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El derecho de la microempresa en el Mercosur

Enviado por robertossi


    en el Mercosur

    1. Justificación del tema
    2. Cultura del trabajo.-
    3. Cultura emprendedora
    4. La perspectiva de la OIT en materia de ocupación informal.
    5. Proceso de promoción

    "El derecho es la fundamentación de toda organización social: consagrar nuestra vida a su estudio y perfeccionamiento es colaborar en la obra eterna de la más armónica realización de ella"

    Con respecto al Mercosur hemos de hacer una breve referencia de advertencia.

    Esta formidable posibilidad estratégica y prospectiva, no integra protocolos, países, sino personas, costumbres, idiomas, etnias, y no debe servir o ser considerado solo para hacer buenos negocios, en tiempos de vientos económicos favorables, sino todo lo contrario.

    Ha de resolver entonces, favorablemente, con políticas sociales atinadas, todos aquellos otros problemas que acosan al hombre de hoy, integrando posibilidades naturales puesto que, en muchos casos, el reino mineral o vegetal nos une natural e históricamente (el hombre lo ha dividido con una razón u otra o ninguna), conocimientos, infraestructuras, sabidurías e inteligencias; fomentando, promoviendo e integrando latinoamericanos solidarios, fundamentalmente.

    Dejando de manifiesto esta advertencia, nosotros, cuando hablamos de derecho microempresario, hablamos de los fundamentos de una regulación excepcional para la microempresa, urbana y rural, la que es precisamente un modo personal de producir, de dimensiones humanas y económicas reducidas que actúa productivamente como una estrategia contra el hambre y la desocupación, reuniendo, recuperando – reciclando – rehabilitando, los recursos necesarios para microemprendimientos diversos, que podremos encontrar en la base misma de una empresa nueva de mediano o mayor tamaño y escala, de un trabajo humano, disciplinado y creativo, con capacidad de iniciativa y espíritu emprendedor.

    Es que el trabajo humano autónomo, en cuanto esfuerzo, tiene un formidable valor formativo para el sujeto que lo desarrolla, le reanima porque mediante él éste obtiene los recursos que necesita, porque aumenta la masa de bienes y porque refuerza los vínculos sociales cristalizando sus virtualidades adaptándolas a la satisfacción de las necesidades humanas.

    Es decir estamos pensando en ese trabajo humano, disciplinado y creativo, con capacidad de iniciativa y espíritu emprendedor.

    Como señala SS. Juan Paulo II en su Carta Encíclica Fides et Ratio, "Tanto en Oriente como en Occidente es posible distinguir un camino que, a lo largo de los siglos, ha llevado a la humanidad a encontrarse progresivamente con la verdad y a confrontarse con ella."…. "al hombre, cuanto más conoce la realidad y el mundo y más se conoce a sí mismo en su unicidad, le resulta más urgente el interrogante sobre el sentido de las cosas y sobre su propia existencia.

    Por lo demás, una simple mirada a la historia antigua muestra con claridad cómo en distintas partes de la tierra, marcadas por culturas diferentes, brotan al mismo tiempo las preguntas de fondo que caracterizan el recorrido de la existencia humana."

    Estas preguntas están hoy formuladas también por personas con trabajo, pero fundamentalmente por personas sin ocupación

    En la vida cotidiana se hacen cada día más evidentes y determinantes los beneficios que proporciona el rol del trabajo humano en la sociedad así como las lastimaduras de su precariedad o la fatalidad de su ausencia.

    Justificación del tema

    Desde el Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de la República Argentina, con nuestros Seminarios de Educación Productiva entendemos que hemos puesto a la Universidad en la calle, arrimándola a la gente común en el pensamiento de Unamuno "La Universidad no es nada si no es útil a la sociedad, y ésta se negaría a sí misma si no entiende y ayuda a la Universidad, porque la Universidad debe educar, enseñar e investigar para ser beneficiosa a la sociedad".

    El proyecto de ley que propiciamos, pretende plasmar reclamos actuales y de alta probabilidad futura en cuanto a capacitación para la solidaridad, para la competitividad (no existe incompatibilidad), para la reconversión, para la inteligencia de mercados.

    Respetar culturas, psicologías, sociologías organizacionales como contribuir a consolidar el frágil equilibrio entre actividad vecinal, comunitaria y medio ambiente.

    Así las cosas, aún cuando los microempresarios se desinteresaran del derecho y, los juristas y legisladores olvidaran el tema, las microempresas por el solo hecho de actuar en sociedad no pueden eludir el derecho, el que en su contenido y aplicación debe promover y asegurar su espíritu y finalidades, actualizando además los cuerpos normativos, que generalmente son desbordados por la dinámica social.

    Porqué, "Las culturas, estando en estrecha relación con los hombres y con su historia, comparten el dinamismo propio del tiempo humano. Nadie puede ignorar transformaciones y progresos debidos a los encuentros entre los hombres y a los intercambios recíprocos de sus modelos de vida.

    Las culturas se alimentan de la comunicación de valores, y su vitalidad y subsistencia proceden de su capacidad de permanecer abiertas a la acogida de lo nuevo.

    ¿Cuál es la explicación de este dinamismo? Cada hombre está inmerso en una cultura, de ella depende y sobre ella influye. Él es al mismo tiempo hijo y padre de la cultura a la que pertenece. En cada expresión de su vida lleva consigo algo que lo diferencia y además su inagotable deseo de conocer.

    En consecuencia, toda cultura lleva impresa y deja entrever la tensión hacia una plenitud."

    "Empresas rompiendo el cascarón" Ciertamente, las incubadoras, que nos resultan conocidas son aquéllas utilizadas en el caso de los bebés prematuros o los huevos, pero también existen de otro tipo: aquellas que contribuyen a crear y desarrollar empresas, porque los gigantes también fueron pequeños En efecto, dijo Alan L. Carsrud, Ph.D. en el marco de la crisis asiática, "serán las pequeñas y medianas empresas las que =a nivel mundial=crearán nuevos empleos e impulsarán la recuperación económica". Pero estas empresas –agrega- enfrentan crecientes desafíos en el contexto de la globalización económica, desafíos distintos a los de cinco años atrás.

    Cultura del trabajo.-

    El trabajo personal es uno de los derechos humanos y haremos justicia si cada cual cumple sus deberes humanos.

    Sin embargo podemos afirmar que la cultura del trabajo está inmersa en una crisis que deriva de una confusión y notables asimetrías que han roto la armonía natural del trabajo humano- economíanaturaleza.

    Al respecto debemos señalar una pista además de aquellas otras que pueden producir en una detenida, aguda y profunda percepción. Cuál es esta pista: dos caracteres esenciales tiene el trabajo. El primero es su carácter personal, en cuanto a que la energía que opera es inherente a la persona humana y propia en absoluto del que la ejerce y para cuya utilidad le ha sido dado; el segundo es su carácter de necesario, por cuanto el fruto de su trabajo le es necesario al hombre para la defensa de su vida, defensa a la que lo obliga la naturaleza misma de las cosas, a que hay que plegarse por encima de todo.

    Estos son dos aspectos que son sólo separables conceptualmente, porque están unidos en la realidad del trabajo. Su distinción es de suma importancia para comprender bien con cuánta frecuencia y facilidad se cometen injusticias en las condiciones del trabajo y en los salarios que son fruto del trabajo.

    Además, el trabajo tiene un carácter eminentemente social. Es un aporte al bienestar de la familia y de la sociedad civil en que vive cada trabajador. Si el trabajo es una necesidad vital y por tanto un derecho, es también una obligación irrenunciable, cuya finalidad inmediata del sustento y desarrollo personal es inseparable de la finalidad social de satisfacer el bienestar familiar y de la sociedad civil.

    El trabajo es pues, una realización de la libertad personal, una forma de subvenir las necesidades personales, y una contribución al bien común. El hombre tiene el derecho de trabajar y hacer, en tales condiciones, que su trabajo pueda cumplir con sus finalidades esenciales y las Instituciones pertinentes garantizar de eso mismo.

    Cultura emprendedora

    Con J. Delcourt, coincidimos en que, como consecuencia de la profundidad de la crisis actual, las empresas se han embarcado en reestructuraciones económicas y recategorizaciones exigidas por los cambios tecnológicos, que las llevaron a deshacerse de personal. Todo esto ha conducido a la necesidad de volver la mirada sobre los trabajadores y repensar la implicación de estas medidas sobre los mismos. En efecto, las políticas de rediseño y reingeniería arrojaron como resultado despidos y descalificaciones que tornan más acuciante la exigencia de mayor democratización dentro y fuera de la empresa.

    Al mismo tiempo, la tensión del público se ha concentrado sobre la empresa y el empresario. Para hacer frente a esta crisis del empleo, algunas naciones desarrolladas han retornado hacia la empresa, sin duda porque el crecimiento del empleo en el sector público no podía ser una buena solución.

    A partir de este dato, una nueva cultura de empresa se ha desarrollado en algunos países (como Bélgica, Canadá, Francia, Nueva Zelandia), en la cual la necesidad no pasa por la reducción de empleo y la precarización de la estabilidad sino sobre todo, por las profundas transformaciones de las estructuras y las calificaciones y por la flexibilidad implícita en los inevitables rediseños dentro y fuera de las empresas, lo mismo que por las mutaciones tecnológicas.

    Este retorno a la empresa y a la racionalidad económica, tiene alguna cosa de paradojal dentro de la medida en qué, siguiendo a Andrë Gorz, uno puede considerar que justamente el triunfo de esta razón económica es lo que ha provocado el divorcio del trabajo y de la vida, de la producción y de las necesidades, de la economía y de la sociedad.

    Con todo ello, además de la precarización creciente del trabajo y su legislación, también se generaron expresiones creativas las que, de la informalidad están avanzando hacia sistemas más estructurados a la vez que crece el reconocimiento de los gobiernos locales, particularmente, y, la insinuación de estructuras supramunicipales como actores de desarrollos regionales.

    Aún en las mismas empresas involucradas en esta crisis, surgieron microempresas internas y satelitales que canalizaron tercerizaciones y subcontrataciones.

    Esto crece a medida que se valora el estilo con el que los protagonistas sociales gestionan los recursos locales habiéndose advertido que es clave para los desarrollos locales lo cualitativo y no lo cuantitativo de la innovación.

    No es casual por cierto que los municipios además de sus áreas de infraestructura y servicios estén incorporando áreas de desarrollo económico local y regional a través de entes intermunicipales y recursos semejantes.

    En efecto, el desempleo crecerá y sólo a partir de programas y proyectos debidamente elaborados y evaluados, podrá esperarse crecimientos en la ocupación.

    Cada microempresa es un proyecto productivo, parte de un proyecto y debe ajustarse al mismo con las reformulaciones necesarias y oportunas.

    La decisión política será decisiva para impulsar planes, programas y proyectos con sentido humanitario-laboral, proyectos que comtemplen idiosincrasias y posibilidades autóctonas impulsándolas decididamente.

    En este sentido, resulta impostergable para nacionalizar, regionalizar y corporizar el impulso productivo del país, herramientas financieras tales como "El Project Finance".

    Estamos hablando de un recurso crediticio que en el derecho anglosajón se vincula con auspicios monetarios asignados para la evolución, y la ejecución de un proyecto concreto en donde se prioriza la potencial rentabilidad del mismo y no la solvencia concreta de los asistidos, personal y anterior a este crédito calificado, por lo qué, claro está, la elaboración, la ingeniería del proyecto será de la mayor importancia –proporcional- para una evaluación exitosa.

    Más aún, los empresarios no tienen la obligación de cancelar el crédito en la eventualidad –bastante improbable aquí- de que el emprendimiento no arroje utilidades suficientes para cubrirlo.

    La desocupación y pobreza crecientes requieren estrategias alternativas y la microempresa, el microemprendimiento, han demostrado ser una, respetable y de notable trascendencia.

    En efecto, las reformas estatales, las gestiones privadas de servicios públicos, los procesos de concentración, han puesto en la convulsionada calle de la desocupación a muchos trabajadores y demasiado dinero por indemnizaciones, retiros, etc..

    Estos, al no ser reorientados, reentrenados de acuerdo a las exigencias y posibilidades del nuevo contexto –creciente desocupación- para generar con innovación y creatividad su propia microempresa, su empresa familiar, su autoempleo; en la mayoría de los casos fracasaron y vieron diluirse de entre sus manos sus dineros en desafortunados intentos recurrentes (kioscos, remises o caracoles).

    Es duro admitir que el empleo vitalicio concluyó y el Estado protector también.

    Así, ante una realidad invertebrada, podemos observar un Estado en franca retirada.

    Necesitamos sin duda de un Estado moderador, de un Estado "semáforo" para dejar atrás las asimetrías donde unos pocos tienen siempre onda verde, los más, roja y, los media, amarillo extremo.

    De caras a un mundo donde se visualiza un espacio importante para la cultura emprendedora (en la conferencia de la O.I.T. celebrada en l997 se afirma que en Africa, desde el año l994, las microempresas constituyen una enorme y creciente fuente de trabajo; en Alemania, Italia, Holanda, Colombia otro tanto; en Latinoamérica el número de empleos en las microempresas aumenta a tasas del 10,5% anual =setiembre 96-setiembre 97= cuando paradójicamente, en el mismo periodo, el conjunto de la economía aumentó en solo un 5,14% la oferta de puestos de trabajo) y el desarrollo local crecerá sin duda el campo para nuevos empresarios, pequeños y medianos, tercerizaciones y subcontrataciones.

    Aquí se comprende el trabajo humano fruto de la informalidad urbana y rural, microexplotaciones que por su baja o nula rentabilidad inicial, escasa o nula tecnología, sólo se pueden sostener en el mercado eludiendo el cumplimiento de las leyes impositivas, de tasas, servicios y habilitación, laborales y de la seguridad social haciendo de esta subremuneración del trabajo su ventaja comparativa.

    En este sentido, es que la distribución de trabajadores informales podría asociarse más con esquemas de segmentación "vertical" del campo del trabajo (diversos tipos de empleo, protegido y no protegido en todas las actividades económicas) frente a los esquemas de segmentación horizontal (el empleo desprotegido se encuentra sólo en las actividades "informales"o rurales y el protegido en las "formales").

    La estimación de la incidencia de la ocupación informal en argentinas es sorprendente:

    La distribución por ramas de actividad más tradicionales, desconcentradas y vegetativas revelan una mayor frecuencia de ocupación informal. Así en la construcción, confecciones y calzado, madera y muebles las incidencias superan considerablemente los promedios, pero, también en ramas dinámicas se observa una incidencia considerable: alimentos, bebidas, tabaco, papel e imprenta oscilan alrededor del promedio y se mantienen en niveles estimables en materia de transporte y metalmecánica.

    La perspectiva de la OIT en materia de ocupación informal.

    Es preciso aclarar que se entiende y se solicita que no debía confundirse el empleo ilegal con el "sector no estructurado de la economía"como afirmaba también J.Delors en su libro blanco Crecimiento, competitividad y empleo. Esta ocupación definida como las "actividades económicas realizadas al margen de las estructuras económicas institucionalizadas" (Recomendación N° l69, 27.1, -l983-84) individualizándose al trabajo familiar y al "trabajo independiente en talleres individuales tanto en las áreas urbanas como en las rurales, como formas de empleo que merecían programas de promoción tendientes a fomentarlos (27.2). Así se parece sugerir que ésta en la forma típica de empleo no estructurado

    En este estado de reacomodamiento, el esfuerzo personal con sus frutos de innovaciones, creaciones, productos y servicios novedosos que rescatan lo autóctono en diversos microemprendimientos productivos será acompañado del signo (+) más.

    Mancomunar estos esfuerzos institucionalizados en microempresas, famiempresas o pymes cooperativas o cámaras serán condiciones dignas de crédito para instituciones crediticias nacionales y extranjeras, con avales y garantías reciprocas, rotativas y el compromiso contundente de cada municipio, de cada provincia, ofreciendo razonablemente parte de los fondos de coparticipación para estos fines que son impulsar la generación de nuevas fuentes de ocupación, puesto que para más empleos, más empresarios, más empresas!

    De este modo, debe quedar absoluta y definitivamente claro que los costos (evasión impositiva, previsional, precariedad laboral, competencia desleal, etc.) cuanto los peligros de la informalidad (establecimientos sin control bromatológico) del sector microempresario, son para los países, infinitamente superiores y postergantes que plasmar una legislación específica y de excepción que abandone definitivamente burdas abstracciones y exigencias (habilitación, tasas, impuestos, intereses) que fueron diseñadas para empresas de mayor tamaño. Esto será admitir finalmente la realidad de la microempresa urbana y rural en su potencialidad y efectivas realizaciones: nuevos puestos de trabajo, aportes al PBI., innovación, creatividad esto es progreso y su aporte implícito a la paz social.

    Con Víctor E. Tockman, con los fundamentos del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional de instrumentación del Fondo de Capitalización Social, con Carlos Vicente de Toux. R. en el Cuarto encuentro de Investigadores sobre microempresas en la Universidad Javeriana de Bogotá, Colombia; coincidimos en que esta fuera de discusión reconocer que la informalidad (que no es ilegalidad) genera una situación diferente y por ende requiere y merece un sistema regulatorio también diferente.

    Proceso de promoción:

    Las estrategias de promoción deben principiar por atender las necesidades más sentidas para luego pasar a atender las necesidades más reales, procurando que los hombres promovidos asuman su propio proceso de desarrollo, defendiendo las instituciones que actúan en el medio rural, tratando de abordar, simultáneamente distintas dimensiones de la vida humana persiguiendo soluciones integrales para "poner a cada varón y mujer, nuevamente de pie".

    Tenemos así, dimensiones personales, dimensiones económicas y dimensiones sociales. En el espacio rural, habrá que: facilitar la adquisición de la tierra legítimamente poseída y pacíficamente trabajada durante años; acceder a los circuitos de comercialización mejorando calidad, cantidad y precios de la producción, e impulsar las artesanías como estilo de conservación lo autóctono; adjudicar viviendas dignas; fomentar la huerta y la minigranja; y desterrar animales infecciosos, pestes y plagas; sumando a todo esto el intercambio cultural con excursiones de alumnos y padres a otras dimensiones paisajistas y urbanas con sus expresiones modernas.

    Esto además, evitará el crecimiento del éxodo rural y el aumento de la pauperización marginal de las grandes ciudades.

    Pues bien, nosotros contamos con todo esto cuando proponemos la microempresa, cuando la justificamos, mirándola como algo adecuado que requiere de: aprender haciendo, de olfato empresarial – espíritu emprendedor, de la promoción de los gobiernos con la infraestructura básica (de la que deberían prescindir cuanto antes, integrándose para lograr ventajas de conjunto – de las que carecerán en aislamiento -para volverse competitivas), de eliminar los obstáculos más comunes a la organización, conservación y desarrollo de microempresas: impuestos, créditos, habilitación entre otros que, paradójicamente observamos en el cotejo y comparación de diversas legislaciones, se han detenido sólo en lo cuantitativo (consumo de energía, metros cuadrados ocupados, monto de ventas, numero de personal, etc.) y no en lo cualitativo, en todo eso a lo que nos referimos como reincorporación e incorporación autónoma de energías sociales al aparato productivo y los aportes a la armonía familiar, a la salud de la población y a la paz social.

    Este es el punto.

    A partir de aquí Usted podrá consultar las diversas legislaciones que le vamos a referir, según los distintos países del Mercosur que hemos podido relevar vinculadas a la organización y funcionamiento de la microempresa urbana y rural, de algún modo, a saber:

    Argentina

    Art. 75 de la Constitución; arts. 46, ll98 y l624 del Código Civil; art. 5 y cc. de la Ley de Contrato de Trabajo 20744-250l3 art. y sus mod.; Ley 23883; Decreto P.E.N. 675/97; arts. 7, l5, l7 y cc. de la Ley 13246; Ley 1128l, Ley 11780, Ley 11742, Ley 12200, Ley 12636, Ley 14384, Ley 14392, Ley l5336, Ley 23006, Ley 23020, Ley 23265, Ley 24057, Ley 23107, Ley 23302, Ley 23653, Ley 23877, Ley 24195, Ley 20337 -art.42 inc.b.; Ley 24465, Ley 24467 art.23; Ley 24807; Ley 25.113, Ley 25300 (de fomento a la microempresa) y Ley 24578 (armonización legislativa en el Mercosur).

    Resoluciones de la Dirección General Impositiva Nros. 3935/95 y 4ll0/96, Resols. Sepyme 22 y 24/01, 02 y675/02; Com. BCRA 3321/01 y 3793/02; Res. ANSeS 11/99; Leyes 24467, art. 23, 83 y cc.; 24013, 24465, Decretos P.E.N. 675/97; 975/02; 1002/02; 1094/02; Circ. OPRAC 1-542; Res. Min. de Economía 142/02; 513/02

    Buenos Aires – Ley 11936

    Catamarca – Ley 4778 y 5024 (11/01/01) y Decr. 1161/01

    Córdoba – Leyes 8450, 8836.

    Chaco-Ley 5100

    Chubut – 4889 y mod. Ley 4923

    Entre Ríos – Decreto 2.606/94

    Jujuy – Ley 4751

    Río Negro – Decreto 401/94

    Santa Fe – Ley10472

    Tucumán – Leyes 7197 y 7200 y Decr. 3547-1/01.

    Brasil:

    Arts. l70, l79 ss. y cc. de su Constitución Federal, Ley 7256, Ley 8154, 8864, 9317 y 10.034.-

    .Chile:

    Las Leyes 19.398, 19.686 y 19.749.-

    Este país, importante aspirante para sumarse definitivamente al Mercosur, les reconoce e impulsa fuertemente. En efecto, a través de instrumentos de fomento tales como La Corporación de Fomento, CORFO, que anteriormente fue de reconstrucción y fomento en la época de fuertes terremotos que sacudieron el país transandino. Este apoyo se traduce en promover los esfuerzos de incremento de la competitividad de las cadenas productivas, cofinanciando la implementación de un programa que estimule la creación y consolidación de relaciones de subcontratación entre grandes y pequeñas empresas en el sentido de que relaciones estables, basadas en la confianza recíproca posibiliten procesos de especialización y complementación productivas que beneficien tanto a las empresas contratantes como a las microempresas subcontratadas.

    También poseen los chilenos un convenio entre CORFO-INACAP para la capacitación empresaria PYME, el FONTEC, un fondo de desarrollo tecnológico con funciones para favorecer la asimilación de las funciones y el desarrollo tecnológico, Estudios de Preinversión para escalamiento Productivo en Proyectos de Innovación, Programas de Reconversión Productiva para la reinserción laboral de extrabajadores del estado chileno o del sector privado, Promoción y Atracción de inversión privada a regiones, funciones de intermediación financiera, Financiamiento para inversiones PYME a través de Leasing, para bienes de Capital Nacionales, Financiamiento de Inversiones de Pequeñas y Medianas Empresas, Financiamiento de inversiones de Pequeñas Industrias, Financiamiento de Insumos de Producción y Comercialización en el Extranjero, Líneas de Financiamiento para estudios de pre y postgrado en la materia, Subsidios a Pequeños y Medianos Agricultores para Inversiones Financiadas con créditos bancarios, Programa de Plataformas PYME de compras de Bonos Subordinados, Programas de Apoyo al Capital de Riesgo, Cupones de Primas de Seguro de Crédito y de Comisiones de Fondos de Garantía para Pequeñas Empresas CUBOS.

    Paraguay:

    Ley 60/90, (incentivos fiscales); Ley 90/90; Código Laboral – capacitación; legislación que organiza y promueve a los maquiladores y contempla a la Empresa Unipersonal y a la Empresa Unipersonal de Responsabilidad Limitada.

    Uruguay:

    Ley 10170 (monotributo a las Pymes); Ley 15903 para inversiones en investigación, desarrollo y capacitación, la Ley 16.201, el Decreto 54/92 y la ley 16.622.

    Mercosur: Grupo Mercado Común (GMC) Resol. N° 90/93 y Resol. 59/98 Mercosur.

    Conclusión

    La nueva legislación que pensamos tendrá que contemplar también lo que sostenemos con el Director del Venture Development Program de la Universidad de California (UCLA) Dr.Alan Carsrud, esto es, la capacidad de desarrollar nuevos sectores productivos con incubadoras ya que estas no sólo permiten apoyar sectores económicos ya existentes sino que su real importancia es que pueden desarrollar sectores industriales totalmente nuevos, lo cual otorga un mayor valor agregado al portafolio de exportaciones de un país y permite no ser tan dependiente de un área de producción determinada.

    Por otra parte la minería, la silvicultura entre otras industrias tradicionales, no continuarán siendo los principales motores de la economía y esta es una cuestión a considerar debidamente. Otra será la pérdida de empleos o de valor económico de los empleos en las industrias tradicionales ( construcción, industria automotriz). Como consecuencia, advertimos que la pérdida de trabajos en ciertos sectores industriales de cada país miembro y el escenario internacional han generado demandas en otros sectores industriales urbanos y rurales: turismo, sustitución de importaciones, artesanías, la industria apícola, la vitivinicultura, el ganado bovino, la industria metalmecánica para el agro, etc.

    Este "crecimiento de reemplazo" puede ser realizado a través de las incubadoras, centros de asistencia empresarial, redes de conocimiento y el incremento en la transferencia de tecnología desde las universidades, entidades de investigación patrocinadas por los gobiernos y corporaciones en franca mancomunión de esfuerzos.

    Un claro ejemplo de benchmark puede ser encontrado en California entre 1989 y hoy. Hace una década, la declinación de la industria militar aerospacial existente en esa área ayudó a fomentar el crecimiento de la industria de medios de comunicación, biotecnología y medioambiental.

    Dudo si esto mismo se puede esperar del agro, del turismo y de la sustitución de importaciones que en la Argentina del 2002/2003, obedece particularmente a fuertes oscilaciones de su moneda.

    Una esperanza para los países de la región provendrá principalmente también, de la expansión de los nuevos campos aludidos en el final del párrafo precedente –por ejemplo-, mediante la aplicación de tecnologías y la creación de nuevos ámbitos industriales y de servicios (recreación, vejez, tiempo libre) que absorban la desaceleración en la creación de nuevos puestos de trabajo en los sectores más tradicionales.

    Ahora bien, en cuanto a nuestro proyecto de ley para la microempresa urbana y rural, la mejor utilización de la Ley 24578 dada para la cooperación y asistencia en materia del derecho civil, comercial, laboral y administrativo en el ámbito del Mercosur, tendrá una utilidad sin precedentes.

    El fenómeno homogeneizador a escala planetaria potenciado por las innovaciones científico=tecnológicas -que deberán ser aprovechadas en común y sinérgicamente- impactará también en el campo del derecho y, el derecho comparado en sus conclusiones ha de ser de la mayor importancia para alcanzar un derecho común, -en un sincretismo ético y solidario- que según nuestro proyecto sirva de referencia en el Mercosur.

    La existencia de las Resoluciónes 90/93 y 56/98 del Mercosur para las MPYMES., es ya un precedente de valía y será necesario galvanizarlo para poder, oportunamente, compilarlo gradual y progresivamente, con la mundialización del derecho y la justicia.

    Explorar posibilidades de integración con la Comunidad Europea para impulsar la microempresa, compatibilizar legislaciones (consultar: WWW Europa eu int/eur-lex/de/index.html) ha de satisfacer nuestras pretensiones y los objetivos de nuestro proyecto de investigación.

    A modo conclusivo, este trabajo que aquí elaboramos tiene su justificación mayor en la labor realizada: haber reunido la legislación que intentó tratar la microempresa, de alguna manera, en el Mercosur, recopilar este material para los docentes e investigadores, para los emprendedores y sus cámaras, para los organismos públicos, privados e internacionales pertinentes, poniéndolo a su disposición, creando un estado de opinión, de debate y unificar así, una propuesta concreta, profunda que amalgame autónomamente criterios distintos para potenciar la exigencia legislativa ante el Congreso Nacional y Supranacional como el Parlamento Latinoamericano, absolutamente impostergables.-

    Finalmente, cuando determinamos como objeto del proyecto de investigación a estas empresas `mínimas` y los minifundios, al investigar y escribir, puedo intuir que lo experimentado como original de estas empresas `íntimas`, resulta ser a menudo lo mas sólidamente anclado en la común condición de los seres humanos, en su espíritu practico de innovación, creatividad y emprendedor.

    Entonces, ayudar a desarrollar aptitudes emprendedoras en esa condición es lograr actitudes creativas productivas arregladas a las mudables exigencias de las expectativas y demandas circundantes.

    Ofrecer la oportunidad de la dignidad, de la autoestima, de subvenir por sí mismo a las necesidades propias y progresar, hacen de la perspectiva y prospectiva microempresaria algo mucho más humano, estratégico y trascendente.

    Y, al advertir la realidad microempresaria, al dotarla de autonomía, sustentabilidad y lógica propias, reflejan un esfuerzo compartido de aproximaciones investigativas conclusivas.

    En síntesis, resultados siempre provisorios y subjetivos de mi investigación, sólo pueden ser considerados como frutos de ayudas y oportunidades semejantes a las que, en mi caso particular, me he sumado modestamente en una propuesta compartida y ofrecida.

    La difícil tarea de mi investigación, la responsabilidad implícita, consisten principalmente en ayudar a desarrollar una libertad que a cada ciudadano pueda permitirle "ponerse de pie por sí mismo" y emprender el desarrollo de su natural potencialidad en su propia dirección para encontrar finalmente, cada uno, cada cual, el valor y el significado de su singular existencia en pos de un desarrollo personal y social.

    Roberto Fermín Bertossi

    Docente e Investigador de la Universidad Nacional de Córdoba, Rep. Argentina.

    Director del Proyecto de Investigación para la ley de la Microempresa Urbana y Rural.

    Profesor de Administración I para la carrera universitaria de Técnico Superior en Administración Cooperativa y Mutual.

    Premio Adepa – Faca Mención especial en abogacía, l990