Ensayo acerca de la teoría de los controles de y en la Administración Pública colombiana
Enviado por fernandezangarita
- Planteamiento de la hipótesis
- Qué es el control y su necesidad.
- Los controles de la administración.
- Fórmulas para contrarrestar la corrupción. Ejercicio del control sin imponer sanciones
- ¿Si funcionan los controles?
- Elementos que distorsionan el control de la administración.
- Resultado de los controles.
- Conclusiones.
- Recomendaciones y sugerencias.
- Bibliografía.
- Anexos
El Estado Colombiano es democrático, participativo y pluralista indicando que es el propio pueblo quien directa o indirectamente elige a sus representantes en los diferentes estamentos, y que participa activamente en la toma de sus decisiones, aspecto que conlleva, entre otras cosas, a que el patrimonio de la Nación sea propiedad de todos los colombianos y que, por lo tanto, todo ciudadano esté llamado a velar por el cabal cumplimiento de las funciones de quienes fueron elegidos, y a ser partícipe en el control y vigilancia de sus recursos.
El artículo 90 de la Constitución Política de Colombia, y los preceptos de la Ley 678 de 2001, indican que cualquier servidor público que infrinja la Constitución y/o las Leyes, sea por omisión, por extralimitación o acción antijurídica en sus funciones, será responsable ante las autoridades por el perjuicio causado (Concuerdan con arts. 6 y 92 de la C.P.). Las normas de control interno son claras en las definiciones de las funciones, responsabilidades y autoridad, de hecho, su desconocimiento, así los dispone nuestro ordenamiento, no es justificación para evadir la propia responsabilidad en el cumplimiento de labores o la inaplicabilidad de las normas –artículo 9º Código Civil Colombiano-.
En materia de la armonización del control, muchos han sido los esfuerzos que en los diferentes niveles de la administración se han adelantado, sin embargo, la gran mayoría de éstos no se han consolidado en acuerdos permanentes, y se dejan las meras disposiciones sueltas sin contar con un eje que las agrupe y menos que las armonice. De otra parte, es común que se confundan los controles con las responsabilidades, olvidando que a pesar ser conceptos que no se excluyen son diferentes.
Con el presente ensayo, se pretende presentar un análisis académico acerca de la Teoría de los Controles de y en la Administración Pública Colombiana, para tal efecto se reduce el universo investigativo a temas trascendentes tales como la misma definición de control desde un punto de vista general y otro aplicado a la Administración Pública; la necesidad del control, sus indicadores, órganos; la corrupción y sus efectos; los indicadores, entre otros temas que se irán tímidamente deshilvanando a lo largo del ensayo, y finalmente sendos capítulos de conclusiones, sugerencias y recomendaciones.
A pesar de que el tema lo amerita, no se considerará la propuesta incluida dentro del refrendo concerniente a la supresión de Contralorías y Personerías, la razón, pues sencillamente ese solo tema da para una ensayo, o mejor un tratado, y la sola discusión tomaría tanto tiempo que no podríamos dedicárselo en menos de una hora de clases. No obstante, se está presto a ventilar el tema en el aula de clases si el docente o los compañeros así lo estiman.
HIPOTESIS PRINCIPAL: ¿Son suficientes y efectivos los controles de la Administración Pública?
HIPOTESIS SECUNDARIAS: ¿Qué tan convenientes resultan tantos controles en la Administración? ¿Qué sería de nuestro país sin los controles? ¿Se deben aumentar o disminuir los controles? ¿Para que se dan los controles? ¿La corrupción es propiciada por el sistema? ¿Si funcionan los controles?
1.- QUÉ ES EL CONTROL Y SU NECESIDAD.
Uno de los objetivos del hombre a lo largo de su existencia ha sido siempre alcanzar el control, primero sobre su persona, su familia, su tribu, y finalmente sobre la forma más avanzada de sociedad, el Estado, todo conduce al control del poder para controlar a sus semejantes, es allí donde entra precisamente el tema de control sobre la Administración Pública. El ejercicio del poder y del control son connaturales al hombre. El control debe entenderse como el dominio o capacidad de mantener la estabilidad del sistema, para tal efecto se recurre a la inspección, comprobación, verificación y examen, esto es, mantener el funcionamiento de la actividad dentro de los lineamientos preestablecidos.
El control como proceso encaminado al equilibrio implica la localización de restricciones (inspección) en las acciones ejecutadas. La finalidad de todo proceso de control es asegurar que el sistema no se salga del curso trazado para alcanzar los objetivos. Hay entonces un parámetro ya dado, patrones que nos imponen pautas tanto de conducta como de resultado, se resaltan entre otros los principios de legalidad, responsabilidad, prevalencia de los derechos fundamentales y del interés general sobre el particular y finalmente el de la división de poderes y su colaboración armónica.
El control se fundamenta en la información y en la acción, tiene como premisa principal la CONSTANCIA, no es esporádico, y cada sistema de control debe crear sus propios mecanismos tendientes a mantener a raya la desviación de parámetros. Un ingrediente clave para el control son las personas controladas y controladoras para lograr éxitos en los medidores. La administración sola por medio de castigos y amenazas no puede garantizar control, necesita del involucramiento y compromiso de su personal, columna vertebral de cualquier organización.
El control es una necesidad. En todas las actividades del hombre se requiere de controles desde los más elementales hasta los más complejos. La Administración Pública no es la excepción al proceso de control, si algo está llamado a ser controlado es ella. El ejercicio del poder de la cosa pública lleva inmerso el control. El poder corrompe, incluso la teoría clásica de la tridivisión del poder tuvo origen, entre otros aspectos, en la omnipotencia desmedida del monarca, legislaba, ejecutaba y juzgaba, era un crisol de sapiencia e infalibilidad. Es de humanos que el poder corrompa, por eso es necesario el control, el control en todo lo que implica es una necesidad, pero, ¿Es necesario y conveniente el exceso de controles? ¿Son suficientes esos controles? Ya nos ocuparemos de ello.
2.- LOS CONTROLES DE LA ADMINISTRACION.
Tal como se ha indicado en repetidas ocasiones en el aula de clases, se enunciarán los principales controles y órganos existentes en la Administración, sin detenernos en su análisis, pues válidamente se presume su conocimiento. Previas las anteriores aclaraciones, destacamos que nuestro ordenamiento materialmente consagra un sinfín de controles y órganos para la Administración Pública –a pesar de que la Carta Política solo erige oficial y formalmente como órganos de control a la Contraloría y la Procuraduría-, a continuación se presenta una enumeración de los órganos o dependencias que están llamados a ejercerla, reiterando el supuesto elemental anotado, que es conocido por todos, y aclarando, eso si, que el listado es meramente enunciativo, y obviamente dejando a un lado el precepto constitucional anotado. Destaco que usualmente resaltamos el control disciplinario, fiscal y penal, así lo hacemos por las responsabilidades inmersas en cada uno de ellos, tradicionalmente conocemos las "ÍAS", procuraduría, contraloría y fiscalía, pero como veremos a continuación, los anteriores a pesar de resaltarse como los más comunes e importantes (incluyo fiscalía), nos son los únicos ni mucho menos los más efectivos.
- Vicepresidencia de la República, Programa Anticorrupción;
- Ministerio Público (Procuraduría General de la Nación y Personerías);
- Contraloría General de la República;
- Fiscalía General de la Nación;
- Superintendencias;
- Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA-;
- Departamento Nacional de Planeación;
- Auditoría General de la República (incluye regionales);
- Contaduría General de la Nación;
- El Congreso Nacional, Asambleas y Concejos Municipales;
- Junta Directiva del Banco de la República;
- Participación ciudadana, a través de redes de veedurías, organizaciones sindicales, Juntas de Acción Comunal;
- Participación ciudadana directa, a través de las acciones de cumplimiento y las acciones populares o de grupo;
- Otra forma de participación ciudadana, aunque formalmente no esté clasificada es la denuncia de los hechos por conductos formales ante los respectivos órganos, o bien mediante las cuestionadas "Redes de Informantes"
Del anotado listado, se colige válidamente que el control va de la mano con la autoridad, y ésta está inmersa en todas y cada una de las dependencias oficiales, de hecho, tal como se indicó en la introducción todos los ciudadanos pueden hacer control y los servidores públicos no están exentos de ello. Ahora bien, como si los anteriores controles resultaran cortos, existen otros que están a cargo de la misma administración del respectivo ente, entre éstos se resalta fundamentalmente el ejercido por las oficinas de Control Interno y las Oficinas de Control Interno Disciplinario.
En complemento de lo anterior, se enuncia el concepto de autocontrol, cuestión que consiste, en responder por la ejecución de una labor, desde el inicio de un proceso hasta su finalización, ejerciendo por si mismo el control de nuestras propias actividades y operaciones en forma sistemática y permanente.
Sigue igualmente en su orden el control jerárquico, ejercido por el superior de cada dependencia quien es el responsable de la supervisión y verificación permanente, completa y oportuna de toda actividad realizada dentro de un proceso por los funcionarios adscritos a su dependencia. Igualmente se da el control de gestión, que exige que todos los funcionarios que intervengan en el desarrollo de un proceso actúen como autocontroladores de cada operación, inducidos a evaluar. Inclusive se da el Control de controles, que es ya una actividad de auditoria interna ejercida por la Oficina de Control Interno –se repite- mediante evaluación presencial con el fin de medir la calidad, eficiencia, eficacia y efectividad de los demás niveles de control, con el propósito de recomendar a la administración los correctivos necesarios. No olvidemos los principios que rigen la actividad de la Administración Pública previstos en el artículo 209 de la Carta Política.
Finalmente, a continuación se citan otros controles que si bien pueden entenderse inmersos dentro de los citados, tienen una consagración constitucional.
- De constitucionalidad en sus diferentes modalidades. Artículos 4, 166, 213, 215, 237, 241.
- De calidad de bienes y servicios. Artículo 78.
- De gestión. Artículos 267, 274, 343.
- De rendimiento. Artículo 256-4.
- De resultados Artículos. 119, 267 y 274.
- Jurisdiccional. Artículos 243,.
- Financiero. Artículo 267, 268 y 274.
- A los servicios públicos domiciliarios. Artículos 265 y 370.
- Administrativo-Jerárquico, de tutela y presupuestal Artículos 189, 209 y 352.
Pues bien, nótese que hasta ahora, sin mayores vacilaciones y sin adentrarnos profundamente en el campo de la Administración Pública hemos logrado detectar diferentes clases de controles así como varias dependencias del orden nacional, departamental y municipal o distrital, cuya finalidad única y exclusiva es hacer control a través del ejercicio de la autoridad.
Resultan de esta disertación una serie de preguntas obligadas, ¿Si son efectivos los controles de la Administración? ¿Qué tan convenientes resultan tantos controles en la Administración? ¿Qué sería de nuestro país sin los controles? ¿Se deben aumentar o disminuir los controles?. El ejercicio no es contestar particularmente cada uno de los cuestionamientos planteados, este es el tema de discusión en clases, sencillamente se trata de hacer una alto en el camino, hacer reflexiones en voz alta y entrar en calor.
¿Para que se dan los controles? Sencillo, porque sin él muy seguramente no se cumplirían los mandatos de la Carta Política, ese "mandato" es referido a todos los preceptos antes anotados, no obstante, por rigurosidad académica tomaremos esos controles aplicados a contrarrestar un pilar de la falta de confianza en la Administración Pública "La Corrupción", mayor flagelo que azota nuestra administración, y por ende, el cuérrago por donde se fugan nuestros impuestos. Una vez ubicados en este estadio, debemos entrar a determinar que se entiende por corrupción y la forma más acertada de contrarrestarla. Tenemos pues, que la corrupción es ciertamente un problema sumamente importante y de gran trascendencia pública, al punto que a partir de la sigla DRAGACOL –Dragados de Colombia-, en la opinión pública, la prensa, los gremios, la ciudadanía y en la misma Administración Pública se conjuga el verbo, "dragacolear", se ha vuelto verbo, adjetivo y hasta sustantivo, como es de esperarse es sinónimo de corrupción. Vaticino la absolución de todos los implicados -de puños y cuellos blancos, pero almas y conciencias negras-, por falta de pruebas y vencimientos de términos, que descaro!!
La corrupción es generalmente analizada de manera superficial. Es vista como un mero problema judicial o policial, descuidando el alto ingrediente político y cultural.
La corrupción es uno de los problemas más graves del país. Entre sus efectos más serios está la pérdida de confianza en la Administración Pública y el surgimiento de un apreciable grado de apatía y disociación en la ciudadanía hacia los servidores públicos. Asimismo, ésta erosiona la legitimidad del Estado, limita el proceso de desarrollo nacional y pervierte el ahorro público. En países con niveles altos de corrupción, la tasa de inversión apenas llega al 12,3%, mientras que en países con baja corrupción la inversión alcanza el 21,3%. Esta brecha se traduce en escaso crecimiento y en altas tasas de desempleo.
Una encuesta realizada por la Presidencia de la República de Colombia con el apoyo del Banco Mundial, arroja datos reveladores en relación con el desvío presupuestal en las compras y contrataciones estatales, y el débil desempeño institucional en materias de transparencia, control interno y autonomía. Ningún esfuerzo del Gobierno contra la corrupción es efectivo sin el respaldo ciudadano.
Es evidente que prácticamente en todos los países del mundo, la corrupción merece atención, preocupación e indignación. Permanentemente la prensa se detiene en ella denunciando sus múltiples modalidades, y sumado este fenómeno al deseo inmesurado de figuración de quienes dirigen los órganos de control, frecuentemente se falta a la verdad, así los órganos de control y la prensa le faltan al País.
Ciertamente también todos los gobiernos, ora a través del Poder Ejecutivo o del Judicial, llevan a cabo periódicamente campañas contra la corrupción, ayudados también por el interés de los medios de comunicación en el tema. No podemos entonces considerarnos indiferentes ante este problema; lo que tenemos que hacer es llamar la atención sobre un hecho fundamental: ¿Por qué, a pesar de estar todos preocupados por la corrupción y de existir múltiples programas contra ella, nunca hemos podido combatirla eficazmente? Obvia respuesta, pues por ella misma, que cada vez se trepa más y más, llegando, en ocasiones, a unos niveles que no alcanzamos siquiera a imaginar. En Colombia no hemos entendido qué es la corrupción. Generalmente la tomamos como una causa, cuando es un efecto.
Este elemento es capital para poder entender la lógica de los sistemas corruptos. Todos se preocupan por el problema pero equivocadamente se cree es que, por ser demasiado corruptos, no funciona el sistema, no funciona la democracia, no funciona la Ley, cuando es exactamente al revés. Como no funciona el Estado social de derecho, como no funciona el sistema institucional, se produce la corrupción como una alternativa para que la gente pueda desarrollar sus diferentes actividades económicas. ¿Es entonces la corrupción facilitada por el sistema? Es Irresponsable decir que si, aunque una respuesta negativa puede ser mas irresponsable aún. Esfuerzos para contrarrestarla tales como el Sistema de Información de Contratación Estatal –SICE-, el mismo Decreto 2170 de 2002, son regias intenciones ojalá no resulten infructuosos. La corrupción es una herencia un legado de nuestros bárbaros, colonizadores que llegaron a saquear y arrasar con todo lo estuviera a su paso, incluso podría pensarse en un legado genético, hay tratadistas que así lo afirman, pero tal teoría se desvirtúa al comprobar que incluso que en los países mas industrializados y desarrollados igualmente se presenta el fenómeno de la corrupción, a veces en mayor grado.
3.- FORMULAS PARA CONTRARRESTAR LA CORRUPCION. EJERCICIO DEL CONTROL SIN IMPONER SANCIONES
Está demostrado que la sola represión de la conducta no ha funcionado, por tanto se deben introducir algunos cambios organizacionales, además de los existentes, que inhiban esa proclive tendencia a la corrupción, nótese que el control no implica siempre represión, como equivocadamente se cree, tenemos pues:
- Mejoramiento de los métodos y procedimientos laborales para reducir las demoras.
- Mejorar las condiciones laborales de los servidores (incluye remuneración salarial)
- Incrementar la efectividad de la supervisión, para que los responsables puedan supervisar de manera efectiva el trabajo de sus subordinados.
- Rotar a los funcionarios, para asegurar que ninguno de ellos permanezca por mucho tiempo en el mismo puesto.
- Realizar inspecciones sorpresivas en los lugares de trabajo.
- Tomar medidas adecuadas de seguridad para evitar que personas no autorizadas tengan acceso a las dependencias públicas.
- Revisar permanentemente las medidas anticorrupción con el objeto de introducir las reformas necesarias. Dinamismo en las medidas, que vayan al día con el fraude.
- Medición de la eficiencia de los organismos haciendo énfasis en los resultados obtenidos, y no a los recursos utilizados.
- Modificaciones en los sistemas de contratación estatal. (Ley 80 de 1993, y decretos reglamentarios)
Un reciente estudio de la Corporación Transparencia por Colombia demostró que de 88 entidades pertenecientes a la Administración Pública, sólo una entidad Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) logró el promedio por encima de los 90 puntos (nivel óptimo), 53 entidades correspondientes al 70% están por debajo de los 70 puntos (nivel bajo) y 22 entidades equivalentes a 29% presentan un desempeño apenas regular. Nótese que los principales órganos de control, esto es, Contraloría y Procuraduría, es más, la misma Fiscalía General, no quedaron propiamente entre los que tienen mayores índices de integridad.
Entidades como la Cámara de Representantes, el Senado de la República, varios ministerios responsables del manejo de los mayores porcentajes de recursos del presupuesto nacional (Transporte, Educación y Defensa), y cuatro de los Fondos y Cajas encargados de los recursos de salud y seguridad social, se encuentran por debajo de los 50 puntos.
4.- ¿SI FUNCIONAN LOS CONTROLES?
Si, pero, ¿Sus medidores si son reales y nos conducen a algo? Hablar de medidores de los controles de la administración en ocasiones nos arrojan cifras que normalmente ni entendemos, el uso continuo de indicadores, bajos o negativos regularmente, generan al interior de la administración desmoralización y desidia, al notarse que las cosas se hacen pero no se cumplen metas ni objetivos formulados usualmente por "Gurús" –educados en otro país-, que no conocen normalmente nuestro país y menos las entidades estudiadas.
El objetivo de un indicador es que, a partir de su utilización puedan conocerse algunos resultados que brinden información comparativa respecto del nivel de eficiencia y eficacia, conque son producidos por el Gobierno Nacional los bienes y servicios que están bajo su órbita de responsabilidad, como así también de la demanda insatisfecha o de los impactos de sus políticas en la sociedad. Los indicadores deben ser una herramienta útil en el proceso de evaluación, contribuyendo a visualizar logros y falencias de gestión de cada dependencia gubernamental, ya sea por que se los compara con valores correspondientes a años anteriores, con un standard internacional de organismos semejantes o con respecto a lo presupuestado. Además, se busca que constituyan un elemento adicional al proceso de toma de decisiones gubernamentales, y porqué no, legislativas.
5.- ELEMENTOS QUE DISTORSIONAN EL CONTROL DE
LA ADMINISTRACION.
Existen varios elementos que distorsionan el control, no obstante, dados los requerimientos académicos se resaltarán los más determinantes y propios de la Administración Pública:
- Ánimo protagónico de quienes tienen a cargo la tarea de hacer los controles, se toman los altos cargos de control como un trampolín para otro cargo, se sabe de casos en que se lanzan incluso a la Presidencia de la República;
- El indecoroso lenguaje que se emplea entre los diferentes estamentos estatales cuando un órgano de control produce un resultado o concepto desfavorable contra una entidad o una política de Gobierno, es necesario que el "desfavorecido" se atempere;
- La colisión de competencias (competencia preferente de la Procuraduría);
- El ingrediente político y personal de los encargados de hacer el control. Se toma su autoridad para chantajes e indebidas presiones a los controlados;
- La saturación de controles y en ocasiones la duplicidad de funciones de un mismo o diferentes controles;
- Los temores de las instituciones y servidores sujetos de control;
- La no profesionalización y conocimiento de quienes ejercen el control, falta de planeación en las investigaciones y visitas;
- La falta de resultados efectivos por quienes ejercen el control;
- La necesidad de mostrar resultados por quienes ejercen el control, esa es su misión;
- Medición de la eficiencia y eficacia de los controladores por el número de "ollas podridas" destapadas;
- Las directrices del control dependen de las necesidades o querencias del momento, no hay políticas claras con relación a los controles.
6.- RESULTADO DE LOS CONTROLES.
Indudablemente los controles son buenos, pero como todo lo hecho por el hombre trae unas consecuencias buenas y malas, sobre las buenas ni nos ocuparemos, digamos que son conocidas por todos –v. gr. ver anexo anotado en caso de Ferrovías-, pero las malas generadas fundamentalmente por lo anotado en el punto anterior, son desastrosas, entre las principales que resaltamos están los potenciales efectos de la Ley 734 de 2002, que tuvo la "virtud" mediante un plumazo de tipificar unas conductas a faltas gravísimas, son 63 numerales –incluye literales y parágrafo-, que conllevan prácticamente a una capitis diminutio máxima para los servidores públicos, detengámonos tan solo en la introducción de la expresión "ignorancia supina", tan solo con esa sencilla frase se puede hacer del funcionario investigado un perfecto integrante del carnaval de investigaciones y sanciones propias de nuestro tiempo.
Solo yerra quien decide, los servidores públicos en el acontecer diario toman decisiones, la entrada en vigencia de la Ley de marras, y ese temor a su imperio los obliga no solo a pensar bien, sino que en ocasiones por temor no deciden, fatal aspecto pues hasta por omisión los sancionan. Los excesivos controles de la Administración han producido una alta deserción de buenos y duchos profesionales al servicio del Estado, le temen a los controles, pues siempre reposará en sus cabezas la espada de Damocles, es sencillo "palo porque boga y palo porque no boga". El Estado antes que gastar recursos en sancionar, debe invertirlos en prevenir y capacitar a sus servidores, es su obligación v.gr. art. 31 Ley 489 de 1998.
El principal inconveniente de los controles son las personas que tienen a su cargo su ejercicio, esto se complementa con lo ya manifestado en el punto 5 -elementos que distorsionan el control-, aunque existen otros inconvenientes no imputables a las personas sino al sistema –lo veremos en recomendaciones y sugerencias-.
En los capítulos siguientes correspondientes a las conclusiones, recomendaciones y sugerencias, se presenta el resultado del ejercicio de responder la hipótesis principal y secundarias, apreciaciones que constituyen la materia prima para el debate en el aula de clases.
- El exceso de controles entorpece la tarea de la Administración Pública, le baja los niveles de competitividad, eficiencia y eficacia con relación a los particulares.
- Nunca serán lo suficientemente efectivos ni implacables los controles en ninguna Administración Pública, en algunos países serán menos efectivos o menos suficientes. En Colombia, menesterosamente concluyo que son demasiados y difusos, volvamos a lo ya anotado, los elementos distorsionadores del control.
- Mientras no se dejen a un lado los intereses personales y políticos de las personas a cargo del control, no se tendrán resultados legítimos ni verdaderos en la Administración Pública.
- Algunos medidores de gestión que se emplean en la actualidad no obedecen a una realidad, ni conducen a mejorar las actividades controladas.
- Sin el apoyo decidido de la ciudadanía los controles no funcionan.
- La polinormatividad y dispersión en torno al control genera zozobra y descoordinación tanto para los controlados como para los controladores.
- El exceso de controles y su severidad puede tornar paquidérmica a la Administración Pública, y eventualmente puede generar altos niveles de deserción de sus colaboradores.
- Los controles se confunden con la autoridad y el órgano que lo ejerce. Son diferentes.
- Los controles son connaturales a la Administración Pública, son una necesidad.
- La corrupción es el resultado no de la falta de controles, sino de la inoperancia del Estado Constitucional.
- El ejercicio del control no siempre implica represión.
- La ignorancia y falta de capacitación en algunos servidores públicos son la principal causa de las investigaciones penales, disciplinarias y fiscales, el Estado debe adiestrar a sus servidores. Recordemos que se yerra también por ignorancia, no solo por mala fe.
- Los controles en la práctica para el servidor público se reducen al temor de la responsabilidad penal, disciplinaria o fiscal. El "costo político" de una medida en pocas ocasiones les preocupa.
- En Colombia el control realmente es ejercido por los medios de comunicación y la opinión pública, los órganos de control, si se quiere, con base en esa información más que con pruebas reales es que proceden imponer las sanciones de rigor.
- Hoy en día resulta ocasionalmente vergonzoso decir que se es servidor público, y más cuando la entidad donde se labora ha sido cuestionada así sea levemente.
8.- RECOMENDACIONES Y SUGERENCIAS.
- Armonizar la intervención de los distintos órganos, procurando en todo caso que el control se ejerza de manera integral evitando la duplicidad de controles.
- Moderar el lenguaje y las reacciones ante un dictamen de un órgano de control por parte del desfavorecido con el mismo, tener altura y gallardía en las reacciones, procurar corregir errores sin emprender acciones de desprestigio contra el órgano de control.
- Procurar fallos congruentes entre los diferentes organismos que conforman el control disciplinario y fiscal, sin incurrir en prejudicialidades.
- Procurar que las distintas instancias de control asuman también un papel asesor y facilitador en la gestión pública y en especial en relación con las entidades de prestación de servicios públicos.
- Lograr que el ejercicio del control no se convierta en obstáculo para la prestación de los servicios en un mercado de competencia que exige del Estado una nueva forma de pensar y actuar.
- Procurar que el control se ejerza sin que el mismo implique coadministración o límite de la autonomía tanto de los servidores como de las entidades públicas.
- Disminuir los efectos nocivos de una legislación abundante, desintegrada, difícil de cumplir y en ocasiones contradictoria y extremadamente represiva.
- Reforzar el papel del sistema de control interno y mantener la autonomía administrativa soportada en la generación de una cultura de Autocontrol.
- Establecer criterios claros y unificados por especialización y niveles de la administración para evaluar los resultados.
- Comprender que la prestación de servicios públicos domiciliarios constituye un régimen especial y en consecuencia merece un tratamiento diferencial.
- Hacer que el control ejercido por cada uno de los órganos se circunscriba a su objeto jurídico tutelado para evitar duplicidad de controles.
- Unificar las fuentes, centros de información y criterios para evaluar la gestión y resultados de los controlados. Que los indicadores sirvan para algo.
- Capacitar ampliamente tanto a los servidores que ejercen el control como a los controlados, en materias propias del control como en sus actividades cotidianas asociadas con su labor.
- Que a los servidores se les apliquen igual y efectivamente las disposiciones que ellos recomiendan aplicar a los investigados. Que el controlador sea igualmente responsable por sus excesos y culpas.
- Que se eviten las declaraciones ante los medios por quienes ejercen el control, que se guarde la reserva debida de las investigaciones, que se custodien mejor los expedientes y la información en términos generales.
- Que a través de una ley se les genere una inhabilidad al Procurador, Contralor y Fiscal General, consistente en que una vez finalizado el periodo de su mandato, dentro de los próximos cuatro años no puedan aspirar a ningún cargo de elección popular u otra alta dignidad en el Gobierno Nacional.
- Que los medios de comunicación sean responsables en la información que dan a la opinión pública en los casos de corrupción. Que la investigación sea efectivamente realizada por los órganos de control y no por la prensa.
- Que se incrementen las penas privativas de la libertad en los casos de delitos contra la Administración Pública, se le teme más a la Fiscalía que a la Procuraduría y a la Contraloría.
- Que se facilite a los órganos de control el acceso por vía electrónica u otra forma igual de eficaz y segura a todas las cuentas de las entidades del Estado tanto del orden nacional como regional y local, debiendo esta información actualizarse periódicamente.
- República De Colombia, Asamblea Nacional Constituyente. Constitución Política.
- República de Colombia, Código Civil Colombiano.
- República De Colombia, Congreso de la Republica. Ley 489 de 1998.
- ________. Ley 678 de 2001.
- ________. Ley 734 de 2002.
- República de Argentina, Ministerio de Economía, portal web www.mecon.gov.ar
- Presidencia y Vicepresidencia de la República de Colombia, Departamento Nacional de Planeación. Informes preliminares de estudio sobre resultados arrojados por la política anticorrupción en el año 2002.
- Documento tomado del portal web www.gestiopolis.com. ¿Qué entiende usted por control?, García Vidal, Gelmar, Docente Investigador de la Universidad Abierta de México.
- Diario El Tiempo, Bogotá D.C., mayo 7, 15 y 19 de 2003, ps. 1-20, 1-4, 1-4, respectivamente.
- Información tomada de la página web www.colombia.com/noticias/listado_entidades.htm
- Página 1-20, Diario el Tiempo de mayo 7, 2003, "Castigo a corruptos de Ferrovías".
- Página 1-4, Diario El Tiempo de mayo 15, 2003, "Advertencia en caso Dragacol".
- Página 1-4, Diario El Tiempo de mayo 19, 2003, "Repetición para exfuncionarios".
- Original del documento enviado vía fax –incluye reporte de envío- a la Oficina del Dr. Héctor Elí Rojas, contentivo del planteamiento de la hipótesis y subhipótesis.
ALONSO PÍO FERNÁNDEZ ANGARITA