitarias del país.
Ejecutar y supervisar las compras así como la contratación de servicios garantizando la eficiente aplicación de los recursos mediante la adquisición oportuna de los bienes en las mejores condiciones.
Regular el ingreso, custodia y entrega de bienes garantizando la conservación, seguridad y mantenimiento de los mismos.
Mantener y proveer un adecuado ambiente de trabajo y los servicios necesarios para el normal desarrollo de las actividades, asegurando la provisión oportuna de equipos y suministros.
4.1.1.1.8 Financiamiento
El Hospital Materno Infantil, para el desarrollo de sus actividades contó con los siguientes recursos:
Del 1 de junio de 2007 al 30 de noviembre de 2007.
Fondos Gubernamentales US$ 308.095,23
Fondos O.N.G US$ 50.216,07
Total US$ 358.311,30
El Hospital Materno Infantil se financia a través de fondos transferidos por el gobierno que corresponden a la asignación presupuestaria anual y por fondos donados por organismos no gubernamentales para el desarrollo de proyectos y programas específicos.
4.1.2 Planificación Específica
4.1.2.1 Objetivos específicos por área
Los objetivos específicos por área que van a ser evaluados se detallan más adelante en los programas de auditoria.
4.1.2.2 Resultados obtenidos de la evaluación del control interno
La evaluación del sistema de control interno del Hospital Materno Infantil se la realizó a través del método de cuestionarios de control interno el cual consiste en una serie de preguntas orientadas a verificar el cumplimiento de las Normas de Control Interno y demás normativa emitida por la Contraloría General del Estado.
Ver Anexos
4.1.2.2.1 Resultado de la evaluación de control interno del área de Recursos Humanos.
Tabla I.IV Resultado de la evaluación de control interno del área de Recursos Humanos HOMAIN
4.1.2.2.1.1 Interpretación del resultado de la evaluación de control interno del área de Recursos Humanos.
La evaluación del control interno del área de Recursos Humanos determinó un grado de efectividad de 54.5% de los controles aplicables a dicha área además se estableció las siguientes deficiencias que fueron informadas a la Dirección del Hospital Materno Infantil:
Se evidenció que no existen manuales de funciones que contemplen las actividades de cada uno de los funcionarios del Hospital Materno Infantil.
Ausencia de registros y controles relativos a la evaluación del personal.
No se encuentran actualizados los reglamentos y políticas internas lo cual imposibilita su aplicación ya que no se ajusta a la realidad de la entidad.
No se ha definido un proceso para la inducción del personal.
No existe un sistema de incentivo.
4.1.2.2.2 Resultado de la evaluación de control interno del área de Contabilidad.
Tabla II.IV Resultado de la evaluación de control interno del área de Contabilidad HOMAIN
4.1.2.2.2.1 Interpretación del resultado de control interno del área de Contabilidad.
La evaluación del control interno del área de Contabilidad determinó un grado de efectividad de 66.7% de los controles aplicables a dicha área además se estableció las siguientes deficiencias que fueron informadas a la Dirección del Hospital Materno Infantil:
Falta de un adecuado sistema computarizado para agilizar el registro de transacciones y proporcionar información contable confiable y oportuna.
Retrasos en el registro de transacciones debido a la demora en la entrega de la información por parte de los departamentos de la entidad.
4.1.2.2.3 Resultado de la evaluación de control interno del área de Presupuesto.
Tabla III.IV Resultado de la evaluación de control interno del área de Presupuesto HOMAIN
4.1.2.2.3.1 Interpretación del resultado de control interno del área de Presupuesto.
La evaluación del control interno del área de Presupuesto determinó un grado de efectividad de 75% de los controles aplicables a dicha área además se estableció las siguientes deficiencias que fueron informadas a la Dirección del Hospital Materno Infantil:
No existe una verificación de la disponibilidad de partidas presupuestarias antes de ejecutar un gasto.
4.1.2.2.4 Resultado de la evaluación de control interno del área de Tesorería.
Tabla IV.IV Resultado de la evaluación de control interno del área de Tesorería HOMAIN
4.1.2.2.4.1 Interpretación del resultado de control interno del área de Tesorería.
La evaluación del control interno del área de Tesorería determinó un grado de efectividad de 65.2% de los controles aplicables a dicha área además se estableció las siguientes deficiencias que fueron informadas a la Dirección del Hospital Materno Infantil:
Los ingresos a caja no son depositados en forma inmediata.
No existen medidas de protección para los fondos recaudados diariamente.
No se realiza Arqueo de caja periódicamente.
No todos los gastos que se realizan por caja están debidamente soportados.
No se realizan conciliaciones bancarias por parte de personal independiente al área financiera.
No existe control de cuentas bancarias inactivas.
No se elaboran programa de pagos.
4.1.2.2.5 Resultado de la evaluación de control interno del área de Cartera.
Tabla V.IV Resultado de la evaluación de control interno del área de Cartera HOMAIN
4.1.2.2.5.1 Interpretación del resultado de control interno del área de Cartera.
La evaluación del control interno del área de Cartera determinó un grado de efectividad de 75% de los controles aplicables a dicha área además se estableció las siguientes deficiencias que fueron informadas a la Dirección del Hospital Materno Infantil:
No se constatan los documentos de soportes de los valores por cobrar por parte de personal independiente al área Contable.
4.1.2.2.6 Resultado de la evaluación de control interno del área de Adquisición.
Tabla VI.IV Resultado de la evaluación de control interno del área de Adquisición HOMAIN
4.1.2.2.6.1 Interpretación del resultado de control interno del área de Adquisición.
La evaluación del control interno del área de Adquisición determinó un grado de efectividad de 33.3% de los controles aplicables a dicha área además se estableció las siguientes deficiencias que fueron informadas a la Dirección del Hospital Materno Infantil:
No se cumplen con todos los requisitos establecidos en la Ley de Contratación Publica.
No se realizan concursos y/o licitaciones para la compra de bienes o contratación de servicios.
No existe un control presupuestario de las compras.
No se utiliza el Sistema Contratanet para el proceso de adquisición.
4.1.2.2.7 Resultado de la evaluación de control interno del área de Almacén.
Tabla VII.IV Resultado de la evaluación de control interno del área de Almacén HOMAIN
4.1.2.2.7.1 Interpretación del resultado de control interno del área de Almacén.
La evaluación del control interno del área de Almacén determinó un grado de efectividad de 66.6% de los controles aplicables a dicha área además se estableció las siguientes deficiencias que fueron informadas a la Dirección del Hospital Materno Infantil:
No se verifica periódicamente la existencia física de los bienes.
No existen pólizas de seguros que protejan los bienes de larga duración.
4.1.2.3 Identificación y evaluación de riesgos
Tabla VIII.IV Matriz de Riesgos HOMAIN
4.1.2.4 Método de muestreo
El método de muestreo utilizado en la evaluación de control interno en el Hospital Materno Infantil es el muestreo no estadístico en el que el auditor se apoya en su criterio de acuerdo a los resultados obtenidos de la evaluación preliminar.
4.1.2.5 Programas de auditoría
Tabla IX.IV Recursos Humanos HOMAIN
Programa de Auditoría |
Entidad: Hospital Materno Infantil Área: Recursos Humanos Periodo: 1 de junio al 30 de noviembre de 2007 |
OBJETIVO |
Verificar el cumplimiento de los procedimientos del Área de Recursos Humanos referentes a la realización de labores e inducción del personal del Hospital Materno Infantil. |
PROCEDIMIENTOS |
Solicitar fichas del personal para evidenciar la existencia de mecanismos de inducción. Determinar si el requerimiento de personal se realiza basado en los planes institucionales o por solicitud de cada uno de los departamentos de la entidad. Solicitar la nomina del personal y determinar si el sueldo y beneficios adicionales guardan relación con el nivel jerárquico, funciones y responsabilidad. Verificar en las fichas del personal si existe una evaluación del desempeño realizada por la autoridad competente. Constatar la existencia de medios de control de asistencia así como la actualización de la información que consta en las fichas del personal. |
Tabla X.IV Contabilidad HOMAIN
Programa de Auditoría |
Entidad: Hospital Materno Infantil Área: Contabilidad Periodo: 1 de junio al 30 de noviembre de 2007 |
OBJETIVO |
Comprobar que la información contable sea confiable y entregada dentro del periodo establecido. |
PROCEDIMIENTOS |
Constatar que los estados financieros estén presentados de acuerdo a los Principios y Normas Técnicas de Contabilidad Gubernamental. Verificar que los estados financieros sean presentados dentro del plazo máximo establecido. Revisar el flujo de información entre áreas con respecto a la información financiera. |
Tabla XI.IV Presupuesto HOMAIN
Programa de Auditoría |
Entidad: Hospital Materno Infantil Área: Presupuesto Periodo: 1 de junio al 30 de noviembre de 2007 |
OBJETIVO |
Verificar que los gastos que se han efectuado han sido utilizados para fines de la entidad. |
PROCEDIMIENTOS |
Revisar los movimientos de las cuentas de gasto. Revisar que los gastos han sido aprobados por la autoridad competente. Analizar la documentación de soporte de los gastos. Revisar la Cédula Presupuestaria de Gasto del periodo analizado. |
Tabla XII.IV Tesorería HOMAIN
Programa de Auditoría |
Entidad: Hospital Materno Infantil Área: Tesorería Periodo: 1 de junio al 30 de noviembre de 2007 |
OBJETIVO |
Verificar el cumplimiento de los procedimientos del ciclo de Tesorería. |
PROCEDIMIENTOS |
Constatar que exista una separación de funciones entre quien autoriza el pago y el cajero. Examinar la existencia de documentos que soporten los arqueos diarios de efectivo. Verificar la existencia y aplicación de una política de manejo de disponible. Verificar la elaboración de ajustes a las cuentas de bancos cuando se han recibido las respectivas conciliaciones. Observar los requisitos de ingresos de personal al área de recaudación. Revisar la periodicidad de los depósitos de las recaudaciones diarias. Revisar la documentación que soporta los egresos de caja. Analizar el mecanismo utilizado para la emisión de pagos. |
Tabla XIII.IV Cartera HOMAIN
Programa de Auditoría |
Entidad: Hospital Materno Infantil Área: Cartera Periodo: 1 de junio al 30 de noviembre de 2007 |
OBJETIVO |
Constatar la documentación de soporte de las cuentas por cobrar. |
PROCEDIMIENTOS |
Verificar que los soportes de las cuentas por cobrar se encuentren en orden y de acuerdo a las disposiciones legales. Observar si los movimientos en las cuentas por cobrar se registran adecuadamente. Verificar físicamente junto con la persona responsable de las cuentas por cobrar los documentos que respalden los documentos por cobrar. |
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