Marco conceptual preliminar sobre la trata de personas (página 2)
Enviado por Guillermo Collantes R.
Es recién a partir del siglo XIX y comienzos del siglo XX, que se reconoce a este fenómeno nuevamente a través de la explotación sexual por la "trata de blancas", el que consistía en trasladar a mujeres occidentales procedentes de Europa y partes de América, de origen caucásico a otros continentes, principalmente en lugares de un importante flujo comercial y así lucrar con sus servicios.
La Trata y la migración voluntaria de mujeres blancas provenientes de Europa a países Árabes y Orientales como concubinas o prostitutas se constituyó en una especial preocupación para los hombres y mujeres de la clase media europea, al igual que para los gobiernos. El resultado fue la creación de un convenio internacional para suprimir la "trata de blancas" en 1904. En ese momento, por " Trata" se entendía la movilización de mujeres para propósitos inmorales, es decir, la prostitución[6]
Recordemos que en ese entonces, el mundo en algunas partes recién se estaba industrializando, en otras partes ya se había culminado. Toda esta situación empezó a crecer una sociedad marginal, exenta de los beneficios económicos y sociales que se estaban generando. Algunos no conseguían trabajo o ganaban poco. Ante esta situación, es que las personas tuvieron que optar por dedicarse a actividades contrarias a su reputación y formación, como es el caso de la trata de blancas.
A inicios del siglo pasado, es que se toma mayor conciencia de este problema. Es así como entidades como La Sociedad de las Naciones se pronuncian al respecto. Luego lo hará las Naciones Unidas.
El término con el que se tocaba el tema también cambió. Ya no podremos hablar más de trata de blancas, es en los años ochenta, que se determinó que esta era una práctica que afectaba además de a la etnia caucásica a otros grupos étnicos y no solamente se dedicaba al comercio sexual. Es así como se decide cambiar su denominación por tráfico humano o tráfico de personas, en el idioma inglés conocido como "human trafficking". Sin embargo, dicha acepción no era del todo correcta, pues se confundía al "tráfico humano" con el traslado de mercancías y con el tráfico de ilegal de migrantes.
Ante esta situación, es que se decide a fines del siglo XX, usarse la definición de "trata de personas", como la definición a este delito que viene destruyendo los cimientos sociales, las familias y las vidas de las personas inmersas en esta actividad ilícita, convirtiéndose en un problema mundial.
La trata de personas, llamada también "esclavitud del siglo XXI" somete a millones de personas, sin importar raza, edad o sexo, a diversas formas de abuso y explotación. Las principales víctimas son niños, niñas y adolescentes (y mujeres)[7], que son utilizados como mercancías de venta, vulenerando así el derecho fundamental a la libertad. Es por medio de engaños, amenazas, coacción y violencia, tanto física como psicológica, que los tratantes explotan a personas que además, trasladan al interior o al exterior del país[8]
Concepto
Muchas son las definiciones que se tienen sobre este tema, pero es a partir de la Convención de las Naciones Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional y sus dos protocolos Complementarios: uno sobre la Trata de Personas en especial sobre Mujeres y Niños y el segundo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire (Palermo 2000), que se tiene una definición consensuada:
Por "trata de personas" se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos[9]
De la definición se desprende que la trata de personas está dirigida contra las personas más vulnerables de la sociedad, estas son: mujeres, niñas y niños, quienes por su condición física y por las necesidades que tienen es más difícil que puedan escapar de las redes delictivas dedicadas a este negocio.
Sin embargo los hombres también son víctimas de este delito, quienes al igual que las mujeres, adolescentes, niñas y niños son trasladados con engaños a sus nuevos centros laborales, que al final nunca resulta ser parte[10]
Concordamos en mencionar que esta definición tiene como característica especial el ponerle énfasis en el uso de la fuerza, coacción o engaño para el traslado de las personas y de esa manera lograr su explotación, lo que le diferencia de otros delitos[11]
Se define como el alquiler o la compra y venta de seres humanos. Se inicia con el reclutamiento de la persona y termina con la explotación de la misma por bandas de un crimen organizado[12]
La definición de Trata se compone de tres elementos que constituyen el tipo penal: la acción típica; la utilización de medios coercitivos para cometerla; y los fines de explotación. Es decir que la dinámica de la Trata consta de tres etapas: la captación de migrantes en sus lugares de origen; el transporte y los servicioes conexos necesarios para el tránsito y la inserción e integración en los lugares de destino (en el propio país o en un tercero si es trata internacional).[13]
Diferencias con otros conceptos
Cuando nos referimos a la trata, debemos tener en cuenta que nos estamos refiriendo a la explotación de una persona, usando para ello la coacción, el rapto, el engaño, el abuso de poder y otras formas de violencia contra las personas y así lucrar con esta situación[14]
En ningún caso, puede mencionarse que el tráfico ilegal de migrantes es igual a la trata. La conexión entre estos dos delitos, la encontramos cuando un problema puede derivar en el otro, pues el traslado de personas informal a otro país, evadiendo el control fronterizo origina que las personas trasladadas tengan que involucrarse en este negocio por mantener una deuda con los grupos delincuentes.
La esclavitud tampoco puede referirse como un sinónimo de la trata. Más bien le encontramos como una inclusión de la definición de trata. El Diccionario Real de la Lengua Española, lo define como: "1. adj. Dicho de una persona: Que carece de libertad por estar bajo el dominio de otra"[15].
La trata tampoco es un sinónimo de la explotación sexual. Esta última, enfoca solo una parte del problema, pues la trata es un conjunto de actividades ilícitas, incluida la explotación sexual que tienen por finalidad utilizar las personas, sometiéndolas a diversos abusos y de esta forma lucrar con las ganancias que se obtienen.
Es importante mencionar que la trata de personas, es algunas veces consecuencia de otras actividades ilegales, estas son el narcotráfico, el lavado de dinero, el tráfico de armas, corrupción de funcionarios, entre otras, convirtiéndose en una manera de reciclar el dinero obtenido ilícitamente. Tiene por tanto su propia estructura y es necesario que se estudie de esta manera[16]
3. Importancia de regular la trata de personas
En esta instancia es donde cabe preguntarse: ¿cuál es la importancia de la regulación de la trata de personas?. Existen muchas perspectivas sobre ello. Sin embargo, para ser lo más objetivos posibles, podemos decir que el hecho que se utilicen a los seres humanos como objetos de mercadería y a través de ello obtener un lucro, es motivo suficiente para hacer un llamado de atención a las autoridades para que estén vigilantes y normar esta peligrosa actividad, puesto que si no se detectase a tiempo, destruye la vida de las personas y lo que es peor, como se ha comprobado en muchos casos termina por acabar con su vida (es lo que en Derecho Penal se conoce como el bien jurídico fundamental).
Con las mercancías ilícitas ocurre que al ser transadas, es decir, compradas y vendidas una y otra vez en mercados preexistentes, nuevos o mejorados, éstas generan lucro a los criminales por el sólo hecho de poseerlas. Todo lo que necesitan los criminales es disponer de la cosa y comerciarla después. En la Trata de Personas el objeto del delito es una persona; es decir, un hombre, una mujer, un niño, niña o adolescente…Para extraerle su valor, la persona es tratada como un objeto, explotada en su humanidad, e introducida a mercados humanos que arrojan riqueza[17]
4. Causales
Este delito puede realizarse debiéndose a las diversas circunstancias en que viven las personas, y que empujarán a que estas futuras víctimas se involucren con las redes de delincuencia.
Es así como encontramos a la situación de desigualdad social como un importante lugar el impulso de las personas para involucrarse con la trata de personas. Como sabemos, en los países en vías de desarrollo existe una fragmentación entre las diferentes clases sociales, que cada vez es mayor.
Si a ello le sumamos la exigencia diaria de una carga familiar, donde los ingresos de las personas que mantienen el hogar es inferior al promedio, no pudiendo cumplir con las necesidades básicas o apenas alcanzando para ello, es como encontramos un claro motivo para que las personas hagan cualquier cosa para cambiar esta situación. Muchas veces, la forma más fácil de hacerlo es a través de oficios que forman parte de la trata, como son la prostitución, mendicidad, tráfico de órganos, entre otros.
Los conflictos armados entre países o situaciones de violencia interna en los países es otra manera que las personas caigan en las redes de la trata. Las mujeres y niños quienes son los más afectados en este tema, porque no tienen muchas posibilidades de escapar fácilmente de este ambiente y es a través de los engaños que son atraídos en este delito.
Esta última causal, está involucrada con los temas de discriminación de género, porque los tratantes ven más fácil a ellos como futuras víctimas en sus delitos, para dedicarse a través de ello a su explotación sexual, laboral o para casamientos forzados.
Otro factor a considerarse, es lo correspondiente a las prácticas culturales. En el caso de la cultura occidental encontramos que la trata se produce a través de los matrimonios forzados, por el padrinazgo o madrinazgo, donde los niños, niñas, adolescentes o personas adultas son entregadas a la voluntad de las personas a quienes se entrega, estos son familiares o amigos cercanos a la familia.
Solo para hacer de conocimiento, es importante mencionar que en otras culturas, se ha detectado que existe una explotación de las personas a través de sus creencias, que no es específicamente trata de personas pero que puede ser una forma de vinculación. Por tanto, encontramos que en países africanos, existe una costumbre de explotación de las personas –principalmente mujeres-, en base a sus creencias religiosas. Es el caso del trokosi[18]en Ghana. Por otro lado, en Asia –uno de esos casos es la India– donde encontramos la figura del devadasi, figura por la que las mujeres ofrecen su vida a un sacerdote hindú, el que puede disponer de ellas en cualquier momento.
Lo importante, es anotar que dichas prácticas han sido declaradas como violaciones flagrantes de los derechos humanos.
5. Clases de trata de personas
De lo explicado, podemos sostener que existen diferentes formas de explotación en las personas y que utilizan los tratantes para cometer con sus ilegales actos. Vivimos en un contexto mundial, donde las exigencias son cada vez mayores y por tanto los delitos a cometerse también sufren similares cambios.
5.1. La trata con fines de explotación sexual
Es la principal forma de violar los derechos de las personas a través de este delito. Ello, por existir un mercado amplio de consumidores alrededor del mundo que desean tener relaciones sexuales con niños, niñas, adolescentes, hombres y mujeres.
Los tratantes al saber que estas exclusividades que buscan sus clientes devienen en mayores ingresos económicos, se encargan de hacer nexos con mafias locales de países donde es sencillo reclutar personas, teniendo algunas veces trabajar en colaboración con las autoridades.
Es así como anualmente miles de personas son trasladadas desde sus comunidades a otras urbes más importantes, donde existe mayor demanda, o cruzando fronteras, donde serán involucrados en trabajar en este negocio.
El creciente mercado turístico, que cada vez ofrecen mayores servicios y que tiene su presencia más degradante por el turismo sexual, sirve también como especial motivación para la captación de las personas en este ilegal negocio, lo que origina que las redes de delincuencia orienten sus actividades para estos fines, conocen que es una fuente segura de ingresos. Cabe preguntarnos aquí si las autoridades están haciendo efectivamente sus labores, pues muchas veces son ellas las que permiten que se concrete este negocio ilegal, al igual que las empresas dedicadas al negocio[19]
Esta creciente ola de internacionalización del delito en la explotación sexual, a lo que se añade las necesidades de las futuras víctimas de querer lograr un cambio en sus vidas, añadiéndose la exclusividad que buscan los clientes para satisfacer sus deseos sexuales, es como encontramos una espiral constante de continuidad de este problema.
Se ha detectado que es en los países en vías de desarrollo, en el que se incluyen a los latinoamericanos, es donde primordialmente se obtiene la creciente mano de obra sexual, para los países desarrollados –llámese a los países del Hemisferio Norte integrados por Estados Unidos, Canadá, Europa Occidental, así como Japón, Australia, entre otros-, y así seguir perpetuándose en la exclusividad de este delito[20]
5.2. La trata con fines de explotación laboral
Otra situación que merece una observación, es la trata con fines laborales. Aquí las personas que son víctimas de las redes de tratantes son buscadas para realizar una actividad laboral ajena a la explotación sexual. Encontramos aquí a los trabajos que se realizan en las minas, en la agricultura, pidiendo limosna en las calles o en labores dentro de las industrias.
La forma de captar a este grupo de gente, es por la publicación de ofertas laborales en diarios importantes, boletines, revistas y otros medios de comunicación, con ofertas de trabajo asombrosas. En estos anuncios se puede indicar que no es necesaria experiencia laboral anterior o estudios, lo que termina por seducir a la población.
Esta situación, hace que la víctima acuda a ese llamado e intente lograr obtener esa oferta que se muestra como una gran oportunidad para finalizar con sus problemas económicos que vienen afectando el normal desenvolvimiento de su vida.
Si bien existen pocos estudios referidos al tema, la trata con fines de explotación laboral, se encuentra difundida en todo el planeta, alcanzando incluso a los países desarrollados, los que muchas veces son los destinos para este delito, por tener amplias posibilidades de explotación en diferentes actividades. Ello, porque las personas que viven en esas sociedades ya noquieren realizar trabajos determinados –por ejemplo en la construcción, limpieza, atención en restaurantes y otros servicios-.
Está comprobado que los delincuentes piden algún tipo de dinero a las víctimas para ayudarles a obtener el trabajo, esto con el fin de falsificar documentos, ayudarles con el traslado, con la obtención del permiso de trabajo y la visa, debiendo endeudarse las personas con fuertes sumas de dinero, que nunca recuperan y por el que tendrán que trabajar para pagarlo, así como de los servicios de los tratantes, convirtiéndose en una deuda eterna.
Son dos factores los que distinguen a la explotación laboral de otras formas de explotación a través de la trata: en primer lugar, porque la forma de lucrar de los delincuentes es a través de los sueldos de las víctimas, quienes reciben un pago menor. En segundo lugar, por la presencia del intermediario, es el que tiene los contactos con los empresarios que llevarán a cabo de forma efectiva la explotación laboral de la víctima[21]
5.3. La trata con fines de tráfico de órganos
Otra manera de obtener un lucro con las personas a través de este acto ilegal, es por el llamado tráfico de órganos. Aquí son utilizados desde niños, niñas, adolescentes hasta adultos. Ellos son algunas veces coaccionados o por una relación de abuso de poder obligados a que se les retire de sus cuerpos algunos órganos que pueden ser vitales para su subsistencia, causándoles en el peor de los casos la muerte.
Actualmente, vivimos en unas sociedades donde la desigualdad social y la cultura del consumismo es cada vez mayor. El deseo de sobrevivir lleva a que muchas personas tengan que recurrir a otras a ofrecer sus órganos. Es justamente en ese medio en el que se encuentran los tratantes, quienes por las circunstancias que tienen las personas, consiguen convencer fácilmente a las víctimas que se dediquen a este negocio.
5.4. Otras formas de trata
Como hemos venido explicando, existen otras formas de trata, las que se originan, dependiendo de la realidad de cada sociedad. Es el caso del padrinazgo, madrinazgo o matrimonios forzados. En algunos países los casos serán mayores los casos, en otros no.
Merece especial atención la situación de la limosna, por el que gran cantidad de niños, niñas, adolescentes e inclusive adultos son obligados por sus explotadores para obtener un lucro. Existen mafias que controlan dicha actividad.
6. Las consecuencias de la trata de personas en los distintos grupos generacionales
Como hemos visto, este delito tiene repercusiones en los diferentes grupos generacionales. Esto significa, que tanto hombres, como mujeres, adolescentes, niños y niñas son víctimas de este negocio, muchas veces con una finalidad de explotación distinta.
6.1. La trata en niños y niñas
Generalmente, los infantes son utilizados para labores agrícolas, mineras, labores domésticas y finalmente, las labores sexuales.
Es debido a la falta de oportunidades en sus comunidades, que los niños, niñas, se ven impulsados en abandonar sus hogares y la vida común que tienen, siendo sus propios padres y familiares, quienes no ganan lo suficiente para mantener la economía del hogar y hacen que se dediquen a trabajar.
Los infantes entonces, tienen que dejar un lado sus actividades de estudio y ocio, para trasladarse junto con su familia y en algunos casos solos, dedicándose a trabajar en actividades que le ayuden a sobrevivir y contribuir en la economía de sus familias.
Es justamente ante esta situación, que los niños y niñas son presa fácil de las redes delictivas dedicadas a la trata: presentándose como la forma más sencilla de obtener ingresos y mejorar sus condiciones de vida. Los tratantes logran convencerlos a ellos y a sus padres o tutores para ser parte de este ilegal negocio que puede tener consecuencias nefastas en sus vidas, como es la explotación sexual, la explotación laboral, la donación de órganos, el matrimonio forzoso, por mencionar algunas actividades.
En los países latinoamericanos existe la figura del padrinazgo: aquella por la cual, por una cuestión de confianza, los padres de familia ceden a otros parientes o amigos cercanos a la familia a sus hijos, para así ayudarles en sus labores domésticas o trabajos varios. El problema se origina cuando detrás de esta figura de confianza existen personas que lucran con este otorgamiento de tutela de los menores de edad, explotándolos, sometiéndolos a una situación de esclavitud y no pudiendo escapar de ello.
Toda esta realidad debe ser observada, por el que niños y niñas no son obviados por las redes de trata. La explotación en niños y niñas tiene un fin exclusivo, hacerse de sus servicios y así cumplir con los requerimientos de sus clientes, quienes muchas veces prefieren hacerse de la explotación de un(a) pequeño(a) que a un adolescente o mayor de edad.
6.2. La trata en los adolescentes
En el caso de los adolescentes, ellos también pueden ser atraídos a este ilegal negocio, quienes al igual que los niños y niñas, por el deseo de contribuir con la economía de sus familias y de ganar un dinero extra, sienten que muchas veces que lo mejor que les puede suceder es ser parte de este peligroso sistema de delincuencia.
Los adolescentes, al igual que los niños, niñas y adultos pueden ser parte en cualquiera de las labores comunes de explotación: en la agricultura, en la minería, en la industria, en labores domésticos y sexuales. Los delincuentes se encargan en caso sea necesario, de arreglar los documentos personales de estas personas y así esconder la actividad a la que realmente se van a dedicar.
6.3. La trata en las mujeres[22]
Este grupo de género, al igual que la niñez, es el que sufre las mayores consecuencias de la explotación por la trata. Por ello es el grupo de género que ha sufrido mayores estudios por su involucramiento con esta situación.
Hemos sido testigos que desde la antigüedad, diversas culturas han visto en la utilización de la mujer destinada en actividades ilegales, un negocio lucrativo que atenta contra su dignidad e integridad.
Es a través del engaño, con técnicas cada vez mejor elaboradas, que la delincuencia opera para atraer a las damas a este negocio ilegal, con consecuencias nefastas en sus vidas.
En ese sentido, se ha detectado que es a través de anuncios publicados en periódicos y revistas, así como en el internet, que se convoca a trabajos ficticios que atraen a estas personas de género, prometiéndoles importantes sumas de dinero, así como una mejor calidad de vida. Toda esta expectativa termina por convencer a las mujeres de intentar ser elegidas para esta "excelente" oferta laboral.
Sin embargo, una vez hecho los contactos con los tratantes –lo cual desconocen- son trasladadas a otro lugares, lejos de su familia y amigos, donde se encuentran con una triste realidad: todo lo prometido es falso, nunca existieron las condiciones de trabajo mencionadas y el único fin es quedar reclutado en el ilegal negocio.
Tampoco debemos obviar el sentido que para que exista este delito, es necesario que exista un mercado de consumidores. Muy poco se ha tocado este tema, pero es justamente a través de las exigencias que tienen los clientes, lo que lleva a que las redes internacionales hagan lo imposible para captar a personas del sexo femenino de diferentes orígenes étnicos. Es en ese momento que los delincuentes conocen que esta es una muy actividad lucrativa y que recibirán una mejor paga en la medida que capten a mujeres de distintas razas.
Otro factor a considerarse, es el hecho que malas autoridades también se encuentran inmersas en este delito. Por estadísticas de diversas organizaciones internacionales, es conocido el gran movimiento que existen de la trata de personas a nivel mundial. Diversos autores indican que el traspaso ilegal de migrantes que finalmente son explotados en diversas actividades económicas, solo es posible porque las autoridades nacionales están permitiendo su traslado en forma irregular.
6.4. La trata en los varones
Al contrario de lo que se piensa, existen también varones que han sido parte de este negocio ilegal y continúan siéndolo.
Debido a su difícil situación económica, social y personal, que estas personas tienen que buscar nuevas formas de ganarse la vida. Las oportunidades falsas que otorga la trata deberían de colaborar con ello, abriéndoles nuevas oportunidades.
Pero, al igual que las mujeres, una vez que son dirigidas con engaños estas personas a sus nuevos centros de labores, se encuentran con otra realidad que no esperaban. Son explotados variando las condiciones estimadas.
Los varones pueden estar expuestos a todo tipo de explotaciones: en actividades agrícolas, mineras, sexuales y de otra índole.
7. Marco jurídico
El marco jurídico de la trata de personas, actualmente abarca tanto el ámbito del derecho nacional como internacional. En el caso del derecho interno, se tiene un conjunto de normas y medidas especializadas que han surgido desde la dación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos Protocolos (uno de ellos referido exclusivamente a la trata de personas), en el año 2000.
Respecto al marco jurídico internacional, encontramos que sus orígenes se obtienen desde el siglo XX, cuando empezó la preocupación de la trata de blancas -prostitución de mujeres blancas-, que llevó a que los organismos internacionales como la Liga de las Naciones y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se pronuncien sobre el tema. Pero, es a partir de la fundación de la Organización de las Naciones Unidas en el año 1945 y todas las instituciones que engloba en materia de derechos humanos, que se tuvo un pronunciamiento más objetivo sobre este problema, recordemos que antiguamente se ligaba a la trata con la explotación sexual a través de la prostitución únicamente[23]
7.1. El marco jurídico nacional
En primer lugar, debemos mencionar a la Constitución Política del Perú, que a partir de su artículo.2 inciso 24, establece el derecho de toda persona a la libertad y seguridad personales. Por lo tanto prohíbe todo tipo de restricciones a la libertad personal, como son la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos.
En el Código Penal, encontramos que el delito de trata de personas, se encuentra regulado en los artículos del Título IV, Capítulo I (Violación de la Libertad Personal), Capítulo IX (Violación de la Libertad Sexual) y el Capítulo X (Proxenetismo).
Es justamente en su Capítulo I, Artículo 153 donde se regula el delito contra la trata de personas[24]Se desprende que para su composición, se ha tomado en cuenta la definición del marco jurídico del Protocolo internacional de Trata de personas que regula la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
Es interesante mencionar, que también se encuentra normado el tráfico de órganos (Artículo 318-A)[25], delito que tiene proximidad con la trata, por ser también una de sus causas.
La explotación laboral, también se encuentra comprendida en el artículo 168. En este artículo se tipifica la violación a la libertad de trabajo o coacción laboral.
También encontramos que en este Código Sustantivo la exposición a personas al peligro a través de trabajos de explotación llámese trabajos excesivos, o el obligar a mendigar a una persona sea niño, niña, adolescente o persona adulta es causal de pena privativa de libertad[26]
Finalmente, debe mencionarse que a través de la Ley Nº 28950[27]cuyo título es "Ley contra la trata de personas y el tráfico ilegal de migrantes", se pretende regular toda la actividad correspondiente a estos delitos. En esta norma, además de la modificatoria de diversos artículos del Código Penal relacionados a la trata de personas y al tráfico ilegal de migrantes, se debe observar que se incluyen penas más severas y se otorga un beneficio para las colaboraciones eficaces, que el Estado Peruano se compromete a realizar. Asimismo, el Estado se compromete en cooperación con organizaciones internacionales, a adoptar todas las medidas que fueran necesarias para proteger a las víctimas y prevenir estos negocios ilegales.
Otras normas que debemos mencionar que engloban el marco jurídico nacional sobre este tema, tenemos a la Resolución Ministerial Nº 2570-2006-IN-0105, de diciembre de 2006 que institucionaliza el Sistema de Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas y Afines (RETA). El Decreto Supremo Nº 007-2008-IN, de noviembre de 2008, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28950[28]la Resolución del Ministerio Público Nº 1558-2008-MP-FN de noviembre 2008,mediante la cual aprobó el reglamento del programa de asistencia de víctimas y testigos.
Desde la Sociedad Civil, se ha aprobado el Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2007-2013 el que aún se encuentra pendiente de aprobación.
7.2. Marco jurídico internacional
La trata en el ordenamiento jurídico internacional, es un tema que tiene una regulación general y especial a través de los diferentes grupos generacionales.
Es así, como encontramos al Convenio 29 de la OIT sobre Trabajo forzoso. (1930), una de las primeras normas sobre el tema. En seguida, encontramos a la Declaración Universal de los Derechos Humanos. (1948) donde en su artículo.4 establece que la trata de personas es una violación de los Derechos Humanos –aunque se refería a la esclavitud-:
"Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidos en todas sus formas".
Es recién con el Protocolo de Palermo (2000), conocido como la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos que se define a este delito[29]
Cuando nos referimos al delito de trata específicamente en mujeres, debemos prestar atención al Convenio Interamericano para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer conocido como la Convención de Belem do Pará (1994), menciona en su parte considerativa, la obligación del Estado de erradicar las diferentes formas de violencia sobre las víctimas de trata de personas.
En el caso de la implicación de la trata en niños y niñas, podemos mencionar a la Convención sobre los Derechos del Niño. (1989), que en su artículo.35 establece que el Estado debe tomar medidas para impedir el secuestro, venta o trata de niños para cualquier fin y en cualquier forma.
El Convenio 182 de la OIT sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil (1999), establece que en su articulado tercero, que las peores formas de trabajo infantil, abarca toda forma de esclavitud o prácticas análogas, trabajo forzado, obligatorio, incluido el reclutamiento forzado de niños para conflictos armados, así como la utilización, reclutamiento, oferta de niños para la prostitución, pornografía, o actuaciones pornográficas. Con lo que se estaría señalando como trata no solamente la explotación sexual sino en general, en sus diversas formas.
En el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (2000), también ha considerado importante el delito de trata, por lo que ha preferido regularlo en los fines de venta de niños, prostitución y utilización en la pornografía.
De la misma forma, el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados (2000) consideró la necesidad de fortalecer la cooperación internacional en la aplicación de este documento, por la gravedad física y psicológica que le causa a los niños ser víctimas de conflictos armados, a expensa de la explotación de autoridades y de grupos de guerrilla.
8. La trata de personas en el Perú
En nuestro país, las redes de delincuencia dedicadas a este problema social se encuentran presentes más de lo que uno se imagina. Se han detectado que en todo el territorio nacional se encuentran operando, con una estructura organizada y con la complicidad de las autoridades.
La explotación de personas se inicia desde muy temprana edad: desde el nacimiento de los niños, hasta la madurez. Recae en hombre y mujeres por igual.
Las modalidades de trata comunes en el Perú son: la explotación sexual, explotación laboral[30]a través de la compra venta de menores, por un matrimonio servil, por la mendicidad, por el tráfico de órganos y finalmente y por el reclutamiento forzoso[31]
Una de las causas para que este problema haya logrado expandirse tan fácil, es por la desinformación. Existen familias e individuos que se dejan seducir por estos actores ilegales, quienes se dirigen con engaños, asegurándoles mejores condiciones de vida y de trabajo, que finalmente nunca llegan.
La mixtura cultural también cumple un rol para explicar el desarrollo de la trata: el desarraigo de los hogares, para hacer trabajo doméstico en ciudades grandes continúa la costumbre del padrinazgo o madrinazgo. En él, los niños, niñas, adolescentes, mujeres y hombres son trasladados a nuevos hogares pues piensan que trabajar a través de los parientes o amigos cercanos de sus familias es una oportunidad para su desarrollo personal. Pero, pasado el tiempo se encuentran con otra realidad: siempre que caigan en las redes de la trata, las personas son explotadas indeterminadamente, reduciéndose sus derechos, coaccionándolos, negándoseles toda posibilidad de comunicación.
En ocasiones, la persona sometida a esta clase de explotación, prefiere mentir porque considera una vergüenza regresar a sus casas sin cumplir con los encargos de sus familiares, quienes lo pueden tildar de ocioso o lo que es peor lo estigmatizan al comprobar que ha estado dedicándose a actividades ilegales –como la prostitución-, volviéndose su vida en un infierno del que nunca puede escapar, lo único que le queda es dedicarse a la misma actividad.
Estadísticamente, según el Sistema de Registro y Estadística del delito de trata de personas y afines (RETA-PNP), desde su implementación al mes de mayo del 2009, se han detectado los siguientes casos de trata en el Perú[32]
198 casos, comprenden a 490 víctimas (319 menores de edad).
Del total de casos, 165 con fines de explotación sexual.
62% de los casos se iniciaron con falsas ofertas de trabajo y tuvieron como fin la explotación sexual.
350 personas investigadas, 202 mujeres.
Sólo hay un total de 80 detenidos, la mayoría mujeres.
Toda esta situación nos indica que las actividades de este ilegal negocio se encuentran activas y en aumento por lo que merece una especial atención. Se ha comprobado por diversos estudios, que nuestro país es objeto de tránsito y destino de este peligroso delito.
9. La trata de personas a nivel internacional
A nivel internacional, este delito se encuentra establecido principalmente en aquellos lugares donde sea fácil captar a sus víctimas, es decir países en vías de desarrollo.
Está claro que este negocio, ataca primordialmente a las zonas afectadas por la pobreza en los continentes, por tanto no conoce de fronteras. En América Latina, opera en el Caribe, Centro y Sudamérica llevando a las víctimas a las grandes urbes o a las naciones desarrolladas –como son los Estados Unidos y Canadá-.
En África, las personas son trasladadas a Europa quienes son introducidas con documentos falsos a este continente. En Asia, hay un mercado grande de trata en la India y en China, así como en las Filipinas. Muchas veces se hace uso de matrimonios forzados para explotar a las personas.
De la misma forma cada año, miles de personas son trasladadas desde Europa Oriental a la zona occidental.
En general, debemos decir que este negocio es globalizado pues las redes se encuentran en todas las latitudes del planeta, sin que exista algún territorio en el que no le sea posible operar.
Las redes internacionales trabajan con redes locales con lo que existe un beneficio entre ambas, es el caso de la Yakuza Japonesa, los Cárteles de Droga, aquellos dedicados a la venta de armas, entre otros.
9.1. Labores realizadas contra la trata de personas por organismos internacionales
Dado el incremento de casos de la trata, es como diversas organizaciones internacionales y los gobiernos de los países vienen haciendo denodados esfuerzos para contrarrestarla.
Merecen especial atención, los pronunciamientos realizados por los distintos organismos que comprenden el Sistema Internacional de las Naciones Unidas.
Al respecto, en el Informe del Secretario General de la ONU a la Asamblea General sobre la Trata de Mujeres y de Niñas (2002), mencionó que además de los esfuerzos realizados en los fueros internos de cada país, el programa de Acción aprobado por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia reafirmó la urgente necesidad de prevenir y combatir todas las formas de trata de personas en particular de mujeres y niños. También recomendó a la Asamblea General considera la posibilidad e proclamar un año o decenio de las Naciones Unidas contra el tráfico de personas, especialmente mujeres, jóvenes y niños a fin de proteger su dignidad y derechos humanos[33]
En el mismo documento informó que el Comité de los Derechos del Niño, así como el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el Comité de Derechos Humanos, el Comité de Derecho Económicos, Sociales y Culturales, el Comité contra la Discriminación Racial y el Comité contra la Tortura se habían pronunciado en sus observaciones finales sobre la trata de personas, en relación a los derechos que son de su competencia[34]Asimismo, felicita a las labores de la Organización Internacional para las Migraciones con su importante campaña en el tema[35]así como de la inclusión del tema de trata de mujeres y niños en el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil, realizado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT)[36].
Es interesante conocer que los organismos regionales también se han encargado del tema. Merece atención los realizados en este hemisferio por la Organización de los Estados Americanos y este a su vez por sus diversas departamentos: Comisión Interamericana de Mujeres, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otros dedicados a la defensa de los derechos humanos.
10. Labores realizadas contra la trata de personas por el Estado Peruano
La Defensoría del Pueblo, así como otras instituciones del Estado Peruano, se encuentran trabajando para contrarrestar las consecuencias de este delito, haciéndolo en forma coordinada.
El Estado Peruano como cumplidor del respeto de los derechos humanos, a partir de la aprobación y ratificación de diversos documentos internacionales para eliminar este delito, es que se anima a crear un marco jurídico interno que lo regule.
Es así como durante el año 2007 se publicó la Ley Nº 28950, cuyo título es "Ley contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes". Al año siguiente publica el Decreto Supremo Nº 007-2008-IN con el que aprueba el Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas.
Previamente, el año 2004 se había instalado un Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas. En esas circunstancias, la Policía Nacional del Perú creó una oficina para estudiar la Trata de Personas, conocida como la DIVINTRAP-PNP, con competencia nacional[37]
El Código Penal también tiene en su contenido la regulación de este delito, a través de la explotación sexual, explotación laboral, el tráfico de órganos y exposición de personas al peligro.
Finalmente es necesario mencionar el Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2007-2013. Este documento tiene la característica que establece una serie de actividades en torno a tres ejes principales: la Prevención del delito, la Persecución de los criminales con la implementación de la Ley 28950, "Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes", y la Protección de las Víctimas, consiste en brindarles una correspondiente asesoría y cobijo a connacionales que son víctimas de este delito en territorio nacional o en el extranjero, así como a foráneos que se encuentran en el país.
Dicho documento establece tareas en común para la Sociedad Civil, instituciones del Estado Peruano, Gobiernos Regionales y Locales. Hasta el momento, solamente se han podido cumplir algunas de las Metas[38]
10.1. Labores realizadas por la Defensoría del Pueblo para contrarrestar el delito de la trata de personas
En el caso particular de la Defensoría del Pueblo, la actual Defensora del Pueblo, la Dra. Beatriz Merino, ha expresado su deseo que este tema sea uno de los principales objetivos de su gestión, dentro del marco de la política de protección de los derechos humanos.
Con el trabajo que inicie esta institución, se quiere crear un espacio de discusión y difusión en la sociedad civil, de las terribles consecuencias que tiene el introducirse las personas en este invisible problema.
Hace poco, las Adjuntías de Derechos Humanos, Mujer y de la Niñez y Adolescencia, han sostenido reuniones con la finalidad de sumar esfuerzos y así iniciar acciones conjuntas[39]para conocer más de cerca las consecuencias de este delito, investigando sobre el tema y evaluando la posibilidad de instalación de mesas de trabajos con otras instituciones gubernamentales y organizaciones civiles, comprometidas con el tema[40]
En las funciones correspondientes a las Oficinas Defensoriales y Módulos de Atención Defensorial sobre el tema, podemos mencionar que la detección del delito se encuentra en sus labores cotidianas, recibiendo denuncias de la ciudadanía. Ante ello, se hacen supervisiones de oficio en conjunto con la Policía Nacional y el Ministerio Público, para: a) ubicar los lugares donde se encuentren recluidas las posibles víctimas de explotación; b) desbaratar las redes de delincuencia dedicadas a este ilegal negocio. Nuestros comisionados entienden que con estas situaciones se están vulnerando los derechos de las personas.
11. Estadísticas
Para culminar nuestro estudio y comprender de la gravedad del delito de la trata en el mundo y en nuestro país, hemos visto necesario conocer de las estadísticas que existen sobre la materia.
La trata no tiene fronteras, como ya hemos indicado es una situación que a diferencia de otros delitos o faltas afecta a todas las sociedades, incrementando sus efectos a medida que pasan los años, como en el caso del narcotráfico o del terrorismo.
Para empezar, podemos citar el informe realizado por el gobierno de los Estados Unidos –Departamento de Estado-, que indica que alrededor de 600 000 a 800 000 de personas son víctimas anuales en el mundo[41]
Haciendo mención específica a la trata laboral, tal como indica el estudio realizado por Belsen, Cock y Mehran (2005), dichos especialistas realizaron una investigación sobre el trabajo forzoso, indicando que alrededor de 12.3 millones de personas son sometidas anualmente en el planeta a esta actividad (4 personas por 1.000 trabajadores). Dentro de esta categoría, la cifra que corresponde a la trata de personas supone un total de 2.45 millones de personas, correspondiendo así a un total del 40% de los trabajos forzados[42]
Respecto a estadísticas de la distribución geográfica, sobre explotación de personas a través de la trata, el mismo estudio señala que la región de Asia y del Pacífico es donde se concentra un mayor número de víctimas (1.36 millones), seguida de las economías industrializadas (270.000), Latinoamérica y Caribe (25.000), Oriente Medio y Norte de África (230.000), Economías de transición (200.000) y África Subsahariana (130.000)[43].
Si a esta cifra, le sumamos que el grupo mayoritario de víctimas está integrado por mujeres, niñas y niños[44]y recociendo a los países en vías de desarrollo como los principales mercados donde se captan a las víctimas, vemos la importancia de contrarrestar a este delito, con la esperanza de lograr su erradicación final.
El interés de las organizaciones criminales también se comprende en este delito, al señalarse que anualmente genera ingresos por un monto cercano a los 32 mil millones de dólares, de los cuales más del 85% proviene del comercio sexual[45]
En el caso del Perú, del Informe sobre Avances y Buenas Prácticas del Estado Peruano en la lucha contra la Trata de Personas: Seguimiento de Actividades al Año 2008, presentado al Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos, se indica que entre los años 2006 al 2008, se reportaron 170 casos de trata de personas investigadas a nivel policial, identificó a 291 tratantes, se rescató 401 víctimas (152 adultos y 249 menores). Todos estos datos fueron obtenidos de Sistema de Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas y Afines (RETA), institucionalizado desde el año 2006[46]
En este sentido, es importante mencionar que se han detectado cuatro rutas principales de tránsito o destino de traslado de personas para este delito. Se encuentra al Cusco, Lima, Piura, Chiclayo, Puerto Maldonado, Puno, Ica, Tacna, por mencionar algunos lugares de destino y enlace para la captación internacional. Como vemos, la presencia de este delito se da en zonas de importante tránsito fronterizo, comercial, turístico y económico.
En el caso específico de las mujeres, el Fondo de Población de Naciones Unidas en su Informe de Septiembre de 2000, cifra en 4,000 000 (cuatro millones) las mujeres que son vendidas cada año con uno de estos tres fines: prostitución, esclavitud, o matromnio; y en 2,000.000 (dos millones) las niñas que son introducidas en el comercio sexual. La Organización Internacional de Migraciones cifra en 500.000 el número de mujeres que entran todos los años en Europa Occidental como consecuencia del tráfico con fines de explotación sexual[47]
CONCLUSIONES
a. En primer lugar, podemos decir que la trata es un delito que ha existido durante gran parte de la historia de la humanidad. En un primer momento estuvo plenamente aceptada en la mayoría de culturas, a través de la explotación sexual –prostitución- y a través de la esclavitud. No fue sino hasta finales del siglo XIX y comienzos del siglo XX que se conoció como el fenómeno de "trata de blancas" y que se intento su regulación. Actualmente es a través de la Convención de Palermo y sus dos protocolos, uno de ellos referido a la trata de personas, es que se tiene un consenso mundial contra este delito.
b. Este es un delito que afecta tanto a niños, niñas, adolescentes, mujeres y hombres por igual. Estas personas son captadas a través del engaño, y una vez inmersos en el negocio es a través de la coacción o una posición de poder que los retienen en esta actividad ilegal. Es así como los tratantes obtienen sus ganancias.
c. El reclutamiento de niñas y mujeres, es preferida por los delincuentes dedicados a este ilegal negocio, para utilizarlas en la mayoría de casos para fines de explotación sexual. La trata es una actividad que anualmente genera ingresos millonarios, siendo el tercer delito más lucrativo a nivel mundial, después del narcotráfico y la venta ilegal de armas. En tal virtud, es como entendemos porque la delincuencia tiene tanto interés en dedicarse a este delito, en particular a la explotación sexual.
d. La trata muchas veces es confundida con el tráfico ilegal de migrantes, incluso con la prostitución, en este último caso se debe a que existe una confusión al asimilar la trata únicamente para fines sexuales y sin embargo es una situación que involucra otras formas de explotación: laboral, el tráfico de órganos, el padrinazgo, el madrinazgo, la exposición de personas al peligro a través de la mendicidad, los casamientos forzosos, como otros casos más conocidos.
f. Las causales de este delito, varían dependiendo de las realidades de las circunstancias donde surgen. Entre las más importantes encontramos a la desigualdad social, la falta de oportunidades laborales y de estudios y la discriminación de género.
g. En el caso del Perú, la trata ha sufrido un repentino impulso para regularla, lo que se origina desde la aprobación y ratificación del Estado Peruano de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos Protocolos, uno de ellos referido a la Trata de Personas y el otro referido al Tráfico Ilícito de Migrantes. Actualmente existe un marco jurídico interno, cuya norma más relevante ha sido la aprobación de la Ley 28950 – Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes- y su Reglamento.
h. Los varones tampoco son ajenos al delito de la trata. Generalmente son explotados a través de la modalidad laboral, lo que consiste en realizar diversos trabajos forzados, lucrando a través de sus honorarios.
i. La trata tiene victimas de 600 000 a 800 000 personas anualmente, según estadísticas del Departamento de Estado de los Estados Unidos. Si a ello le sumamos, el hecho que nuestro país ha sido detectado como un lugar de transito , establecimiento y recojo de victimas de este delito, demuestran que este es un problema que continua en ascenso por lo que es necesario estar atentos y realizar todos las acciones para reducirlo y erradicarlo.
BIBLIOGRAFÍA
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Capital Humano y Social Alternativo (2009), Balance de la implementación de la Ley 28950 y su Reglamento. Lucha contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes. Resumen Ejecutivo. Lima.
Capital Humano y Social Alternativo (2007) La Trata de personas en el Perú. Normas, casos y definiciones.
Chiarotti, Susana (2002) Trata de Mujeres: Conexiones y Desconexiones entre Género, Migración y Derechos Humanos. Conferencia Hemisférica sobre Migración Internacional, Derechos Humanos y Trata de Personas en las Américas. CEPAL, Santiago de Chile. Ubicación web:
Giménez-Salinas, Andrea y otras (2009)"La Dimensión Laboral en España". p.11 En: Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología. Ubicación web: http://criminet.ugr.es/recpc
Maqueda Abreu, María Luisa (2000) El tráfico de personas con fines de explotación sexual. págs. 23-29. Ubicación web: http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=174827)
Organización de los Estados Americanos (2009). Informe sobre Avances y Buenas Prácticas Del Estado Peruano En La Lucha Contra La Trata De Personas: Seguimiento De Actividades Al Año 2008 (Presentado por la Delegación del Perú al Comité de Seguridad Hemisférica de la Comisión Permanente de la Organización de los Estados Americanos, p. 3.). Enlace web: http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#II
Organización de las Naciones Unidas (2002). Informe del Secretario General a la Asamblea General de las Naciones Unidas (2002) Trata de Mujeres y niñas, Nº A/57/170. págs. 7-8.
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Organización Internacional para las Migraciones (2006), Trata de Personas: Aspectos Básicos.
Organización Internacional para las Migraciones. La Trata de Personas en el Perú. Material de Diapositivas elaboradas por la Oficina Internacional para las Migraciones
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UNODC-Colombia y Proyecto AntiTrata ( ) Manual de Procedimiento Penal y Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Trata de Personas y Explotación Laboral/Sexual., Bogotá. p.29.
UNICEF (…)¿De qué se trata la Trata de niños, niñas y adolescentes?, Buenos Aires, Argentina.
Autor:
Guillermo Collantes
[1] Tomado del documento elaborado por la ONG Capital Humano y Social Alternativo (2009), Balance de la implementación de la Ley 28950 y su Reglamento. Lucha contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes. Resumen Ejecutivo. Lima, p.8.
[2] Sucede, que las personas ven a la trata como una oportunidad de surgimiento, aunque no conocen realmente de sus fines, recordemos que son trasladados por engaños. Es a partir de su traslado y arribo a su nuevo centro de labores, que conocen la real situación que les tocará vivir. Lo trágico del asunto, es que en algunos casos la explotación concluye con la vida de las personas.
[3] Capital Humano y Social Alternativo (2009), Balance de la implementación de la Ley 28950 y su Reglamento. Lucha contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes. Resumen Ejecutivo. Lima, p.14.
[4] Tal es así, que la prostitución era culturalmente aceptada y se aceptaba su ejercicio por explotación, existiendo desde la época de los egipcios, judíos, griegos y romanos, por mencionar algunas sociedades ancestrales.
[5] El Perú tampoco fue ajeno a este movimiento. Desde la época de la Conquista hasta la República, donde se explica que por la necesidad de mano de obra en el Nuevo Continente se tuvo que traer a los negros, para que reemplazaran a los nativos que estaban muriendo. En el caso peruano la mayor demanda de mano de obra esclava, fue en la agricultura costera, en la que incluso se trajeron chinos al Perú en el siglo XIX, fenómeno conocido como "trata de coolies" Capital Humano y Social Alternativo (2009), Balance de la implementación de la Ley 28950 y su Reglamento. Lucha contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes. Resumen Ejecutivo. Lima, p.14.
[6] Alianza Global contra la Trata de Mujeres (2003) Manual Derechos Humanos y Trata de Personas. Bogotá, 2da Edición. p. 32.
[7] Añadido nuestro.
[8] Capital Humano y Social Alternativo (2007) La Trata de personas en el Perú. Normas, casos y definiciones. Lima, p.11.
[9] Artículo 3 inciso a del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Internacional.
[10] Es importante mencionar que también se ha detectado la preferencia de captar a un conjunto de personas, por ser más sencillo su convencimiento y su traslado. Algunas veces se utilizan mujeres quienes se introducen en grupos de jóvenes quienes les crean expectativas de trabajo y mejorar su estilo de vida al que tienen. Lo que ellos no saben, es que esta propuesta es la puerta de ingreso a este ilegal negocio
[11] En el mismo sentido, el Jefe del Programa Especial de Acción para Combatir el Trabajo Forzoso de la OIT, Roger Plant, manifestó que "La definición legal pone entonces énfasis en el uso de la fuerza, coacción o engaño como características distintivas. Esto es lo que lo que distingue en el derecho internacional la trata del tráfico de personas dentro de cuyo marco (si bien pude mediar una transacción pecuniaria) se considera que la relación entre la persona objeto del tráfico ilícito y quien se encarga de haberlo es de carácter voluntario y provechosa para ambas partes, aunque esto es discutible". Tomado del artículo Trabajo forzoso, migración y trata de personas. p.68. Ubicación web: http://www.ilo.org/public/spanish/dialogue/actrav/publ/129/10.pdf
[12] Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo (2009) Trata de personas. Actuación de la Defensoría del Pueblo frente a la problemática. p. 3.
[13] Organización Internacional para las Migraciones (OIM). (2006) Estudio exploratorio sobre Trata de personas con fines de explotación sexual en Argentina, Chile y Uruguay. p.7.
[14] A estas actividades, hay que agregarle las explotaciones surgidas en las industrias (negocio de maquila), así como las producidas en campos agrícolas, minas y trabajos domésticos surgidos algunas veces por casamientos forzados.
[15] Diccionario Real de la Lengua Española, enlace web: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=esclavitud
[16] Resaltamos esta parte de la explicación del tema, pues muchas veces no se entiende la complejidad del caso en nuestras sociedades, encontrándose el tema oculto. Sin embargo, este requiere justamente estudiarse para evitarse confundir con otras actividades delictivas que enfrenta la humanidad.
[17] UNODC-Colombia y Proyecto AntiTrata (2006). Manual de Procedimiento Penal y Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Trata de Personas y Explotación Laboral/Sexual., Bogotá. p.29.
[18] Por el trokosi, se entiende a la práctica que consiste en la explotación de las mujeres de la familia, a través de su entrega a un sacerdote local para su atención personal. Significa "esclava de deidad" y se origina cuando uno de los miembros de la familia comete un delito o una calamidad que golpea a a aquella familia, motivo suficiente para ofrecer a la mujer a la divinidad, y de esta manera resarcirse de esta difícil situación que aqueja a la familia (Alianza Global contra la Trata de Mujeres. (2003). Manual de Derechos Humanos y Trata de Personas, p. 63).
[19] Esta figura del turismo sexual habríamos podido determinarla como una causal de la trata, pero vemos que su configuración se encuentra dentro de la explotación sexual, por lo que hemos preferido introducirla a nuestra explicación de esta forma. Ahora, respecto de su conexión con el ejercicio libre del turismo con la colusión de las autoridades, es común que "Un amplio sector de mujeres y niñas traficadas es destinado al turismo sexual…Pero además del turismo sexual desembozado, las organizaciones de mujeres han denunciado que muchas propagandas de las agencias de turismo gubernamentales o privadas promueven el turismo sexual y la prostitución, al anunciar las bondades de cada país, con anuncios que sugieren naturaleza exuberante y a los que irreversiblemente se acompaña la imagen de mujeres bonitas…". En resumida cuenta, se trata de un factor de exclusividad, consistente en querer mantener relaciones sexuales con seres humanos de etnias distintas a la que procede el cliente. (Chiarotti, Susana (2002) Trata de Mujeres: Conexiones y Desconexiones entre Género, Migración y Derechos Humanos. Conferencia Hemisférica sobre Migración Internacional, Derechos Humanos y Trata de Personas en las Américas. CEPAL, Santiago de Chile p.10. Ubicación web: www.revistainterforum.com/espanol/pdfes/020703CLADEM.pdf
[20] La extremada vulnerabilidad de la condición de esas emigrantes sexuales permite situar este fenómeno de la prostitución internacional en el lugar adecuado de análisis, que es el de la dependencia progresiva y crítica de los países del Tercer Mundo respecto de lo más ricos y desarrollados, que ha propiciado a más de otras formas de explotación personal, una reserva creciente de mano de obra sexual en determinadas zonas geográficas marcadas por la miseria y la marginalidad. (Maqueda Abreu, María Luisa (2000) El tráfico de personas con fines de explotación sexual. págs. 23-29. Ubicación web: http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=174827)
[21] Andrea Giménez-Salinas y otras (2009)La Dimensión Laboral en España. p.11 En: Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología. Ubicación web: http://criminet.ugr.es/recpc/
[22] Este delito ha estado siempre ligado a la explotación sexual, situación que se mantiene hasta nuestros días. Es un fenómeno que en el caso de la historia americana, ha estado presente desde la época de la colonia cuando se optó por usar a las mujeres como mercancía sexual. Las mujeres africanas e indígenas, eran traficadas como esclavas con un triple propósito: trabajar como mano de obra gratuita; la reproducción de esclavos, o sea, la producción de más mano de obra gratuita; y servir de objeto sexual, Este último propósito estaba siempre presente aunque el objetivo principal fuera cualquier de los otros dos y podía darse dentro del mercado matrimonial o con otras figuras como concubina o simplemente mujer a libre disposición del patrón (Chiarotti, Susana (2002) Trata de mujeres: Conexiones y Desconexiones entre Género, Migración y Derechos Humanos. p .1.).
[23] Tal es así que en el año de 1949 se creó la Convención para la Supresión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena (1949), que tenía por finalidad eliminar la prostitución. Sin embargo, nunca hizo referencia a la trata, lo que es finalmente una herramienta inválida para erradicar este delito.
[24] El que promueve, favorece, financia o facilita la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país, recurriendo a: la violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de libertad, el fraude, el engaño, el abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o beneficios, con fines de explotación, venta de niños, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual, obligarlo a mendigar, a realizar trabajos o servicios forzados, a la servidumbre, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud o prácticas análogas la esclavitud u otras formas de explotación laboral, o extracción o tráfico de órganos o tejidos humanos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años. La captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de niño, niñas o adolescente con fines de explotación se considerará trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios señalados en el párrafo anterior (Nuevo texto modificado por la Ley 28950).
[25] Artículo incorporado por la Ley 28189.
[26] Artículo 128.- Exposición a peligro de persona dependiente.
[27] Publicada con fecha 16 de enero del 2007 en el Diario Oficial El Peruano
[28] ; "…que dispone acciones de los sectores involucrados en la lucha contra la trata de personas, establece principios importantes como eje central de la intervención estatal" Organización de los Estados Americanos (2009) Informe sobre Avances y Buenas Prácticas Del Estado Peruano En La Lucha Contra La Trata De Personas: Seguimiento De Actividades Al Año 2008 (Presentado por la Delegación del Perú al Comité de Seguridad Hemisférica de la Comisión Permanente de la Organización de los Estados Americanos, p. 3.). Enlace web: http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#II
[29] Artículo 3 del Protocolo referente a prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, vigente desde el año 2003.
[30] Esta se encuentra dentro de las siguientes actividades: agricultura, minería y fábricas.
[31] La Trata de Personas en el Perú. Material de Diapositivas elaboradas por la Oficina Internacional para las Migraciones. p.2.
[32] Adjuntía de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo (2009) Trata de Personas. Actuación de la Defensoría del Pueblo frente a la problemática. p.7.
[33] Informe del Secretario General a la Asamblea General de las Naciones Unidas (2002) Trata de Mujeres y niñas, Nº A/57/170. págs. 7-8.
[34] Ibídem p.8.
[35] Ibídem p. 11.
[36] Ibídem, p.11.
[37] Es a través de una Resolución Directoral de la Policía Nacional del Perú promulgada en marzo de 2008 por la cual se eleva el Departamento de trata de Personas de la División de Secuestros de la Policía Nacional al rango de División de Investigación de Trata de Personas de la Dirección de Investigación Criminal de la PNP (Organización de los Estados Americanos (2009) Informe sobre Avances y Buenas Prácticas Del Estado Peruano En La Lucha Contra La Trata De Personas: Seguimiento De Actividades Al Año 2008, p.3. Enlace web: http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#I).I
[38] Ver documento completo en Matriz de Intervención Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2007-2013 – Seguimiento Actividades 2008 (Presentado por la Delegación del Perú). Organización de los Estados Americanos (2009) Matriz de Intervención Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas 2007-2013 – Seguimiento Actividades 2008. Enlace web: http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#II
[39] De la reunión mantenida entre estas tres oficina se determinó lo siguiente: en primer lugar en el caso de la Adjuntía de los Derechos Humanos, iba a trabajar los Lineamientos generales de actuación en casos de trata de personas. Asimismo iba a realizar coordinaciones de debates regionales y la consolidación de información desde las Oficinas Defensoriales. En el caso de la Adjuntía para los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, iba a estar encargada de estudiar lo correspondiente a la Explotación Sexual Comercial Infantil. Finalmente la Adjuntía para los Derechos de la Mujer iba a encargarse de la Trata de personas desde la estructura de Seguridad Ciudadana, Labor Preventiva, de vigilancia y de organización a nivel distrital y comunal (juntas vecinales).
[40] Es el caso de la ONG CHS Alternativo quien viene apoyando constantemente en el tema de trata al Estado Peruano.
[41] Informe sobre trata de personas del año 2005, elaborado por el Departamento de Estado. Citado por el documento Trata de Personas: Aspectos Básicos (2006), Organización Internacional para las Migraciones y otros. p. 11.
[42] Artículo preparado por la profesora Andrea Giménez-Salinas de la Universidad Autónoma de Madrid "La Dimensión Laboral en España"(2009), p.8. En: Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología. Ubicación web: http://criminet.ugr.es/recpc/
[43] Ibídem p.9.
[44] Entre el 10 y 30% de mujeres son menores de edad, lo que indica la gravedad de esta situación por la vulnerabilidad que tiene con las personas, como apreciamos nunca se distinguen ni las edades ni los géneros de las personas. UNICEF Argentina (2007) ¿De qué se trata la Trata de niños, niñas y adolescentes?, Buenos Aires. p.3.
[45] Informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) "Una alianza global contra el trabajo forzoso", Resumen página 4, Conferencia Internacional del Trabajo, 93ª sesión. Ginebra. Citado por la Organización Internacional para las Migraciones (2006). Estudio exploratorio sobre trata de personas con fines de explotación sexual en Argentina, Chile y Uruguay, p.8
[46] Enlace web: http://www.oas.org/CSH/spanish/tratapersonas.asp#II
[47] Chiarotti, Susana (2002) Trata de mujeres: Conexiones y Desconexiones entre Género, Migración y Derechos Humanos. p .5.
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