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El conflicto social en las regulaciones institucionales del Estado (página 2)

Enviado por Osvaldo Ca�ete


Partes: 1, 2

El resultado inmediato es la multiplicación de lo que podríamos denominar "vacíos sociales"; ellos no son inocuos y se transforman en forma pausada pero segura en campos de antagonismo. Estos vacíos sociales impiden la comunicación entre diferentes segmentos que necesitan ser complementarios, coordinados o aunados en esfuerzos comunes. Al revés, la perturbación comunicacional, ausencia de representación política genuina y vinculaciones institucionales intermediadas por litigios burocráticos da como resultado una mutua desconfianza: tanto unos como otros hacen lo más posible por distorsionar las condiciones en que puede llevarse adelante un diálogo en donde cada uno pueda exponer los argumentos que crea conveniente: los demandantes, quienes están a cargo de solventar esas demandas y quienes pueden estar representando a los primeros.

Estamos lejos de este escenario por el simple hecho de que al anteponer intereses propios, gestionando los conflictos sin darles una solución, el caudal burocrático que intenta ocultar la ausencia de legitimidad social a las actuaciones institucionales diluye cualquier concepto que se pueda tener del "bien común".

Los intereses que las instituciones intentan defender, los que se garantizan algún rédito para su propia cosecha no coinciden con aquellos que se orientan a asegurar reglas de convivencia social que permitan no solo mantener el "bien común" sino a fortalecerlo. A medida que se acentúa el corrimiento desde valores que afectan a todos hacia intereses que benefician solo a unos, dejando de importar tanto en un sentido práctico como en el existencial se van perdiendo oportunidades para reconstruir y poner a punto lo que podría empezar por definirse: qué se entiende por "bien común" en un contexto social, político y económico determinado.

Al contrario, estamos en un punto en donde desconocemos las bases de situaciones conflictivas; carecemos de pautas factibles para formular políticas sociales que se correspondan, en alguna medida, al menos con los aspectos más visibles que toman los conflictos sociales; e impulsamos una legitimación fundada en la búsqueda de satisfacción de las demandas de algunos sectores sociales a costa de la gran mayoría de ellos. La fragmentación social no debe endilgársela a los grupos llamados "vulnerables" sino a los grupos de presión y decisión que con el uso de la fuerza y la coerción crean, en realidad, las situaciones de vulnerabilidad, en especial aquella referida a los impedimentos para ejercer una ciudadanía plena. Suele prevalecer, entonces, una legitimación superficial avalada desde una opinión pública prejuiciada y sectorial, incapaz de percibir la globalidad de las situaciones conflictivas en amplios ámbitos sociales. El Estado disminuye su responsabilidad para aquellas poblaciones que son consideradas incapaces de una administración controlada. Ellas son excluidas ya sea en las cárceles cuando se define que han cometido delitos o bien, cuando no, en espacios públicos de estas características(2)

Algunos ejemplos

¿Justicia o venganza?

Un primer ejemplo que puede plantearse tiene que ver con la valoración cultural de los bienes sociales. Para amplios grupos de poblaciones urbanas asustadas por un interesado, pero no fundamentado, aumento del delito la pena de muerte es una salida que está siendo cada vez más aceptada. (Briceño- León, Carmadiel y Avila 2002) La pena de muerte no es solo una defensa sino que tiene, sobre todo, un componente de venganza. La idea de una venganza privada se consolida en este tipo de poblaciones en la medida que el Estado no da cuenta de la real tendencia de los índices de criminalidad, de las condiciones que generan una mayor tendencia a quebrantar la ley y sigue insistiendo en que se trata de la voluntad individual de alguien que con plena información sobre opciones al alcance y conociendo los castigos que la ley impone, sin embargo estaría optando, usando un supuesto libre albedrío, por conductas punibles con el solo fin de agredir y perjudicar al resto de la sociedad.

Por su lado, los llamados "niños de la calle" quienes no son propiamente delincuentes, no traspasan la ley sino que simplemente la ignoran y eso los haría peligrosos pues pueden robar sin siquiera preocuparse por ocultarlo. La institucionalización de estos niños no solo indica que el Estado no tiene respuestas no punitivas frente a situaciones sociales de exclusión sino que responde a los intereses de quienes prefieren, en una supuesta salvaguarda de solo sus intereses, fijarlos en lugares donde puedan ser controlados. Se quiere "sacar el peligro de la calle" mediante la simple y certera venganza. El apoyo sectorial al "derecho de matar" como defensa, sobre todo como venganza social fundada no contribuye en lo más mínimo a disminuir la violencia ni a fomentar el respeto de los derechos humanos.

Y para poder obtener esto se requiere mucho más que el derecho a matar de los ciudadanos o la mano de hierro de la policía. Se requiere democratizar el sistema policial y judicial, hacerlo equitativo, y ejercer presión para que los ciudadanos y la policía actúen como defensores de la ley y no como sus transgresores.

El servicio penitenciario y el servicio de otras agencias estatales

Las fuerzas de seguridad actúan, por ahora, en forma represiva en concordancia con los humores punitivos de buena parte de la sociedad. Entre ellas, el personal penitenciario parece conjugar los peores modos de tratar a las personas que han sido condenadas, en el mejor de los casos, a una pena de privación de la libertad. Otro tanto ocurre con quienes rige el principio de inocencia pero que han empezado a cumplir una condena todavía inexistente (prisión preventiva). El uso, el escrutinio y la administración de la discrecionalidad de los agentes penitenciarios raramente han sido el foco de la atención en la investigación social. (Liebling 2000) De esta forma, a pesar de que se considera que el peligro inherente a las cárceles y al trabajo del agente penitenciario es unidireccional, proveniente de los internos -porque han transgredido la ley, o son personas indeseables para su funcionamiento en la sociedad, o como dijimos sin valor por sí mismas, se podría plantear que a la vez una administración discrecional y faltante de criterios conocidos por todos del ejercicio de la función penitenciaria hace que ese peligro pueda ser construido en y dentro de las relaciones que se establecen entre los internos y los agentes penitenciarios. (Kalinsky y Cañete, ms.) Los casos más trágicos los constituyen los homicidios intra- carcelarios y los motines. Ambos sucesos no se dan en forma espontánea ni menos aún instantánea. Se advierte, como suele decirse después, un ambiente enrarecido más que conocido por las autoridades penitenciarias. No hay, sin embargo, un protocolo para prevenir la explosión salvo cuando está sucediendo en la única forma que pareciera posible: la represión y posterior castigo. En el caso de los motines, mucho debe ir mal durante cierto tiempo antes de que la prisión explote en una expresión de violencia colectiva. Esto significa que la administración de la prisión tiene muchas oportunidades para prevenir los motines antes que se produzcan. (Boin y Rattray 2004) Por otro lado, la promesa de mejorar las condiciones de vida hace poco para aliviar las condiciones en la prisión, mientras siguen estando en un estándar que en su totalidad es inaceptable.

En cuanto a lo que se llama "tratamiento penitenciario", sea lo que se entiende por él, los intereses no están concentrados en su aplicación. La falta de tecnologías apropiadas, personal especializado, y reglamentos internos flexibles impide que pase de un mero pronunciamiento de deseos que no es consistente con lo que ocurre al interior de las cárceles. Proyectos de trabajo que pueden ser bienintencionados van al fracaso por la discontinuidad, la falta de poder de convocatoria entre los internos y el mínimo sustento teórico que tienen. Nada de esto importa, en realidad, porque la idea que impera es la de mantener a quien se considera "indeseable" o "no apto para vivir en sociedad" el mayor tiempo posible en un lugar que se cree seguro y que, ante todo, sea invisible para el ciudadano común. Nadie hace un razonamiento más bien simple: por lo general, las condenas se agotan y el tiempo perdido en su transcurso se verá reflejado en conductas disvaliosas en el retorno a una vida libre. La atención que reciben internos e internas durante el cumplimiento de la condena no es adecuado a la magnitud de sus demandas, aceptando que la justicia penal es ampliamente selectiva. De esta forma, la población referida ya ingresa con insuficiencias de todo tipo: alcoholismo, dependencia de drogas, enfermedades físicas y mentales, historias de violencia y abuso, escasa o nula escolarización, desempleo crónico, crianza en barrios criminalizados, etc. (Marchetti 2001, Pratt 2001, Wacquant 2000) Por ende, no es un grupo poblacional donde bienes y males sociales estén distribuidos al azar como en una población cualquiera, sino que en ella se condensan, si se quiere, la suma de los males sociales generados por estructuras políticas e institucionales definidas por la desigualdad en la distribución de los recursos materiales y simbólicos. Sin embargo, el Estado tiene políticas criminológicas definidas por la escasez, el disciplinamiento y el aprendizaje de funciones estereotipadas de roles (género, clase social, y capacidades personales). Por eso, en cárceles de mujeres las tareas a emprender tienen que ver con adquirir destrezas domésticas que si bien pueden devenir, luego, en posibles emprendimientos laborales siguen teniendo un fuerte sesgo de género; igual en las cárceles que alojan a los hombres. Debido a que la inserción social de estas personas les impedirá en el futuro acceder a puestos laborales calificados, 8 entonces las planificaciones de aprendizaje no superan el nivel secundario tendiendo, en forma preferente, a concentrarse en el primario. El nivel terciario o universitario es de un acceso muy difícil ya que nadie pretende que se adquieran conocimientos y habilidades que superan la situación previa al encarcelamiento, que puedan generar competencias indebidas con el personal penitenciario y otros internos y menos aún que, ya en la vida libre se pueda pretender el acceso a bienes que les están vedados.

Todavía se sigue pretendiendo, aún de parte de agentes institucionales formados en claustros universitarios y con pretensiones de revisar las pautas habituales del llamado "tratamiento penitenciario" que el delito es una cuestión que reside en la libre voluntad de las personas. Por ende, la posibilidad de reincidencia depende también de esa voluntad que, si hubiera existido, estaría de todas formas al menos fragmentada después de su paso por un establecimiento carcelario. Si el "tratamiento penitenciario" se reduce, en realidad, a obedecer órdenes, disciplinando conductas, y ordenando la vida diaria de acuerdo a lo que haría una persona "promedio" pero inexistente, con el solo hecho de que se cumplan los horarios pre- establecidos, se asista a las tareas programadas, y el tiempo de ocio se use en forma "productiva" ya se estaría modificando y, preferentemente anulando, la reacción previa de estas personas a situaciones conflictivas. En síntesis, frente a la desobediencia de la ley o el uso de la violencia para afrontar los problemas de la vida se impone una conducta que es la esperable y correcta bajo el denominador común del respeto a la ley. Con estos "logros" ya se estaría en condiciones de volver a la sociedad sin intenciones de reincidencia.

Los resultados de estos tipos de programas son pobres, ingenuos y desafectados de las necesidades y urgencias que tanto internos como internas expresan en todo momento. Pero al estar sometidos a una pena de libertad ambulatoria parece que han perdido, además, la capacidad de ser escuchados. Los planes de "tratamiento penitenciario" no toman en cuenta lo expresado por los propios interesados, y peor aún, aquello dicho por ellos carecería de valor cognoscitivo ya que están viviendo, por el hecho de haber quebrado la ley, en un mundo "equivocado". 9 Se insiste, sin fundamento, en que vivir en el mundo correcto o en otro, equivocado, es cuestión de decisión personal y que las historias de vida son el producto del tipo y calidad de relaciones que cada uno, por sí mismo, ha logrado llevar adelante. (Ferrraro y Moe 2003, Van Swwaningen 2000)

La salida de la cárcel, en calidad de liberado condicional, constituye uno de los momentos de mayor vulnerabilidad, dado que se retorna, casi siempre, a las mismas condiciones de donde se ha salido camino a la cárcel, sino peores. Es una etapa de gran empobrecimiento porque lo que se ha logrado generar dentro de la cárcel tiene que ser abandonado. Y tampoco se han mejorado habilidades sociales o competencias laborales. Al revés, se han empeorado debido a las formas de sociabilidad imperantes en ella. Esta cuestión no ha sido debidamente tomada en cuenta por ningún "tratamiento penitenciario" a pesar de que es en este período donde reside la mayor oportunidad de reincidir. Es en esta etapa donde las demandas de estas personas por soluciones o posibilidades que brinde el Estado causa mayor inquietud en las instituciones afectadas a tal función -ya sea por razones económicas -inexistencia de partidas presupuestarias destinadas a tal fin, y, ante todo, molestia por considerarlas personas dependientes de la ayuda estatal o que se han vuelto, por elección, clientes crónicos del Estado. A pesar de hacer recibido el "tratamiento penitenciario" no pueden valerse por sí mismas, generando por sí solas las oportunidades que reclaman al Estado.

Pero de estas posibilidades depende que se tome un rumbo u otro. Por ejemplo, las personas que estuvieron detenidas por comercio de drogas relatan que a la vuelta a su vecindario reciben en forma insistente propuestas para retomar su negocio. Para ellos es fácil, ya que tienen las puertas abiertas y basta con pronunciar un "sí". Muchas relatan que no desean volver a estas actividades después de un período de encierro carcelario ya que acusan tanto ellos como sus familias las consecuencias devastadoras. En especial, las mujeres ven a su regreso las penurias que les han sido escondidas mientras estaban presas y que ahora se muestran en toda su magnitud. Muchas de ellas, en sus actividades previas han involucrado a sus hijos, los que a veces se han vuelto drogodependientes. Así las cosas desean disminuir el sufrimiento provocado, pero 10 se encuentran con que quienes abren puertas son los mismos que las  hicieron cerrar. Tratan de reconvertir su vida laboral dentro de los cauces legales. Para lograr este fin, deben tener ayuda del Estado. Ningún sector privado optaría por darles trabajo frente a otra persona que no tiene las huellas de una estadía carcelaria. Además, todos, tanto el Estado como el sector privado están interesados en que esa persona no vuelva a delinquir.

Sin embargo, nadie asume los riesgos. Se la deja sola, para que arme su propia opción de vida reformulada, con ningún recurso y penurias económicas y sociales -desempleo o trabajo ambulante sin ingresos fijos, abandono de la escolarización de los hijos y problemas para el reingreso, estigmatización, enfermedades físicas o perturbaciones emocionales, (Carrabine 2000, Clear,,Rose,& Ryder 2001, Dodge y Pogrebien 2001)

La idea es que se debe asumir la propia responsabilidad sea cual sea la situación en que se encuentre. Es el caso de una mujer que, dedicada a la comercialización al menudeo de droga, y en período de libertad condicional se entusiasma ante la posibilidad de armar un micro- emprendimiento con infraestructura provista por el Estado, dedicada al sector de panificación.

Entrenada medianamente por los cursos hechos durante su detención, proyecta un futuro mejor para ella y su familia. Es a partir de esta propuesta que se le hace desde un organismo dedicado a atender las necesidades de esta etapa que ella concentra sus energías en terminar la escuela primaria y montar este negocio. Desde luego que tiene grandes posibilidades de tener éxito debido a que su capacidad organizativa ya fue demostrada, aunque por un camino ilícito. Pero como "del dicho al hecho hay mucho trecho" ha estado esperando para contar con la plataforma necesaria para ponerlo en marcha. Es así como se convierte en una visitante diaria de este organismo, donde ya no es bien recibida y se la califica como una persona que "no tolera la frustración", hablando en términos psicodinámicos. Por ende, estaría empezando a fallar en cuanto a una voluntad que se está quebrando por la espera. No se acepta que el Estado tenga una cuota importante de responsabilidad de los que le pase durante la libertad condicional, dado que ella tiene la capacidad de elegir y para distinguir lo que está bien y lo 11 que está mal. Otra lectura posible de esta situación sería la de que, si no se diera la posibilidad de este emprendimiento, sea por razones exclusivas de la mujer en cuestión, sin admitir que ellos han arruinado del todo una situación que de por sí es inestable. En conversaciones nos ha dicho que ella podría muy bien agarrar el bolso e irse otra vez al lugar desde donde partió hacia la cárcel y dedicarse a mantener a su familia, con un mucho mejor ingreso económico tal como lo venía haciendo. Su opción por una actividad legal es todavía precaria y la respuesta del Estado debería ser firme y concretarse en el menor tiempo posible. Y respecto de sus argumentos sobre la falta de voluntad de esta señora, cabría revisar apenas su historia de vida para reconocer que ha tenido una gran capacidad de tolerancia a la frustración, como casi todos los que ingresan a los sistemas de justicia penal y carcelario.

Hablar de la responsabilidad del más débil y desconocer la que les cabe como un lugar de toma de decisiones es una salida fácil para deslindar cualquier situación de reincidencia, como a más leves en estas circunstancias, y de violencia como el extremo de una serie de posibilidades para resolver conflictos. Basta un botón como muestra del funcionamiento institucional de parte del Poder Ejecutivo, al menos en la etapa de libertad condicional.

Durante la etapa de ejecución de la pena, este órgano del Poder Ejecutivo hace un seguimiento penitenciario – que se reduce al grado de apego a las normas disciplinarias contenidas en reglamentos administrativos que deben estar en concordancia con la ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad; y en la etapa de libertad condicional hacen un seguimiento y recomendaciones sobre el grado de riesgo. Estos informes se los pasan a los juzgados correspondientes.

No se diferencian, entonces, tanto como pretenden de lo que es el control social estatal -que rechazan en forma retórica- ya que revisan grados de riesgo, asumiendo que pueden distinguir entre uno bajo, otro medio, otro alto. Para dirimir entre ellos no aparecen los criterios usados ya que se guían solo por lo que le dicen las personas bajo seguimiento en las visitas obligatorias mensuales y alguna visita esporádica a sus hogares (previo aviso). Sin embargo, algunos de los 12 integrantes de esta institución se mostraron sorprendidos frente a nuestro planteo de que la etapa de salida dentro del período de libertad condicional está teñida por un gran monto de ansiedad por parte de la persona y de su grupo familiar. Un momento donde todo son preguntas y casi ninguna certeza: ¿Se encontrará trabajo?¿Habrá discriminación? ¿Se podrá reconstruir los lazos familiares? ¿Se podrá de alguna forma compensar el tiempo perdido y las ausencias en momentos importantes de la vida familiar y por qué no en todos los demás?

Igualmente sorprendidos se mostraron frente a las enormes dificultades que enfrentan en una etapa anterior, de salidas transitorias, en donde vuelven a la casa por algunas horas hasta un par de días y el rechazo que sienten de retornar una vez finalizado el tiempo, a la vida de encierro. Las fugas se suelen producir en esta instancia y son los parientes los que deben insistir en su vuelta ya que no tienen ningún otro tipo de contención. Como no se ha trabajado el significado del delito cometido, los fines de la estadía carcelaria son espurios y hay un empobrecimiento general que parece inevitable, es razonable que se encuentren en un momento de suspenso esperando que las cosas suceden, aún en contra de su voluntad.

Violencia doméstica y violencia contra niños

Cuando se desata una situación de violencia conyugal, los hijos son testigos involuntarios de escenas de violencia; más aún pueden ser sus víctimas. La propia idea de que los hijos sean abusados por cualquiera de los padres nos es revulsiva. Más aún si la responsable directa llegara a ser la madre. Se ha escrito mucho sobre las razones posibles sobre la expresión violenta de las relaciones sociales dentro del núcleo familiar (Campo- Redondo y colaboradores 2002, Vigil 2003). Ninguna hipótesis es todavía concluyente pero da la impresión de que muchas de ellas encierran núcleos de verosimilitud.

El homicidio de niños vulnera, entonces, una creencia sobre la niñez como período de inocencia y dulzura, único ámbito propicio para una primera socialización. En términos históricos y contemporáneos, la vida de los niños ha 13 estado bastante lejos del paraíso pretendido por historiadores, filósofos, psicólogos y educadores.

Que los niños tengan que ser tratados con solicitud y cuidado, nutridos y protegidos es solo un convencimiento sin correlato en la realidad. La evidencia de sufrimiento de los niños desde un amplio espectro es creciente. (Easteal 2001, Korbin 2003, Szanton Blanc with Contributors 1994, entre otros)

Aquí nos interesa mostrar la reacción del Estado frente a problemas de este tipo. La violencia doméstica sigue considerándose de índole privada, de manera tal que debiera poder resolverse dentro de este ámbito. De hecho, sigue siendo un delito de instancia privada en donde ningún agente del sistema judicial puede actuar de oficio. Se mantiene férrea la distinción entre ámbito público y ámbito privado como una forma de poner límites a la intrusión del Estado pero también como forma de inacción frente a situaciones que no se pueden resolver con los recursos que tiene una familia en un momento dado de su historia vital. El ámbito público es receloso de involucrarse con cuestiones que parecen pertenecer al privado, sin poder distinguir aún las ocasiones en que se necesita su presencia cuando ningún miembro de la esfera privada recurre explícitamente a él.

Si bien ahora empieza a ponerse en duda la antinomia entre uno y otro ámbito, se respeta todavía el tipo de autoridad que debería regir en cada uno de ellos, como lugares diferenciales y diferenciados dentro del ordenamiento social. Si seguimos la hipótesis de que la violencia anida en una matriz social que le da legitimidad en las actuaciones, aunque la rechaza en los discursos, entonces se tendrá que aceptar que este tipo de violencia es hasta cierto punto aceptado y tolerado. (Avakame 1998, Smith 1990 entre otros) La reacción del Estado es nula o, si se  esfuerza, retardada. (Frye & Wilt 2001)

Sin detenernos, por conocido, las respuestas de la policía y del sistema de justicia, vamos a analizar las del sistema de salud que son menos conocidas. En algunas ocasiones, las madres que son ellas mismas víctimas de la violencia de su pareja sentimental, intentan buscar ayuda fuera del núcleo familiar ya que aún la familia ampliada es depositaria del secreto, cuando en otras ocasiones lo impulsa o incrementa. La única forma de romper este círculo vicioso que

14 constituye la "lógica" del terror, es mediante una intervención externa (vecinos, familiares que no son cómplices, iglesias, maestros, etc.) Cuando esto no ocurre, y la madre empieza a percibir correctamente que sus hijos también están en peligro, además de ella, intenta buscar ayuda. En no pocas ocasiones, donde los hay se acude al juzgado de paz que suele respetarse y que, sin poder de imposición, logra solventar temporariamente la situación hasta que haya una intervención con mayor poder de imposición. La ayuda que se pide está disfrazada como para hacerla notar sin que se note; tratando de evitar sobre todo que el golpeador pueda enterarse ya que por experiencia se sabe que tomar esta decisión puede acarrear aún más violencia. El hospital, ya sea por guardia o consultorio externo parece ser una buena alternativa. Pero no lo es. El equipo de salud, pero en especial los médicos suelen no interesarse por el problema de fondo -el abuso del niño que llega a la consulta o a la guardia- diagnosticando solo el cuadro agudo, se trate de fracturas, golpes fuertes, hematomas, quemaduras, o lo que fuera. Los médicos se enlistan en la palabra de la madre sobre que el niño es torpe, se cae y golpea mucho, y que las marcas son consecuencia del comportamiento del niño.

Recae, otra vez, la responsabilidad de lo que ocurre sobre quien es la víctima. (Radoch 2002)

Se toma este discurso mentiroso de la madre forma literal, con lo que los médicos quedan convencidos de que es esta una descripción "correcta" que justificaban las marcas en el cuerpo del niño. Por su lado, la mentira es el único recurso que tiene la madre para llevar al niño a la consulta sin traicionar las imposiciones del golpeador, con las que interactúa en forma directa pero también simbólica. Es decir, mienta aunque el golpeador no esté presente, por miedo a que de alguna forma se entere o simplemente por miedo aunque sepa que no va a enterarse.

Estas mentiras se convierten en su salvaguarda, débil por cierto, pero suficientes para salir del ámbito doméstico y mostrar el cuerpo del niño, deseando que sus palabras no sean creídas al pie de la letra por los médicos. El tema es que la madre les dice algo a los médicos que al mismo tiempo encubre, en forma voluntaria o no, lo que realmente quiere decirles. Muestra el cuerpo golpeado del niño con un discurso que no se condice con lo que un observador externo y 15 expertos hubiera podido entrever. Los médicos no parecen captar este quiebre entre connotación de la palabra y denotación del gesto que hace al mostrar el cuerpo del niño en la guardia de un hospital a gente que considera puede entender esta confrontación entre palabra y su referente empírico; ellos rehúsan esta contradicción y evitan ahondar en la disonancia cognitiva que por cierto se les produce al escuchar a la madre y ver al niño.

Las madres no confunden "accidente" con "daño intencional", pero dentro del ámbito donde están transcurriendo su vida y la de sus hijos, no hay otra opción que transformarlas en sinónimos para poder decir, en forma elíptica, que ella estaba construyendo esta sinonimia forzada por la situación. Este trabajo discursivo es el que da una legitimidad, quizá impropia pero que intenta tener consecuencias prácticas si se reconociera el esfuerzo por decir en otros términos lo que realmente se quería decir.

El Estado no parece entender el fondo de fragilidad y terror de la violencia doméstica. Las explicaciones que ya se han dado para esta incapacidad tiene que ver con que la propia constitución del Estado tiene un perfil masculino, o que los preconceptos tienen mayor fuerza que la reflexión activa a la hora de intervenir o que puede llegar a haber una cierta solidaridad de género, cuando se trata de hombres golpeadores. (Pitch 1992, Smart 1992)

La siguiente pregunta es por qué no reciben ayuda del Estado, más aún cuando van, a su manera, a buscarla. Por qué el equipo de salud no ofrece asistencia. Es bueno indicar que el secreto médico no está vigente cuando está en juego el interés superior del niño. Por ende, si se sospecha que hay posibilidad de maltrato no se viola ese secreto si se hace una denuncia o se pide que se indague sobre le funcionamiento de esa familia. En ocasiones, si se produce la muerte del niño son llamados a testificar en los juicios y sus exposiciones son simples y contundentes: le creyeron a la madre, no vieron nada que fuera desusado, no insistieron en la necesidad de internar al niño -con fines de diagnóstico y tratamiento pero sobre todo de seguridad- o lo que hubieran considerado necesario si se hubiera asumido un factor de violencia como generador del estado físico del niño.

16 De hecho, el sector salud todavía no ha incorporado el abuso de niños como problema epidemiológico, y al contrario, trata de desligarse poniendo distancia entre lo que diagnostica y lo que constituye la patología de fondo. Las razones esgrimidas van desde que se pueden equivocar, haciendo una denuncia que al final resulte falsa viéndose involucrados entonces en procesos judiciales inesperados e indeseados y la consiguiente pérdida de su credibilidad; hasta que la violencia no es un problema de salud, sino de otra índole y por ende no tienen competencia en su disminución y menos aún en la prevención. En muchos lugares no existe ninguna normativa que obligue a que, en un control estándar, se indague en forma de rutina sobre esta cuestión. (Hathaway, Willis, y Zimmer 2002)

En algunas provincias argentinas se está empezando a implementar "pautas" o "guías" para el diagnóstico, evaluación y actuación frente a la violencia contra las mujeres y el abuso de niños.  Este estatuto quiere decir que se aplicarán total o parcialmente en cada situación concreta. El punto es que, en el escenario más pesimista, los médicos van a tomar esta "libertad" dada por un margen de decisión específico como pase libre para seguir haciendo nada. Más bien seguirán juzgando duramente a las madres, quebrando el mandato que se les ha otorgado de velar por el bien común, en este caso la salud física y emocional de los niños ya que son representantes de sectores estatales que deben hacerse responsables por cumplir con sus obligaciones. Instituciones que debe proteger, en este caso a la niñez, no hace más que generar mensajes alienantes y amenazantes a las madres, sin siquiera evaluar su situación. 3 Frente a la ausencia de una colaboración positiva del Estado, los niños quedan aún más desprotegidos y la madre queda fuera de lugar, en tanto se confirma su posición de sometimiento en una continuidad con la del golpeador. El sistema de salud debe tomar partido, y hacer una elección que permita legitimar la visión de una madre aterrada pero con una correcta percepción del sufrimiento del hijo.

3 Ellas tratan de administrar esta experiencia en tanto luchan para hacer sentido de las noticias que reciben de sus parejas masculinas, las que ellas eligieron para ser el padre de sus hijos, y que los han asaltado sexualmente. Por lo tanto sufren un rango de experiencias emocionales que incluyen shock, confusión, rabia, miedo y culpa. No es sorprendente que esta mezcla de emociones resulte en una disminución del nivel de funcionamiento como mujeres y madres. (McCallum 2001) 17

Conclusiones

Si se pudieran elaborar formas sociales viables de asegurar reglas de juego sostenidas y legitimadas por todas las partes, la existencia de antagonismos en los núcleos sociales no ofrecería las dificultades y pérdidas que ahora provocan. Al revés, sería una fuente inagotable de diversidad y disenso en donde la pugna prometería mejores cualificaciones de las reglas de convivencia. Por ahora estamos muy lejos de este escenario. Más bien estamos en presencia de instituciones inhábiles, con funcionarios ineptos, de baja calificación y pobre experiencia, que no se molestan en disimular prejuicios respecto de la población que deben atender y que justifican las deficiencias institucionales bajo el discurso de la responsabilidad de quienes demandan. Hay una negación sistemática por parte del Estado al acceso legítimo a fuentes de información 4 La falta de un ejercicio institucional que de cuenta de los problemas sociales y conflictos con diferentes niveles de violencia, no puede entenderse más que como un desprecio evidente por la precaria situación de quienes deberían ser defendidos y a los que se debiera garantizar sin excusas sus derechos constitucionales aún cuando hayan cometido delitos. En cierta medida, las propias instituciones estatales instan a la comisión de nuevos delitos o ellas mismas los provocan por "omisión".

En última instancia, no contamos con instituciones que contengan una normativa que pueda aplicarse y respetarse y ni siquiera que tenga contenidos (conocimientos, vínculos, apoyos, etc.) confiables. Más bien en estos tiempos tenemos que trabajar a pesar o en contra de las instituciones. Si se quiere lograr algún cambio hay que contrariar el funcionamiento habitual de estas instituciones que tienden a un sentido contrario, mantener el estado de cosas vigente sosteniendo la falsa idea de que contribuyen a aumentar los espacios democráticos.

4 El derecho a buscar, recibir y difundir información libremente está reconocido en casi todas las constituciones latinoamericanas, así como en tratados internacionales: Art. 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), el Art. 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticas (1966) y el Art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), entre otros.

18 Se soporta una carga doble: cumplir con el cometido de la tarea y tratar de que la institución no lo corrompa o lo impida. Tampoco es que "las instituciones" tienen una entidad propia y autónoma de sus agentes, sino que hay integrantes que están más o menos apegados a lo que supo ser o a lo que es y no les importa más que seguir en el cargo o cobrar el sueldo a fin de mes. A muy pocos agentes que trabajan en instituciones le interesa brindar un servicio útil, efectivo y que enmiende el problema en la medida de sus posibilidades. Mejor sería que enmiende el problema y punto. Al no ser así quién se va a querer meter siquiera en lo que le corresponde con la posibilidad de que quienes se mantienen en estado de inercia los acusen con malicia, o que aparezcan responsabilidades "extra" -como ser testigo o brindar un testimonio pericial. Cada cual en su lugar aunque sepa que está vacío.

Entre lo que es y lo que podría ser no existe un hueco como para construir un puente, sino una serie de obstáculos que hay que identificar caso por caso. O sea que antes de un puente hay que conocer el terreno por donde se puede construir: sus alcances, limitaciones y posibilidades. La idea de la apropiación de los problemas sociales por parte de la gente no es una cuestión aparte de la geopolítica general. Entonces tender a que la gente pueda tener mayor información o un mejor acceso a las instituciones es una cuestión política. Pero no corresponde solo a las instituciones tomar esa decisión, o a los políticos, sino que tiene que ver también con reforzar las formas que ya tienen los ciudadanos para tomar decisiones sobre sí mismas y su grupo familiar o comunitario. Si bien es por ahora cierto que la gente corre en desventaja, el desamparo, salvo excepciones, no es total. En ese margen que todavía les resta, y que habrá que evaluar, está la posibilidad de concentrar esfuerzos para que se amplíe.

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1 Por ejemplo, en la provincia del Neuquén la Dirección General de Política Criminal tiene cinco direcciones con diferentes competencias. Así es posible iniciar un interminable reclamo por parte de algún ciudadano en situación de libertad condicional, sin que parezca ser competencia de ninguna de ellas.

2 Esta forma tiende a proteger la seguridad a pocos mediante la exclusión de los que se consideran "peligrosos" en vez de promover una seguridad colectiva mediante la búsqueda de soluciones a la distribución desigual del capital económico, social y simbólico. (Merry 2001).

 

 

 

 

Autor:

Beatriz Kalinsky

Osvaldo Cañete

La gestión de espacios sociales criminógenos.

CeReiD: Centro Regional de Estudios Interdisciplinarios Sobre el Delito

Sede: Junín de los Andes – Neuquén – Patagonia Argentina

Partes: 1, 2
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