Efecto del incremento de la remuneracion minima vital (RMV) sobre el empleo, 2015
Enviado por alanbecerra
Identificación del Problema (Enunciado del Problema)
"EFECTO DEL INCREMENTO DE LA REMUNERACION MINIMA VITAL (RMV) SOBRE EL EMPLEO EN TRABAJADORES CON INGRESOS POR RENTA DE QUINTA CATEGORÍA, AREQUIPA 2015"
¿Cuál es el efecto del incremento de la remuneración mínima vital sobre el empleo en trabajadores con ingresos por renta de quinta categoría?
Descripción del Problema
En la actualidad, la mayoría de economías –desarrolladas o en desarrollo– cuentan con salarios mínimos legalmente establecidos (más del 90% de países)[1], sustentándose en los mismos criterios de calidad de vida y redistribución. Así, esta medida de política se encuentra institucionalizada a nivel global y se la entiende –además de piso salarial- como referencia para niveles superiores de salarios e incluso, en algunos casos en el sector informal.
Sin embargo, es amplio el debate respecto de sus efectos sobre el empleo y los ingresos laborales, así como sobre otras variables e indicadores económicos. Siguiendo el enfoque microeconómico, la estructura del mercado laboral determina los impactos de esta medida de política. Esto es, bajo competencia perfecta, los salarios mínimos distorsionarían el mercado laboral y tendrían efectos negativos sobre el empleo. De otro lado, de existir concentración en la demanda de trabajo, los salarios mínimos podrían corregir dicha falla de mercado y tener potencialmente un efecto positivo.
Respecto al efecto sobre los ingresos mensuales, los incrementos en el salario mínimo podrían tener un impacto positivo sobre los trabajadores con ingresos por renta de quinta categoría si dichos incrementos no sólo afectan los ingresos de los asalariados formales del sector privado, sino que pueden ser proyectados a otros segmentos del mercado laboral con distinta escala salarial en Arequipa, esto se explicaría parcialmente por el reducido tamaño del sector que se pretende favorecer (8 por ciento del total de la fuerza laboral[2]
Tipo de Investigación
El presente trabajo de investigación es de tipo descriptivo, debido a que se pretende identificar, describir y analizar el problema de investigación.
Campo, Área y Línea
Campo: Ciencias Económico Administrativas.
Área: Ingeniería Comercial
Línea: Economía
Interrogantes Básicas
¿De qué manera se encuentra constituido el sector de trabajadores que perciben ingresos por renta de quinta categoría en Arequipa?
¿Cuáles son los factores que inciden en la remuneración mínima vital?
¿Cuál es la tendencia del empleo en Arequipa?
Objetivos
Objetivo General
"Analizar el efecto del incremento de la remuneración mínima vital sobre el empleo en trabajadores con ingresos por renta de quinta categoría"
Objetivos Específicos
Describir el sector de trabajadores que perciben ingresos por renta de quinta categoría en Arequipa.
Identificar los factores que inciden en la remuneración mínima vital.
Evaluar la tendencia del empleo en Arequipa.
Variables
Variable Independiente: INCREMENTO DE LA REMUNERACION MINIMA VITAL
Variable Dependiente: EMPLEO EN TRABAJADORES CON INGRESOS POR RENTA DE QUINTA CATEGORÍA
a. Operacionalización de Variables
Justificación
Relevancia
Esto nos permitirá identificar los efectos diferenciados que pueda tener el salario mínimo en el mercado laboral de Arequipa. Se postula que el incremento de la RMV impone una mayor barrera para la demanda de mano de obra poco calificada en el sector formal, expulsando a estos trabajadores hacia un sector informal de subsistencia o racionado, mientras que el empleo en el sector informal competitivos no se vería afectado. Consecuentemente, se espera que los ingresos esperados en el sector formal se incrementen, y que se reduzcan en el sector informal racionado debido a la mayor competencia, mientras que no se esperan cambios en el sector informal competitivo.
Originalidad
Dado que el presente trabajo de investigación está siendo desarrollado como primera iniciativa en Arequipa, por lo que se considera original.
Factibilidad
Acceso a la Información
Fuente Primaria: Entrevistas,
Fuente Secundaria: Libros, periódicos, folletos, e internet.
Tiempo
Debido a que solo el investigador va a desarrollar el trabajo de investigación, el tiempo requerido será de tres meses.
Economía
Debido a que el investigador cuenta con la información y recursos necesarios para desarrollar el trabajo, es que va a subvencionar los gastos pertinentes para el presente trabajo.
Antecedentes
No se encontraron antecedentes en nuestra localidad que estén dirigidas a la presente idea de investigación. Sin embargo a continuación se presentan antecedentes que guardan relación indirecta con la investigación:
Oficina Internacional del Trabajo. La importancia del empleo y los medios de vida en la agenda para el desarrollo con posterioridad a 2015. OIT. http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—dgreports/—dcomm/documents/statement/wcms_206443.pdf
Chacaltana, J. Yamada, G. Calidad del empleo y productividad laboral en el Perú. Banco Interamericano de Desarrollo. Perú. 2009. http://srvnetappseg.up.edu.pe/siswebciup/Files/DD%20-%20Yamada_Chacaltana.pdf
Areta, M. El debate sobre el salario mínimo diferenciado por regiones en el Perú. IUS. 2009. http://www.dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4492129.pdf
Marco Teórico
Salario Mínimo
El salario mínimo es la remuneración mínima establecida legalmente, para cada periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores. Fue establecido por primera vez en Australia y Nueva Zelanda en el siglo XIX[3]Los costos y beneficios de los salarios mínimos legales son aún objeto de debate. La cuantía del salario mínimo se utiliza para establecer el salario máximo.
Generalmente se expresa en unidades monetarias por jornada de trabajo; por ejemplo, que no se puede pagar menos de 6 euros/dólares/libras a un trabajador por cada hora de trabajo. Cada país suele establecer las normas legales que regulan el salario mínimo y los mecanismos para determinar periódicamente su monto, generalmente en forma anual.
El salario mínimo es susceptible a el valor de las monedas y a la inflación debido a que durante las devaluaciones monetarias el trabajador pierde poder adquisitivo, lo mismo ocurre con los periodos inflacionarios. Para restablecer el mismo poder adquisitivo se dan los aumentos del salario mínimo.
Desarrollo normativo
La regulación de la Remuneración Mínima en el Perú, a nivel legislativo, data de 1916, año en que expide la Ley Nº 2285 sobre trabajo personal de los indígenas e intervención del Ministerio Fiscal, en los juicios sobre locación de servicios. Esta norma establecía la obligación de retribuir pecuniariamente a los trabajadores indígenas, estableciendo que el monto por concepto de jornal, en ningún podía ser inferior a 20 centavos. Con esta disposición quedó establecida una retribución mínima para los trabajadores indígenas.
A nivel constitucional, el concepto de salario mínimo fue recogido por vez primera en la Constitución de 1920, y después por la Carta de 1933. En ambas, se dispuso que la Ley debía fijar "los salarios mínimos en relación con la edad, el sexo, la naturaleza de las labores y las condiciones y necesidades de las diversas regiones del país". De esta manera, la institución y derecho al Salario Mínimo tuvieron consagración constitucional, y los indicadores o criterios para su determinación fueron materia de desarrollo a través de laudos arbitrales y pactos colectivos.
Posteriormente, mediante las Resoluciones Legislativas N° 13284 y N° 14033 de 1959 y 1962, respectivamente, el Estado Peruano ratificó dos normas internacionales de trabajo, el Convenio Nº 26 sobre Establecimiento de Métodos para la Fijación de Salarios Mínimos en las Industrias y el Convenio Nº 99 sobre Métodos para la Fijación de Salarios Mínimos en la Agricultura, cuyas disposiciones serán desarrolladas más adelante Bajo este marco constitucional y legal, en agosto de 1962 se promulgó el Decreto Ley N° 14192 que dispuso la obligatoriedad de la fijación de sueldos y salarios mínimos en todas las actividades económicas del país, teniendo en consideración la naturaleza de las labores, la productividad de las actividades económicas, el costo de la vida y condiciones de trabajo en las diversas regiones (artículo 1º). Asimismo, esta norma encargó al Consejo Nacional de Trabajo la elaboración de un Anteproyecto de Ley sobre salarios mínimos, concordante con los convenios internacionales de trabajo, dentro del plazo de 30 días (artículo 2º), mientras tanto, fijó sueldos y salarios diferenciados en función al nivel de las actividades económicas presentes en cada Región, previamente identificada[4]
En octubre del mismo año, se expidió el Decreto Ley Nº 14222, -y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 16- que sancionó el Anteproyecto de Ley sobre Métodos de Fijación de Salarios Mínimos, elaborado por el Consejo Nacional de Trabajo, y dispuso la creación de la Comisión Nacional de Salario Mínimo Vital, ente tripartito conformado por representantes de los empleadores, trabajadores y del Gobierno. Esta Comisión tuvo carácter consultivo y estaba encargada de proponer al Ministerio de Trabajo los reajustes de las remuneraciones mínimas para cada una de las regiones del país, de acuerdo con la pérdida del poder adquisitivo de las remuneraciones, ocasionada por la inflación.
Los criterios que debían ser considerados para determinar el monto del salario mínimo fueron: costo de vida en la respectiva localidad, circunscripción o región; la naturaleza, modalidades y rendimiento del trabajo; las condiciones económicas generales de la región y las particularidades de la rama de actividad para la cual quedaba establecido[5]
En mayo de 1965, se emite el Decreto Supremo Nº 007, que aprobó el Reglamento General sobre aplicación de los métodos permanentes de fijación de sueldos y salarios mínimos vitales. Las normas relativas a la conformación de la Comisión Nacional y Comisiones regionales para determinar los métodos de fijación del salario mínimo cayeron en desuso, de tal manera que la remuneración mínima mereció una regulación de alcance general, y fijada por Decreto Supremo hasta años recientes[6]
La Constitución de 1979 introdujo un cambio en lo relativo a los criterios de a determinación del Salario o Remuneración Mínima, al omitirlos. A la par, dispuso su reajuste de manera periódica con la participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y de los empleadores cuando las circunstancias lo requieren.
Con la emisión del Decreto Supremo 002-83-TR, en febrero de 1983, se introducen los conceptos de "Bonificación Especial por Costo de Vida" y "unidad de referencia". Así, la unidad de referencia era el resultado de adicionar al sueldo o salario mínimo vital, fijado por Resolución Suprema N° 030-82-TR, el monto de la bonificación especial, siendo base de cálculo únicamente "para el pago de vacaciones, salario dominical, día feriado no laborable, cualquier licencia o permiso que conlleve el pago de salario ordinario, así como para el pago de horas extraordinarias" (Artículo 3°, inciso b, del Decreto Supremo N° 002-83-TR). Por otra parte, la bonificación especial por costo de vida, consiste en un incremento general de las remuneraciones no proveniente de negociaciones colectivas, a razón de un 20% aplicable sobre parte de la remuneración, equivalente al salario o sueldo mínimo vital fijado por Resolución Suprema N° 030-82-TR, del 23 de setiembre de 1982, y un 8% aplicable sobre la parte restante de la remuneración luego de aplicar el 20% mencionado, cuyo resultado no será superior a dos salarios o sueldos mínimos vitales, fijados por la Resolución Suprema N° 030-82-TR.
En 1984, a través del Decreto Supremo N° 014-84-TR se introdujeron los conceptos: "bonificación suplementaria" y "remuneración mínima". A partir de junio de dicho año, tanto los trabajadores sujetos a negociación colectiva como aquellos que ingresaran a trabajar a partir de junio de 1984, recibirían la bonificación suplementaria mencionada. Entonces, la nueva remuneración mínima de aquel entonces será equivalente a la unidad de referencia anterior (fijada por el sueldo o salario mínimo vital más la bonificación especial por costo de vida), más la bonificación suplementaria.
Esta nueva estructura de la remuneración mínima duraría muy poco teimpo, pues en 1985, con la expedición de los Decretos Supremos N° 023-TR y 026-TR, quedó establecido que en tanto no se establecieran nuevos mecanismos y criterios para la fijación de distintos niveles de remuneración mínima por actividad, se dispuso la vigencia de una remuneración mínima vital única y válida a nivel nacional. En adelante, el sueldo o salario mínimo vital previsto para la Provincia de Lima más la bonificación suplementaria rigieron para todo el país. Asimismo, quedó reconocida la atribución del Ministerio de Trabajo y Promoción Social para el reajuste de los sueldos o salarios mínimos vitales, cuando las circunstancias lo exijan.
Este último supuesto parece haber operado como excepción a la práctica de reajuste periódico de las remuneraciones, por parte del Estado.
Más tarde, mediante Decreto Supremo N° 054-90-TR, el concepto "remuneración mínima vital" se aplicó de manera uniforme para todas las actividades económicas del país. Además, dicha remuneración quedó conformada por el ingreso mínimo legal, y los conceptos de bonificación por movilidad y bonificación suplementaria adicional.
Posteriormente, en 1991, mediante Decreto Supremo Nº 017-91-TR, se convocó al Consejo Nacional de Trabajo y Concertación Social[7]y se dispuso la creación del Comité Nacional de Remuneración Mínima Vital, para que proponga al Ministerio de Trabajo los métodos aplicables a cada actividad económica y en cada región, según sea el caso, determinando los tipos y montos de remuneraciones mínimas, cuando las circunstancias lo requieran. Además, debía proponer al Ministerio de Trabajo el establecimiento y la composición de Comités Regionales en cada Región del país.
En 1992, mediante Resolución Ministerial Nº 091-92-TR se dispuso el pago de un monto proporcional de la remuneración mínima vital, para aquellos trabajadores que laborasen menos de 4 horas, para atender los regímenes especiales como trabajadores comisionistas, destajeros, mineros y periodistas.
En 1993, la Constitución Política del Perú, a diferencia de la anterior, omitió toda mención a la periodicidad del reajuste de la Remuneración Mínima, estableciendo que ésta es fijada por el Estado, con la participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores (artículo 24º).
Más tarde, a partir de 1994 se recurrió a Decretos de Urgencia para la actualización de las remuneraciones mínimas. Después de esta oportunidad, solamente se producirían dos incrementos, en marzo del 2000 y en septiembre del 2003.
En abril de 2002, a través de la Ley 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modifica la conformación y competencia del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo instancia que, además de la discusión y aprobación de políticas laborales, participa en la regulación de la Remuneración Mínima; sin embargo, esta materia no ha sido revisada plenamente por el Consejo, principalmente en lo relativo a la determinación de un método y mecanismos institucionales para su revisión periódica.
Así por ejemplo, cabe mencionar que el último reajuste de la remuneración mínima corresponde al año 2003, a través del Decreto de Urgencia Nº 022-2003, que fijó en S/. 460 mensuales o S/. 15.33 diarios, el monto de la remuneración mínima vital de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, según sea el caso[8]
En líneas generales, podemos sostener que la regulación de la remuneración mínima en el Perú, no ha sido acompañada de una política salarial definida, lo que explica los sucesivos cambios, a intervalos cortos de tiempo, sobre sus componentes, valor y criterios a ser adoptados.
Enfoques Teóricos
Diversas teorías han sido desarrolladas para explicar la naturaleza de los fenómenos económicos en diversos contextos históricos. Entre estos fenómenos se encuentra: la naturaleza y la determinación de los salarios.
Entre las teorías más relevantes que abordan este tema, se encuentran las expuestas por: Adam Smith (1723–1790), David Ricardo (1772–1823), Karl Marx (1818–1883), John Maynard Keynes (1883–1946) y la Escuela Neoclásica denominada "Marginalista". Una revisión general de estos enfoques nos permitirá comprender el debate actual sobre la visión generalizada de los efectos de la remuneración mínima sobre los niveles de empleo y distribución de salarios que la teoría económica sustenta.
a. Teoría de Adam Smith
La teoría de los salarios en Adam Smith se basa en lo que él llama "el fondo de salarios", del cual dispone el propietario de la tierra para dar adelantos a los trabajadores, y así sigan laborando hasta que se logre el producto final. El monto de los salarios se negocia entre los empresarios y los trabajadores.
Smith, señala que los empresarios por ser menores en número tienen mayor facilidad para concertar y determinar un salario menor. Las leyes también favorecen a los empresarios en la medida que las leyes prohíben el alza de los precios. Sin embargo, los trabajadores también suelen concertar para incrementar los salarios, aduciendo el incremento de los precios de los bienes y los grandes beneficios que obtienen los empresarios a costa de su trabajo.
Se establece así un salario de subsistencia entendido como el salario del trabajador, necesario para su sustento y el de su familia. Smith señala: "El hombre siempre ha de vivir y mantenerse con su trabajo. Por consiguiente, "su salario ha de alcanzar por lo menos para su mantenimiento". (Valladares, 2003)
Desde un punto de vista más dinámico, Smith sustentó su teoría de los salarios sobre la base de tres situaciones diferentes en la economía, de acuerdo a los diferentes grados de acumulación de capital y de la demanda de mano de obra.
Conforme a ello, se estableció tres situaciones diferentes: una economía en expansión, una en decadencia y una estacionaria.
En una economía en expansión, los salarios se encuentran por encima del nivel de subsistencia y con miras a que se incremente. Para Smith, "la demanda de quienes viven de los salarios ( )aumenta necesariamente con el aumento del ingreso y del capital de cada país, y no puede aumentar sin él(…). Lo que causa un aumento en los salarios de los trabajadores, no es la grandeza presente de la riqueza nacional, sino su continuo crecimiento. En consecuencia, no es en las naciones más ricas, sino en las más prósperas, o sea, en las que están enriqueciendo con más rapidez, que los salarios de los trabajadores son más altos"[9].
En una economía en decadencia, la demanda de mano de obra en los diferentes empleos es cada vez menor, y como lo sostiene Smith: "las clases inferiores estarían sobresaturadas, no sólo por sus propios miembros, sino por la afluencia de las otras clases, y la competencia sería tan grande que reduciría los salarios a la más mínima y escasa subsistencia del trabajador"[10].
Según A. Smith los trabajadores alcanzan salarios de subsistencia cuando la economía se encuentra en un estado estacionario. Ante un estancamiento en la acumulación de capital y en la demanda de trabajo, mediante un mecanismo de ajuste de la oferta de trabajo a la demanda, ocasiona una reducción de los salarios a un nivel de subsistencia.
Smith considera que los salarios mantendrán su nivel de subsistencia cuando existe una sobreoferta de mano de obra y un cierto nivel de desempleo.
b. Teoría de David Ricardo
La teoría de Ricardo sostiene que el trabajo tiene un precio natural y uno de mercado. El precio natural es la cantidad de trabajo necesario para producir una canasta de subsistencia que permita al trabajador y a su familia subsistir. Según Ricardo, el precio natural de la mano de obra depende de los hábitos y costumbre de la gente. De otro lado, el precio de mercado del trabajo es lo que se paga realmente en el mercado (Valladares, 2003).
En el mercado de trabajo se pueden presentar tres casos en torno a su situación de equilibrio. La primera, cuando la oferta de mano de obra es absorbida por la demanda determinando un salario de equilibrio. Así, el salario es igual a una canasta de subsistencia del trabajador.
En un segundo caso, el precio de mercado es mayor al precio natural del trabajo debido a que existe escasez de mano de obra ocasionando que los capitalistas pugnen por atraer a los trabajadores ofreciéndoles mayores salarios. La situación en el mercado de trabajo será de pleno empleo con déficit de oferta de mano de obra.
El tercer caso muestra una situación donde los trabajadores aceptan menores salarios por debajo a la canasta de subsistencia para obtener un puesto de trabajo. Dicha situación es de desequilibrio con desempleo.
Para Ricardo, esta situación de desequilibrio no tiende a mantenerse en el largo plazo bajo una situación de libre competencia. (Valladares, 2003).
c. Teoría de Carlos Marx[11]
El interés principal de Marx fue el analizar la vida económica e identificar sus leyes de cambio en un periodo determinado de la historía (del Siglo XVII al XIX).
Desarrolló la teoría de la explotación, a partir de la revisión de la literatura económica clásica que sostiene, que es el trabajo la esencia de todo valor y que la explotación del trabajo por el capital es lo que permite el desarrollo del sistema capitalista. Dicha explotación se concretiza a partir de la apropiación por la clase social capitalista, de lo producido por los trabajadores, sector que controla el funcionamiento de dicho sistema. Con ello, Marx quiere demostrar la situación de explotación a partir de su teoría "valor-trabajo".
El concepto "valor-trabajo" de Marx se basa en la idea que los precios de los bienes reflejan las cantidades de trabajo que son incorporados en los mismos o que los precios relativos tienden a ser proporcionales a la cantidad de trabajo que son incorporados en los bienes. En suma, para Marx, "el valor de un bien […] es igual al trabajo socialmente necesario para la producción de dicho bien"[12]. En cada unidad del bien se considera tanto el trabajo directo como también el indirecto, es decir, aquél trabajo incorporado en la producción de los insumos para dicho bien.
La explotación del trabajo, para Marx, ocurre cuando el trabajador recibe a cambio de una jornada de trabajo, "bienes y servicios que incorporan una cantidad total de trabajo (directo e indirecto) de duración inferior a dicha jornada"[13]. Es decir, el trabajo se vende a un precio menor al de su valor. Por lo tanto, "la diferencia entre la duración de la jornada laboral y el tiempo de trabajo incorporado en el salario (los bienes salariales) que percibe el trabajador constituye la plusvalía"[14].
Dentro de la teoría de la explotación de Marx, el trabajo es considerado no sólo como una mercancía, sino como la única que puede generar un valor por encima del valor necesario para reproducirse.
Marx considera que existe un límite mínimo para los salarios, los cuales son considerados como los mínimos de susbsistencia fisiológica y otro factor variable relacionado a las necesidades que se crean históricamente. Considera también, que el mercado de trabajo siempre se encuentra en desequilibrio existiendo un desempleo permanente debido a la tendencia de los capitalistas en cambiar hacia tecnologías intensivas en capital, lo que permite que el salario se mantenga en niveles que colocan en situación de desventaja a los asalariados y favorables para los capitalistas (Valladares, 2003).
d. Teoría de John Maynard Keynes[15]
Keynes creó su teoría del equilibrio macroeconómico en un contexto económico de depresión en los años 30. A diferencia de la economía política neoclásica que centraba su atención a la oferta de recursos, la teoría de Keynes centraba su atención "al problema de la "demanda efectiva" y sus componentes: el consumo y la acumulación, los factores que determinan el movimiento de estos componentes y la demanda global en su conjunto"[16]
Keynes planteó su enfoque desde una perspectiva de la economía en su conjunto, es decir a partir de un enfoque macroeconómico. A diferencia de sus antecesores de presentar un enfoque microeconómico, donde el análisis de la firma era válida para la nación entera.
La economía política neoclásica se basaba en el siguiente principio: frente a una libertad de concurrencia en la economía, los precios se constituyen en un instrumento para que la economía tienda siempre a un equilibrio en el que la oferta y la demanda se nivelan entre sí. Este principio no sólo es válido para las mercancías sino también para la mano de obra. Así, si se produce un déficit o excedente, basta con aumentar o reducir los precios para que se restablezca el equilibrio. Sin embargo, este principio aplicado al mercado de trabajo no podía explicar la desocupación o paro forzoso.
Por el contrario, la teoría de Keynes consideraba que la desocupación no se debía a los altos salarios sino a la insuficiencia de "demanda efectiva" aunque no negaba que el salario se hallaba en una relación inversa al volumen del empleo.
Sin embargo, Keynes, consideraba que el volumen del empleo dependía del movimiento de la "demanda efectiva" y no del movimiento del salario.
Para Keynes, la "demanda efectiva" consta de dos componentes: el consumo individual y las inversiones. El consumo personal se incrementa en una proporción menor a la renta y se debe a la "ley sicológica fundamental" de la sociedad, por lo cual, para mantener un incremento constante de la renta nacional es necesario incrementar las inversiones de capital que absorba el volumen de ahorro que va en aumento creciente.
Keynes sostiene que la magnitud de la inversión se debe a factores como la disminución de parte de la ganancia prevista sobre el capital debido a la tendencia decreciente de la productividad, por la rigidez de la tasa de interés y otros factores. Debido a ello, el incremento de la inversión es insuficiente para la realización total de los recursos de producción ocasionando que la sociedad llegue a un estado de estancamiento. Frente a esta situación, Keynes concluía que la insuficiente "demanda efectiva" debe ser compensada con una adecuada política económica de Estado, es decir, no sólo mantener los niveles de inversión privada sino el ampliar los gastos del propio Estado.
Keynes consideraba que una fijación de salarios de acuerdo a ley ocasionaría un empleo constante al nivel adecuado al salario legal y que sólo podría ser sostenible en términos reales si se trata de una economía cerrada. Sin embargo, su propuesta para el corto plazo es una política rígida de salarios aunque él se encuentre a favor de una política de largo plazo. En esta última, los salarios nominales se mantienen y pueden variar cuando se introduzcan cambios técnicos, permitiendo que los precios se reduzcan y ocasionen un aumento en los salarios reales (Valladares, 2003:39).
Los seguidores de la teoría keynesiana (Escuela keynesiana) señalan que el nivel salarial no determina la ocupación, aunque sí es un factor primordial en la determinación del nivel de precios. Explican claramente una situación de inflación (deflación) por costos y una situación de inflación (deflación) originada por la demanda.
Con respecto a la inflación por costos, señalan que, dado que el costo unitario de la mano de obra es un factor importante en la estructura de costos de la empresa, un aumento en los salarios nominales mayor al incremento de la productividad, ocasiona una situación inflacionaria. De otro lado, si la tasa de salario nominal se incrementa en la misma proporción que la productividad, los costos unitarios no varían y no presentan algún efecto inflacionario.
La inflación causada por la demanda se lleva a cabo, cuando la capacidad instalada de las empresas se encuentra plenamente utilizada y la demanda total es mayor a la oferta total originando un incremento en los precios.
En esta situación, las empresas obtienen beneficios extraordinarios y los salarios reales caen (Valladares, 2003).
Según la Escuela Keynesiana, en una situación inflacionaria los salarios mínimos fijos se tornan rápidamente inefectivos dado que el nivel salarial general crece ocasionando una brecha entre el trabajo mal remunerado y el salario mínimo. De ahí la necesidad de que los salarios mínimos deban ser reajustados según el nivel salarial general (Valladares, 2003).
e. Teoría de la "Revolución Marginalista" y el Enfoque Neoclásico
Entre los economistas que representan a la "Revolución marginalista" se encuentran Carl Menger, León Walras y Stanley Jevons.
La determinación del salario proviene de la interacción de la oferta y demanda teniendo como supuestos: la libre competencia y un equilibrio prolongado. En cuanto a la distribución de los ingresos, según la Teoría Neoclásica, "cada factor de producción (capital, tierra, trabajo, etc.) contribuye a la producción con el valor de su productividad marginal16. Si se paga a cada factor su valor aportado, el ingreso (generado por un nivel dado de producto) se agota.
Se podría decir, entonces, que la distribución del ingreso es una cuestión técnica, que no depende de justicia, valores, leyes o negociaciones" (Valladares, 2003).
Esquema Estructural
Agradecimientos
Dedicatoria
Epígrafe
Resumen
Summary
Introducción
Índice
Capítulo I: Aspectos Metodológicos
Capítulo II: Resultados
Conclusiones
Recomendaciones
Bibliografía
Anexos
Bibliografía Básica
Bell, Linda. The Impact of Minimum Wages in Mexico and Colombia, 1997.
Boletín de Economía Laboral del MTPE. El salario mínimo, 2002.
Card, D. and A.B. Krueger (1995), Myth and Measurement: The New Economics of the Minimum Wage. Princeton: Princeton University Press.
Catherine, S. Is the Minimun Wage an Effective Tool to Promote Decent Work and Reduce Poverty?, 2002.
Céspedes, Nikita. Efectos de la remuneración mínima vital sobre el mercado laboral peruano, 2004.
Corbo, Vittorio (2001); El salario mínimo una vez más. Artículo obtenido de: www.facea.pcp.cl/personal/vcorbo/columnas/col-05-2001.pdf.
Card, D. y Krueger, A. Myth and Measurement: the new economics of the minimun wage, 1995.
Cunningham, J. The impact of minimum wages on youth employment, hours of work, and school attendance: Cross sectional evidence from the 1960 and 1970 censuses, 1981.
De Janvry, A. y Sadoulet, E. Growth, Poverty, and Inequality in Latin America: A Causal Analysis: 1970-1994, 1996.
Dobb, Maurice (1975) Teoría del Valor y de la distribución desde Adam Smith. Ideología y teoría económica. Siglo XXI.
Hamermesh, Daniel S. (1995); La Demanda de Trabajo. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. España.
Jaramillo Baanante, Miguel, ¿Cómo se ajusta el mercado de trabajo ante cambios en el salario mínimo en el Perú?. Evaluando la experiencia de la última década, 2005. Primer Informe, Investigación mediana ACDI – IDRC 2004, Grupo de Análisis para el Desarrollo – GRADE.
Jimenez, Félix. La variación de la tasa de salarios promedio y de los salarios mínimos en la economía ecuatoriana, 2003.
Kaufman, Bruce E.; The Economics of Labor Markets. 1994. The Dryden Press.
Kosters, Marvin H. (1996), Introduction and Overview, en M.H. Kosters The Effects of the Minimum Wage on Employment. The AEI Press. Washington, D.C.
Maloney, W. y Nuñez, J. Measuring the impact of minimun wages: evidence from Latin America, 2003.
Neumark, D. The effects of minimum wages on the distribution of family incomes: a non-parametric analysis, 1998
Osádchaia, I.; De Keynes a la síntesis neoclásica: análisis crítico, 1975. Editorial Progreso.
OIT. Empleo y protección social en Ecuador: Propuestas de la OIT. 2001.
OIT. Salarios mínimos: ¿agente catalizador del diálogo social o herramienta de política económica?, 2004.
Ricardo, David (1821); Principios de Economía política y Tributación, Traducción al castellano de la tercera edición en inglés. Ediciones Orbis, Barcelona, 1985.
Rodríguez Caballero, Juan (2003). La economía Laboral en el periodo clásico de la historia del pensamiento económico, 2003. Universidad de Valladolid España. http://www.eumed.net/tesis/jcrc/. Capitulo 1: Teorías del salario de subsistencia. Tesis doctoral.
Valladares, Konrad (2003); Salarios mínimos en los países andinos, elementos para una propuesta, PLADES – CCLA. Sección: "Una propuesta de política de salarios mínimos para el Grupo Andino.
Saavedra, Juan Carlos. Efectos del incremento de la remuneración minima en el 2003 sobre los trabajadores dependientes de Lima Metropolitana, 2004.
Universidad del CEMA. Evaluación del proceso de negociación para la fijación del salario mínimo: aspectos positivos y normativos, 2004.
Valladares, Konrad. Salarios mínimos en los países andinos: elementos para una propuesta, 2003.
Yamada, Gustavo y Bazán, E. Salario mínimo en el Perú ¿Cuándo dejaron de ser importantes?, 1994.
Hipótesis
Dado que se lleve a cabo el análisis del efecto del incremento de la remuneración mínima vital sobre el empleo en trabajadores con ingresos por renta de quinta categoría es probable que ello permita identificar la tendencia del sector y del mercado laboral en Arequipa.
Técnicas e Instrumentos
Técnicas
Observación
Encuesta
Instrumentos
Ficha de Observación
Cuestionario
Campo de Verificación
Ámbito
La investigación será enfocada al mercado laboral en Arequipa Metropolitana.
Temporalidad
El periodo de tiempo para el desarrollo del presente trabajo de investigación, comprende los meses calendario.
Unidades de Estudio
Universo: Población Económica Activa que percibe remuneración de quinta categoría.
Estrategia de Recolección de datos
Se formularán estrategias con la finalidad de estructurar el mecanismo de la investigación:
Contacto con la Unidad de estudio
Coordinar previamente con el sector comprometido, para tener acceso a la información sin inconvenientes e iniciar del proceso de recolección de datos.
Preparar el instrumento para la toma de datos mencionados anteriormente.
Coordinar con el responsable del sector la posible fecha de inicio de la recopilación de la información.
Toma de datos
Se hará uso del instrumento de medición para la toma de datos.
Se deberá realizar la recopilación de datos cumpliendo el rol de fechas establecido.
Estos datos serán clasificados por fecha.
Análisis y procesamiento de Datos
Mostrar visualmente el estado actual de las tendencias del sector.
Se determinará cuáles son los factores que inciden en el mercado laboral en Arequipa Metropolitana.
Criterios para el manejo de resultados
Los resultados obtenidos serán fundamentales para su posterior análisis, es por eso que estos deben ser tomados con sumo cuidado y llevados a análisis utilizando métodos que permitan vislumbrar la situación de la problemática del sector y en consecuencia plantear soluciones que permitan resolver las interrogantes básicas que fueron planteadas al inicio del estudio.
En esta investigación se hará uso del análisis de datos estadísticos existentes y proyección del mercado para determinar cuáles son los principales problemas correspondientes al sector.
Recursos Necesarios
Recursos Humanos
El investigador
Recursos Materiales
Bienes
Papel bond
Impresora
Ordenador Intel Corei7
Scaner
Servicios
Internet
Recursos Financieros
Cronograma de Trabajo
Autor:
Alan Becerra
Arequipa – Perú
[1] BCRP. Informe de Gesti?n Econ?mico Anual. Banco Central de Reserva del Per?. Lima, Per?. 2013. p. 32
[2] INEI. Composici?n laboral de la Poblaci?n por Regiones. Instituto Nacional de Estad?stica e Inform?tica. Lima, Per?. 2012.
[3] Rodson, L. The Cost of Living. Filadelfia: American Academy of Political and Social Science. 2003.
[4] Esta norma diferenciaba los sueldos y salarios de hombres y mujeres en tres grupos de provincias: 1) Lima y Callao; 2) Casma, Santa, Caman?, Islay, Cusco, Huancavelica, Huanuco, Ica, Chincha, Nazca, Pisco, Huancayo, Jauja, Tarma, Yauli, Trujillo, Pacasmayo, Chiclayo, Ferre?afe, Lambayeque, Chancay, Ca?ete, Mainas, Mariscal Nieto, Pasco, Piura, Paita, Sullana, Talara, Puno, Tacna, Tarata y Tumbes; y, 3) el resto de provincias.
[5] Art?culo 5? del Decreto Ley N? 14222.
[6] A partir de julio del a?o 1965, el monto de la Remuneraci?n M?nima qued? fijado a trav?s Resoluciones y Decretos Supremos, incorporando rubros adicionales. Posteriormente, los estudios, investigaciones y proposiciones de normas sobre niveles de sueldos y salarios a nivel nacional y regional, fueron encargados a la Oficina de Econom?a del Trabajo y Productividad, seg?n la Ley Org?nica del Ministerio de Trabajo y Promoci?n Social, Decreto Ley 25927 (04.12.1993). Estas disposiciones fueron derogadas por la Ley 27711 (30.04.2002).
[7] En abril de 1990 es creado el Consejo Nacional de Trabajo y Concertaci?n Social, mediante Decreto Legislativo 568, Ley de Organizaci?n y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoci?n Social, al que se le atribuye competencia para el ?mejoramiento del empleo, remuneraciones y productividad ? de los trabajadores, en funci?n al desarrollo nacional y regional? (Art. 16).
[8] Se refiere a la forma de pago, ya sea mensual o por jornada.
[9] Adam Smith, An inquire Into the Nature and Causes of the Wealth of Nations, cuarta edici?n completa en un volumen ?nico, Londres, 1826, p. 69. Citado en M.Dobb ?Teor?a del Valor y de la distribuci?n desde Adam Smith. Ideolog?a y teor?a econ?mica?.
[10] Adam Smith (1776), La Riqueza de las Naciones. Vol. I Edici?n de Oikos-tau, Barcelona, 1988. p 156.
[11] Esta secci?n se basa en Rodr?guez, Juan ?La econom?a laboral en el periodo cl?sico de la historia del pensamiento econ?mico?.2003. Tesis doctoral. Valladolid. Espa?a.
[12] Ibid, p.196
[13] Ibid, p.202
[14] Ibid, p.197
[15] Esta secci?n se basa en Os?dchaia, I. ?De Keynes a la s?ntesis neocl?sica: an?lisis cr?tico? 1975. Editorial Progreso.
[16] Ibid, p.20.