59. UNIÓN INTERNACIONAL DEL NOTARIADO LATINO
La uniòn internacional del notariado latino agrupa a los paìses que tienen el sistema notarial latino, por lo cual es claro que debe ser materia de estudio en el derecho notarial peruano, en tal sentido en el presente le dedicamos algunas lìneas para tener mayores conocimientos sobre la misma y de esta manera conocer mejor el derecho notarial mundial. Es decir, sòlo agrupa a los paìses que pertenecen al notariado latino, pero no a otros sistemas que son los que por cierto pertenecen al sistema anglosajón y el sistema administrativo. Sin embargo, en el estado peruano existe poca información sobre la misma, lo cual dificulta los estudios sobre la misma y de esta manera dejamos constancia que a la misma se le brindar otros estudios mas amplios en los cuales se desarrolle sus antecedentes, reglamentación, estatutos, países miembros, funciones, publicaciones, recomendaciones, congresos realizados, directivas a través del tiempo, presidentes, notarios propulsores, premios que otorga o que debería otorgar, entre otras, para que de esta forma se tenga mayor contacto con la misma. Esta organización es una persona jurídica, y específicamente debemos dejar constancia que se trata de una persona jurídica de derecho privado que es en si una ong u organización no gubernamental, que agrupa a 73 países, y su presidente era italiano, pero en este año 2008 se ha cambiado al mismo de tal forma que ahora es un notario cordobés, es decir, de Córdoba, por lo cual teniendo en cuenta la facilidad de la comunicación por el idioma ya que el mismo habla el español y la cercanía porque se ubica en la república Argentina, esperamos su pronta visita al estado peruano para que nos enseñe un poco de lo mucho que sabe sobre esta importante rama del derecho público como es por cierto el derecho notarial. Esta ong organiza congresos en todo el mundo, lo cual ha motivado encuentros entre notarios públicos de todo el mundo, así como la correspondiente difusión del derecho notarial, sobre todo entre notarios, por lo cual esperamos que dentro de poco se celebre un congreso de esta institución en el estado peruano, lo cual servirá para que nuestro país sea mas conocido y visitado por personas preparadas como son por cierto los notarios, ya que en muchos casos ostentan la calidad de juristas, incluso en Argentina existe otros estudios que aquí no existen los cuales han servido para que el derecho argentino desarrolle dentro del derecho notarial. El actual presidente de la unión internacional del notariado latirno a partir del presente año 2008 es Eduardo Gallino. El cual dirigirá la institución, y debemos dejar constancia que se trata de un notario Argentino.
60. UNIVERSIDAD NOTARIAL ARGENTINA
La universidad notarial Argentina es una universidad con sede en la república Argentina que se dedica a organizar diversos programas tales como cursos especialización, profundizados, y maestrías en derecho registral y notarial, los cuales sirven y han servido para conocer mejor estos temas en una nación hermana como es la república Argentina, por lo cual esperamos que los peruanos puedan viajar a dicha república para estudiar en la mencionada universidad, lo cual servirá para estudiar a mayor profundidad estas ramas del derecho público, al igual que para estrechar lazos entre naciones hermanas como son por cierto el estado peruano y la república Argentina.
61. MAESTRÍAS EN DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL EN EL ESTADO PERUANO
Es necesario tener en cuenta las maestrías sobre la rama del derecho estudiado como es por cierto el derecho notarial, por lo cual debemos dejar constancia que en la actualidad se organiza por parte de la universidad San Martín de Porres una maestría en derecho registral y notarial a partir del año 2007 y próximamente estarà aperturàndose otra en la universidad Garcilazo de la Vega, por lo cual esperamos que en las mismas se haga pedagogía jurìdica sobre estas importantes ramas del derecho pùblico. Sin embargo, esperamos que en un futuro se organicen maestrìas en el estado peruano que se ocupen sòlo del derecho notarial y otras tantas de derecho registral, lo cual servirà para una mayor especialización en el mundo del derecho. Es decir, en el estado peruano, hasta el año 2007 sòlo existìa una maestría en la rama del derecho estudiada y a partir del 2008 existiràn dos maestrìas lo cual servirà para profundizar los correspondientes estudios sobre la misma y de esta manera difundir el derecho notarial tambièn en el estado peruano, lo que es tanto esperado por parte de los estudiantes de post grado.
62. ENSEÑANZA DE DERECHO NOTARIAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA
Es necesario tener en cuenta que la universidad nacional san Cristóbal de Huamanga organiza un programa de derecho notarial, que es exactamente un diplomado, en el cual se llevan algunos temas de esta rama del derecho pùblico y en todo caso puede servir para reforzar los conocimientos de la misma, y ademàs el mismo tiene un costo o precio bastante bajo, por lo cual es claro que amerita aprovechar este programa para aprender el derecho notarial, lo cual permitirà conocer temas de vital importancia en el mismo. En este programa se llevan los siguientes cursos:
Mòdulo 1: Generalidades del derecho notarial.
Mòdulo 2: Funciòn notarial.
Mòdulo 3: Notariado y realidad.
Mòdulo 4: Registro notarial.
Mòdulo 5: Actos notariales protocolares.
Môdulo 6: Actos notariales extraprotocolares.
63. PROPUESTA DE MAESTRÍA EN DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL
MAESTRÍA EN DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL
PRESENTACIÓN
En un mundo competitivo es necesaria la especialización, en consecuencia valga la oportunidad para dedicarse al derecho registral y derecho notarial.
En cuanto al derecho registral está dirigida la maestría principalmente a abogados especializados en esta rama del derecho público que buscan tener sólidos conocimientos de la doctrina, legislación y ejecutorias registrales.
En cuanto al derecho notarial está dirigida a abogados con conocimientos básicos de esta rama también del derecho público que desean incrementar y perfeccionar sus conocimientos, en consecuencia es claro que se requiere tener experiencia.
La Universidad brinda la oportunidad de capacitarse en estas ramas del derecho público, siendo necesario esto a fin de que los funcionarios registrales perfeccionen sus conocimientos y los que aspiran a ocupar una plaza registral lo hagan con mayor dominio de los temas propuestos en la presente maestría. Y lo mismo ocurre en cuanto al derecho notarial.
OBJETIVOS
- Lograr la especialización en derecho registral y notarial.
- Generar una nueva corriente de estas dos ramas del derecho público.
- Incentivar las investigaciones en estas dos ramas del derecho.
- Formar abogados especializados en derecho registral y notarial.
- Perfeccionar los conocimientos de abogados registralistas y notaristas.
CURSO CRÉDITOS
Primer Semestre:
Metodología de la investigación. 04.
Garantìas y Personas jurìdicas. 04.
Derechos reales y contratos. 04.
Principios Registrales I (derecho peruano) 04.
Segundo Semestre:
Temas de Derecho Registral I. 04.
Temas de Derecho Notarial I. 04.
Instituciones de Derecho Registral I. 04.
Principios Registrales II (derecho extranjero). 04.
Tercer Semestre:
Instituciones de Derecho Notarial I. 04.
Temas de Derecho Registral II. 04.
Sistemas Notariales y Registrales. 04.
Instituciones de Derecho Registral II. 04.
Cuarto Semestre:
Temas de Derecho Notarial II. 04.
Instituciones de Derecho Notarial II. 04.
Derecho Notarial Comparado. 04.
Derecho Registral Comparado 04.
Metodología de la investigación.
Se enseñarà los conocimientos necesarios para redactar un plan de investigación orientado a la obtención del grado acadèmico de magíster en derecho registral y notarial.
Garantìas y Personas jurìdicas.
Se desarrollarà todas las garantìas incluidas las registrables y las no registrables. Ademàs se desarrollarà todas las personas jurìdicas, desarrollando por tanto las registrables y no registrables. En este curso se desarrollarà entre otras instituciones la garantìa mobiliaria y el registro de personas jurìdicas.
Derechos reales y contratos
Se programarà el curso en base a todos los derechos reales y todos los contratos clasificàndolos a ambos en registrables y no registrables.
Incidiéndose en la hipoteca y en la compra venta.
Principios Registrales I (derecho peruano)
Se desarrollará todos los principios registrales consagrados en el derecho peruano, para lo cual se estudiará la doctrina, legislación y jurisprudencia actualizada con las nuevas tendencias del derecho registral.
Sistemas Notariales y Registrales
Se desarrollarán los sistemas registrales y notariales poniendo énfasis en clasificar al sistema registral y notarial peruano.
Derecho Notarial Comparado
Se comparará el derecho notarial peruano con los sistemas notariales extranjeros, con especial énfasis en el derecho español y argentino.
Derecho Registral Comparado
Se comparará el derecho registral peruano con los sistemas registrales extranjeros, con especial énfasis en el derecho español y argentino.
Principios Registrales II (derecho extranjero)
El curso está dirigido a desarrollar los principios registrales del derecho registral extranjero, poniendo énfasis en los mas conocidos sistemas registrales como el alemán, fracés, español y argentino.
Instituciones de Derecho Registral I
El objetivo de este curso es desarrollar las instituciones registrales reguladas en el reglamento general de los registros públicos peruano.
Instituciones de Derecho Registral II
El propósito del curso es desarrollar las instituciones registrales reguladas en los reglamentos registrales especiales peruanos.
Temas de Derecho Registral I.
El objetivo de este curso es desarrollar los antecedentes del derecho registral y otros temas estrictamente doctrinarios.
Temas de Derecho Registral II.
El presente curso tiene como propósito desarrollar la calificación registral de documentos judiciales que tanto problema causa a los funcionarios registrales y judiciales.
Temas de Derecho Notarial I.
Se desarrollará los instrumentos públicos notariales protocolares y extraprotocolares.
Temas de Derecho Notarial II.
Se abarcará a los procesos no contenciosos tramitados ante notario.
Instituciones de Derecho Notarial I
Se desarrollará las instituciones jurídicas notariales reguladas por la ley del notariado.
Instituciones de Derecho Notarial II
En el presente curso se desarrollará las instituciones jurídico notariales reguladas por el restante ordenamiento notarial peruano.
64. PROPUESTA DE MAESTRIA EN DERECHO NOTARIAL
En el estado peruano proponemos que se organice una maestría en derecho notarial en la cual podrìa formarse profesionales con profundos conocimientos sobre esta rama del derecho pùblico, los cuales son muy escasos, en tal sentido en este programa podrìan llevarse los siguientes cursos:
Primer semestre:
Metodología de la investigación.
Introducción al derecho notarial.
Temas de derecho notarial I.
Sistemas notariales.
La escritura pública.
Segundo semestre:
Temas de derecho notarial II.
Derecho notarial comparado.
Investigación I.
Derecho notarial codificado.
Instituciones del derecho notarial I.
Tercer semestre:
Temas de derecho notarial III.
Investigación II.
Derecho notarial no codificado.
Derecho notarial Argentino y Español.
Instituciones del derecho notarial II.
Cuarto semestre:
Temas de derecho notarial IV.
Seminario de Investigación.
Competencia notarial.
Procesos tramitados por notarios.
Instituciones del derecho notarial II.
Es decir, en una maestría en derecho notarial puede enseñarse y aprenderse muchos temas propios de esta rama del derecho, los cuales son conocidos por muy pocas personas no sòlo en el derecho peruano, sino tambièn en el derecho extranjero y comparado, por lo cual es claro que puede llevarse a cabo investigaciones sobre la indicada, sin embargo, se ha advertido que en las escuelas de post grado existe poca dedicaciòn a la misma, en tal sentido sugerimos que se organicen maestrìas sobre la misma, en todo el mundo, lo cual facilitarà que el derecho notarial progrese.
65. PROPUESTA DE MAESTRÍA EN DERECHO NOTARIAL COMPARADO
PRESENTACIÓN:
Esta maestría en derecho notarial comparado està dirigida a abogados que tengan sòlidos conocimientos sobre esta rama del derecho pùblico, por lo cual es recomendable que ya cuenten con una maestría en la misma, en tal sentido se recomienda que primero estudien la maestría en derecho notarial para poder estar a la altura de la maestría y en este orden de ideas podemos afirmar que es programa servirà para profundizar los conocimientos sobre esta importante disciplina jurìdica como es por cierto el derecho notarial.
Se espera con esta maestría profundizar los conocimientos sobre el derecho notarial, estudiando para tal efecto las nuevas tendencias de esta rama del derecho en el mundo, sin embargo, este tema ha sido poco trabajado, lo cual no ha permitido su desarrollo, en tal sentido esperamos que se aproveche la oportunidad para estudiar temas de vital importancia en el estudio del derecho.
CURSOS:
En una maestría en derecho notarial comparado, pueden llevarse los siguientes cursos:
Primer semestre:
Metodología de la investigación.
Introducción al derecho comparado.
Introducción al derecho notarial comparado.
Comparación entre el derecho notarial peruano y argentino.
Segundo semestre:
Derecho notarial codificado comparado.
Derecho notarial no codificado comparado.
La Codificaciòn en el derecho notarial comparado.
Las fuentes del derecho notarial en el derecho comparado.
Tercer semestre:
La ley en el derecho notarial comparado.
La jurisprudencia en el derecho notarial comparado.
Las ejecutorias en el derecho notarial comparado.
La costumbre en el derecho notarial comparado.
Cuarto semestre:
La doctrina en el derecho notarial comparado.
La manifestación de voluntad en el derecho notarial comparado.
La realidad social en el derecho notarial comparado.
El comercio electrònico en el derecho notarial comparado.
Es decir, en un programa de este tipo podrìa enseñarse y aprenderse interesantes temas dentro del derecho notarial y comparado, por lo cual esperamos que se organice dicha maestría no sòlo en el derecho peruano, sino tambièn en el derecho extranjero, lo cual permitirà conocer y profundizar los conocimientos sobre el derecho notarial comparado.
66. CONCLUSIONES DEL CONGRESO INTERNACIONAL DEL NOTARIADO LATINO LLEVADO A CABO EN ESPAÑA
- En la web aparece la siguiente información:
- Conclusiones del Congreso Internacional del Notariado
El Notariado mundial impulsará la titulación inmobiliaria de los sectores más necesitados. "Ofrecerán su colaboración a los estados y organizaciones internacionales para favorecer el otorgamiento de títulos de propiedad", explicaron a semanaprofesional.com desde el área prensa institucional del congreso internacional.
Los Notarios del mundo se reunieron en España, en el marco del 25º Congreso Internacional del Notariado Latino. En ese marco, analizaron dos temas: "El documento notarial como instrumento de desarrollo en la sociedad" y "La actividad notarial en los medios rurales y urbanos".
Tras tres jornadas de análisis, estudio y debate, los representantes de 76 países del mundo eligieron al nuevo presidente de la entidad, responsabilidad que ocupará el notario argentino Eduardo Gallino. "Quien fue electo electo por unanimidad para conducir los destinos de la entidad internacional", indicaron a semanaprofesional.com desde el área prensa del cónclave internacional.
Gallino, que asumirá sus funciones en 2008 en reemplazo del notario italiano Giancarlo Laurini, es un destacado escribano y doctor en Derecho Internacional Privado, y presidió el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, el Consejo Federal del Notariado Argentino y fue decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Córdoba.
Conclusiones
"Los notariados del mundo han decidido apoyar firme e incondicionalmente y acompañar en forma permanente la lucha para la erradicación de la pobreza iniciada por la ONU, especialmente mediante los programas para la titulación inmobiliaria de los sectores más necesitados de las diversas sociedades nacionales; ya que el establecimiento de derechos de propiedad es un factor de paz social y un instrumento de desarrollo".
Esta fue una de las principales conclusiones alcanzadas en el 25º Congreso Internacional del Notariado, que se celebró en Madrid del 3 al 6 de octubre. Este foro -cuyo lema fue "El Notariado: una institución mundial"- contó con la participación de más de 2.000 notarios de 75 países.
Tras analizar las herramientas de técnica jurídica empleadas en varios países miembros, los coordinadores de los dos temas debatidos ("El documento notarial como instrumento de desarrollo de la sociedad" y "La actividad notarial en los medios rurales y urbanos") alcanzaron las siguientes conclusiones:
* Se solicita de los miembros de la Unión Internacional del Notariado un renovado compromiso institucional para una colaboración mas efectiva, que beneficie a la mayor cantidad de personas en los distintos Estados, en la titulación dominial a favor de los sectores de menores ingresos de cada sociedad, con títulos seguros y aptos para el trafico jurídico inmobiliario y el acceso al crédito formal.
* Se ofrece a los estados y organizaciones internacionales la colaboración de expertos notariales para favorecer el otorgamiento de títulos de propiedad incontestables, seguros y susceptibles de su circulación nacional e internacional.
* Se acuerda promover el acceso de los títulos de propiedad al tráfico jurídico internacional. Las escrituras públicas, como consecuencia del control de legalidad que ejerce el notario por delegación de la autoridad del Estado, son títulos de legitimación suficientes para el tráfico jurídico internacional, gozando de presunción de legalidad.
Si el Estado de destino exige el control de legalidad material, deberá participar también en su autorización un notario nacional del mismo a este efecto.
* Dado que el notariado de algunos países ha protagonizado diversas experiencias exitosas de titulación masiva de la propiedad en ámbitos rurales y urbanos a bajo coste para el Estado y los ciudadanos, la Unión Internacional del Notariado y los notariados nacionales se encuentran en condiciones de ofrecer tales experiencias y asesorar a los estados y organizaciones internacionales que les interese su implementación. El notariado mundial celebra la reciente constitución por parte de la Unión Internacional del Notariado de la asociación "SEAL Symposium for Economy and Law" cuya finalidad coincide con el propósito enunciado.
* El mundo está dividido en dos grandes sistemas jurídicos, el del "civil law" (también conocido como sistema anglosajón) y el del "common law (sistema notarial latino). Ambos sistemas son profundamente diferentes, pero han convivido de forma más o menos pacífica, por lo que no parece adecuado intentar su unificación o la supremacía del uno sobre el otro, tanto más cuanto su implantación responde a razones históricas, culturales, políticas y sociales muy arraigadas.
* El sistema notarial de transmisión inmobiliaria sostiene con ventaja la comparación en cuanto a su coste o precio con otros sistemas, como el del seguro del título o el de la participación de otros profesionales jurídicos o inmobiliarios. El notario imparcial unifica los aspectos contractuales de asesoramiento, acomodación al ordenamiento y conservación del documento, mientras que otros sistemas reparten esas actividades entre diferentes profesionales con el consiguiente aumento del coste.
* Las características de la función notarial hacen que ésta contribuya a corregir ciertas deficiencias del funcionamiento del mercado como son las asimetrías informativas y la falta de producción de externalidades positivas o bienes públicos. Las asimetrías informativas se equilibran por la imparcialidad del notario y su obligación (en muchos casos legal) de especial asistencia al contratante débil. También se superan los riesgos de "selección adversa" al estar el coste del servicio y la homogeneidad de su contenido establecidos legalmente.
* La producción de externalidades positivas también aparece claramente porque con su actividad el notario aporta certeza y seguridad a las relaciones, aumenta el valor de la propiedad regularizada al expulsar del sistema a las propiedades engañosas y produce un importante efecto antilitigioso que alivia la carga de trabajo de los tribunales. En definitiva, el notario como profesional de la seguridad jurídica aporta al mercado y al desarrollo fundamentalmente confianza. Siendo un principio general que el mercado opera en condiciones de incertidumbre todo lo que sea procurar certeza es crear valor económico.
* Los beneficiosos efectos de legitimación, prueba y ejecución, atribuidos al documento notarial por el ordenamiento jurídico se basan en la calidad del mismo. Por eso debe ser nuestra preocupación fundamental el mantenimiento y mejora de dicha calidad mediante mecanismos adecuados como la formación permanente, la vigilancia corporativa del cumplimento de las normas deontológicas o la relación creciente con las nuevas tecnologías.
* El desarrollo social que favorece el documento notarial no es solo en el terreno económico. También contribuye: Al desarrollo jurídico, mediante la puesta en marcha de nuevas instituciones necesarias para los individuos, las familias o las empresas. A lo largo de este Congreso se han puesto de manifiesto diversas manifestaciones de ello, como las disposiciones de autotutela, los contratos de uniones de hecho o cohabitación, la donación de órganos, protocolos familiares, el fideicomiso notarial y otras muchas.
Al desarrollo de la paz social, con el efecto antilitigioso antes mencionado o la participación en modernos sistemas alternativos de solución de conflictos como la mediación o el arbitraje.
Al desarrollo del crédito territorial, mediante una adecuada titulación de la propiedad.
Al desarrollo de las relaciones internacionales, ya que la implantación mundial del Notariado hace que la actividad documental disfrute de reglas y características relativamente comunes, que favorecen la circulación del documento y quizás en un futuro la existencia de un título ejecutivo mundial, del mismo modo que ahora tenemos un título ejecutivo europeo.
67. ESTRUCTURA CURRICULAR DE LA MAESTRÍA EN DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN MARTÍN DE PORRES DE LIMA PERÚ
La maestría en derecho registral y notarial de la universidad particular San Martín de Porres, tiene la siguiente currícula:
68. CONTENIDOS CURICULARES DE LA MAESTRIA EN DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN MARTÍN DE PORRES DE LIMA
Los contenidos curriculares en la maestría en derecho registrla y notarial de la Universidad Particular San Martín de Porres, son los siguientes:
Contenidos Curriculares
La Maestría de Derecho Registral y Notarial está proyectada en cuatro semestres académicos, con cuatro cursos en cada semestre, estructurados con los siguientes criterios:
Primer Ciclo
Se dicta los cursos relacionados con la Teoría General del Registro el que comprende los Sistemas Registrales, los Principios Registrales y el Procedimiento Registral.
Asimismo el Derecho Registral de las Personas Naturales y Jurídicas. En cuanto a las Personas Naturales analizaremos lo relacionado con el Registro Personal, el de Mandatos y Poderes y los relacionados con el tema sucesorio, es decir los Testamentos y la Sucesión Intestada. En lo referido a las Personas Jurídicas hacemos un doble distingo, es decir tenemos un curso para las Personas Jurídicas Civiles y Creadas por Ley y otro curso para las Personas Jurídicas de orden Societario.
Segundo Ciclo
Se dictan los cursos de Derecho Registral Mobiliario, los que encuentran distribuidos en cuatro y que responden al estudio de la Teoría General de los Bienes Muebles, la Ley de Garantía Mobiliaria, el Registro Mobiliario de Contratos, el Registro de Propiedad Vehicular y los Registros de Naves y Aeronaves.
Tercer Ciclo
Se dictan los cursos de Derecho Registral Inmobiliario, los que se encuentran distribuidos en cuatro y que responden al estudio de La Teoría General de los Bienes Inmuebles, así como los diversos actos que concurren al Registro de Predios, los antes mencionados cursos se encuentran distribuidos bajo el siguiente criterio:
Derecho Registral Inmobiliario (I) que tiene como sustento a la Inmatriculación, Transferencias de Propiedad, Hipotecas, Cargas y Gravámenes.
Derecho Registral Inmobiliario (II) que tiene como sustento a las Habilitaciones Urbanas y a la Regularización de Inmuebles (Declaratoria de Fábrica, Independización, Demolición y Acumulación).
Derecho Registral Inmobiliario (III) que tiene como sustento a los Asentamientos Humanos y Las Playas.
Derecho Registral Inmobliario (IV) que tiene como sustento a los temas Ambientales, los Bienes Públicos, los Predios Rústicos y las Concesiones Públicas.
Cuarto Ciclo
Se dictan cursos de Derecho Notarial, los que se encuentran distribuidos de la siguiente forma:
Derecho Notarial (I) dentro del cual encontramos lo referido a la Función Notarial y los Sistemas Notariales en el mundo.
Derecho Notarial (II) dentro del cual encontramos lo referido a la Teoría General del Instrumento Público, tanto el Protocolar como el Extraprotocolar.
Derecho Notarial (III) dentro del cual encontramos lo referido a los Asuntos No Contenciosos Notariales, es decir la Sucesión Intestada, Adopción de Personas Capaces, Rectificación de Partidas, Constitución de Patrimonio Familiar, Inventarios, Comprobación de Testamento Cerrado, Prescripción Adquisitiva, Formación de Titulos Supletorios y Rectificación de Area.
Derecho Notarial (IV) dentro del cual encontramos lo referido a los aspectos tributarios en la Formalización Notarial, la Función Notarial y la Calificación Registral.
69. DERECHO NOTARIAL I EN LA MAESTRIA EN DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL DE LA UNIVERSIDAD PARTICULAR SAN MARTÍN DE PORRES DE LIMA
Descripción de las Asignaturas
Derecho Notarial (I)
I. Información General
- Unidad Académica: Derecho – Sección de Post Grado
- Ciclo: CUARTO
- Duración: Un Bimestre
- N° de horas: Cuatro (4)
- Créditos: Cuatro (4)
- Código:
II. Sumilla
El Derecho Notarial tiene dentro de sus principales instituciones a la Función Notarial, la misma que también es conocida como "el buen y correcto proceder del Notario", asimismo encontramos a los Sistemas Notariales, los que tienen dentro de sus Principales representantes al Notariado Latino y el Anglosajón.
III. Unidades Temáticas
- Historia del Notariado. Concepto de Derecho Notarial. Caracteres. Contenido. Fines.
- Ubicación dentro del Derecho. Ley del Notariado. Alcances. Importancia. Su evolución en el Perú.
- Concepto de Notario. Análisis de sus características. Deberes, derechos, prohibiciones y cese del Notario.
- La función Notarial. Concepto. Aspectos que comprende. Caracteres del ejercicio de la función notarial y análisis de los mismos. Limitaciones. Teorías sobre la función notarial.
- Fe pública: concepto y clases. Fe pública, plena fe y concepto de verdad. La Fe de conocimiento y la Fe de identidad. Documentos de identidad que exige nuestra legislación para identificar al otorgante y al interviniente.
- Código de Ética del Notario.
- Sistemas Notariales: Sistema Latino; Sistema Administrativo; Sistema Anglosajón.
- Organización del Notariado en el mundo. Organización en el Perú. Número. Competencia territorial y localización distrital. Ingreso al notariado.
IV. Metodología
La metodología se basa en la exposición del profesor, quien planteará problemas para motivar la participación del alumno. Para ello deberán haber preparado el tema con anticipación, mediante lecturas recomendadas por el profesor. No existen las exposiciones en clase.
V. Evaluación
Esta conformada por la participación y los aportes en clase, los controles de lectura y las evaluaciones programadas para el curso. No existen las exposiciones en clase por los alumnos.
70. EL DERECHO NOTARIAL NO SE UBICA EN EL DERECHO CIVIL
El derecho notarial no se ubica en el derecho civil, ni en el derecho privado, sino que se ubica en otra rama del derecho, las cuales deben ser materia de estudio por parte de los tratadistas, en tal sentido podemos afirmar que no se puede pactar requisitos para los instrumentos pùblicos notariales, de tal forma que debe respetarse la ley de la materia como es por cierto la ley del notariado, entre otras normas y fuentes del derecho. El derecho notarial se ubica en el derecho pùblico, por lo tanto, sus normas son de orden pùblico y obligatorio cumplimiento, en tal sentido no existen excepciones y de esta forma podemos afirmar que forma parte del derecho sancionador, ya que se puede imponer sanciones a los notarios pùblicos, no sòlo por las autoridades administrativas correspondientes, sino tambièn por el Poder Judicial y por Indecopi, todo lo cual debe ser materia de celosos estudios por parte de los tratadistas.
71. EL DERECHO NOTARIAL ES UNA ESPECIALIDAD EN EL DERECHO
El derecho notarial es una especialidad en el derecho que pocos conocen y en todo caso no es igual que el derecho registral ni que el derecho civil, sin embargo, son muy confundidas sobre todo en el derecho peruano, todo lo cual debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, es decir, es claro que los notarialistas son los llamados a publicar los libros o tratados o artìculos sobre esta rama del derecho como es por cierto el derecho notarial, sin embargo, esto ha sido descuidado de tal forma que no ha madurado lo suficiente. Para especializarse en el derecho notarial se debe dominar las fuentes del derecho notarial entre las cuales podemos citar la legislación notarial, jurisprudencia notarial, ejecutorias notariales, doctrina notarial, costumbre notarial, principios del derecho notarial, registros notariales, instrumentos notariales, procesos no contenciosos de competencia notarial, todo lo cual debe ser materia de estudio, no sòlo en el derecho peruano, sino tambièn en el derecho peruano y en el derecho comparado.
72. EL DERECHO NOTARIAL ES UNA RAMA DEL DERECHO
El derecho notarial es una rama del derecho al igual que existen otras como por ejemplo el derecho civil, penal, procesal, constitucional, registral, aduanero, tributario, administrativo, consular, mèdico, societario, cartular, cambiario, marcario, industrial, telecomunicaciones, comunicaciones, de propiedad industrial, bursátil, mercantil, empresarial, corporativo, ambiental, entre otras, sin embargo, en nuestro medio se piensa que la misma es una apéndice del derecho civil y del derecho registral, a tal punto que se estudian en forma conjunta, por lo cual muchos en nuestro medio le niegan su autonomìa, todo lo cual amerita publicar abundantes trabajos de investigación sobre la autonomìa del derecho notarial, la cual es obvia, sin embargo, le es negada. Incluso se puede hablar de autonomìa del derecho notarial lo cual ha sido poco trabajado por parte de la doctrina nacional, y en este orden de ideas debemos aprovechar la sede para dejar constancia que esta rama del derecho es autònoma, conforme se precisò anteriormente, en este mismo trabajo de investigación lo cual debe motivar abundantes trabajos, y publicaciones para permitir desarrollar la referida y de esta forma estar al dìa con las ùltimas novedades del derecho peruano, extranjero y comparado. Ademàs debemos dejar constancia que igualmente es una rama del derecho positivo ya que existe legislación notarial, dentro de la cual podemos citar la ley del notariado peruana, la ley de asuntos no contenciosos, la ley de regularizaciòn de edificaciones, entre otras. Dejando constancia que èstas normas citadas sòlo son algunas, pero no son las ùnicas, por lo cual es claro que amerita los estudios correspondientes para agrupar todas las normas legales notariales dentro de cada uno de los estados.
Biografía del Autor:
Cursó sus estudios en la ciudad de Arequipa. Los primarios, en el Colegio Pre Seminario Santa María, obteniendo diplomas por ocupar primeros puestos en tercer, cuarto y quinto grado. Los secundarios, en el Colegio San Jerónimo hasta tercer año, obteniendo diploma por ocupar segundo puesto en el primer año; culminando estos últimos en el Colegio Peruano Británico Lord Byron. Posteriormente estudió Derecho y se tituló de Abogado en la Universidad Católica de Santa Maria (Arequipa), Estudios parciales de Maestría en Derecho Empresarial en la Universidad Católica de Santa María (Arequipa). Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (Lima). Ex Juez Mixto Titular Decano. Consejero de la Revista Electrónica Derecho y Cambio Social, Miembro de la Federación Internacional de Abogados Iberoamericanos. Ex Registrador Público Titular de la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari, en las Sedes Registrales de Ica, Pisco, Huanta, Huancavelica y Nasca. Ex Jefe Titular de la Oficina Registral de Huancavelica, Pisco, Nasca, Huanta e Ica, Ex Registrador Pùblico Titular Decano de Huancavelica. Ex Presidente de la Comisión de Transferencia del Registro de Propiedad Vehicular de la Sub Dirección Regional de Transportes Comunicaciones Vivienda y Construcción al Sistema Nacional de los Registros Públicos. Ex Miembro de la Comisión Especial de Transferencia del Registro de Vehículos Menores de la Dirección Regional de Transportes Comunicaciones Vivienda y Construcción a la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari. Ex Representante del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia en los procesos en los que era parte la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari en el Distrito Judicial de Huancavelica. Ex Apoderado de la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari. Invitado en varias oportunidades para formar parte del Comité Consultivo de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. Además, realizó estudios de contabilidad, administración, economía, marketing y reingeniería. Post grado en Derecho Administrativo, Laboral, Contratos Modernos, Derecho Procesal, Derecho Comercial y Derecho Civil, Despacho Judicial, Derecho Procesal Civil. Diplomado en Función Jurisdiccional, Derecho Registral y Notarial, Negociación, Arbitraje, Pedagogía Universitaria y Conciliación Extrajudicial. Arbitro de Derecho y Conciliador Extrajudicial. Egresado del V Programa de Formación de Aspirantes a Magistrados de la Academia de la Magistratura. Segundo Puesto como Expositor en el Taller de Investigación Jurídica organizado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en la categoría maestristas. Expositor en importantes eventos académicos en el Perú (expositor en registros pùblicos de diferentes departamentos del Perù, Ministerio Público presentando el libro del Fiscal Superior Decano de Huancavelica, en Municipalidades, en el Colegio de Ingenieros del Perù y panelista en el Centro Peruano de Estudios Sociales) y en el extranjero (expositor en el Comitè Latinoamericano de Consulta Registral). Organizador de eventos acadèmicos en registros pùblicos. Ha cursado diferentes estudios en varios departamentos del Perù y en el extranjero. Es autor de abundantes artículos jurídicos publicados en distintos medios, tales como, en revistas jurídicas nacionales y del extranjero, así como en diarios locales y nacionales; así: Físicos.- Revista Jurídica del Perú, Análisis Jurídico, Revista Peruana de Jurisprudencia, Suplemento Hechos y Derechos de la Editora Normas Legales, Suplemento Legal Express de la Editorial Gaceta Jurídica, Revista Crítica de Derecho Inmobiliario de España, Revista Temas de Derecho Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Revista Juris & Marcs, Revista de Derecho y Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, Revista Ofired de la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari, Diàlogo con la jurisprudencia, Diario Oficial El Peruano, Diarios Voces, Ahora y Ecos de San Martín y Visión Regional de Huancavelica; y Virtuales.- Derecho y Cambio Social, Elnotariado.com, Hechos de la Justicia, Revista Astrolabio, Revista Juris- Ciencias, Ilustrados.com, Faqmania.com, Elprisma.com, Monografias.com, Pàgina web del cadri (curso anual de derecho registral iberoamericano), Revista electrònica de derecho comercial, wikipedia, elangelo.com, depaginas.com.ar, educativos, newsletter de monografías.com, abcmanuales.com, apuntesjuridicos.com, entre otros. Con artículos aprobados a ser publicados en la Enciclopedia Jurídica Omeba, tales como: Responsabilidad Precontractual y Codificación. Así también, autor de los siguientes libros: Derecho Empresarial, Garantías, Derecho Comparado y Sistemas Jurídicos, La Enseñanza del Derecho, Introducción al Derecho y Latín Jurídico, Estudios sobre la Nueva Ley de Garantía Mobiliaria Ley 28677 (obra colectiva), Las Garantías en el Derecho Civil Peruano: A propósito de la Ley de la Garantía Mobiliaria N° 28677, Diccionario Enciclopédico de Derecho Registral y Notarial (en prensa), Tratado de Derecho Registral (en prensa), Garantías Mobiliarias (obra colectiva, en prensa), Tratado de Derecho Empresarial (por publicar), Doctrina de Derecho Contemporáneo (por publicar), Personas Jurídicas (por publicar), Derecho Procesal Civil (por publicar), Derecho Civil (por publicar), Derecho Comparado (por publicar), Ejecutorias Comentadas (por publicar) y Calificación Registral de Documentos Judiciales (por publicar). Cuenta con mas de 370 publicaciones.
Autor:
Fernando Jesús Torres Manrique
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |