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Proyecto: Elaboración de concentrados para equino a base de moringa y afrecho (página 2)


Partes: 1, 2

  • Oportunidades de la empresa

Oportunidades

Acciones a Implementar

Apatía del consumidor por parte del monopolio comercial

Introducción de un nuevo producto innovador

Industria de crecimiento constante y sostenido

Tener proveedores con materia prima óptima

Escasez de un forraje nutritivo

Creación de alternativa alimenticia (Concentrado)

  • Organigrama de Ventas

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El supervisor comercial será el responsable del área de ventas. Éste tendrá a su cargo a dos ejecutivos de ventas quienes se encargarán de conseguir las ventas, entre otras funciones detalladas en la unidad Organización.

En base al organigrama la empresa pretende alcanzar cuotas por vendedor correspondientes a cada vendedor deberá completar a final del año aproximadamente 5,325 sacos, en base a este cálculo sus comisiones serán 5,934.71 cada uno, basándose en la política del 3% de comisión, el sueldo de cada uno será 2100 menos las deducciones de ley.

*Datos en dólares y proyección anual.

  • CAPÍTULO

Producción

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3.1 OBJETIVOS PRODUCCION

La empresa establece una política de promoción de 12+1, por lo tanto deberá producirse un excedente anual de 1 saco por cada 12 producidos para cumplir con dicho objetivo. La producción está basada en sacos, cada saco contiene 100 libras de concentrado.

A corto plazo

  • En el primer año produciremos 744 sacos mensuales y la producción anual será de 8921 sacos.

  • En el segundo año aumentaremos la producción a 991 sacos mensuales, que equivale a una producción anual de 11895 sacos anuales.

A mediano plazo

  • En el tercer y cuarto año produciremos 2290 sacos mensuales y la producción anual será de 27477 sacos.

A largo plazo:

  • El quinto año habrá una producción mensual de 3091 sacos mensuales que equivale a una producción anual de 37094 sacos.

3.2 DISEÑO DEL PRODUCTO

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*Pellet

3.3 DESCRIPCIÓN DEL PROCESO PRODUCTIVO

La materia prima para la elaboración de nuestro concentrado será moringa, afrecho, sales minerales, cereales y melaza; todos vendrán en quintales los cuales serán examinados previamente, a excepción de la melaza que vendrá en barriles.

La revisión constará de una exanimación física del producto, para verificar su calidad (un empaque roto, alguna partícula extraña, si el producto viene mojado, sellado, entre otros posibles detalles).

Una vez finalizado este proceso serán trasladados al almacén de materia prima y cargados al inventario.

  • Molienda de Materia Prima

La materia prima que debe pasar por este proceso son las hojas y tallos de moringa seca y cereales, los cuales se convertirán en harina para su procesamiento posterior.

Es importante señalar que la molienda se hará por materia prima de manera individual, es decir, primero se triturarán las hojas y tallos de moringa seca y luego los cereales.

Todos los insumos molidos pasarán directo al siguiente proceso de producción.

  • Mezclado de Materias Primas.

Este proceso es uno de los más importantes en la producción ya que se debe tener sumo cuidado de mantener las medidas exactas de la formula del concentrado.

Se incorporará la materia prima en un orden específico, primero serán los macro ingredientes por orden de mayor a menor componentes:

  • Harina de Cereales

  • Harina de Moringa

  • Afrecho

De igual manera se integraran los micro ingredientes tales como:

  • Melaza

  • Sales Minerales

El tiempo que se le dará al proceso productivo del mezclado iniciará a contar una vez que se hayan incorporado las sales minerales, este tiempo será de cinco minutos.

La mezcla será re-empacada en los sacos, sellados y enviados al almacén de producto en proceso, en un lugar específico donde no haya humedad ni contacto con el ambiente externo a la planta; para seguir con el proceso productivo al día siguiente.

  • Control de Calidad de la Mezcla

Se tomará una muestra de un kilo por cada carga que pase por la mezcladora para evaluar la consistencia, el nivel de mezclado y si la mezcla posee alguna partícula extraña.

Se compararán las diferentes muestras de cada carga que se produzcan en el día para evaluar la fluctuación en la consistencia y nivel de mezclado del proceso; para verificar si cumple con los estándares de calidad requeridos.

  • Pele tizado

En este paso se requerirá de mezcla del inventario de producto en proceso que haya sido mezclada el día anterior para introducir a la máquina Pele-tizadora con capacidad de 500 kg (1100 libras aprox.), lo que dará 11 sacos de 100 libras por hora aproximadamente.

Todo será enviado al siguiente proceso; sin embargo los residuos serán almacenados para ser utilizados en la siguiente etapa junto con los residuos de los siguientes días.

  • Control de Calidad de Pellets

Según requisitos brindados por el MAGFOR se le deben practicar los siguientes exámenes al producto:

  • Examen Proximal Completo (Calcio, Fosforo, Fibra, Proteína)

  • Examen Microbiológicos (Salmonella, E Coli, Hongos, Moho, Levaduras)

Para saber si el producto no tiene hongos, moho y si está cumpliendo con los valores nutricionales que se han establecidos, dicha muestra será extraída de los residuos de la etapa anterior que están en almacén. Una vez que el producto haya pasado por dichos exámenes estará aprobado para su venta.

Si la muestra no pasa los exámenes, todo el lote de dicha muestra regresará a la etapa de mezclado donde se ajustarán las medidas exactas normales y seguirá el proceso productivo normal. Se le volverán a realizar todos los exámenes hasta que sea aprobado.

Los exámenes serán elaborados en el Laboratorio Nacional de Residuos Biológicos (MAGFOR), Laboratorio de Diagnostico Veterinario y Microbiología de los Alimentos (MAGFOR) y LAQUISA, S.A.

  • Empaque y Almacenaje de Producto Terminado.

Los pellets serán empacados en sacos específicos para evitar la humedad y contacto del producto con el medio ambiente, proporcionándole una vida mas larga al producto en cuanto a su composición.

Cada saco será empaquetado de 100 libras utilizando una báscula para pesarlos correctamente, se hará uso de los sacos del inventario en los cuales irá indicado los siguientes datos

  • Número de registro sanitario.

  • Nombre del producto.

  • Forma física del producto ( peletizado).

  • Tipo de producto, especie y categoría animal de destino

  • Peso neto del producto.

  • Análisis Garantizado.

  • Listado de ingredientes incluyendo los vehículos.

  • Indicaciones de uso

  • Precauciones, advertencias, restricciones o limitaciones de uso, las cuales deben indicarse en negrilla.

  • Condiciones de almacenamiento.

  • Número de lote, fecha de fabricación y fecha de expiración, (día/mes/año). Para efectos de trazabilidad del producto.

Luego de ser empacados en sacos serán sellados por una máquina de coser industrial especializada; por último se almacenará el producto final en las bodegas a la espera de ser vendido.

Una vez empacado el producto tiene una vida útil de 60 días.

3.4 DIAGRAMA DE FLUJO

PREPARACIÓN MATERIA PRIMA

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CONCENTRADO

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3.5 Características de la Tecnología

  • Peletizadora F300D ( con motor diésel )

Plantilla fija࣯n rodillos móviles.

Peso: 680 kg

Capacidad de producción de pellets : 400 – 500 kg/h

Diámetros de plantilla a elegir, desde 6 mm a 12 mm

Medidas: 1500 mm x 850 mm x 1000 mm

Duración de la plantilla y rodillos: 1000 – 2000 horas

La duración de las piezas y capacidades de producción dependen del material a peletizar, del grado de humedad, del diámetro del producto final y del cuidado que se le dé a la máquina como no dejar entrar piedras, clavos u otros materiales metálicos que incidiría en una drástica reducción en la vida de las piezas.

El consumo de combustible diésel depende del material que necesita peletizar, cuanto más esfuerzo, más consumo. Al ser una máquina que posee un acelerador puede trabajar a varios regímenes contrariamente a las eléctricas que sólo trabajan a un régimen. El consumo estimado puede variar dependiendo de su uso desde 2 a 6 litros por hora.

  • Molino de Martillos

Molino de granos

Características:

Capacidad: 20 a 25 quintales por hora.

Potencia: 7,5 hp.

Velocidad: 2000 a 2400 RPM.

Cantidad de martillos: 36.

Corriente: Monofásico.

Materiales: Acero estructural de 3/16" y de 즱uot; en el cuerpo principal y Estructura de Soporte. Acero 1045 en el Eje de Transmisión. Aceros con alto contenido de Carbono y con tratamiento térmico en martillos. Rodamiento de Chumaceras de 11/2" de diámetro.

  • Mezcladora Horizontal de Raciones SABINE

Para la elaboración de Alimentos Balanceados, secos.

Características:

Capacidad: 6 quintales

Potencia: 10 hp

Corriente: Motor a combustión, 1.5 litros por hora

Velocidad de giro: 3600 rpm.

Materiales: Aspas o hélices invertidas de 3/8" de espesor y 2" de ancho, 4 superiores y 4 inferiores. Tubo central porta hélice hueco de diámetro 4 �uot; con espesor de pared de 즱uot;. Ducto de salida con doble vía de descarga.

La relación Molino-Mezcladora-Peletizadora es de suma importancia en el proceso porductivo, ambas capacidades deben ser similares para evitar tanto el exceso como la escases de materia prima a procesar. El Molino seleccionado tiene una capacidad de procesar de 10 a 25 quintales por hora, en dependencia de la exigencia de la materia prima, la Mezcladora por su parte tiene una capacidad de 4 a 5 quintales por carga, en dependencia del grado de molido que tenga la materia a mezclar, que mezcla apróximadamente 20 quintales por hora y a su vez la Peletizadora tiene una capacidad estimada de Peletizar 20 quintales por hora, por lo que estas tres máquinas deben estar en sincronía y poseer capacidades similares para que la producción sea eficiente.

  • Báscula:

Para la pesa de sacos.

Características:

Plataforma con medidas de 16×20" de acero inoxidable. Cuatro patas ajustables según nivel de piso. Carcasa plástica. Plataforma con nivel de agua.

Batería recargable de duración de 80 horas de uso.

Capacidad de pesado: 100 kilogramos.

  • Cocedora:

Para cocer sacos.

Características:

Potencia: motor de 110v.

Bomba de aceite adherible a la máquina para facilitar su lubricación y para mayor funcionamiento de la misma. Con 110" de cable para mejor movilidad de la máquina y mejor desempeño del operario.

Capacidad de costurar: 350 sacos/hora.

Puede coser sacos de distinto tipo de materia, Ejemplo; Termo-laminado, plástico liso, polipropileno, papel, osnaburgo, malla rashel, yute etc.

3.6 EQUIPO/HERRAMIENTAS

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La capacidad de la planta estará determinada por la cantidad de pellets que se producirán ya que éstos son nuestro producto terminado.

La Peletizadora tiene una capacidad esperada de 500 Kg/hora, lo cual indica que al día se pellet izarán 3500 Kg en 7 horas al día, equivalentes a 77 sacos de 100 lbs cada uno; si se trabajan 6 días a la semana se producirán 462 sacos de 100 lbs; y al mes si se trabajan 26 días se producirá 1848 sacos de 100 lbs lo que equivale a 22176 sacos de 100 lbs anualmente; logrando así cumplir los objetivos de producción para corto plazo.

Para cumplir los objetivos de mediano y largo plazo se deberá contar con una adición de maquinaria, exactamente otra Peletizadora el cual duplicara la capacidad de producción instalada inicialmente; llevando de 1848 sacos de 100 lbs al mes hasta 3696 sacos de 100 lbs al mes lo que equivale a 44352 sacos de 100 lbs anual logrando los objetivos previamente establecidos.

3.10 DISTRIBUCIÓN DE PLANTA

 

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3.11 PERSONAL REQUERIDO PARA PROCESO PRODUCTIVO

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3.12 CONTROL DE CALIDAD

Control de Calidad de Materia Prima

La revisión constará de una examinación física del producto, para verificar su calidad (un empaque roto, alguna partícula extraña, si el producto viene mojado, sellado, entre otros posibles detalles).

Control de Calidad de la Mezcla

Se tomará una muestra de un kilo por cada carga que pase por la mezcladora para evaluar la consistencia, el nivel de mezclado y si la mezcla posee alguna partícula extraña.

Se compararán las diferentes muestras de cada carga que se produzcan en el día para evaluar la fluctuación en la consistencia y nivel de mezclado del proceso; para verificar si cumple con los estándares de calidad requeridos.

Control de Calidad de Pellets

Según requisitos brindados por el MAGFOR se le deben practicar los siguientes exámenes al producto:

  • Examen Proximal Completo (Calcio, Fosforo, Fibra, Proteína)

  • Examen Microbiológicos (Salmonella, E Coli, Hongos, Moho, Levaduras)

Para saber si el producto no tiene hongos, moho y si esta cumpliendo con los valores nutricionales que se han establecidos, dicha muestra será extraída de los residuos de la etapa anterior que están en almacén. Una vez que el producto haya pasado por dichos exámenes estará aprobado para su venta.

Si la muestra no pasa los exámenes, todo el lote de dicha muestra regresara a la etapa de mezclado donde se ajustara las medidas exactas normales y seguirá el proceso productivo normal. Se le volverán a realizar todos los exámenes hasta que sea aprobado.

Los exámenes serán elaborados en el Laboratorio Nacional de Residuos Biológicos (MAGFOR), Laboratorio de Diagnostico Veterinario y Microbiología de los Alimentos (MAGFOR) y LAQUISA S.A.

Garantía de Calidad

Nuestro producto contará con una garantía de calidad sobre todo aspecto del mismo, desde el empaque hasta el concentrado.

3.13 PROGRAMA PREOPERATIVO

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  • CAPÍTULO

Organización

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4.1 OBJETIVOS DEL ÁREA ORGANIZACIONAL

La organización de la empresa tiene como objetivo asignar de manera efectiva las funciones y responsabilidades en cada una de las áreas de la empresa; como lo son comercialización y producción, para así lograr la eficiencia de los procesos administrativos logrando facilitar el trabajo en equipo, de manera que cada colaborador aporte positivamente en el organigrama de la institución.

4.2 Organigrama

4.3 FUNCIONES GENREALES Y ESPECÍFICAS POR PUESTO

Junta Directiva: La junta directiva, formada por accionistas legalmente convocados y reunidos, es la máxima autoridad y órgano de la empresa. Las decisiones tomadas por la junta directiva de accionistas serán en conformidad con la ley y el estatuto.

La junta Directiva esta conformada por los accionistas únicos de la empresa.

Funciones:

  • Velar por las acciones de la empresa.

  • Tomar decisiones trascendentales para el negocio.

  • Nombramiento del consejo de administrativo.

4.3.1 Perfiles del Puesto

Gerente General

Requisitos del cargo

  • Nivel académico:

  • Funciones

  • Planificar los objetivos generales y específicos de la empresa a corto y largo plazo.

  • Organizar la estructura de la empresa actual y a futuro; como también de las funciones y los cargos.

  • Dirigir la empresa, tomar decisiones, supervisar y ser un líder dentro de ésta.

  • Controlar las actividades planificadas comparándolas con lo realizado y detectar las desviaciones o diferencias.

  • Coordinar con el Ejecutivo de Venta y la Secretaria las reuniones, aumentar el número y calidad de clientes, realizar las compras de materiales, resolver sobre las reparaciones o desperfectos en la empresa.

  • Analizar los problemas de la empresa en el aspecto financiero, administrativo, personal, contable entre otros.

  • Realizar cálculos matemáticos, algebraicos y financieros.

  • Deducir o concluir los análisis efectuados anteriormente.

Gerencia Comercial: Es el área encargada de proveer ingresos para la sostenibilidad de la empresa y la continuidad productiva de la misma. En esta área se revisaran desde las promociones hasta la distribución del producto.

Requisitos del Cargo

  • Nivel Académico

  • Funciones

  • Encargada de descifrar las necesidades del mercado, como base para dar resultados sólidos.

  • Detectar oportunidades en el mercado, y aprovecharlas en proyectos financieramente exitosos

  • Desarrollar planes estratégicos de Marketing que generen valor, crecimiento y utilidades.

  • Utilizar la promoción y la publicidad para comunicar diferenciación estratégica, y así ganar más mercado.

  • Desarrollar estrategias en el diseño de nuestros productos, establecimiento de políticas de precio, elección de canales de distribución y logística, que lleven al logro de los objetivos organizacionales.

  • Encargada de supervisar los ejecutivos de ventas y evaluar el desempeño de las rutas.

  • Establecer los objetivos de ventas y distribución de las cuotas a los ejecutivos de ventas.

Ejecutivo de ventas.

  • Nivel académico

  • Experiencia

  • Experiencia en el área de ventas 3 años como mínimo.

  • Conocimientos:

  • Conocimiento de estrategias comerciales y técnicas de venta.

  • Otros requisitos:

  • Alto negociador para cierre de ventas.

  • Enfocado a resultados.

  • Buen carácter, con criterio y sentido común.

  • Buenas relaciones interpersonales.

  • Excelente presentación personal.

  • Responsable.

  • Vehículo propio en buenas condiciones.

  • Funciones:

  • Establecer contacto con los clientes potenciales.

  • Prospección, atención y seguimiento a clientes.

  • Llevar base de datos de los clientes y las ventas.

  • Redactar informe semanal de ventas.

  • Cumplir las metas de ventas establecidas.

Supervisor de Producción:

Requisitos del cargo

  • Nivel académico:

  • Funciones:

  • Cumplir con los objetivos y estándares de calidad de la producción de nuestros productos conforme a la demanda que la misma necesite.

  • Cumplir con la meta de producción en el tiempo establecido.

  • Optimizar los precios de producción.

  • Cumplir con los estándares de calidad para la satisfacción del cliente.

  • Utilización de los equipos mas avanzados, programación, previsión y control de la productividad, eliminar movimientos innecesarios de materiales y mano de obra, minimizar los consumos energéticos, planificar los flujos de trabajo.

  • Diseñar y estructurar las actividades de cada uno de los integrantes del área de producción.

  • Realizar compras de materia prima e inspección de las mismas.

  • Planificación, elaboración y seguimientos del manual de Buenas Practicas de Manufacturas.

Jefe de BodegaRequisitos del cargo

  • Nivel académico:

  • Bachiller

  • Experiencia:

  • Funciones

  • Seguir fielmente con los propósitos generales del área de producción.

  • Cumplir con los patrones de pedidos a tiempo.

  • Cuidar la salida y entrada de los productos y personal en la planta y almacén

  • Estar en contacto para la celebración de pedidos.

  • Tener el control más estricto en cuanto a la salida, almacenaje, control y salida de almacén.

  • Organizar inventario de MP, de Producto en Proceso y Producto Terminado.

  • Responsable de todo el inventario de la empresa.

Operador

Requisitos del cargo

  • Nivel académico:

  • Bachiller

  • Funciones:

  • Hacer montajes de materia prima (utilizar el sistema de sujeción indicado, saber las cantidades indicadas para la operación a realizar)

  • Saber interpretar planos

  • Utilizar de manera correcta las máquinas y materias primas

  • Velar por el mantenimiento de la maquinaria Hacer inspecciones diarias a las maquinas (presión indicada)

  • Mantener el orden y aseo en los puestos de trabajo

  • Manejar los desechos de acuerdo a las normativas y utilizar racionalmente la energía, el agua y los distintos tipos de recursos, tanto en el ámbito laboral como personal.

  • Actuar con responsabilidad laboral, aplicando la legislación acorde y defendiendo los derechos laborales propios y del colectivo.

  • Hacer un uso adecuado de las herramientas de precisión.

Contador

Requisitos del cargo

  • Nivel académico:

  • Licenciado en Contaduría Pública y Finanzas.

  • Experiencia

  • Cinco años de experiencia como contador público autorizado.

  • Funciones

  • Elaborar los informes financieros.

  • Llevar al día los registros contables, libros de diario, de mayor y de actas.

  • Administrar los recursos financieros, buscando la rentabilidad del negocio y tratando de reducir costos.

  • Evaluar, analizar e interpretar los informes contables para la toma de decisiones

Asistente

  • Nivel académico:

  • Bachiller.

  • Funciones

  • Encargada de proporcionar un servicio de atención personal y telefónica a los clientes que llamen o se acerquen a la oficina.

  • Recibir amablemente las visitas y ponerse a sus servicios para transmitir una buena imagen de la empresa y comunicar al empleado interesado la llegada de la visita.

  • Contestar al teléfono con rapidez y amabilidad.

  • Transferir las llamadas a la extensión indicada.

  • Tomar notas de los mensajes y hacerlos llegar a los interesados lo antes posible.

  • Facilitar información y ayudar a toda persona que llegue a la empresa.

  • Asistir a todas las gerencias.

  • Entrega y recepción de cheques a clientes y proveedores.

4.4 PROCESO DE SELECCIÓN

De acuerdo a la necesidad de contar con el personal capacitado, que este en función de cumplir los objetivos de la empresa, se decidió realizar el siguiente proceso de contratación.

Se realizara una descripción clara del puesto de trabajo, incluyendo tareas a desempeñar, puesto de trabajo, sueldo que se paga en el mercado, características del lugar de trabajo en donde se va a insertar, responsabilidades, posibilidades de crecimiento, plan de carrera.

Además se describirá el perfil de la persona; contemplando variables como sexo, edad, lugar de residencia, formación, experiencia en el área de trabajo, rasgos de personalidad, competencias.

4.5 RECLUTAMIENTO

El reclutamiento se llevará a cabo por medios de comunicación masivos como periódicos, dado que este es un medio en constante contacto con la población; teniendo un bajo costo y un gran alcance.

4.6 SELECCIÓN

Luego de recepcionar los currículos de los aspirantes, se procede a la pre-selección de tres posibles candidatos para ocupar el cargo; para ello se realizaran los siguientes pasos.

  • Se realizará una pre-entrevista telefónica

  • Se harán entrevistas personales a los candidatos seleccionados, para identificar actitudes y aptitudes.

  • Evaluación de habilidades particulares: idioma, dominio de herramientas informáticas.

  • Verificación de referencias laborales.

Luego la asistente informará a los tres posibles candidatos para el puesto que se les hará una entrevista personal con el del área de la vacante del puesto.

Por último el gerente general junto con el supervisor del área decidirán quien será el que ocupará el puesto.

4.7 CONTRATO DE TRABAJO

CONTRATO DE TRABAJO

YO,__________________ , Mayor de Edad, casado y de este domicilio, con número de identificación________________, en Representación de la Empresa, "Concentrados Animales Nicaragüenses, S.A." que en lo sucesivo se llamara empleador y ________________________________, con número de identificación __________________que en adelante se llamara empleado, hemos convenido en celebrar el presente Contrato de Trabajo.

CLAUSULA I:

El empelado desempeñara sus funciones en el cargo de:____________________________, Siendo sus principales responsabilidades:______________________________________________________________,Funciones que desempeñara en la oficina del empleador ubicada en: _________________,pudiendo desempeñar estas labores de forma temporal en el resto de oficinas del empleador, previo aviso al empleado del tiempo y lugar en que realizara esas labores temporales, comprometiéndose el empleador al pago de los viáticos respectivos por alimentación y hospedaje.

CLAUSULA II:

El empleador pagara un salario mensual de C$: _________________________________________ mas las prestaciones establecidas en el Código Laboral vigente en Nicaragua y demás leyes relacionadas.

CLAUSULA III:

El represente contrato es por un periodo de:____________ prorrogable si antes de quince días de que finalice el mismo no es avisado por escrito algunas de las partes. Este contrato puede ser rescindido por causas justificadas por cualquiera de las partes.

CLAUSULA IV:

El presente contrato entra vigencia a partir del día ______________ y se vence el día _________________.

CLAUSULA V:

La jordana laboral será de: ____________________________________, comprendida de lunes a sábado, respetando así la jornada semanal de 48 horas, establecida en la legislación en curso.

CLAUSULA VI:

Cuando el empleado incurra en falta a la disciplina laboral, deficiencia en el trabajo encomendado, cualquier falta al código laboral, falta a la ética, o realizar actos para los que no estuviese facultado o autorizado a realizar, el contrato se suspenderá inmediatamente, sin perjuicio de las responsabilidades que de tales actos se deriven.

En fe del cumplimiento de las partes; acordamos y firmamos en dos tanto del mismo tenor, en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los ______ días del mes de ___________ del año Dos Mil _____.

Lic. Empleado

Gerente General

CONANIC S.A

4.8 PROCESO DE INDUCCIÓN

La inducción es proporcionarles a los empleados información básica sobre la información que necesitan para realizar sus actividades de manera satisfactoria; por lo tanto el proceso de inducción que CONANIC S.A. utilizará es el siguiente, impartido por el supervisor del área.

Primera etapa: BIENVENIDA.

Tiene como finalidad el recibimiento de los nuevos trabajadores, dándoles la bienvenida a la organización, donde el Gerente General realiza diferentes actividades junto con el Supervisor de Área.

Segunda etapa: INTRODUCCIÓN A LA ORGANIZACIÓN.

En esta etapa se suministra al nuevo trabajador información general de la organización, para así facilitar la integración a la misma.

Tercera etapa: EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO.

El propósito de esta etapa es garantizar un desarrollo adecuado del Programa de Inducción, retroalimentar el programa y realizar ajustes. En esta fase se evalúan los resultados obtenidos, con la aplicación de la Evaluación de Formaciones y Seguimiento a la Inducción y Entrenamiento, a fin de aplicar los correctivos correspondientes.

Cuarta etapa: PROCESO DE ENSEÑANZA.

Se realizará de tal forma que se sigan los siguientes pasos:

  • Indagar y preparar al trabajador.

  • Demostrar las tareas que tiene que realizar.

  • Ensayar la ejecución de las operaciones.

  • Hacer seguimiento y comprobar si logró los objetivos.

  • Estimular la participación.

4.9 CAPACITACIÓN

Con respecto al entrenamiento y especialización del personal, pretendemos que los empleados tengan oportunidades de desarrollo y adquieran conocimientos, que aporten al desarrollo de la empresa, esto con el fin de cumplir con los objetivos organizacionales.

Por eso mismo los candidatos que apliquen a los cargos se exigirán que cumplan con los requisitos del cargo para que estos estén suficientemente capacitados para desempeñar bien sus funciones.

4.10 MOTIVACIÓN

CONANIC, S.A. está comprometido a brindar a sus trabajadores un ambiente de trabajo agradable, acogedor y seguro. El propósito es establecer un ambiente saludable para brindar el mayor nivel de satisfacción a nuestros colaboradores y de esa manera lograr un desempeño óptimo en cada una de funciones individuales y grupales.

La comunicación es un factor relevante en nuestra empresa, la planta misma está diseñada para permitir el flujo continuo de comunicación entre gerencia administrativa y producción con el objetivo de eliminar atascos y obstrucciones en el flujo de la información.

Para motivar a nuestros empleados se propone hacer actividades bimensuales en las que se incluyan a las familias de los colaboradores. Se cumplirá febrilmente con las vacaciones y días feriados estipulados por la ley.

4.11 PLANILLA

4.12 MARCO LEGAL

La empresa será constituida legalmente en escritura pública ante el oficio de un Notario Público debidamente acreditado por la Corte Suprema de Justicia y con su Protocolo vigente.

Se utilizará la figura jurídica de Sociedad Anónima ya que éste modelo contemplado en el código de Comercio es el que responde mejor a nuestros intereses económicos y empresariales, y las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción a un dividendo mínimo.

Los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado.

La razón social de la sociedad colectiva se denominará CONANIC S.A., con domicilio en Managua.

Pasos legales para conformar una sociedad anónima en Nicaragua:

1. Constituirse legalmente ante el registro público mercantil y de la propiedad mediante

Escritura de constitución.

TESTIMONIO.

ESCRITURA PÚBLICA NUMERO 338 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA Y ESTATUTOS.

En la ciudad de Managua, a las tres de la tarde del día veintiséis de Junio del año dos mil doce Ante Mí: MARTHA SOFIA MONTALVAN SOMARRIBA, Abogada y Notario público de la Republica de Nicaragua, con domicilio y residencia en esta ciudad y debidamente autorizada por la EXCELENTÍSIMA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, para cartular durante el Quinquenio que expira el día veintinueve de enero del año dos mil diecisiete , comparecen los señores SAMUEL IGNACIO JUANATEY BONILLA, mayor de edad, soltero, estudiante, y de este domicilio, quien se identifica con cedula No.D00008100, MARTHA YARINCE MOGOLLON MONTALVAN, mayor de edad, soltera, estudiante, y de este domicilio, quien se identifica con cedula No.001-210593-0015G, NATHALIA FERNANDA ARANA FLORES, mayor de edad, soltera, estudiante, y de este domicilio, quien se identifica con cedula No.001-100593-0003U,MARIA BENITA MEMBREÑO ARANA, mayor de edad, soltera, estudiante, y de este domicilio, quien se identifica con cedula No.281-261292-0002y. Doy fe de conocer personalmente a los comparecientes y que a mi juicio tienen la capacidad civil, legal necesaria para obligarse y contratar, en especial para ejecutar este acto, en el que comparecen en su propio nombre y representación. Exponen los comparecientes en su referido carácter y dicen: PRIMERA: (Constitución y Denominación.) Que por medio de Este acto han decidido constituir una Sociedad Anónima la que se denominara CONANIC SOCIEDAD ANONIMA, todo de conformidad a las leyes de la republica de Nicaragua. SEGUNDA: (Domicilio) La Sociedad tendrá su domicilio en El Municipio de Managua, departamento de Managua, pero podrá establecer sucursales, agencias u oficinas en cualquier lugar de la República de Nicaragua, o fuera de ella, cuando así lo acuerde la Junta Directiva, pudiendo cambiar su domicilio por decisión de la Junta General de Accionistas y de acuerdo a la Ley de la materia. TERCERA: (Duración) La Duración de la Sociedad será de Noventa y Nueve años contados a partir de la fecha de la inscripción en el Registro Público, pudiendo ampliarse o restringirse este plazo según la aprobación de la Asamblea General de Accionistas. CUARTA: (Objeto de la sociedad) La sociedad tendrá por objeto producir, comercializar dentro y fuera del país concentrados para animales, así como producir la materia prima del mismo, e Importación, de sus equipos, para tal fin podrá actuar en su propio nombre o en representación de entidades jurídicas nacionales y extranjeras, así mismo, podrá contratar en nombre propio o de terceros, La sociedad en cumplimiento de sus objetivos sociales podrá adquirir y enajenar toda clase de bienes, muebles e inmuebles, emitir, endosar y realizar todo tipo de operaciones financieras y cambiarias con títulos valores y en fin ejecutar o celebrar toda clase de actos o contratos, sean civiles, comerciales o industriales; quedando facultada la Sociedad para dedicarse a cualquier otra actividad licita, dentro o fuera de la Republica que apruebe la Junta Directiva, ya que las enumeraciones no son taxativas, sino que deben considerarse como meramente enunciativas; y si por algún motivo se creyere que las negociaciones no estuvieren comprendidas dentro de su objeto, bastará una resolución de la Junta Directiva explicando la naturaleza de la negociación y su relación con alguna actividad que se considere que está comprendida dentro de los fines de la sociedad. De cualquier manera, se establece claramente que la sociedad podrá variar su objeto social en cualquier momento, todo de acuerdo a esta Escritura de Constitución Social. QUINTA: (Capital Social). El Capital de la sociedad será la cantidad de Seiscientos Sesenta y Ocho Mil ciento dieciséis Córdobas, (C$668,116) el cual estará dividido y representado por los socios, dividido en Cien acciones, con iguales derechos y beneficios, inconvertibles al portador con un valor nominal cada acción de seis mil seiscientos ochenta y un córdobas cada una (C$6,681.00), estando enteramente pagadas en dinero efectivo dichas acciones por los comparecientes así: SAMUEL IGNACIO JUANATEY BONILLA,(25) ACCIONES; MARTHA YARINCE MOGOLLON MONTALVAN (25) ACCIONES; NATHALIA FERNANDA ARANA FLORES (25) ACCIONES; MARIA BENITA MEMBREÑO ARANA (25) ACCIONES, Con lo que ha quedado suscrito y pagado la totalidad del capital social. Ésta distribución implica que para resolver sobre disolución, prorroga, fusión, aumento o disminución de capital social, se requiere el voto de acuerdo al artículo doscientos sesenta y dos (Artículo 262) del Código de Comercio. SEXTA: (Acciones). Todas Las acciones en que se divide el capital serán nominativas, inconvertibles al portador, mientras no se emitan las acciones se dará resguardo provisional a los socios. Las acciones serán expedidas con las formalidades de ley, firmadas por el Presidente y el Secretario, a favor de los socios que las suscriben y paguen. Los socios para transferir las acciones, necesitarán de la aprobación de la Junta Directiva. En caso de transferencia de acciones, deberá manifestarlo el socio enajenante a la Junta Directiva, para ser ofrecidas a los otros socios preferentemente y luego a quienes lo determine la Junta Directiva. El valor de las acciones será el que tenga en libros al momento de la venta. La adquisición de las acciones ofrecidas en cualquier caso deberá hacerse en un plazo de sesenta días, después de la notificación que se haga por Secretaría. La transferencia de las acciones nominativas se hará por endoso o por cualquier documento público y el traspaso para su validez deberá ser inscrito en el Libro de Registro de Acciones de la Sociedad, cuando haya cumplido los requisitos señalados en esta Escritura y con las formalidades de Ley. SEPTIMA: (Gobierno de la Sociedad.) La Sociedad estará gobernada por la Junta General de Accionistas, por la Junta Directiva con las atribuciones y facultades contenidas en este Pacto Social, en los Estatutos y en el Código de Comercio. OCTAVA: (Junta General de Accionistas). La Junta General de Accionistas es la autoridad suprema de la sociedad y a ella corresponde la organización, supervisión de los negocios sociales y la decisión final sobre todos los asuntos económicos y financieros. Se reunirá ordinariamente cada año, previa citación por Secretaría, con quince días de anticipación y con señalamiento de hora, fecha y lugar, para atender asuntos que le son propios y los que le someta a consideración la Junta Directiva, o cualquiera de los socios. La citación podrá hacerse por carta, telegrama o cable, o por aviso publicado en cualquier periódico de la capital, La Junta General se reunirá extraordinariamente cuando para ello fuere convocada por la Junta Directiva o cuando lo solicitaran a ésta por escrito y con expresión del objeto que la motiva, un número de accionistas que represente por lo menos la mitad más uno de las acciones. La citación se hará con quince días de anticipación y se avisará lugar, fecha, hora y objeto de la reunión por medio de invitación escrita; carta, telegrama, correo electrónico, u otro medio confiable. Cuando por falta de quórum u otra causa no pudiere verificarse una sesión ordinaria o extraordinaria en la primera convocatoria, se hará nueva citación, observándose las mismas formalidades. En tal caso, la reunión se hará con el número de socios que asistan. Cuando concurran los accionistas que representen la totalidad del Capital Social, ambas reuniones podrán celebrarse sin previo aviso ni publicación. NOVENA: (Acuerdos y Resoluciones) En las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta General de Accionistas, el quórum se formará con la asistencia de socios que representen por lo menos las dos tercera partes del Capital suscrito y pagado, salvo que el Pacto Social, los Estatutos o la ley requieran otra proporción. Los acuerdos se tomarán con el voto favorable de la mitad más uno de los votos concurrentes, computándose un voto por cada acción, salvo que legalmente se exija una votación calificada. Todo acuerdo tomado por la Junta General, debidamente convocada y constituida será obligatorio para los socios, pues se establece el principio de sumisión al voto de la mayoría, salvo el derecho de protesta establecido en el Código de Comercio. En caso de empate el Presidente tendrá el doble voto. DECIMA: (Junta Directiva). La Dirección y Administración de la sociedad, estarán a cargo de una Junta Directiva, que en el ejercicio de sus atribuciones actuará con las facultades que corresponden a los mandatarios generalísimos, pudiendo adquirir y disponer libremente de toda clase de bienes. La Junta Directiva estará integrada por tres miembros los que deberán ser socios, serán electos por la Junta General, que les dará posesión de sus cargos y que podrá aumentar o disminuir su número, señalándole sus atribuciones. Los miembros de la Junta Directiva durarán tres años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos una y más veces y desempeñarán los siguientes cargos; Presidente, Vicepresidente, Secretario; Habrá también un Fiscal o Vigilante. En caso de ausencia temporal del Presidente lo sustituirá el Vicepresidente con todos sus poderes y atribuciones; y en caso de ausencia de ambos, los sustituirá el Secretario. Cuando la ausencia sea definitiva, las vacantes serán llenadas por la Junta General. La Junta Directiva sesionará ordinariamente por lo menos cada tres meses; y extraordinariamente, cuando la convoque el Presidente o por solicitud de dos Directores. En ambas sesiones, el quórum se formará con la asistencia de los dos tercios del número total de Directores, pero nunca menos de dos de ellos y los acuerdos se tomarán con el voto favorable de la mitad más uno de los miembros asistentes, UNDÉCIMA: (Representación). La Junta Directiva tendrá las facultades de apoderado generalísimo de la Sociedad, sin perjuicio de la representación que le corresponde al Presidente y de las delegaciones u otros poderes que confiera en casos especiales. DUODÉCIMA: (Gerente General). La Administración y manejo directo de los negocios sociales podrán ser confiados a un Gerente General nombrado por la Junta Directiva, que le señalará funciones, sueldo y atribuciones. El cargo de Gerente General podrá ser desempeñado por cualquier persona idónea, sea o no socio. DÉCIMA TERCERA: (Vigilancia). La fiscalización y vigilancia de los negocios sociales estarán a cargo de un vigilante. El Vigilante podrá ser o no accionista, durará tres años en el ejercicio de sus funciones, podrá ser reelecto y devengará sueldo cuando la Junta General lo estime conveniente. Ni el Gerente ni Directores podrán ser vigilantes mientras duren en el ejercicio de sus cargos. DÉCIMA CUARTA: (Ejercicio Económico, Contabilidad y Formación de Balance). El ejercicio económico estará comprendido entre el día uno de julio de cada año y el treinta de junio del año siguiente. La sociedad llevará su contabilidad de acuerdo con las leyes, en los libros exigidos por el Código de Comercio y con las formalidades que la Junta Directiva, el Presidente o el Gerente en su caso, considere conveniente para el mejor registro y control de las operaciones sociales. Los balances generales se formarán cada año con la oportunidad debida, para ser sometidos al examen y aprobación de la Junta General de Accionistas en su sesión ordinaria anual, con las recomendaciones que la Junta Directiva estime conveniente. DÉCIMA QUINTA (Fondo Legal de Reserva, Fondos Especiales y Utilidades). La sociedad creará un Fondo Legal de Reserva, destinando para ello, una cantidad no inferior al cinco por ciento de las utilidades líquidas, hasta que dicho fondo represente, por lo menos, el diez por ciento del Capital Social, reintegrable cuando se reduzca. La Junta General de Accionistas podrá crear otros fondos especiales. Las utilidades serán distribuidas en forma de dividendos entre los socios, en proporción directa al número de acciones que cada uno posea, previa deducción del porcentaje establecidos para la constitución del Fondo de Reserva. La Junta Directiva presentará un plan de aplicación de utilidades y distribución de dividendos a la Junta General de Accionistas en su sesión ordinaria. La Junta General podrá acordar la distribución de dividendos en cualquier tiempo, con vistas en el Balance General. DÉCIMA SEXTA: (Desacuerdos y Desavenencias). Cualquier diferencia que surgiere entre los socios o entre éstos y los órganos o Directores de la Sociedad, se resolverá precisamente por medio de arbitramento. Al efecto cada una de las partes deberá designar un arbitrador, dentro de un plazo de quince días contados desde que fuere requerida por la otra. Antes de entrar a conocer del punto o puntos cuestionados, los arbitradores nombrarán un tercero para que dirima cualquier discordia que pudiera surgir entre ellos; si no se pusieren de acuerdo sobre su elección, será designado por cualquier Juez de Distrito Civil de la ciudad Managua. Los arbitradores deberán ser expertos en la materia sobre la cual vayan a decir y dictarán su laudo dentro de treinta días, contados a partir de la fecha en que tomaren posesión de sus cargos. El tercero tendrá un plazo adicional de treinta días para emitir su fallo. Contra la resolución arbitral no se admitirá recurso alguno ordinario ni extraordinario. DÉCIMA SEPTIMA: (Disolución y Liquidación). La sociedad se disolverá por las siguientes causas: a) Por acuerdo de la Junta General de Accionistas tomado por el voto favorable de los socios que representen por lo menos el sesenta y cinco por ciento del capital suscrito pagado, b) Por pérdida del sesenta por ciento del Capital, si los socios no hicieran nuevas aportaciones para reponerlo; c) por cualquiera de las otras causas señaladas por la Ley. En caso de disolución, la Junta General nombrará a una Comisión Liquidadora de hasta dos miembros socios o no, para que lleven a cabo la liquidación de los bienes de la sociedad. DÉCIMA OCTAVA: Los socios se someterán al voto de la mayoría de las Juntas Legales en su caso. DÉCIMA NOVENA: (Del Inicio de sus Operaciones). La Sociedad comenzará sus operaciones luego que fuere inscrita esta Escritura y sus estatutos en el respectivo Registro Público. Siendo los accionistas actuales los únicos socios con acciones suscritas y con el Capital totalmente pagado, en este mismo acto se constituyen en Asamblea General de Accionistas, proponiendo por unanimidad a SAMUEL IGNACIO JUANATEY BONILLA, como Presidente de la Junta Directiva; Vicepresidente, NATHALIA FERNANDA ARANA FLORES, quienes presentan un proyecto de Estatutos, por los que se regirá la Sociedad, dando los comparecientes su aprobación de la siguiente forma: ESTATUTOS: CAPITULO PRIMERO: Artículo Primero: Esta sociedad ha sido constituida en Escritura Pública numero Trescientos treinta y siete en la ciudad de Managua a las tres de la tarde del día veintiséis de Junio del año dos mil doce, por el suscrito Notario. Artículo Segundo: La sociedad se denominara CONANIC, SOCIEDAD ANONIMA, el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Managua y podrá ser cambiado por resolución de la Junta General de Accionistas. Artículo Tercero: El plazo de duración de la Sociedad podrá ser prorrogado sin necesidad de nuevo instrumento público, bastando el acuerdo de la Junta General de Accionistas. CAPITULO SEGUNDO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse a las actividades contempladas en la cláusula cuarta del objeto de la sociedad a medida que lo estime conveniente la Junta directiva o la Junta General de Accionistas, su Emisión, Pago, Inscripción y Transferencia: Artículo Cuarto: Los títulos de las acciones serán impresos o litografiados y deberán contener los siguientes datos: Denominación de la Sociedad, su domicilio y duración; fecha de constitución y de su inscripción en el Registro Público Mercantil respectivo; Monto del Capital Social y número total de acciones en que está dividido; Valor Nominal del título, nombre de la persona a cuyo favor se extiende y la circunstancia de estar completamente pagado; fecha de expedición del título y número de su inscripción en el Libro de Registro de Acciones; Firmas de los funcionarios autorizados en la Escritura Social. Artículo Quinto: Los resguardadores provisionales no necesitan ser impresos ni litografiados y contendrán los mismos datos de los títulos definitivos. Artículo Sexto: Cuando las acciones sean pagadas en dinero efectivo se deberá enterar por lo menos el veinte por ciento de su valor en el momento de la suscripción; y el resto en llamamientos que hará la Junta Directiva. Artículo Séptimo: El Secretario llevará un Libro de Registro de Acciones, en el que se asentarán los siguientes datos: Nombres y apellidos de los suscriptores; número de acciones, transferencia de las acciones y nombre del nuevo adquirente; cualquier otro dato que la Junta Directiva estime conveniente para evitar confusión o error. Artículo Octavo: La transferencia de las acciones nominativas se hará por endoso auténtico o por traspaso escriturado e instrumento público, será registrada en el Libro de Registro de Acciones. Mientras la inscripción a favor del nuevo adquiriente no se hubiere realizado, las acciones se reputarán en manos de la persona a cuyo nombre estuvieron registradas, para todos los efectos legales. Artículo Noveno: La transferencia de acciones se rige por la cláusula sexta de la Escritura Social. Artículo Décimo: Si algún título fuere mutilado o inutilizado, la Junta directiva a solicitud del dueño y con la simple presentación del documento, ordenará que éste sea cancelado y que se extienda uno nuevo; también se podrá pedir la reposición en caso de perdida, pero la Junta no la concederá sin previo aviso publicado en La Gaceta, Diario Oficial, ó en un periódico de la Capital de la República con un mes de anticipación. Si hubiere oposición, se suspenderá el trámite y se esperará el fallo de los tribunales competentes. Los gastos de reposición serán en todo caso de cuenta del interesado. Los títulos anulados o inutilizados llevarán estampada la palabra Inutilizado y se guardarán en Secretaría. Los nuevos títulos reunirán las mismas formalidades y requisitos de los repuestos, tendrán la misma numeración y se indicará su calidad de los repuestos. Cuando apareciere el original de un título perdido se tendrá por anulado. CAPITULO TERCERO: Junta General de Accionistas: Sus Atribuciones: Artículo Undécimo: Son atribuciones de la Junta General de Accionistas: Elegir y remover por causa Justificada a los miembros de la Junta Directiva, y acordar acciones de responsabilidad en contra de los directores, transarlas o renunciarlas; Examinar, y aprobar los balances generales, los estados de ganancias y pérdidas y los informes de la Junta Directiva; Conocer del plan de Aplicación de Utilidades y decretar la distribución de dividendos entre los accionistas; Conocer el dictamen del Vigilante, en su caso; Resolver todo lo relacionado con el Fondo Legal de Reserva y con los Fondos Especiales; Asignar sueldos a los miembros de la Junta Directiva, o al Vigilante, en su caso; Discutir y resolver las mociones que presente la Junta Directiva o los accionistas; Las demás atribuciones contenidas en la Ley, la Escritura Social o los presentes Estatutos. Artículo Decimosegundo: La Junta General, con el voto favorable de los accionistas que representen el setenta y cinco porciento del capital Social, podrá resolver sobre lo siguiente: a) Disolución anticipada de la Sociedad; b) Reducción del Capital Social o reintegración del mismo por medio de capitalización de superávit o de uso de fondos de reserva; c) Las otras modificaciones establecidas en el Código de Comercio. Artículo Décimo Tercero: Si la Junta Directiva, el Presidente o quien haga sus veces desatendieren la solicitud de los accionistas para convocar a sesión extraordinaria, los interesados podrán recurrir ante el Juez de lo Civil del Distrito de Managua, a fin de que convoque a la Junta General y la presida hasta dejarla organizada para que lleve a cabo la sesión. Artículo Décimo Cuarto: Todo acuerdo o resolución para que sea valido deberá constar en el Acta de la sesión respectiva, la que se asentará en el Libro que debidamente legalizado llevará al efecto el Secretario. En las actas se hará una relación sucinta de lo acordado en la sesión, con expresión de los socios concurrentes, la cantidad de acciones que cada uno posee, la fecha hora y lugar de la sesión. Las actas serán necesariamente firmadas por el presidente y por el Secretario o por quien haga sus veces. Artículo Décimo Quinto: Todo accionista tiene derecho de protestar en contra de las resoluciones o acuerdos tomados en oposición a las disposiciones de la Ley, del Pacto Social o de los Estatutos, pudiendo pedir al Juez competente la declaración de nulidad y la suspensión de su ejecución. CAPITULO CUARTO: Junta Directiva, y Gerente General. Artículo Décimo Sexto: La Junta General de Accionistas podrá aumentar o disminuir el número de miembros de la Junta Directiva, señalándole sus atribuciones. Para ser miembro de la Junta Directiva, se requiere ser accionista. En el Caso de que no se eligieren los Directores en la época establecida en la Escritura Social, los socios que desempeñaren funciones como tales continuaran sirviendo sus cargos, hasta que no se practique nueva elección, siendo completamente válidos sus actuaciones, durante el lapso intermedio. Artículo Décimo Séptimo: Las citaciones para sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva serán cursadas por Secretaría, por medio de telégrafo, carta o cable grafico, con quince días de anticipación y con expresión de los asuntos a tratar en la reunión. Para las sesiones extraordinarias los directores interesados deberán dirigir su solicitud por escrito, expresando el objeto que la motiva. El quórum se formará y las resoluciones se tomarán de acuerdo con lo dispuesto en la Escritura Social En caso de empate el Presidente tendrá doble voto. Artículo Décimo Octavo: Los acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva se harán constar en el Libro de Actas que al efecto llevará la Secretaría. Las actas contendrán un resumen de lo tratado, los nombres de los Directores asistentes, lugar, hora y fecha de la sesión, y estarán firmadas por el Presidente y el Secretario o por quien haga sus veces. Los socios que no estuvieren de acuerdo con las resoluciones tomadas tendrán derecho de razonar sus votos. Artículo Décimo Noveno: Los Directores de la Sociedad no contraen obligación alguna personal y solidaria por las obligaciones de la misma, pero responderán para con ella y para con los terceros por la inejecución del mandato y por la violación del Pacto Social, de los Estatutos y de los preceptos legales que rigen la vida económica de las sociedades. Se exceptúan de esta responsabilidad, los socios que hubieren protestado conforme a la Ley. Artículo Vigésimo: Son atribuciones de la Junta Directiva: Organizar, dirigir y disponer todo lo relativo a la administración de los negocios sociales; Nombrar apoderados generalísimos, generales o especiales para atender los asuntos que interesen a la Sociedad; Resolver todo lo relacionado con el establecimiento, traslado o clausura de sucursales, agencias u oficinas de la Sociedad, dentro o fuera del país; Autorizar y controlar todo lo relacionado con el movimiento y transferencia de acciones; Organizar la contabilidad, aprobar los balances de prueba y llevar el control del giro de los negocios; Nombrar y remover a los gerentes, señalándoles sus atribuciones y asignándoles sueldos; Convocar a la Junta General de Accionistas para sesiones ordinarias y extraordinarias; Preparar los Estados Financieros e informes destinados al conocimiento y aprobación de la Junta General; Ejercer todas las demás facultades que le confieren las leyes o que le encomiende la Junta General. Artículo Vigésimo Primero: Son atribuciones del Presidente: Representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad con facultades de mandatario Generalísimo y con las limitaciones establecidas en el Pacto Social y en los Estatutos; Convocar y presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Junta General; Suscribir con el Secretario los títulos definitivos de las acciones y los resguardos provisionales; Sustituir al Gerente General en caso de ausencia temporal o definitiva; Desempeñar todas las atribuciones que se le asigne por la Junta General y la Junta Directiva. Artículo Vigésimo Segundo: Son atribuciones del Vicepresidente: Sustituir al Presidente en ausencia temporal o definitiva; Custodiar el patrimonio de la Sociedad y manejar los fondos en la forma establecida por la Junta Directiva; llevar los libros de contabilidad directamente o bajo su responsabilidad, colaborar con la preparación de los Balances, Estados Financieros y planes de distribución de utilidades y desempeñar todas las atribuciones que le asigne el Presidente, la Junta General, la Junta Directiva y la Escritura Social. Artículo Vigésimo Tercero: Son atribuciones del Secretario: Ser órgano de comunicación de la Junta General y de la Junta Directiva; Llevar los libros de actas, de registro de acciones y los talonarios correspondientes; Mantener informados a la Junta Directiva y al Presidente del movimiento de las acciones; Citar a sesiones en la forma y tiempo prescritos por la Escritura social y por los estatutos; Custodiar los sellos, archivos y documentos de la Sociedad; Desempeñar todas las demás funciones inherentes a su cargo; Desempeñar todas las atribuciones que le asigne la Junta General, la Junta Directiva y la Escritura Social. Artículo Vigésimo Cuarto: El Vigilante dependerá directamente de la Junta General de Accionistas, pero no podrá interferir las actividades de la Junta Directiva, del Gerente o de los demás funcionarios y empleados de la sociedad, siendo sus atribuciones: Examinar por lo menos una vez al año y cuando lo crea conveniente, los libros, operaciones, valores de la Sociedad para informarse de la marcha de los negocios sociales; Velar por el cumplimiento de la Escritura Social, de los Estatutos y de las leyes generales y especiales, en su caso; Comprobar la cartera, arquear la caja, revisar los estados financieros y los balances; Glosar las cuentas que presente la Junta Directiva o el Gerente General, en su caso; Presentar un informe pormenorizado de sus actividades a la Junta General en su reunión ordinaria semestral; Cumplir las demás funciones que le señalen en la leyes o la Junta General. Artículo Vigésimo Quinto: Constatada una irregularidad por el Vigilante, éste la dará a conocer a la Junta Directiva para que la subsane. Si la Junta se negare y el asunto fuera de tal importancia o naturaleza que su persistencia pudiera acarrear perjuicios irreparables a la Sociedad, el vigilante podrá recurrir ante el Juez de Distrito Civil de la ciudad de Managua, a fin de que éste convoque a la Junta General de Accionistas para que conozca de la irregularidad y resuelva lo conveniente. Artículo Vigésimo Sexto: Sin perjuicio de los poderes y facultades que la Escritura Social, los Estatutos o la Junta Directiva le otorguen, el Gerente General llevará la administración directa e inmediata de los negocios, con facultades de apoderado general de administración. CAPITULO QUINTO: Balances, Reservas y Utilidades. Artículo Vigésimo Séptimo: Los balances generales se formarán cada año, al término del ejercicio económico, y deberán reflejar claramente la situación financiera de la Sociedad. Artículo Vigésimo Octavo: Además del fondo Legal de Reserva establecido en la Escritura Social, la Junta General de Accionistas podrá acordar la formación de

Reservas Especiales, determinando los fines, monto, manera de constituirlos, así como las normas para uso y la forma de reintegración cuando se hubieren reducido por cualquier causa. Artículo Vigésimo Noveno: Se tendrá por utilidad líquida anual al saldo que resulte después de deducirse de las entradas brutas los siguientes rubros: Gastos generales de administración; costos de producción y operación, pérdidas de inventario o deméritos de carteras. Artículo Trigésimo: Los dividendos que se acordaren por la Junta General serán pagados mediante cheques librados a favor del accionista inscrito en el libro de Registro de Acciones o de la persona que éste indicare en la fecha en que se acuerde la distribución. CAPITULO SEXTO: Desavenencias, Disolución y Liquidación y Disposiciones Finales. Artículo Trigésimo Primero: Las diferencias que surjan entre el Gerente General y los Directores, socios o funcionarios serán conocidas y resueltas por la Junta Directiva, sin ulterior recurso. Artículo Trigésimo Segundo: Una vez que el Liquidador, en su caso hubiera realizado los bienes de la Sociedad, convirtiéndose en dinero en efectivo o en valores negociables, la Junta Directiva formulará un plan de distribución del haber social entre los accionistas, que será sometido al conocimiento y aprobación de la Junta General de Accionistas. Artículo Trigésimo Tercero: En todo lo no previsto por la Escritura, se aplicarán las disposiciones del Código de Comercio, las leyes generales y las especiales sobre la materia. Disposiciones Finales: De la Junta Directiva. Por unanimidad se elige la actual Junta Directiva de la siguiente forma: Junta Directiva: SAMUEL IGNACIO JUANATEY BONILLA, Presidente; Vicepresidente: NATHALIA FERNANDA ARANA FLORES ; Secretario: MARTHA YARINCE MOGOLLON MONTALVAN, y por estar presente los así electos quedan desde este momento en posesión de sus cargos respectivos para los que fueron elegidos, se hace constar que todas las resoluciones fueron tomadas por unanimidad de votos; y no habiendo más asuntos que tratar, los accionistas levantaron la sesión. Así se expresaron los comparecientes, bien instruidos por mí, el Notario, acerca del objeto, valor y trascendencia legal de este acto; de las cláusulas generales que envuelven renuncias y estipulaciones implícitas y explicitas. Así como de su inscripción en el Registro Público competente. Y leída que fue por mí, el Notario, íntegramente la presente escritura a los comparecientes, la encontraron conforme, aprueban, ratifican y firman junto conmigo, el Notario, que doy fe de todo lo relacionado. (f)Samuel Ignacio Juanatey Bonilla.-(f)Nathalia Fernanda Arana Flores.-(f)Martha Yarince Mogollón Montalván.-(f) María Benita Membreño Arana————————————————————————————- Paso Ante Mí: del reverso del folio numero ciento noventa y nueve al frente del folio doscientos seis de mi protocolo número cinco que llevo el corriente año. Extiendo este primer testimonio a solicitud de los señores Samuel Ignacio Juanatey Bonilla, Nathalia Fernanda Arana Flores, Martha Yarince Mogollón Montalván, María Benita Membreño Arana en seis hojas útil de papel sellado de Ley, la cual firmo, sello y rubrico a las dos de la tarde del día dos de julio del año dos mil doce.

Martha Sofía Montalván Somarriba

NOTARIO PÚBLICO

2. Obtener su número de Registro Único de Contribuyente (RUC) ante la Dirección General de Ingresos (DGI).

3. Otorgar Poder de Administración a su representante legal.

4. Registrarse como contribuyente ante la Administración de Rentas de su área (Consultar en la oficina de atención al contribuyente, en que administración de rentas le corresponde registrarse y además registrar los libros contables cotidianos, un libro diario, un libro mayor, uno de actas y uno de acuerdos.

5. Registrarse en la Alcaldía de Managua, para lo cual se debe presentar copia de escritura de constitución y los libros contables debidamente registrados en la Administración de Rentas.

6. Registrarse en la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA), en el Sistema de Registro de Importadores Directos en el caso que vaya a realizar importaciones de bienes de consumo o capital.

7. Apertura de cuenta en moneda nacional y extranjera, en cualquier banco privado de su preferencia. (El banco privado se encargara de informarle al Banco Central de Nicaragua, el cambio oficial de sus divisas).

8. Una vez realizado estos pasos optara por inscribirse en la Ley sectorial que le corresponda según la naturaleza de su empresa o compañía.

9. Registrarse en el Sistema de Registro Estadístico de Inversiones Extranjeras de la Republica de Nicaragua, si su inversión es mayor a los US$30,000.00 (TREINTA MIL DOLARES NETOS), según mandato de Ley N° 344 Promoción de Inversiones Extranjeras y su Reglamento. El formulario lo obtiene en la Dirección de Políticas de Fomento de Inversiones y Exportaciones del MIFIC.

10. Proceso para registro de Planta Fabricante de Insumos Pecuarios.

De conformidad a lo establecido en los Artos 38, 39, 49, 50 de la Ley No. 291 Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal y el arto 63 y 64 del Reglamento de la misma ley. Así como los artos 11, 12, 25, 42 y demás relativos del Reglamento de la Ley No. 274 Ley Básica para la Regulación y Control de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras Similares. Se establecen los siguientes requisitos para la inscripción como Fabricantes de Insumos Pecuarios.

  • 1. Carta de solicitud de registro de la planta, dirigida al Director de Salud Animal (DISAAN) del MAGFOR, Dr. Marvin Rodríguez

  • 2. Copia de la cédula de identidad..

  • 3. Nombre, dirección, Número RUC, teléfonos, correo electrónico del interesado.

  • 4. Acta de constitución de la empresa, copia certificada por Notario.

  • 5. Ubicación y dirección exacta de la planta formuladora, bodegas, centros de distribución o expendios, almacenes y sucursales.

  • 6. Acreditación del Representante Legal, en su caso, firmado por quien ostenta el Poder General de Administración. El representante legal debe residir en Nicaragua.

  • 7. Las plantas que elaboran alimentos para autoconsumo, deben presentar una declaración jurada ante notario, sobre la naturaleza de su actividad.

  • 8. Inscripción del Regente: Profesional graduado en Medicina Veterinaria, Zootecnia, Nutricionista Animal, Biólogo o profesional afín con especialidad en nutrición animal, con conocimientos fundamentales de las propiedades físico químicas, y del uso a que estén destinados los alimentos balanceados, materias primas y sales minerales.

  • 9. Informe técnico descriptivo sobre:

  • a. Proceso de producción y/o fabricación (Diagrama de Flujo del proceso)

  • b. Especificar si la planta cuenta con líneas separadas para la producción de alimentos para bovinos (si aplica)

  • c. Especificar el procedimiento de flushing o blanqueo en plantas que no tienen líneas separadas.

  • d. Diseño de plantas (croquis de las instalaciones), equipos, procesos, métodos y materiales.

  • e. Sistema de empaque, reempaque o reenvase y almacenamiento.

  • f. Descripción de las instalaciones y equipos de almacenamiento.

  • g. Volúmenes de producción

  • h. Manejo y disposición final de los desechos de los productos y sustancias.

  • i. Sistema de transporte.

  • j. Manejo y ubicación de plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares.

  • 10. Manual de procedimiento para el saneamiento del establecimiento.

  • 11. Plan de control de plagas y diagrama de ubicación de trampas.

  • 12. Plan de emergencia ante desastres. Este documento deberá ser elaborado por la empresa.

  • 13. Informe sobre la metodología de análisis y control de calidad de las materias primas y los productos elaborados.

  • 14. Listado de los productos que elaboran por nombre comercial

  • 15. Inspección oficial del MAGFOR a las instalaciones de la planta.

  • 16. Programa de Higiene y Seguridad Ocupacional, avalado por el Ministerio del Trabajo.

  • 17. Dictamen de impacto ambiental emitido por el MARENA.

  • 18. Licencia sanitaria emitida por el MINSA

  • 19. Matrícula de la Alcaldía

  • 20. Arancel por inscripción MAGFOR de $ 10.00 (Diez dólares netos)

11. Proceso para Inscripción de Regentes

  • 1) Carta de solicitud dirigida a: Dr. Marvin Rodríguez, Director de Salud Animal DISAAN / DGPSA / MAG FOR.

  • 2) Nombre, dirección, copia de cédula de identidad y número RUC del interesado.

  • 3) Currículum Vitae. Presentar título profesional en original y copia, certificados por las autoridades universitarias correspondientes y para el caso de títulos de universidades extranjeras, deben ser debidamente autenticados por las autoridades consulares.

  • 4) En el caso de los profesionales veterinarios, adjuntar copia de constancia de registro como médico veterinario, emitida por la Dirección de Salud Animal del MAG-FOR.

  • 5) Pago de aranceles correspondientes. ($ 10.00 Dólares americanos)

  • CAPÍTULO

Finanzas

5.1 OBJETIVOS FINANCIEROS

Corto Plazo

Determinar la aportación de los socios y el financiamiento requerido para cubrir la inversión inicial.

Establecer los gastos, costos variables, costos fijos y costos de producción

Determinar el flujo de efectivo.

Mediano Plazo

Proyectar flujos de efectivos y estados financieros (Balance General y Estado de Resultados) para los primeros cinco años del proyecto.

Evaluar las operaciones con los indicadores proporcionados por el estudio financiero.

Largo Plazo

Revisar y verificar todas las proyecciones financieras y costos empresariales.

  • CATÁLOGO DE CUENTA

El Valor actual neto cuyo acrónimo es VAN, es un procedimiento que permite calcular el valor presente de un determinado número de flujos de caja futuros, originados por una inversión. La metodología consiste en descontar al momento actual; es decir, actualizar mediante una tasa todos los flujos de caja futuros del proyecto. A este valor se le resta la inversión inicial, de tal modo que el valor obtenido es el valor actual neto del proyecto.

Consiste en determinar la equivalencia en el tiempo 0 de los flujos de efectivo futuros que genera un proyecto y comparar esta equivalencia con el desembolso inicial; cuando dicha equivalencia es mayor que el desembolso inicial, entonces, es recomendable que el proyecto sea aceptado.

En el caso de CONANIC S.A. el VAN es mayor a la inversión inicial del proyecto, además es mayor a 0; por lo tanto el proyecto debe ser aprobado.

Por otro lado otro indicador como es la tasa interna de retorno o tasa interna de rentabilidad (TIR) de una inversión, está definida como el promedio geométrico de los rendimientos futuros esperados de dicha inversión, y que implica por cierto el supuesto de una oportunidad para reinvertir.

Se utiliza para decidir sobre la aceptación o rechazo de un proyecto de inversión; para ello, la TIR se compara con una tasa mínima o tasa de corte, si la tasa de rendimiento del proyecto expresada por la TIR supera la tasa de corte, se acepta la inversión; en caso contrario, se rechaza.

Para el proyecto CONANIC S.A. la tasa de corte será la del costo de capital, al compararlo con la TIR se demuestra que es el proyecto puede ser aceptado ya que es mayor que el costo de capital.

Por ultimo el Periodo de Recuperación de la Inversión, es un instrumento que permite medir el plazo de tiempo que se requiere para que los flujos netos de efectivo recuperen su costo o inversión inicial.

Por su facilidad de cálculo y aplicación, el Periodo de Recuperación de la Inversión es considerado un indicador que mide tanto la liquidez del proyecto como también el riesgo relativo pues permite anticipar los eventos en el corto plazo. Lo anterior deja ver que entre más corto sea el periodo de recuperación mejor será para los inversionistas.

Las principales desventajas que presenta este indicador es que ignora los flujos netos de efectivo más allá del periodo de recuperación; sesga los proyectos a largo plazo que pueden ser más rentables que los proyectos a corto plazo; ignora el valor del dinero en el tiempo cuando no se aplica una tasa de descuento o costo de capital. Estas desventajas pueden inducir a los inversionistas a tomar decisiones equivocadas.

El Periodo de Recuperación de la Inversión para el Proyecto CONANIC S.A será de 2.10 años.

5.7 ESTADO DE RESULTADO PROYECTADO

5.8 BALANCE GENERAL PROYECTADO

Anexos

#1 Plantación de Moringa

edu.red

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#2 Planta Escuela Alimentos Balanceados (UNA)

edu.rededu.red

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#3 Harina de Moringa

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#4 Peletizadora

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#5 Equipo de Trabajo

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REGLAMENTO TÉCNICO RTCA 65.05.52:11

CENTROAMERICANO

PRODUCTOS UTILIZADOS EN ALIMENTACION ANIMAL Y ESTABLECIMIENTOS. REQUISITOS DE REGISTRO SANITARIO Y CONTROL

CORRESPONDENCIA: Este Reglamento no tiene correspondencia con ninguna norma internacional.

ICS 65.120 RTCA 65.05.52:11

Reglamento Técnico Centroamericano, editado por:

  • Ministerio de Economía, MINECO

  • Organismo Salvadoreño de Reglamentación Técnica, OSARTEC

  • Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC

  • Secretaría de Industria y Comercio, SIC

  • Ministerio de Economía Industria y Comercio, MEIC

A.1 FORMULARIO DE SOLICITUD DE REGISTRO DE PRODUCTOS UTILIZADOS EN LA ALIMENTACION ANIMAL.

  • 1. Nombre del Producto: Nombre comercial del producto a registrar.

1.1 Número de Registro Asignado (uso oficial exclusivo) ____________________

  • 2. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO SOLICITANTE

2.1 Nombre o razón social:

2.2 Domicilio:

2.3 Forma de comunicación: Teléfono, fax o e-mail.

2.4 Número de Licencia emitido por la Autoridad Competente:

2.5 Nombres y apellidos del Responsable Técnico:

2.6 Profesión:

2.7 Identificación profesional:

2.8 Representante Legal:

2.9 Identificación:

  • 3. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO ELABORADOR

3.1 Nombre o razón social:

3.2 Domicilio:

3.3 Número de Registro oficial:

3.4 Nombres y apellidos del Responsable Técnico:

3.5 Profesión:

3.6 Identificación profesional:

3.7 País de origen del producto Estado, Ciudad:

  • 4. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO IMPORTADOR

4.1 Nombre o razón social:

4.2 Domicilio:

4.3 Número de Registro oficial:

4.4 Nombres y apellidos del Responsable Técnico:

4.5 Profesión:

4.6 Identificación profesional:

4.7 País de origen del producto Estado, Ciudad:

  • 5. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO REEMPACADOR (cuando aplique)

5.1 Nombre o razón social:

5.2 Domicilio:

5.3 Número de Licencia Oficial:

5.4 Nombres y apellidos del Responsable Técnico:

5.5 Profesión:

5.6 Identificación profesional:

5.7 País de origen del producto, Estado, Ciudad:

  • 6. OBSERVACIONES:
  • 7. DATOS DEL PRODUCTO:

7.1 CARACTERÍSTICAS FÍSICAS DEL PRODUCTO (harina, pellets, gránulos, líquido, otros).

7.2 PRESENTACIONES:

7.3 MATERIAL DE EMPAQUE:

7.4 INDICACIONES DE USOࠨEspecies, edades, etapas de desarrollo y finalidad del uso).

7.5 VIDA ÚTIL DEL PRODUCTO:

Se adjuntan a esta solicitud los requisitos de registro establecidos en este reglamento.

Toda la información que se adjunta a esta solicitud, es parte integral de la misma.

Declaramos que la información presentada es verdadera y toda alteración o información falsa, invalida esta solicitud, sin menoscabo de la responsabilidad penal que ello implica.

—————————————ࠠࠠࠠࠠࠠࠠࠠ—————————————

Firma࠹࠳ello ࠠࠠࠠࠠࠠࠠࠠࠠ Firma࠹࠳ello࠼/font>

Responsable Técnicoࠠࠠ Propietario o Representante Legal ࠠࠠࠠࠠࠠࠠࠠࠠࠠ

Lugar y Fecha

 

 

 

Autor:

Edgard Rivas Bejarano

edu.rededu.red

Partes: 1, 2
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