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Normas Contables Adecuadas en el Uruguay. Decreto 162/2004. Su impacto en el trabajo del auditor (página 5)

Enviado por Dyana Fari�a


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Partes: 1, 2, , 4, 5

 

 

NIC 15

INFORMACIÓN PARA REFLEJAR LOS

INFORMACIÓN PARA REFLEJAR LOS EFECTOS DE

EFECTOS DE LOS CAMBIOS EN LOS

LOS CAMBIOS EN LOS PRECIOS

PRECIOS

No se Aplica

Obligatoria vigente 2004

Se aplica para reflejar el efecto de los cambios de precios sobre

la determinación del resultado de la empresa y su poción

financiera. Se aplica a empresas donde los niveles de ingresos,

activos, personal empleado, sean significativos en el entorno

económico. Enfoque del poder adquisitivo general: supone la

reexpresión de las partidas de los Estados Contables en función

de los cambios en el nivel general de precios.

Enfoque de costo corriente: se usa el costo de reposición como

base principal de medición.

Principal modificación vigente para los ejercicios

Iniciados a partir del 01.01.05: Se deroga la NIC 15.

 

 

 

 

 

 

 

NIC 16

CONTABILIZACIÓN DE PROPIEDAD

PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

PLANTA Y EQUIPO

Obligatoria vigente 2004

Obligatoria vigente 1993

Propiedad planta y equipo son activos tangibles de una empresa

Propiedad planta y equipo son activos tangibles de

una empresa para usar en la producción o

suministro de bienes y servicios, para rentar a otros

o para propósitos administrativos, puede incluir partidas

para mantenimiento o reparación de dichos bienes.

El valor en libros debe ser su costo histórico o su

reevaluación. Costo histórico: comprende precio de compra y

cualquier otro costo atribuible a poner el activo en

condiciones de uso.

Si el importe recuperable es menor que su valor neto,

el valor neto en libro debe reducirse a su importe

recuperable. Cuando la propiedad planta y equipo se revalúan,

debe hacerse sobre una base sistemática y la misma

debe revelarse.

para usar en la producción o suministro de bienes y servicios, para

arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos y se esperan

usar durante más de un período contable.

Debe ser reconocido cuando es probable que se obtengan beneficios

económicos futuros y su costo pueda ser medido confiablemente.

Todo elemento que cumpla con las condiciones para ser reconocido

debe ser medido inicialmente por su costo. Medición posterior:

Tratamiento punto de referencia: debe ser contabilizado a su costo de

adquisición menos la depreciación acumulada y el importe

acumulado de pérdidas por deterioro del valor que haya sufrido.

Tratamiento alternativo permitido: debe ser contabilizado a su valor

revaluado (valor razonable en el momento de la reevaluación) menos

la depreciación y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro.

La base depreciable debe ser distribuida de forma sistemática sobre

los años que componen su vida útil.

Se incorporan SIC 14 y SIC 23.

Principal modificación vigente para los ejercicios iniciados

a partir del 01.01.05: Nueva definición de valor razonable

(condición para su registración)

 

NIC 17

 

CONTABILIZACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS

ARRENDAMIENTOS

Obligatoria vigente 1993

Obligatoria vigente 2004

 

La clasificación de arrendamientos se basa en el

grado de en que los riesgos y beneficios que se

derivan de la propiedad del activo arrendado recaen

sobre el arrendador o el arrendatario.

Financiero: transfiere sustancialmente todos los

riesgos y los beneficios de tener un activo, ya sea

que ésta sea o no transferida.

Operativo: Cualquier arrendamiento que no sea

financiero. Se definen los tratamientos contables para los

diferentes tipos de arrendamientos, tanto para

arrendador como para arrendatario. Se define la

información mínima a revelar en las notas.

Se agregan indicadores adicionales de clasificación para

permitir mejorar el proceso de identificación de cada tipo de

arrendamiento. Se sustituye el concepto de "vida útil" por el de "vida

económica", teniendo en cuenta que un activo puede ser

usado más de un usuario a lo largo de su vida.

Se hace referencia a la necesidad de evaluar la posibilidad

que los activos hayan sufrido deterioro.

Se incorporan SIC 15 y SIC 27.

Principal modificación vigente para lo ejercicios iniciados

A partir del 01.01.05

Exige reconocer por separado los arrendamientos de terceros

y construcciones conjuntos cuando sea posible

NIC 18

 

RECONOCIMIENTO DE INGRESOS

INGRESOS ORDINARIOS

Obligatoria vigente 1993

Obligatoria vigente 2004

 

Bases para el reconocimiento de ingresos que se

originan en el curso de las actividades ordinarias:

venta de bienes, prestación de servicios y uso por

terceros de bienes de la empresa que producen

intereses, regalías, dividendos. La venta de bienes

se considera realizada cuando el vendedor transfiere

al comprador los mas importantes riesgos y beneficios

identificados con la propiedad. La realización de la

prestación de un servicio se mide mediante el método

del contrato terminado o del grado de avance.

Intereses en base proporcional al tiempo tomando

en cuenta al capital y la tasa, Regalías en base a su

acumulado devengado de conformidad con los términos

del contrato que le da origen y Dividendos cuando el

derecho del accionista quede establecido.

La empresa debe revelar información relativa a las

circunstancias en que haya diferido el reconocimiento

de ingresos hasta que las incertidumbres importantes

se hayan resuelto.

La norma no trata ingresos derivados de: contratos de

arrendamiento financiero, dividendos producto de inversiones

llevadas por el método de participación, contratos de seguros

por compañías aseguradoras, cambios en el valor razonable

de activos y pasivos financieros, cambios en el valor de otros

activos corrientes, reconocimiento inicial y cambio en el valor

razonable de activos biológicos reconocimiento inicial de los

productos agrícolas y extracción de minerales en yacimientos.

La medición de los ingresos ordinarios debe hacerse

utilizando el valor razonable de la contrapartida, recibida o

por recibir, derivada de los mismos.

A las condiciones ya vistas para el reconocimiento de los

ingresos se agrega que los mismos puedan ser medidos

confiablemente y que es probable que los beneficios

económicos derivados de la transacción fluyan hacia la empresa. Se elimina el método del grado de avance para la prestación de serv.

Se incorporan SIC 27 y SIC 31.

NIC 19

 

 

BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS

Obligatoria vigente 2004

 

 

La norma se aplica por los empleadores al contabilizar

los beneficios de los empleados. Los beneficios de los

empleados comprende los siguientes: beneficios corto

plazo (sueldos, vacaciones), beneficios post empleo

(pensiones, beneficios por retiro), beneficios largo plazo

(ausencias remuneradas), beneficios por terminación de

contratos, beneficios de compensación en instrumentos

de capital.

Se obliga a la empresas a reconocer: un pasivo cuando

el empleado ha prestado los servicios a cambio de los cuales

se le crea el derecho de recibir pagos futuros y un gasto

cuando la empresa ha consumido el beneficio

económico procedente del servicio prestado por el empleado

a cambio de los beneficios en cuestión.

NIC 20

 

 

CONTABILIZACIÓN DE LAS SUBVENCIONES DEL

GOBIERNO E INFORMACIÓN A REVELAR SOBRE

AYUDAS GUBERNAMENTALES

Obligatoria vigente 2004

 

 

Las subvenciones del gobierno, incluyendo las no monetarias

por su valor razonable, no deben ser reconocidas hasta que

no exista una prudente seguridad que la empresa cumplirá

las condiciones asociadas a su disfrute y que se recibirán

las subvenciones.

Cuando se relacionan con activos deben presentarse en el

balance o como ingresos diferidos o como deducciones del valor

de los activos con los que se relacionan.

Se incorpora SIC 10

 

NIC 21

 

 

EFECTO DE LAS VARIACIONES EN LAS TASAS DE

CAMBIO DE LA MONEDA EXTRANJERA

Obligatoria vigente 2004

 

 

En cada fecha de balance las partidas monetarias se valoran a

tipo de cambio de cierre, las partidas no monetarias que se

contabilicen a su costo histórico deben ser valoradas utilizando

el tipo de cambio de la fecha de la transacción y las partidas

no monetarias contabilizadas por su valor razonable deben ser

valoradas utilizando el tipo de cambio del momento que se

determinó el valor razonable.

Tratamiento punto de referencia: las diferencias de cambio

surgidas en el momento de la liquidación de los activos

monetarios o bien de la fecha de balance, se reconocen como

ingresos o gastos del período.

Tratamiento alternativo: si las diferencias de cambio surgen por

una fuerte devaluación contra la que no hubo cobertura,

afectando pasivos que no pueden ser liquidados y que han surgido

de la compra de activos en moneda extranjera, deben ser

incluidas como parte del importe en libros del activo

correspondiente.

Se incorporan SIC 7 , 11, 19 y30

Principal modificación vigente para los ejercicios iniciados

A partir del 01.01.05:

No se pueden activar diferencias de cambio (elimina tratamiento

alternativo).

 

NIC 22

 

 

 

 

COMBINACIÓN DE NEGOCIOS

 

 

Remplazada por la IFRS 3

Requiere que todas las combinaciones de negocios se contabilicen

por el método de la compra. (se elimina el método unión de

intereses). El valor llave se deja de amortizar y se somete a test de

desvaloración.

Se incorporan SIC 9, 22 y 28

NIC 23

 

 

COSTOS POR INTERESES

Obligatoria vigente 2004 (Revisada en 1998)

 

 

Tratamiento punto de referencia: los costos por intereses

deben ser reconocidos como gastos del período en que se

incurre en ellos.

Tratamiento alternativo permitido: deben ser reconocidos

como gastos del período en que se incurre en ellos, salvo los

intereses que sean directamente atribuibles a la adquisición,

construcción o producción de activos que cumplan las condiciones

para su calificación (requiere necesariamente de un

período sustancial de tiempo antes de estar listo para su uso o

venta) que deben ser activados al costo de dichos activos.

Se incorpora SIC 2.

NIC 24

 

 

INFORMACIONES A REVELAR SOBRE PARTES

RELACIONADAS

Obligatoria vigente 2004 (reordenada en 1994)

 

 

Partes Relacionadas: empresa controlante, controlada, control

conjunto empresas asociadas, individuos que posean alguna

participación en el en el poder de voto de la empresa que

informa de manera que puedan tener influencia significativa,

personal clave de la gerencia, empresas en las que las

personas descritas anteriormente tengan participación

sustancial en el poder de voto.

Si existe control la identidad de las partes relacionadas se

debe revelar aunque no se hayan producido transacciones

entre las mismas.

Si se producen transacciones, la empresa que informa debe

revelar la naturaleza de las relaciones, los tipos de transacciones

y elementos necesarios para una comprensión cabal de los

Estados Financieros.

Principal modificación vigente para los ejercicios

iniciados a partir del 01.01.05:

Se amplía la definición de partes relacionadas.

NIC 25

 

 

 Derogada y Sustituida por NIC 39 y NIC 40.

NIC 26

 

 

CONTABILIZACIÓN E INFORMACIÓN FINANCIERA

SOBRE PLANES DE BENEFICIO POR RETIRO

Obligatoria vigente 2004

 

 

Trata sobre el contenido de la información contable a suministrar

por los planes de beneficio por retiro (planes de pensiones,

sistemas complementarios de prestaciones por jubilación) cuando

ésta se elabora y se presenta.

Planes de aportaciones: las cantidades a pagar como beneficio

se determinan en función de las cotizaciones del fondo y de

los rendimientos que el mismo haya generado.

Planes de beneficios: las cantidades a pagar por concepto de

beneficio se determinan por medio de una formula, normalmente

basada en los salarios de los empleados, años de servicio, o ambas.

Información a revelar en planes de beneficios: estado de cambios

en los activos netos para atender beneficios, resumen de las

políticas contables significativas y una descripción del efecto

de cualesquiera cambios habidos en el plan durante el período.

 

 

NIC 27

 

 

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Y

CONTABILIZACIÓN DE INVERSIONES EN SUBSIDIARIAS

Obligatoria vigente 2004

Toda controladora debe presentar Estados Financieros

Consolidados.

 

 

Excepción: controladora que a su vez sea subsidiaria participada

en su totalidad o prácticamente en su totalidad por otra

controladora (en este ultimo caso siempre que obtenga

consentimiento de los intereses minoritarios). Deben revelar

las razones por las que no consolidaron.

La controladora que confeccione Estados Financieros

consolidados deberá incluir todas sus subsidiarias ya sea

nacionales o extranjeras (se excluye cuando el control es

temporal porque se ha adquirido y se mantiene con vistas a su

venta en un futuro próximo, u opera bajo fuertes restricciones

a largo plazo que menoscaban su capacidad de transferir fondos

a la controladora).

Los intereses minoritarios deben presentarse en los Estados

Consolidados separado de los pasivos del grupo y del patrimonio

neto correspondiente a los propietarios de la controladora.

También deben presentarse por separado en la ganancia

neta consolidada.

Incorpora SIC 12 y 33.

NIC 28

 

 

CONTABILIZACIÓN DE INVERSIONES EN

EMPRESAS ASOCIADAS

Obligatoria vigente 2004

Método de la participación: la inversión se registra inicialmente

al costo, incrementando posteriormente su importe en libros

para reconocer la parte que le corresponde al inversionista en

las pérdidas o ganancias obtenidas, por la empresa participada.

Método del costo: el inversionista registra la inversión al costo de

adquisición y reconoce ingresos solo en la medida que los recibe.

La inversión en una empresa asociada debe contabilizarse en

los Estados Consolidados siguiendo el método de la

participación salvo cuando el control es temporal porque se ha

adquirido y se mantiene con vistas a su venta en un futuro

próximo, u opera bajo fuertes restricciones a largo plazo que

deterioran su capacidad de transferir fondos a la inversora

(deben contabilizarse de acuerdo a NIC 39).

La inversión en una empresa asociada contabilizada por el

método de participación deben clasificarse como activos fijos

y presentarse por separado en el Estado de Situación. La porción

del inversionista en las ganancias y pérdida de tales inversiones

debe presentarse como partida separada en el Estado de

Resultados.

 

 

Se incorpora SIC 3, 20 y 33.

NIC 29

 

 

INFORMACIÓN FINANCIERA EN ECONOMÍAS

HIPERINFLACIONARIAS

Obligatoria vigente 2004

Ajuste integral a los Estados Financieros en economías

Hiperinflacionarias.

Economía hiperinflacionaria: la población prefiere mantener

su riqueza en activos no monetarios o en M/E, la población

considera los importes monetarios en términos de la M/E,

ventas y compras a crédito con sobreprecio, tasa de interés,

salarios y precios atados a un índice de precios, tasa acumulada

de inflación de 3 años > 100%.

La reexpresión de los estados financieros exige el uso de un

índice general de precios que refleje los cambios en el

poder adquisitivo general de la moneda.

 

 

Se incorpora SIC 19 y 30.

NIC 30

 

 

INFORMACIÓN A REVELAR EN LOS ESTADOS

FINANCIEROS DE BANCOS E INSTITUCIONES

FINANCIERAS SIMILARES

Obligatoria vigente 2004

 

 

El término banco incluye a todas las entidades financieras que

tienen como actividad principal tomar depósitos con el

objetivo de dar créditos o préstamos y realizar inversiones, y

se encuentran bajo el ámbito de la legislación bancaria.

Los bancos usan diferentes métodos contables para

reconocimiento y medición de los elementos incluidos en sus

estados financieros.

Es necesario revelar las políticas contables relativas a las

siguientes partidas: reconocimiento de ingresos, valoración

de los títulos de la cartera de inversión y de la cartera para la

venta, distinción entre transacciones que dan fugara a

reconocimientos de activos y pasivos exigibles y los que dan

lugar a contingencias y compromisos, etc.

Todo banco debe presenta un estado de resultados que agrupe

los ingresos y gastos por naturaleza, y que se revele información

sobre los importes de los principales tipos de productos y gastos.

Todo banco debe presenta un balance que agrupe los activos y

los pasivos según su naturaleza, debiendo ordenarlos de manera

que refleje su liquidez relativa.

NIC 31

 

 

INFORMACIÓN FINANCIERA DE LOS INTERESES EN

NEGOCIOS CONJUNTOS

Obligatoria vigente 2004

Los negocios conjuntos: tienen dos o mas participantes ligados

por un convenio contractual y éste estable el control conjunto.

Pueden tomar 3 formas: operaciones controladas conjuntamente,

activos controlados conjuntamente, y entidades

controladas conjuntamente.

 

 

Se incorpora SIC 13.

NIC 32

 

 

INSTRUMENTOS FINANCIEROS: PRESENTACIÓN E

INFORMACIÓN A REVELAR

Obligatoria vigente 2004

 

 

Instrumento financiero: contrato que da lugar simultáneamente,

a un activo financiero en una empresa y a un pasivo financiero

o instrumento de capital en otra empresa.

Activo Financiero: efectivo, derecho contractual a recibir

efectivo u otro activo financiero, derecho a intercambiar

instrumento financieros con otra empresa en condiciones

potencialmente favorables, o un instrumento de capital de

otra empresa.

Pasivo Financiero: compromiso que supone obligación

contractual de entregar dinero u otro activo financiero a otra

empresa o de intercambiar instrumentos financieros con otra

empresa en condiciones potencialmente desfavorables.

Clasificación de instrumentos financieros como componentes

del pasivo o del patrimonio neto, así como clasificación

correspondiente de intereses, dividendos, ganancias y pérdidas

relativas a los mismos.

Cuando puede darse compensación entre activos y pasivos

financieros. Revelación de información acerca de instrumentos financieros.

Se incorpora SIC 5, 16 y 17.

NIC 33

 

 

GANANCIAS POR ACCIÓN

Obligatoria vigente 2004

Se aplica por empresas cuyas acciones cotizan públicamente,

 

 

o que están en proceso de emitir acciones o potenciales

acciones ordinarias en mercados públicos de valores.

También se aplica para empresas que no tengan acciones

que coticen en mercados públicos pero revelan en su

información financiera las cifras de ganancia por acción.

Ganancia por acción básica: ganancias o perdías atribuibles a

los accionistas ordinarios sobre numero medio ponderado de

acciones en circulación.

Ganancia por acción diluida: importe de la ganancia neta

atribuible a los accionistas ordinarios sobre numero medio de

acciones en circulación ajustados por todos los efectos dilusivos

inherentes a las acciones potenciales ordinarias.

La empresa debe presentar la ganancia por acción tanto en su

versión básica como diluida en el cuerpo principal del estado

de resultados, para cada clase de acción ordinaria que

tengan diferentes derechos en lo que se refiere al reparto de

la ganancia neta.

Se incorpora SIC 24.

 

 

INFORMACIÓN FINANCIERA INTERMEDIA

 

Obligatoria vigente 2004

 NIC 34

 

 

Define el contenido mínimo de la información financiera

intermedia incluyendo tanto estados contables como

información a revelar y se describen los principios contables

relativos al reconocimiento y a la medición que deben aplicarse

en la información financiera intermedia.

Contenido mínimo: balance. condensado, estado de

resultados condensado, estado de flujos de efectivo condensado,

estado de cambios en el patrimonio condensado y notas

explicativas seleccionadas.

Las notas a la información intermedia incluirán

fundamentalmente una explicación de los sucesos y

variaciones significativas para la comprensión de los cambios

en la posición financiera y en el rendimiento de la empresa.

 

 

OPERACIONES EN DISCONTINUACIÓN

 

Obligatoria vigente 2004

NIC 35

 

 

La norma no establece ningún criterio nuevo para decidir

cuando y como reconocer y medir los ingresos, gastos, flujos

de efectivo y cambios en activos y pasivos que se relacionen

con una operación en discontinuación. Exige que la empresa

siga las políticas de otras NIC's.

La información a revelar incluye: descripción de la operación

en discontinuación, segmentos del negocio en que esté incluida

la información correspondiente a la misma, fecha y naturaleza

del suceso que ha provocado la discontinuación, valores contables

de los activos y pasivos que serán enajenados a terceros,

calendario en que se espera concluir la interrupción.

 

 

 

DETERIORO DEL VALOR DE LOS ACTIVOS

 

Obligatoria vigente 2004

NIC 36

 

 

Se debe evaluar en cada cierre de balance , si existe algún indicio

de deterioro del valor de los activos (activo individual o

unidad generadora a la que pertenece)

Se deben considerar las siguientes circunstancias:

Fuentes externas: si el valor de mercado ha disminuido, si tuvo

lugar o tendrán en el futuro cambios significativos al entorno

legal, económico, tecnológico o del mercado. Si hay cambios

en las tasas que afecten la tasa de descuento utilizada para calcular

el valor de uso del activo, si el importe en libros es mayor.

Fuentes internas: Evidencias sobre la obsolescencia o deterioro

físico del activo, cambios en la manera que se usa, rendimiento

económico del activo.

 

NIC 37

 

 

PROVISIONES, ACTIVOS CONTINGENTES Y

PASIVOS CONTINGENTES.

Obligatoria vigente 2004

 

 

Provisión: pasivo en el que existe incertidumbre acerca de su

cuantía o vencimiento. Se debe reconocer una provisión cuando:

la empresa tiene una obligación presente como resultado de un

suceso pasado, es probables que la empresa tenga que

desprenderse de recursos y puede hacer una estimación fiable

del importe de la obligación.

Reconocimiento: la obligación no tiene que tener una forma legal

para ser reconocida, esta prohibida la provisión para futuras

pérdidas operativas salvo excepciones, provisión por costos

de reestructuración solo se puede reconocer si se cumplen

ciertas condiciones.

Pasivos contingentes de deben revelar únicamente y no se

reconocen activos contingentes.

NIC 38

 

 

ACTIVOS INTANGIBLES

Obligatoria vigente 2004

 

 

Condiciones para su reconocimiento: controlado por la

empresa, beneficio económico futuro para la entidad,

costo del activo medido en forma fiable, generalmente

adquirido a terceros.

No admitidos como activos: generados internamente,

gastos de investigación, gastos de puesta en marcha,

gastos de formación del personal, desembolsos de publicidad

o promoción, gastos de reorganización.

La vida útil de un intangible no puede superar los 20 años.

Se incorpora SIC 32

NIC 39

 

 

INSTRUMENTOS FINANCIEROS: RECONOCIMIENTO

Y MEDICIÓN

Obligatoria vigente 2004

 

 

Todos los activos y pasivos financieros deben ser reconocidos

en el balance, incluyendo los instrumentos derivados.

Deben ser medidos inicialmente según el costo (valor

razonable de la contrapartida entregada al momento

de la adquisición).

Con posterioridad al reconocimiento inicial deben ser revaluados

en función del valor razonable, sujetos a la comprobación

por deterioro del valor.

Se incorpora SIC 33.

NIC 40

 

 

PROPIEDADES DE INVERSIÓN

Obligatoria vigente 2004

 

 

Son propiedades (terrenos o edificios, en su totalidad o parte)

que se tienen para ganar rentas o plusvalías o ambas.

Permite que la empresa elija entre dos opciones:

Modelo de valor razonable: la propiedad de inversión se mide

por su valor realizable y los cambios en dicho valor

deben reconocerse en el estado de resultados.

Modelo del Costo: es el tratamiento punto de referencia de la

NIC 16

Se mide por su costo menos depreciación y cualquier eventual

pérdida por deterioro (la empresa que elija este modelo debe

revelar el valor razonable de su propiedad de inversión).

Principal modificación vigente para los ejercicios iniciados a

Partir del 01.01.05:

Define el tratamiento contable de los inmuebles mantenidos

En régimen de arrendamientos financieros clasificados como

Una inversión inmobiliaria

NIC 41

 

 

AGRICULTURA

Obligatoria vigente 2004

 

 

Contempla: activos biológicos (árboles plantas y ganados),

productos agrícolas en el punto de su cosecha (leche,

cebada cosechada, madera en rolo), subvenciones del

gobierno relacionada con activos biológicos

Medición: fair value menos costos estimados hasta punto de venta.

Jerarquía en la determinación del fair value: precio de cotización

en mercado activo, si no hay, precio de transacciones mas

reciente, precio de mercado de activos similares, referencia

del sector, flujo de caja descontados.

Fuente: Manual de uso interno Moores Rowland (Uruguay)

Anexo IV: Interpretaciones de las Normas Internacionales de Contabilidad (SIC) y Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

SIC-1

Uniformidad — Diferentes fórmulas para el cálculo del coste de las existencias

NIC 2

SIC-2

Uniformidad — Capitalización de los costes por intereses

NIC 23

SIC-3

Eliminación de pérdidas y ganancias no realizadas en transacciones con asociadas

NIC 28

SIC-4

(No existe, el Proyecto fue retirado)

 

SIC-5

Clasificación de Instrumentos Financieros- Cláusulas de Pago Contingentes

NIC 32

SIC-6

Costes de modificación de los programas informáticos existentes

Marco Conceptual

SIC-7

Introducción del euro

NIC 21

SIC-8

Aplicación, por primera vez, de las NIC como base de contabilización

NIC 1

SIC-9

Combinaciones de negocios — Clasificación como adquisiciones o como unificación de intereses

NIC 22

SIC-10

Ayudas públicas — Sin relación específica con actividades de explotación

NIC 20

SIC-11

Variaciones de cambio en moneda extranjera — Capitalización de pérdidas derivadas de devaluaciones muy importantes

NIC 21

SIC-12

Consolidación — Entidades con cometido especial

NIC 27

SIC-13

Entidades controladas conjuntamente — Aportaciones no monetarias de los partícipes

NIC 31

SIC-14

Inmovilizado material — Indemnizaciones por deterioro del valor de las partidas

NIC 16

SIC-15

Arrendamientos operativos — Incentivos

NIC 17

SIC-16

Capital en Acciones – Recompra de Instrumentos de Capital Emitidos por la Empresa Acciones Propias en Cartera

NIC 32

SIC-17

Costo de las Transacciones con Instrumentos de Capital Emitidos por la Empresa

NIC 32

SIC-18

Uniformidad — Métodos alternativos

NIC 1

SIC-19

Moneda de los estados financieros — Valoración y presentación de los estados financieros según las NIC 21 y 29

NIC 21, NIC 29

SIC-20

Método de la participación — Reconocimiento de pérdidas

NIC 27

SIC-21

Impuesto sobre las ganancias — Recuperación de activos no depreciables revalorizados

NIC 12

SIC-22

Combinaciones de negocios — Ajustes posteriores de los valores razonables y del fondo de comercio informados inicialmente

NIC 22

SIC-23

Inmovilizado material — Costes de revisiones o reparaciones generales

NIC 16

SIC-24

Ganancias por acción — Instrumentos financieros y otros contratos que pueden ser cancelados en acciones

NIC 33

SIC-25

Impuesto sobre las ganancias—Cambios en la situación fiscal de la empresa o de sus accionistas

NIC 12

SIC-26

(No existe, el Proyecto fue retirado)

 

SIC-27

Evaluación del fondo económico de las transacciones que adoptan la forma legal de un arrendamiento

NIC 1, NIC 17 y NIC 18

SIC-28

Combinación de negocios — Fecha de intercambio y valor razonable de los instrumentos de capital

NIC 22

SIC-29

Información a revelar — Acuerdos de concesión de servicios

NIC 1

SIC-30

Moneda en la que se informa — Conversión de la moneda de valoración a la moneda de presentación

NIC 21 y NIC 29

SIC-31

Ingresos ordinarios — Permutas que comprenden servicios de publicidad

NIC 18

SIC-32

Activos Inmateriales— Costes de Sitios Web

NIC 38

SIC-33

Consolidación y método de la participación — Derechos de voto potenciales y distribución de participaciones en la propiedad

NIC 27, NIC 28 y NIC 39

Fuente: AUDITORÍA INTERNA DE LA NACIÓN, <http://www.ain.gub.uy>

Título

Comentarios

NIFF-1

Adopción por primera vez de las NIFF

Bajo esta norma, las empresas deben explicar la transición a las normas del IASB, afecta su posición financiera y flujos de fondos. Establece el reconocimiento de determinados activos y pasivos, el no reconocimientos de otros y la reclasificación de algunas partidas

NIFF-2

Pagos basados en acciones

Trata la contabilización de transacciones que implican pagos basados en acciones, incluyendo la concesión de opciones de compra de acciones a empleados. El objetivo es exigir a que la empresa reconozca los gastos asociados independientemente de la forma de remuneración que se utilice.

NIFF-3

Combinaciones de negocios

Sustituye la NIC 22. De acuerdo a esta norma, todas las combinaciones de negocios se contabilizan por el método de la compra y se prohíbe el método de unión de intereses.

NIFF-4

Contratos de Seguros

La norma requiere de un análisis de adecuación de los pasivos por seguros reconocidos y test de deterioro para los activos de reaseguro. A su vez, los pasivos por aseguramiento no pueden compensarse con los seguros de reaseguramientos asociados.

NIIF-5

Activos no corrientes para la venta de operaciones discontinuadas

Sustituye la NIC 25. Los activos para la venta se valúan al menor de su valor contable y su valor razonable menos los costos de venta. Una línea de negocios principal se clasifican como discontinuadas si sus activos se clasifican como disponibles para su venta.

Bibliografía

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Agradecimientos:

Agradecemos en primer término al profesor tutor Cr. Jorge Gutfraind que brindó desde el comienzo su colaboración y apoyo, siendo fundamental en la definición de los objetivos del trabajo y corrección de los principales aspectos.

En segundo término, a todos los profesionales que amablemente accedieron a participar de nuestra entrevista, representando un invalorable aporte para la confección de este trabajo: Alejandro Barboni, Ernesto Bartesaghi, Omar Cabral y Álvaro Castagneto.

Agradecemos también a nuestras familias por su incondicional apoyo.

Finalmente, a todos aquellos que de una forma u otra colaboraron en la realización de este trabajo.

 

Dyana Fariña

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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