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Introducción a la ciencia jurídica II – Paraguay (página 7)


Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7

– Art. 1 de la renuncia.

– Art. 2 del traslado.

– Art. 3 de la remoción.

– Art. 4 de la privación.

Título X de prescripción (Cann. 197 – 199)

Título XI del cómputo del tiempo (Cann. 200 – 203)

LIBRO II DEL PUBLO DE DIOS

PARTE I DE LOS FIELES CRISTIANOS (Cann. 204 – 207)

Título I de las obligaciones y derechos de todos los fieles (Cann. 208 – 223)

Título II de las obligaciones y derechos de los fieles laicos (Cann. 224 – 231)

Título III de los ministros sagrados o clérigos (Cann. 232 – 293)

* Capítulo I de la formación de los clérigos.

* Capítulo II de la adscripción o incardinación de los clérigos.

* Capítulo III de las obligaciones y derechos de los clérigos.

* Capítulo IV de la pérdida del estado clerical.

Título IV de las prelaturas personales (Cann. 294 – 297)

Título V de las asociaciones de fieles (Cann. 298 – 329)

* Capítulo I normas comunes.

* Capítulo II de las asociaciones públicas de fieles.

* Capítulo III de las asociaciones privadas de fieles.

* Capítulo IV normas especiales de las asociaciones de laicos.

PARTE II DE LA CONSTITUCIÓN JERARQUICA DE LA IGLESIA

SECCION I DE LA SUPREMA AUTORIDAD DE LA IGLESIA (Cann. 330 – 367)

* Capítulo I del Romano Pontífice y del Colegio Episcopal

– Art. 1 del Romano Pontífice.

– Art. 2 del Colegio Episcopal.

* Capítulo II del Sínodo de Obispos.

* Capítulo II de los Cardenales de la Santa Iglesia Romana.

* Capítulo IV de la Curia Romana.

* Capítulo V de los Legados del Romano Pontífice.

SECCION II DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE SUS AGRUPACIONES

Título I de las iglesias particulares y de la autoridad constituida en ellas (Cann. 368 – 430)

* Capítulo I de las iglesias particulares.

* Capítulo II de los obispos.

– Art. 1 de los obispos en general.

– Art. 2 de los obispos diocesanos.

– Art. 3 de los obispos coadjutores y auxiliares.

* Capítulo III de la sede impedida y de la sede vacante

– Art. 1 de la sede impedida.

– Art. 2 de la sede vacante.

Título II de las agrupaciones de las iglesias particulares (Cann. 431 – 459)

* Capítulo I de las provincias eclesiásticas y de las regiones eclesiásticas.

* Capítulo II de los metropolitanos.

* Capítulo III de los concilios particulares.

* Capítulo IV de las conferencias episcopales.

Título III de la ordenación interna de las iglesias particulares (Cann. 460 -572)

* Capítulo I del sínodo diocesano.

* Capítulo II de la curia diocesana.

– Art. 1 de los vicarios generales y episcopales

– Art. 2 del canciller y otros notarios, y de los archivos.

– Art. 3 del consejo de asuntos económicos y del ecónomo.

* Capítulo III del consejo presbiteral y del colegio de consultores

* Capítulo IV de los cabildos de canónicos

* Capítulo V del consejo pastoral

* Capítulo VI de las parroquias, de los párrocos y de los vicarios parroquiales

* Capítulo VII de los arciprestes

* Capítulo VIII de los rectores de las iglesias y de los capellanes

– Art. 1 de los rectores de iglesias.

– Art. 2 de los capellanes.

PARTE III DE LOS INSTITUTOS DE VIDA CONSAGRADA

SECCION I DE LOS INSTITUTOS DE VIDA CONSAGRADA

Título I normas comunes de todos los institutos de vida consagrada (Cann. 573 – 606)

Título II de los institutos religiosos (Cann. 607 – 709)

* Capítulo I de las casas religiosas y de su erección y supresión.

* Capítulo II del gobierno de los institutos.

– Art. 1 de los superiores y de los consejos.

– Art. 3 de los bienes temporales y de su administración.

* Capítulo III de la admisión de los candidatos y de la formación de los miembros.

– Art. 1 de la admisión en el noviciado

– Art. 2 del noviciado y de la formación de los novicios

– Art. 3 de la profesión religiosa

– Art. 4 de la formación de los religiosos

* Capítulo IV de las obligaciones y derechos de los institutos y de sus miembros

* Capítulo V del apostolado de los institutos.

* Capítulo VI de la separación del instituto.

– Art. 1 del tránsito a otro instituto.

– Art. 2 de la salida del instituto.

– Art. 3 de la expulsión de los miembros.

* Capítulo VII de las conferencias de superiores mayores.

Título III de los institutos seculares (Cann. 710 – 730)

SECCION II DE LAS SOCIEDADES DE VIDA APOSTÓLICA (Cann. 731 -755)

LIBRO III LA FUNCION DE ENSEÑAR DE LA IGLESIA

Título I del ministro de la palabra divina (Cann. 756 – 780)

* Capítulo I de la predicación de la palabra de Dios

* Capítulo II de la formación catequética Título II de la actividad misional de la iglesia (Cann. 781 – 792)

Título III de la educación católica (Cann. 793 – 821)

* Capítulo I de la escuela.

* Capítulo II de las universidades católicas y otros institutos católico de estudios superiores.

* Capítulo III de las universidades y facultades eclesiásticas.

Título IV de los instrumentos de comunicación social y especialmente de los libros (Cann. 822 – 832)

Título V de la profesión de fe (Cann. 833 – 848)

LIBRO IV DE LA FUNCION DE SANTIFICAR LA IGLESIA

PARTE I DE LOS SACRAMENTOS

Título I del Bautismo (Cann. 849 – 878)

* Capítulo I de la celebración del Bautismo.

* Capítulo II del ministro del Bautismo.

* Capítulo III de los que van a ser bautizados.

* Capítulo IV de los padrinos.

* Capítulo V de la prueba y anotación del bautismo administrado.

Título II del sacramento de la Confirmación (Cann. 879 – 896)

* Capítulo I del modo de celebrar la Confirmación.

* Capítulo II del ministro de la Confirmación.

* Capítulo III de los que van a ser confirmados.

* Capítulo IV de los padrinos.

* Capítulo V de la prueba y anotación de la confirmación.

Título III de la santísima Eucaristía (Cann. 897 – 958)

* Capítulo I de la celebración eucarística

– Art. 1 del ministro de la santísima Eucaristía

– Art. 2 de la participación en la santísima Eucaristía

– Art. 3 de los ritos y ceremonias de la celebración eucarística

– Art. 4 del tiempo y lugar de la celebración de la Eucaristía

* Capítulo II de la reserva y veneración de la santísima Eucaristía

* Capítulo III del estipendio ofrecido para la celebración de la misa.

Título IV del sacramento de la Penitencia (Cann. 959 – 997)

* Capítulo I de la celebración del sacramento.

* Capítulo II del ministro del sacramento de la penitencia.

* Capítulo III del penitente.

* Capítulo IV de las indulgencias.

Título V del sacramento de la unción de los enfermos (Cann. 998 – 1007)

* Capítulo I de la celebración del sacramento.

* Capítulo II del ministro de la unción de los enfermos.

* Capítulo III de aquellos a quienes se ha de administrar el sacramento de la unción de los enfermos.

Título VI del Orden (Cann. 1008 – 1054)

* Capítulo I de la celebración y ministro de la ordenación.

* Capítulo II de los ordenandos.

– Art. 1 de los requisitos por parte de los ordenandos.

– Art. 2 de los requisitos previos para la ordenación.

– Art. 3 de las irregularidades y de otros impedimentos.

– Art. 4 de los documentos que se requieren y del escrutinio.

* Capítulo III de la inscripción y certificado de la ordenación realizada

Título VII del Matrimonio (Cann. 1055 – 1165)

* Capítulo I de la atención pastoral y de lo que debe preceder a la celebración del matrimonio.

* Capítulo II de los impedimentos dirimentes en general.

* Capítulo III de los impedimentos dirimentes en particular.

* Capítulo IV del consentimiento matrimonial.

* Capítulo V de la forma de celebrar el matrimonio.

* Capítulo VI de los matrimonios mixtos.

* Capítulo VII de la celebración del matrimonio en secreto.

* Capítulo VIII de los efectos del matrimonio.

* Capítulo IX de la separación de los cónyuges.

– Art. 1 de la disolución del vínculo.

– Art. 2 de la separación permaneciendo el vínculo.

* Capítulo X de la convalidación del matrimonio

– Art. 1 de la convalidación simple.

– Art. 2 de la sanción en raíz

PARTE II DE LOS DEMAS ACTOS DEL CULTO DIVINO

Título I de los sacramentales (Cann. 1166 – 1172)

Título II de la liturgia de las horas (Cann. 1173 – 1175)

Título III de las exequias eclesiásticas (Cann. 1176 – 1185)

* Capítulo I de la celebración de las exequias

* Capítulo II de aquellos a quienes se ha de conceder o denegar las exequias eclesiásticas.

Título IV del culto de los santos, de las imágenes sagradas y de las reliquias (Cann. 1186 – 1190)

Título V del voto y del juramento (Cann. 1191 – 1204)

* Capítulo I del voto.

* Capítulo II del juramento.

PARTE III DE LOS TIEMPOS Y LUGARES SAGRADOS

Título I de los lugares sagrados (Cann. 1205 – 1243)

* Capítulo I de las iglesias.

* Capítulo II de los oratorios y capillas privadas.

* Capítulo III de los santuarios.

* Capítulo IV de los altares.

* Capítulo V de los cementerios.

Título II de los tiempos sagrados (Cann. 1244 – 1253)

*Capítulo I de los días de fiesta.

*Capítulo II de los días de penitencia.

• LIBRO V DE LOS BIENES TEMPORALES DE LA IGLESIA (Cann. 1254 -1268)

Título I de la adquisición de bienes (Cann. 1259 – 1272)

Título II de la administración de los bienes (Cann. 1273 – 1289)

Título III de los contratos, especialmente de la enajenación (Cann. 1290 – 1298)

Título IV de la pías voluntades en general y de las fundaciones pías (Cann.

1299- 1310)

• LIBRO VI DE LAS SANCIONES EN LA IGLESIA

PARTE I DE LOS DELITOS Y PENAS EN GENERAL

Título I del castigo de los delitos en genera] (Cann. 1311 — 1312)

Título II de la ley penal y del precepto penal (Cann. 1313- 1320)

Título III del sujeto pasivo de las sanciones penales (Cann. 1321 – 1330)

Título IV de las penas y demás castigos (Cann. 1331 – 1340) ,

* Capítulo I de las censuras.

* Capítulo II de las penas expiatorias.

* Capítulo III de los remedios penales y penitencias Título V de la aplicación de las penas (Cann. 1341 – 1353)

Título VI de la cesación de las penas (Cann. 1354 – 1363)

PARTE II DE LAS PENAS PARA CADA UNO DE LOS DELITOS

Título I de los delitos contra la religión y la unidad de la iglesia (Cann. 1364 – 1369)

Título II de los delitos contra las autoridades eclesiásticas y contra la libertad de la iglesia (Cann. 1370 – 1377)

Título III de la usurpación de funciones eclesiásticas y de los delitos en el ejercicio de las mismas (Cann. 1378 – 1389)

Título IV del crimen de falsedad (Cann. 1390 – 1391)

Título V de los delitos contra obligaciones especiales (Cann. 1392 – 1396)

Título VI de los delitos contra la vida y la libertad del hombre (Cann. 1397- 1399)

• LIBRO VII DE LOS PROCESOS

PARTE I DE LOS JUICIOS EN GENERAL (Cann. 1400 – 1416)

Título II de los distintos grados y clases de tribunales (Cann. 1417 – 1445)

* Capítulo I del tribunal de primera instancia

– Art. 1 del juez.

– Art. 2 de los auditores y ponentes.

– Art. 3 del promotor de justicia, del defensor del vínculo y del notario.

*Capítulo II del tribunal de segunda instancia.

*Capítulo III de los tribunales de la Sede Apostólica.

Título III de la disciplina que ha de observarse en los tribunales (Cann. 1446- 1475)

– Capítulo I del oficio de los jueces y del ministros del tribunal.

– Capítulo II del orden en que han de conocerse las causas.

– Capítulo III de los plazos y prórrogas.

– Capítulo IV del lugar del juicio.

– Capítulo V de las personas que han de ser admitidas en la sede del tribunal y del modo de redactar y conservar las actas.

Título IV de las partes en causa (Cann. 1476 – 1490)

* Capítulo I del actor y del demandado.

* Capítulo II de los procuradores judiciales y abogados.

Título V de las acciones y excepciones (Cann. 1491 – 1500)

* Capítulo I de las acciones y excepciones en general.

* Capítulo II de las acciones y excepciones en particular.

PARTE II DEL JUICIO CONTENCIOSO

SECCION I

Título I de introducción de la causa (Cann. 1501 – 1512)

Capítulo I del escrito de demanda

Capítulo II de la citación y notificación de los actos judiciales Título II de la contestación a la demanda (Cann. 1513-1516)

Título III de la instancia judicial (Cann. 1517- 1525)

Título IV de las pruebas (Cann. 1526 – 1586)

* Capítulo I de las declaraciones de las partes.

* Capítulo II de la prueba documental.

– Art. 1 de la prueba documental.

– Art. 2 de la presentación de los documentos

* Capítulo III de los testigos y sus testimonios.

– Art. 1 quienes pueden ser testigos.

– Art. 2 de los testigos que han de ser llamados y excluidos.

– Art. 3 del examen de los testigos.

– Art. 4 del valor de los testimonios.

* Capítulo IV de los peritos.

* Capítulo V del acceso y reconocimiento judicial.

* Capítulo VI de las presunciones

Título V de las causas incidentales (Cann. 1587 – 1597)

* Capítulo I de la no comparecencia de las partes.

* Capítulo II de la intervención de un tercero en la causa.

Título VI de la publicación de las actas y de la conclusión de la causa (Cann. 1598- 1606)

Título VII de los pronunciamientos del juez (Cann. 1607 – 1618)

Título VIII de la impugnación de la sentencia (Cann. 1619 – 1640)

* Capítulo I de la querella de nulidad contra la sentencia.

* Capítulo II de la apelación.

Título IX de la cosa juzgada y de la restitución "in integrum (Cann. 1641

-1648)

* Capítulo I de la cosa juzgada.

* Capítulo II de la restitución "in integrum".

Título X de las costas judiciales y del patrocinio gratuito (Cann. 1649)

Título XI de la ejecución de sentencia (Cann. 1650 – 1655)

SECCION II DEL PROCESO CONTENCIOSO ORAL, (Cann. 1656 -1670)

PARTE III DE ALGUNOS PROCESOS ESPECIALES

Título I de los procesos matrimoniales (Cann. 1671 – 1707)

* Capítulo I de las causas para declarar la nulidad del matrimonio

– Art. 1 del fuero competente.

– Art. 2 del derecho a impugnar el matrimonio.

– Art. 3 del oficio de los jueces.

– Art. 4 de las pruebas.

– Art. 5 de la sentencia y de la apelación.

– Art. 6 del proceso documental.

– Art. 7 normas generales.

* Capítulo II de las causas de separación de los cónyuges.

* Capítulo III del proceso para las dispensas del matrimonio rato y no consumado.

* Capítulo IV del proceso sobre la muerte presunta del cónyuge Título II de las causas para declarar la nulidad de la sagrada ordenación (Cann. 1708 1712)

Título III de los modos de evitar juicios (Cann. 1713-1716)

PARTE IV DEL PROCESO PENAL (Cann. 1717 – 1731)

* Capítulo I de la investigación previa.

* Capítulo II del desarrollo del proceso.

* Capítulo III de la acción para resarcimiento de daños.

PARTE V DE LOS PROCEDIMIENTOS EN LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS Y EN LA REMOCIÓN O EL TRASLADO DE LOS PARROCOS (Cann. 1732 -1739)

SECCION I DEL RECURSO CONTRA LOS DECRETOS ADMINISTRATIVOS

SECCION II DEL PROCEDIMIENTO PARA LA REMOCIÓN Y TRASLADO DE LOS PARROCOS (Cann. 1740 – 1752)

* Capítulo I del modo de proceder en la remoción de párrocos.

* Capítulo II del modo de proceder en el traslado de los párrocos.

DOCUMENTOS PONTIFICIOS

Son fuentes principales del derecho canónico, las decisiones de los Papas, los decretos de los Concilios, la doctrina, la costumbre. Como se ha dicho, la suprema potestad legislativa de la Iglesia, reside en el Papa, sus disposiciones asumen diversas formas.

1. Generadoras de normas de carácter general:

– Decretales o Constituciones: Son decisiones reglamentarias de carácter general cuando la decisión del Papa se dirige a toda la Iglesia, o a gran parte de ella, con un fin principalmente doctrinario, se la llama "Encíclica". Si se trata de una decisión tomada por el Papa, sin que medie iniciativa de interesado, se llama "Motu proprio".

– Bulas: Forma solemne para asuntos muy fundamentales, en las que se utiliza el sello de plomo.

– Breves: Un estilo solemne, empleándose al sello del anillo del pescador.

– Epístolas: Simples por su forma, a diferencia de las encíclicas, se dirigen solo a un sector de la cristiandad.

2. Generador de normas jurídicas singulares.:

– Rescriptos: Son las decisiones o consultas solicitadas al Papa por personas determinadas, en materia de gracia o de justicia.

Los Decretos de los Concilios (Que para su obligatoriedad, requieren la aprobación del Papa), constituyen también una fuente importantísima del

derecho canónico.

El Derecho Canónico reconoce la costumbre como fuente de Derecho, por el mismo valor que la ley, pero solo requiere la fuerza de tal, por el

consentimiento de la autoridad eclesiástica competente.

DERECHO PÚBLICO ECLESIÁSTICO

Es aquel que emana del Estado y que está destinado a regir la vida jurídica de las comunidades religiosas existentes en su territorio, a diferencia del Derecho Canónico que según algunos radica en las fuentes de producción de dichos órdenes normativos. (Derecho canónico: Es dictado por la propia Iglesia Católica, para regir sus vidas y disciplinar relaciones con los fieles, establece las leyes que definen los derechos y obligaciones de los miembros de la sociedad cristiana, para lograr el fin a lo que están destinados).

BASES CONSTITUCIONALES DEL DERECHO PÚBLICO ECLESIASTICO

La Constitución Nacional vigente contiene todas las normas del Derecho Público, destinadas a regir las relaciones entre el Estado y la Iglesia Católica.

El preámbulo invoca el amparo de Dios, que es fuente de toda razón y justicia.

El Art. 82: Establece el reconocimiento de la Iglesia Católica, su protagonismo la formación histórica y cultural de la nación.

El origen de este artículo, ha sido la necesidad de declarar la importancia histórica que tiene la Iglesia Católica, y el culto que representa dentro de la formación de la Nacionalidad Paraguaya.

Por consiguiente dicho artículo establece claramente que el reconocimiento basándose en méritos acumulados, a hechos realizados que posee la Iglesia Católica no sólo en Paraguay, sino en toda América.

Por lo tanto, la identidad Paraguaya está conformada en una gran parte, por la religión Católica y por el ejercicio del culto, tal como lo viene haciendo la Iglesia Católica desde la fundación de la nacionalidad paraguaya, de manera que esta norma, es lo que se llama en técnica legislativa, una norma declarativa, no es una norma prescriptiva, no ha querido ser una norma prescriptiva desde el primer momento, sin embargo en la versión alternativa se la ha querido convertir en una norma prescriptiva. Esto en sí mismo no ofrece una desventaja, pero si hubiese de encerrar el artículo desde una perspectiva distinta, se ha querido hacer una norma declarativa, se le ha querido dar a la Iglesia Católica y al culto Católico, la importancia y la jerarquía que merece teniendo en cuenta la historia de esta nación.

– Artículo 24: De la Libertad Religiosa y de la Ideológica.

Quedan reconocidas la Libertad Religiosa, la de culto y la de ideológica, sin más limitaciones que las establecidas en esta constitución y la Ley.

Ninguna confesión tendrá carácter oficial.

El mismo artículo establece la relación del Estado con la Iglesia Católica, basándose en la independencia, cooperación y autonomía de los mismos.

Se garantiza la independencia y la autonomía de la iglesia y confesiones religiosas, sin más limitaciones que las impuestas en esta Constitución y las Leyes.

Nadie puede ser molestado, indagado u obligado a declarar por causas de sus creencias o de su ideología como lo garantiza el Artículo 37 de esta Constitución lo cual establece el derecho a la objeción de conciencia.

Se reconoce la objeción de conciencia por razones éticas o religiosas para los casos en que esta Constitución y la Ley lo admitan.

Bibliografía

* Material elaborado por el Prof. Dr. Félix Carlos Coronel Cristaldo – "Lecciones de Introducción a la Ciencia Jurídica II (Material adaptado al programa de estudio del primer curso (segundo semestre) – Universidad Católica "Ntra. Sra. De la Asunción" – Campus Universitario Concepción. Segunda Edición. Año. 2011.

 

 

Autor:

Domingo César Martínez Servín

 

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7
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