- Objetivos de la Investigación
- Ámbito y sujetos de Estudio
- Descripción del Distrito de Torres Causana
- Proceso de desarrollo de los pueblos de la cuenca del río Napo
- Análisis de la situación de los derechos de los pueblos indígenas kichwas del Napo
- Conclusiones
- Recomendaciones y sugerencias
Objetivos de la Investigación
Realizar estudios sobre la vigencia de las instituciones indígenas en la articulación con la legislación nacional sobre la gobernanza y gobernabilidad
Determinar las brechas generadas por la inadecuada legislación en relación a los pueblos indígenas.
Proponer políticas públicas y proyectos de ley para mejorar la relación Estado – Pueblos Indígenas.
Ámbito y sujetos de Estudio
Hemos considerado realizar el trabajo de investigación en las comunidades indígenas del Napo peruano, conocidos como Kichwas Napurunas. Los actores principales son las comunidades, la Federación Indígena y el Gobierno Local.
En este caso particular se pudo abordar el trabajo ya realizado por el profesional de campo, en las comunidades kichwas napurunas, en total un promedio de 32 comunidades, en las que se trabajo con los Apus o líderes comunales.
DATOS GENERALES
DISTRITO: TORRES CAUSANA
PROVINCIA: MAYNAS
REGIÓN: LORETO
GRUPO ETNICO: KICHWAS NAPENOS Y TUCANO (SIEKOYAS) DENOMINADOS AIRO PAI
Descripción del Distrito de Torres Causana
El Distrito de Torres Causana fue creada por Ley 9815, el 2 de julio de 1943, con la finalidad de contar con una unidad jurídica territorial para salvaguardar de las pretensiones de Ecuador. Cuenta con una superficie territorial de 7,363.44 km2, con una población de 4,865 habitantes[1]
Limita por el norte con el vecino país de Ecuador, por el sur con el distrito del Napo, por el Este con los distritos de Putumayo y Tnte. Manuel Clavero, por el Oeste con Ecuador.
El principal afluente es el río Napo, donde se encuentran ubicadas las mayorías de comunidades, algunas quebradas como Aushiri y Santa María son también importantes por la conservación de recursos de flora y fauna.
Vías de Acceso
La vía de acceso al distrito de Torres Causana es fluvial. En la primera forma se utiliza embarcaciones como Motonaves o Lanchas que tienen un recorrido desde la ciudad de Iquitos de un promedio de 6 a 7 días de navegación; en deslizadores o rápidos, se tiene que realizar un recorrido desde la ciudad de Iquitos hacia la localidad de Mazán con un promedio de 45 minutos, de ahí se tiene que tomar un vehículo como moto o motokar, y enseguida se consigue otro deslizador que nos trasladará hasta la localidad de Santa Clotilde (con un promedio de 4 horas de viaje), capital del distrito del Napo. A partir de esa zona se tiene tres opciones: esperar la llegada de la Motonave fluvial que realiza un viaje de 3 días hasta la localidad de Pantoja, alquilar un deslizador que demora alrededor de 6 a 10 horas de navegación, dependiendo el caballaje del motor fuera de borda. Por último se alquila un bote con motor, conocidos como pkpk, que demora en llegar a la zona entre dos a tres días de navegación.
MAPA N° 1: MAPA DEL DEPARTAMENTO DE LORETO
Como punto de estudio, lo estamos enfocando en el distrito de Torres Causana, sin embargo, el Proyecto se enfoca en los distritos de Torres Causana y Napo, por compartir la misma cuenca hidrográfica, así como historia y pueblos.
Ahora bien, el cuadro N° 01 muestra las comunidades que pertenecen a la jurisdicción del distrito de Torres Causana, desde donde comienza hasta la última comunidad que está en la frontera con el Ecuador.
Fuente: Juan Carlos Torres Pezo
* Son comunidades Siekoyas o Airo pai
Proceso de desarrollo de los pueblos de la cuenca del río Napo
Existen varias teorías al respecto, unos señalan que son pueblos que migraron desde el Ecuador escapando de las reducciones, son pueblos conocidos como Sunus o Quijos, que fueron enseñados por la lengua por los inkas, es decir, que un grupo de ellos fueron llevados alrededor del año 1500 hacia el cusco por el Inka Túpac Yupaki, cuando no pudo dominarlos en la entrada de las cabeceras del río Napo en el Ecuador. Esto se confirma, en cuanto fue la ruta tomada por la expedición que descubrió el río Amazonas por Francisco de Orellana, quien se dirigió por el río Napo desde Quito.
Los pueblos napurunas, como se autodenominan, son una suerte de fusión cultural con otros pueblos como los grandes Omaguas, los Zaparos y vacacohas, entre otras.
Para otros, en cambio, la lengua se debe a que en el tiempo de las reducciones, los jesuitas impusieron la lengua runa simi o inga a todos los pueblos que iban dominando. Esta teoría no es la más acertada por cuanto hay crónicas que muchos de aquellos pueblos denominados yumbos hablaban la lengua de los inkas.
Es así que a través de la historia estos pueblos iban desarrollando sus formas culturales propias, adoptando, en algunos casos, otras costumbres de otros pueblos.
Asimismo, la presencia de sacerdotes en la convivencia incultural dentro de los pueblos, ha permitido la sistematización de sus costumbres, valores y lengua. Los pueblos indígenas Kichwas del Napo han trascendido en la toma de decisión desde sus espacios comunales por la estructura organizacional con la que cuentan.
Así tenemos:
Ayllu kawsanamanda: Vivir como verdaderas familias
Ally chinamanda: arreglar lo malo
Sumak kawsana: vivir bien, conocido como el buen vivir.
Parihulla kawsana: vivir iguales, pero diferentes
Yanapanamanda kawsana: vivir ayudándonos
Lukar kawsana: vivir libres
Kuska kawsanamanda: vivr correctamente
Runa shimita kwintanakuna mana chapusa: hablar kichwa entre nosotros, sin mezclar con otras lenguas.
Allpata mana amayana: No acaparar las tierras
Sachata mana wakllichina: No dañar, no destruir, no contaminar la selva.
Wankurisa kawsana: vivir organizados
Yachak kawsana: vivir sabiamente
Toda esta sabiduría se resume en la siguiente frase: Shuk Yuyaya, Shuk shunkuya, shuk shimita, shuk makilla: Un solo pensamiento, sentimiento, palabra y esfuerzo.
Las comunidades Kichwas del Napo se encuentran dirigidos por una junta directiva: Apu o presidente comunal, Secretario, tesorero, y vocales. A su vez, todas las comunidades Kichwas conforman la Organización Kichwaruna Wankurina del Alto Napo, presidido por el Gurnaru o Waynaru, quien es el Apu de Apus.
La Organización nación en el año de 1975, siendo una de las primeras Federaciones Indígenas del Perú. El Consejo de Anciano es una práctica que en algunas comunidades aun se mantiene.
La Organización no interviene en asuntos comunales, por cuanto para ello están los apus. Desde hace varios años, las comunidades han venido elaborando sus estatutos para sistematizar su organización así como reglamentos internos o de convivencia, que permite tener una guía para impartir justicia comunal, el problema es que en muchos de los casos no se aplica por que hay practicas culturales como echar ají al ojo de una persona que comete alguna falta en la comunidad, y que es sancionado en la nuestra como trato cruel, humillante y degradante.
He podido presenciar casos, como por ejemplo de hurto, en la que la comunidad en asamblea sanciona al comunero con devolución del bien y posterior castigo. En otras comunidades ya se aplican los casos de obras comunales, para no aplicar castigos severos contra el cuerpo del comunero.
Análisis de la situación de los derechos de los pueblos indígenas kichwas del Napo
En este acápite se desarrollará un estudio sistemático de los derechos de los pueblos indígenas en cuanto cumplimiento e incumplimiento del Estado, en sus tres niveles de gobierno, en la aplicación u omisión de políticas públicas.
En cuanto a estos derechos analizaremos la implementación de políticas generales a favor de los pueblos indígenas y en particular sobre los pueblos Kichwas napurunas.
Para ello, trazaremos una línea pedagógica y sistematizada en la aplicación de los derechos humanos: (i) derechos civiles y políticos; (ii) derechos económicos, sociales, culturales y ambientales – DESCA, y; (iii) derechos de solidaridad o de los pueblos.
i. Derechos Civiles y Políticos
Como es sabido, el Estado peruano a través de sus tres niveles de gobierno: Nacional, Regional y Local (Provincial y Distrital) tienen obligaciones a cumplir en relación a los pueblos indígenas, esto parte, en primer lugar por un mandato expreso de la Constitución política, en cuanto al reconocimiento de un Estado pluricultural, que, defendiendo la tesis de su indivisibilidad, alude a la idea de inclusión e integración.
En tal sentido, nace una obligación imperativa del Estado en proteger los derechos humanos, entendiéndose como derechos colectivos, de estas naciones indígenas. Y digo naciones sin alterar la idea de indivisibilidad del Estado – nación peruana; sino, con la intención de comprender el grado de compromiso que asume el Estado peruano en cuanto políticas inclusivas con matices interculturales a favor de los pueblos indígenas.
Ahora bien, la suscripción y posterior ratificación[2]del Convenio 169 de la OIT dio nuevas luces a la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, que mejoraba en gran manera la débil legislación de Comunidades Nativas y Campesinas con que contaba el Perú.
Es preciso señalar que, ni bien entró en vigencia el Convenio, el Estado, vía el Poder Ejecutivo, diseño políticas a favor de mejorar la participación e intervención de los representantes indígenas en la toma de decisión, sin embargo, en esta parte quiero detenerme para realizar los análisis en cuanto a los derechos civiles y políticos.
Lamentablemente, los años más duros de las injusticias sociales en el país se sufrieron en las décadas de los 80 y 90, es decir, corresponsabilidad de los gobiernos de turno, desde el Gobierno del Arquitecto Fernando Belaunde Terry, pasando el gobierno del Dr. Alan García Pérez, hasta llegar al oncenio del Ing. Alberto Fujimori Fujimori.
En cuanto al tema de políticas públicas a favor de los pueblos indígenas del Napo podemos mencionar lo siguiente:
Derecho a la identidad
Las campañas de Identidad se ha visto fortalecidas en el distrito del Napo a favor de los niños, niñas y adolescentes, para contar con DNIs.
Estas políticas se han venido implementado desde hace mucho, solo que las mismas no han sido muy eficientes, por cuanto, las llegadas de las brigadas de RENIEC muchas de las veces no llevaba material suficiente, y generaba problemas a los pobladores de las comunidades que se desplazaban a la zona de registro.
Podemos señalar, que en la actualidad el tema de la identidad a mejorado en gran manera, es decir, se cuenta con un gran numero de personas, entre niños, niñas, adolecentes y adultos, que cuentan con el DNI, esto gracias a las políticas sociales como JUNTOS y la estrategia Nacional CRECER.
En fin, en cuanto a los derechos civiles, el tema de la Identidad es la bandera de lucha con lo que se logro objetivos concretos, pero, aun queda un 17% de población que no cuenta con DNI, incluso algunos, casi un 2% no cuenta con partida de nacimiento.
Derecho a la participación política
Sobre los derechos políticos, las poblaciones indígenas han participado de manera organizadas en varios comicios electorales, a tal punto, que en lo que va del periodo 1997 – 2011, se ha contado con la presencia de tres líderes indígenas que asumieron el gobierno Municipal[3]es importante mencionar, que siendo un distrito con mayor población indígena, casi un total de 88.9%, la presencia de regidores indígenas siempre se ha dado, además que la presencia de las mujeres en las regidurías se ha hecho obligatoria, incluso antes que se dicte la Ley de Igualdad de Oportunidad, o la cuota de genero.
Es lógico entender, que siendo esta una razón fundamental para que las condiciones de los pueblos indígena mejore, se ha vendió observando obstáculos para las gestiones actuales en el tema de desarrollo de proyectos, por cuanto no ha habido capacitación acorde con la realidad de la zona, es decir, muchos proyectos de desarrollo son inviables en la zona, por cuestiones demográficas, geográficas y culturales.
En cuanto al tema de la participación a través de los presupuesto participativos, los instrumentos utilizados no han sido los mas idóneos o adecuados, es decir, el esquema utilizado no ha tenido en cuenta la comprensión cultural y la forma de ver el desarrollo de los pueblos indígenas, solo se han aplicado modelos introducidos en otras realidades.
Asimismo, los procesos electorales no ha tomado en cuenta las realidades geográficas del distrito, por ejemplo, las únicas mesas de votación se establecen en la localidad de Cabo Pantoja, capital del distrito de Torres Causana, que dista muy lejos de la primera comunidad, y muchas veces imposibilita el traslado y genera gastos onerosos a los pobladores que tienen que cumplir con el derecho de voto.
Cabe señalar que en el distrito de Torres Causana, se vio fortalecida la participación en sus diversas dimensiones por la forma de organización comunal que han venido ejerciendo, ya sea desde los espacios comunales o de Asambleas de la Organización Kichwaruna Wankurina del Alto Napo. Sobre este tema será visto a profundidad en el siguiente Informe.
ii. Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
Derechos Económicos en general
En cuanto a los derechos económicos, La Municipalidad Distrital de Torres Causana ha desarrollado, desde hace varios años, proyectos de crianza de ganado vacuno, como una medida de obtener ingresos propios para las comunidades, claro, que no han sido los más productivos, por cuanto carecen de asesoría técnica para la crianza.
La crianza de animales porcinos es fructífero, pero no tiene un precio adecuado, la misma que es aprovechada por los rematistas, quienes lo compran a precios muy bajos. Hace poco se ha presentado un virus que ha diezmado a los animales porcinos de la zona, provocando enfermedades que ha causado pánico entre la población.
Asimismo, a través del Presupuesto Participación se ha realizado la adquisición de máquinas piladoras de arroz, sin tener en cuenta la producción de dicho cereal, así como la falta de capacitación técnica para la optimización del uso de las máquinas. Es preciso mencionar que en algunas comunidades las máquinas se están oxidando por el desuso de las mismas.
Se puede apreciar en el Cuadro N° 01 (in supra) que la gran mayoría de territorio del distrito se encuentra titulada (16), algunas cuentan con solamente reconocimiento (4) y que tres (3) no cuentan con título ni reconocimiento aún, siendo un peligro por la inseguridad jurídica territorial.
Derecho a la alimentación o seguridad alimentaria
Sobre los derechos sociales me detendré un poco más por cuanto representa el grueso de iniciativas y proyectos que se maneja en los tres niveles de gobierno: comenzamos con el Derecho a la alimentación o seguridad alimentaria, los programas como Vaso de Leche, CRECER o PIN han sido fructíferos en la zona, el primero es un Programa del Gobierno Nacional que es administrado por el Gobierno Local, mientras que los otros dos programas son del gobierno Nacional y administrados por los sectores Salud y educación, la misma que viene atendiendo a los niños de 0 a 5 años, madres lactantes y gestantes. En la zona del Napo, la atención es buena, pero no suficiente, es decir, si bien es cierto que los productos llegan mensualmente, los reportes de nuevos casos de pacientes gestantes y lactantes es mayor que los insumos que se envía, y no permite la entrega de algunas madres.
Derecho al trabajo y al salario digno
Desde la entrada de extractores ilegales de producto forestal a la zona del Alto Napo, las comunidades se vieron desprotegidas al no contar con mecanismos de reclamos ante los abusos de estos empleadores ilegales, que en varias oportunidades saquearon sus bosques, y no pagaban a los trabajadores ni a la comunidad por la madera extraída dejándolas con deudas ante el entonces ex INRENA, ahora Programa Forestal y fauna Silvestre de la Gerencia Regional de Medio Ambiente del Gobierno Regional de Loreto.
La llegada de las empresas petroleras a la zona del Alto Napo también ocasionó una serie de reclamos por parte de las comunidades indígenas, para un mejor trato y pago justo. En este caso, la operadora del Lote 121, de la Burlington Resource, cedida a la Empresa Petrolera Sub Andean, ha venido realizando las etapas de EIAs, así como la etapa exploratoria, para lo que requirió la mano de obra no calificada de pobladores de las comunidades que se viesen directa o indirectamente perjudicadas por las actividades de la empresa. Los casos que se han presentado no solo es por el bajo salario que ganaban sino las malas relaciones que llevaban con el personal de la empresa. Además de los perjuicios ocasionados a las comunidades.
Derecho a la vivienda digna
Para muchas comunidades el hecho de vivir en casas familiares construidos con materiales de la zona como son madera, pona y hoja de irapay o shapaja, es una manera digna de vivir. Sin embargo, hay muchas comunidades que vienen exigiendo el "mejoramiento" de las viviendas, es decir, en algunos casos, tener techo de calamina, en otros, la construcción de casas de material noble. Desde este punto nace una contradicción con las formas culturales de detentar la tierra, por cuanto para los pueblos indígenas los terrenos cedidos a las familias no es estacionaria, sino más bien, movible y rotatorio. Esto es que si alguien construye una casa de material noble, de quien será en la postrimera?, es una pregunta para reflexionar y empezar a entender la dinámica de los derechos de los pueblos indígenas.
Derecho a la salud
Es importante entender que el derecho a la salud es fundamental y correlacional con otros derechos fundamentales de la persona humana, y más aún para poblaciones en mayor grado de vulnerabilidad o indefensión. Sobre este derecho en particular, al igual que el de educación me detendré a realizar algunos análisis jurídicos situacionales:
En principio debemos entender que el derecho a la Salud es un derecho humano y está consagrada en el artículo 7 de nuestra carta política, desde este punto se habla de un enfoque de los derechos humanos, la misma que implica "un principio ético por el cual los Estados deben garantizar el respeto efectivo de los derechos humanos a través de las políticas públicas[4]Estas políticas deben de estar orientadas a la colectividad y que los gobernantes cumplan con las obligaciones emanadas de los acuerdos y compromisos asumidos a favor de los más desprotegidos, y que a la vez se encuentra garantizadas en los principios constitucionales y los derechos humanos; entendiéndose con este enfoque que los derechos no son solamente normas reguladoras sino más que todo, instrumentos de integración social.
Ahora bien, los derechos humanos son los atributos inherente a todo ser humano por la condición misma de persona, esto parte de la dignidad de la persona y que estos mismos derechos, reconocen, no solo los individuales, sino también los colectivos, en este caso especial se sitúan los pueblos indígenas.
La salud puede conceptualizarse, como lo hace la Organización Mundial de la Salud (OMS), como un estado de bienestar físico, mental, social, y no meramente como la ausencia de enfermedad o invalidez y establece "que el disfrute del más alto nivel de salud es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza (no de razas sino de pueblos), religión, creencias políticas, condición social o económica[5]La salud implica siempre un determinado equilibrio entre sus diferentes dimensiones: anatomo-morfológico, fisiológico, psíquico, ecológico y socio-económico[6]
Todo esto engloba a lo que se conoce como Salud Pública, es decir, la perspectiva poblacional, en este caso, según la Organización Panamericana de la Salud (OPS), se refiere a la "Intervención colectiva, tanto del Estado como de la sociedad civil, orientada a proteger y mejorar la salud de las personas"
De todo lo hasta ahora mencionado es importante mencionar las políticas públicas en materia de Salud se ha impartido hasta ahora:
Según el documento MINSA, "Análisis de la Situación de Salud en el Perú" (ASIS)[7], la población indígena presenta una situación de salud desventajosa respecto de la población general, cuya lengua materna es el castellano. Es por ello, que cuando se establecen las Estrategias Nacionales de Salud, se contempla una específica que atienda las necesidades de la población indígena. Sin embargo, a pesar de esta aparente voluntad política, no se ha podido identificar un documento de desarrollo de la misma.
Al respecto, el artículo 25° del Convenio 169 – OIT, señala que "los gobiernos deberán velar porque se pongan a disposición de los pueblos interesados servicios de salud adecuados o proporcionar a dichos pueblos los medios que le permitan organizar y prestar tales servicios bajo su responsabilidad y control, a fin de que puedan gozar del máximo nivel posible de salud física y mental."
Además, es importante señalar que en este mismo artículo se señala que "la prestación de tales servicios de salud deberá coordinarse con las demás medidas sociales, económicas y culturales que se tomen en el país"
Si bien es cierto que el Estado ha venido implementando dentro de las políticas públicas diversos programas y Estrategias para atención de poblaciones dispersas y más alejadas como son los casos de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunización (ESNI) y lo mismo con la Norma Técnica de "Atención Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas" (AISPED). Estos Programas han ayudado a paliar ciertas limitaciones que dificultan la labor de los Centros de Salud y/o Puestos de Salud, ubicadas en la jurisdicción donde se encuentran nuestros pueblos indígenas. Es preciso indicar que la Brigada AISPED en lo que va desde el año 2009-2010, sólo ha visitado cinco (5) veces nuestras comunidades, y que en el año 2011 no se han apersonado. La misma suerte pasa con la ESNI que en este año solo se apersono una sola vez para la campaña de Vacunación de SR y STR.
Con ello no estamos diciendo que la ESNI y AISPED son malos programas, pero si que están mal enfocados. Lo que indicamos es que, toda la inversión del Estado, que debería servir para fortalecer y equipar los Centros de Salud y Puestos de Salud, así como de capacitar al personal de salud, se gastan en pagar inmensas cantidades en compra de combustible, viáticos, pasajes, entre otras.
Señalamos que las políticas públicas en materia de salud, cuando se trate de poblaciones indígenas tienen que ser articuladas transversalmente mediante diálogo y participación con y desde los pueblos indígenas.
No así, como el Estado ha venido planificando sin tomar en cuenta las necesidades y prioridades de los pueblos. Cabe señalar que no solo se trata de brindar medicinas o visitas esporádicas, sino también de equipar, capacitar al puesto y personal de salud, para una mejor y optima atención.
Queremos precisar, que el Gobierno Regional de Loreto, hasta la fecha no ha tenido una real y efectiva presencia en nuestra zona. La Sub Región del Napo no ha articulado programas ni proyectos a favor de nuestras comunidades.
En la zona de Torres Causana existen tres Puestos de Salud, nivel I-I, un Puesto de Salud, nivel I-II, y un Centro de Salud, nivel II-I
Se puede señalar que del total de personal de salud que trabaja en el distrito de Torres Causana el 70,6% son de las comunidades indígenas Kichwas, esto representa un total de 12 personas.
Sin embargo, siendo una población vulnerable por varias razones: (1) Población en extrema pobreza[8](2) es uno de los distritos más alejados de la Amazonía, se encuentra en el extremo oriental del Perú, colindan con la República de Ecuador, y, (3) Población mayoritariamente Indígena, es decir, más de los dos tercio de la población del distrito.
Derecho a la educación
El otro tema de vital importancia tiene que ver con la educación, y en este caso en particular con la educación bilingüe intercultural – EBI, es en este escenario que nace la primera política de educación con enfoque bilingüe e intercultural en la Amazonía peruana, conocido como Programa de Educación Bilingüe Intercultural del Alto Napo – PEBIAN, este programa nace en 1975, con la autorización y apoyo del Ministerio de Educación, a través de la Sexta Región de Loreto y del Vicariato Apostólico de San José del Amazonas, quien era la encargada de garantizar la educación bilingüe mediante la parroquia ubicada en la localidad de Angoteros.
Desde la formación de PEBIAN, el objetivo[9]se ha mantenido como son: 1) crear una educación abierta a la comunidad con participación e integración constante de la misma; 2) Elaborar un modelo educativo en continuidad con la educación tradicional indígena, con el fin de recuperar el dinamismo y creatividad de la propia cultura; 3) crear las estrategias educativas que permitan al indígena dialogar con otras culturas sin perder su propia identidad; 4) capacitar a profesores indígenas bilingües para el servicio a sus comunidades, identificados con la mística y finalidad[10]del PEBIAN; 5) Elaborar y publicar libros de texto y folletos específicamente diseñados por el PEBIAN, den un esfuerzo constante de adaptación de los contenidos curriculares; 6) ofrecer al país una alternativa de autofinanciación.
Mencionamos estos objetivos para analizar la política educativa que se viene implementado en las comunidades. En primer lugar, es preciso mencionar que las comunidades Kichwas se han visto fortalecidas por con contar con un programa bilingüe en educación, esto ha permitido el
respeto de la lengua materna y su preservación en el tiempo. En segundo lugar, la crisis de liderazgo en torno a PEBIAN es uno de los factores por lo que no se viene mejorando en materia educativa.
El Estado peruano tiene la obligación de garantizar que la educación sea de calidad, que haya permanencia de los docentes y alumnos, así como sea la mas accesible e inclusiva posible.
Bajo estas cuatro premisas, queda la pregunta, ¿realmente, la educación en las comunidades Kichwas napurunas se cumple la calidad educativa desde un enfoque intercultural, o es que solamente se ha tenido en cuenta una falacia en premisa en dejar hacer a los pueblos indígenas un trabajo sin articulación alguna? Entendamos que la calidad desde nuestra forma de ver, con la Curricula Educativa Nacional, que trata de matizar a grandes rasgos la diversidad cultural que expresan los pueblos en el Perú. No basta una forma de ver la realidad, si existen varias realidades, es necesario el trabajo articulado con todos los actores involucrados en el proceso educativo.
Esto lo digo para poner énfasis en el desinterés desde el mismo Ministerio de Educación, la Dirección Regional de Loreto, pasando por la Unidad de Gestión Educativa Local de Maynas, y su enlace, la Red Educativa Rural del Napo, para llegar hasta el PEBIAN y descender a cada Institución Educativa.
Otros derechos sociales
En este rubro veremos el tema sobre el derecho humano al acceso al agua. La política que a lanzado el Gobierno de "Agua para todos" fue un mecanismo interesante que se articulo en las políticas públicas locales, en ese sentido, el Instructivo sobre Presupuesto Participativo de los años 2010 y 2011 priorizaron proyectos que tengan que ver con Necesidades Básicas Insatisfechas – NBIs.
Ante todo este proceso, la Municipalidad Distrital de Torres Causana ha realizado taller sobre desarrollo del Presupuesto Participativo en base al Presupuesto por Resultado, en la que se vio la necesidad de invertir los pocos recursos que ingresan a la Municipalidad. La política que construcción pozos artesianos en varias comunidades es importante para mejor el consumo de agua mucha mas saludable y menos infecciones, a esta política se sumo el Fondo para la Igualdad del Gobierno Nacional en la construcción de un sistema de abastecimiento de Agua Potable y letrinas sanitarias. La compañía petrolera en varias comunidades ha realizado esta misma labor. Sin embargo, cabe destacar que no se han tomado en cuenta las pautas culturales ni las condiciones técnicas necesarias, puesto que se han desarrollado estos proyectos en comunidades donde la mayoría de los habitantes viven alejadas de los núcleos comunales[11]
Otro aspecto importante es la presencia de telecomunicación, primero, presentada por la compañía israelí Gilat To home Perú, encargada por el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones – FITEL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de garantizar la comunicación en las comunidades más alejadas del país mediante teléfonos rurales, que claro está, hace más caro la comunicación por el costo de las tarjetas cuando llegan al usuario o destinatario final. En el año 2010, la Compañía de Teléfonos Telefónica del Perú, realizó instalaciones de teléfonos satelitales a menor costo de llamada. Sin embargo, las personas encargadas de administrar estos teléfonos no lo realizaron adecuadamente generando deudas en perjuicios de las comunidades, por los que se cortaron las líneas.
En la actualidad, FITEL ha realizado en el año 2010 un contrato exclusivo de servicios con Telefónica del Perú para la instalación de redes de telefonía celular y fija. En la cuenca del río Napo se establecerá en las comunidades de San Luis de Tacsha, Santa Clotilde, en el distrito del Napo, y Angoteros y Cabo Pantoja en el distrito de Torres Causana. Solamente en las capitales de los distritos se tendrá la aplicación de la telefonía móvil y fija.
La electrificación rural es un privilegio de unas cuantas comunidades como Puerto Elvira, Angoteros, Tempestad y Pantoja. En la comunidad de Torres Causana se va ha instalar el próximo año.
Derechos culturales
El respeto de la forma de vida de un pueblo traduce el cumplimiento de sus derechos a la identidad cultural. Lo importante es que se ha permanecido la forma organizacional, aunque una de las barreras impuestas a estos pueblos es las formas y procedimientos establecidas por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, en relación a la inscripción de las autoridades y de las comunidades, así como la formalidad en el tema de los estatutos y reglamentos comunales.
iii. Derechos de los Pueblos
El derecho que nos vamos a abocar a estudiar es el del Ambiente sano y libre de contaminación para el desarrollo de la vida. Así como los componentes que están involucradas en ellas.
En la cuenca del Napo, los problemas principales detectados son el de tala ilegal y de posible presencia de empresas petroleras en la zona, en este caso, después del proceso de Plan de Cierre o Abandono de la Sub Andean en el Lote 121, está la posible presencia de la PETROBRAS en el Lore 117.
En cuanto al tema de la tala ilegal podemos mencionar lo siguiente: En nuestras visitas a las comunidades que están asentadas en la cuenca del río Napo, tomamos conocimientos de la presencia de extractores ilegales de productos forestales, muchos de estos se aprovechan de los permisos forestales comunales que son otorgados a comunidades indígenas para su aprovechamiento de tal manera que genere recursos económico dentro de ellas.
Sin embargo, las comunidades no cuentan con los materiales necesarios para la realización de la actividad extractiva, asimismo, desconocen de los instrumentos técnicos y legales para la consecución de los objetivos propuestos por el sistema forestal estatal.
Es por ello, que las comunidades buscan a "empresas" forestales para que realicen las actividades de extracción de los productos maderables y así, por medio de ellas, obtener ganancias, tanto en el pago del producto como de generación de empleo para los miembros de las comunidades.
Empero, estos derechos, en varias oportunidades se han visto devaluadas por el pago irrisorio que ofrecen estas empresas, tanto por el producto forestal, como a la mano de obra que emplea la empresa. Esto ha afectado el modus vivendis de los habitantes amazónicos, y, en especial de las comunidades indígenas.
Estos hechos se agravan por cuanto, a pesar de las denuncias interpuestas ante el Gobierno Regional de Loreto, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental y la Policía Ecológica, no hacen una investigación in situ, la misma que argumentan la imposibilidad de hacerlo por carecer de presupuesto.
En cuanto a los derechos ambientales podemos señalar que la afectación directa no se ha establecido por la presencia de petroleras en nuestras comunidades sino, por el derrame de crudo que se producen en el Ecuador es la principal causa de la contaminación de los ríos. Según los últimos análisis realizados por la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, se ha detectado una mayor presencia de metales pesados, entre ellas, plomo y cadmio, además de mercurio. No se sabe a ciencia cierta la fuente contaminante, y es por ello, que en la actualidad se siguen realizando el monitoreo hídrico de la cuenca del Napo.
Conclusiones
a. Sabemos que los derechos humanos no solo son derechos individuales, sino también colectivos, y en este caso en especial están los pueblos indígenas, gracias al amparo del Convenio 169 de la OIT.
b. Los pueblos indígenas Kichwas vienen preservando algunos valores, tradiciones e instituciones propias de su cultura. Sin embargo, la presencia continua de extractores ilegales de producto forestal, y empresas petroleras, ha ocasionado serios trastoque en la forma de vida de los pueblos.
c. Las políticas públicas implantadas en los pueblos, muchas veces, no son tomadas en cuenta la realidad de la zona.
d. Las políticas públicas en torno al derecho a la salud de todos y todas en condiciones de igualdad ha ido mejorando, pero esta misma no ha aterrizado adecuadamente en la implementación de políticas en torno a pueblos indígenas, independientemente de las ESNI y AISPED.
e. La falta de oportunidad y de proyectos productivos permite que los pueblos indígenas cedan a la informalidad.
Recomendaciones y sugerencias
a. Sugerimos al Gobierno Regional Loreto, que atienda a los pueblos indígenas, por cuanto están amparados en la Constitución Política, el Convenio 169 –OIT, y la Ley General de Salud.
b. Cumplan con Implementar adecuadamente políticas de salud para una mejor y óptima atención de Salud a las poblaciones en mayor grado de vulneración como son los pueblos indígenas.
c. Fortalecer las capacidades decisorias y de negociación de las organizaciones, ya sean comunales, de la federación, o municipal.
d. trabajar articuladamente con los distintos niveles de Gobiernos (Central, Regional y Local) para mejorar el control y supervisión de los recursos naturales existente en los territorios de comunidades indígenas, y en el proceso involucrar a los miembros de estas.
e. Fomentar la Mesa Regional de Lucha Contra la Tala Ilegal, en la que se vea involucrado los actores afectados (comunidades indígenas, caseríos y comunidades campesinas), municipalidad provincial, municipalidades distritales, iglesias, Defensoría del Pueblo, comisarías, Sector Forestal, IIAP, entre otros, con la finalidad de coadyuvar a la Política Forestal Regional y/o Nacional y al control de las especies forestales en peligro de acuerdo a las CITEs.
f. Que, el trámite en los Registros Públicos para el reconocimiento de las autoridades comunales es muy engorroso, por lo que pedimos al Estado peruano que faciliten el trámite de reconocimiento de las juntas directivas de las comunidades indígenas con medios de pruebas más asequibles, como son las constancias entregadas por nuestra Organización y las Municipalidades distritales.
g. Que se pueda implementar políticas de administración de justicia en tenor a lo dispuesto por el artículo 139 de la Constitución Política del Perú.
Es todo cuanto informo,
Atentamente,
Autor:
Juan Carlos Torres Pezo
Consultor
[1] Datos del Censo Poblacional de 2007 – INEI
[2] Mediante Resolución Legislativa N° 26253, ratifica el Convenio 169 – OIT, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes. La misma que entró en vigencia en febrero del año 1995.
[3] En el periodo 1997 – 2002 gobernó el profesor kichwa Richard Oraco Noteno, en el periodo 2003 -2006, gobernó el profesor kichwa Eloy Jipa, y en este periodo de 2011 – 2014 está gobernando el profesor kichwa Gabriel Asahanga jota.
[4] Comisión Andina de Juristas. Las Políticas Públicas: Un Nuevo Enfoque desde los derechos humanos y el derecho al desarrollo. Documento de Trabajo. http://www.cajpe.org.pe
[5] Esta definición fue adoptada en 1946 en la Constitución de la OMS, fue reafirmada en 1978 en la Conferencia sobre Atención Primaria de Salud en Alma Ata.
[6] La Observación General 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (CDESC) sobre el derecho a la salud (2000) proporciona una interpretación normativa de este derecho, al que considera un derecho inclusivo que abarca no sólo la atención de salud oportuna y apropiada, sino también los factores que determinan la buena salud –como agua, nutrición y vivienda, condiciones medioambientales y ocupaciones saludables- y el acceso a la educación e información relacionadas con la salud así como a condiciones sanitarias adecuadas. “Construyendo Ciudadanía: El derecho humano al Agua”. (MINGA, 2004).
[7] MINSA, “Análisis de la Situación de Salud en el Perú” (ASIS), Lima, noviembre de 2001.
[8] Según el mapa de pobreza de la Región Loreto, el distrito de Torres Causana está entre los 11 distritos más pobres de la Región.
[9] Los objetivos fueron establecidos en el año de 1988, fecha en la que elaboró su Reglamento.
[10] La finalidad del Programa es: a) formar hombres críticos y libres que valorando su propia cultura, sean capaces de comunicarse y dialogar con las otras culturas, sin perder su propia identidad; b) Ayudar al cambio estructural necesario para terminar con la marginación del indígena.
[11] Las comunidades que formaron núcleos comunales lo han hecho con la necesidad de poder contar con colegio, y otras obras públicas que exigen los mecanismos del Ministerio de Economía y Finanzas.