- Introducción
- Marco conceptual de referencia
- Estudio del caso: Presentación y descripción
- "El caso Anzaldo" y la violencia de género
- Las intervenciones en el caso Anzaldo
- El imaginario social sobre los victimarios y sobre las víctimas de abusos
- Conclusiones y reflexiones finales
- Bibliografía
- Anexo: Un epílogo en clave de los derechos de las mujeres
Introducción
Las estadísticas sobre violencia contra las mujeres en Argentina indican que el 25% de las mujeres es víctima de violencia y que el 50% pasará por alguna situación violenta en algún momento de su vida. Los autores de la violencia contra las mujeres son casi exclusivamente hombres y, en su mayoría, cercanos a la víctima[1]
Los datos nos dan una aproximación a la dimensión del problema, aunque no reflejan la totalidad de la situación: miles de mujeres mueren, son golpeadas o abusadas todos los años en Argentina, pero no se sabe exactamente cuántas ni en qué circunstancias ya que las estadísticas a nivel nacional o provincial no existen o están dispersas.
El hecho de que la mayoría de los estudios, para tratar de indagar la dimensión del problema de la violencia de género, no sean oficiales implica que no hay una política de estado referida a este tema. La paradoja se plantea en la sanción de numerosas normativas -a partir del marco internacional- que buscan la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer. La realidad muestra que todavía no se logra un correlato en el ámbito de las prácticas y las políticas públicas.
En este trabajo, pretendo introducirme en el análisis del tema de la violencia de género para procurar explicar y reflexionar acerca de las características que asume en contextos y situaciones específicas. Entiendo que es en estos ámbitos en que la complejidad del tema se revela.
Así como el caso Muñiz[2]ocurrido en febrero de 1988, fue paradigmático en términos de poner en la agenda pública la existencia de la violencia de género, el denominado "Caso Anzaldo" deviene en referente para el Alto Valle de las provincias de Río Negro y Neuquén, en tanto expresión de esa violencia y visibilización de los mecanismos de poder que intervienen en la misma.
Carlos Anzaldo se desempeñaba como ginecólogo y profesor de Biología en la ciudad de Cinco Saltos[3]provincia de Río Negro. En el año 2006 es denunciado por una de sus alumnas por violación. Al hacerse pública la denuncia, otras jóvenes de la localidad se animan a relatar y denunciar que también habían sido abusadas y violadas por el médico.
La violencia de género no tiene una manifestación única sino que es abarcativa de múltiples y heterogéneas problemáticas como la violación, el maltrato, el abuso sexual, entre otras.
El caso Anzaldo es un caso de violación, expresa en sí mismo todas las características de la violencia de género e interpela las dimensiones sociales, culturales y políticas que intervienen en el abordaje de este tema. La identificación y análisis de estas y otras interpelaciones es uno de los propósitos del presente trabajo. Así buscaré indagar acerca de la relación entre el caso Anzaldo, como expresión de situaciones de violencia contra las mujeres, y la cultura patriarcal; las intervenciones que se generaron tanto desde lo jurídico como desde lo educativo y lo social, incluido el papel de los movimientos de mujeres y, por último, los mecanismos que intervienen en la construcción del imaginario social sobre el abuso sexual, las víctimas y el victimario.
Planteo como objetivos que orientarán el trabajo a realizar:
Analizar los múltiples entrecruzamientos que se dan entre poder y violencia de género y la particular configuración que asume en el caso Anzaldo.
Visibilizar el grado de arraigo que tiene la ideología patriarcal en la vida cotidiana de las comunidades y hacer conscientes sus consecuencias para la vida de las mujeres.
Reivindicar el papel de las víctimas al denunciar como instrumento viabilizador del empoderamiento y la promoción de la sororidad y el "affidamiento" entre mujeres.
Identificar las distintas prácticas y discursos que se generan a partir de las denuncias de violencia de género para analizar si las intervenciones que se dan son respetuosas de los derechos de las mujeres.
Estos objetivos pretenden articularse con algunos interrogantes:
¿Cuáles fueron las características sobre la violencia contra las mujeres que se expresan en el caso Anzaldo?
¿De qué manera se manifiesta el "mandato" viril de violación?
¿Qué tipo de intervenciones se generaron en las áreas judiciales y educativas? ¿Con qué objetivos?
¿Cuál fue el papel de los movimientos de mujeres en esta situación?
¿De qué manera y mediante qué mecanismos el "caso Anzaldo" interpela el imaginario social sobre el abuso sexual, las víctimas y los victimarios?
El trabajo a realizar utiliza como metodología el estudio de caso, desde una perspectiva integradora y como una estrategia para ordenar y presentar la información sobre la temática elegida. Se parte de la idea que es posible conocer un fenómeno partiendo de la explicación intensiva de un solo caso (Becker, 1979:384).
Para el desarrollo, el estudio del caso se articulará con el análisis e interpretación de material teórico pertinente y que aborde las problemáticas a tratar. También se recurrirá al estudio de documentos jurídicos, como el fallo-sentencia del juicio de Anzaldo; y documentación variada (notas, informes, cartas) del archivo personal de miembros del Grupo de Apoyo a Víctimas de Abusos y Violaciones de Cinco Saltos. Por último, se incorporará el análisis de material periodístico publicado, fundamentalmente del Diario Regional "Río Negro".
Pretendo poner en práctica un enfoque de género en el análisis a realizar, lo cual implica el reconocimiento de las relaciones de poder que se dan entre los géneros y -en este caso- su influencia en las situaciones de violencia contra la mujer. Las relaciones de poder deben entenderse como constituidas social e históricamente, atravesando todo el entramado social y articulándose con otras relaciones sociales (Gamba, 2009: 122).
Desde este enfoque se utiliza a la categoría de género como una categoría transdisciplinaria que desarrolla un enfoque globalizador y que "remite a los rasgos y funciones psicológicos y socioculturales que se atribuye a cada uno de los sexos en cada momento histórico y en cada sociedad" (Ibid: 121). También se apelará a otros conceptos claves de la teoría feminista como los de patriarcado, androcentrismo y sexismo, introduciéndolos como herramientas de análisis del tema elegido.
Marco conceptual de referencia
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer, conocida como Convención de Belem do Pará, es un acuerdo vinculante entre los Estados, reconocida como paradigmática en el tema de la Violencia de Género. Adoptada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos el 9 de junio de 1994 y ratificada por la Argentina el 5 de julio de 1996, fue convertida en Ley Nacional: la N° 24.632.
Su importancia radica en que define la violencia contra la mujer desde una perspectiva de género, incluyendo la violencia física, psicológica y sexual, perpetrada en cualquier ámbito. Contempla, además, la violencia por omisión del Estado:
"Art. 1° (…) debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer tanto en el ámbito público como en el privado.
Art. 2° Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica (…) comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, dondequiera que ocurra" [4]
A mi criterio, el mérito de esta normativa se halla en que no focaliza sólo en la violencia a través de la fuerza física, al enumerar las otras formas de violencia e incluir la violencia simbólica permite visibilizar aquellas que se ejercen por imposición social o por presión psicológica cuyos efectos producen tanto o más daño que la acción física.
Entre las distintas formas de violencia, se ubica la violación sexual que es considerada como "todo acto sexual ejercido por una o varias personas -generalmente hombres- en contra del deseo y la voluntad de otra -generalmente mujer o niña/o-, que se realiza con o sin violencia física (…) Para lograr estos fines se suele utilizar la intimidación, la fuerza y amenazas de un daño inmediato a la integridad personal, a la propia vida, a la subsistencia o al bienestar propio o de los allegados" (Velázquez, 2003: 83).
Una definición – según Susana Velázquez -además de descriptiva debe tener un alcance explicativo, es decir debe permitir indagar acerca de qué es la violencia de género y por qué se ejerce mayoritariamente sobre las mujeres. Por esta razón, para esta autora, "la violencia (…) es inseparable de la noción de género porque se basa y se ejerce en y por la diferencia social y subjetiva entre los sexos" (Ibid:28).
La afirmación de la autora mencionada, implica asumir una concepción no esencialista de la diferencia sexual o sea, entender lo femenino y lo masculino no como hechos naturales o biológicos sino como construcciones culturales. Así, la categoría de género permite visibilizar el conjunto de ideas, representaciones, prácticas y prescripciones sociales que se desarrollan culturalmente para simbolizar lo que se considera "propio" de los hombres (lo masculino) y lo que es "propio" de las mujeres (lo femenino)[5]. Al decir de Nash[6]el concepto de género va a situar a la organización sociocultural de la diferencia sexual como eje central de la organización política y económica de la sociedad. Al estar asentada en representaciones arquetípicas que buscan reproducir determinados roles, su principio fundante es la desigualdad ya que establece una jerarquía entre los géneros, ubicando en una situación privilegiada y dominante al masculino en detrimento de las mujeres.
"Esta desigualdad es una de las causas centrales de la violencia" (Veláquez, 2003:28). Como elemento central de dicha desigualdad, emerge el poder como control diferenciado en las relaciones sociales.
Articulando estas dimensiones, podríamos decir que la violencia, el poder y los roles de género son los pilares en los que se sostiene la jerarquización patriarcal.
El patriarcado ha sido definido por numerosas autoras. Rescato las afirmaciones de Victoria Sau, Leda Gerner, Carole Paterman y Luce Irigaray:
"Una toma de poder histórica por parte de los hombres sobre las mujeres cuyo agente ocasional fue el orden biológico, si bien elevado este a la categoría pública" (Victoria Sau).
"La manifestación e institucionalización del dominio masculino sobre las mujeres en la familia y en la sociedad" (Leda Gerner).
"Un pacto desigual e implícito entre hombres y mujeres. El patriarcado nos permite entender la subordinación social y el "desorden simbólico" en que vivimos las mujeres en cualquier época histórica de predominio masculino" (Carole Paterman).
"Los regímenes patriarcales no sólo son reguladores de la producción económica sino también de la producción lingüística, conceptual y cultural que se legitima "en el nombre del padre" otorgándole autoridad y poder" (Lucy Irigaray)[7].
Desde mi punto de vista, estas definiciones resultas descriptivas y explicativas acerca del patriarcado como sistema opresivo hacia las mujeres. En tanto sistema, los procesos históricos que posibilitaron su constitución como tal, ubican lo biológico como base de una relación desigual entre los sexos, hecho que se estructura y reproduce a través de las instituciones de la sociedad. Ahí se hace visible lo público que plantea Sau.
Para sostenerse, el patriarcado requiere de ese pacto desigual que enuncia Paterman y que no es otra cosa que, al decir de Celia Amorós, la "fatria como grupo juramentado" entre varones que los capacita para dominar a las mujeres. La dominación se ejerce a través de las relaciones de poder y subordinación y, al institucionalizarse (Gerner), promueven una naturalización de estas relaciones.
Para que esta naturalización sea funcional al patriarcado debe, además, regularse a través de los discursos y las prácticas (Irigaray). Son estos mecanismos los que dificultan la visibilización de la violencia que se ejerce contra las mujeres.
De una manera amplia e integradora desde lo conceptual, podemos completar a lo ya definido sobre el patriarcado, su consideración como "un sistema de relaciones sociales sexopolíticas basadas en diferentes instituciones públicas y privadas y en la solidaridad interclase e intergénero (…)" (Fontenla, 2009: 260).
El patriarcado como categoría conceptual puede también ser explicado mediante otras categorías como el androcentrismo y el sexismo.
El androcentrismo, según Nuria Varela (2005), supone un enfoque desde la perspectiva masculina únicamente y la utilización posterior de los resultados como válidos para la generalidad de los/as individuos/as; como tal resulta distorsionador de la realidad porque sólo tiene una visión: la del varón, debido a que el mundo se define como masculino.
El sexismo, según la Prof. María Eugenia Fernández Fraile[8]es el conjunto de todos y cada uno de los métodos empleados en el seno del patriarcado para poder mantener en situación de inferioridad, subordinación y explotación al sexo dominado: el femenino. El sexismo abarca todos los ámbitos de la vida y de las relaciones humanas.
Podríamos decir, entonces, que el patriarcado y sus complementos -androcentrismo y sexismo- se constituyen en los pilares teóricos que permiten analizar y explicar, por un lado, la desigual distribución de poder entre hombres y mujeres, y por otro lado, cómo la misma se expresa en las diversas situaciones de violencia de género.
Estas conceptualizaciones -entre otras- se organizan como un nuevo marco de referencia que posibilitan una nueva visión, una nueva interpretación de la realidad y su resignificación. Es la teoría feminista, como teoría crítica de la sociedad, la que la hace posible ya que se erige como compromiso práctico y como compromiso emancipatorio. En este sentido, al decir de Diana Maffia (s/f), el Feminismo se asume como posición política que acepta un enunciado descriptivo, uno valorativo y uno práctico. Como descripción, una realidad: las mujeres están peor que los varones. La prescripción como afirmación valorativa implica entender que esto no debiera ser así. Por último el enunciado práctico remite a la obligación moral de comprometer acciones para evitar que esto siga así y colaborar para que cambie.
Históricamente el movimiento feminista ha denunciado la violencia contra las mujeres. Las primeras denuncias, según Ana de Miguel [9]aparecen en el siglo XIX.
Desde Flora Tristán, quien en su célebre obra "Unión Obrera" de 1834, argumentaba que la desigualdad sexual produce violencia en el hogar; pasando por las feministas de la denominada "primera ola" (1850-1950) que consideraban que la "brutalidad masculina" era una cuestión candente y lucharon por el reconocimiento de ese problema, y llegando a las feministas del siglo XX con el movimiento de liberación de las mujeres, iniciado en la década de 1960 que denunciaron la violencia de tipo sexual; podríamos decir que el camino histórico recorrido por los grupos de mujeres ha contribuido a la consideración de la violencia contra las mujeres no como un problema personal sino como un problema social estructural cuyo origen está en el patriarcado y cuya finalidad es mantener la situación de desigualdad (Pérez & Bosch Fiol, 2007).
En Argentina fue el asesinato de Alicia Muñiz a manos de su ex marido, el otrora boxeador Carlos Monzón, ocurrido en febrero de 1988, el hito que pone en la arena social y política la existencia de la violencia de género. En ese entonces no existía en nuestro país un marco legal específico para tipificar, investigar y castigar estas violencias.
Según la periodista Soledad Vallejos (2008), "a la luz de las revelaciones de la investigación, la conmoción fue contundente: a nivel nacional se triplicaron los pedidos de auxilio de mujeres víctimas de violencia y algo similar ocurrió con las denuncias policiales; se comenzaron a diseñar protocolos de atención y capacitación para miembros de la policía y la Justicia; la provincia de Buenos Aires inauguró las Comisarías de la Mujer; en diarios y revistas se multiplicaron las notas sobre "la mujer golpeada", que -constantemente- se esmeraban en desmontar la presunción de que las víctimas no permanecen al lado de sus victimarios porque sienten placer con la violencia, un mito que todavía puede escucharse como broma en las mañanas tan pobladas de señores graciosos de radio".
A pesar del reconocimiento del problema, no podríamos decir que el redescubrimiento de la violencia tenga su correlato en prácticas efectivas. Aún falta un largo camino para andar en pos del logro de políticas públicas y medidas positivas para un abordaje integral de la problemática.
Otros casos resonantes, como el de Nora Dalmasso, María Marta García Belsunce y Rosana Galliano, entre otros, evocan nombres que -al decir de la periodista Soledad Vallejos (Ibid) – saturaron las crónicas periodísticas sembradas de lecturas prejuiciosas y tan violentas como los episodios que terminaron por matarlas. El hecho de que ante los numerosos casos de mujeres golpeadas, violadas, asesinadas, no se pueda pensar a los mismos desde la violencia de género, reafirma las deudas pendientes en este tema.
Estudio del caso: Presentación y descripción
Jueves 18 de marzo de 2006; 10hs, clase de Biología, cuarto año, Centro de Educación Media Nº 72 de Cinco Saltos. El profesor: Carlos Anzaldo, reconocido ginecólogo de la localidad, comienza la clase "como siempre" haciendo bromas[10]"necesitaría un cuerpo para explicar (…), ¿podrías pasar al frente y sacarte la ropa?"[11].
Una de las estudiantes de la clase sale corriendo, está llorando. Es Jorgelina Cuevas. Su amiga, Iris, sale detrás.
Minutos después están en el taller que la profesora Silvia Inés Rovella dictaba sobre derechos humanos. Piden hablar con ella.
Posteriormente la docente redactaría -en un informe elevado a la dirección del establecimiento- el contenido de la conversación:
"Que el día 16 de febrero a las 17 hs. (Jorgelina) asiste a una consulta ginecológica con el Dr Carlos Anzaldo.
El doctor le explica que tiene un embarazo fuera de lugar, que él la podía ayudar y que él haría algo para solucionarle ese problema.
Ella expresa que nota una actitud extraña del doctor, pero sin que tuviera tiempo a reaccionar y estando en revisación ginecológica, la violó.
Que acaba de "escaparse" con su amiga Iris, porque tenía clases con él y no soportaba verlo, porque además se burlaba de ella"[12].
La profesora Silvia Rovella, la escuchó, la contuvo pero también asumiendo la responsabilidad que le cabe como docente, la animó a denunciar el hecho.
Al día siguiente, previa notificación a la dirección del establecimiento y al ETAP[13]la profesora cita a los padres de la estudiante, ya que la misma le había solicitado ayuda para decirles lo sucedido porque ella no se había animado.
Nora Salas, mamá de Jorgelina, recordaría ese momento tiempo después en una entrevista:
"Nora Salas: -El 17 de marzo me citaron en el colegio. Nunca me habían llamado. Con mi marido (Antonio Cuevas) no pudimos dormir. Hasta pensamos que mi hija estaba embarazada. Cuando llegamos nos dicen: "Hay cosas que ocurren en la vida, hay que tomárselo con calma y no hacer locuras"[14].
A pesar del shock traumático recibido al saber que su hija había sido violada por Anzaldo, los padres deciden radicar la denuncia inmediatamente. La misma recae en el Juzgado de Instrucción N° 25 de la ciudad de Cipolletti a cargo del Dr Guillermo Baquero Lascano y fue caratulada "Anzaldo Carlos Alberto S/Abuso Sexual".
Paralelamente, el papá de Jorgelina envía una nota a la Directora del CEM 72, Sra Miriam Radonich, pidiendo su intervención para
"…garantizar el derecho de mi hija a asistir a la escuela protegiéndola de seres como este Sr Anzaldo (…) exijo que se aleje a este "profesor" de mi hija y del resto de los alumnos, este hombre no puede pisar más esa escuela ni ninguna otra"[15].
La intervención desde lo educativo es uno de los puntos que merece un análisis exhaustivo, y en este trabajo pretendo abordarlo, vale en esta primera descripción de la sucesión de hechos mencionar que:
A partir de la denuncia, la estudiante dejó de ir a la escuela
Cuando intentó volver, recibió burlas y amenazas de algunos/as estudiantes y reacciones negativas y de indiferencia por parte de algunos/as profesores/as, lo que finalmente derivó en su abandono.
Anzaldo vive frente al CEM 72 y su esposa también es docente en el establecimiento
Para las autoridades de la escuela y del Consejo Provincial de Educación, el "hecho había pasado puertas afuera" del establecimiento y se debía encargar la justicia.
Merced al accionar de un grupo de profesores/as del establecimiento, se logra promover "Sumario Administrativo Pedagógico" por "Presunta inconducta incurrida por el docente Anzaldo, Carlos con una alumna fuera del ámbito escolar" procediendo a "Separar(lo) transitoriamente de los cargos que desempeñe[16]
Mientras en lo judicial, la denuncia seguía la etapa de instrucción, se realiza el primer "escrache" público contra Anzaldo.
Así describía el diario "Río Negro" lo sucedido:
"CINCO SALTOS (ACS).- Medio centenar de mujeres vestidas de negro, con pancartas y rostros cubiertos con máscaras, protagonizaron ayer un "escrache" callejero que duró casi una hora frente a la casa particular y en el lugar de trabajo de un médico que está acusado de haber violado a una menor en el consultorio" [17]
El escrache sirvió para hacer público el hecho. Esto sumado a la decisión de Jorgelina y sus padres de continuar con la denuncia, animó a otras mujeres a relatar situaciones similares con Anzaldo. Así, la etapa de instrucción judicial incorpora varios testimoniales, algunos por el tiempo transcurrido no pueden configurarse como denuncia y son valorados en la certificación actuarial como "antecedentes". Pero dos relatos sí son incorporados como denuncias: el de María Florencia Lezcano (por un hecho acaecido en octubre de 1997) y el de Norma Edith Reyes (por un hecho acaecido entre los meses de noviembre y diciembre de 2001).
La causa contra Anzaldo sumaba tres denuncias y varios testimonios de episodios de contenido sexual, acontecidos en su consultorio médico. ¿Modus operandi de un violador serial?
El jueves 27 de abril de 2006, bajo el lema "Cinco Saltos, cuida a tus hijos/as", se realiza la Primera Marcha Pacífica. Las consignas de la movilización son "Basta de abusos y violaciones. Basta de una justicia lenta que beneficia a los victimarios. Basta de abusadores en las escuelas". El grupo de personas que acompañó desde el primer momento a Jorgelina Cuevas, se constituye como "Grupo de apoyo a víctimas de abusos y violaciones de Cinco Saltos".
El 9 de mayo de 2006, Carlos Anzaldo es detenido y alojado en la comisaría local y el viernes 26 de mayo del mismo año el juez Guillermo Baquero Lazcano lo procesa y dicta la prisión preventiva del ginecólogo por considerarlo presunto autor del delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por ser el encargado de la educación reiterado (dos hechos)". En el auto de procesamiento el juez tomó en cuenta, además de la denuncia penal, la investigación realizada que había sumado los casos similares de otras mujeres que se animaron a relatar presuntos abusos cometidos por Anzaldo. Pero sobre todas las pruebas se valoró el testimonio que brindó la adolescente. Decía el juez ese día:
"Le he creído a la víctima. Su versión está reforzada por un muy buen informe del psicólogo forense que corrobora en principio los hechos que habría padecido esta joven (…) He resuelto de acuerdo a mis convicciones y a la prueba que había"[18]
Luego del procesamiento, Carlos Anzaldo decide cambiar a sus abogados defensores y designa a los abogados Oscar Raúl Pandolfi y Gustavo Palmieri, quienes apelan tanto el procesamiento como la prisión preventiva.
El sábado 13 de mayo los/as hijos/as de Anzaldo convocan y llevan adelante una "contramarcha" para apoyarlo y pedir su libertad. La misma no es publicitada, es convocada de "boca en boca" y mediante panfletos que circulan casi en secreto. No se invita a los medios, a pesar de ello algunos, como Diario "Río Negro" y "Canal 26" asisten aunque tanto los/as hijos/as de Anzaldo como los/as convocantes a la marcha se niegan a hacer declaraciones. El clima de la jornada se vio enrarecido desde temprano ya que, por la mañana, Cinco Saltos fue invadida por unos panfletos -que eran en realidad fotocopias del expediente- con la denuncia de Jorgelina. En el mismo, se habían seleccionado partes de la denuncia, se cubrieron los datos correspondientes al victimario pero dejaron expuestos todas las referencias correspondientes a la joven (nombre, apellido, domicilio, detalles sobre la violación, etc.). En ese momento, Jorgelina era menor de edad por lo que sus padres, mediante el abogado querellante, denunciaron el hecho y presentaron un escrito ante el juez para solicitar que cese la violación de reserva que debe tener la causa que involucra a una menor.
El grupo de Apoyo a víctimas de abusos y violaciones de Cinco Saltos convoca a una Segunda Marcha con el lema "No al silencio, No al encubrimiento, No más abusos ni violaciones en Cinco Saltos. Justicia!". La misma se realiza el 17 de junio de 2006 y el recorrido incluye el Colegio Médico de la localidad y la comisaría. En el primer lugar, se denuncia -mediante una pancarta- que médicos de esa institución estarían financiando los honorarios de los abogados defensores de Anzaldo. En la comisaría, lugar donde estaba detenido el ginecólogo, se lee y entrega una nota que comienza con una pregunta: "¿Hay presos con privilegios en la Comisaría (7°) de Cinco Saltos?". El interrogante recoge la preocupación de los/as familiares de las víctimas de Anzaldo y los/as integrantes del Grupo de Apoyo frente a los comentarios del tratamiento privilegiado que recibiría el ginecólogo en esa unidad policial.
El 14 de julio de 2006, la Cámara Tercera en lo Criminar integrada por los Jueces Aldo Rolando, Carlos Vila y Fernando Sánchez Freytes confirman, por unanimidad, el procesamiento de Anzaldo y revocan, por mayoría (el voto en contra fue el del juez Sánchez Freytes), la prisión preventiva. El ginecólogo esperaría el juicio en libertad.
Una situación agravante al hecho de estar libre y en su domicilio habitual (frente al CEM 72, donde asistían algunas de las adolescentes que habían prestado testimonio en su contra y las profesoras que acompañaron la denuncia), lo constituye su reinserción en su actividad como ginecólogo. Anzaldo seguía atendiendo en el mismo consultorio donde -se denunciaba- había violado a las adolescentes. Esto generó innumerables presentaciones de los/as familiares y del Grupo de Apoyo, los planteos eran en dos sentidos:
Por un lado, se exigía seguridad y protección tanto para las víctimas, los/as testigos como para las profesoras del CEM 72 que las/os acompañaban. El pedido se fundamentaba en las denuncias sobre amenazas y agresiones de Anzaldo, su esposa e hijos/as que habían sido presentadas ante la fiscalía[19]
Por otro lado, se pedía la suspensión de la matrícula del ginecólogo por considerar una "falta de ética que un médico procesado por la justicia por violación a una menor, y con más causas del mismo tenor en período de instrucción, siga ejerciendo su profesión: mirar y tocar las partes íntimas de las mujeres, en el mismo consultorio donde se lo acusa de llevar a cabo las violaciones y abusos"[20].
Las gestiones del Grupo de Apoyo -con ambos pedidos- se realizaron ante el Secretario de Seguridad y Justicia de la Provincia, Miguel Ángel Bermejo (18/07/06), ante el mismo Sanatorio "Cinco Saltos" (8/08/06) y en el Concejo Deliberante de la localidad (9/08/06).
Como producto de las acciones anteriores, el 29 de diciembre de 2006, la presidente del Consejo Provincial de Salud Pública, Cra Adriana Gutiérrez, firma la Resolución 7300/06 por la que se suspende preventivamente la matrícula profesional de Carlos Anzaldo. En los considerandos, la resolución expone, como argumento de tal decisión, la Ley 3338 que regula el ejercicio de las profesiones de salud y que en su artículo 14 dice: "El Consejo Provincial de Salud Pública estará facultado para suspender o inhabilitar preventivamente para el ejercicio de las profesiones de salud, o actividades de apoyo, a las personas (…) judicialmente procesadas por delitos contra la honestidad (…)"[21].
A pesar de la disposición del Ministerio de Salud, Anzaldo continuó ejerciendo su profesión en el Sanatorio "Cinco Saltos". Su abogado, Oscar Pandolfi, presentó un recurso de amparo que fue resuelto -a su favor- por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia en marzo de 2007. En el fallo se dispone declarar la nulidad de la Resolución 7300/06 -MS- por "vicios procedimentales" ya que se considera que la acción de suspender la matrícula de Anzaldo "participa de la naturaleza del prohibimus (art. 45 C.P.), competencia exclusiva del Superior Tribunal de Justicia, conforme art. 41, inc. a, ap. 5° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley N° 2430"[22].
Finalmente, y luego de varias postergaciones, el 12 de septiembre de 2007, llegó el día del juicio.
Se trató de un juicio extenso que se prolongó por dos meses, culminando con la lectura de la sentencia el 2 de noviembre. Se plantearon un total de once audiencias (incluyendo los alegatos y la lectura de sentencia) y cuarenta y seis testigos, de los cuales prestaron testimonio treinta y nueve.
Para cada una de las audiencias, se dispuso un operativo policial y se cercó el juzgado con vallas para impedir que los/as integrantes del Grupo de Apoyo y otras organizaciones sociales y de mujeres se acercaran a la puerta del tribunal, hecho que en ningún momento se había pretendido hacer ya que el juicio era a puertas cerradas por tratarse de una menor de edad.
El operativo había sido solicitado por los abogados de Anzaldo, Pandolfi y Palmieri, y fue calificado por la prensa como "exagerado" y un desencadenante que "lo único que hizo fue provocar más a los referentes de distintas organizaciones que apoyaban a la víctima. Hubo insultos, forcejos, gritos y hasta agresiones"[23].
El juicio, el operativo policial y finalmente la sentencia tuvieron repercusiones nacionales: los principales diarios como "Clarín" y "Página 12", y canales de televisión de alcance nacional como Canal 23, Crónica, TN y América realizaron coberturas especiales.
La sentencia fue considerada un triunfo por las agrupaciones de mujeres: 10 años de prisión e inhabilitación por el mismo período tanto para ejercer la docencia como para trabajar en la medicina. Anzaldo fue inmediatamente detenido y trasladado a la Cárcel de encauzados de General Roca.
Actualmente se encuentra en espera que el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, resuelva el pedido de casación presentado por los defensores de Anzaldo. Al respecto, el 17 de febrero, la procuradora general de la provincia, Dra Liliana Piccinini, se expidió señalando el correcto accionar de los jueces, hecho que cuestionaba la defensa como excusa para anular el juicio. La procuradora dictamina que "no se advierte que el Tribunal haya obstaculizado el derecho a la defensa en juicio del imputado a lo largo del debate"[24].
"El caso Anzaldo" y la violencia de género
La violación de una adolescente suele ocupar algún espacio en las crónicas policiales de los medios periodísticos, a veces hasta logra un seguimiento a través del tiempo.
El caso Anzaldo despertó inmediatamente la atención pública y de los medios de comunicación. Sin embargo, no fue el hecho de violencia en sí lo que captó la atención pública sino quien era acusado del hecho: Carlos Anzaldo, prestigioso ginecólogo, accionista del principal Sanatorio Privado de Cinco Saltos, miembro de Club de Leones y profesor de biología en una escuela media de la localidad.
Parto del supuesto que, el patriarcado como un sistema de ordenación de la sociedad, actuó como el contexto para las acciones y actitudes frente a este hecho. Contexto que -en tanto engranaje cultural- no es imparcial ni neutro. En este sentido, el patriarcado representa esa falta de neutralidad con que se constituye la realidad social y expresa una carga de significación implícita. Mediante estos significados se tipifican realidades. Así como la pertenencia a una determinada clase social confiere mayor o menor "status", ser mujer o ser varón habilita o niega/censura/reprime discursos, acciones y actitudes.
Estas significaciones se instalan como norma y como deber ser. Las significaciones de ser mujer o ser varón que el sistema patriarcal prescribe son jerárquicas y desiguales, y si las cruzamos con el condicionante de clase, son además despóticas. Así, para la figura masculina, el prestigio alcanzado desde una determinada profesión conlleva cierta impunidad que protege a los violentos. En el caso Anzaldo, la profesión y "status" social del violador fue su escudo y le permitió durante más de veinte años[25]actuar con total impunidad. Anzaldo representa la reificación de la ideología patriarcal en prácticas y tradiciones ancladas en la vida cotidiana y el sentido común. Las mismas buscan ser naturalizadas ya que de este proceso depende el mantenimiento de la dominación y el poder.
"Todo sistema de dominación elabora una ideología que lo explica y justifica. Los niños y las niñas van absorbiendo e integrando en su psicología la tolerancia y el abuso masculino a través de mitos culturales que se encuentran repetidamente a lo largo de su vida. (…) Las niñas se identifican en roles sumisos respecto a lo masculino, y los niños tomas posiciones de supremacía como género privilegiado. Irán aprendiendo a justificar sus privilegios y el abuso que conlleven" (Varela, 2005:257).
Sostengo que, en el caso Anzaldo, se escenifican varios tipos de violencias ya que, a la explícita que es la violencia física a través del hecho de las violaciones, se suman las estructurales propias del sistema patriarcal que se visualizan en el particular entorno que configuró el desarrollo de este caso.
3.1. Reconceptualizando desde la perspectiva feminista
Es mi intención, en este apartado, intentar un análisis e interpretación de estas formas de violencia y, también, recuperando aspectos de los enfoque feministas, contribuir a una reconceptualización de las mismas.
Según Pintos y Tamayo (2009), la violencia contra las mujeres es estructuralmente normativa. Para entenderla debe analizarse en términos sistémicos. "Es el instrumento -el arma, mejor- habitual del patriarcado para mantener el poder y ejercerlo despóticamente sobre las personas que considera inferiores: las mujeres, las niñas y los niños"(Ibid).
El ejercicio del poder y la dominación masculina encuentra en el cuerpo de las mujeres su territorio y su afirmación. La violación de una mujer es la expresión de un principio del patriarcado que busca perpetuar la idea de que las mujeres son propiedad de los hombres, están a su servicio y no pueden decir que "NO". Por otro lado, pero en el mismo sentido, para sostenerse el patriarcado necesita tipificar y categorizar a las mujeres, así históricamente ha construido un estereotipo que las reduce a dos imágenes polarizadas y extremas: "santas" y "putas".
Para Adriana Rodríguez Durán (2006), la polarización vía exacerbación de los estereotipos, puede conducir a generar violencia contra las mujeres ya que, en cierto modo, activa los mecanismos para que la masculinidad hegemónica[26]ejerza comportamientos violentos hacia las mujeres para no ser tildados de "femeninos" por los otros varones.
La violación de una mujer hace emerger estos principios que, por acción de la ideología patriarcal, están naturalizados e invisibilizados. La frase "eso le pasa a las mujeres (…) tenés que perdonar y rezar" que un pastor evangélico le respondiera a una de las víctimas de Anzaldo cuando logra relatarle que había sido violada por el ginecólogo, es la expresión del primer principio: el cuerpo como una propiedad de la cual los hombres pueden disponer. Las calificaciones que Jorgelina recibe cuando hace la denuncia, "sucia"/ "puta"/ "atorranta", son las tipificaciones del estereotipo patriarcal que, por un lado, buscan desacreditar a la víctima oponiéndola a la imagen santificada de mujer, y por otro lado, promueven su culpabilización haciéndola responsable por la violación. Es el equivalente al "¿qué hiciste para provocarlo?".
Rita Laura Segato (2003: 3) dice que es en la descripción de algunos ejemplos paradigmáticos que la intimidad de los fenómenos se revela. En este sentido, el caso Anzaldo permite hacer visible el complejo entramado que constituye lo que esta autora denomina "Estructuras elementales de la violencia". Para Segato, son el sistema de status y el sistema de contrato propios del patriarcado los que producen y reproducen un mundo violento. En el sistema de status, basado en "la usurpación o exacción del poder femenino por parte de los hombres (garantizando) el tributo de sumisión, domesticidad, moralidad y honor,(…) se asienta la subjetividad de los hombres y es en esa posición jerárquica que llamamos "masculinidad", que su sentido de identidad y humanidad se encuentran entramados" (Ibid: 14).
El mandato moral y moralizador del patriarcado hacia los varones es claro: reducir y aprisionar a la mujer en una posición subordinada, por todos los medios posibles, recurriendo a la violencia sexual, psicológica y física, o manteniendo la violencia estructural. Sus efectos también son claros: un repetitivo ciclo de violencia. Se trata de toda una política que tiene como finalidad "atemorizar y confinar a las mujeres a un espacio físico y simbólico de subordinación y terror permanente"(Chejter, 2009:356).
Esta política configura un particular contexto comunicativo. Como los asesinatos de mujeres en ciudad de Juárez[27]podríamos decir que las violaciones en el "infierno grande de Cinco Saltos[28]representan "la violencia constituida y cristalizada en forma de sistema de comunicación"(Segato, 2006). Como acto comunicativo, los actos violentos tienen un emisor, un receptor y un mensaje. Si pensamos que el ginecólogo cincosaltense estuvo durante más de veinte años violando y abusando de jovencitas, el silenciamiento del "hecho comunicativo" de la/s violación/es encontró en el miedo y los prejuicios de clase un particular contexto de impunidad. Veamos cómo se manifiestan:
Hoy se sabe que hay víctimas que intentaron denunciar y en la comisaría local no registraron esa denuncia porque se trataba de "el doctor".
Una de las víctimas, cuyo abuso data de varios años atrás, para escaparse del abuso, estuvo a punto de tirarse de la ventana del consultorio médico de Anzaldo, en esa época ubicado en un primer piso y en pleno centro de Cinco Saltos. Por supuesto, nadie vio nada.
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