CONTABILIDAD DE LOS EGRESOS PRESUPUESTARIOS
Conjunto de cuentas, normas, metodologías, procedimientos y sistemas contables que registran pormenorizadamente el ejercicio del presupuesto y lo analiza a través de sus distintos estados de resultados y situación financiera. Los sistemas de contabilidad se diseñan y operan de tal forma que facilitan la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos, costos, gastos y avances en la ejecución de programas y en general permiten medir la eficacia y eficiencia del gasto público federal.
CONTABILIDAD DE VALOR CORRIENTE
Es la valuación de activos y la medición de ingresos en términos de valores corrientes, en lugar de costos históricos. Es un enfoque diseñado para evitar la distorsión de los estados financieros por causa de la inflación.
CONTABILIDAD FINANCIERA
Es una técnica que se utiliza para producir sistemática y estructuradamente información cuantitativa expresada en unidades monetarias de las transacciones que realiza una entidad económica y de ciertos eventos económicos identificables y cuantificables que la afectan, con objeto de facilitar a los diversos interesados el tomar decisiones en relación con dicha entidad económica.
Técnica basada en los principios generales de contabilidad, cuyo fin es producir sistemática y estructuradamente información cuantitativa expresada en unidades monetarias relativa a las transacciones que realiza una entidad económica.
CONTABILIDAD FISCAL
Es el registro sistemático de las transacciones a que da lugar la ejecución del presupuesto; se usa con fines de fiscalización administrativa corriente de las operaciones, y sirve también para medir los resultados de la gestión administrativa.
CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Técnica destinada a captar, clasificar, registrar, resumir, comunicar e interpretar la actividad económica, financiera, administrativa, patrimonial y presupuestaria del Estado. Registro sistematizado de operaciones derivadas de recursos financieros asignados a instituciones de la administración pública, se orienta a la obtención e interpretación de los resultados y sus respectivos estados financieros que muestran la situación patrimonial de la administración pública.
CONTABILIDAD NACIONAL
Es la técnica contable que permite el análisis del desarrollo de una nación por medio de la organización congruente y sistemática de la información sobre las diversas transacciones económicas que tienen efecto durante un periodo determinado, entre las familias, empresas y el gobierno dentro del territorio nacional y aquéllas que se establecen con el resto del mundo. Sus cuadros describen los resultados finales, reales o financieros de la actividad económica.
Los datos contables se integran en cuentas, cuadros y balances, los que se sustentan en conceptos, definiciones, clasificaciones y reglas contables aceptadas internacionalmente.
Presenta una secuencia de cuentas de flujos relacionados entre sí, tales como cuentas de consumo de bienes y servicios, de producción total, de distribución primaria del ingreso, ingreso nacional disponible y de utilización del ingreso disponible, cuenta de capital y la de transacciones corrientes con el exterior. Incluye cuadros de oferta y demanda, y cuentas de producción por actividad económica. La matriz de insumo producto es un ejemplo muy importante de la contabilidad nacional, pues en ella se muestran los insumos demandados y ofertados por los distintos sectores y la composición de la producción en sueldos salarios y dividendos, así como las importaciones y exportaciones consumidas por los individuos privados y el gobierno.
CONTABILIDAD PATRIMONIAL
Está formada por un conjunto de procedimientos, registros, controles e informes, estructurados sobre la base de principios técnicos, que tienen como objetivos esenciales: mantener un detalle cronológico, sistemático y costeable de todas las operaciones que afecten el patrimonio de las instituciones privadas o públicas y su composición; conocer la naturaleza de éste y proporcionar a los usuarios informes periódicos, concretos, significativos y oportunos de la situación de dicho patrimonio, así como de la posición financiera y la productividad de las operaciones realizadas en un periodo determinado.
CONTABILIZAR CON BASE EN VALORES DEVENGADOS
Es contabilizar en la fecha en que se concierta la transacción.
CONTABILIZAR CON BASE EN VALORES EN EFECTIVO
Es contabilizar en la misma fecha en que son efectuados los pagos finales en efectivo.
CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA
Organo Técnico encargado de glosar las cuentas que rinden los funcionarios y empleados del gobierno que manejan fondos o bienes del Estado, y en su caso, de establecer y exigir las responsabilidades resultantes. Es el Organo Técnico de la H. Cámara de Diputados que tiene a su cargo la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.
CONTRALOR INTERNO
Funcionario del gobierno encargado de vigilar que se cumplan los lineamientos e inspeccionar que se observe la normatividad en materia de planeación, programación, presupuestación, registro, control, evaluación y auditoría. Es por lo tanto, el principal responsable de la actividad contable de una dependencia o entidad pública, así como de vigilar que su operación se realice con eficacia y eficiencia, ya que debe emitir y recomendar las medidas correctivas con oportunidad, y en caso de haber anomalías, señalar las responsabilidades que procedan con base en las leyes aplicables.
CONTRAPARTIDA
Asiento contable que anula a otro contrario. Se formula con la intención de cancelar un asiento incorrecto para dejar los saldos de la manera en que estaban antes de cometer el error.
CONTRATACION A LA PAR
Contratación de valores de acuerdo con su valor nominal.
CONTRATO A PRECIO ALZADO
Es el que se celebra para la construcción de obras, cuya remuneración se fija en una cifra global que incluye el costo de la obra y la utilidad del constructor.
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
Es un convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe presentarse el trabajo en una empresa o establecimiento. El patrón que emplee trabajadores miembros de un sindicato tendrá la obligación de celebrar con éste, cuando lo solicite, un contrato colectivo.
CONTRIBUCIONES
Son los gravámenes que establece la ley a cargo de las personas que tienen el carácter de contribuyentes o sujetos pasivos, de conformidad con las disposiciones legales, y se clasifican en: impuestos, aportaciones a seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. Desde el análisis de las transferencias son los recursos que específicamente se otorgan a instituciones de seguridad social como el IMSS y el ISSSTE.
CONTRIBUCIONES A LAS CAJAS DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS DEL GOBIERNO
Son las aportaciones del gobierno y de los empleados a las cajas o fondos de pensiones.
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS
Son las establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas.
CONTRIBUCIONES NO COMPRENDIDAS
Ingresos tributarios y no tributarios causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o de pago, los cuales se captan en un ejercicio posterior de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables en la materia.
CONTRIBUYENTE
Persona física o moral obligada al pago de la contribución, de conformidad con las leyes fiscales.
CONTROL
Es un mecanismo preventivo y correctivo adoptado por la administración de una dependencia o entidad que permite la oportuna detección y corrección de desviaciones, ineficiencias o incongruencias en el curso de la formulación, instrumentación, ejecución y evaluación de las acciones, con el propósito de procurar el cumplimiento de la normatividad que las rige, y las estrategias, políticas, objetivos, metas y asignación de recursos.
CONTROL CONTABLE
Procedimiento administrativo empleado para conservar la exactitud y la veracidad en las transacciones y en la contabilización de éstas; se ejerce tomando como base las cifras de operación presupuestadas y se les compara con las que arroja la contabilidad.
Técnicas utilizadas para que al efectuar las tareas de procesamiento y verificación de las transacciones, se salvaguarden los activos y se constate que los registros financieros y presupuestarios estén respaldados con la respectiva documentación comprobatoria.
CONTROL DE CAMBIOS
Significa la intervención del Estado en el proceso de circulación de la moneda de otros países. Es un mecanismo mediante el cual las autoridades monetarias pueden influir directamente en la balanza de pagos. Sus objetivos principales son obstaculizar la salida de capital y racionalizar las divisas que se captan por exportaciones y entradas de capital. Su forma más radical es el control integral, en el cual se debe entregar al gobierno (a través del sistema bancario), todas las divisas que se perciban, mientras que a los importadores se les asignarán las divisas de acuerdo a las prioridades establecidas por el gobierno. Una forma más atenuada, es el control dual: un mercado controlado para las operaciones importantes y un mercado libre para las demás.
CONTROL DE GESTION
Sistema de administración que permite el seguimiento integral de las acciones que se planean y ejecutan; determina el avance periódico de las mismas, a fin de ejercer acciones de retroalimentación y correctivas en caso de incumplimiento o desviación.
CONTROL DEL PLAN
Conjunto de actividades encaminadas a vigilar la ejecución de acciones, que corresponden a lo establecido en el plan y los programas, y a su marco normativo; es un mecanismo preventivo y correctivo, cuyo propósito es asegurar el cumplimiento de las estrategias, políticas, objetivos, metas del plan y los programas mediante la asignación de recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
CONTROL EXTERNO
Comprende principalmente el control financiero, el control de la eficiencia y el control jurídico. El control externo de las empresas públicas lo ejerce el sector central de la Administración Pública por la Secretaría responsable del Sector. El control externo de las dependencias se lleva a cabo por la Contaduría Mayor de Hacienda dependiente del Poder Legislativo.
CONTROL INTERNO
Conjunto de métodos y procedimientos coordinados que adoptan las dependencias y entidades para salvaguardar sus recursos, verificar la veracidad de la información financiera y promover la eficiencia de operación y el cumplimiento de las políticas establecidas.
CONTROL NORMATIVO Y ADMINISTRATIVO
Consiste en verificar que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cumplan con los lineamientos y normas administrativas, contables, financieras, jurídicas y procedimientos de planeación en la elaboración, ejecución y evaluación del plan y sus programas, con el objeto de dar mayor transparencia y racionalidad a las acciones del Sector Público.
CONTROL PRESUPUESTARIO
Etapa del proceso presupuestario que consiste en el registro de operaciones realizadas durante el ejercicio presupuestario, a fin de verificar y valorar las acciones emprendidas y apreciar el cumplimiento de los propósitos y políticas fijadas previamente, a fin de identificar desviaciones y determinar acciones correctivas. Es un sistema compuesto por un conjunto de procedimientos administrativos mediante los cuales se vigila la autorización, tramitación y aplicación de recursos humanos, materiales y financieros integrantes del gasto del Sector Público Federal en el desempeño de sus funciones. Principio básico de contabilidad gubernamental que establece la competencia del sistema contable en el registro de los ingresos y egresos comprendidos en el presupuesto del ente, así como su vinculación con el avance físico financiero de los proyectos programados.
CONVENIO DE DEFICIT-SUPERAVIT FINANCIERO
Compromiso financiero que suscriben de manera anual algunas de las entidades de la Administración Pública Federal con las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, para el establecimiento mensual y trimestral de balances de operación a nivel flujo de efectivo y devengado, así como metas programático-presupuestarias.
CONVENIO DE DESARROLLO SOCIAL
Documento jurídico-administrativo, programático y financiero a través del cual se coordinan las acciones de planeación y establecen compromisos para efectuar acciones en forma conjunta entre la Federación y los gobiernos estatales. El convenio es el instrumento fundamental de la planeación regional y de la descentralización de decisiones.
Acuerdo que se realiza entre las instancias del Poder Ejecutivo Federal y Estatal con el objeto de impulsar y fomentar el desarrollo integral del país, mediante la realización conjunta de acciones y programas que promuevan y propicien la planeación nacional del desarrollo.
CONVERSION DE LA DEUDA
Procedimiento por el cual el deudor cambia o sustituye las obligaciones de deuda en circulación por nuevas emisiones o activos.
CONVERTIBILIDAD (MONETARIA)
Capacidad de la moneda de un país para poder cambiarse con las monedas de otros países. Debe existir la condición de que se puede vender o comprar libremente en el mercado por monedas extranjeras, esta cualidad de la moneda es necesaria para el desarrollo del intercambio internacional.
COOPERACIONES
Son aquellos fondos o transferencias que aportan una empresa o entidad, tanto pública como privada, para realizar diferentes tipos de obras, ya sea de carácter general o de beneficio social. Por ejemplo: construcción de escuelas, introducción de agua potable, etc. Eventualmente los estados, municipios y el Distrito Federal las reciben.
COORDINACION
Vertiente de planeación que abarca las acciones que desarrollan las dependencias y entidades de Gobierno Federal en las entidades federativas y que se convierten en el objeto de los convenios de Desarrollo Social celebrados por el Ejecutivo Federal y los gobiernos estatales, con el propósito de hacer compatibles tareas comunes de la Federación y los estados, derivados del contenido de sus respectivos planes y programas.
Conjunción de esfuerzos entre los distintos niveles de gobierno en favor del cumplimiento del plan y los programas nacionales de desarrollo.
COORDINACION FISCAL
Mecanismo que tiene por objeto coordinar el Sistema Fiscal de la Federación con los de los estados, municipios y Distrito Federal; establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento.
COORDINACION HACENDARIA
Esquema que tiene por objeto el fortalecimiento económico de la Federación, los Estados y los Municipios, así como la eficiente provisión de servicios y el logro de un desarrollo regional justo y equilibrado, mediante la redistribución de competencias entre los tres niveles de gobierno y la descentralización y federalización de funciones para una adecuada distribución de ingresos, facultades de recaudación y responsabilidades de gasto.
En materia de ingresos, contempla el fortalecimiento del sistema de participaciones y la redefinición de facultades de recaudación, así como la apertura de espacios que permitan el desarrollo de fuentes de ingresos propios, sin afectar el Pacto Federal y la competitividad de la economía. En el ámbito del gasto público, el esquema considera la descentralización de recursos para su administración directa por los gobiernos locales.
La asignación de atribuciones y responsabilidades conlleva también el mejoramiento de la colaboración administrativa entre las tres instancias de gobierno, a efecto de aprovechar sus ventajas comparativas para realizar las tareas de fiscalización.
COORDINADORA DE SECTOR
Dependencia de la Administración Pública Central, responsable de la coordinación de acciones entre las entidades paraestatales que forman parte de su sector; asimismo, actúa como enlace entre sus coordinadas y entre éstas y las dependencias de orientación y apoyo global.
CORTO PLAZO
Periodo convencional generalmente hasta de un año, en el que los programas operativos determinan y orientan en forma detallada las decisiones y el manejo de los recursos para la realización de acciones concretas.
En contabilidad se define así a los activos de disponibilidad inmediata como: caja, bancos, clientes y documentos por cobrar. Igualmente a los pasivos que se han de liquidar en el lapso de un año, se les concibe como obligaciones de corto plazo.
Hablando de deuda gubernamental, se entiende como de corto plazo a aquélla cuyo vencimiento ocurre en un periodo menor al año.
En el terreno bursátil, se debería entender por corto plazo a aquellas inversiones que tienen un panorama de 180 días como promedio; sin embargo, cuando un mercado tiene una tendencia pronunciada al alza es común entender por corto plazo panoramas de inversión de dos o tres meses, o incluso menos de un mes.
COSTO
Valorización monetaria de la suma de recursos y esfuerzos que han de invertirse para la producción de un bien o de un servicio. El precio y gastos que tienen una cosa, sin considerar ninguna ganancia.
COSTO BENEFICIO
Valorización de evaluación que relaciona las utilidades en el capital invertido o el valor de la producción con los recursos empleados y el beneficio generado.
COSTO DE CAPTACION A PLAZO (CCP)
Costo ponderado de captación que pagan las distintas instituciones financieras por los depósitos a plazo. En el mediano plazo este indicador sustituirá al Costo Porcentual Promedio (CPP).
COSTO DE MERCADO
El precio al que se podrían reponer las existencias de un artículo cualquiera si se comprara en la fecha en que se hace la estimación de su valor.
COSTO DE OPERACION
Valoración monetaria de la suma de recursos destinados a la administración, operación y funcionamiento de un organismo, empresa o entidad pública.
COSTO DE OPORTUNIDAD
Sacrificio de las alternativas abandonadas al producir una mercancía o servicio.
El beneficio que se sacrifica al no seguir en un curso alternativo de acción. Los costos de oportunidad no se registran en las cuentas, pero son importantes al tomar muchos tipos de decisiones comerciales.
COSTO DE PRODUCCION
Valoración monetaria de los gastos incurridos y aplicados en la obtención de un bien. Incluye el costo de los materiales, mano de obra y los gastos indirectos de fabricación cargados a los trabajos en su proceso.
Se define como el valor de los insumos que requieren las unidades económicas para realizar su producción de bienes y servicios, se consideran aquí los pagos a los factores de la producción: al capital, constituido por los pagos al empresario (intereses, utilidades, etc.), al trabajo, pagos de sueldos, salarios y prestaciones a obreros y empleados; así como también los bienes y servicios consumidos en el proceso productivo (materias primas, combustibles, energía eléctrica, servicios).
COSTO DE PROGRAMAS
Es la erogación por la adquisición de los bienes y servicios utilizados en las actividades necesarias para la realización de las metas de un programa.
COSTO DE REPOSICION
Costo actual estimado de reemplazo de bienes existentes como si fueran nuevos.
Precio que deberá pagarse para adquirir un activo similar al que ahora se tiene.
Valor de los activos a los precios prevalecientes en el año de estudio. Este costo se obtiene mediante la revalorización de los activos adquiridos en periodos anteriores al año de estudio valuados a los precios actuales de un bien igual o similar, es decir, el monto al que costaría, a precios del periodo de estudio, adquirir un activo producido en periodos anteriores. Se llama también valor de los activos a costo de reemplazo.
COSTO FINANCIERO
Está integrado por los gastos derivados de allegarse fondos de financiamiento por lo cual representa las erogaciones destinadas a cubrir en moneda nacional o extranjera, los intereses, comisiones y gastos que deriven de un título de crédito o contrato respectivo, donde se definen las condiciones específicas y los porcentajes pactados; se calculan sobre el monto del capital y deben ser cubiertos durante un cierto periodo de tiempo. Incluye las fluctuaciones cambiarias y el resultado de la posición monetaria.
COSTO HISTORICO
Principio básico de contabilidad gubernamental que establece que los bienes se deben registrar a su costo de adquisición o a su valor estimado, en caso de que sean producto de una donación, expropiación o adjudicación.
Precio original al que se adquieren los activos, se usa especialmente este término para demostrar los precios de compra de los activos fijos.
COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO
Conjunto de gastos y productos originados por la estructura de partidas monetarias de una entidad, resultante de sus decisiones de inversión y financiamiento obtenido y otorgado. Dentro de un ámbito inflacionario, tales gastos y productos incluyen los derivados de la pérdida en el poder adquisitivo de la moneda en que se reflejan dichas partidas. Consecuentemente, está formado por la suma algebraica de los gastos y productos financieros fundamentalmente, intereses en moneda nacional y/o extranjera, fluctuaciones cambiarias y efecto monetario.
COSTO LABORAL
Valor presente actuarial de los beneficios que devengará un trabajador inscrito en un régimen de pensiones durante el periodo de valuación actuarial considerado, como consecuencia de haber acumulado un año más de servicios dentro de la empresa.
COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACION (CPP)
Costo ponderado promedio que pagan las distintas instituciones financieras por la captación de los recursos en los distintos instrumentos, y cuya estimación mensual emite el Banco de México del 16 al 20 de cada mes en el Diario Oficial de la Federación, la ponderación se obtiene al multiplicar la tasa de interés por su peso en la captación de los distintos instrumentos de las instituciones financieras.
COSTO PRESUPUESTARIO
Valoración monetaria de la suma de recursos financieros necesarios para sufragar el uso de los recursos humanos y materiales, indispensables en la realización de actividades, tareas y obras contenidas en los programas, subprogramas y proyectos de las dependencias y entidades públicas, expresados en términos de un ejercicio fiscal.
COSTO PROMEDIO
Método de valuación para el inventario. El costo unitario promedio ponderado, se calcula dividiendo el costo total de las mercancías disponibles para la venta entre el número de unidades disponibles para la venta.
Es el total de los desembolsos efectuados para producir o vender una serie de artículos, dividido entre el número de unidades fabricadas o vendidas.
COSTO VARIABLE DIRECTO O MARGINAL
Es un método de análisis que toma como base el estudio de los gastos en fijos y variables, para aplicar a los costos unitarios solo los gastos variables, por consiguiente, los gastos fijos se excluyen del costo de producción unitario.
COSTOS DIRECTOS
Los cargos por concepto de material, de mano de obra y de gastos, correspondientes directamente a la fabricación o producción de un artículo determinado o de una serie de artículos o de un proceso de manufactura.
COSTOS ESTANDAR
Son los de producción que se calculan con base en las especificaciones técnicas de cada artículo terminado, y que representan un patrón.
COSTOS ESTIMADOS
Los que se calculan por anticipado, con la intención de pronosticar el costo real de la producción.
COSTOS FIJOS
Se denominan así a aquellos costos que permanecen constantes o casi fijos en diferentes niveles de producción y ventas, dentro de ciertos límites de capacidad y tiempo.
COSTOS INDIRECTOS
Desembolsos que no pueden identificarse con la producción de mercancías o servicios específicos, pero que sí constituyen un costo aplicable a la producción en general. Se conocen generalmente como gastos indirectos de manufactura.
COSTOS VARIABLES
Se denominan así a aquellos costos y gastos que varían en forma más o menos proporcional a la producción y ventas, dentro de ciertos límites de capacidad y tiempo.
COYUNTURA ECONOMICA
Conjunto de elementos económicos que configuran la situación presente de un país.
Es aquella situación en que convergen o se acumulan factores que propician la expansión, continuación o estancamiento de la actividad económica.
Describe la evolución de la economía en intervalos temporales menores a un año, mediante la estimación de las principales variables macroeconómicas, permitiendo evaluar el desarrollo de la economía de un país, es decir, si presenta crecimiento, estancamiento o retroceso.
CRECIMIENTO ECONOMICO
Incremento del producto nacional sin que implique necesariamente mejoría en el nivel de vida de la población, se expresa en la expansión del empleo, capital, volumen comercial y consumo en la economía nacional.
Aumento de la producción de bienes y servicios de una sociedad en un periodo determinado. El crecimiento económico se define, generalmente, como el resultado que se obtiene, por ejemplo, al relacionar el valor del Producto Interno Bruto de un periodo respecto al mismo u otros periodos anteriores.
CRECIMIENTO REAL
Es el crecimiento económico en términos físicos o en términos monetarios una vez deducida la inflación.
Es el incremento que se obtiene con datos valorados a precios constantes, respecto a un periodo base. El crecimiento real del producto interno bruto, se define como el incremento efectivo de los volúmenes producidos de bienes y servicios, expresado en valores constantes, es decir el valor de las unidades físicas a los precios de un año de referencia, aislando de esta forma los efectos que introducen las fluctuaciones de los precios.
CREDITO
Cambio de una prestación presente por una contraprestación futura; es decir, se trata de un cambio en el que una de las partes entrega de inmediato un bien o servicio y el pago correspondiente más los intereses devengados los recibe más tarde.
CREDITO AVALADO
Este concepto incluye todas las operaciones financieras en las que el Gobierno Federal se compromete a cubrir el adeudo si el acreditado no cumple con sus obligaciones.
CREDITO BANCARIO
Préstamos otorgados por la banca como parte de sus operaciones pasivas; incluye las carteras vigentes, vencida y redescontada; los saldos comprenden moneda nacional y extranjera, esta última valorizada al tipo de cambio de fin de mes autorizado por el Banco de México.
CREDITO BID-BIRF
Financiamientos que obtiene el Gobierno Federal para las dependencias y entidades, provenientes de los Bancos Interamericano de Desarrollo (BID) e Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) a través de un agente financiero.
CREDITO COMERCIAL
Crédito que extiende una organización a otra empresa de negocios. Puede ocurrir en forma explícita por medio de la emisión de una letra de cambio, o es posible que surja de retrasos en los recibos y pagos por servicios realizados. Puede tener una influencia importante sobre la política económica, porque como un todo es una fuente importante de recursos de financiamiento, comparable por ejemplo, con los créditos bancarios; aunque a diferencia de éstos, los créditos comerciales no entran bajo el control directo de las autoridades.
Entrega de bienes o servicios a una persona o empresa, cuyo pago se realiza con posterioridad en un plazo previamente convenido. El crédito comercial sirve para facilitar y adecuar la producción a la circulación de mercancías. Facilita las ventas, la producción, el desarrollo del capital y el incremento de ganancias. El crédito comercial es generalmente de corto plazo.
CREDITO DE HABILITACION O AVIO
Es aquél que se otorga para la adquisición de las materias primas, materiales y el pago de los jornales, salarios y gastos directos de explotación.
CREDITO DIRECTO POR CONCEPTO DE DEUDA INTERNA
Son los financiamientos que otorga el Banco de México al Gobierno Federal con base en la colocación de títulos de deuda pública en el Mercado de Valores.
CREDITO EXTERNO
Recursos que se obtienen del exterior con toda clase de acreedores, con los que el sector público o privado sostiene transacciones de índole comercial o financiera.
Se documentan en moneda extranjera y en el caso de los créditos externos para el Gobierno Federal son motivo de autorización y registro por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
CREDITO INTERNO
Son los recursos que se obtienen y ejercen en efectivo o en especie, se documentan en moneda nacional y en el caso de los créditos internos para el Gobierno Federal son motivo de autorización y registro por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
CREDITO INTERNO NETO
Conocido también como crédito primario, se refiere al financiamiento que el banco central proporciona a residentes en el país menos los pasivos que tiene a favor de éstos. Se obtiene de la diferencia entre el monto de la base monetaria y el de los activos internacionales netos.
CREDITO MERCANTIL
Valor que se le asigna a una empresa por sus intangibles. Ejemplos: reputación, marcas, clientela establecida, etc.
CREDITO PRIVADO
Recursos otorgados por organismos financieros privados para apoyar actividades económicas.
CREDITO PÚBLICO
Es el que se otorga a personas o entidades consideradas como sujetos de derecho público, como son la Federación, estados, municipios y organismos descentralizados, así como particulares.
CREDITO PUENTE
Es aquél que se concede mientras tanto se tramitan o gestionan las condiciones definitivas de otra operación de crédito.
CREDITO REVOLVENTE
Préstamo que puede seguirse disponiendo una vez pagado parcial o totalmente hasta el tope autorizado.
CREDITO SINDICADO
Financiamiento que otorga un grupo de bancos o instituciones de crédito unidos bajo un mismo contrato de crédito, con objeto de diversificar riesgos cuando el crédito concedido es de gran cuantía.
CREDITOS BILATERALES
Préstamos que se obtienen directamente entre dos países mediante la firma de un acuerdo.
CREDITOS FISCALES
Son los ingresos que tiene derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados. Dichos créditos provienen de contribuciones, aprovechamientos o de sus accesorios, incluyendo los que deriven de responsabilidades que el Estado tenga derecho a exigir de sus servidores públicos o de los particulares, así como aquéllos a los que las leyes les den ese carácter y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.
CRITERIOS GENERALES DE POLITICA ECONOMICA
Dentro del proceso de planeación son las directrices fundamentales que asumirá la política económica y social en un año. Establecen la estrategia, objetivos y metas macroeconómicas generales que fundamentan la formulación de la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos de la Federación y los Programas Operativos Anuales.
CUANTIFICACION EN TERMINOS MONETARIOS
Principio básico de contabilidad gubernamental que señala que los derechos, obligaciones y en general las operaciones que realice el ente, deben ser registrados en moneda nacional.
CUENTA CORRIENTE
Componente de la balanza de pagos donde se registra el comercio de bienes y servicios y las transferencias unilaterales de un país con el exterior. Las principales transacciones de servicios son los viajes y el transporte; y los ingresos y pagos sobre inversiones extranjeras. Las transferencias unilaterales se refieren a regalías hechas por los particulares y el gobierno a los extranjeros, y a regalías recibidas de extranjeros. La exportación de bienes y servicios y el ingreso de transferencias unilaterales entran en la cuenta corriente como créditos (con signo positivo) porque llevan el recibo de pagos provenientes de extranjeros. Por otra parte, la importación de bienes y servicios y el otorgamiento de transferencias unilaterales se registran como débitos (con signo negativo) porque significa el pago a extranjeros.
CUENTA DE CAPITAL
Componente de la balanza de pagos que muestra el cambio en los activos del país en el extranjero y de los activos extranjeros en el país, diferentes a los activos de reserva oficial. Esta cuenta incluye inversiones directas, la compra o venta de valores extranjeros y los pasivos, bancarios y no bancarios, con extranjeros por parte del país durante el año. Los incrementos en los activos del país en el exterior y las disminuciones de los activos extranjeros en el país, diferentes de los activos de la reserva oficial, representan salidas de capital o débitos en la cuenta de capital del país porque llevan pagos a extranjeros. Por otra parte, las disminuciones en los activos del país en el exterior y los aumentos de los activos extranjeros en el país representan ingresos de capital o créditos porque conducen al ingreso de pagos provenientes de extranjeros.
Registro de erogaciones que hace el Gobierno Federal en obras de infraestructura, así como en su mantenimiento y reparación; en la adquisición de inmuebles necesarios para la prestación de servicios administrativos, en las construcciones y en la creación o incremento de fideicomisos para créditos o para inversiones.
CUENTA DE CONTROL
Cuenta de mayor general con cifras totales, cuya información detallada se encuentra en un libro auxiliar.
CUENTA DE CHEQUES
Rubro genérico que comprende todos los saldos disponibles, en cuentas de cheques, que se hayan abierto en una o varias instituciones bancarias. Cuenta colectiva que se lleva para asentar las operaciones correspondientes a las cuentas de cheques citadas.
CUENTA DE LA HACIENDA PÚBLICA FEDERAL
Es un documento de carácter evaluatorio que contiene información contable, financiera, presupuestaria, programática y económica relativa a la gestión anual del gobierno con base en las partidas autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior y que el Ejecutivo Federal rinde a la H. Cámara de Diputados, a través de la Comisión Permanente, dentro de los primeros diez días del mes de junio del año siguiente al que corresponda, en los términos del artículo 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CUENTA GENERAL DE LA TESORERIA
Registro bancario que le lleva el Banco de México a la Tesorería de la Federación.
CUENTA POR LIQUIDAR CERTIFICADA
Es el único documento presupuestario autorizado y de carácter comprobatorio para registrar invariablemente cualquier tipo de erogación con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación.
CUENTA UNICA (SIAFF)
Es la cuenta de control contable en donde se registra la disponibilidad financiera, determinando y asignando el saldo de ésta mediante operaciones realizadas por la Tesorería de la Federación, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).
CUENTADANTE
Son los agentes de la federación que manejan fondos, valores o bienes de propiedad o al cuidado del Gobierno Federal, que por mandato legal o por autorización expresa de la Tesorería de la Federación ejerzan permanente o transitoriamente alguna de las funciones de ésta.
CUENTAS AJENAS AL PRESUPUESTO
En el caso del Gobierno Federal, son cuentas de administración que sirven para llevar el registro de erogaciones e ingresos que no corresponden a su actividad; como por ejemplo las retenciones del Impuesto Sobre la Renta, sobre seguridad social, cuotas sindicales a cargo de empleados, etc. También se registran algunos gastos pendientes de regularización. Por su naturaleza no se registran en las operaciones presupuestarias.
CUENTAS AJENAS DEL SECTOR PARAESTATAL
En estas cuentas se registran ingresos y gastos que no corresponden a las actividades propias de los organismos y empresas, como por ejemplo las retenciones del Impuesto Sobre la Renta, etc. Se incluyen también inversiones financieras a corto plazo y a diferencia del Gobierno Federal estas cuentas son de carácter presupuestario y se registran en ingresos o erogaciones por cuenta de terceros y en erogaciones recuperables.
CUENTAS AUXILIARES
Las que no figuran individualmente en el libro mayor, sino en libros o registros auxiliares que deben estar "controlados" por medio de una o varias cuentas colectivas.
CUENTAS COLECTIVAS
Son aquéllas que tienen por objeto agrupar bajo un solo título o rubro, los movimientos y saldos de una serie de cuentas similares, que al quedar agrupadas en tal forma, se designan con el nombre de "subcuentas" o de "cuentas auxiliares". Todas las cuentas colectivas necesitan libros o registros auxiliares para llevar en ellos las "subcuentas" correspondientes.
CUENTAS COMPENSADAS
Son aquéllas cuyos movimientos y saldos se compensan o bien se corresponden inversamente.
CUENTAS DE ACTIVO
Las que representan los bienes materiales, derechos, créditos y valores que integran el activo.
CUENTAS DE ADMINISTRACION
Son las cuentas que sirven para llevar el registro de las disponibilidades y obligaciones del Gobierno Federal, que no tienen carácter fiscal, considerándose como tales, todas las que no emanen de operaciones de índole presupuestario. En ellas se registran las operaciones de activo y pasivo que no afectan la ejecución de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación.
CUENTAS DE BALANCE
Son aquéllas que figuran en el balance general y corresponden a las que quedan después de haber saldado las presupuestarias y las de resultados al concluir un ejercicio fiscal.
CUENTAS DE ENLACE
Son aquéllas que permiten registrar una determinada operación u operaciones en dos o más subsistemas del Sistema Integral de Contabilidad Gubernamental. Como la función de estas cuentas es únicamente la de permitir el registro por separado de una misma operación en diferentes subsistemas, deben mantener saldos iguales de naturaleza contraria o, bien, éstos quedar en cero.
CUENTAS DE ORDEN
Representan valores contingentes de probable realización, valores ajenos que se reciben, o se utilizan como recordatorios o con fines de control contable. El movimiento de estas cuentas es el siguiente: 1) Movimiento directo, que consiste en que en el asiento que se registre, tanto la cuenta de cargo como la cuenta de abono sean cuentas de orden. 2) Movimiento Cruzado, que consiste en que en el asiento que se registre, la cuenta de cargo sea una cuenta de balance o de valores reales y la que se abone sea una cuenta de orden, o viceversa. Las cuentas de orden se presentan al calce y fuera del balance. Como cuentas de orden se tienen: Emisión de Acciones y Capital por Suscribir; Mercancías en Comisión y Consignaciones recibidas, etc.
CUENTAS DE PASIVO
Las que representan las obligaciones, deudas y créditos que constituyen el pasivo.
CUENTAS DE RESULTADOS
Las que se usan para registrar utilidades o pérdidas, productos o gastos y que al terminar el ejercicio se saldan por la cuenta de pérdidas y ganancias . En el caso de las dependencias del Gobierno Federal, las cuentas de resultados registran los conceptos de aumento o disminución del patrimonio como resultado de operaciones de gastos, pérdidas, productos o beneficios; al finalizar el ejercicio se totalizan en cuentas denominadas "Resultados del Ejercicio" o "Rectificación a Resultados".
CUENTAS DUDOSAS
Aquéllas que por alguna razón se estiman de cobro difícil. Normalmente se refiere a las de clientes.
CUENTAS ECONOMICAS INTEGRADAS (CUENTAS CONSOLIDADAS DE LA NACION)
Son una secuencia de cuentas de flujos relacionadas entre si, en las que se registran en forma resumida todas las transacciones que tienen lugar en el territorio de un país entre los agentes económicos: familias, gobierno y empresas que participan en la economía, así como sus relaciones con el resto del mundo. Las cuentas que comprende se denominan como sigue:
a) Cuenta de Bienes y Servicios
b) Cuenta de la Producción Total
c) Cuenta de la Distribución Primaria del Ingreso
d) Cuenta del Ingreso Nacional Disponible
e) Cuenta de Utilización del Ingreso Disponible
f) Cuenta de Capital y
g) Cuenta de Transacciones Corrientes con el Exterior
CUENTAS MALAS
Las que deben cancelarse por haber agotado razonablemente los recursos para cobrarlos.
CUOTAS
Contribución que hacen los afiliados a una organización. Se conceden a organismos internacionales para sufragar gastos corrientes originados en el desempeño de sus funciones y a gobiernos de otros países principalmente para apoyo en casos de desastre.
CUPON
Sección de un título, bono o acción que es canjeable al momento de su vencimiento por el pago de los intereses correspondientes. Faculta al portador o propietario a recibir de una empresa una retribución en dinero o en especie.
D
DEBE
Nombre que se da al lado izquierdo de una cuenta del libro mayor. Nombre que se da a la columna de cifras en la que se anotan los cargos. Lado contrario al "haber" de una cuenta.
DEBITO
Partida que se asienta en el "debe" de una cuenta. Deuda.
En contabilidad implica cualquier cantidad que al asentarse o registrarse incrementa el saldo de un pasivo o decrementa el saldo de un activo.
DECLARACION
Manifestación escrita que se presenta a las autoridades fiscales para el pago de las obligaciones impositivas. En estas declaraciones se determina la utilidad gravable o los ingresos gravables, de acuerdo al tipo de causante de que se trate.
DECRETO APROBATORIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION
Documento que emite el H. Cámara de Diputados sancionado el conjunto de normas, disposiciones y restricciones que orientarán la ejecución del gasto de las entidades de la Administración Pública Federal que aparecen en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
DEDUCCIONES DE LOS INGRESOS
Los gastos que conforme a las leyes fiscales se pueden descontar para fijar la utilidad gravable de una empresa. En el Estado de Pérdidas y Ganancias se agrupan bajo este rubro, los gastos que no representan costos de manufactura o de operación, ni compras de materias primas, de mercancías o abastecimientos, sino que tienen un carácter de gastos financieros, como los intereses pagados sobre bonos u obligaciones, hipotecas, documentos por pagar, etc. o bien que tienen un carácter de pérdidas extraordinarias o imprevistas.
DEFICIT
La diferencia que resulta de comparar el activo y el pasivo de una entidad, cuando el importe del último es superior al del primero, es decir cuando el capital contable es negativo.
Saldo negativo que se produce cuando los egresos son mayores a los ingresos. En contabilidad representa el exceso de pasivo sobre activo. Cuando se refiere al déficit público se habla del exceso de gasto gubernamental sobre sus ingresos; cuando se trata de déficit comercial de la balanza de pagos se relaciona el exceso de importaciones sobre las exportaciones.
DEFICIT A FINANCIAR
Resultado negativo de la confrontación entre los ingresos y gastos de un ejercicio. Este concepto debe mencionarse solamente para efectos presupuestarios. Se utiliza para conocer los requerimientos de recursos necesarios para financiar las actividades de operación y de inversión del Sector Público.
Es el resultante de la diferencia entre ingresos y gastos de un ejercicio para conocer faltantes, e indicar con ello los requerimientos de recursos necesarios para financiar las actividades de operación y de inversión del Sector Público.
DEFICIT DE CAPITAL
Diferencia negativa que resulta de la comparación entre los ingresos y egresos de capital de las entidades del Sector Público.
DEFICIT ECONOMICO
Es el faltante en que incurre el Estado al intervenir, mediante el gasto público, en la actividad económica en forma directa. Representa el resultado negativo de la diferencia entre los ingresos y egresos, tanto del Gobierno Federal como de las entidades paraestatales de control presupuestario directo o indirecto.
El déficit económico se obtiene sumando al déficit presupuestario el no presupuestario. El déficit presupuestario resulta de la diferencia negativa de los ingresos petroleros y no petroleros con los gastos presupuestarios del Gobierno Federal y del sector paraestatal de control directo. El déficit no presupuestario es el resultado negativo de la diferencia entre los ingresos y los gastos del DDF y de los organismos y empresas de control presupuestario indirecto.
DEFICIT FINANCIERO (DEFICIT DEL SECTOR PUBLICO)
Es la diferencia negativa que resulta de la comparación entre el ahorro o desahorro en cuenta corriente, y el déficit o superávit en cuenta de capital; expresa los requerimientos crediticios netos de las entidades involucradas.
Muestra el faltante total en que incurre el Estado al intervenir en la actividad económica nacional. Resulta de sumar el déficit económico con la cifra neta de la intermediación financiera.
DEFICIT O SUPERAVIT
Resultado negativo o positivo que se produce al comparar los egresos con los ingresos de un ente económico.
DEFICIT O SUPERAVIT DE CAJA
Se incurre en déficit cuando los ingresos recaudados en la Tesorería de la Federación por concepto de la Ley de Ingresos de la Federación, no alcanzan a cubrir el monto de los pagos que realiza. En el caso de superávit, los primeros exceden a los segundos, expresa los resultados del Gobierno Federal; y resulta de sumar al déficit presupuestario, la variación en cuentas ajenas.
Resultado que se obtiene al comparar los ingresos y egresos líquidos disponibles de las entidades del sector paraestatal, incluyendo transferencias.
DEFICIT O SUPERAVIT ECONOMICO PRIMARIO
Resultado que se obtiene de comparar ingresos y egresos totales del sector público, excluyendo los intereses de la deuda. Este concepto mide la parte del déficit fiscal sobre la cual se puede ejercer control directo, ya que el servicio de la deuda es en gran medida gasto condicionado por la economía en general.
DEFICIT O SUPERAVIT EXTRAPRESUPUESTARIO (BALANCE)
Saldo que resulta de comparar el ingreso y gasto de las entidades paraestatales de control presupuestario indirecto.
DEFICIT O SUPERAVIT FINANCIERO (BALANCE)
Resultado que se obtiene al comparar los ingresos totales sin financiamiento y los gastos totales sin amortización de las dependencias y entidades públicas. En cuanto a las entidades involucradas, se incluye a las de control directo e indirecto, así como a los intermediarios financieros.
DEFICIT O SUPERAVIT MONETARIO (BALANCE)
Resultado que se obtiene de la confrontación entre ingresos y gastos netos del sector público y que permite establecer sus necesidades reales de fondos. Comúnmente se utiliza para comprobar la veracidad del saldo de la cuenta corriente del Gobierno Federal en el Banco de México.
El déficit monetario es la diferencia negativa, entre los ingresos y los gastos efectivos, ajustada por las economías, el gasto ejercido pendiente de pago y la variación en las cuentas ajenas. Es el equivalente a los movimientos netos de la deuda pública y de la variación en las disponibilidades de las entidades públicas. El superávit monetario es lo contrario.
DEFICIT O SUPERAVIT OPERACIONAL (BALANCE)
Es el que se obtiene al restar del superávit económico primario la amortización inflacionaria del saldo de la deuda pública en moneda nacional.
DEFICIT O SUPERAVIT PRESUPUESTARIO (BALANCE)
Es el saldo negativo o positivo que resulta de comparar los gastos e ingresos del Gobierno Federal y de los organismos y empresas de control presupuestario directo, cuyas previsiones financieras están contenidas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, sin considerar amortización, y el resultado en cuentas ajenas.
DEFICIT PRESUPUESTARIO
Corresponde al resultado de la confrontación entre el déficit financiero contra el aumento neto de la deuda con saldo negativo, o bien el monto obtenido al restar de los ingresos, los egresos presupuestarios, siendo éstos últimos de mayor cuantía. En la interpretación económica, resulta de adicionar al déficit de capital, la adquisición de activos financieros a largo plazo, neto.
DEFICIT, SUPERAVIT Y EQUILIBRIO
Déficit es la situación en que los ingresos son inferiores a los egresos; cuando ocurre lo contrario hay superávit; y si los ingresos y gastos son iguales, la balanza está en equilibrio.
DEFLACION
Fenómeno económico consistente en el descenso general de precios causado por la disminución de la cantidad de circulante monetario, lo cual a su vez origina una disminución en el ritmo de la actividad económica en general, afectando entre otros aspectos el empleo y la producción de bienes y servicios. Constituye la situación inversa de la inflación.
Proceso sostenido y generalizado de disminución de precios en un país; es un fenómeno contrario a la inflación.
DEFLACTOR
Se refiere al indicador de precios que se aplica a los valores corrientes, con la finalidad de expresarlos en términos reales o constantes, a precios de un año de referencia.
División de un valor a precios de cada año (corriente o nominal) entre el valor a precios de un año base (constante o real); es también la división entre 100 de un índice de precios. Adicionalmente es el incremento en términos decimales de la tasa acumulativa de precios o tasa media de incremento en precios es decir:
valor a precios corrientes índice de precios
Deflactor = ————————————– = —————————–
valor a precios constantes 100
= 1(1+h)…(1+hn) = 1(1*h)h
donde: h = tasa inflación del año medido decimalmente y
*h = tasa media anual de crecimiento de los precios en decimales.
n = número de años.
DEFLACTOR IMPLICITO DEL PIB
Indicador que muestra cuantas veces han aumentado los precios de la producción doméstica libre de duplicaciones, como consecuencia del incremento en el índice implícito de precios del PIB.
Existen cuatro maneras de medir el deflactor del PIB y son:
a) Dividiendo el producto interno bruto a precios de cada año entre el producto interno bruto en un año base es decir:
PIB nominal (o corriente)
D.I.PIB = ——————————–
PIB real (o constante)
b) El resultado de multiplicar la oferta monetaria por su velocidad dividido entre el producto interno bruto a precios constantes es decir:
Oferta monetaria X velocidad de circulación del dinero
D.I.PIB = ——————————————————————————
PIB REAL
c) Multiplicando el aumento anual de precios de los años entre sí en decimales.
D.I.P = 1(1 + h1) (1 + h2) (1.hn)
ejem.: = 1 + (1.04) (1.20) (1,12)
d) El resultado de la suma de la tasa media anual de crecimiento en los precios en términos decimales más uno se eleva a la n potencia que corresponde al periodo de análisis, es decir:
1(1 + TMA. Inflación) 1(1 + n)
D.I.PIB = ——————————————–
100
Este deflactor puede presentarse en su primera, tercera y cuarta manera para cada sector o como promedio ponderado de la economía y en el segundo caso como medición del promedio ponderado de la actividad económica en general.
DELEGADO FIDUCIARIO
Es el funcionario autorizado para actuar, como lo indica la ley, con respecto al inversionista para hacer cumplir las normas y leyes que guíen el fideicomiso.
DEMANDA
Cantidad de bienes y servicios que los agentes económicos desean y pueden comprar a un precio dado en un periodo determinado.
En teoría la demanda y la oferta son los dos componentes básicos que fijan el precio de los bienes y servicios.
Deseo de cualquier persona por adquirir un bien o servicio económico.
DEMANDA AGREGADA
Es la cantidad de bienes y servicios que las familias, las empresas, el gobierno y el resto del mundo pueden y desean obtener a un determinado nivel de precios y en un periodo determinado en el país. El Sistema de Cuentas Nacionales desglosa la demanda agregada de acuerdo a la función económica que realizan los compradores en la demanda intermedia y demanda final.
DEMANDA EFECTIVA
Conjunto de mercancías y servicios que los consumidores realmente adquieren en el mercado en un tiempo determinado y a un precio dado. La demanda efectiva es el deseo de adquirir un bien o servicio, más la capacidad que se tiene para hacerlo.
Punto de equilibrio entre demanda global y oferta global; es decir, combinación de puntos en donde el sector gasto monetario y los sectores producción y empleo están en equilibrio.
DEMANDA FINAL
Está integrada por el valor de las compras que realizan los consumidores finales de los bienes y servicios generados por las unidades productivas. Se consideran demandantes a las familias y al gobierno. Se incluyen asimismo dentro de este rubro las exportaciones, la variación de existencias y la formación bruta de capital fijo.
DEMANDA GLOBAL
Es el valor de las compras realizadas por las empresas, las familias, el gobierno y el exterior, de los bienes y servicios producidos por la economía en un periodo determinado.
Es el conjunto de bienes y servicios que el total de los consumidores están dispuestos a adquirir en el mercado a un precio y tiempo determinado.
En contabilidad nacional la demanda global comprende el consumo privado -el de las familias y las instituciones privadas sin fines de lucro- y el consumo de gobierno; también quedan incluidos el valor de las exportaciones y de la formación bruta de capital.
DEMANDA INTERMEDIA
Está constituida por el consumo de un conjunto de bienes y servicios tales como materias primas, materiales de oficina, combustibles, servicios profesionales, de asistencia técnica, etc., que se emplean directamente en los procesos productivos que llevan a cabo los establecimientos industriales, comerciales y de servicios, con el fin de generar otros bienes y servicios que pueden ser de uso intermedio o final.
DENOMINACION DE ORIGEN
Se entiende por denominación de origen el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendiendo en éste los factores naturales y los humanos. Para su autorización, en el caso de México, se debe acudir a la SECOFI.
DEPENDENCIA
Es aquella institución pública subordinada en forma directa al Titular del Poder Ejecutivo Federal en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo que tiene encomendados. Las dependencias de la Administración Pública Federal son las secretarías de estado y los departamentos administrativos según lo establece la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. El acuerdo de sectorización reserva el concepto de dependencias a los organismos públicos del Sector Central que no son coordinadores de sector y da la denominación de secretaría a los que sí lo son.
DEPOSITO
En el caso de los depósitos bancarios se constituye por dinero y/o cheques, instrumentos de ahorro, cupones, efectos comerciales, pagarés, etc., que pueden ser transformados fácilmente en efectivo. El depósito tiene como finalidad mantener el saldo positivo de una cuenta bancaria, mantener la disponibilidad de una línea de crédito u otros servicios bancarios.
DEPOSITO A LA VISTA
Aquél en que los bienes depositados pueden ser solicitados por el depositante en cualquier momento.
Dinero que se deposita en cuenta corriente, por ejemplo, los depósitos bancarios que se pueden retirar sin aviso previo. Entrega de dinero títulos o valores a una institución bancaria con el objeto de que se guarden y se regresen mediante la presentación de un documento "a la vista" que ampare dichos bienes. Legalmente el depósito a la vista significa un crédito contra el activo de un banco; un ejemplo es la cuenta de cheques.
DEPOSITO A PLAZO
Dinero en una cuenta bancaria que rinde dividendos y para la cual el banco puede requerir que se le notifique por anticipado del retiro total o parcial de diversos recursos. Cuando el depósito es a plazo fijo sólo puede ser retirado en el plazo estipulado.
DEPRECIACION (CONSUMO DE CAPITAL FIJO)
Es la pérdida o disminución en el valor material o funcional del activo fijo tangible, la cual se debe fundamentalmente al desgaste de la propiedad porque no se ha cubierto con las reparaciones o con los reemplazos adecuados.
Es un procedimiento de contabilidad que tiene como fin distribuir de manera sistemática y razonable, el costo de los activos fijos tangibles menos su valor de desecho (si lo tienen) entre la vida útil estimada de la unidad. Por tanto, la depreciación contable es un proceso de distribución y no de valuación.
Pérdida de valor por el uso de un activo fijo que no se restaura mediante reparaciones o reposición de partes. Deterioro que sufren los bienes de capital durante el proceso productivo, cuantificable y aplicable en los costos de producción.
DEPRECIACION ACELERADA
Se llama así al procedimiento empleado para distribuir en un plazo mínimo el costo de inversión en maquinaria. Dicho procedimiento considera un plazo de tres años, mucho menor en comparación al de 10 años que normalmente se pudiera considerar para recuperar el costo de la inversión.
Método de depreciación en que el costo de un activo se va recuperando a un ritmo mayor que bajo el método de línea recta. Las tres técnicas utilizadas son: línea recta, sumas de dígitos y saldo de doble declinación.
DEPRECIACION ACUMULADA
Cuenta de valuación de activo fijo que representa las provisiones para depreciación, conocidas también como reservas para depreciación o depreciación acumulada (o devengada).
DEPRECIACION EN LINEA RECTA
Aquélla que se determina en igual valor durante todos los periodos, mediante la aplicación de un porcentaje fijo. Este es el criterio de depreciación que considera para casos normales la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
DEPRECIACION REAL
Es aquélla que no se determina por medio de cálculos técnicos, sino en virtud de una inspección ocular o directa de las propiedades de la entidad. No es la diferencia entre el costo original y el valor actual sino que se aprecia por medio de un porcentaje sobre su costo original o sobre su costo de reposición a los precios vigentes en la fecha de la estimación. Por ejemplo: si una propiedad vale 85 por ciento del precio de nueva a la que sea exactamente igual, la depreciación real es del 15 por ciento de su costo o de su costo de reposición, según las circunstancias. No debe confundirse la "depreciación real" con los cambios de valor motivados por oscilaciones de las escalas de precios.
DERECHOS
La cantidad que se paga, de acuerdo con el arancel, por la importación o exportación de mercancías o por otro acto determinado por la ley.
Son las contribuciones establecidas en ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por los servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se prestan por organismos descentralizados. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG)
Tipo de divisa emitida por el Fondo Monetario Internacional a la cual tienen derecho todos los países miembros según sus aportaciones. En la realidad, los DEG son partidas contables que lleva el FMI y se asignan a cada país en proporción a sus cuotas. Algunas características de los derechos especiales de giro son: no pueden ser utilizados en la compra de bienes y servicios; los pueden usar los socios del fondo que tengan déficit en su balanza de pagos, o que estén perdiendo reservas monetarias. La importancia de los DEG radica en que contribuyen a incrementar la liquidez internacional que está basada en el oro o en reservas de divisas.
DERECHOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO
Son las contribuciones que percibe el Gobierno Federal por el uso o aprovechamiento que hacen los particulares de los bienes de dominio público de la Nación.
DERECHOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS EXCLUSIVOS DEL ESTADO A CARGO DE ORGANISMOS PARA SU VENTA
Son las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
DERECHOS POR SERVICIOS QUE PRESTA EL ESTADO EN SERVICIOS PUBLICOS
Son contribuciones que realizan los usuarios como contraprestación a los servicios que presta el Estado, en sus funciones de derecho público.
DEROGACION
Privación parcial de la vigencia de una ley, que puede ser expresa (resultante de una disposición de la ley nueva) o tácita (derivada de la incompatibilidad entre el contenido de la nueva ley y el de la derogada).
DEROGAR
Acto jurídico a través del cual pierden su vigencia alguna o algunas de las disposiciones contenidas en el cuerpo de un instrumento jurídico ya sea una ley, decreto, acuerdo o reglamento.
DESARROLLO ECONOMICO
Transición de un nivel económico concreto a otro más avanzado, el cual se logra a través de un proceso de transformación estructural del sistema económico a largo plazo, con el consiguiente aumento de los factores productivos disponibles y orientados a su mejor utilización; teniendo como resultado un crecimiento equitativo entre los sectores de la producción. El desarrollo implica mejores niveles de vida para la población y no sólo un crecimiento del producto, por lo que representa cambios cuantitativos y cualitativos. Las expresiones fundamentales del desarrollo económico son: aumento de la producción y productividad per – cápita en las diferentes ramas económicas, y aumento del ingreso real-per – cápita.
DESARROLLO SOCIAL
Proceso indicador de cambio en el perfil de una economía, orientado a canalizar en montos suficientes los beneficios del crecimiento y del ingreso nacional a los sectores sociales.
DESARROLLO SUSTENTABLE
Es el desarrollo económico caracterizado por el uso de la tecnología más apropiada en la producción para evitar la contaminación o degradación ecológica, y posibilitar la explotación racional de los recursos naturales.
DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA
Acción de transferir autoridad y capacidad de decisión en organismos del sector público con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como autonomía orgánica y técnica (organismos descentralizados). Todo ello con el fin de descongestionar y hacer más ágil el desempeño de las atribuciones del Gobierno Federal. Asimismo, se considera descentralización administrativa a las acciones que el Poder Ejecutivo Federal realiza para transferir funciones y entidades de incumbencia federal a los gobiernos locales, con el fin de que sean ejercidas y operadas acorde a sus necesidades particulares.
DESCONCENTRACION ADMINISTRATIVA
Proceso jurídico-administrativo que permite al titular de una institución, por una parte, delegar en sus funcionarios u órganos subalternos las responsabilidades del ejercicio de una o varias funciones que le son legalmente encomendadas, excepto las que por disposición legal debe ejercer personalmente, y por otra, transferir los recursos presupuestarios y apoyos administrativos necesarios para el desempeño de tales responsabilidades, sin que el órgano desconcentrado pierda la relación de autoridad que lo supedita a un órgano central. La desconcentración administrativa es una solución a los problemas generados por el congestionamiento en el despacho de los asuntos de una dependencia de gobierno.
Proceso jurídico-administrativo tendiente a erradicar la concentración funcional y operativa de los distintos órganos de gobierno, mediante la delegación de funciones, responsabilidades operativas y recursos a órganos desconcentrados ubicados en las distintas regiones del país, sin que pierdan la relación de autoridad que los supedite a un órgano central.
DESCONCENTRACION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA
Es el proceso de transferir total o parcialmente las funciones de las actividades productivas y sociales a las diferentes regiones geográficas del país, a fin de impulsar polos de crecimiento y aumentar el volumen de satisfactores a la población.
DESCONCENTRACION INDUSTRIAL
Proceso mediante el cual se limita el asentamiento industrial en zonas de alta concentración poblacional a través de un procedimiento normativo que impida su radicación y otorgando incentivos fiscales y financieros a empresas que se asienten en otros municipios o áreas susceptibles para su desarrollo.
DESCONCENTRACION POBLACIONAL
Proceso mediante el cual se norma y racionaliza los asentamientos humanos, incentivando a la población a que se ubique en municipios de baja o media concentración poblacional; es decir, aquéllos donde la explosión demográfica no es alta. Lo anterior se realiza a través de estímulos, generación de empleos remunerativos y la limitación de usos del suelo para vivienda en zonas densamente pobladas.
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |