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Las entidades fiscalizadoras superiores y la auditoria basada en resultados (Perú) (página 4)


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Interpretando a Blanco (2010)[42], el informe de auditoría basada en resultados es el producto final del trabajo del auditor, en el cual presenta sus observaciones, conclusiones y recomendaciones. El informe de auditoría debe contener la expresión de juicios fundamentados en las evidencias obtenidas. En la fase de Elaboración del Informe, el equipo de auditoría comunica a los funcionarios de la entidad auditada los resultados obtenidos durante la fase de ejecución. Los principales objetivos de un informe de auditoría basada en resultados son: Brindar suficiente información sobre las deficiencias (desviaciones) más significativas; y, Recomendar mejoras en la conducción de las actividades y ejecución de las operaciones. El informe de una auditoría basada en resultados constituye una oportunidad para poder captar la atención de los niveles gerenciales de la entidad auditada, así como para mostrar los beneficios que este tipo de examen le ofrece. Por esta razón el informe de auditoría comunica los resultados de la auditoría de gestión; y, persuade a la gerencia para adoptar determinadas acciones y, cuando es necesario llamar su atención, respecto de algunos problemas que podrían afectar adversamente sus actividades y operaciones. Cada auditoría basada en resultados culmina en un informe por escrito que es puesto en conocimiento de la entidad auditada. Por ello, la aceptación del informe por parte de los funcionarios de la entidad examinada dependerá de su calidad. Los objetivos del informe para cada auditoría deben estar definidos apropiadamente, tan pronto como sea posible, al igual que su estructura. Para ahorrar tiempo, el Supervisor debe adquirir un rápido entendimiento sobre el contenido del informe, por cuanto es quien finalmente debe revisarlo y aprobarlo. Una vez que el enfoque general y las observaciones más importantes han sido aceptados, será menos probable que ocurran problemas de revisión. En relación a los informes de auditoría basada en resultados debe tenerse en cuenta lo siguiente: La auditoría mejor planeada, con procedimientos apropiados aplicados por los mejores auditores, con evidencias suficientes en términos de cantidad y calidad, no está completa, ni resulta útil, en tanto no se apruebe y remita el informe a la entidad examinada.

La NAGU 4.40 Contenido del Informe, define la estructura del informe de auditoría basada en resultados:

Síntesis gerencial

I. INTRODUCCIÓN

Información relativa al examen

1. Motivo del examen

2. Objetivos

3. Alcance y naturaleza del examen

4. Antecedentes y base legal de la entidad

5. Comunicación de hallazgos de auditoría

6. Memorando de Control Interno

7. Aspectos de Importancia

II. OBSERVACIONES

III. CONCLUSIONES

IV. RECOMENDACIONES

Anexos:

· Relación de las personas comprendidas en las observaciones

· Situación financiera, económica y presupuestaría

Evaluación de la economía, eficiencia y efectividad con la auditoría basada en resultados

Interpretando a Chiavenato (2006)[43], la auditoria basada en resultados con enfoque en la eficiencia y economía, tiene el propósito de determinar si el Sector Defensa utiliza sus recursos financieros, humanos y materiales de manera eficiente y económica. Por esta razón, el auditor debe detectar las causas de cualquier práctica ineficiente o anti-económica, incluyendo deficiencias en los sistemas de información gerencial, procedimientos administrativos o estructura organizacional.

La eficiencia está referida a la relación existente entre los bienes o servicios producidos o entregados por el Sector Defensa y los recursos utilizados para ese fin, en comparación con un estándar de desempeño establecido. En la auditoría basada en resultados, dar consideración apropiada a la eficiencia significa maximizar las salidas (Outputs) generadas por cualquier tipo de ingreso (inputs) o, producir un nivel dado de salidas a menor costo. Este aspecto puede ser fácilmente apreciado en programas que involucran la producción o generación de algún bien o servicio en forma repetitiva. Por ejemplo, el número de raciones administradas por un Puesto de Comando del Sector Defensa, el número de documentos ingresados a un sistema de trámite documentario. La comprensión del significado de la eficiencia, es necesaria para entender el sentido de los términos: entradas/salidas, productividad, cantidad y calidad y nivel del servicio. Las entradas están representadas, principalmente, por los recursos, sean éstos financieros, materiales, físicos o de información, los cuales son utilizados para producir salidas. Las salidas pueden comprender bienes o servicios producidos para atender la demanda, y son definidos en términos de cantidad y calidad que se relacionan con el nivel de servicio brindado.

La productividad se refiere al monto aceptable de bienes o servicios producidos (salidas) y los recursos utilizados (entradas) para producirlos, generalmente, la productividad puede expresarse en forma de relación , costo o tiempo por unidad de salida producida. Las normas relativas al nivel de servicio a alcanzar pueden estar definidas por las políticas, regulaciones u otras disposiciones y, en algunos casos, tales normas pueden incidir en la calidad, así como en el costo del servicio.

La eficiencia por su naturaleza es un concepto relativo. Ella es posible medirla si comparamos la productividad obtenida con un estándar o norma establecida. La cantidad o calidad de las salidas y el nivel de servicio brindado, pueden también ser comparadas contra los estándares de desempeño, con el propósito de determinar si fueron ocasionados algunos cambios en la eficiencia. Por lo tanto, se admite que la eficiencia es incrementada cuando se produce con calidad un número mayor de salidas con menores recursos de entrada, o cuando con el mismo monto de salidas son producidas con menos recursos.

La eficiencia es un componente importante dentro de la auditoría basada en resultados; por ello el auditor debe incluirla en las evaluaciones relacionadas con la efectividad y economía que lleva a cabo. Debido a que la eficiencia tiene relación con las entradas y salidas de recursos y, la economía cautela la obtención de recursos en cantidad y calidad apropiada y al menor costo, puede afirmarse que entre ambos conceptos existe un factor de endeudamiento. Existe igualmente una íntima vinculación entre la eficiencia y efectividad, por cuanto la primera constituye un factor para determinar el menor costo posible o la mejor manera para lograr los objetivos y metas establecidos.

La economía está relacionada con los términos y condiciones bajo los cuales el Sector Defensa adquiere recursos, sean éstos financieros, humanos, físicos o tecnológicos (Sistema de Información Computarizada), obteniendo la cantidad requerida, al nivel razonable de calidad, en la oportunidad y lugar apropiado y, al menor costo posible. De no tenerse en cuenta estos factores, podría resultar en bienes o servicios a costos mayores, de menor calidad u obtenidos a destiempo. Una operación económica adquiere tales recursos en calidad y cantidad apropiada y al menor costo posible. La distinción entre economía y eficiencia es a menudo poco clara. Por ejemplo, si se obtiene los recursos pagando sobreprecios, ello tendrá un impacto directo sobre el costo unitario de las salidas. Pero, esta situación es un asunto relacionado con la economía, no con la eficiencia, que tiene que ver con el empleo de los bienes en las operaciones de la entidad. Una auditoría que comprenda la eficiencia y economía de los programas o actividades tiene como objetivos: Determinar si la entidad, programa o actividad adquiere, protege y utiliza los recursos de manera eficiente y económica; establecer las causas de ineficiencias o prácticas anti-económicas; determinar si la entidad ha cumplido con las leyes y reglamentos aplicables en materia de eficiencia y economía; establecer la razonabilidad de los controles gerenciales para mantener la eficiencia y calidad del servicio a un nivel satisfactorio; determinar la confiabilidad de los procedimientos establecidos para medir y reportar su rendimiento; identificar los esfuerzos para mejorar la eficiencia en el programa o actividad auditada y los resultados alcanzados. La eficiencia de una operación puede expresarse como un porcentaje del estándar de desempeño con relación a la información actual. Un índice que representa la relación salida/entrada (productividad), puede ser expresado de diferentes formas para determinar el nivel de eficiencia.

Interpretando a Chiavenato (2006)[44], la evaluación de la efectividad de programas del Sector Defensa es realizada por la auditoria basada en resultados, con la finalidad de informar sobre la conducción, autorización, financiamiento y ejecución de los programas o actividades, en torno a su desempeño (rendimiento) obtenido por los programas en comparación con lo planeado. Este enfoque evalúa los resultados o beneficios logrados y determina si los programas o actividades vienen logrando las metas previstas, así como identifica los problemas que requieren corregirse para mejorar su efectividad. Algunos de los aspectos a considerar en una auditoría basada en resultados con enfoque de efectividad son los siguientes: Establecimiento de objetivos del programa en forma clara y precisa; Identificación de todos los objetivos del programa que sean materia de evaluación; Razonabilidad de los procedimientos para la evaluación de la efectividad del programa en cuanto su realización y costo; Retroalimentación de la efectividad del programa.

La evaluación de la efectividad de los programas o actividades, tiene relación directa con la evaluación de la eficiencia y economía en la aplicación de los recursos; por este motivo el auditor puede incluir ambos componentes en forma conjunta al desarrollar su trabajo. Esto es un aspecto a considerar durante la fase de planeamiento de la auditoría, en vista que una entidad puede alcanzar sus objetivos y metas en un período determinado, a pesar de incurrir en despilfarros o falta de economía en la aplicación de los recursos; o también, la misma entidad podría obtener niveles adecuados de eficiencia y economía en sus operaciones, sin que por ello logre sus objetivos y metas planeados. Los auditores asignados para realizar una auditoria basada en resultados que incluya el enfoque de efectividad, deben contar con cierta experiencia en la evaluación de programas, así como determinados conocimientos respecto del ente que será materia de examen. Además, tales profesionales deben haber recibido entrenamiento o tener experiencia en la ejecución de la auditoría de gestión.

Valor agregado de la auditoría basada en resultados

Interpretando a Coopers & Lybrand (2004)[45], la auditoría basada en resultados es una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta para agregar valor y mejorar las operaciones del Sector Defensa. En la actualidad, esta área abarca un vasto campo de acción que ha evolucionado a una función de consultoría, concentrada en el control y la mejora en la efectividad de procesos, y en la neutralización de los riesgos intrínsecos y de entorno. El rol del auditor por resultados ha ido variando positivamente, y estas mutaciones se han acelerado en los últimos años como consecuencia de los vertiginosos cambios acaecidos en el mundo político y económico y de los avances de la tecnología. De una mirada reactiva (señalar irregularidades y deficiencias de control luego de producidas) se ha pasado a un enfoque proactivo basado en la identificación, medición, priorización y neutralización de los riesgos, y en el hecho de que las gerencias de línea se involucren en las tareas de control interno. La tendencia actual es que el auditor se desempeñe como consultor y agente catalizador de la mejora en los procesos de la organización, a través de una intervención cada vez mayor en el diseño del plan institucional y el presupuesto por resultados, y en el apoyo para la implementación de nuevos productos y servicios.

La auditoría basada en resultados provee una serie de valores adicionales al Sector Defensa, los cuales detallamos a continuación: i) Valor estratégico cuando logra asegurar que existe verdadera coherencia entre los objetivos fijados por los planes institucionales y los medios disponibles para alcanzarlos. Este valor estratégico debe tender a acrecentar o al menos mantener la competitividad del Sector Defensa; ii) Valor productivo cuando asegura la capacidad del Sector para cumplir en tiempo y forma los compromisos asumidos con los agentes con la mayor economía de recursos posible; iii) Valor humano mediante la capacitación y el desarrollo de individuos que luego pueden ser destinados a tareas de línea; iv) Valor financiero al asegurar mediante el monitoreo continuo de los riesgos y los controles la conveniencia o no de decisiones de inversión, expansión, reingeniería, distribución de resultados, etc., las que en definitiva pueden afectar su propia existencia; v) La auditoria basada en resultados aporta las recomendaciones, que constituyen las medidas sugeridas por el auditor por resultados a la administración del Sector Defensa, para la superación de las observaciones identificadas. Deben estar dirigidas a los funcionarios que tengan competencia para disponer su adopción y estar encaminadas a superar la condición y las causas de los problemas. Las recomendaciones deben ser formuladas en tono constructivo y fluir de la conclusión correspondiente, teniendo en consideración que las medidas recomendadas sean lo más específicas posibles, factibles de implementar y tengan una relación costo/beneficio apropiada. Este rubro también debe incluir las recomendaciones significativas determinadas en auditorías anteriores, no superadas. El trabajo de la auditoría basada en resultados no sería de utilidad, si no se lograran concretar y materializar las recomendaciones incluidas en el informe, las mismas que deben traducirse en mejoras en los niveles de efectividad, eficiencia y economía en las operaciones que realizan las entidades, así como en el fortalecimiento del control gerencial inherente a los funcionarios que tienen a su cargo los procesos de dirección y gerencia.

El seguimiento de medidas correctivas es una actividad que desarrollan los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, con el objeto de establecer el grado de superación de las observaciones efectuadas por los auditores, así como evaluar las acciones adoptadas por la administración de la entidad para implementar las recomendaciones incluidas en el informe de auditoría. El acto de implementación de recomendaciones debe ser dirigido por la alta dirección del Sector Defensa, con el apoyo de un consultor externo, si fuera el caso, a fin de establecer mecanismos de evaluación continua, metódica y detallada del aludido proceso. El seguimiento de medidas correctivas que realicen los órganos del Sistema Nacional de Control, deben incluir los resultados de las acciones adoptadas por la entidad que fuera examinada con anterioridad, a efecto de establecer en que medida fueron implementadas las recomendaciones y superadas las observaciones consignadas en el informe de auditoría basada en resultados. Este trabajo puede formar parte del examen que se efectúa a la misma entidad, o ser preparado en forma independiente, según las circunstancias.

Los resultados de la evaluación de medidas correctivas, deben presentarse a través de un cuadro resumen que incluya: i) Detalle de las observaciones y recomendaciones comprendidas en el informe anterior; ii) Acciones adoptadas por la entidad; iii) Evaluación del auditor sobre las acciones adoptadas por la entidad; iv) Consideración si la recomendación fue implementada y v) la observación superada.

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA AUDITORIA BASADA EN RESULTADOS

Según Arens & Loebbecke (2011)[46], el aseguramiento de la calidad en la auditoria basada en resultados, se puede definir como el esfuerzo total para planear, organizar, dirigir y controlar la calidad en el proceso de la auditoria con el objetivo de dar al Sector Defensa servicios eficientes y efectivos. Garantizar la calidad del servicio de auditoria está en el corazón del proceso de la administración de la calidad. Es en este punto, donde se produce un servicio, donde se "ínter construye" o incorpora la calidad. La administración general de la auditoria basada en resultados, en las que están los grupos de presupuesto, tesorería, abastecimiento, contabilidad, personal, administración y otros, tiene la responsabilidad general de planear y ejecutar el programa de aseguramiento de la calidad. Para obtener servicios de calidad, debemos asegurar su calidad desde el momento de su diseño. Un servicio de calidad es el que satisface las necesidades del Sector, por esto, en la auditoria basada en resultados para desarrollar y lanzar un producto de calidad es necesario: Conocer las necesidades del cliente; diseñar un servicio que cubra esas necesidades; realizar el servicio de acuerdo al diseño; conseguir realizar el servicio en el mínimo tiempo y al menor costo posible. La auditoria basada en resultados poco a poco ha ido teniendo el aseguramiento correspondiente.

Según Arens & Loebbecke (2011)[47], determinamos que la auditoria basada en resultados, logrará el anhelado aseguramiento de la calidad si se lleva a cabo como un examen crítico de los libros, registros, recursos, obligaciones, patrimonio; gestión y resultados del Sector Defensa basado en normas, técnicas y procedimientos específicos, con la finalidad de opinar sobre la razonabilidad de la información financiera, la economía, eficiencia y efectividad. El aseguramiento de la calidad se va obteniendo cuando se reducen los riesgos de la auditoria basada en resultados. Cuando hay aseguramiento de la calidad de la auditoria basada en resultados, el riesgo de errores de importancia relativa en las transacciones rutinarias procesadas de manera sistemática es bajo, debido a que los controles internos son efectivos. Por esta razón, el auditor debe considerar dicha situación al diseñar las pruebas relacionadas con el cumplimiento de los objetivos de la auditoría. El riesgo inherente relacionado con transacciones no rutinarias, generalmente, es más alto que con respecto a los objetivos de auditoría concernientes a transacciones rutinarias, pero será mas bajo cuando se asegure la calidad de la auditoria de la auditoria basada en resultados. Esto es explicable dado que puede existir una mayor intervención manual en la recopilación y procesamiento de la información, una mayor necesidad de criterio para determinar los montos o, es posible que se hayan realizado cálculos complejos o también, aplicado principios administrativos, financieros, tributarios y contables con la misma característica. Para lograr los objetivos de auditoría basada en resultados, el auditor selecciona los procedimientos sustantivos necesarios para obtener evidencia de auditoría, en torno a sí las aseveraciones sobre la gestión, los estados financieros y otros reportes carecen de errores e irregularidades significativas.

El aseguramiento de la calidad es inherente a la auditoria basada en resultados. Los auditores no se pueden dar el lujo de descuidar su trabajo, por el contrario todo el tiempo estarán tratando de asegurar una alta calidad en la auditoria. En ese sentido auditar es el proceso de acumular y evaluar evidencia de la mas alta calidad, realizado por una persona independiente y competente acerca de la información de una entidad económica específica, con el propósito de determinar e informar sobre el grado de correspondencia existente entre la información cuantificable y los criterios establecidos.

Según el CGR (1998)[48], el aseguramiento de la calidad en la auditoria basada en resultados está orientado al cumplimiento de su objetivo que es determinar si la gestión es razonablemente económica, eficiente y efectiva; además si sus estados financieros, presentan razonablemente su situación financiera, los resultados de sus operaciones y flujos de efectivo, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados. La opinión del auditor fortalece la credibilidad de la gestión; sin embargo, los usuarios no pueden suponer que la opinión del auditor representa una seguridad sobre la continuidad futura viabilidad de la entidad, así como respecto de la eficiencia o efectividad con que la administración conduce sus actividades. El auditor debe realizar su examen de acuerdo estándares de economía, eficiencia y efectividad y también normas de auditoría generalmente aceptadas – NAGA's, las normas de auditoría gubernamental – NAGU emitidas por la Contraloría General de la República, las normas internacionales de auditoría – NIA's publicadas por la Federación Internacional de Contadores – IFAC y, los pronunciamientos profesionales vigentes en el Perú. Los estados financieros son responsabilidad de la administración.

El aseguramiento de la calidad de la auditoria basada en resultados, se hace más efectivo con la obtención de evidencia suficiente, competente y relevante, siendo más persuasiva cuando las partidas de evidencia de diferentes fuentes o de una diferente naturaleza son consistentes. En estas circunstancias, el auditor puede obtener un grado acumulativo de confianza más alto del que se obtendría de partidas de evidencia de auditoría cuando se consideran individualmente. Por el contrario, cuando la evidencia de auditoría obtenida de una fuente es inconsistente con la obtenida de otra, el auditor determina que procedimientos adicionales son necesarios para resolver la inconsistencia. El auditor obtiene evidencia de auditoría por uno o más de los siguientes procedimientos: inspección, observación, investigación y confirmación, procedimientos de cómputo y analíticos. La oportunidad de dichos procedimientos dependerá, en parte, de los períodos de tiempo durante los que la evidencia de auditoría buscada esté disponible. La inspección consiste en examinar registros, documentos, o activos tangibles. La inspección de registros y documentos proporciona evidencia de auditoría de grados variables de confiabilidad dependiendo de su naturaleza y fuente y de la efectividad de los controles internos sobre su procesamiento.

Tres categorías importantes de evidencia de auditoría documentaria, que proporcionan diferentes grados de confiabilidad, son: (a) evidencia de auditoría documentaria creada y retenida por terceros; (b) evidencia de auditoría documentaria creada por terceros y retenida por la entidad; y, c) evidencia de auditoría documentaria creada y retenida por la entidad. La inspección de activos tangibles proporciona evidencia de auditoría contable con respecto a su existencia pero no necesariamente a su propiedad o valor. La observación consiste en mirar un proceso o procedimiento desempeñado por otros, por ejemplo, la observación por el auditor del conteo de inventarios por personal de la entidad o el desarrollo de procedimientos de control que no dejan rastro de auditoría. La investigación consiste en buscar información de personas enteradas dentro o fuera de la entidad. Las investigaciones pueden tener un rango desde investigaciones formales por escrito dirigidas a terceros hasta investigaciones orales informales dirigidas a personas dentro de la entidad. Las respuestas a investigaciones pueden dar al auditor información adicional o evidencia de auditoría corroborativa. La confirmación consiste en la respuesta a una investigación para corroborar información contenida en los registros contables. Por ejemplo, el auditor ordinariamente busca confirmación directa de cuentas por cobrar por medio de comunicación con los deudores. El cómputo consiste en verificar la exactitud aritmética de documentos fuente y registros contables o en desarrollar cálculos independientes.

Según Arens & Loebbecke (2011)[49], el auditor debe obtener evidencia suficiente, competente y relevante mediante la aplicación de pruebas de control y procedimientos sustantivos que le permitan fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones que formule con respecto al organismo, programa, actividad o función que sea objeto de la auditoría. La evidencia deberá someter a prueba para asegurarse que cumpla los requisitos básicos de suficiencia competencia y relevancia. Los papeles de trabajo deberán mostrar los detalles de la evidencia y revelar la forma en que se obtuvo. Es suficiente la evidencia objetiva y convincente que basta para sustentar los hallazgos, conclusiones y recomendaciones del auditor. La evidencia será suficiente cuando por los resultados de la aplicación de una o varias pruebas, el auditor podrá adquirir certeza razonable que los hechos revelados se encuentran satisfactoriamente comprobados. Para determinar si la evidencia es suficiente se requiere aplicar el criterio profesional. Cuando sea conveniente, se podrá emplear métodos estadísticos con ese propósito. Para que sea competente, la evidencia debe ser valida y confiable. A fin de evaluar la competencia de la evidencia, el auditor deberá considerar cuidadosamente si existen razones para dudar su validez o de su integridad. De ser así, deberá obtener evidencia adicional o revelar esa situación en su informe. Los siguientes supuestos constituyen criterios útiles para juzgar si la evidencia es competente, si bien no deberán considerarse suficientes para determinar la competencia: La evidencia que se obtiene de fuentes independientes es más confiable que la obtenida del propio organismo auditado. La evidencia que se obtiene cuando sea establecido un sistema de control interno apropiado es más confiable que aquella que se obtiene cuando el sistema de control interno es deficiente, no es satisfactorio o no se ha establecido. La evidencia que se obtiene físicamente mediante un examen, observación calculo o inspección es más confiable que la que se obtiene en forma indirecta. Los documentos originales son más confiables que sus copias. La evidencia testimonial que se obtiene en circunstancias que permite a los informantes expresarse libremente merece más crédito que aquella que se obtiene en circunstancias comprometedoras (por ejemplo, cuando los informantes pueden sentirse intimidados). La relevancia, se refiere a la relación que existe entre la evidencia y su uso. La información que se utilice para demostrar o refutar un hecho será relevante si guarda una relación lógica y patente con ese hecho. Si no lo hace, será irrelevante y, por consiguiente, no deberá incluirse como evidencia. Cuando lo estimen conveniente, el auditor deberá obtener de los funcionarios de la entidad auditada declaraciones por escrito respecto a la relevancia y competencia de la evidencia que haya obtenido. La Evidencia física, se obtiene mediante inspección u observación directa de actividades, bienes o sucesos. La evidencia de esta naturaleza puede presentarse en forma de memorando (donde se resumen los resultados de la inspección o de la observación), fotografías gráficos, mapas o muestras materiales. La evidencia documental, consiste en información elaborada, como la contenida en cartas, contratos, registros de contabilidad, facturas y documentos de la administración relacionados con su desempeño. La Evidencia testimonial, se obtiene de otras personas en forma de declaraciones hechas en curso de investigaciones o entrevistas. Las declaraciones que sean importantes para la auditoría deberán corroborarse, siempre que sea posible, mediante evidencia adicional. También será necesario evaluar la evidencia testimonial para cerciorarse que los informantes no hayan estado influidos por perjuicios o tuvieran solo un conocimiento parcial del área auditada. La Evidencia analítica, comprende cálculos, comparaciones, razonamiento y separación de la información en sus componentes.

Sector defensa de Perú. Base legal

El Ministerio de Defensa[50]es el organismo representativo de las Fuerzas Armadas, que ejerce la política del Estado para la defensa integral del país.

Fue creado por Ley N° 24654, con vigencia a partir del 1° de Abril 1987, sobre la base de la integración de los Ministerios de Guerra, Marina y Aeronáutica, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Secretaría de Defensa Nacional y de los órganos consultivos, de asesoramiento, de planeamiento, de apoyo y de control. Siendo el primer Ministro de Defensa, el General de División Enrique López Albujar Trint, quien ejerció el citado cargo entre 1987 y 1989.

El Ministerio de Defensa, como organismo central del Sistema de Defensa Nacional, tiene como finalidad, formular y difundir la doctrina de seguridad y de Defensa Nacional, concebida al servicio de los intereses del pueblo peruano, sustentada en el respeto a los valores y derechos esenciales de la persona y de la colectividad.

El Ministerio de Defensa es responsable en el Aspecto Administrativo de la preparación y desarrollo de los Institutos de la Fuerza Armada; de la movilización para casos de emergencia y de la supervisión y control de los Organismos Públicos Descentralizados del Sector Defensa. Asimismo, en el aspecto Operativo es responsable del planeamiento, coordinación, preparación y conducción de las operaciones militares en el más alto nivel, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL

VISIÓN

Ser una Institución con potencial humano calificado con sólidos valores morales y con Fuerzas Armadas que garantice la independencia, soberanía, integridad territorial y defensa de los intereses nacionales; contribuye a la seguridad y al desarrollo nacional y participa en el fortalecimiento de la paz y seguridad internacional.

MISIÓN

El Ministerio de Defensa, como órgano rector del sector defensa formula, planea, dirige, coordina, ejecuta y supervisa la política de defensa nacional y sectorial, aplicable a todos los niveles de gobierno; asegura la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas, con el fin de contribuir a la seguridad y defensa nacional, el desarrollo socio económico del país y la defensa civil.

OBJETIVOS GENERALES

  • 1) Mejorar la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas para mantener el control del espacio aéreo, terrestre, marítimo, fluvial y lacustre; así como la capacidad de respuesta esencial para actuar ante cualquier amenaza.

  • 2) Desarticular las organizaciones terroristas, el tráfico ilícito de drogas y otros ilícitos, y restablecer las condiciones de estabilidad y seguridad en la zona del VRAE.

  • 3) Participar activamente en el desarrollo económico y social del país y en la defensa civil.

  • 4) Participar en la paz y seguridad internacionales.

  • 5) Fortalecer el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional.

  • 6) Optimizar la gestión institucional.

  • 7) Fortalecer la Institucionalidad de las Fuerzas Armadas y el bienestar del personal.

LEMA

POLITICA GENERAL DEL SECTOR DEFENSA 2011-2016

La política general del sector defensa estará orientada a recuperar y mantener la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas, la capacitación permanente de su personal, el acercamiento hacia la población mediante su participación en apoyo al desarrollo del país, la participación en la paz y seguridad hemisférica, la promoción de la participación de los organismos del Estado en la defensa nacional, la transparencia y racionalidad en el gasto y el fortalecimiento institucional de las Fuerzas Armadas.

La implementación de las políticas se realizara a través de los objetivos generales y las estrategias siguientes:

Objetivo General 1:

Mejorar la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas para mantener el control del espacio aéreo, terrestre, marítimo, fluvial y lacustre; así como la capacidad de respuesta esencial para actuar ante cualquier amenaza.

Meta:

Incrementar en un 20% la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas.

Estrategias:

  • 1) Alcanzar los objetivos del Núcleo Básico de Defensa, y en una segunda etapa iniciar la obtención del nivel de disuasión previsto.

  • 2) Lograr la interoperabilidad y movilidad estratégica de las Fuerzas Armadas mediante la estandarización en el equipamiento y el empleo conjunto de las fuerzas, así como el despliegue a nivel nacional.

  • 3)  Impulsar el desarrollo de la industria militar nacional generando infraestructura, para satisfacer los requerimiento en el abastecimiento de municiones y armas de uso intensivo, así como el mantenimiento de naves y submarinos, armamento mayor y menor, que permita autonomía en áreas fundamentales para la defensa.

  • 4) Desarrollar programas de especialización y capacitación continua del personal de las Fuerzas Armadas dentro y fuera del país, que permita elevar los estándares de calidad y rendimiento; así como, unificar las Escuelas de Especialización de las Fuerzas Armadas, tales como: escuela de pilotos, comandos, operaciones aerotransportadas, operaciones sicológicas, Inteligencia y anfibias; y realizar la descentralización en las regiones en forma progresiva.

Objetivo General 2:

Desarticular las organizaciones terroristas, el tráfico ilícito de drogas y otros ilícitos, y restablecer las condiciones de estabilidad y seguridad en la zona del VRAE.

Meta:

Recuperar el control territorial de la zona del VRAE.

Estrategias:

  • 1) Controlar las vías de accesos terrestres y fluviales al VRAE, que permitan la fiscalización de ingresos de insumos químicos, la identificación de personas, el tráfico de madera y otros ilícitos.

  • 2) Desarrollar acciones que permitan un mayor control y presencia efectiva de los otros sectores del Estado en la zona del VRAE, desarticulando la estructura terrorista, del tráfico ilícito de drogas, de la tala ilegal y de otros ilícitos que operan en el VRAE.

  • 3) Neutralizar la influencia de la OT-SL en la población para que puedan desarrollar normalmente sus actividades libre de la amenaza y coacción; y apoyar o realizar acciones cívicas conjuntas para lograr la adhesión de la población.

  • 4) Fortalecer el Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjunto, que incluya a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, y que permita neutralizar y capturar los cabecillas de las organizaciones.

  • 5) Realizar operaciones y acciones militares policiales de precisión que faciliten la desarticulación del fenómeno narcoterrorismo en base a la inteligencia producida y bajo un comando y control unificado.

Objetivo 3:

Participar activamente en el desarrollo económico y social del país y en la defensa civil.

Meta:

Participar con recursos humanos y materiales de las Fuerzas Armadas en apoyo a los programas sociales, de salud y obras de ingeniería.

Estrategias:

  • 1) Crear Brigadas de Apoyo al Desarrollo Nacional (BADEN), con recursos humanos y materiales de las FFAA, que permitan apoyar a los programas sociales, de salud y acciones cívicas en beneficio de pobladores de bajos recursos en zonas de menor desarrollo; así como en la preparación y respuesta inmediata en el proceso de la gestión de riesgo de desastres.

  • 2) En coordinación con los sectores correspondientes realizar obras de ingeniería, en las zonas afectadas por el sismo, y zonas de menor desarrollo en el país.

  • 3) Participar con las empresas y organismos del sector en el desarrollo económico y social del país.

Objetivo 4:

Participar en la paz y seguridad internacionales.

Meta:

Incrementar la participación en los procesos de integración subregional, regional y hemisférica y en las operaciones de mantenimiento de paz.

Estrategias:

  • 1) Participar en ejercicios combinados y entrenamientos multinacionales.

  • 2) Participar en las agendas de cooperación y en los foros de seguridad y defensa a nivel mundial, hemisférico y regional.

Objetivo 5:

Fortalecer el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional.

Meta:

Incrementar la participación de los diferentes niveles de gobierno, sociedad civil y población en general en asuntos relacionados a la defensa nacional.

Estrategias:

  • 1) Generar conciencia de seguridad en los sectores, organismos y gobiernos regionales.

  • 2) En coordinación con el Ministerio de Educación incorporar en los programas de educación básica y superior los conceptos y formas de operar de la seguridad y defensa, para genera conciencia en la población.

  • 3) Involucrar a los diferentes niveles de gobierno su participación en la ejecución de las políticas de seguridad y defensa nacional.

Objetivo General 6:

Optimizar la gestión institucional.

Meta:

Mejorar los sistemas administrativos

Estrategias:

  • 1) Mostrar transparencia en el gasto de los recursos del Estado, sancionándose severamente los actos de corrupción.

  • 2) Lograr una mayor racionalidad en los gastos asegurando una optima rentabilidad para el Estado a través de compras corporativas.

Objetivo General 7:

Fortalecer la Institucionalidad de las Fuerzas Armadas y el bienestar del personal.

Meta:

Recuperar y elevar la moral de las Fuerzas Armadas.

Estrategias:

  • 1) Fortalecer la cohesión institucional de las Fuerzas Armadas y mejorar la imagen ante la sociedad.

  • 2) Reformar el sistema remunerativo y previsional de las Fuerzas Armadas, manteniendo la pensión renovable, realizando los ajustes salariales en forma gradual para lograr el sostenimiento financiero del sistema previsional.

  • 3) Fortalecer el Servicio Militar Voluntario mediante la creación de un Instituto Superior Tecnológico de las Fuerzas Armadas y el otorgamiento de una Carrera Técnico Profesional, además de mejorar progresivamente las condiciones económicas.

ACCIONES INICIALES A REALIZAR EN EL SECTOR DEFENSA

  • 1) Se reformulará la estrategia en la zona del VRAE, realizando operaciones y acciones militares policiales de precisión que faciliten la desarticulación del fenómeno narcoterrorismo en base a la inteligencia producida y bajo un comando y control unificado.

  • 2) Se impulsara la participación de las Fuerzas Armadas, particularmente con obras de ingeniería en las zonas afectadas por el sismo, así como, el apoyo a los programas sociales y de salud en beneficio de pobladores de bajos recursos en zonas de menor desarrollo.

  • 3) Se tomaran medidas estrictas para racionalizar los gastos asegurando una óptima rentabilidad para el Estado a través de compras corporativas, mostrando transparencia y sancionando severamente los actos de corrupción.

  • 4) Se hará una reforma en el sistema remunerativo y previsional de las Fuerzas Armadas, dando una solución integral manteniendo la pensión renovable y realizando los ajustes salariales en forma gradual para lograr el sostenimiento financiero del sistema previsional.

  • 5) Se fortalecerá el Servicio Militar Voluntario mediante la creación de un Instituto Superior Tecnológico de las Fuerzas Armadas y el otorgamiento de una Carrera Técnico Profesional, asimismo se mejorará progresivamente las condiciones económicas del personal que presta el Servicio Militar Voluntario.

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

El Ministerio de Defensa es el organismo rector del Sector Defensa. Forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un Pliego Presupuestal con autonomía administrativa y económica, de acuerdo a Ley. La competencia del Ministerio de Defensa se extiende a todo el territorio nacional, niveles de gobierno y, personas naturales y jurídicas, vinculadas al Sistema de Seguridad y Defensa Nacional.

El Ministerio de Defensa tiene las siguientes funciones generales:

  • a) Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política de Seguridad y Defensa Nacional aplicable a todos los niveles de gobierno.

  • b) Dietar normas y lineamientos técnicos para la implementación y evaluación de las políticas de Seguridad y Defensa Nacional.

  • c) Coordinar con los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales la implementación de las políticas de Seguridad y Defensa Nacional y, evaluar su cumplimiento en el marco de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo.

  • d) Prestar apoyo técnico a los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales para el adecuado cumplimiento de las funciones generales de las Oficinas de Defensa Nacional.

  • e) Garantizar, a través de las Fuerzas Armadas, la soberanía e integridad territorial en los espacios aéreo, terrestre, marítimo, lacustre y fluvial, de acuerdo con la Constitución Política del Perú y las leyes.

  • f) Planear, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar la Movilización Nacional, para situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos.

El Ministerio de Defensa tiene las siguientes funciones específicas:

  • a) Planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Seguridad y Defensa Nacional.

  • b) Fortalecer y asegurar el mantenimiento de las Fuerzas Armadas en condiciones de operatividad y eficiencia.

  • c) Participar, a través de las Fuerzas Armadas, en el control del Orden Interno, en los casos que lo disponga el Presidente de la República, conforme a la Constitución Política del Perú y la ley de la materia.

  • d) Participar en el Sistema Nacional de Defensa Civil, de acuerdo a la ley.

  • e) Participar en el desarrollo socio económico del país.

  • f) Promover, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones internacionales de paz, de conformidad con los objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional.

  • g) Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente.

  • h) Presentar proyectos de norma ante el Presidente de la República y ante el Consejo de Ministros, sobre las materias de su competencia.

  • i) Incentivar y promover la investigación y el desarrollo tecnológico e industrial en el Sector Defensa.

  • j) Cumplir y hacer cumplir el marco normativo en materia de Defensa Nacional, ejerciendo la potestad sancionadora y de ejecución coactiva correspondiente.

  • k) Participar en los sistemas funcionales que integra, de acuerdo a la normativa especial.

  • l) Coordinar, orientar y supervisar las actividades de los órganos bajo su competencia y de los organismos públicos adscritos al Sector Defensa.

  • m) Aprobar normas y lineamientos técnicos, directivas, planes, programas, proyectos, estrategias e instrumentos orientados a garantizar la adecuada ejecución y supervisión de las políticas de Seguridad y Defensa Nacional.

  • n) Promover y suscribir convenios de cooperación, y colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional en el ámbito de su competencia y de acuerdo a ley.

  • o) Aprobar las disposiciones normativas que le correspondan.

Las funciones del Ministerio de Defensa se sustentan en las siguientes normas:

  • a) Constitución Política del Perú.

  • b) Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

  • c) Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

  • d) Ley N° 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa.

  • e) Ley N° 28478, Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional.

  • f) Ley N° 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE.

  • g) Decreto Supremo N° 034-2008-PCM y su modificatoria, el Decreto Supremo N° 0482010-PCM, que aprueba la Calificación de Organismos Públicos.

  • h) Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional.

  • i) Las demás normas que regulan las funciones de los Órganos de Ejecución, Organismos Públicos, Empresas adscritas y órganos colegiados del Sector Defensa.

El Ministerio de Defensa tiene la siguiente estructura orgánica:

01. Alta Dirección.

01.1 Despacho Ministerial.

01 .2 Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa.

01 .3 Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa.

01.4 Secretaría General.

01.4.1 Unidad de Acceso a la Información.

02. Órgano Consultivo.

02.1 Comisión Consultiva.

03. Órgano de Control Institucional.

03.1 Órgano de Control Institucional.

04. Órgano de Defensa Jurídica.

04.1 Procuraduría Pública.

05. Órgano de Inspectoría General.

05.1 Inspectoría General.

06. Órganos de Administración Interna.

a. Órgano de Asesoramiento

06.1 Oficina General de Asesoría Jurídica

b. Órgano de Apoyo

06.2 Oficina General de Gestión Documentaria.

06.3 Oficina General de Telecomunicaciones, Informática y Estadística.

06.4 Oficina General de Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo.

06.5 Oficina General de Seguridad y Protección.

07. Órganos de Línea:

a. Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa

07.1 Dirección General de Política y Estrategia.

07.2 Dirección General de Relaciones Internacionales.

07.3 Dirección General de Educación y Doctrina.

b. Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa.

07.4 Dirección General de Administración

07.5 Dirección General de Recursos Humanos.

07.6 Dirección General de Recursos Materiales.

07.7 Dirección General de Planificación y Presupuesto.

07.8 Dirección General Previsional de las Fuerzas Armadas.

08. Órganos Académicos.

08.1 Centro de Altos Estudios Nacionales -CAEN.

08.2 Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos CIDH-DH

09. Órganos de Ejecución.

09.1 Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

09.2 Ejército del Perú.

09.3 Marina de Guerra del Perú.

09.4 Fuerza Aérea del Perú.

ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL:

El Órgano de Control Institucional, es el encargado de llevar a cabo el control gubernamental en el Ministerio de Defensa, según sus planes anuales, así como de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República. El Jefe del Órgano de Control Institucional es designado por la Contraloría General de la República, de quien depende funcional y administrativamente.

Son funciones del Órgano de Control Institucional:

  • a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones del Ministerio, sobre la base de los lineamientos, y cumplimiento del Plan Anual de Control, en armonía a la normativa emitida por el Sistema Nacional de Control, así como el control externo, por encargo de la Contraloría General de la República.

  • b) Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios del Ministerio de Defensa, de conformidad con la normativa que regula el Sistema Nacional de Control. Alternativamente, estas auditorías podrán ser contratadas por la Sede Central del Ministerio con sociedades de auditoría externa, con sujeción a las normas sobre la materia.

  • c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos, y operaciones del Ministerio que disponga la Contraloría General de la República, y las que sean requeridas por el Ministro, en concordancia a los lineamientos establecidos por la Contraloría General de la República. Cuando tengan carácter de no programadas, su realización será comunicada a la Contraloría General de la República. Efectuar el Control Preventivo, sin carácter vinculante, con el propósito de optimizar la gestión y mejora de los procesos, prácticas y estructura de control interno, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior.

  • d) Remitir los informes resultantes de sus labores de control a la Contraloría General de la República, así como al Titular del Sector, cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.

  • e) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Ministro para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

  • f) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios, servidores públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones del Ministerio, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva, en concordancia con lo establecido en las Directivas emitidas por la Contraloría General de la República.

  • g) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General de la República, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.

  • h) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte el Ministerio de Defensa, como resultado de las labores de control, comprobando y calificando su materialización efectiva, conforme a las disposiciones de la materia. En esta función se comprende el seguimiento de los procesos judiciales y procedimientos administrativos derivados de las acciones de control.

  • i) Apoyar a las comisiones que designe la Contraloría General de la República para la ejecución de las labores de control en el ámbito del Ministerio, así como colaborar, por disposición expresa de la Contraloría General de la República, en otras labores de control, por razones operativas o de especialidad.

  • j) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables al Ministerio, por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta.

  • k) Formular y proponer al Ministerio el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional, para su aprobación correspondiente.

  • l) Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloría General de la República. n) Cautelar que la publicidad de los Informes resultantes de sus acciones de control se realice de conformidad con las disposiciones de la materia.

  • m) Cautelar que cualquier modificación del Cuadro para Asignación de Personal, así como de la parte correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones, relativos al Órgano de Control Institucional se realice de conformidad con las disposiciones de la materia.

  • n) Promover la capacitación permanente del personal que conforma el Órgano de Control Institucional, incluida la Jefatura, a través de la Escuela Nacional de Control o de cualquier otra Institución Universitaria o de nivel superior con reconocimiento oficial en asuntos vinculados con el control gubernamental, la Administración Pública y aquellas materias afines a la gestión de las organizaciones públicas.

  • o) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría General de la República durante diez (10) años los informes de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas y los documentos relativos a la actividad funcional de los Órganos de Control Institucional, luego de los cuajes quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el Sector Público. El Jefe del Órgano de Control Institucional adoptará las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental.

  • p) Cautelar que el personal a su cargo dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades, y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia.

  • q) Mantener en reserva la información clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades.

  • r) Otras que establezca la Contraloría General de la Republica.

GESTION INSTITUCIONAL:

DOCUMENTOS DE GESTIÓN – ESTRATEGIAS

01/10/2007 Viceministerio de Políticas para la Defensa

Instructivo para la evaluación del desempeño del plan estratégico sectorial multianual del Sector Defensa y Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Defensa 2007-2011 correspondiente al año 2008.

01/10/2007 Dirección de Planificación

Marco estratégico del sector defensa 2007-2011.

DOCUMENTOS DE GESTIÓN – LINEAMIENTOS PERIODO 2011

08/04/2011 Lineamientos para el proceso de Transferencia de Gestión del Sector Defensa del período de Gobierno 2006 – 2011.

DOCUMENTOS DE GESTIÓN – CONVENIOS

03/05/2010 Convenio de cooperación Interinstitucional entre el Banco de la Nación y el Ministerio de Defensa.

DOCUMENTOS DE GESTIÓN – DIRECTIVAS PERIODO 2011

18/11/2011 Directiva Nº 028-2011-MINDEF/VPD/DGA.

Directiva que establece los procedimientos en el otorgamiento, ejecución, supervisión y rendición de recursos para el mantenimiento de los hospitales del Ejército del Perú y de la Marina de Guerra del Perú, en el Marco del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 1183-2011-DE/SG.

17/10/2011 Directiva Nº 001-2011-MINDEF/VPD/DGRIN.

Visita oficial al Perú del General del Ejército Guo Boxiong, Miembro del Buró Político del Partido Comunista y Vicepresidente del Comité Militar Central de la República Popular de China.

25/08/2011 Directiva Nº 025-2011-MINDEF/VRD/A/01/a.

Directiva sobre mecanismos y procedimientos para efectivizar los derechos y viabilizar el otorgamiento de beneficios, al personal que realiza Servicio Militar y Licenciados.

21/07/2011 Directiva Nº 023-2011/MINDEF/SG/.

Normas para la formulación, trámite y distribución de la documentación en el Ministerio de Defensa.

20/07/2011 Directiva Nº 021-2011/MINDEF/SG/B.

Actualización del Sistema de Telecomunicaciones y Radiocomunicaciones del Sector Defensa.

20/07/2011 Directiva Nº 020-2011/MINDEF/SG/B.

Actualización del Sistema de Informática del Sector Defensa.

06/07/2011 Directiva Nº 017-2011/MINDEF/VRD/C.

Directiva sobre el Procedimiento que regula la adjudicación de mercadería otorgada por la Superintendencia de Administración Tributaria – SUNAT.

23/06/2011 Directiva Nº 016 MINDEF/VRD/A/.

Directiva sobre el procedimiento y responsabilidades para la programación y atención del pago de los conceptos pecuniarios emanados de resoluciones judiciales que adquieren calidad de cosa juzgada del Sector Defensa.

22/06/2011 Directiva Nº 013 MINDEF/SG-UAIP.

Directiva que implementa el sistema integral de Atención al Ciudadano del Ministerio de Defensa.

14/06/2011 Directiva Nº 015 MINDEF/SG/VRD/B/01.

Directiva de estandarización de los procedimientos de disposición final del material de guerra de las armas de fuego y las municiones dadas de baja en las instituciones Armadas.

06/06/2011 Directiva General Nº 012-2011-MINDEF/SG/VRD/B/01.

Directiva para normar el manual de especificaciones técnicas del Ministerio de Defensa.

23/05/2011 Directiva General Nº 011-2011-MINDEF/SG/VRD/DGGAD.

Directiva para apoyo de la sanidad de las Fuerzas Armadas en casos de emergencias masivas y desastres naturales.

18/05/2011 Directiva General Nº 010-2011-MINDEF/SG/VRD.

Directiva para normar las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios para la defensa nacional en el Mercado Extranjero, bajo la modalidad de Compensaciones Industriales y Sociales – Offset.

04/05/2011 Directiva General Nº 009-2011-MINDEF/VRD/DGA.

NORMAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE VEHÍCULOS Y SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LA UNIDAD EJECUTORA 0001

04/05/2011 Directiva General Nº 008-2011-MINDEF/SG-UAIP.

Procedimientos para el acceso, clasificación, reclasificación, desclasificación, archivo y conservación de la información del sector Defensa.

14/04/2011 Directiva General Nº 07-2011-MINDEF/VRD/DGGAD.

Normas de austeridad en el Gasto Público.

08/04/2011 Directiva Nº 06-2011-MINDEF/SG-A

Directiva General "Lineamientos para el proceso de Transferencia de Gestión del Sector Defensa del periodo de Gobierno 2006-2011"

18/03/2011 Directiva N 193-2011-DE/SG.

Aprueban la Directiva General Nº 002-2011-MINDEF/SG/VRD, "Directiva para normar las contrataciones de bienes y servicios en el mercado extranjero y sus diferentes modalidades"

10/02/2011 Directiva N 001-2011-MINDEF/IG/K.

Directiva que establece los procedimientos a seguir cuando se produzcan delitos contra la libertad sexual en el ambito del Ministerio de Defensa.

Conceptos relacionados con el control gubernamental y las entidades fiscalizadoras superiores

Los siguientes conceptos han sido tomados de la Declaración de Lima:

FINALIDAD DEL CONTROL: La institución del control es inmanente a la economía financiera pública. El control no representa una finalidad en sí mismo, sino una parte imprescindible de un mecanismo regulador que debe señalar, oportunamente, las desviaciones normativas y las infracciones de los principios de legalidad, rentabilidad, utilidad y racionalidad de las operaciones financieras, de tal modo que puedan adoptarse las medidas correctivas convenientes en cada caso, determinarse la responsabilidad del órgano culpable, exigirse la indemnización correspondiente o adoptarse las determinaciones que impidan o, por lo menos, dificulten, la repetición de tales infracciones en el futuro.

CONTROL PREVIO Y CONTROL POSTERIOR: Si el control se lleva a cabo antes de la realización de las operaciones financieras o administrativas, se trata de un control previo; de lo contrario, de un control posterior. Un control previo eficaz resulta imprescindible para una sana economía financiera pública. Puede ser ejercido por una Entidad Fiscalizadora Superior, pero también por otras instituciones de control. El control previo ejercido por una Entidad Fiscalizadora Superior, implica la ventaja de poder impedir un perjuicio antes de producirse éste, pero la desventaja de comportar un trabajo excesivo y de que la responsabilidad basada en el derecho público no esté claramente definida. El control posterior ejercido por una Entidad Fiscalizadora Superior, reclama la responsabilidad del órgano culpable, puede llevar a la indemnización del perjuicio producido y es apropiado para impedir, en el futuro, la repetición de infracciones. La situación legal, las circunstancias y necesidades de cada país determinan si una Entidad Fiscalizadora Superior ejerce un control previo. El control posterior es una función inalienable de cada Entidad Fiscalizadora Superior, independientemente de un control previo ejercido.

CONTROL INTERNO Y EXTERNO: Los órganos de control interno pueden establecerse en el seno de los diferentes departamentos e instituciones; los órganos de control externo no pertenecen a la organización de la institución que debe ser controlada. Las Entidades Fiscalizadoras Superiores son órganos del control externo. Los órganos de control interno dependen necesariamente del director del departamento en cuya organización se crearon. No obstante, deben gozar de independencia funcional y organizativa en cuanto sea posible a tenor de la estructura constitucional correspondiente. Incumbe a la Entidad Fiscalizadora Superior, como órgano de control externo, controlar la eficacia de los órganos de control interno. Asegurada la eficacia del órgano de control interno, ha de aspirarse a la delimitación de las respectivas funciones, a la delegación de las funciones oportunas y a la cooperación entre la Entidad Fiscalizadora Superior y el órgano de control interno, independientemente del derecho de la Entidad Fiscalizador Superior a un control total.

CONTROL FORMAL Y CONTROL DE LAS REALIZACIONES: La tarea tradicional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores es el control de la legalidad y regularidad de las operaciones. A este tipo de control, que sigue manteniendo su importancia y transcendencia, se una un control orientado hacia la rentabilidad, utilidad, economicidad y eficiencia de las operaciones estatales, que no sólo abarca a cada operación sino a la actividad total de la administración, incluyendo su organización y los sistemas administrativos. Los objetivos de control a que tienen que aspirar las Entidades Fiscalizadoras Superiores, legalidad, regularidad, rentabilidad, utilidad y racionalidad de las Operaciones, tienen básicamente la misma importancia; no obstante, la Entidad Fiscalizadora Superior tiene la facultad de determinar, en cada caso concreto, a cual de estos aspectos debe darse prioridad.

INDEPENDENCIA DE LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES: Las Entidades Fiscalizadoras Superiores sólo pueden cumplir eficazmente sus funciones si son independientes de la institución controlada y se hallan protegidas contra influencias exteriores. Aunque una independencia absoluta respecto de los demás órganos estatales es imposible, por estar ella misma inserta en la totalidad estatal, las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben gozar de la independencia funcional y organizativa necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Las Entidades Fiscalizadoras Superiores y el grado de su independencia deben regularse en la Constitución; los aspectos concretos podrán ser regulados por medio de Leyes. Especialmente deben gozar de una protección legal suficiente, garantizada por un Tribunal Supremo, contra cualquier injerencia en su independencia y sus competencias de control.

Independencia de los miembros y funcionarios de las Entidades Fiscalizadoras Superiores. La independencia de las Entidades Fiscalizadoras Superiores está inseparablemente unida a la independencia de sus miembros. Por miembros hay que entender aquellas personas a quienes corresponde tomar las decisiones propias de las Entidades Fiscalizadoras Superiores y representar, bajo su responsabilidad, en el exterior, es decir, los miembros de un colegio facultado para tomar decisiones o el Director de una Entidad Fiscalizadora Superior organizada monocráticamente. La Constitución tiene que garantizar también la independencia de los miembros. En especial no debe verse afectada su independencia por los sistemas establecidos para su sustitución y que tienen que determinarse también en la Constitución. Los funcionarios de control de las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben ser absolutamente independientes, en su carrera profesional, de los organismos controlados y sus influencias.

INDEPENDENCIA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES: Hay que poner a disposición de las Entidades Fiscalizadoras Superiores los medios financieros necesarios para el cumplimiento de las funciones que les incumben. Las Entidades Fiscalizadoras Superiores tienen que poseer la facultad, llegado el caso, de solicitar directamente del organismo encargado del presupuesto estatal los medios financieros que estimen necesarios. Los medios financieros puestos a disposición de las Entidades Fiscalizadoras Superiores en una sección especial del presupuesto tienen que ser administrados por ellas bajo su propia responsabilidad.

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN: Las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben tener acceso a todos los documentos relacionados con las operaciones y el derecho a pedir de los órganos del departamento controlado todos los informes, de forma oral o escrita, que les parezcan necesarios. La Entidad Fiscalizadora Superior tiene que decidir, en cada caso, si es conveniente realizar el control en la sede de la institución controlada o en la sede de la Entidad Fiscalizadora Superior. Los plazos para la presentación de informes y documentos, incluidos los balances, han de determinarse por Ley o, según los casos, por la propia Entidad Fiscalizadora Superior.

EJECUCIÓN DE LAS VERIFICACIONES DE CONTROL DE LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES: Los órganos controlados tienen que responder a las verificaciones de control de la Entidad Fiscalizadora Superior, dentro de los plazos determinados generalmente por Ley o, en casos especiales, por la Entidad Fiscalizadora Superior, y dar a conocer las medidas adoptadas en base a dichas verificaciones de control. Siempre que las verificaciones de control de la Entidad Fiscalizadora Superior no se dicten en forma de una resolución judicial firme y ejecutable, la Entidad Fiscalizadora Superior tiene que tener la facultad de dirigirse a la autoridad competente para que adopte las medidas necesarias y exija las correspondientes responsabilidades.

ACTIVIDAD PERICIAL Y OTRAS FORMAS DE COOPERACIÓN: Las Entidades Fiscalizadoras Superiores pueden, en asuntos importantes, poner a disposición del Parlamento y de la Administración sus conocimientos técnicos en forma de dictámenes, incluso su opinión sobre proyectos de Ley y otras disposiciones sobre cuestiones financieras. La Administración asume toda la responsabilidad respecto a la aceptación o rechazo del dictamen. Prescripciones para un procedimiento de compensación conveniente y lo más uniforme posible, empero, sólo deben dictarse de acuerdo con la Entidad Fiscalizadora Superior.

MÉTODOS DE CONTROL Y PROCEDIMIENTOS: Las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben realizar su actividad de control de acuerdo con un programa previo trazado por ellas mismas. El derecho de ciertos órganos estatales de exigir, en casos especiales, la realización de determinadas verificaciones, no se verá afectado por aquella norma. Dado que el control en muy pocos casos puede ser realizado exhaustivamente, las Entidades Fiscalizadoras Superiores tendrán que limitarse, en general, al procedimiento de muestreo. Este, sin embargo, debe realizarse en base a un programa dado y en tal número que resulte posible formarse un juicio sobre la calidad y la regularidad de las operaciones. Los métodos de control deben adaptarse continuamente a los progresos de las ciencias y técnicas relacionadas con las operaciones. Es conveniente la elaboración de manuales de control como medio de trabajo para los funcionarios de control.

PERSONAL DE CONTROL: Los miembros y los funcionarios de control de la Entidad Fiscalizadora Superior tienen que tener la calificación e integridad moral necesarias para el perfecto cumplimiento de su tarea. En el momento de la selección del personal de una Entidad Fiscalizadora Superior, tienen especial importancia una formación y una capacidad superiores al promedio, así como una experiencia profesional adecuada. Especial atención requiere el perfeccionamiento teórico y práctico de todos los miembros y funcionarios de control de la Entidad Fiscalizadora Superior a nivel interno, universitario e internacional, fomentándolo por todos los medios posibles, tanto económicos como de organización. El perfeccionamiento tiene que exceder de los conocimientos de contabilidad y de los tradicionales jurídico-económicos y abarcar también empresariales, inclusive la elaboración electrónica de datos. Para garantizar una alta cualificación del personal controlador, debe aspirarse a una remuneración concorde con las especiales exigencias profesionales. Si, en determinadas circunstancias, por la necesidad de conocimientos técnicos específicos, no fuese suficiente el propio personal de control, convendría consultar peritos ajenos a la Entidad Fiscalizadora Superior.

INTERCAMBIO INTERNACIONAL DE EXPERIENCIAS: El cumplimiento de las funciones de las Entidades Fiscalizadoras Superiores se favorece eficazmente mediante el intercambio internacional de ideas y experiencias dentro de la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores. A este objetivo han servido hasta ahora los Congresos, los seminarios de formación que se han organizado en colaboración con las Naciones Unidas y otras instituciones, los grupos de trabajos regionales y la edición de publicaciones técnicas. Sería deseable ampliar y profundizar estos esfuerzos y actividades. Tarea primordial es la elaboración de una terminología uniforme del control financiero público sobre la base del derecho comparado.

BASE CONSTITUCIONAL DE LAS COMPETENCIAS DE CONTROL-CONTROL DE LAS OPERACIONES ESTATALES: Las competencias de control de las Entidades Fiscalizadoras Superiores tienen que ser especificadas en la Constitución, al menos en sus rasgos fundamentales, los detalles pueden regularse por Ley. La formulación concreta de las competencias de control de las Entidades Fiscalizadoras Superiores depende de las circunstancias y necesidades de cada país. Toda la actividad estatal estará sometida al control de la Entidad Fiscalizadora Superior, independientemente de que se refleje, o no, en el presupuesto general del Estado. Una exclusión del presupuesto no debe convertirse en una exclusión del control. Las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben orientar su control hacia una clasificación presupuestaria adecuada y un sistema de cálculo lo más simple y claro posible.

CONTROL DE LAS AUTORIDADES E INSTITUCIONES EN EL EXTRANJERO: Las autoridades estatales y las instituciones establecidas en el extranjero deben ser controladas generalmente por la Entidad Fiscalizadora Superior. Al realizar el control en la sede de dichas instituciones, deben tenerse presentes los límites fijados por el Derecho Internacional; sin embargo, en casos justificados, tales límites deben ser reducidos de acuerdo con la evolución dinámica del Derecho Internacional.

CONTROL DE LOS INGRESOS FISCALES: Las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben ejercer un control, lo más amplio posible, de la recaudación de los ingresos fiscales, incluyendo las declaraciones individuales de los contribuyentes. El control de los ingresos fiscales es, en primer lugar, un control de legalidad y regularidad; sin embargo, las Entidades Fiscalizadoras Superiores tienen que controlar también la rentabilidad de la recaudación de impuestos y el cumplimiento de los presupuestos de ingresos así como, en caso necesario, proponer al organismo legislativo medidas de reforma.

CONTRATOS PÚBLICOS Y OBRAS PÚBLICAS: Los recursos considerables que el Estado emplea para contratos públicos y obras públicas justifican un control especialmente escrupuloso de los recursos empleados. La subasta pública es el procedimiento más recomendable para obtener la oferta más favorable en precio y calidad. De no convocarse una subasta pública, la Entidad Fiscalizadora Superior debe investigar las razones de ello. En el control de las obras públicas, la Entidad Fiscalizadora Superior debe procurar que existan normas apropiadas que regulen la actividad de la administración de dichas obras. El control de las obras públicas no sólo abarca la regularidad de los pagos, sino también la rentabilidad de la obra y la calidad de su ejecución.

CONTROL DE LAS INSTALACIONES DE ELABORACIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS: También los recursos considerables empleados para instalaciones de elaboración electrónica de datos justifican un control adecuado. Hay que realizar un control sistemático del uso rentable de las instalaciones del proceso de datos, de la contratación del personal técnico cualificado que debe proceder, a ser posible, de la administración del organismo controlado, de la evitación de abusos y de la utilización de los resultados.

EMPRESAS ECONÓMICAS CON PARTICIPACIÓN DEL ESTADO: La expansión de la actividad económica del Estado se realiza con frecuencia a través de empresas establecidas a tenor del Derecho Privado. Estas empresas deberán estar sometidas al control de la Entidad Fiscalizadora Superior, siempre que el Estado disponga de una participación sustancial – que se da en el supuesto de participación mayoritaria – o ejerza una influencia decisiva. Es conveniente que este control se ejerza a posteriori y que abarque también la rentabilidad, utilidad y racionalidad. En el informe al Parlamento y a la opinión pública sobre estas empresas deben tenerse en cuenta las limitaciones debidas a la necesaria protección del secreto comercial e industrial.

CONTROL DE INSTITUCIONES SUBVENCIONADAS: Las Entidades Fiscalizadoras Superiores deben disponer de una autorización lo más amplia posible, para controlar el empleo de las subvenciones realizados con fondos públicos. Si la finalidad del control lo exige, éste debe extenderse a la totalidad de las operaciones de la institución subvencionada, especialmente, si la subvención en sí o en proporción a los ingresos o a la situación financiera de la institución beneficiaria, es considerablemente elevada. El empleo abusivo de los fondos de subvención debe comportar la obligación de reintegro.

CONTROL DE ORGANISMOS INTERNACIONALES Y SUPRANACIONALES: Los organismos internacionales y supranacionales cuyos gastos son sufragados con las cuotas de los países miembros, precisan, como cada Estado, de un control externo e independiente. Si bien el control debe adaptarse a la estructura y las funciones del correspondiente organismo, sin embargo, tendrá que establecerse en base a principios semejantes a los que rigen el control superior de los países miembros. Es necesario, para garantizar un control independiente, que los miembros de la institución, de control externo se elijan, primordialmente, entre los de la Entidad Fiscalizadora Superior.

CONCEPTOS RELACIONADOS CON LA AUDITORIA BASADA EN RESULTADOS

ACTIVIDADES DE CONTROL GERENCIAL: Se refieren a las acciones que realizan la gerencia y otro personal de la entidad para cumplir diariamente con las funciones asignadas. Son importantes porque en sí mismas implican la forma correcta de hacer las cosas, así como también porque el dictado de políticas y procedimientos y la evaluación de su cumplimiento, constituyen el medio más idóneo para asegurar el logro de objetivos de la entidad.

ALCANCE: Implica la selección de aquellas áreas o asuntos que serán revisados a profundidad en la fase de ejecución. Esta decisión debe ser efectuada teniendo en cuenta la materialidad, sensibilidad, riesgo, factibilidad y costo, así como la trascendencia de los posibles resultados a informar.

AMBIENTE DE CONTROL INTERNO: Se refiere al establecimiento de un entorno que estimule e influencie las tareas de las personas con respecto al control de sus actividades. Como el personal resulta ser la esencia de cualquier entidad, sus atributos constituyen el motor que la conduce y la base sobre la que todo descansa. Los factores del ambiente interno de control son: integridad y valores éticos; asignación de autoridad y responsabilidad; estructura organizacional; política de administración de personal; respondabilidad; clima de confianza en el trabajo.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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