Descargar

Evolución de la Seguridad Social en Cuba


  1. Introducción
  2. Síntesis histórica de la Seguridad Social
  3. La Seguridad Social en Cuba. Principales etapas y características.
  4. Régimen de seguridad social
  5. Bibliografía

Introducción

Esta investigación nos permitirá ampliar los conocimientos sobre la historia de la Seguridad Social en Cuba, y su sistematización actual en el modelo económico cubano.

Serviría además como material didáctico para los nuevos especialistas que se incorporen a laborar en el Sistema y para proyectar el futuro de la misma.

En el marco jurídico nos permite conocer la legislación vigente en materia de seguridad social (Ley No. 105 de Seguridad Social del 28 de Diciembre de 2008) y las legislaciones complementarias para su aplicación.

Por otra parte el tema tiene una relevancia económica y política importante ya que se desarrolla en un momento en que la Seguridad Social en Cuba, se encuentra transitando del modelo de las políticas activas tradicional a un modelo nuevo de mayor cobertura que garantiza la protección de todos los trabajadores. También se desarrolla en un momento en que la economía cubana aplica un nuevo modelo de gestión económica a partir de reconocer el empleo en el sector no estatal (el trabajo por cuenta propia y otras modalidades de empleo), todo esto aparejado al reordenamiento empresarial para garantizar la recuperación de la economía del país.

También cabe destacar que a raíz del fomento del ejercicio del Trabajo por Cuenta propio como fuente de empleo y paliativo a los gastos millonarios que en salario y subsidios erogaba nuestro país, recordar de que las Finanzas Públicas, como aquellos recursos dinerarios o monetarios que son obtenidos por el estado a través de diferentes vías, como por ejemplo la inversión, la emisión de deuda pública, los seguros , entre otras se distribuyen y atizan para la producción de bienes y servicios que les permita a la sociedad satisfacer sus necesidades materiales y espirituales, siendo este proceso de concertación , distribución y utilización de recursos monetarios las principales fases en la que el estado va a disponer para satisfacer necesidades públicas.

El presupuesto anual de la Seguridad Social viene conceptualizado como un gasto público, el cual además se nutrirá de los ingresos públicos , y siendo los tributos unas de las vías de obtener ingresos, determinado en este caso por la Contribución Especial de la Seguridad Social, regulado todo ello en nuestro ordenamiento jurídico cubano .

El Régimen especial de seguridad social para los trabajadores por cuenta propia está Regulado por los Decretos Leyes No. 278 de 2010 y No. 284 de 2011. Así como la Resolución No 34 de 2010 del MTSS que aprueba el procedimiento para la afiliación al régimen especial de seguridad social para los trabajadores por cuenta propia.

Síntesis histórica de la Seguridad Social

El Prócer de la independencia y la integración latinoamericana Simón Bolívar, en el discurso de Angostura (15 de febrero de 1819) dijo:

"El sistema de gobierno más perfecto, es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política".

Las ideas de Simón Bolívar fueron expresadas 62 años antes que la Seguridad Social como tal hiciera su aparición en el mundo.

No le había llegado su tiempo a las ideas del Libertador, pero fructificaron y fueron denominadas según él había adelantado.

La Seguridad Social como tal nace en Alemania como producto del proceso de industrialización, las fuertes luchas de los trabajadores, la presión de las iglesias, de algunos grupos políticos y sectores académicos de la época. Primeramente los trabajadores se organizaron en asociaciones de auto-ayuda solidaria, las cooperativas de consumo y los sindicatos.

Eran los tiempos en que Alemania era gobernada por el Kaiser Guillermo II, como primer gran documento de compromiso social del Estado, se caracteriza el Mensaje Imperial, de 17 de noviembre de 1821, anunciando la protección al trabajador.

Impulsadas por el Canciller Alemán Otto Von Bismarck (el canciller de Hierro) son refrendadas tres leyes sociales, que representan, hasta hoy, la base del Sistema de Seguridad Social Universal:

  • Seguro contra enfermedad,1883

  • Seguro contra Accidentes de Trabajo, 1884

  • Seguro contra la Invalidez y la Vejez, 1889.

Los resultados de la aplicación de este modelo fueron tan eficaces que muy pronto se extendió a Europa y un poco más tarde a otras parte del mundo.

Un segundo gran componente de la Seguridad Social es introducido desde Inglaterra por Sir W. Beberidge en 1942. Se conoce como el "Plan Beberidge "este contiene una concepción mucho más amplia de la seguridad social.

Otros componentes fueron adoptados por países Europeos y se procuró extender a América Latina y otras partes del mundo.

En 1944, la Conferencia General de la Organización Internacional de Trabajo congregada en Filadelfia presenta la Declaración de los fines y objetivos de la OIT y de los principios que debería inspirar la política de sus miembros, en su Titulo III establece… "La Conferencia reconoce la obligación solemne de la Organización Internacional del Trabajo de fomentar entre todas las naciones del mundo, programas que permitan:

  • extender medidas de seguridad social para garantizar ingresos básicos a quienes los necesiten y prestar asistencia medica completa".

La Seguridad Social adquiere tal relevancia que aparece en 1948, como parte integrante de la Declaración de los Derechos Humanos.

La Seguridad Social en Cuba. Principales etapas y características.

Antes de 1959 no existía en Cuba un sistema de seguridad social, estaba presente una anarquía institucional en cuanto a la atención de esta importante materia del derecho laboral. La multiplicidad de instituciones, la cobertura incompleta y la desigualdad fueron las características fundamentales que predominaban en esa época.

Etapa Neocolonial (1902- 1958).

Una sostenida demanda de la clase obrera cubana durante la República neocolonial, fue la lucha por el empleo. Tal era la situación que cerca de la tercera parte de la población económicamente activa estaba subutilizada.

El problema de la falta de atención a los trabajadores, data de inicios de siglo y no es hasta la segunda década del siglo XX, como resultado de las luchas obreras en reclamación de un sistema de seguros, en el que nunca se logró una cobertura general, que surge la primera ley de Seguro Social.

El Seguro Social atravesó por diferentes etapas de la república neocolonial, las que se caracterizaron por:

Etapa 1902- 1920.

Surge la primera Ley de Seguro Social en 1913, en las que se establecieron los beneficios de jubilación a favor de los militares, y a esta siguieron los regímenes de protección a los empleados de Comunicaciones, en 1915, los funcionarios del poder judicial en 1917, los empleados de la administración pública y los maestros en 1919 y la policía nacional en 1920.

Esta fue una etapa de huelgas y protestas que tenían por fin demandas de beneficios urgentes o inmediatos; surge también la Ley de Accidentes del Trabajo para los obreros en 1916, primera manifestación legislativa de la previsión social del país.

En 1909 al dictarse la Ley Orgánica del poder ejecutivo, determinó qué establecimientos debían considerarse de beneficencia y proclamó la competencia de la Secretaría de Sanidad y Beneficencia, posteriormente Ministerio de Salubridad y Asistencia Social para proteger a las personas que por demencia, imbecilidad y desamparo o indigencia pudieran ser socorridos por la beneficencia pública o instituciones privadas de carácter religioso.

Las instituciones creadas para tales efectos fueron insuficientes, contaban con escasos recursos y se entronizó la influencia política para tener acceso a los hospitales e instituciones benéficas.

Etapa 1921 – 1940

En 1921 se creó el retiro ferroviario y ocho años después en 1929 el retiro marítimo y de transporte.

En 1928 el gobierno de turno ratificó en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), 16 convenios de materia laboral y de seguridad social, siendo los fundamentales los concernientes a la protección de la maternidad y los daños por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

En 1929 se establecieron regimenes de protección a los notarios y registradores de propiedad y en 1938 a los registradores mercantiles.

En 1933 se promulgó una nueva ley de accidentes del trabajo, en la que se incluyó la regulación sobre enfermedades profesionales.

En 1934, se dictó la Ley sobre Maternidad Obrera, creadora de la Caja de Maternidad Obrera que comenzó a funcionar en 1938.

Este seguro estaba financiado por trabajadores y patronos. Su gestión estuvo a cargo hasta el 31 de diciembre de 1960 de la Junta Central de Salud y Maternidad que funcionó como ente autónomo desvinculado de las demás instituciones de seguro social. Dicha ley estableció como prestaciones la atención obstétrica y hospitalaria de la trabajadora y la esposa del trabajador, exigiendo un mínimo de cotizaciones. Se prohibía a la trabajadora embarazada, laborar durante las seis semanas anteriores al parto y las seis semanas posteriores. La licencia retribuida equivalía al salario dentro de los límites de dos a cinco pesos diarios.

En 1936 se comienza dar forma corporativa a determinadas instituciones de beneficencia las que se dotaron de propósitos de autonomía y recursos económicos propios. Así nació la Corporación Nacional de Asistencia Pública, en Consejo Nacional de Tuberculosis e Instituto Cívico Militar (para el amparo de la niñez) y el Consejo Corporativo de Educación Sanidad y Beneficencia como organismo central de contacto y fiscalización de tales establecimientos.

La Constitución de 1940 estableció que la asistencia debía funcionar para proteger a la población en estado dé pauperismo y no como una limosna.

Sin embargo las condiciones políticas económicas unidad a las secuelas de atraso y la corrupción administrativa impidieron que este principio de materializara.

Etapa 1940- 1958

En este período se crearon 38 instituciones de seguro social cuyo fondo entre 1947 y 1950 experimentaron crecientes déficit que en ocasiones condujeron a reducir el pago a los beneficiarios hasta un 35% y en otros a demorarlos de 3 a 5 meses. La mayor parte de los fondos de reserva correspondientes a no menos de 11 retiros del sector laboral fueron utilizados para cubrir déficit del gobierno.

En 1955 visitó el país un experto de la OIT para analizar la situación de los seguros sociales, llegando entre otras a las siguientes conclusiones: "La situación de los seguros sociales en Cuba es grave porque se hallan en estado deficitario… se han reconocido directamente tiempo de servicios no contributivos, edades demasiado bajas para la jubilación por vejez, se han introducido prácticas viciosas en la concesión de jubilaciones por invalidez, se conceden prestaciones demasiado altas en proporción con las primas o cotizaciones, especialmente en caso de muerte se llaman a familiares más allá del cónyuge viudo, hijos y padres a veces ascendientes sin límites de grados…a veces sin límites de edad para las hijas… Al final será necesario reducir las prestaciones a cuantías irrisorias sin valor real ninguno".

Al finalizar 1958, aunque los seguros sociales eran numerosos, no llegaron a cubrir ni el 50% de la masa obrera asalariada, no existiendo el retiro por enfermedad, la corrupción era desmedida, era necesario un cambio radical.

Etapa Revolucionaria (1959 – Actualidad)

Con el triunfo revolucionario del 1ro de Enero de 1959, se inició una etapa de transformaciones encaminadas a solucionar los problemas existentes, transformando la estructura económica, la conciencia social y las condiciones de vida del pueblo. El logro de las mismas se ha desarrollado gracias a la voluntad política del gobierno de realizar junto al desarrollo económico un vasto programa de política social, donde la seguridad social es un eslabón fundamental.

La Seguridad Social adquirió un nuevo sentido evidenciado en la atención financiera a los fondos de los seguros sociales, la cobertura de todos los riesgos, la extensión de la protección a todos los trabajadores, se dio protección a las víctimas de las guerras de liberación, se creó el Ministerio de Bienestar Social con el fin de atender todas las necesidades de la población desamparada y se estableció la indemnización a favor de personas afectadas por disposiciones o acciones del poder revolucionario.

La Reforma Constitucional del 20 de diciembre de 1960, confirió al Estado la administración y gobierno de la Seguridad Social, garantizando de esa forma su cabal desarrollo y justa aplicación.

Las rápidas transformaciones a fines de 1960 influyeron en la administración de los seguros sociales de Cuba, la transferencia de sus funciones al Ministerio de Trabajo y la incorporación a este Ministerio del seguro de maternidad, desplegándose un proceso de unificación y coordinación de las funciones propias de Seguridad Social, articuladas con las líneas sociales del seguro estatal y la intervención creciente y directa de los trabajadores en su administración, pudiéndose observar una notable disminución en los costos y una mayor organización en los servicios.

En 1963 ve la luz la Ley 1100, representativa de la culminación del proceso unificador de la Seguridad Social. Esta Ley aseguró a todos los trabajadores y sus familias en las contingencias de enfermedad, maternidad, accidente del trabajo y enfermedad profesional, invalidez, vejez y sobre vivencia.

Esta ley amplió la protección al 100% de los trabajadores asalariados del campo y sus familiares, abarcó la maternidad, incluyó la enfermedad común y el accidente de origen común entre otros aspectos, responsabilizando al estado en el cumplimiento de las obligaciones para con la Seguridad Social.

El XIII Congreso de la CTC, celebrado en diciembre de 1973, analizó ampliamente la política laboral y salarial del país, adaptándose a las nuevas condiciones socioeconómicas.

Como resultado de las recomendaciones hechas en el XIII Congreso de la CTC, el 28 de agosto de 1979, se promulga la Ley 24 de Seguridad Social, que se puso en vigor el 1ro de enero de 1980. Su campo de acción incluye a todos los trabajadores asalariados y cubre los riesgos de enfermedad común, accidente del trabajo, enfermedad profesional, maternidad, invalidez total, invalidez parcial, vejez y muerte. Asegura una distribución justa de los fondos destinados a la Seguridad Social, confirmando el eximir al trabajador de toda cotización.

La población cubana se caracteriza por un proceso de envejecimiento resultado de la baja natalidad y el aumento de la esperanza de vida al nacer lo que influye en la disminución de los arribantes a la edad laboral y en un creciente impacto en la disponibilidad de los recursos humano, factor esencial para satisfacer las necesidades de la sociedad.

Aconsejándose perfeccionar nuestro sistema de seguridad social, se promulga una nueva Ley, la número 105/2008, esta nueva ley fue sometida en su fase de anteproyecto, como es nuestra práctica, al parlamento obrero que significa que se discutió en asambleas generales con todos los trabajadores del país. De manera que fue aprobada por el 99,5 % de los trabajadores participantes en 47 000 asambleas y la mayoría de sus aportes y sugerencias fueron tomados en cuenta.

La Ley número 105/2008 se define como un sistema que garantiza la protección con la más amplia cobertura para el trabajador y su familia, así como para aquella parte de la población cuyas necesidades esenciales no estuvieran aseguradas o que por sus condiciones de vida o de salud requiera protección y no pudiera solucionar sus dificultades sin ayuda de la sociedad. Respondiendo a ello el sistema se integra por dos regímenes: el de seguridad social y el de asistencia social que, en su conjunto, forman un todo armónico capaz de garantizar una vida digna para todos los ciudadanos.

Régimen de seguridad social

El régimen de seguridad social concede prestaciones monetarias, en servicios y en especie.

  • a) Son prestaciones monetarias: los subsidios por enfermedad o accidente; prestación económica por maternidad, pensión por invalidez total o parcial; pensión por edad y la pensión originada por la muerte del trabajador o pensionado.

  • b) Son prestaciones en servicios: las que se ofrecen gratuitamente a toda la población: la asistencia médica y estomatológica, preventiva y curativa, hospitalaria en general y especializada; rehabilitación física, síquica y laboral y los servicios funerarios.

  • c) Son prestaciones en especie: las que se suministran gratuitamente: los medicamentos, alimentación adecuada mientras el paciente se encuentra hospitalizado; aparatos de ortopedia y las prótesis necesarias en los casos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y los medicamentos en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que no requieren hospitalización.

Las prestaciones económicas

Las prestaciones económicas pueden ser a corto plazo o a largo plazo.

A corto plazo son: En el caso de Cuba, las motivadas por la falta de los ingresos habituales de los trabajadores como consecuencia de la ausencia al trabajo por enfermedad, accidente y los períodos de descanso ante situaciones de embarazo, maternidad y después del parto en atención a los hijos.

Se considera el subsidio por enfermedad común o profesional, accidente común o del trabajo y la licencia retribuida por maternidad de la trabajadora.

A largo plazo son: Aquellas que se otorgan, a los beneficiarios, durante un tiempo indeterminado o de carácter permanente mientras subsistan las circunstancias por las que se concedieron o por pérdida de la capacidad para recibir sus ingresos habituales ante la imposibilidad de seguir desempeñando la ocupación o cargo que desarrollaban.

Se consideran las pensiones por invalidez parcial; invalidez total; edad y las de sobre vivencia para la familia en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado.

Esta nueva legislación comprende además el régimen de Asistencia Social el cual protege a todas las personas de carecen de medios de subsistencia y no pueden satisfacer sus necesidades sin la ayuda del estado cubano. Se protege en lo fundamental a los ancianos, madres solas, menores en desventaja social y discapacitados.

El régimen de Asistencia Social actúa como complemento del de Seguridad Social, al proteger a los trabajadores ante determinadas circunstancias y a todos aquellos cuyas necesidades esenciales no estén aseguradas o que por sus condiciones de vida o salud requieran protección especial. Tiene carácter flexible y descentralizado. Brinda prestaciones en servicios, en especie y monetarias. Además de ello, desarrolla programas sociales con los grupos más vulnerables de la población.

El Sistema de Seguridad Social está formado además por regímenes especiales complementarios como los de:

  • Combatientes

  • Internacionalistas

  • Cooperativas de Producción Agropecuarias

  • Usufructuarios de tierra

  • Artistas

  • MINFAR

  • MININT

  • Los trabajadores por cuenta propia

En la actualidad la política de seguridad social se inserta hoy más que nunca en la concepción integral de desarrollo, entendido como una unión indisoluble de los aspectos económicos y sociales tal como lo establecen los lineamientos aprobados en el VI Congreso del Partido Comunista de Cuba.

Además, recogido en los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, en el lineamiento No 173, donde se recortan los subsidios en exceso y la política reordenadora de nuestra economía a partir del fomento de entes sociales como los trabajadores por cuenta propia, y el futuro proceso de cooperativización a realizarse en nuestro país es necesario atemperar y sistematizar la seguridad social.

En nuestro País la política de Seguridad Social es rectorado por El Instituto Nacional de Seguridad Social y sus Filiales Provinciales y Municipales, adscripta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuyo objeto social es de garantizar un adecuado y eficaz servicio a la población beneficiaria de la seguridad social y la correcta planificación, administración y control de los recursos financieros, materiales y humanos destinado a ese fin.

En la actualidad el tema se ha tratado en reiteradas ocasiones a través de los diferentes medios de difusión masiva, así como en reuniones de la Asamblea Nacional, teniendo en cuenta que para la actualización del modelo económico cubano se han tenido que modificar y poner en vigor nuevos regimenes espaciales para proteger a los trabajadores por cuenta propia, trabajadores eventuales de la agricultura, artista independientes y mujeres embarazadas que han quedan disponibles. Permitiendo a través de los mismos que ningún trabajador y la población en general queden abandonados al amparo de su suerte.

Bibliografía

  • Alemany Zaragoza, Eduardo, Derecho Laboral, Universitat Operta da Cataluña, 2006.

  • Alonso Olea Manuel, Derecho del Trabajo, Facultad de Derecho Universidad Complutense Madrid, Novena Edición Revisada, 1985

  • Argüelles Valcarcel, Félix: La Seguridad Social en Cuba. Editorial Ciencias Sociales, La Habana, 1989.

  • Castro Fidel: La Historia me Absolverá. Instituto Cubano del Libro, La Habana, 1975.

  • Colectivo de Autores: Síntesis histórica de la provincia Santiago de Cuba (Parte Socio-cultural) 1925 – 1940., Oficina de Asuntos Históricos PCC Provincia, Santiago de Cuba, 2005.

  • Estudios y Datos sobre la Población Cubana. 2003. La Habana, 2004.

  • El envejecimiento de la Población en Cuba y sus territorios. Indicadores para su estudio. La Habana, 2004.

  • Morales Cartaya, Alfredo: La Seguridad Social en Cuba. Realidades y Retos. Editora Política, La Habana, 2004.

  • Rodríguez Rodríguez Áurea Verónica: La Seguridad y la Asistencia Social en Cuba. Editora Política, La Habana, 2000.

  • Rosas Jordana Adaris: La Maternidad en Cuba. Alcances y Protección. Ponencia presentada en el I Simposio Internacional de Seguridad Social. La Habana, 1998.

  • Santiago de Cuba. Años de Luchas y Victorias. ONE, La Habana, 1998.

  • Se utilizaron también revistas y folletos del MTSS (Gaceta Laboral, Boletines Estadísticos, La Seguridad Social en cifras, entre otros).

  • Travieso Damas, Francisco: Prestaciones Económicas de la Seguridad Social en Cuba. (Máster en Dirección y Gestión de los Sistemas de Seguridad Social).

LEGISLACIÓN

  • Ley 116 de 2013 " Código de Trabajo"

  • Ley 105 de 2009 " Seguridad Social"

  • Decreto 283 " Reglamento de la ley de Seguridad Social"

  • Decreto Ley No 278 de 30 de septiembre de 2010, Del régimen especial de seguridad social para los trabajadores.

  • Decreto Ley No 284 de 2 de septiembre de 2011, Modificativo del Decreto Ley 278, Del régimen especial de seguridad social para los trabajadores por cuenta propia.

  • Resolución No 34 de 2010, del MTSS, que aprueba el procedimiento para afiliación al régimen especial de seguridad social.

ANTECEDENTES CURRICULARES

  • Nombre del Propuesto: Reynaldo Manuel Tarragó Ayra

Edad: 34 años

  • Graduado en el 2004 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente.

  • Categoría Docente: Se desempeña como Profesor Adjunto, con categoría de Instructor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente, de la Disciplina de Derecho y Departamento de Asesoría Jurídica y Empresa, impartiendo específicamente las Asignaturas de Derecho Internacional Privado, Derecho Financiero, Derecho Laboral, Derecho Agrario, Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual, Derecho Mercantil y Derecho Marítimo. Así mismo ha impartido cursos de Post Grado

  • Categoría Científica: Maestría Internacional de Administración de Empresas, Propuesto al título de Doctor en Ciencias Jurídicas, 3er trimestre 2015.

  • Poseo varias publicaciones en la Revista Equipo Federal del Trabajo, Argentina.

  • De igual manera posea varios cursos de Post Grados y Eventos científicos, así como activa representación en la impartición de materias en la Actividad Post Gradual en la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente. Santiago de Cuba. Cuba.

 

 

Autor:

Msc. Reynaldo Tarragó Ayra.