Como puede verse, se trata de una situación compleja el abordar la posición de la iglesia Católica principalmente, que requiere decisiones cruciales por parte de la sociedad que necesita de las técnicas de reproducción asistida, TRA, sobre cuyos hombros, en última instancia, el de la pareja, recae la pesada responsabilidad de decidir.
Ningún código de ética ni la religión que profesa puede obligarle a hacer lo que la pareja considere; legal y éticamente es inaceptable que en este momento donde la ciencia puede resolver el problema de la pareja que padece una infertilidad y que bajo preceptos éticos y religiosos mal entendidos, no puedan tener su familia. Ni puede prohibírsele realizar lo que esta pareja considere, moral, religiosa y éticamente válida. Si existe una necesidad médica para aplicar el procedimiento la iglesia no debe oponerse.
activos o a la incapacidad de los espermas de nadar lo suficientemente deprisa hasta el óvulo. La AIH también puede ser utilizada cuando el marido está padeciendo de eyaculación precoz.
En la AIH, el esperma se obtiene del marido mediante su masturbación siendo entonces concentrado y mejorado en el laboratorio. Este semen es entonces introducido dentro del cuello del útero de la mujer en sus días más fértiles. El semen es introducido mediante una inyección. Dependiendo de las regulaciones de cada instituto no de cada país, la inyección puede ser aplicada por un doctor, una enfermera o por la misma pareja.
Por lo que respecta al Islam, religión musulmana, no hay problema en la AIH cuando se realiza entre una pareja casada legalmente aún cuando la masturbación aunque está prohibida. Si la masturbación es provocada directamente por la propia esposa está permitida. Por lo tanto, en el caso de la AIH, la mujer puede masturbar al marido para obtener el semen. En cambio: "La Iglesia Católica Romana permite la inseminación artificial si el semen del marido que es usado es el producto del coito con su mujer, no de la masturbación, pero esto supone normalmente el coito en la consulta de un doctor, y eso es 'poco romántico', según expresa el Sacerdote Wolak."
1.16.2. LA RELIGIÓN Y LA INSEMINACIÓN ARTIFICIAL CON SEMEN DE UN DONANTE.
La AID (Artificial Insemination by Donor) es bastante similar a la AIH. Sin embargo, la AID es usada en casos donde el semen del marido es definitivamente inadecuado en cantidad o calidad. En la sociedad occidental, algunas mujeres solteras que desean permanecer sin marido pero desean tener un niño, usan este método para conseguir un embarazo. En Inglaterra, anualmente dos de cada cuatrocientos nacimientos son atribuidos a la AID.
Por lo que al Islam se refiere, la Inseminación Artificial con semen de un donante está absolutamente prohibida, porque se realiza con el semen de un donante y no con el del marido de la mujer. Pero para esta religión como no implica ninguna relación sexual entre el donante y la mujer, no puede ser calificado como adulterio, por lo que existen grupos que no condenan en esta religión el uso de la inseminación artificial con donante. El Corán dice claramente:
"Di a las creyentes que bajen la vista con recato y que custodien sus partes pudendas." (Corán, 24:30).
El mandato divino de custodiar las partes privadas es incondicional; no dice solamente que se guarden de las relaciones sexuales ilícitas, dice que se guarden de todos excepto de su esposo. Alláh describe a los creyentes como aquellos "que custodian sus partes pudendas salvo de sus esposas… mientras quienes desean más allá de eso, ésos son los que violan la ley." (Corán, 23:5-7). Por tanto, otros grupos de la misma religión establecen: hasta la inyección del esperma de otro hombre constituye una trasgresión y una violación del mandato de Alláh.
La Religión Católica defiende en esta técnica el status del niño concebido por la AID, lo califica como fuera del matrimonio ya que no es del esposo, en cambio la religión del Islam establece: Alláh prohíbe a una mujer concebir un niño mediante la AID, el niño así concebido no podrá ser considerado un niño ilegítimo, ya que no ha sido concebido mediante adulterio, lo cual implica relaciones sexuales ilícitas. La relación niño-madre es clara en tales casos; en cuanto a la relación niño-padre, la mayoría de nuestros actuales 'ulama' declaran claramente que él será considerado el hijo del donante –el niño le heredará, siendo mahram a su mujer e hijos.
La decisión de los muytahids está basada en un hadiz que proporciona un ejemplo muy similar al caso de un niño concebido por la AID. Este hadiz ha sido narrado por varias fuentes del Imam Hasan, el Imam Muhammad al-Bâqir y el Imam Ya'far as-Sâdiq (la paz sea con todos ellos). Se les presentó a los Imames el caso de una mujer que había hecho el amor con su marido, e inmediatamente después ella fue con su esclava y tuvo relaciones sexuales con ella, en las cuales el semen de su marido pasó desde ella hasta la vagina de su esclava, quedando esta embarazada. ¿Qué sucede en este caso?
Los Imames, después de detallar el castigo impuesto a las dos mujeres, dijeron que el niño nacido de la esclava estaría emparentado, y sería dado en custodia, al dueño del semen. (Este es un buen ejemplo de cómo los 'ulamá' solucionan problemas en los días modernos, utilizando las mismas fuentes antiguas del Islam).
1.16.3 LA RELIGIÓN Y LAS EXPLICACIONES DE LA FERTILIZACIÓN IN VITRO.
Los métodos de las TRA, que se relacionan con la Inseminación Artificial se utilizan para casos donde al esperma del marido le falta calidad o cantidad. La IVF (In Vitro Fertilization) es una técnica usada mayoritariamente en mujeres cuyos oviductos se encuentran bloqueados y no puede ser remediado mediante operación quirúrgica. También para aquellas que fracasan en la concepción, a pesar de tener los oviductos normales y cuando todas las posibles causas de infertilidad han sido excluidas. 'In vitro' significa en un tubo de ensayo.
En la IVF, uno o más óvulos son tomados de la madre mediante una pequeña jeringuilla y son colocados en una placa de petrita de ensayo. Entonces el esperma del marido es usado para fertilizar el óvulo. Después de la fertilización, se induce el desarrollo en la placa de ensayo, hasta el estado de cuatro u ocho células. Después se implanta dentro del útero de la madre.
La IVF puede también ser usada cuando el semen del marido contiene pocos espermatozoides y tiene dificultad para fertilizar a un óvulo en la trompa de Falopio. Mediante la IVF, el esperma de tal persona es usado para fertilizar el óvulo en una placa de ensayo.
Por lo que respecta a la shar'iah, la fertilización in vitro está permitida siempre que se realice entre una pareja casada.
Para la religión Católica está prohibida porque no es natural; la fertilización entre la pareja debe ser a través del coito.
1.16.4 LA RELIGIÓN Y LA MATERNIDAD SUPLENTE.
La maternidad suplente es un sub-producto de la inseminación artificial. Se creó gran controversia en los círculos legales y éticos del mundo, especialmente después del caso del bebé 'M' de 1987.
La maternidad suplente significa que una mujer permite que un óvulo fertilizado de otra pareja sea inyectado dentro de su útero. Entonces ella lleva al niño hasta el término de su embarazo para la otra pareja. Esto se puede hacer libremente o a cambio de algún dinero como fue en el caso del nacimiento del bebe 'M'. Este procedimiento de reproducción humana es adoptado cuando una mujer tiene problemas de llevar a su niño hasta su completo término.
Desde el punto de vista de la shar'iah, la maternidad suplente como se describió anteriormente no está permitida porque implica la introducción de esperma de otra persona dentro del útero de la mujer. Esto va en contra de la aleya del Corán que dice que las creyentes deben guardar sus partes privadas excepto de sus maridos.
Hay, sin embargo, ciertos procedimientos en el sistema islámico del matrimonio que podrían permitir alguna forma de la maternidad suplente. Por ejemplo, si una mujer está teniendo problemas en llevar el bebe de su marido hasta su término completo, entonces el marido puede tomar a otra mujer (con base temporal o permanente) y entonces un óvulo de la primera mujer fertilizado con el esperma del marido puede ser inyectado dentro del útero de la segunda mujer con su aprobación.
¿A cuál de las dos mujeres pertenece el niño? ¿Pertenece a la madre genética (la primera esposa) o a la madre biológica (la segunda esposa)? De acuerdo con el Ayatolláh al Jomeiní esto depende de la edad del feto. Si fue inseminado en el útero de la segunda mujer después de cuatro meses, entonces pertenece a la primera mujer –la segunda sería como un receptáculo. Si fue inseminada antes de su cuarto mes, entonces será difícil considerar que el niño pertenece a la primera mujer.
Sin embargo, hay otro modo de mirar esta relación, sobre las definiciones 'urfi y sar'i. En el presente caso, la gente común tiene una percepción sobre la relación niño-madre. La 'urfí diría que la mujer que da a luz es la madre. Así basado en esta percepción 'urf, diría que el niño pertenece a la madre biológica, la segunda madre, con independencia de la edad en el momento de la inseminación. El niño será mahram para sus otros hijos y también la heredará.
Por lo que se refiere a la relación entre el niño y la primera mujer, diría que aunque ella no es su madre biológica, su status como madre genética la sitúa por encima de una madre rizá'i (Una madre rizá'i es una mujer que no dio a luz al niño, pero lo amamantó). Basado sobre esta relación, el niño será mahram para todos los hijos de la primera mujer, incluso si ellos son de diferentes padres; sin embargo, él o ella no heredarán de ella porque el derecho a la herencia está basado en relaciones uterinas.
La religión Católica Romana, no lo permite. Otro sub-producto de la nueva tecnología es el llamado banco de semen, donde los espermatozoides y los óvulos fertilizados son preservados en estado de congelación. Hay cuatro cuestiones que deben ser estudiadas aquí, porque no son permitidas por todas las religiones:
Primera: ¿Le está permitido al hombre preservar su esperma en estado de congelación? Similarmente, ¿le está permitido a una pareja casada preservar sus óvulos fertilizados para un uso futuro? Podemos pensar que no hay base en la shar'iah religión del pueblo de IRAM, para prohibir tal acto.
En la shar'iah esto no es diferente del acto de una persona que dona su sangre, por lo que está permitido. Para otras religiones donar la sangre no es atentar contra Dios, pero para la religión de los Testigos de Jehová es un pecado. Por lo que no es permitido donar sangre, sin embargo en esta religión sí se permiten las TRA.
Segunda: ¿Es permisible vender los espermatozoides o el óvulo fertilizado? Uno no debe vender su esperma para ser inyectado dentro del útero de otra mujer; puede venderlo solamente a una institución científica para investigación médica. Similarmente, una pareja no puede vender sus óvulos fecundados para ser implantados en el útero de otra mujer. Las religiones lo prohíben.
Tercera: ¿Puede una mujer utilizar el óvulo fertilizado preservado o el esperma de su marido después de que éste ha muerto? Aparentemente, no hay nada que le impida hacerlo en la shar'iah, en la religión Católica sí, por el hecho de que no hay acto sexual.
En la shar'iah el óvulo congelado (fertilizado con el esperma de su marido) es de su propiedad y por tanto ella puede usarlo. El niño será, por supuesto, legítimo. Sin embargo, esto debería ser permitido solamente si la mujer no se ha casado con otro hombre después de la muerte de su marido. Puesto que el Islam no permite a la mujer tener más de un marido al mismo tiempo, el segundo marido tomará el lugar del primero en la aleya del Corán que dice, al describir a los creyentes, "que custodian sus partes pudendas, salvo de sus esposas." (Corán, 23: 5-6)
Cuarta: ¿Puede una mujer utilizar el óvulo fecundado después de que ella se ha divorciado de su marido? Esto solamente se permite si ella no se ha casado con otro hombre. Tan pronto como se case con otro hombre, ella no podrá usar el óvulo fertilizado o el esperma de su marido anterior. La base de esta opinión es la misma que la mencionada en el caso anterior.
La religión Católica, establece sobre la base de un análisis biológico completo, que el embrión humano vivo es, a partir de la fusión de los gametos, un sujeto humano con una identidad bien definida, el cual comienza desde ese momento su propio desarrollo, coordinado, continuo y gradual, de tal modo que en ningún estadio sucesivo puede ser considerado como una simple masa de células.
1.16.5.-La Religión enseña derechos fundamentales de todo ser humano a la vida:
El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación: "Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte". "Cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho… El respeto y la protección que se han de garantizar, desde su misma concepción, a quien debe nacer, exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violación de sus derechos".
El embrión debe ser tratado como una persona desde la concepción, deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano. El diagnóstico prenatal es moralmente lícito, "si respeta la vida e integridad del embrión y del feto humano, y si se orienta hacia su protección o hacia su curación… Pero se opondrá gravemente a la ley moral cuando contempla la posibilidad, en dependencia de sus resultados, de provocar un aborto: un diagnóstico que atestigua la existencia de una malformación o de una enfermedad hereditaria no debe equivaler a una sentencia de muerte".
1.17.-La vida religiosa y la vida espiritual en las TRA.
El mismo documento, Gaudium et Spes, lamenta la separación entre fe y vida práctica. Algunas personas no pueden distinguir adecuadamente entre vida espiritual y vida religiosa. La "vida religiosa" consiste en prácticas explícitamente religiosas que se realizan en tiempos específicos, como por ejemplo el culto dominical o las devociones privadas, la "vida espiritual" significa la relación con Dios, la unión a Su Voluntad, en todo tiempo y en todo lugar. Trabajar en lo que sea nuestra vocación, aunque para la mayoría de la gente no es específicamente religioso, es una gran oportunidad para unirnos a Dios si ese trabajo se hizo de acuerdo a su voluntad. Cada trabajo que hacemos, de hecho, nos acerca más a Dios o nos separa de Él. No hay camino a medias en la vida espiritual. Se nos llama a hacer todo por El Señor y en El Señor.
En el primer capítulo de Isaías, vemos que Dios se enoja con su gente. Aunque él mismo les dio los ritos y sacrificios que debían hacer, les dice después que está cansado de ellos y que no quiere mas de ellos. De hecho, les dice que ni siquiera escuchará sus oraciones. El problema, como explica después El Señor, es que la gente tiene sangre en sus manos. Ellos le rendían culto a Dios, pero ignoraban las injusticias a sus alrededores. Dios les exigió que hicieran algo para detener la injusticia. Por lo tanto, no es suficiente que se lleven a cabo prácticas religiosas si dichos actos de culto no nos llevan a tener mayor interés en lo que sucede a nuestro alrededor en este mundo. Estos actos de culto son desagradables para Dios.
Cualquier religión de cualquier lugar en cualquier tiempo, si nos permite ignorar las injusticias y matanzas, no es una religión auténtica y no salvará a nadie. Nuestra responsabilidad política deriva de eso.
1.18.-La Religión y manipulación genética a través de las TRA.
El conocimiento siempre más extenso del patrimonio genético (genoma) humano, la individualización y el trazado del mapa de los genes (mapa genético), con la posibilidad de transferirlos, modificarlos o sustituirlos, abre inéditas prospectivas a la medicina y contemporáneamente plantea nuevos y delicados problemas éticos.
En la valoración moral se debe distinguir la manipulación estrictamente terapéutica, cuyo objetivo es el tratamiento de enfermedades debidas a anomalías génicas o cromosómicas (terapia génica), de la manipulación que altera el patrimonio genético humano. La intervención curativa, llamada también "cirugía genética", "es considerada en principio permisible, porque tiende a la verdadera promoción del bienestar personal del hombre, sin menoscabar su integridad o deteriorar sus condiciones de vida".38
Las intervenciones que no son propiamente curativas, sino que miran a la "producción de seres humanos seleccionados según el sexo u otra cualidad preestablecida", o en cualquier caso que alteren la dotación genética del individuo y de la especie humana, "son contrarias a la dignidad personal del ser humano, a su integridad y a su identidad. Por esta razón de ningún modo pueden ser justificadas en vista de eventuales consecuencias benéficas para la humanidad futura".39 "Ninguna utilidad social o científica y ninguna motivación ideológica podrán jamás motivar una intervención sobre el genoma humano que no sea terapéutica, es decir, que en sí misma sea finalizada según el desarrollo natural del ser humano".40
En cada caso este género de intervenciones "no debe perjudicar el origen de la vida humana, es decir, la procreación ligada a la unión no solamente biológica sino también espiritual de los padres, unidos por el vínculo del matrimonio".41
Las valoraciones éticas negativas, aquí delineadas, se refieren a cada intervención de manipulación genética que atañe a los embriones. En cambio no suscitan cuestiones morales ni la manipulación de células somáticas humanas con fines curativos, como tampoco la manipulación de células animales y vegetales con fines farmacéuticos.
1.19.- La Religión en la concepción y generación de un nuevo ser humano
"La verdadera práctica del amor conyugal y toda la estructura de la vida familiar que de él nace, sin posponer los otros fines del matrimonio, tienden a que los cónyuges, con fortaleza de ánimo, estén dispuestos a cooperar con el amor del Creador y del Salvador que a través de ellos continuamente dilata y enriquece su familia".42
"Cuando de la unión conyugal de los dos nace un nuevo hombre, éste trae consigo al mundo una particular imagen y semejanza de Dios mismo: en la biología de la generación está inscrita la genealogía de la persona… En la concepción y generación de un nuevo ser humano, sólo el aspecto biológico; pero debemos de subrayar más bien… la continuación de la creación".43
"La paternidad responsable se ejercita, ya sea con la deliberación ponderada y generosa de hacer crecer una familia numerosa, ya sea con la decisión tomada por motivos graves y en el respeto de la ley moral de evitar temporalmente o aun por tiempo indeterminado",44 una nueva concepción. En este segundo caso se ubica el problema de la regulación de la fertilidad, conocida desde antes de cristo.
En la evaluación de los comportamientos en orden a esta regulación, el juicio moral "no depende sólo de la sincera intención y de la evaluación de los motivos, sino que va determinado por criterios objetivos, que tienen su fundamento en la dignidad misma de la persona humana y de sus actos".45 Se trata de la dignidad del hombre y de la mujer y de su más íntima relación. El respecto a esta dignidad decide la verdad del amor conyugal.
El acto conyugal expresa la "conexión indivisible entre los dos significados del acto: el significado unitivo y el significado procreativo".46 Los actos, en efecto, con los cuales los cónyuges realizan plenamente e intensifica su unión son los mismos que generan la vida y viceversa.47
El amor que asume el "lenguaje del cuerpo" en su expresión, es al mismo tiempo unitivo y procreativo: "comporta claramente "significados esponsales" y paternales conjuntamente".48 Esta conexión es intrínseca al acto conyugal: "el hombre no la puede romper por su propia iniciativa", sin desmentir la dignidad propia de la persona y "la verdad interior del amor conyugal".49
Por tanto, mientras es lícito, por motivos graves, valerse del conocimiento de la fertilidad de la mujer, renunciando al uso del matrimonio en los períodos de fecundidad, no debe resultar ilícito el recurso de los medios contraceptivos.50
Los métodos naturales implican un acto conyugal que, de una parte no dan lugar a una nueva vida y, de la otra, permanece todavía en sí mismo destinado a la vida.51 "Precisamente este respecto legítimo, al servicio de la responsabilidad en la procreación, el recurso a los métodos naturales de regulación de la fertilidad: éstos han sido precisados cada vez mejor desde el punto de vista científico y ofrecen posibilidades concretas para adoptar decisiones en armonía con los valores morales".52
Los medios artificiales no se contradicen si lo planteamos dentro del amor conyugal y el deseo de esa unión de ver multiplicado su origen con hijos que salen de su vientre. Pero si pensamos en la forma de como la Religión Católica expresa "la naturaleza del hombre y de la mujer y la de su más íntima relación".53 Aquí aunque se exprese que la unión sexual queda separada de la procreación: el acto se ve privado de su natural apertura a la vida. "Así se deforma y falsifica el contenido originario de la sexualidad humana, y los dos significados, unitivo y procreativo, innatos a la naturaleza misma del acto conyugal, son separados artificialmente. De este modo, se traiciona la unión y la fecundidad se somete al arbitrio del hombre y la mujer".54
Esto sucede con "cada acción que, en previsión del acto conyugal, o en su cumplimiento, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga, como finalidad o como medio, hacer imposible la procreación"55. Ayudar a la pareja a concebir bajo las TRA, necesaria para los problemas que presenta esa pareja que se quiere y necesita de la ayuda de Dios a través del precepto divino de crecer y multiplicarse. Es un don que Dios le ha dado al hombre para que aplique su inteligencia bajo sus preceptos.
Surge así "la diferencia antropológica y al mismo tiempo moral que existe entre la contracepción y el recurso de los ritmos temporales".56
"No se trata de una distinción a nivel simplemente de técnicas o de métodos, en los cuales el elemento decisivo estaría constituido por el carácter artificial o natural del procedimiento.57 Es una diferencia que involucra "dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana irreducibles entre sí".58
Es necesario ahora reconocer y motivar la "diferencia": "la razón última de cada método natural no es simplemente su eficacia o importancia biológica, sino su coherencia con la visión cristiana de la sexualidad expresiva del amor conyugal".59
"Se afirma con frecuencia que utilizar las TRA o el uso anticoncepción, seguro y asequible a todos, atentan contra la dignidad humana. La objeción, mirándolo bien, se revela en realidad falaz… De hecho, la cultura abortista está particularmente desarrollada por el impedimento que se tiene al desarrollo de la ciencia en los ambientes que rechazan la enseñanza de la Iglesia sobre la anticoncepción y las TRA". 60
Más que como instrucciones de uso, lo métodos naturales responden al significado atribuido al amor conyugal, que dirige y determina la vivencia de la pareja: "La elección de los ritmos naturales comporta la aceptación del tiempo de la persona, es decir, el de la mujer, y recíproco, la responsabilidad común, el dominio de sí. En este contexto, la comunión conyugal viene enriquecida con los valores de ternura y de afectividad, los cuales constituyen el alma profunda de la sexualidad humana, aun en su dimensión física". 61
Los agentes de la salud pueden contribuir, según su propia oportunidad, a favorecer esta concepción humana y cristiana de la sexualidad, haciendo accesible a los cónyuges, y primero aun a los jóvenes, el conocimiento necesario para un comportamiento responsable y respetuoso de la dignidad peculiar de la sexualidad humana. Y del derecho que se tiene a la procreación de los hijos 62
Esto explica por qué la Iglesia católica sola apela a la "responsabilidad" de los agentes de salud para "ayudar con efectividad a los cónyuges a vivir su amor en el respeto a la estructura y la finalidad del acto conyugal, si otras Religiones con lecturas más profundas sobre la Biblia establecen que el acto conyugal dentro de la sensualidad puede expresar el acto de la sexualidad después de aplicada las TRA, que lo expresa". 63
1.20.-La Religión y la biotecnología: procreación artificial
La aplicación al hombre de biotecnologías deducidas de la fecundación de animales, ha hecho posibles diversas intervenciones sobre la procreación humana, suscitando graves cuestiones de licitud moral. "Las distintas técnicas de reproducción artificial, que parecían puestas al servicio de la vida y que son practicadas no pocas veces con esta intención, en realidad dan pie a nuevos atentados contra la vida" 64
El criterio ético valorativo está aquí señalado por la dignidad del engendrar humano, que "deriva de la originalidad misma de la persona humana".65 "La transmisión de la vida humana es confiada por la naturaleza a un acto personal y consciente y, como tal, sujeto a las santísimas leyes de Dios: leyes inmutables e inviolables que deben ser reconocidas y observadas".66 Tal acto personal es la íntima unión de amor de los esposos, los cuales donándose en totalidad recíprocamente, donan la vida. Es un único e indivisible acto, conjuntamente unitivo y procreativo, conyugal y de paternidad.67
Este acto -"expresión del don recíproco que, según la palabra de la Escritura, realiza la unión "en una sola carne" 68 es el centro de la fuente de vida y se puede expresar en la utilización de las TRA.
El hombre no tiene la libertad de desconocer y desatender los significados y los valores intrínsecos a la vida humana desde que nace. "Es por esto que no se pueden usar medios y seguir leyes que pueden ser lícitas en la transmisión de la vida de las plantas y de los animales".69 La dignidad de la persona humana exige que ésta venga a la existencia como don de Dios y fruto del acto conyugal, propio y específico del amor unitivo y procreativo entre los esposos, acto que por su misma naturaleza resulta insustituible, pero puede con el amor de la pareja y la necesidad de procreación utilizar las TRA, bajo ese fruto propio y especifico del amor conyugal y el deseo de unirse para dar el fruto del acto conyugal.
Cada medio e intervención médica, en el ámbito de las TRA para la procreación, debe tener una función de asistencia y jamás de sustitución del acto conyugal. En efecto, "el médico está al servicio de las personas y de la procreación humana: no tiene facultad de disponer ni de decidir sobre ellas. La intervención médica es respetuosa de la dignidad de las personas cuando tiene por fin ayudar al acto conyugal… Al contrario, nunca ha querido la intervención médica sustituir al acto conyugal… : en este caso la acción médica resulta, como debería, al servicio de la unión conyugal, no se apropia de la función procreadora, ni se contradice a la dignidad y a los derechos inalienables de los esposos y del niño que va a nacer".70
"No proscribe necesariamente el uso de algunos medios artificiales destinados únicamente ya sea a facilitar el acto natural, ya sea a procurar el logro del propio fin del acto natural normalmente realizado".71 Es el caso de la inseminación artificial homóloga, o sea, dentro del matrimonio con semen del cónyuge, cuando ése es obtenido a través del acto conyugal normal. Pero recordemos el pasaje de Sara en la Biblia, cuando Dios le iluminó para que a través de una esclava pudiera darle hijos a su esposo Abraham. De manera semántica podríamos decir que en este tiempo podría ser un vientre de alquiler.
1.20.1.- La religión Católica y la Fertilización in vitro con embrión transferido
Es ilícita la FIVET (Fertilización in vitro con embrión transferido) homólogo, porque la concepción no proviene de la realización del acto conyugal -"el fruto del acto conyugal específico del amor entre los esposos"72- sino fuera: in vitro, por obra de técnicas que le determinan sus condiciones y deciden su actuación.73 LA FIVET responde no a la lógica de la "donación", que connota el generar humano, sino de la "producción" y del "dominio", propia de los objetivos y de los efectos. Aquí el hijo no nace como "don" de amor, sino como "producto" de laboratorio.74
"En sí misma" la FIVET "disocia los gestos que están destinados a la fecundación humana del acto conyugal", acto "indivisiblemente corporal y espiritual". La fecundación se efectúa fuera del cuerpo de los cónyuges. Esta no es "ni de hecho obtenida ni positivamente querida como la expresión y el fruto de un acto específico de la unión conyugal", sino como el "resultado" de una intervención técnica.75
El hombre "no considera ya la vida como un don espléndido de Dios, una realidad "sagrada" confiada a su responsabilidad y, por tanto, a su custodia amorosa, a su "veneración". La vida llega a ser simplemente "una cosa", que el hombre reivindica como su propiedad exclusivamente, totalmente dominable y manipulable".76
El deseo del hijo, aunque sincero e intenso, de parte de los cónyuges, no legitima el recurso de técnicas contrarias a la verdad del engendrar humano y a la dignidad del nuevo ser humano.77
El deseo del hijo no origina ningún derecho al hijo. Este es persona, con dignidad de "sujeto". En cuanto tal no puede ser querido como "objeto" de derecho. El hijo es más bien sujeto de derecho: el hijo tiene el derecho a ser concebido en el pleno respeto de su persona.78
Además de estas razones intrínsecas a la dignidad de la persona y a su concepción, contribuyen también circunstancias y consecuencias relativas al modo como es practicada hoy la FIVET homóloga, que la hacen moralmente inadmisible.
Esta, en efecto, se obtiene a costa de numerosas pérdidas embrionarias, que son abortos procurados. Puede comportar, además, el congelamiento, lo que significa la suspensión de la vida, de los embriones así llamados "supernumerarios" y frecuentemente también su destrucción. 79
Es inaceptable la inseminación "post mortem", o sea con semen, depositado en vida, del cónyuge difunto.
Se trata de factores agravantes de un procedimiento técnico que ya en sí mismo es moralmente ilícito y que permanece como tal aun sin ellos.80
Las técnicas heterólogas están "marcadas" por la "negatividad ética" de una concepción disociada del matrimonio. El recurso de gametos de personas extrañas a los esposos es contraria a la unidad del matrimonio y a la fidelidad de los esposos y perjudica el derecho del hijo a ser concebido y traído al mundo en el matrimonio y por el matrimonio.
"La procreación se convierte entonces en el "enemigo" a evitar en la práctica de la sexualidad. Cuando se acepta es sólo porque manifiesta el propio deseo, o incluso la propia voluntad, de tener un hijo "a toda costa" y no, en cambio, por expresar la total acogida del otro y, por tanto, la apertura a la riqueza de vida de la que el hijo es portador".81
Tales técnicas, en efecto, desatienden la vocación común y unitaria de los cónyuges a la paternidad y a la maternidad -a "convertirse en padre y madre solamente uno a través del otro"- y provocan una "ruptura entre paternidad genética, paternidad gestacional y responsabilidad educativa", que repercute desde la familia a la sociedad.82
Motivo ulterior de deslegitimación es la comercialización y la selección eugenética de los gametos.
Por los mismos motivos, agravados en la esencia del vínculo matrimonial, es moralmente inaceptable la fecundación artificial de núbiles y conviventes.83
"Así se deforma y falsifica el contenido originario de la sexualidad humana, y los dos significados, unitivo y procreativo, innatos a la naturaleza misma del acto conyugal, son separados artificialmente. De este modo se traiciona la unión y la fecundidad se somete al arbitrio del hombre y de la mujer".84
Igualmente contraria a la dignidad de la mujer, a la unidad del matrimonio y a la dignidad de la procreación de la persona humana, es la maternidad "sustitutiva".
Implantar en el útero de una mujer un embrión que le es genéticamente extraño como también fecundarla solamente con el propósito de entregar el niño que va a nacer a un destinatario, significa disociar la gestación de la maternidad, reduciéndola a una incubación irrespetuosa de la dignidad y del derecho del hijo a ser "concebido", llevado en el seno materno, traído al mundo y educado por sus propios padres".85
El juicio de ilícito moral concierne claramente a la modalidad por medio de la cual se obtiene la fecundación humana y no al fruto de estas técnicas, que es siempre un ser humano, para acoger como un don de la bondad de Dios y para educar con amor".86
1.20.2.- Las religiones y el miedo a la fecundación entre gametos humanos y animales en las técnicas de fecundación artificial
Las religiones tienen el temor de que se realicen investigaciones, donde se pueden abrir hoy el camino a experimentos o proyectos de fecundación entre gametos humanos y animales, de gestación de embriones humanos en úteros animales o artificiales, de reproducción sexual de seres humanos mediante fisión gemelar, clonación, partenogénesis.
Tales procedimientos son opuestos a la dignidad humana del embrión y de la procreación, por lo cual deben considerarse reprobables.87
Una medicina ordenada al bien integral de la persona no puede prescindir de los principios éticos que presiden el engendrar humano.
Este es el motivo de la "presente apelación" a médicos e investigadores a dar "un testimonio ejemplar del respeto debido al embrión humano y a la dignidad de la procreación".88
El servicio médico a la vida acompaña el vivir de la persona a lo largo de toda la existencia terrenal. Esto se convierte en protección, promoción y cuidado de la salud, o sea, de la integridad y del bienestar psico-físico de la persona, en la cual la vida "toma cuerpo".89
Es un servicio fundado en la dignidad de la persona humana y en el derecho a la vida y se expresa tanto en la profilaxis, tratamiento y rehabilitación, como también en la promoción de la salud global del hombre.
Esta responsabilidad compromete al agente de la salud en un servicio a la vida que va "desde su primer inicio hasta su término natural", o sea "de la concepción a la muerte".90
1.21.-LA RELIGIÓN y LA DIGNIDAD DEL NO NACIDO
El Papa Juan Pablo II constató en la mañana del 3 de abril del 2001, que el embrión se ha convertido en uno de los blancos más expuestos a los beneficios y peligros de la extraordinaria evolución de la ciencia biogenética al recibir a los participantes en el XVI Congreso Internacional organizado por el Instituto de Ginecología y Obstetricia de la Universidad de «La Sapienza» de Roma.
La intervención del Papa tomó pie del significativo título del Congreso: «El feto como paciente». Al reflexionar sobre este tema, constató que estos científicos y médicos están considerando «el feto en su plena dignidad humana, una dignidad que posee el niño que todavía no ha nacido desde el instante de su concepción». Se trata de un valor fundamental de la moral cristiana, que la Iglesia ha tenido que proclamar con mayor fuerza en las últimas décadas, caracterizadas, según él mismo constató, por la afirmación de visiones «reductoras o distorsionadas» sobre el sentido de la humanidad del embrión, y la promulgación de leyes que «introducen sin ningún fundamento científico estadios cualitativos en el desarrollo de la vida concebida».
Por otra parte, el Santo Padre denunció con claridad las técnicas de reproducción artificial, que «aparentemente están al servicio de la vida, pero que abren de hecho la puerta a nuevos ataques contra la vida». Como ya dejó claro en la «Evangelium Vitae» estos métodos son «moralmente inaceptables», pues separan la procreación del contexto plenamente humano del acto de amor conyugal. Ahora bien, estas técnicas son aún más graves cuando utilizan procedimientos de «reducción embrional», es decir, «la eliminación de algunos fetos en el caso de que tengan lugar varias concepciones al mismo tiempo. Este procedimiento es gravemente ilícito». Se trata de un recurso que, en el fondo, no hace más que aplicar una selección artificial a través del aborto de varios niños concebidos.
La vida del embrión, para el Papa, supera todo tipo de conjetura. Independientemente de que los embriones hayan sido fruto de la procreación natural o artificial, «el niño concebido tiene que ser totalmente respetado. La vida del feto tiene que ser protegida, defendida y cuidada en el seno de la madre a causa de su dignidad, una dignidad que pertenece al embrión y que no es algo concedido o garantizado por otros, ya sean los padres genéticos, el personal médico o el Estado».
Cuando se toca el tema de la vida o de la muerte, no podemos bajar a compromisos, dice el Papa: la vida tiene que ser tutelada como un valor absoluto, pues es «un don incomparable del amor creativo de Dios». Por ello invitó a los médicos ginecólogos y obstétricos a defender con su trabajo la salud de toda nueva vida, inspirándose siempre «en una comprensión clara de la dignidad que le corresponde a todo ser humano».
1.21.1.-CARDENAL ROUCO: LAS LEYES CONTRA LA VIDA LLEVAN A LA DECADENCIA
Comienza la LXXIV Asamblea Plenaria del Episcopado español «En numerosas ocasiones los obispos españoles han ofrecido criterios de discernimiento en las Iglesias y a la sociedad ante las amenazas que se ciernen sobre la familia y sobre la vida humana. Por ejemplo, en el momento en el que se introdujo en la legislación civil la posibilidad del divorcio, cuando paradójicamente se despenalizó el crimen del aborto o en las ocasiones en las que se pretendió ampliar aún más la despenalización; cuando se legisló acerca de ciertas técnicas de reproducción artificial de un modo poco respetuoso de la familia y de la vida humana; al plantearse la cuestión de las uniones de personas del mismo sexo o ante las campañas a favor de la legalización de la eutanasia». Con estas palabras, el cardenal de Madrid y presidente de la Conferencia Episcopal Española, Antonio María Rouco, se dirigió a los obispos presentes en la inauguración de los trabajos de la LXXIV Asamblea Plenaria del Episcopado.
Para el purpurado, el momento actual parece el idóneo para «hacer una revisión más a fondo de la situación y de ofrecer orientaciones más abarcantes y sistemáticas sobre estos temas tan delicados y de tan decisiva importancia». Tanto es así, que «se puede hablar casi de una nueva situación cultural», donde los errores y las vacilaciones «no son escasos ni poco preocupantes y no tardan en reflejarse en disposiciones legales o jurisdiccionales, algunas de más alto nivel, que alarman, con toda razón, a las personas preocupadas por el destino de nuestra sociedad y de cada ser humano cercano a nosotros».
Parafraseando a Juan Pablo II, el cardenal Rouco afirmó que «existen hechos que demuestran con creciente claridad cómo las políticas y las legislaciones contrarias a la vida están llevando a las sociedades a la decadencia, no sólo moral, sino también demográfica y económica». Por ello, continuó el arzobispo de Madrid, «la Iglesia ha de seguir ofreciendo, con humildad y decisión, su mensaje sobre la vida y el amor humano».
Uno de los puntos fuertes del discurso de Rouco fue el referido a la reflexión, por parte de la Iglesia española, sobre el pasado y sus errores, que ya quedó plasmada en el documento «La fidelidad de Dios dura siempre. Mirada de fe al siglo XX», aprobado por la última plenaria de los obispos. Respecto a la Guerra civil, el texto pronunciado por el cardenal decía que «no podía faltar en este marco una referencia, aunque breve, a la tragedia de la Guerra civil que costó la vida a tantos españoles a mediados del siglo que termina». Tras lamentar dicho acontecimiento, el cardenal se quejó de que, tras leer el documento, "algunos hubieran querido escuchar de nosotros una justificación, si no una glorificación de aquellos hechos. Otros han echado en falta una autoinculpación de la Iglesia como causante de la ruptura de la paz y como sostenedora del régimen político implantado por los perdedores"."No hemos querido hacer ni lo uno ni lo otro», apuntó Rouco, puesto que «nos parece que no hubiera sido justo ni oportuno entrar en juicios históricos de esta naturaleza. Hemos pedido y pedimos perdón a Dios por todas las acciones contrarias al Evangelio de la paz y la misericordia cometidas por los españoles de un lado y otro de los frentes bélicos, por tanto, también las de los católicos de cualquier estado y condición".
Respecto a los mártires, el presidente del Episcopado mostró su predisposición por "organizar –unificándolos y agilizándolos– los procesos de canonización de algunos de los numerosos hermanos y hermanas en la fe que dieron su vida por Cristo" en la contienda bélica. "El recuerdo y la honra que les tributamos –aclaró el cardenal– no debe inducir a nadie a reabrir viejas heridas ni a justificar la violencia como arma política". El otro asunto que trató en su discurso el purpurado fue el de las relaciones con el Gobierno, sobre todo en la cuestión de la clase de religión. En este sentido, Rouco señaló que «la enseñanza de la religión católica en la escuela es una tarea delicada y vital que la Iglesia desea promover y facilitar del mejor modo posible para el bien de los mismos escolares y de la sociedad en general».
Por ello, afirmó que es necesario "encontrar la solución adecuada del problema del estatuto académico de la clase de Religión y Moral Católica, acorde con el Acuerdo entre la Santa Sede y España y respetuosa de los derechos de todos».Tras el discurso de Rouco, el nuevo nuncio, Manuel Monteiro de Castro, realizó un breve saludo a los obispos españoles, señalando su alegría por estar en un país como España, «del que me siento tan cercano".
1.22.- La fecundación in vitro a examen de la ciencia
El 20vº encuentro anual de la Sociedad Europea de Reproducción Humana y Embrionología proporcionó impresiones encontradas. Junto con las acostumbradas noticias sobre los últimos avances de las técnicas de fecundación in vitro (IVF), hubo más sombrías exposiciones sobre los límites y abusos de los métodos de reproducción artificial. El encuentro del 27 al 30 de junio tuvo un desfavorable comienzo, cuando Rolf Winau, profesor de historia de la medicina en la Universidad Libre de Berlín, defendió el levantamiento de las restricciones de su país a los métodos reproductivos. Winau animaba a los doctores de Alemania a pasar por encima de los tabú es originados por los abusos nazis, informaba el Times de Londres el 28 de junio. Winau defendía que se levantaran los límites contenidos en la ley de protección de embrión que previene el uso de técnicas como la diagnosis genética de preimplantación. Este método identifica los embriones con problemas genéticos, para destruirlos.
Luego vino la noticia de que, por primera vez, una mujer había quedado embarazada tras una trasplante de tejido ovárico, informó el 29 de junio la BBC. La mujer, cuyo bebé concebido naturalmente nacerá en octubre, fue tratada por médicos de la Universidad Católica de Lovaina en Bruselas.
En 1997 se diagnosticó a la paciente un linfoma de Hodgkin avanzado. Tras someterse a quimioterapia, se tomó una parte de su tejido ovárico y se congeló. Tras ser declarada libre de cáncer en abril de 2003, el tejido se volvió a trasplantar a su cuerpo. Todavía hay dudas de si el óvulo que ha sido fertilizado venía del tejido transplantado o del ovario que había quedado en su cuerpo, y que podría haber comenzado a funcionar de nuevo. A pesar de esas dudas, Josephine Quintavalle del Centro de Ética Reproductiva del Reino Unido advertía: «Ésta técnica no debería utilizarse a la ligera. Espero sinceramente que no se utilice como una elección de forma de vida para decidir cuándo quieres tener hijos». 1.22.1.- La Religión y los Límites al éxito de las TRA. La conferencia también advirtió a las mujeres que no aguardasen demasiado para tener hijos, si esperan poder solucionar cualquier problema de fertilidad a través de las técnicas de reproducción artificial. En una nota de prensa del 17 de junio, los organizadores de la conferencia dieron detalles sobre un estudio de Henri Leridon, demógrafo del Instituto Francés de Investigación Médica y Sanitaria y del Instituto Nacional para los Estudios Demográficos.
Las investigaciones de Leridon concluían que, bajo condiciones naturales, tres cuartas partes de las mujeres que intentan comenzar a concebir a la edad de 30 años tendrán un embarazo dentro del primer año. Esta cifra se reduce a dos tercios para las mujeres de 35 años y cae hasta el 44% para las que comienzan a los 40. Pero, señalaba Leridon, las técnicas artificiales compensarán únicamente la mitad de los nacimientos perdidos al posponer el primer intento de embarazo hasta los 30 a 35 años, y sólo compensarán un 30% de los nacimientos al posponerlo hasta los 35-40 años. Refiriéndose a las mujeres de 35 años o más, Leridon afirmaba que los métodos artificiales «no te compensarán plenamente por los años, y las oportunidades de concebir, que hayas perdido». Consecuencias para los hijos se trataron en algunos informes en la conferencia suscitaron preocupación por los hijos concebidos a través de IVF. Un estudio de investigadores británicos concluía que a dos tercios de los niños nacidos a través de donaciones de embriones hechas por extraños no se les hablará de sus verdaderos orígenes biológicos, informaba el 29 de junio el periódico británico Independent. Los psicólogos, de la Universidad de la City de Londres, entrevistaron a un grupo de 21 padres que habían concebido a través de las donaciones de embriones, otro grupo de 28 familias adoptivas, y 30 parejas que habían concebido a través de los métodos normales de IVF. Resultó que sólo el 30% de las parejas que usaron embriones donados tenían planeado ser sinceras sobre los orígenes de sus hijos. Dato que hay que comparar con el 100% de los padres adoptivos y el 90% de los tratados con sus propios embriones. La conferencia de Berlín también destacó los peligros implicados en la clonación. Los investigadores de la Universidad de Cornell, en el estado de Nueva York, advirtieron de que la clonación crea potencialmente anormalidades peligrosas en los embriones, informaba el 30 de junio la BBC. Los científicos llevaron a cabo un estudio con embriones clonados de ratón. Descubrieron que muy pocos de los embriones clonados alcanzaron el estadio de blastocisto, en el que los embriones tienen de 3 a 5 días. Además. los investigadores observaron en los clones patrones de desarrollo genético inusuales. El Dr. Takumi Takeuchi, que dirigió la investigación, afirmó que el estudio «nos ha convencido más de que la clonación reproductiva es insegura y no debería aplicarse a los humanos». Otro estudio demostró que implantar embriones múltiples pone en peligro tanto a las madres como a los bebés, informó el 30 de junio el Telegraph de Londres. La advertencia se basa en un estudio de la doctora Ann Thurin, del Hospital Universitario de Sahlgrenska, en Goteborg, Suecia. Su investigación implicó a un grupo de 661 mujeres con menos de 36 años. En la mitad se implantaron dos embriones y, en las demás, sólo uno. Las mujeres del grupo de un único embrión tuvieron un índice de éxito de cerca del 40%, comparado con el 44% de las que tuvieron dos embriones a la vez. Thurin explicó que los partos dobles y triples es más probable que sean prematuros, tengan bajo peso al nacer y sufran de complicaciones en el momento de nacer. También tienen un mayor riesgo de nacer lisiados. Proteger la dignidad humana es la extensión del uso del IVF siempre ha suscitado preocupaciones éticas. A inicios de este año la Academia Pontificia para la Vida dedicó su asamblea general a este tema. El comunicado final del 21 de febrero de la academia se titulaba: «La Dignidad de la Procreación Humana y las Tecnologías Reproductivas. Aspectos Antropológicos y Éticos». La declaración observaba que, en los 28 años transcurridos desde el nacimiento del primer bebé usando el IVF, cerca de un millón de niños han nacido usando estos procedimientos. Pero el índice de éxito de las técnicas artificiales todavía es muy bajo, observaba la declaración, y una consecuencia de esto es una pérdida enorme de embriones humanos.
La academia pontificia advertía del surgimiento de una mentalidad que ve el recurso a las técnicas artificiales como una forma preferencial de concebir niños, puesto que los métodos dan la capacidad de un mayor control sobre la calidad de los embriones concebidos. Esta mentalidad lleva en sí el peligro de considerar a los niños como un mero producto cuyo valor depende de que alcancen un nivel satisfactorio de calidad. «La consecuencia dramática de esta nueva actitud es la eliminación sistemática de aquellos embriones humanos que resultan carentes de la calidad considerada suficiente de acuerdo con parámetros y criterios inevitablemente cuestionables», advertía la declaración de la academia pontificia. El comunicado final declaraba que todo ser humano es una unidad de cuerpo y alma desde el momento de la concepción. «Por ello, la dignidad -que es dignidad de persona humana- de un hijo, de todo hijo, independientemente de las circunstancias concretas en las que se inicia su vida, sigue siendo un bien intangible e inmutable, que exige ser reconocido y tutelado, tanto por los individuos cuanto por la sociedad en su conjunto». La declaración de la Pontificia Academia para la Vida reconocía que las parejas que no pueden tener hijos por los medios normales sin duda soportan un gran sufrimiento. Este deseo comprensible y lícito de un hijo, no debe, sin embargo transformarse «en un pretendido ‘derecho al hijo’, incluso ‘a toda costa’». La declaración impulsaba a considerar a un hijo como «un regalo muy valioso que, llegue cuando llegue, ha de acogerse con amor». La dignidad de la persona, explicaba la academia requiere «el recíproco don de amor esponsal de un varón y una mujer, expresado y realizado en el acto conyugal, en el respeto de la unidad inseparable de sus significados unitivo y procreador».
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |