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Proyecto de exportación en México

Enviado por memo


    I.- INTRODUCCIÓN

    II.- NOMBRE DEL PRODUCTO *

    III.- SECTOR AL QUE PERTENECE EL PRODUCTO *

    IV.- DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO SEGÚN SU CLASIFICACIÓN ARANCELARIA *

    V.- CLASIFICACIÓN ARANCELARIA *

    VI.- VARIEDADES Y USOS DEL PRODUCTO *

    VII. COMERCIO EXTERIOR GLOBAL, EXPORTACIONES E IMPORTACIONES BILATERALES *

    VIII.- ESTUDIO DEL MERCADO META *

    IX.- CARACTERÍSTICAS DEL MERCADO *

    X.- TIPO DE PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD *

    XI.- CANAL DE DISTRIBUCIÓN *

    XII.- NOMBRE Y CARACTERISTICAS DEL CLIENTE *

    XIII.- REGIMEN ADUANERO *

    XIV.- PREFERENCIAS ARANCELARIAS *

    XV.- TIPO DE CERTIFICADO DE ORIGEN *

    XVI.- VALOR COMERCIAL DE LA EXPORTACION *

    XVII.- DETERMINACION DE IMPUESTOS Y DERECHOS POR PAGAR *

    XVIII.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS *

    XIX.- MEDIO DE TRANSPORTE A UTILIZAR *

    XX.- REGULACIONES Y BARRERAS NO ARANCELARIAS APLICABLES *

    XXI.- ENVASE Y EMBALAJE A EMPLEAR Y NORMATIVIDAD EN EL PAIS COMPRADOR *

    XXII.- HONORARIOS Y GASTOS COMPLEMENTARIOS DEL AGENTE ADUANAL *

    XXIII.- BASES LEGALES EN EL PROCESO DE EXPORTACION *

    XXIV.- FACTIBILIDAD FINANCIERA DEL PROYECTO *

    XXV.- APOYO FINANCIERO POR PARTE DE LA BANCA DE DESARROLLO *

    XXVI.- FORMA DE PAGO. TIPO DE INCOTERM A UTILIZAR *

    XXVII.- CONTRATOS *

    XXVIII.- FORMATOS NECESARIOS PARA LA EXPORTACION *

    I.- INTRODUCCIÓN

    GUEVARA´S COMEDORES S.A. es una empresa mediana, dedicada a la fabricación de comedores rústicos de madera. Está integrada verticalmente, ya que cuenta con concesión federal de la SEMARNAP para la extracción de madera de pino y aserradero para la transformación inicial de la madera, planta de manufactura de muebles y diversos artículos de madera, así como tiendas ubicadas en el municipio de Tonalá, en donde exhibe sus productos para la venta al consumidor final.

    Sus accionistas y directivos cuentan con la suficiente experiencia en el ramo, ya que llevan 15 años dedicados a la actividad, y su visión del negocio, les ha llevado a estructurar una integración vertical, aprovechando todas las etapas de la cadena productiva, desde la extracción de la madera hasta la comercialización nacional y futura exportación de comedores rústicos de diferentes modelos, contando con una gran variedad de estilos y diseños propios.

    La estructura del negocio, coloca a la empresa una ventaja competitiva específica en costos y precios, respecto a otros fabricantes de comedores rústicos.

    La evolución de las ventas totales en los últimos años registra un crecimiento anual de mas del 20% a excepción de 1995, provocado principalmente por la crisis post-devaluatoria que afectó al país.

    Las ventas programadas para el cierre de 1998 asciende a mas del 100% respecto a los años anteriores ya que ha habido un incremento a las ventas de exportación principalmente.

    La flexibilidad, adaptabilidad y versatilidad de sus productos, así como la calidad de la madera ( materia prima ) han llevado a esta empresa a lograr una tasa de crecimiento media anual en sus exportaciones del 110% con una oferta exportable para 1998 de unidades.

    Los productos que manufactura GUEVARA´S COMEDORES S.A. se caracterizan por su alta calidad en sus ensambles y alto contenido en mano de obra en el mercado nacional, mostrando una gran influencia de participación de las exportaciones totales de comedores rústicos a nivel nacional y un 5.8% de las exportaciones del estado de Jalisco en este mismo rubro.

    Sus representantes de venta en México y sus tiendas en Tonalá han proporcionado a esta empresa la oportunidad de captar a sus principales clientes europeos como distribuidores, mayoristas, y tiendas especializadas en el mercado nacional y extranjero para la comercialización de sus productos. Sin embargo busca incursionar en países europeos principalmente en Alemania, donde los estudios del presente proyecto muestran un mercado de alta aceptación de este tipo de mueble, dirigido principalmente a la clase familiar media, y media alta, de edades promedios entre los 30 y 40 años.

    GUEVARA´S COMEDORES S.A. actualmente se encuentra en un nivel de oportunidad privilegiada, por contar con una empresa verticalmente constituida, naves industriales que aseguran el crecimiento de su planta de manufactura de muebles que a corto plazo abriría la oportunidad de convertirse en una de las empresas exportadoras, más importantes del estado de Jalisco.

    II.- NOMBRE DEL PRODUCTO

    Comedores rústicos.

    III.- SECTOR AL QUE PERTENECE EL PRODUCTO

    Industrial.

    IV.- DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO SEGÚN SU CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

    Los comedores a exportar se producen en varias medidas, en formas rectangulares, redondas y ovales. Por su versatilidad, pueden ser consumidos por restaurantes, hoteles y casas particulares.

    Todos los comedores, son fabricados con madera de pino de primera, ensamblados y reforzados con pegamento y clavos, y algunas aplicaciones de madera apolillada de forma natural; terminados con una aplicación de cera y/o pintura que les da diferentes acabados.

    Debido al reducido espacio de las viviendas y a los pocos integrantes que habitan en ellas, se diseñaron estos muebles con las siguientes características y medidas:

    MESA REDONDA:

    Diámetro: 1.10 mts.

    Alto : 0.75 mts.

    MESA OVALADA:

    Largo máximo: 1.20 mts.

    Ancho máximo: 80 mts.

    Alto: .75 mts.

    MESA RECTANGULAR:

    Largo: 1.20 mts.

    Ancho: .80 mts.

    Se manejan 4 sillas para cada mesa todas del mismo modelo, con las siguientes medidas:

    Alto del piso al asiento: .50 mts.

    Alto incluyendo respaldo: 1.05 mts.

    Medidas del asiento: 40 x 40 cms.

    El peso aproximado de cada comedor (incluyendo sillas) oscila entre 120 y 140 kgs.

    V.- CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

    Muebles de madera para comedor y sala:

    9403 6010 0100 (hechos a mano)

    VI.- VARIEDADES Y USOS DEL PRODUCTO

    GUEVARA´S COMEDORES S.A. cuenta con una enorme variedad de diseños de comedores rústicos de todo tipo y colores, fabricados con las más estrictas normas de calidad nacionales e internacionales, desde luego, sin perder la esencia y características propias que han hecho de GUEVARA´S COMEDORES S.A. una organización que persigue la satisfacción de las necesidades más variadas y específicas de nuestros clientes, entre algunos de nuestros principales modelos tenemos:

    • Modelo clásico
    • Modelo Sofisticado
    • Modelo elegante
    • Modelo sencillo
    • Modelo estándar
    • Modelo cautivador
    • Modelo espectacular
    • Modelo irresistible

    La belleza de nuestros comedores y su comodidad hacen que el uso de nuestros productos por parte de nuestros clientes vaya más allá de una reunión familiar para comer, sino que además, provoca un status a quién posé nuestros finos comedores.

    VII. COMERCIO EXTERIOR GLOBAL, EXPORTACIONES E IMPORTACIONES BILATERALES

    Las exportaciones e importaciones entre estos dos países son como sigue:

    1994

    1995

    1996

    1997

    Exportaciones

    $120,836.00

    $149,899.00

    $465,877.00

    $160,424.00

    Importaciones

    $145,297.00

    $195,815.00

    $258,041.00

    $129,817.00

    Saldo

    $ -24,461.00

    $ -45,916.00

    $207,836.00

    $ 30,607.00

    Ver gráfica en la siguiente hoja.

    VIII.- ESTUDIO DEL MERCADO META

    ALEMANIA:

    Su nombre oficial es República Federal de Alemania, el lenguaje oficial utilizado en este país es el alemán. Es uno de los países más desarrollados de Europa, es el tercer país más extenso en Europa Occidental; después de Francia y España, cuenta con uno de los P.I.B más altos de la U.E.

    Las vías fluviales son el medio de transporte por excelencia, siendo el río más importante el Rhin du Main.

    Su clima es marítimo y continental con invierno largo y frío. Temperaturas extremas registradas en la capital: -22° centígrados (mínima), 37° centígrados (máxima).

    Se ha mantenido con una tasa de crecimiento en su población del .1% desde 1980, y su proyección hacia el año 2000 se mantiene con esta misma cifra; su estructura poblacional hasta 1996, se encuentra como sigue: menores de 15 años 16%, de 15 a 64 años es del 68% y de mayores de 65 años es del 16 %.

    En 1996, contaba con 34.3 millones de viviendas, que albergaban a 2 habitantes promedio, con una superficie de vivienda por persona en termino medio de 28 metros cuadrados, y una superficie promedio de vivienda de 105 metros cuadrados.

    DIVISION POLITICA:

    Cuenta con 16 estados; su capital es Berlín. Limita al norte con el mar Báltico y el Mar del Norte, al este con Polonia, y con la República Checa, al sur, con Austria, Suiza y Francia, al oeste, con Luxemburgo, Bélgica y los países bajos.

    PRINCIPALES CIUDADES:

    Hamburgo (1’661,000 habitantes), Múnich (1’237,000 habitantes), Colonia (1’004,000 habitantes), Francfort (647,000 habitantes), Essen (626,000 habitantes), Dortmund (600,000 habitantes), Stuttgart (584, 000 habitantes), Düsseldorf (577,000 habitantes), Bremen (552,000 habitantes), Berlín (3’438,000 habitantes), Duisburg (537,000 habitantes), Leipzig (508,000 habitantes), Nuremberg (459,000 habitantes), Dresde (488,000 habitantes).

    ASPECTOS ECONOMICO-COMERCIAL DEL PAIS META:

    1. Sistema de pesas y medidas:
    2. Se aplica el sistema métrico decimal.

      Esto, representa una ventaja para GUEVARA´S COMEDORES S.A., ya que al ser compatibles sus sistemas de pesos y medidas, no se incurre en riesgos de confusión en estos puntos.

      Ingles y alemán. En este país se hacen negocios en el idioma ingles, lo que es una ventaja para nuestra empresa, ya que no contamos con personal que hable alemán.

    3. Idiomas de negocios:

      Marco Alemán (DM) $ 1 USD = 1.54 marcos.

    4. Moneda y tipo de cambio en dólares.

      Cuenta con sus principales bancos que son: Deutsche Bank, Bundesbank, Kreditstantald Bank. El comercio de títulos funciona de forma descentralizada a través de las bolsas de Berlín, Bremen, Francfort, Hamburgo, Hannover, Munich y Stuttgart. Francfort del Meno es la plaza bursátil más importante del país.

      Tasa de interés promedio: a corto plazo ( 180 días máximo), se aplica a la tasa Libor. A largo plazo, se aplica una tasa fija (máximo 5 años), de 6.46%.

    5. Sistema financiero:

      Bremen (Río Weser), Hamburgo (Río Elba), Rostock (Río Warnow), Wilhelmshaven (Golfo de Jade).

    6. Puertos de Acceso:
    7. Aeropuertos más importantes:

    Número total de aeropuertos, 40, los más importantes son:

    Colonia- Bonn (en Bonn), Echterdingen (Stuttgart), Francfort (en Francfort), Klotzche (en Dresde), Josef Stratuss (en Munich), Fuhisbutte (en Hamburgo), Klotzche (en Dresde) , Langenhagen (en Hannover ), Rhein-Rhur (en Düseldorf), Schönefeld (en Berlín), Tegel (en Berlín).

    CIUDAD LIBRE Y HANSEÁTICA DE HAMBURGO

    Hamburgo es el principal puerto de mar de la República Federal de Alemania y a la vez la principal plaza del comercio exterior y del tránsito de mercancías. El polígono industrial del puerto incluye astilleros, refinerías y factorías de elaboración de materias primas extranjeras.. Junto a estos ramos industriales típicos de los puertos han adquirido una importancia creciente las empresas aereoespaciales , la industria electrónica ,la mecánica de precisión, la óptica y la industria química.

    El auge de Hamburgo como ciudad comercial se inició a partir de 1189, por mor de los privilegios aduaneros y económicos Fue uno de los primeros miembros de la Hansa y en Mar del Norte y el Báltico.

    Hamburgo es el segundo emplazamiento industrial más importante de Alemania y punto central de un espacio económico de 2,8 millones de personas, pero sus extensos parques, alamedas, tierras de cultivo, huertas, bosques, turberas y landas la convierten en una ciudad verde.

    Hamburgo es asimismo el principal centro bancario y de servicios para todo el norte de Alemania. Indiscutido es el paprl de Hamburgo como metrópoli de los medios de comunicación y concretamente como sede de las editoriales de las principales revistas alemanas, de la Deusche Presse-Agebtur y de diversas cadenas y estudios de radio y televisión.

    PRODUCCION DOMESTICA:

    No se producen muebles rústicos en cantidades significativas, ni del tipo artesanal mexicano, por lo que hace de este tipo de mueble uno exótico, novedoso y atractivo, dando a la industria mexicana de este ramo una gran ventaja para su comercialización en Alemania, quien tecnológicamente es similar a los Estados Unidos, produce poca variedad de muebles, sin embargo como se caracterizan por tener alta calidad, durabilidad y funcionalidad en sus manufacturas, son en general industrias muy desarrolladas, ya que cuentan con maquinaria altamente especializada y compleja.

    CONSUMO APARENTE:

    Debido a la carencia de una fracción específica para los muebles rústicos, es difícil determinar su consumo, sin embargo la Consejería Comercial de Bancomext en Bonn, ha determinado que el mercado no es muy amplio pero si atractivo por ser un producto novedoso y original en los estilos de decoración y ambientación en las modas actuales.

    CONSUMO PER CAPITA:

    Se estima que el consumo per cápita de este producto, sea de una pieza por hogar, aunque debido a su versatilidad, puede ser adquirido para oficinas, hoteles y restaurantes.

    IX.- CARACTERÍSTICAS DEL MERCADO

    El mercado alemán ofrece a la industria mexicana del mueble una alternativa real de venta. Actualmente Alemania es el segundo importador de muebles en el mundo. A raíz de la unificación alemana, las importaciones de muebles se incrementaron debido a dos factores: el considerable aumento en la demanda que no logró cubrirse con la producción nacional, y la disminución en la producción debido al creciente costo de producción en Alemania.

    México tiene la capacidad de ofrecer en el mercado alemán muebles rústicos de diseño novedoso, que ya han comenzado a despertar el interés de los importadores alemanes.

    Los productos mexicanos deberán, sin embargo, adecuarse al exigente mercado alemán que demanda estándares de calidad muy altos. El proceso de adecuación de los muebles deberá concentrarse en aspectos como el biodeterioro, acabados, utilización de lacas, pinturas y herrajes.

    Se recomienda también visitar la feria INTERZUM en colonia, que presenta maquinaria para la fabricación de muebles, maquinaria para tapizar, herrajes y herramientas.

    La puntualidad en la entrega es un factor trascendental para lograr entrar en el mercado alemán. Una vez que el importador coloca un pedido y que recibe de su proveedor la confirmación de la fecha de entrega, realiza sus actividades promocionales, tales como la inserción del producto en un catálogo o folleto, en función de esa entrega esperada. Cuando un comprador no cumple con la entrega, ellos tampoco podrán vender lo que anunciaron en las publicaciones. Independientemente de que, según la ley alemana, puede demandar a su proveedor por daños y perjuicios y exigir el pago de la publicidad hecha al producto, la empresa no vuelve a tratar con ese proveedor, porque dañó la imagen de su empresa. En casos como éste se perjudica también la imagen del país de la empresa que quedó mal, cerrándole las puertas a otras empresas del mismo país.

    X.- TIPO DE PROMOCIÓN Y PUBLICIDAD

    Es recomendable, la impresión de folletos, catálogos, listas de precios, tarjetas personales, así como también modernizar sus logotipos empresariales para la buena presentación de sus productos ante compradores nacionales y extranjeros; ya que esto es parte de la imagen y seguridad que la empresa proyecta ante ellos.

    Se sugiere el desarrollo de una marca propia para los productos de exportación, que marque el prestigio y calidad de los productos, mediante el uso de placas metálicas con el nombre de la empresa o con un sello metálico que queme la madera ( puestos a un costado, dentro del mueble o la parte posterior) .

    Dada la gran preocupación de los países europeos por los aspectos ecológicos, la impresión de un pequeño de un instructivo de uso y mantenimiento ( con el logo de la empresa ), atado con una cuerda de ixtle ( henequen ) al mueble en papel reciclado se recomienda como medio de publicidad, servicio al cliente.

    Ya que una de las ventajas competitivas de los muebles de GUEVARA´S COMEDORES S.A., radica en la calidad de sus ensambles, el incluir un pequeño diagrama de este sistema, daría al producto una ventaja competitiva, aseguramiento de su calidad, confianza al cliente final y publicidad a la empresa fabricante.

    En Alemania, la práctica de exportación más frecuentemente utilizada en el mercado del mueble es a través del envío de catálogo con precios. Generalmente los importadores de muebles prefieren trabajar con proveedores que hayan firmado contratos con alguna asociación mueblera lo que les garantiza que es una empresa seria y tiene mayor aceptación.

    XI.- CANAL DE DISTRIBUCIÓN

    Los canales de distribución son los conductos que cada empresa escoge para la distribución más completa, eficiente y económica de productos y servicios, de manera que el consumidor pueda adquirirlos con el menor esfuerzo posible, en el lugar, cantidad y tiempo que lo solicite, y al costo más bajo.

    Como el canal de distribución y venta se eligieron a los distribuidores detallistas en artículos de decoración y muebles. Estos compran el producto y lo venden por su cuenta a la clientela del territorio en que operan. De esto se obtiene como ventaja, que el financiamiento de campañas publicitarias y promociones son parte del distribuidor, y que se cuenta con el servicio de su red comercial y técnica.

    XII.- NOMBRE Y CARACTERISTICAS DEL CLIENTE

    La siguiente lista describe algunos nombres de importadores alemanes de muebles rústicos:

    PETER BOUE GUENTER &GERHARD WELM

    Feldbrunnenstr. 72 GmbH &Co. KG

    20148 Hamburgo, Alemania Waltherstr. 27

    Tel.: (49-40) 4103056/57 80337 Muenchen, Alemania

    Fax: (49-40) 4107355 Tel: (49-89) 51730

    Fax: (49-89) 517345

    H.H. HANSEN INDUSTRIE BETEILIGUNG ACHIM HAASE

    GambH Radenwich 55

    Mattenwiete 1 22457 Hamburgo, Alemania

    20457 Hamburgo, Alemania Tel: (49-40) 5511224

    Tel: (49-40) 367824 Fax: (49-40) 5505335

    Fax: (49-40) 366593

    JOH. ACHELIS 6 SOEHNE HAEFELE Kg

    Stavendam 22 Freudenstaedterstr. 70

    28195 Bremen, Alemania 72202 Nagold, Alemania

    Tel: (49-421) 33670 Tel: (49-7542) 951

    Fax: (49-421) 327871 Fax: (49-7542) 67312

    AKZENTA HANDELSGESELLSCHAFT mbH EHLBACK & CORDES

    Parkallee 2 Blankeneser Chaussee 76

    20144 Hamburgo, Alemania 22587 Hamburgo-Schenefeld, Alemania

    Tel: (49-40) 448442 Tel: (49-40) 8307044

    Fax: (49-40) 448220 Fax: (49-40) 8305808

    DIE RAUMGESTALTUNG WERNER REIM INTERPROJECT INTERNATIONALE

    Kaiserstr. 31-37 PROJECTAUSSTATTUNG GmbH

    94403 Nurenberg, Alemania Heinrich-Hertz-Str. 125

    Tel: (49-911) 9548769 22083 Hamburgo, Alemania

    Fax: (49-911) 9548769 Tel: (49-40) 2201146

    Fax: (49-40) 2201140

    RIWA C & C TRADING Gmbh DOMUS UTE KAEPEL

    Jungfernstieg 7 Moegeldorfer hauptstr. 18

    20354 Hamburgo, Alemania 90482 Neurenberg, Alemania

    Tel: (49-40) 350812 Tel: (49-911) 546767

    Fax: (49-40) 353050 Fax: (49-911) 542246

    ESCOHOTHOTEL-RESTAURANTS KRAUS 6 WEINBER GmbH

    PLANUNGS U. MANAGEMENT GmbH Schwabenstr. 20

    90443 Nurenberg, Alemania 96215 Lichtenfels, Alemania

    Tel: (49-911)289588

    H.SHNEIDER MUSTERRING INTERNATIONAL J.

    Strandbaddamm 2-4 HOENER GmbH &Co. KG

    2280 Wedel, Alemania Hauptstr. 134

    Tel: (49-4103)8090 33378 Rheda-Widenbruek, Alemania

    Fax: (49-4103)809390 Tel: (49-5242) 59201

    Fax: (49-5242) 592149

    A.C. PRESLAND BILKO BILL & KOSTLER OHG

    Arndtstr. 16 Raimundstr. 70

    3247 Bad Oeynhausen, Alemania 60431 Frankfurt, Alemania

    Tel: (49-5731)96046 Tel: (49-69) 523342

    Fax: (49-5731)980293 Fax: (49-69) 513003

    IMK-INTERNATIONALE MOEBEL- ROBERT OSCAR MEIER &CO.

    HANDELSKONTOR GmbH & Co.KG Trausteiner Str. 1

    Heinbergstr. 2 28219 Bremen, Alemania

    32816 Shieder-Schwalenberg, Alemania Tel: (49-421) 3995

    Tel: (49- 5282)130 Fax: (49-421) 3962632

    Fax: (49-5282)13575

    MI-UND EXPORTGESELLSCHAF WALTER E. TRAEXLER

    EDELMANN MbH Auf der Heide 12

    Sidem 9 61476 Kronber, Alemania

    20099 Hamburgo, Alemania Tel: (49-6173) 61015

    Tel: (49-40)245297/98 Fax: (49-6173) 68754

    Fax: (49-4103)245299

    CASA RUSTICA WERNER KUEHN

    IMPORT UND VERTIRIEBS Heinrich Str. 9-11

    GMBH 22769 Hamburgo, Alemania

    Chromstr. 20 Tel: (49-40)434071

    30916 Iernhagen, Alemania Fax: (49-40)433017

    Tel: (49-511)773028

    MOBILAR EXPORT-IMPORT GmbH REGENT MOEBEL

    Hallarstr.75 GROSSEINKAUF

    20146 Hamburgo, Alemania Benzstr. 4

    Tel: (49-40)441697 d-45891 Gelsenkirchen, Alemania

    Fax: (49-40)4106936 Tel: (49-202)97050

    Sus características van dirigidas hacia la calidad y detalle en los terminados, es altamente aceptado en muebles rústicos y tipo hacienda.

    Los muebles de maderas claras y sólidas son los preferentemente buscados enfocados a consumidores de ingreso medio alto, los cuales generalmente son matrimonios que según estadísticas muestran un crecimiento constante del 2.7% anual , sin embargo el tamaño es parte importante, por tener espacios reducidos en sus viviendas, los muebles deben conjuntar las características de ser prácticos y estéticos.

    XIII.- REGIMEN ADUANERO

    LEY ADUANERA

    TITULO CUARTO REGIMENES ADUANEROS

    CAPITULO I DISPOSICIONES COMUNES

    ARTICULO 90

    LAS MERCANCIAS QUE SE INTRODUZCAN AL TERRITORIO NACIONAL O SE EXTRAIGAN DEL MISMO, PODRAN SER DESTINADAS A ALGUNO DE LOS REGIMENES ADUANEROS SIGUIENTES:

    A. DEFINITIVOS.

    I. DE IMPORTACION.

    II. DE EXPORTACION.

    B. TEMPORALES.

    I. DE IMPORTACION.

    A) PARA RETORNAR AL EXTRANJERO EN EL MISMO ESTADO.

    B) PARA ELABORACION, TRANSFORMACION O REPARACION EN PROGRAMAS DE MAQUILA O DE EXPORTACION.

    II. DE EXPORTACION.

    A) PARA RETORNAR AL PAIS EN EL MISMO ESTADO.

    B) PARA ELABORACION, TRANSFORMACION O REPARACION.

    C. DEPOSITO FISCAL.

    D. TRANSITO DE MERCANCIAS.

    I. INTERNO.

    II. INTERNACIONAL.

    E. ELABORACION, TRANSFORMACION O REPARACION EN RECINTO FISCALIZADO. LEY ADUANERA

    ARTICULO 91

    LOS AGENTES Y APODERADOS ADUANALES SEÑALARAN EN EL PEDIMENTO EL REGIMEN ADUANERO QUE SOLICITAN PARA LAS MERCANCIAS Y MANIFESTARAN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y FORMALIDADES INHERENTES AL MISMO, INCLUYENDO EL PAGO DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS.

    ARTICULO 92

    PROCEDERA EL RETORNO AL EXTRANJERO DE MERCANCIAS EN DEPOSITO ANTE LA ADUANA HASTA ANTES DE ACTIVAR EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA, SIEMPRE QUE NO SE ESTE EN ALGUNO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:

    I. SE TRATE DE MERCANCIAS DE IMPORTACION PROHIBIDA.

    II. DE ARMAS O DE SUBSTANCIAS NOCIVAS PARA LA SALUD.

    III. EXISTAN CREDITOS FISCALES INSOLUTOS.

    ARTICULO 93

    L DESISTIMIENTO DE UN REGIMEN ADUANERO PROCEDERA HASTA ANTES DE QUE SE ACTIVE EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA, PARA EL EFECTO DE QUE RETORNEN LAS MERCANCIAS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA O SE RETIREN DE LA ADUANA LAS DE ORIGEN NACIONAL. TAMBIEN PROCEDERA EL DESISTIMIENTO EN EL CASO PREVISTO EN LA FRACCION III DEL ARTICULO 120 DE ESTA LEY.

    TRATANDOSE DE EXPORTACIONES QUE SE REALICEN EN ADUANAS DE TRAFICO AEREO O MARITIMO, EL DESISTIMIENTO A QUE SE REFIERE ESTE ARTICULO, PROCEDERA INCLUSIVE DESPUES DE QUE SE HAYA ACTIVADO EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA. EN ESTE CASO SE PODRA PERMITIR EL TRANSITO DE LAS MERCANCIAS A UNA ADUANA DISTINTA O A UN ALMACEN PARA SU DEPOSITO FISCAL.

    EL CAMBIO DE REGIMEN ADUANERO SOLO PROCEDERA EN LOS CASOS EN QUE ESTA LEY LO PERMITA, SIEMPRE QUE SE CUMPLAN LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE CUOTAS COMPENSATORIAS, DEMAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS Y PRECIOS ESTIMADOS EXIGIBLES PARA EL NUEVO REGIMEN SOLICITADO EN LA FECHA DE CAMBIO DE REGIMEN.

    ARTICULO 94

    POR ACCIDENTE SE DESTRUYEN MERCANCIAS SOMETIDAS A ALGUNO DE LOS REGIMENES TEMPORALES DE IMPORTACION O DE EXPORTACION, DEPOSITO FISCAL O TRANSITO, NO SE EXIGIRA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR, NI DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS, PERO LOS RESTOS SEGUIRAN DESTINADOS AL REGIMEN INICIAL, SALVO QUE LAS AUTORIDADES ADUANERAS AUTORICEN SU DESTRUCCION O CAMBIO DE REGIMEN. ASIMISMO, LAS PERSONAS QUE HUBIERAN IMPORTADO TEMPORALMENTE MERCANCIAS QUE NO PUEDAN RETORNAR AL EXTRANJERO POR HABER SUFRIDO ALGUN DAÑO, PODRAN CONSIDERAR COMO RETORNADAS DICHAS MERCANCIAS, SIEMPRE QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS DE CONTROL QUE ESTABLEZCA LA SECRETARIA MEDIANTE REGLAS.

    LEY ADUANERA

    TITULO CUARTO REGIMENES ADUANEROS

    CAPITULO II DEFINITIVOS DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION

    SECCION SEGUNDA DE EXPORTACION

    ARTICULO 102

    EL REGIMEN DE EXPORTACION DEFINITIVA CONSISTE EN LA SALIDA DE MERCANCIAS DEL TERRITORIO NACIONAL PARA PERMANECER EN EL EXTRANJERO POR TIEMPO ILIMITADO. LEY ADUANERA

    ARTICULO 103

    EFECTUADA LA EXPORTACION DEFINITIVA DE LAS MERCANCIAS NACIONALES O NACIONALIZADAS, SE PODRA RETORNAR AL PAIS SIN EL PAGO DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, SIEMPRE QUE NO HAYAN SIDO OBJETO DE MODIFICACIONES EN EL EXTRANJERO NI TRANSCURRIDO MAS DE UN AÑO DESDE SU SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL. LAS AUTORIDADES ADUANERAS PODRAN AUTORIZAR LA PRORROGA DE DICHO PLAZO CUANDO EXISTAN CAUSAS DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS Y PREVIA SOLICITUD DEL INTERESADO CON ANTERIORIDAD AL VENCIMIENTO DEL MISMO.

    CUANDO EL RETORNO SE DEBA A QUE LAS MERCANCIAS FUERON RECHAZADAS POR ALGUNA AUTORIDAD DEL PAIS DE DESTINO O POR EL COMPRADOR EXTRANJERO EN CONSIDERACION A QUE RESULTARON DEFECTUOSAS O DE ESPECIFICACIONES DISTINTAS A LAS CONVENIDAS, SE DEVOLVERA AL INTERESADO EL IMPUESTO GENERAL DE EXPORTACION QUE HUBIERA PAGADO.

    EN AMBOS CASOS, ANTES DE AUTORIZARSE LA ENTREGA DE LAS MERCANCIAS QUE RETORNAN SE ACREDITARA EL REINTEGRO DE LOS BENEFICIOS FISCALES QUE SE HUBIERAN RECIBIDO CON MOTIVO DE LA EXPORTACION.

    XIV.- PREFERENCIAS ARANCELARIAS

    Los exportadores de muebles también deben conocer las alternativas de exportar a otros mercados demandantes de productos mexicanos, como los europeos.

    En los países de la Unión Europea, también existen esquemas preferenciales a la importación de muebles procedentes de nuestro país, al ser considerado nación en desarrollo.

    En efecto, las exportaciones de los países en vías de desarrollo pueden ingresar a la U.E. recibiendo el trato especial establecido en su Sistema Generalizado de Preferencias ( S.G.P.) .

    Para optar por este derecho, la preferencia arancelaria estará subordinada a la presentación ante las autoridades aduaneras de la U.E. de un certificado de origen el cual debería estar sellado por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial de México ( SECOFI ).

    Como en otros países que cuentan con esquemas preferenciales similares, en la U.E. también existen límites máximos para las importaciones que se realicen al amparo del programa preferencial . Si las importaciones preferenciales superan estos limites, los países que conforman este mercado puede solicitar que se establezcan los aranceles normales a la importación de estos productos.

    Lo anterior quiere decir, que las importaciones de muebles provenientes de México pueden ingresar al mercado europeo con la preferencia arancelaria, si cuando menos un 35% del valor agregado se genera en el país beneficiario. Para ello, es requisito que los exportadores demuestren el contenido nacional mínimo requerido a través de la presentación del certificado de origen correspondiente mencionado.

    XV.- TIPO DE CERTIFICADO DE ORIGEN

    Es un requisito principal para que los productos mexicanos puedan gozar de las tarifas preferenciales del Sistema Generalizado de Preferencias, ( SECOFI otorga dichos certificados).

    XVI.- VALOR COMERCIAL DE LA EXPORTACION

    LEY ADUANERA

    TITULO TERCERO CONTRIBUCIONES, CUOTAS COMPENSATORIAS Y DEMAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR

    CAPITULO III BASE GRAVABLE

    SECCION SEGUNDA DEL IMPUESTO GENERAL DE EXPORTACION

    ARTICULO 79

    A BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO GENERAL DE EXPORTACION ES EL VALOR COMERCIAL DE LAS MERCANCIAS EN EL LUGAR DE VENTA, Y DEBERA CONSIGNARSE EN LA FACTURA O EN CUALQUIER OTRO DOCUMENTO COMERCIAL, SIN INCLUSION DE FLETES Y SEGUROS.

    CUANDO LAS AUTORIDADES ADUANERAS CUENTEN CON ELEMENTOS PARA SUPONER QUE LOS VALORES CONSIGNADOS EN DICHAS FACTURAS O DOCUMENTOS NO CONSTITUYEN LOS VALORES COMERCIALES DE LAS MERCANCIAS, HARAN LA COMPROBACION CONDUCENTE PARA LA IMPOSICION DE LAS SANCIONES QUE PROCEDAN.

    XVII.- DETERMINACION DE IMPUESTOS Y DERECHOS POR PAGAR

    LEY ADUANERA

    TITULO TERCERO CONTRIBUCIONES, CUOTAS COMPENSATORIAS Y DEMAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR

    CAPITULO IV DETERMINACION Y PAGO

    ARTICULO 80

    LOS IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR SE DETERMINARAN APLICANDO A LA BASE GRAVABLE DETERMINADA EN LOS TERMINOS DE LAS SECCIONES PRIMERA Y SEGUNDA DEL CAPITULO III DEL PRESENTE TITULO, RESPECTIVAMENTE, LA CUOTA QUE CORRESPONDA CONFORME A LA CLASIFICACION ARANCELARIA DE LAS MERCANCIAS.

    ARTICULO 81

    LOS AGENTES O APODERADOS ADUANALES DETERMINARAN EN CANTIDAD LIQUIDA POR CUENTA DE LOS IMPORTADORES Y EXPORTADORES LAS CONTRIBUCIONES Y, EN SU CASO, LAS CUOTAS COMPENSATORIAS, PARA LO CUAL MANIFESTARAN EN LA FORMA OFICIAL APROBADA POR LA SECRETARIA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD:

    I. LA DESCRIPCION DE LAS MERCANCIAS Y SU ORIGEN.

    II. EL VALOR EN ADUANA DE LAS MERCANCIAS, ASI COMO EL METODO DE VALORACION UTILIZADO Y, EN SU CASO, LA EXISTENCIA DE VINCULACIONES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 68 DE ESTA LEY EN EL CASO DE IMPORTACION, O EL VALOR COMERCIAL TRATANDOSE DE EXPORTACION.

    III. LA CLASIFICACION ARANCELARIA QUE LES CORRESPONDA.

    IV. EL MONTO DE LAS CONTRIBUCIONES CAUSADAS CON MOTIVO DE LA IMPORTACION O EXPORTACION Y, EN SU CASO, LAS CUOTAS COMPENSATORIAS.

    ARTICULO 82

    ORRESPONDE AL SERVICIO POSTAL MEXICANO, POR CONDUCTO DE AGENTE O APODERADO ADUANAL, DETERMINAR LAS CONTRIBUCIONES RELATIVAS A LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES Y, EN SU CASO, LAS CUOTAS COMPENSATORIAS, CUANDO SE REALICEN POR VIA POSTAL.

    PARA EFECTOS DE ESTE ARTICULO, EL VALOR DE LA MERCANCIA SE TOMARA CON BASE EN LA FACTURA O DECLARACION DE VALOR QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD EXPRESE EL IMPORTADOR O EL REMITENTE Y, EN SU CASO, LA VERIFICACION Y VALUACION QUE HAGA DICHO AGENTE O APODERADO ADUANAL.

    EL INTERESADO PODRA SOLICITAR QUE LA DETERMINACION DE LAS CONTRIBUCIONES Y DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS, LA EFECTUE EL MISMO, POR CONDUCTO DE AGENTE O APODERADO ADUANAL.

    ARTICULO 83

    LAS CONTRIBUCIONES SE PAGARAN POR LOS IMPORTADORES Y EXPORTADORES AL PRESENTAR EL PEDIMENTO PARA SU TRAMITE EN LAS OFICINAS AUTORIZADAS, ANTES DE QUE SE ACTIVE EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA. DICHOS PAGOS SE DEBERAN EFECTUAR EN CUALQUIERA DE LOS MEDIOS QUE MEDIANTE REGLAS ESTABLEZCA LA SECRETARIA. EL PAGO EN NINGUN CASO EXIME DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA DE REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS.

    CUANDO LAS MERCANCIAS SE DEPOSITEN ANTE LA ADUANA, EN RECINTOS FISCALES O FISCALIZADOS, EL PAGO SE DEBERA EFECTUAR AL PRESENTAR EL PEDIMENTO, A MAS TARDAR DENTRO DEL MES SIGUIENTE A SU DEPOSITO O DENTRO DE LOS DOS MESES SIGUIENTES CUANDO SE TRATE DE ADUANAS DE TRAFICO MARITIMO, DE LO CONTRARIO SE CAUSARAN RECARGOS EN LOS TERMINOS DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A AQUEL EN EL QUE VENZA EL PLAZO SEÑALADO EN ESTE PARRAFO, LOS IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR SE ACTUALIZARAN EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 17-A DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, A PARTIR DE LA FECHA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 56 DE ESTA LEY Y HASTA QUE LOS MISMOS SE PAGUEN.

    TRATANDOSE DE IMPORTACIONES O EXPORTACIONES, EL PAGO PODRA EFECTUARSE EN UNA FECHA ANTERIOR A LA SEÑALADA POR EL ARTICULO 56 DE ESTA LEY, EN EL ENTENDIDO QUE SI SE DESTINAN AL REGIMEN DE DEPOSITO FISCAL EL MONTO DE LAS CONTRIBUCIONES Y CUOTAS COMPENSATORIAS A PAGAR PODRA DETERMINARSE EN LOS TERMINOS ANTERIORES. EN ESTE CASO, LAS CUOTAS, BASES GRAVABLES, TIPOS DE CAMBIO DE MONEDA, CUOTAS COMPENSATORIAS, DEMAS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS, PRECIOS ESTIMADOS Y PROHIBICIONES APLICABLES SERAN LAS QUE RIJAN EN LA FECHA DE PAGO O DE LA DETERMINACION, SOLO CUANDO LAS MERCANCIAS SE PRESENTEN ANTE LA ADUANA Y SE ACTIVE EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA DENTRO DE LOS TRES DIAS SIGUIENTES A AQUEL EN QUE EL PAGO SE REALICE. SI LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES SE EFECTUAN POR FERROCARRIL, EL PLAZO SERA DE VEINTE DIAS.

    ARTICULO 84

    QUIENES IMPORTEN O EXPORTEN MERCANCIAS POR MEDIO DE TUBERIAS O CABLES, DEBERAN PRESENTAR EL PEDIMENTO A MAS TARDAR EL DIA SEIS DEL MES DE CALENDARIO SIGUIENTE A AQUEL DE QUE SE TRATE.

    ARTICULO 85

    LOS IMPORTADORES PODRAN OPTAR POR PAGAR LAS CUOTAS COMPENSATORIAS Y LAS CONTRIBUCIONES, CON EXCEPCION DE LOS DERECHOS QUE CORRESPONDAN, MEDIANTE DEPOSITOS QUE EFECTUEN EN LAS CUENTAS ADUANERAS DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO O CASAS DE BOLSA AUTORIZADAS POR LA SECRETARIA MEDIANTE REGLAS, SIEMPRE QUE CUMPLAN CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

    I. QUE SE TRATE DE MERCANCIAS DESTINADAS A UN PROCESO DE TRANSFORMACION O ELABORACION PARA SER EXPORTADAS DENTRO DE LOS DIECIOCHO MESES SIGUIENTES A LA IMPORTACION. EN EL CASO DE PRODUCTOS TERMINADOS, ASI COMO DE MAQUINARIA Y EQUIPO, UNICAMENTE SE PODRAN IMPORTAR CON EL PROPOSITO DE SER REPARADOS, ADAPTADOS O TRANSFORMADOS EN EL PLAZO CITADO.

    II. QUE LLEVEN UN SISTEMA DE COSTEO QUE LES PERMITA IDENTIFICAR LA PARTE EXTRANJERA INCORPORADA EN LAS MERCANCIAS QUE SE EXPORTEN.

    III. CONSERVAR DURANTE EL PLAZO QUE ESTABLECE EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION PARA EFECTOS DE LA CONTABILIDAD, LA INFORMACION Y DOCUMENTACION SOBRE LAS MERCANCIAS QUE EXPORTEN, LA PROPORCION QUE REPRESENTEN DE LAS IMPORTADAS PREVIAMENTE EN LOS TERMINOS DE ESTE PRECEPTO, LAS MERMAS Y DESPERDICIOS QUE NO PUEDAN SER EXPORTADOS, ASI COMO AQUELLAS QUE SON DESTINADAS AL MERCADO NACIONAL.

    LOS CONTRIBUYENTES QUE EJERZAN ESTA OPCION DE PAGO, TENDRAN DERECHO A RECUPERAR LOS DEPOSITOS EFECTUADOS EN LAS CUENTAS ADUANERAS Y LOS RENDIMIENTOS QUE GENEREN EN LA PROPORCION DE LAS MERCANCIAS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA EFECTIVAMENTE EXPORTADAS.

    NO SE CONSIDERAN DESTINADAS AL MERCADO NACIONAL LAS MERMAS Y DESPERDICIOS QUE CORRESPONDAN A LAS MERCANCIAS IMPORTADAS DE CONFORMIDAD CON ESTE ARTICULO, SIEMPRE QUE LOS DESPERDICIOS SE DESTRUYAN EN LOS TERMINOS QUE ESTABLEZCA EL REGLAMENTO.

    EL IMPORTADOR PODRA DAR AVISO A LA INSTITUCION DE CREDITO O CASA DE BOLSA AUTORIZADA, PARA QUE TRANSFIERA A LA CUENTA DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION, EL IMPORTE DE LAS CONTRIBUCIONES Y, EN SU CASO, CUOTAS COMPENSATORIAS, CORRESPONDIENTES A LAS MERCANCIAS QUE NO VAYAN A SER EXPORTADAS, MAS SUS RENDIMIENTOS.

    LOS IMPORTADORES A QUE SE REFIERE ESTE ARTICULO PODRAN CONSIDERAR COMO EXPORTADAS DEFINITIVAMENTE LAS MERCANCIAS QUE ENAJENEN A PERSONAS QUE PAGUEN LAS CONTRIBUCIONES CORRESPONDIENTES EN CUENTAS ADUANERAS COMO SI IMPORTARAN LA MERCANCIA AL MOMENTO DE LA ADQUISICION CONFORME A LO QUE ESTABLEZCA EL REGLAMENTO. LOS IMPORTADORES QUE HUBIERAN OPTADO POR PAGAR LAS CONTRIBUCIONES EN LOS TERMINOS DE ESTE ARTICULO PODRAN ACOGERSE AL REGIMEN DE EXPORTACION DEFINITIVA A QUE SE REFIERE ESTA LEY.

    ARTICULO 86

    OS IMPORTADORES PODRAN OPTAR POR PAGAR EL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y, EN SU CASO, LAS CUOTAS COMPENSATORIAS, EFECTUANDO EL DEPOSITO CORRESPONDIENTE EN LAS CUENTAS ADUANERAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 85 DE ESTA LEY, SIEMPRE QUE SE TRATE DE BIENES QUE VAYAN A SER EXPORTADOS EN EL MISMO ESTADO, DENTRO DE LOS TRES AÑOS SIGUIENTES A LA IMPORTACION.

    LOS CONTRIBUYENTES QUE EJERZAN ESTA OPCION, AL EXPORTAR LAS MERCANCIAS POR LAS QUE SE HUBIERAN PAGADO LOS IMPUESTOS A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR Y, EN SU CASO, LAS CUOTAS COMPENSATORIAS EN LOS TERMINOS DE ESTE ARTICULO, TENDRAN DERECHO A RECUPERAR LOS DEPOSITOS EFECTUADOS EN LAS CUENTAS ADUANERAS Y LOS RENDIMIENTOS QUE SE GENEREN, A EXCEPCION DE LA PROPORCION QUE EN ELLOS REPRESENTE EL NUMERO DE DIAS EN QUE EL BIEN DE QUE SE TRATE PERMANECIO EN TERRITORIO NACIONAL RESPECTO DEL NUMERO DE DIAS EN LOS QUE SE DEDUCE DICHO BIEN, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 44 Y 45 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. CUANDO SE TRATE DE BIENES QUE NO TENGAN PORCIENTOS MAXIMOS AUTORIZADOS EN LOS ARTICULOS MENCIONADOS, SE CONSIDERARA QUE EL NUMERO DE DIAS EN LOS QUE EL MISMO SE DEDUCE ES DE 3,650.

    EN EL SUPUESTO DE QUE EL CONTRIBUYENTE NO VAYA A EXPORTAR LA MERCANCIA IMPORTADA AL AMPARO DE ESTE ARTICULO, SE ESTARA A LO DISPUESTO EN EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 85 DE ESTA LEY.

    ARTICULO 87

    AS INSTITUCIONES DE CREDITO O CASAS DE BOLSA AUTORIZADAS PARA OPERAR CUENTAS ADUANERAS TENDRAN LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:

    I. PRESENTAR DECLARACION SEMESTRAL EN LA QUE MANIFIESTEN EL NOMBRE Y REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DE LOS USUARIOS DE LAS CUENTAS ADUANERAS, ASI COMO LAS CANTIDADES TRANSFERIDAS A LA CUENTA DEL IMPORTADOR Y DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION. LA DECLARACION A QUE SE REFIERE ESTA FRACCION DEBERA PRESENTARSE DURANTE LOS MESES DE JULIO DEL AÑO DE CALENDARIO DE QUE SE TRATE Y DE ENERO DEL SIGUIENTE AÑO, POR EL SEMESTRE INMEDIATO ANTERIOR, EN LOS MEDIOS QUE SEÑALE LA SECRETARIA MEDIANTE REGLAS.

    II. TRANSFERIR EL IMPORTE DE LOS TITULOS DEPOSITADOS, MAS SUS RENDIMIENTOS A LA CUENTA DE LA TESORERIA DE LA FEDERACION, AL DIA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE EL IMPORTADOR HUBIERA DADO EL AVISO DE QUE NO VA A RETORNAR LAS MERCANCIAS AL EXTRANJERO O A AQUEL EN QUE SE VENZAN LOS PLAZOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTICULOS 85 Y 86 DE ESTA LEY.

    EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION PREVISTA EN LA FRACCION II DE ESTE ARTICULO, LA INSTITUCION DE CREDITO O CASA DE BOLSA AUTORIZADA DEBERA CUBRIR LOS RECARGOS CORRESPONDIENTES EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 21 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, COMPUTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE DEBIO HACERSE LA TRANSFERENCIA CORRESPONDIENTE.

    ARTICULO 88

    OS PASAJEROS PODRAN OPTAR POR DETERMINAR Y PAGAR LAS CONTRIBUCIONES POR LA IMPORTACION O EXPORTACION DE MERCANCIAS DISTINTAS DE SU EQUIPAJE, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO, CASO EN EL QUE APLICARAN EL FACTOR QUE PUBLIQUE LA SECRETARIA, SOBRE EL VALOR EN ADUANA DE LAS MERCANCIAS O SOBRE EL VALOR COMERCIAL, SEGUN CORRESPONDA, UTILIZANDO LA FORMA OFICIAL APROBADA POR DICHA DEPENDENCIA. ESTE FACTOR SE CALCULARA CONSIDERANDO LA TASA PREVISTA EN EL ARTICULO 1O. DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO; LA CORRESPONDIENTE A LOS DERECHOS DE TRAMITE ADUANERO Y LA MAYOR DE LAS CUOTAS DE LAS TARIFAS DE LAS LEYES DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION O DE EXPORTACION, SEGUN SE TRATE, SOBRE LAS BASES GRAVABLES DE LAS CONTRIBUCIONES MENCIONADAS.

    NO SE PODRA EJERCER LA OPCION A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR, TRATANDOSE DE MERCANCIAS QUE ESTEN SUJETAS A REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS, CON EXCEPCION DE LAS QUE SEÑALE LA SECRETARIA MEDIANTE REGLAS O QUE POR SU IMPORTACION O EXPORTACION SE CAUSEN ADEMAS DE LAS CONTRIBUCIONES ANTES CITADAS, OTRAS DISTINTAS. EL PASAJERO PAGARA LAS CONTRIBUCIONES CORRESPONDIENTES ANTES DE ACCIONAR EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA.

    LAS PERSONAS QUE REALICEN EXPORTACIONES O IMPORTACIONES DE MERCANCIAS CUYO VALOR NO REBASE AL QUE SE REFIERE LA FRACCION IX DEL ARTICULO 160 DE ESTA LEY, PODRAN OPTAR POR DETERMINAR Y PAGAR LAS CONTRIBUCIONES EN LOS TERMINOS A QUE SE REFIERE EL PRIMER PARRAFO DE ESTE ARTICULO, CUANDO DICHAS MERCANCIAS NO ESTEN SUJETAS A REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS O CUANDO POR SU IMPORTACION O EXPORTACION NO SE CAUSEN ADEMAS DE LAS CONTRIBUCIONES ANTES CITADAS, OTRAS DISTINTAS, SIEMPRE QUE PRESENTEN EL PEDIMENTO CORRESPONDIENTE POR CONDUCTO DE AGENTE O APODERADO ADUANAL. EN EL CASO A QUE SE REFIERE ESTE PARRAFO NO SERA NECESARIO CLASIFICAR ARANCELARIAMENTE LAS MERCANCIAS.

    LAS IMPORTACIONES O EXPORTACIONES DE LOS PASAJEROS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 50 DE ESTA LEY, NO SERAN DEDUCIBLES PARA LOS EFECTOS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CUANDO GOCEN DE LA FRANQUICIA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 61, FRACCION VI DE ESTA LEY O CUANDO SE OPTE POR EL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO A QUE SE REFIERE EL PRIMER PARRAFO DE ESTE ARTICULO. TAMPOCO SERAN DEDUCIBLES LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES QUE REALICEN LAS EMPRESAS DE MENSAJERIA A TRAVES DE AGENTE O APODERADO ADUANAL EN AQUELLOS PEDIMENTOS QUE UTILICEN EL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO QUE ESTABLEZCA LA SECRETARIA.

    ARTICULO 89

    LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PEDIMENTO SON DEFINITIVOS Y SOLO PODRAN MODIFICARSE MEDIANTE LA RECTIFICACION A DICHO PEDIMENTO.

    LOS CONTRIBUYENTES PODRAN RECTIFICAR LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PEDIMENTO EL NUMERO DE VECES QUE SEA NECESARIO, SIEMPRE QUE LO REALICEN ANTES DE ACTIVAR EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA. UNA VEZ ACTIVADO EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA, SE PODRA EFECTUAR LA RECTIFICACION DE LOS DATOS DECLARADOS EN EL PEDIMENTO HASTA EN DOS OCASIONES, CUANDO DE DICHA RECTIFICACION SE ORIGINE UN SALDO A FAVOR O BIEN NO EXISTA SALDO ALGUNO, O EL NUMERO DE VECES QUE SEA NECESARIO CUANDO EXISTAN CONTRIBUCIONES A PAGAR, SIEMPRE QUE EN CUALQUIERA DE ESTOS SUPUESTOS NO SE MODIFIQUE ALGUNO DE LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:

    I.- LAS UNIDADES DE MEDIDA SEÑALADAS EN LAS TARIFAS DE LAS LEYES DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION O EXPORTACION, ASI COMO EL NUMERO DE PIEZAS, VOLUMEN Y OTROS DATOS QUE PERMITAN CUANTIFICAR LAS MERCANCIAS.

    II.- LA DESCRIPCION, NATURALEZA, ESTADO Y DEMAS CARACTERISTICAS DE LAS MERCANCIAS QUE PERMITAN SU CLASIFICACION ARANCELARIA.

    III.- LOS DATOS QUE PERMITAN LA IDENTIFICACION DE LAS MERCANCIAS, EN SU CASO.

    IV.- LOS DATOS QUE DETERMINEN EL ORIGEN DE LAS MERCANCIAS.

    V.- EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL IMPORTADOR O EXPORTADOR.

    VI.- EL REGIMEN ADUANERO AL QUE SE DESTINEN LAS MERCANCIAS, SALVO QUE ESTA LEY PERMITA EXPRESAMENTE SU CAMBIO.

    SE PODRA PRESENTAR HASTA EN DOS OCASIONES, LA RECTIFICACION DE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PEDIMENTO PARA DECLARAR O RECTIFICAR LOS NUMEROS DE SERIE DE MAQUINARIA, DENTRO DE LOS NOVENTA DIAS SIGUIENTES A QUE SE REALICE EL DESPACHO Y DENTRO DE QUINCE DIAS EN OTRAS MERCANCIAS, EXCEPTO CUANDO SE TRATE DE VEHICULOS.

    TRATANDOSE DE IMPORTACIONES TEMPORALES EFECTUADAS POR LAS EMPRESAS MAQUILADORAS O CON PROGRAMAS DE EXPORTACION AUTORIZADOS POR LA SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, SE PODRAN RECTIFICAR DENTRO DE LOS DIEZ DIAS SIGUIENTES A AQUEL EN QUE SE REALICE EL DESPACHO, LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PEDIMENTO PARA AUMENTAR EL NUMERO DE PIEZAS, VOLUMEN Y OTROS DATOS QUE PERMITAN CUANTIFICAR LAS MERCANCIAS AMPARADAS POR DICHOS PROGRAMAS.

    CUANDO SE EXPORTEN MERCANCIAS PARA SER ENAJENADAS EN EL EXTRANJERO, SE PODRAN RECTIFICAR LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PEDIMENTO EL NUMERO DE VECES QUE SEAN NECESARIAS, CON EL OBJETO DE DISMINUIR EL NUMERO, VOLUMEN O PESO DE LAS MERCANCIAS POR MERMAS O DESPERDICIOS, O BIEN, PARA MODIFICAR EL VALOR DE LAS MISMAS CUANDO ESTE SE CONOZCA POSTERIORMENTE CON MOTIVO DE SU ENAJENACION O CUANDO LA RECTIFICACION SE ESTABLEZCA COMO UNA OBLIGACION POR DISPOSICION DE LA LEY.

    EN NINGUN CASO PROCEDERA LA RECTIFICACION DEL PEDIMENTO, SI EL MECANISMO DE SELECCION ALEATORIA DETERMINA QUE DEBE PRACTICARSE EL RECONOCIMIENTO ADUANERO O, EN SU CASO, EL SEGUNDO RECONOCIMIENTO, Y HASTA QUE ESTOS HUBIERAN SIDO CONCLUIDOS. IGUALMENTE, NO SERA APLICABLE DICHA RECTIFICACION DURANTE EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACION. LA RECTIFICACION DE PEDIMENTO NO SE DEBE ENTENDER COMO RESOLUCION FAVORABLE AL PARTICULAR Y NO LIMITA LAS FACULTADES DE COMPROBACION DE LAS AUTORIDADES ADUANERAS.

    XVIII.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS

    1. Factura del exportador: la cual debe de contener lo siguiente: 1) lugar y fecha de expedición , 2) Nombre y domicilio del destinatario de la mercancía, 3) Descripción comercial de las mercancías: clase , cantidad, unidades de identificación, valores unitarios y globales. 4) Nombre y domicilio del vendedor. 5) Traducción cuando sea distinto al español, francés, inglés.
    2. Carta de instrucciones: la elabora el exportador al agente de carga, desglosa detalladamente los aspectos relativos al movimiento del embarque .
    3. Lista de empaque: lista de todas las mercancías que se encuentran en el embarque.
    4. Licencia del importador: ciertos productos para ser importados en Alemania, se sujetan a la obtención de una licencia de importación tramitada por el importador.
    5. Certificado de Origen: requisito principal para que los productos mexicanos puedan gozar de las tarifas preferenciales del Sistema Generalizado de Preferencias, ( SECOFI otorga dichos certificados).

    XIX.- MEDIO DE TRANSPORTE A UTILIZAR

    El medio de transporte a utilizar será el MULTIMODAL, el cual contemplará el autotransporte (Trailer de 40 x 20 pies) por parte de la empresa ALMEX, S.A. de C.V. para transportar la mercancía de Guadalajara al puerto de Tampico.

    El transporte que se utilizará para trasladar la mercancía del puerto de Tampico al puerto de Hamburgo, Alemania, será el Marítimo de Altura contratando un servicio regular perteneciente al sistema de conferencias marítimas, por la razón de que ofrecen un servicio de primera además disposición segura.

    XX.- REGULACIONES Y BARRERAS NO ARANCELARIAS APLICABLES

    Los controles de calidad, etiquetado y materias primas en empaques deben ser amigables con el medio ambiente, es decir reciclables y no tóxicos ( lacas, pinturas y ceras ), forman importantes puntos a tomar en cuenta para la introducción de productos manufacturados a la Comunidad Europea.

    TIPO DE MATERIAL

    La madera es el material que predomina para la fabricación de los muebles que son demandados en Europa, principalmente roble, aunque se ha incrementado el uso de pino, así como de algunas maderas tropicales como la caoba.

    También los muebles fabricados a base de rattán, bambú y carrizo, han encontrado popularidad en los últimos años dentro del rango del mueble más baratos y de menor calidad.

    Los muebles que contienen metal tienen su mayor demanda en los sectores de oficinas, hospitales, escuelas, etc. El plástico es significativo solo para muebles de jardín.

    MEDIDAD Y DIMENSIONES

    Si bien no existen normas oficiales para la determinación de muebles, el fabricante extranjero deberá tener en cuenta que dentro de la Unión Europea pueden existir diferentes medidas dependiendo de cada país en particular.

    SELLOS DE GARANTIA

    Para cumplir con esta ley, estos muebles deben de someterse a pruebas de laboratorio autorizados por el Ministerio de Asuntos Sociales y del Trabajo de Alemania. De pasar las pruebas se otorgará un sello de " Seguridad Comprobada" (GS-Zeichen ), como el que se muestra a continuación:

    Sello: Calidad Certificada

    También existe en Alemania un control de calidad para los muebles que se comercializan en su mercado. En caso de cumplir los requisitos de calidad los muebles obtendrán un " Certificado de Calidad " otorgado por los institutos o laboratorios autorizados. El emblema de este sello es el siguiente:

    Sello: Seguridad Aprobada

    Sicherheitszeichen:

    ACABADO DEL MUEBLE

    La demanda de los diversos tipos de muebles ha reflejado los cambios en las preferencias de diseño y de uso de materiales de los compradores europeos. En general, el gusto por el mueble clásico proveniente de diseños italianos y escandinavos. No obstante en la última década se han observado cambios hacia diseño de muebles que contengan interiores más decorativos, así como a utilizar otros materiales más casuales. De ésta forma, muebles con estilo rústico están siendo aceptados en estos países (incluyendo aquellos provenientes de países como Filipinas, Indonesia y países latinoamericanos) especialmente de Brasil.

    INFORMACION BASICA

    En materia de etiquetado en el mercado europeo se está implementando el uso de símbolos que pueden incluirse en una etiqueta de información a los consumidores, en donde se especifique principalmente:

    • Materiales usados
    • El acabado
    • Requerimientos de cuidado de los productos

    Si bien existen disposiciones que tienden a ser aplicación general en toda la unión europea, no obstante, es conveniente saber de algunas características particulares que se establecen en ciertos países.

    Por ejemplo, para el caso del mercado holandés, se utiliza el llamado PIN como un sistema de información que desarrolla la Asociación de Fabricantes de muebles de Holanda.

    Otro ejemplo se tiene en el Reino Unido, en donde las regulaciones de etiquetado, especifican la necesidad de que los muebles nuevos que se comercializan deben tener dos etiquetas. Una etiqueta permanente y otra movible.

    ETIQUETA MOVIBLE Y PERMANENTE

    La etiqueta movible debe colocarse en el mueble en alguna posición que sea claramente visible y que pueda leerse fácilmente ambos lados de la etiqueta.

    XXI.- ENVASE Y EMBALAJE A EMPLEAR Y NORMATIVIDAD EN EL PAIS COMPRADOR

    CONSIDERACIONES BASICAS

    Los muebles son mercancía que en general resultan tener un gran peso, volumen y en muchos casos pueden ser difíciles en su manejo. Por ello, el embalaje y el transporte pueden representar un costo alto para el exportador. Por estas razones es recomendable que el exportador de muebles cuide los procesos de empaque, embalaje y transporte, a fin de reducir costos además de evitar posibles daños ocasionados durante el envío de los productos.

    El objetivo del buen embalaje de muebles de exportación es protegerlos contra daños y desperfectos durante el almacenamiento, el transporte y la distribución, a fin de que lleguen en condiciones óptimas a su lugar de destino.

    Cabe señalar que una parte importante de los muebles exportados llega a su destino con daños. Esto resulta perjudicial para el fabricante y exportador.

    Los principales riesgos para la exportación de muebles son:

    • Golpes y choques
    • Compresión
    • Vibraciones
    • Roturas
    • Mellas y manchaduras
    • Decoloración
    • Rayas y arañazos
    • Moho, deshidratación y otros daños

    En GUEVARA´S COMEDORES S.A., es muy importante el embalaje de los diversos tipos de comedores ya que necesita un manejo cuidadoso y seguro para que cada uno de ellos llegue a su destino tal y como sale de los talleres.

    Para el embalaje de estos productos se utilizan principalmente:

    • Reja cuadrada de madera
    • Caja de cartón doble corrugado
    • Fibra de papel o madera
    • Ixtle

    El cartón es un material muy usado como amortiguante y como embalaje y recientemente en tarimas de carea por su buena resistencia al choque y a las vibraciones; es posible darle propiedades impermeables aplicando películas de parafina o polietileno. Es mejor que las cajas se adhieran con pegamentos insolubles en agua o mediante cinta engomada a que se armen con grapas de metal cobrizado.

    Además al cartón corrugado se le aplica una prueba de control de calidad; se ejerce una fuerza perpendicular al eje de las flautas (papel fabricado con una mezcla de papel semi-kraft y otros elementos como celulosa de bagazo de caña o paja) el valor ( en kg/cm cuadrados) ofrece una representación numérica de la resistencia y calidad del cartón.

    NORMAS DEL PAIS COMPRADOR

    En Alemania la funcionalidad y la seguridad son los dos criterios principales para definir la calidad del mueble. Las normas de funcionalidad son establecidas por asociaciones de fabricantes de muebles y son de cumplimiento voluntario. En cambio los criterios de seguridad son establecidos por ley y son de cumplimiento obligatorio.

    Por consiguiente debemos de verificar las reglamentaciones vigentes y las normas que están en proceso de aplicarse, a fin de adaptar las condiciones de nuestros productos y permitir la comercialización en Alemania.

    XXII.- HONORARIOS Y GASTOS COMPLEMENTARIOS DEL AGENTE ADUANAL

    El despacho aduanero se debe realizar por conducto de un agente o apoderado aduanal, quienes están legitimados para actuar a nombre del exportador, el agente aduanal suele aplicar una tarifa de honorarios, por la prestación de sus servicios, de 0.18% del valor de la exportación. Se recomienda que previamente a la prestación del servicio se establezcan los honorarios señalados así como otros gastos complementarios establecidos, como por ejemplo, los trámites relacionados con el despacho de las mercancías exportadas.

    XXIII.- BASES LEGALES EN EL PROCESO DE EXPORTACION

    Para conocer los ordenamientos que en materia de comercio exterior regulan las actividades de la empresa, es necesario revisar primero las facultades del Ejecutivo Federal en la materia, así como las principales estructuras administrativas que lo regulan. Estas tienen su origen en la Constitución Política Mexicana, expresamente en el artículo 131 constitucional.

    ARTICULO 131 CONSTITUCIONAL

    El Ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras, así como restringir y prohibir las importaciones, las exportaciones, y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquier otro propósito en beneficio del país.."

    Los conceptos expresados anteriormente se retoman en la Ley de Comercio Exterior, publicada en Diario Oficial de la Federación el 27 de julio de 1993.

    La citada Ley "Tiene por objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional y contribuir al bienestar de la población.

    En resumen, las facultades del Ejecutivo Federal emanadas de la Ley de Comercio Exterior se encuentran en el artículo 4to. Y se transcriben a continuación:

    I.- Crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles, mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

    II.- Regular, restringir o prohibir la exportación, importación, circulación o transito de mercancías, cuando lo estime urgente, mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con el artículo 131 de los Estados Unidos mexicanos;

    III.- Establecer medidas para regular o restringir la exportación o importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la Secretaría, en su caso, conjuntamente con la autoridad competente, y publicados en el D.O.F.;

    IV.- Establecer medidas para regular y restringir la circulación o tránsito de mercancías extranjeras por el territorio nacional procedentes del y destinadas al exterior a través de acuerdos expedidos por la autoridad competente y publicadas en el D.O.F.;

    V.- Conducir negociaciones comerciales internacionales a través de la Secretaría, la participación de las dependencias y entidades de la Administración Publica Federal y de los gobiernos de los Estados en las actividades de promoción en el comercio exterior, así como concertar acciones en la materia con el sector privado.

    FACULTADES DE LA SECOFI

    El artículo 5to. De la Ley de Comercio Exterior, establece las facultades de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, que son las siguientes:

    I.- Estudiar, proyectar y proponer al Ejecutivo federal modificaciones arancelarias;

    II.- Tramitar y resolver las investigaciones en materia de medidas de salvaguarda, así como proponer al Ejecutivo Federal las medidas que resulten de dichas investigaciones;

    III.- Estudiar, proyectar, establecer y modificar medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación, importación, circulación y tránsito de mercancías;

    IV.- Establecer las reglas de origen;

    V.- Otorgar permisos previos y asignar cupo de exportación e importación;

    VI.- Establecer los requisitos de marcado de origen;

    VII.- Tramitar y resolver las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional; así como determinar las cuotas compensatorias que resulten de dichas investigaciones;

    VIII.- Asesorar a los exportadores mexicanos involucrados en investigaciones en el extranjero en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda;

    IX.- Coordinar las negociaciones comerciales internacionales con las dependencias competentes;

    X.- Expedir las disposiciones de carácter administrativo en cumplimiento de los Tratados o Convenios Internacionales en materia comercial de los que México sea parte;

    XI.- Establecer mecanismos de promoción de las exportaciones, y

    XII.- Las demás que le encomiende expresamente las leyes y los reglamentos.

    COMPEX

    La segunda comisión se deriva del artículo 7to. De la Ley de Comercio Exterior, en el cual se señalan las funciones de éste, quien esta encargado de analizar, evaluar, proponer y concertar accione entre los sectores publico y privado en materia de exportaciones de bienes y servicios.

    La comisión está integrada por la secretarías de:

    Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Publico, Energía, Comercio y Fomento Industrial, Agricultura y ganadería y Desarrollo Rural, Comunicaciones y Transportes, trabajo y Previsión Social y Banco Nacional de Comercio Exterior.

    También integran la Comisión los representantes de los organismos cúpula del sector privado vinculados con la exportación . Conservando esta estructura mixta, se efectúan reuniones mensuales a nivel estatal, regional y nacional con los exportadores.

    COMPEX INTERNACIONALES

    El foro Compex funciona también a nivel internacional, en Bélgica, Francia, Italia, Alemania y España. Lleva a cabo las siguientes funciones:

    • Propiciar un acercamiento directo con los importadores de productos mexicanos.
    • Buscar solución en los problemas que se suscitan en los propios países exportadores.
    • Difunden la oferta exportable a través de Consejerías Comerciales de México en el Exterior.

    SOLUCION DE CONTROVERSIAS

    Bancomext, a través de COMPROMEX puede ayudarlo en la solución de controversias entre particulares (clientes, proveedores, etc.) derivadas de una transacción comercial, como por ejemplo, falta de liquidez, incumplimiento en la entrega de mercancía, producto de baja calidad a la pactada en el contrato, entre otros. La asesoría se proporciona mediante procedimientos conciliatorios o arbitrales. Compromex, también podrá emitir su opinión sobre aspectos jurídicos del comercio internacional.

    Precios:

    En conciliación 5% por litigio resuelto; en arbitraje 15% resuelto; dictamen 10%.

    Para empresas mexicanas el precio en ningún caso es superior a $5,220 (mas IVA)

    En litigios menores a U$20,000. El servicio es sin costo para empresas mexicanas.

    XXIV.- FACTIBILIDAD FINANCIERA DEL PROYECTO

    El mercado alemán ofrece a la industria mexicana del mueble una alternativa real de venta. Actualmente Alemania es el segundo importador de muebles en el mundo. A raíz de la unificación alemana, las importaciones de muebles se incrementaron debido a dos factores: el considerable aumento en la demanda que no logró cubrirse con la producción nacional, y la disminución en la producción debido al creciente costo de producción en Alemania.

    La evolución de las ventas totales en los últimos años de GUEVARA´S COMEDORES registra un crecimiento anual de mas del 20% a excepción de 1995, provocado principalmente por la crisis post-devaluatoria que afectó al país.

    Las ventas programadas para el cierre de 1998 asciende a mas del 100% respecto a los años anteriores ya que ha habido un incremento a las ventas de exportación principalmente.

    La flexibilidad, adaptabilidad y versatilidad de sus productos, así como la calidad de la madera ( materia prima ) han llevado a esta empresa a lograr una tasa de crecimiento media anual en sus exportaciones del 110% con una oferta exportable para 1998 de unidades.

    XXV.- APOYO FINANCIERO POR PARTE DE LA BANCA DE DESARROLLO

    Bancomext financia proyectos de nueva creación, de ampliación o modernización de empresas ya establecidas con proyectos viables desde el punto de vista técnico, de mercado, administrativo y financiero que produzcan bienes y/o servicios no petroleros y que directa o indirectamente generen divisas.

    Esta banca apoya hasta con el 50% de monto total de la inversión para proyectos de nueva creación y hasta el 85% del valor del proyecto, en el caso de proyectos completos, de ampliaciones y/o modernizaciones de empresas en marcha.

    Los créditos se otorgan en dólares estadounidenses, o en moneda nacional, de acuerdo con los requerimientos del cliente, a plazos que se determinan en función de los flujos de ingresos, del proyecto.

    Para que una empresa sea susceptible de recibir un crédito directo por parte de Bancomext, debe entregar la solicitud de crédito que Bancomext le proporciona, debidamente requisitada, y acompañada de la información que en ella se establece para este tipo de apoyo (de carácter legal, financiero, de mercado, administrativo y técnico, principalmente).

    Una vez aceptado el otorgamiento del crédito, para disponer de los recursos las empresas deben entregar a Bancomext copia de los documentos siguientes:

    • Facturas de los bienes y servicios, comprobantes de apoyo, y pedimentos de importación.
    • Pedidos u ordenes de compra a proveedores extranjeros.
    • Carta de instrucción de pago, en su caso.

    Actualmente se tramita un crédito en primer piso de Bancomext por un monto de_____________ , que pretende utilizar en el mejoramiento de su planta productiva, financiar la producción de exportación y pago de nominas; es decir para capital de trabajo.

    GUEVARA´S COMEDORES S.A., solicita una línea de crédito a Bancomext por un monto de ___________ para la pre-exportación, y otro de ___________ para financiar sus ventas de exportación; en base a pedidos y facturas de exportación, lo anterior debido a que la empresa financia estas actividades, con recursos propios ya que no cuenta con líneas de crédito en ninguna institución bancaria que le otorgue financiamientos sobre pedidos y facturas así como cartas

    De crédito irrevocables, que le permitiría financiar su actividad exportadora.

    XXVI.- FORMA DE PAGO. TIPO DE INCOTERM A UTILIZAR

    Para el primer pedido se requiere el 50% de anticipo y 50% en Carta de Crédito. Una vez que se le establezca una línea de crédito se podrá financiar a 30, 60 y 90 días.

    FORMA DE PAGO:

    A través de Carta de Crédito irrevocable y confirmada es decir, para modificarse o cancelarse se deberá hacer solo con todas las partes estando de acuerdo y aquel banco que haya notificado es el que pague en caso de incumplimiento del comprador.

    TIPO DE INCOTERM A UTILIZAR:

    Delivered Ex Ship DES (Entregado fuera del barco)

    Significa que el vendedor termina su obligación de entrega cuando los artículos han sido puestos a disposición del comprador a bordo del barco sin trámites de importación en el puerto de destino asignado. El vendedor tiene que asumir los costos y riesgos por traer los artículos al puerto de destino asignado.

    A. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

    A.1. Proveer los artículos de conformidad con el contrato.

    A.2. Permisos, autorizaciones y trámites.

    A.3. Contrato de transporte y seguro.

    A.4. Entrega.

    A.5. Transferencia de riesgos.

    A.6. División de costos.

    A.7. Advertencia del comprador.

    A.8. Comprobante de entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente.

    A.9. Revisión, empaque y marcado.

    A.10. Otras obligaciones.

    B. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR

    B.1. Pago del precio.

    B.2. Permisos, autorizaciones y trámites.

    B.3. Contrato de transporte.

    B.4. Aceptación de la entrega.

    B.5. Transferencia de riesgo.

    B.6. División de costos.

    B.7. Advertencia al vendedor.

    B.8. Comprobante de entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente.

    B.9. Inspección de los artículos.

    B.10. Otras obligaciones.

    La mercancía se mandará de México al puerto de Hamburgo donde lo recogerá el detallista.

    XXVII.- CONTRATOS

    CONTRATO DE COMPRA-VENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA EMPRESA__________________________REPRESENTADA POR ________________

    ___________________________________ A QUIEN EN LOS SUCESIVO SE LE DESIGNARA COMO " LA VENDEDORA" Y POR OTRA, LA EMPRESA_________

    _________________________REPRESENTADA POR__________________________

    _________________________A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA COMO "LA COMPRADORA" , DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

    SOLUCION DE CONTROVERSIAS

    Bancomext, a través de COMPROMEX puede ayudarlo en la solución de controversias entre particulares (clientes, proveedores, etc.) derivadas de una transacción comercial, como por ejemplo, falta de liquidez, incumplimiento en la entrega de mercancía, producto de baja calidad a la pactada en el contrato, entre otros. La asesoría se proporciona mediante procedimientos conciliatorios o arbitrales. Compromex, también podrá emitir su opinión sobre aspectos jurídicos del comercio internacional.

    Precios:

    En conciliación 5% por litigio resuelto; en arbitraje 15% resuelto; dictamen 10%.

    Para empresas mexicanas el precio en ningún caso es superior a $5,220 (mas IVA)

    En litigios menores a U$20,000. El servicio es sin costo para empresas mexicanas.

    CONTRATO DE COMPRA VENTA

    D E C L A R A C I O N E S

    DECLARA " LA VENDEDORA"

    I.- QUE ES UNA SOCIEDAD ANONIMA LEGALMENTE CONSTITUIDA DE CONFORMIDAD A LA ESCRITURA PUBLICA N° _________ PASADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO N° _____________ LICENCIADO_________________

    DE LA CIUDAD DE ________________________.

    II.- QUE DE ACUERDO A SU OBJETO SOCIAL SE DEDICA ENTRE OTRAS ACTIVIDADES A LA ( FABRICACION Y/O COMERCIALIZACION NACIONAL E INTERNACIONAL) DE LOS SIGUIENTES PRODUCTOS:

    III.- QUE CUENTA CON EL PERSONAL ADECUADO PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES A QUE SE REFIERE LA DECLARACION QUE ANTECEDE.

    IV.- QUE EL SR. ________________________________________EN SU LEGITIMO REPRESENTANTE Y CONSECUENTEMENTE SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE FACULTADO PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE INSTRUMENTO.

    DECLARA " LA COMPRADORA"

    V.- QUE ES UNA EMPRESA CONSTITUIDA DE ACUERDO A LAS LEYES VIGENTES EN ________________________________ Y QUE SE DEDICA, ENTRE OTRAS ACTIVIDADES, A LA IMPORTACION DEL PRODUCTO A QUE SE REFIERE LA DECLARACION II DE ESTE CONTRATO.

    VI.- QUE EL SEÑOR _______________________________________ EN SU CARÁCTER DE __________________________ ES LEGITIMO REPRESENTANTE Y ESTA FACULTADO PARA SUSCRIBIR ESTE CONTRATO.

    DECLARAN AMBAS PARTES:

    VII.- QUE TIENEN INTERES EN REALIZAR LAS OPERACIONES COMERCIALES A QUE SE REFIERE EL PRESENTA CONTRATO, DE CONFORMIDAD A LAS ANTERIORES DECLARACIONES Y AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

    C L A U S U L A S

    PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. " LA VENDEDORA" SE OBLIGA A ENAJENAR Y " LA COMPRADORA" A ADQUIRIR: (ESPECIFICAR CANTIDAD Y CARACTERISTICAS DEL PRODUCTO)

    SEGUNDA.- PRECIO. EL PRECIO DE LOS PRODUCTOS OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO QUE "LA COMPRADORA" SE COMPROMETE A PAGAR SERA LA CANTIDAD DE ( PRECISAR NUMERO Y LETRA). PRECISAR TIPO DE COTIZACION ICOTERMS 90- INDICANDO PUNTO DE ENTREGA DEL PRODUCTO, LUGAR DE ORIGEN Y DE DESTINO).

    "LA VENDEDORA Y LA COMPRADORA" SE OBLIGAN A RENEGOCIAR EL PRECIO CONVENIDO, CUANDO ESTE SEA AFECTADO POR VARIACIONES EN EL MERCADO INTERNACIONAL O POR CONDICIONES ECONOMICAS, POLITICAS O SOCIALES EXTREMAS EN EL PAIS DE ORIGEN O EN EL DE DESTINO, EN PERJUICIO DE CUALQUIERA DE LAS PARTES.

    TERCERA.- FORMA DE ENVIO. "LA VENDEDORA" SE OBLIGA A ENVIAR LAS MERCANCIAS OBJETO DE ESTE CONTRATO AL LUGAR SEÑALADO EN LA CLAUSULA ANTERIOR CUMPLIENDO LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES ( ESPECIFICAR TIPO DE EMPAQUE Y EMBALAJE). IGUALMENTE "LA VENDEDORA" SE OBLIGA A ENVIAR LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS POR "LA COMPRADORA" EN LOS TERMINOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO.

    CUARTA.- FORMA DE PAGO. "LA COMPRADORA" SE OBLIGA A PAGAR A "LA VENDEDORA" EL PRECIO PACTADO EN LA CLAUSULA SEGUNDA, MEDIANTE CARTA DE CREDITO PAGADERA A LA VISTA, CONFIRMADA E IRREVOCABLE, CON VIGENCIA DE_____________MESES, EN EL BANCO______________________ DE LA CIUDAD___________________ CONTRA LA PRESENTACION DE LA FACTURA, DOCUMENTO DE EMBARQUE Y CERTIFICADO DE CALIDAD QUE AMPAREN LA REMISION DE LA MERCANCIA.

    "LA COMPRADORA" A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, SE OBLIGA A PAGAR A "LA VENDEDORA" EL 50% DEL PRECIO PACTADO EN LA CLAUSULA SEGUNDA, Y EL 50% RESTANTE AL RECIBIR LA MERCANCIA.

    QUINTA.- ENTREGA DE LA MERCANCIA- "LA VENDEDORA" SE OBLIGA A ENTREGAR Y LA "COMPRADORA" A RECIBIR LA MERCANCIA OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO EL DIA______ DEL MES DE ______________ DE 19__ EN LA FORMA Y TERMINOS ESTABLECIDOS EN LA CLAUSULA SEGUNDA.

    SEXTA.- EMPAQUE Y EMBALAJE Y GASTOS DE VERIFICACION. "LA VENDEDORA" SE OBLIGA A SUFRAGAR LOS GASTOS DE EMBALAJE Y OPERACIONES DE VERIFICACION COMO CONTROL DE CALIDAD, DE MEDIDA, PESO, RECUENTO, QUE SE REALICEN PARA QUE EL COMPRADOR PUEDA HACERSE CARGO DE LA MERCANCIA.

    "LA COMPRADORA" SE OBLIGA A SUFRAGAR LOS GASTOS DE EMBALAJE Y OPERACIONES DE VERIFICACION COMO CONTROL DE CALIDAD, DE MEDIDA, PESO, RECUENTO, QUE SE REALICEN PARA QUE " LA VENDEDORA" PUEDA PROCEDER AL ENVIO DE LA MERCANCIA.

    SEPTIMA.- RIESGOS Y GASTOS DE ENTREGA. "LA VENDEDORA" ASUMIRA POR SU CUENTA LOS RIESGOS Y SUFRAGARA TODOS LOS GASTOS DE LAS MERCANCIAS HASTA QUE ESTAS SE ENCUENTREN A DISPOSICION DEL COMPRADOR EN EL LUGAR Y FECHA SEÑALADOS EN LA CLAUSULA SEGUNDA Y QUINTA DE ESTE CONTRATO, SIEMPRE QUE DICHA MERCANCIA ESTE DEBIDAMENTE ESPECIFICADA.

    POR SU PARTE "LA COMPRADORA" SE OBLIGA A SUFRAGAR TODOS LOS GASTOS Y ASUMIR TODOS LOS RIESGOS A PARTIR DEL MOMENTO ESPECIFICADO EN EL PARRAFO ANTERIOR, INCLUYENDO LOS ADICIONALES QUE SE OCASIONEN SI LA ENTREGA NO SE EFECTUA POR SU CAUSA, UNA VEZ QUE LAS MERCANCIAS ESTEN A SU DISPOSICION.

    OCTAVA.-DOCUMENTOS VARIOS. "LA VENDEDORA" SE OBLIGA, SI ASI SE LO SOLICITA "LA COMPRADORA" POR CUENTA Y RIESGO DE ESTA ULTIMA, A PRESTAR LA AYUDA NECESARIA PARA OBTENER LOS DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL PAIS DE ENTREGA Y/O DE ORIGEN Y LOS QUE NECESITA PARA EXPORTAR Y/O IMPORTAR LAS MERCANCIAS, INCLUSIVE LOS REQUERIDOS PARA SU TRANSITO POR TERCEROS PAISES.

    NOVENA.- CERTIFICACION DE CALIDAD DEL PRODUCTO. A FIN DE CERTIFICAR LA CALIDAD DEL PRODUCTO A QUE SE REFIERE ESTE CONTRATO, " LA VENDEDORA" ACEPTA QUE "LA COMPRADORA" DESIGNE UN REPRESENTANTE QUE INSPECCIONE Y REVISE EL PRODUCTO.

    EL REPRESENTANTE DE LA "COMPRADORA" EN CADA EMBARQUE DEL PRODUCTO LEVANTARA UN ACTA EN LA QUE SE HARA CONSTAR LA CALIDAD OBSERVADA EN LA MERCANCIA POR EL MISMO, DOCUMENTO QUE PONDRA A DISPOSICION DE "LA VENDEDORA" Y SI ESTA LO ESTIMA CONVENIENTE LO FIRMARA DE CONFORMIDAD. EL ACTA LEVANTADA POR EL REPRESENTANTE DE " LA COMPRADORA" Y FIRMADO POR "LA VENDEDORA SERVIRA DE CERTIFICACO DE CALIDAD DEL PRODUCTO.

    EL SUPERVISOR DE "LA COMPRADORA" A QUE SE REFIERE ESTA CLAUSULA SERA DESIGNADO CON 30 DIAS DE ANTICIPACION A LA FECHA DE ENTRAR EN FUNCIONES, PREVIA NOTIFICACION QUE AL EFECTO SE FORMULE A "LA VENDEDORA.

    (OP) LA VENDEDORA SE OBLIGA A PROPORCIONAR A LA "COMPRADORA" , UN CERTIFICADO DE CALIDAD SOBRE EL PRODUCTO, EXPEDIDO POR ( LABORATORIO O INSTITUCION DE VERIFICACION), EN EL CUAL RECONOCEN Y ACEPTAN AMBAS PARTES.

    DECIMA.- CERTIFICADO DE ORIGEN. "LA VENDEDORA SE OBLIGA, A SOLICITUD DE LA "COMPRADORA, A OBTENER ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES DE LA REPUBLICA MEXICANA, UN CERTIFICADO DE ORIGEN DE LA MERCANCIA OBJETO DEL PRESENTA CONTRATO.

    DECIMA PRIMERA.- PATENTES MARCAS. "LA VENDEDORA DECLARA Y "LA COMPRADERA RECONOCE QUE LOS PRODUCTOS OBJETO DE ESTE CONTRATO Y A QUE SE REFIERE LA DECLARACION II DEL PRESENTA INSTRUMENTO, SE ENCUENTRA DEBIDAMENTE REGISTRADOS AL AMPARO DE LAS MARCAS NUMEROS_____________ ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL DE MEXICO.

    "LA COMPRADORA SE OBLIGA POR ESTE INSTRUMENTO A PRESTAR TODA LA AYUDA QUE SEA NECESARIA A LA "VENDEDORA" A COSTO Y RIESGO DE ESTA ULTIMA, PARA QUE LAS PATENTES Y MARCAS A QUE SE REFIERE LA PRESENTA CLAUSULA SEAN DEBIDAMENTE REGISTRADAS ANTE LA OFICINA DE PATENTES Y MARCAS, CORRESPONDIENTES.

    ASIMISMO, "LA COMPRADORA SE COMPROMETE A NOTIFICAR A LA "VENDEDORA TAN PRONTO TENGA NOTICIA, DE CUALQUIER VIOLACION O USO INDEBIDO A DICHAS PATENTES Y MARCAS DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTA CONTRATO, A FIN DE QUE LA "VENDEDORA PUEDA EJERCER LOS DERECHOS QUE LEGALMENTE LE CORRESPONDAN.

    DECIMA SEGUNDA.- IMPUESTOS. "LA COMPRADORA Y LA "VENDEDORA SE OBLIGAN A PAGAR TODOS LOS DERECHOS ARANCELARIOS E IMPUESTOS QUE A CADA UNA DE ELLAS LE CORRESPONDAN Y QUE SE CAUSE CON MOTIVO DE LAS OPERACIONES DERIVADAS DEL TIPO DE COTIZACION ELEGIDO ENTRE LAS PARTES, Y QUE SE HA HECHO REFERENCIA EN LA CLAUSULA SEGUNDA DEL PRESENTE CONTRATO.

    DECIMA TERCERA.- VIGENCIA DEL CONTRATO. AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE UNA VEZ QUE " LA VENDEDORA HAYA ENTREGADO LA TOTALIDAD DE LA CANTIDAD DE LA MERCANCIA ESTABLECIDA EN LA CLAUSULA PRIMERA, Y LA COMPRADORA" HAYA CUMPLIDO PLENAMENTE CON TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES ESTIPULADAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, OPERA AUTOMATICAMENTE LA TERMINACION DE SU VIGENCIA.

    DECIMA CUARTA.- RECISION POR INCUMPLIMIENTO. AMBAS PARTES PODRAN RESCINDIR ESTE CONTRATO EN EL CASO DE QUE UNA DE ELLAS INCUMPLA SUS OBLIGACIONES Y SE ABSTENGA DE TOMAR MEDIDAS NECESARIAS PARA REPARAR DICHOS INCUMPLIMIENTOS DENTRO DE LOS 15 DIAS SIGUIENTES AL AVISO, NOTIFICACION, REQUERIMIENTO O SOLICITUD QUE LA CONTRAPARTE LE HAGA EN EL SENTIDO DE QUE PROCEDA A REPARAR EL MENCIONADO INCUMPLIMIENTO.

    LA PARTE QUE EJERCITE SU DERECHO A LA RECISION DEBERA DAR AVISO A LA OTRA, CUMPLIDO QUE SEA EL TERMINO A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR.

    DECIMA QUINTA.- INSOLVENCIA. "LA VENDEDORA PODRA DAR POR RESCINDIDO ESTE CONTRATO EN CASO DE QUE "LA COMPRADORA FUERE DECLARADA EN QUIEBRA, SUSPENSIÓN DE PAGOS, CONCURSO DE ACREEDORES O CUALQUIER OTRO TIPO DE INSOLVENCIA.

    DECIMA SEXTA.- SUBSISTENCIA DE LAS OBLIGACIONES. LA RESCISION O TERMINACION DE ESTE CONTRATO NO AFECTA DE MANERA ALGUNA LA LA VALIDEZ Y EXIGIBILIDAD DE LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS CON ANTERIORIDAS, O DE AQUELLAS YA FORMADAD QUE, POR SU NATURALEZA O DISPOSICION DE LA LEY, O POR VOLUNTAD DE LAS PARTES, DEBAN DIFERIRSE A FECHA POSTERIOR, EN CONSECUENCIA LAS PARTES PODRAN EXIGIR AUN CON POSTERIORIDAD A LA RESCICION O TERMINACION DEL CONTRATO EL CUMPLIMIENTO DE ESTAS OBLIGACIONES.

    DECIMA SEPTIMA.- CESION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. NINGUNA DE LAS PARTES PODRA CEDER O TRANSFERIR TOTAL O PARCIALMENTE LOS DERECHOS NI LAS OBLIGACIONES DERIVADOS DE ESTE CONTRATO.

    DECIMA OCTAVA.- LIMITE DE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL. AMBAS PARTES ACEPTAN QUE NO SERA IMPUTABLE A NINGUNA DE ELLAS LA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR Y CONVIENEN EN SUSPENDER LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ESTABLECIDOS EN ESTE CONTRATO, LOS CUALES PODRAN REANUDAR DE COMUN ACUERDO EN EL MOMENTO EN QUE DESAPAREZCA EL MOTIVO DE LA SUSPENSIÓN SIEMPRE Y CUANDO SE TRATE DE LOS CASOS PREVISTOS EN ESTA CLAUSULA.

    DECIMA NOVENA.- LEGISLACION APLICABLE. EN TODO LO CONVENIDO Y EN LO QUE NO SE ENCUENTRE EXPRESAMENTE PREVISTO, ESTE CONTRATO SE RIGE POR LAS LEYES VIGENTES EN LA REPUBLICA MEXICANA, Y EN SU DEFECTO, POR LOS USOS Y PRACTICAS COMERCIALES RECONOCIDOS POR ESTA.

    VIGESIMA.- ARBITRAJE. PARA LA INTERPRETACION, EJECUCION Y CUMPLIMIENTO DE LAS CLAUSULAS DE ESTE CONTRATO Y PARA LA SOLUCION DE CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SE DERIVE DEL MISMO, LAS PARTES CONVIENEN EXPRESAMENTE EN SOMETERSE A LA CONCILIACION Y ARBITRAJE DE LA COMISION PARA LA PROTECCION DEL COMERCIO EXTERIOR DE MEXICO ( COMPROMEX) CUYA SECRETARIA EJECUTIVA SE UBICA EN EL BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR; S.N.C., CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL.

    VIGESIMA PRIMERA.- AVISOS Y NOTIFICACIONES. LAS PARTES SEÑALAN COMO DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR TODA CLASE DE AVISOS Y NOTIFICACIONES LOS SIGUIENTES:

    LA VENDEDORA

    LA COMPRADORA

    PERSONALIDAD

    LAS PARTES QUE INTERVIENEN EN EL PRESENTE CONTRATO SE RECONOCEN LA PERSONALIDAD CON QUE COMPARECEN SUS RESPECTIVOS REPRESENTANTES, INDEPENDIENTEMENTE DE LO CUAL SE OBLIGAN A ENTREGARSE LOS DOCUMENTOS NOTARIALES EN QUE APAREZCAN LOS PODERES Y FACULTADES CON APOYO DE LOS CUALES OTORGAN ESTE INSTRUMENTO.

    SE FIRMA ESTE CONTRATO EN LA CIUDAD DE_______________A LOS _____ DIAS DEL MES DE _________________ DE MIL NOVECIENTOS.

    LA VENDEDORA LA COMPRADORA.

    XXVIII.- FORMATOS NECESARIOS PARA LA EXPORTACION

    1. Factura del exportador: la cual debe de contener lo siguiente: 1) lugar y fecha de expedición , 2) Nombre y domicilio del destinatario de la mercancía, 3) Descripción comercial de las mercancías: clase , cantidad, unidades de identificación, valores unitarios y globales. 4) Nombre y domicilio del vendedor. 5) Traducción cuando sea distinto al español, francés, inglés.
    2. Carta de instrucciones: la elabora el exportador al agente de carga, desglosa detalladamente los aspectos relativos al movimiento del embarque .
    3. Lista de empaque: lista de todas las mercancías que se encuentran en el embarque.
    4. Licencia del importador: ciertos productos para ser importados en Alemania, se sujetan a la obtención de una licencia de importación tramitada por el importador.
    5. Certificado de Origen: requisito principal para que los productos mexicanos puedan gozar de las tarifas preferenciales del Sistema Generalizado de Preferencias, ( SECOFI otorga dichos certificados).
    6. Idioma: el idioma utilizado para los tramites aduaneros debe de ser en ingles o el del país de destino.

    Hecho por Guillermo Guevara Dueñas

    Guadalajara, jal. México.