En la GENDARMERIA dependiendo directamente de la Jefatura existe un Estado Mayor General compuesto por 8 Direcciones donde se incluye la Escuela Real de la Gendarmería. Territorialmente su distribución es como sigue:
a) REGION. Dos provincias.
b) GRUPO TERRITORIAL. Coincide con la provincia.
c) DISTRITO.
d) BRIGADA. Es la célula básica de la organización.
C) DINAMARCA
Organizaciones centrales. Del Director Nacional de Policía dependen una serie de organismos como: Brigada de Tráfico, Brigada móvil, Centro de datos, Servicio de Información, Brigada Central, Escuela de Policía, etc…
Organos periféricos. Existen 54 CIRCUNSCRIPCIONES en todo el territorio. Están integradas en diferentes niveles por:
1. Comisaría Central.
2. Subcomisaría.
3. Distritos.
4. Policía Rural.
D) FRANCIA
La Dirección General de la POLICÍA NACIONAL se estructura de la siguiente forma:
1. Gabinete del Director. Incluye la UCLAT (Unidad de Coordinación Lucha Antiterrorista) y el RAID (Unidad de Intervención contra Terrorismo y Bandidaje).
2. Dirección de Administración Central.
3. Inspección General de Policía Judicial.
4. Dirección Central de Policía Judicial. (DCPJ). Se organiza territorialmente en los siguientes niveles (de mayor a menor amplitud): departamento, distrito y circunscripción. En poblaciones de más de 10.000 habitantes.
5. Dirección Central de Policía Urbana. (DCPU)
6. Dirección Central de Informaciones Generales. (DCRG)
7. Dirección de Vigilancia del Territorio. (DST)
8. Servicios Operativos: Compañías Republicanas de Seguridad, Policía del Aire y de Fronteras, Servicio de cooperación técnica internacional de Policía, servicio de viajes oficiales y seguridad de altas personalidades.
A nivel periférico existen las Prefecturas de Policía en 6 de las ciudades más importantes: Paris, Lyon, Lille, Toulouse, Marsella, Nice y en Córcega.
La GENDARMERIA igualmente se estructura en organismos centrales y periféricos.
E) GRECIA
La POLICÍA GRIEGA se estructura en Servicios Centrales: Gabinete y secretaría general del Ministro y Subdirecciones generales de seguridad y orden público y de apoyo administrativo.
Los servicios regionales se distribuyen:
a) Direcciones Generales del Atica y Salónica.
b) Inspecciones Generales (3)
c) Inspecciones (12)
d) Departamentos.
F) HOLANDA
Por lo que respecta a LA POLICÍA MUNICIPAL la jefatura es nombrada directamente por la Corona de ella dependen:
a) Sección Uniformada. Incluye la división de vigilancia, de circulación y de aplicación de leyes especiales.
b) Departamento de investigación criminal.
c) Departamento juvenil.
d) Departamento de extranjeros.
Respecto a la POLICÍA NACIONAL está dirigida por un Inspector General y estructurada en 17 DISTRITOS que se integran por GRUPOS, PUESTOS y SECCIONES. La organización de cada Distrito es similar a la de la Policía Municipal.
G) IRLANDA
Organos Centrales: Del Jefe de Policía (Commissioner) dependen directamente dos DEPUTY COMMISSIONER quienes coordinan las acciones de los ASSISTANT COMMISSIONER (6) responsables, entre otras, de las siguientes áreas: Represión del crimen y seguridad, área metropolitana de Dublín (DMA), Personal, Formación, etc…
Organos periféricos: el país se divide territorialmente en 23 DIVISIONES, cinco de las cuales forman el DMA. Las Divisiones a su vez se estructuran en DISTRITOS, SUBDISTRITOS y COMISARIAS SECUNDARIAS O DE UN SOLO HOMBRE.
H) ITALIA
Existen una serie de organismos comunes a todas las Policías. Dentro de estos Organismos centrales se incluyen: el Jefe de Policía y la Vicedirección general de coordinación y planificación.
La PUBLICA SICUREZZA es una Vicedirección General que territorialmente se articula en: Questura, Comisarías y puestos destacados.
I) LUXEMBURGO
Referente a la organización de LA POLICÍA. Distinguimos dentro de los organismos centrales: Secretaría general, Divisiones (5) y Servicios técnicos. En cuanto a la distribución territorial existen 3 Circunscripciones y 19 Comisarías.
J) PORTUGAL
Lo relativo a la POLICÍA JUDICIAL puede resumirse en la existencia de una organización central que incluye Direcciones centrales, departamentos de telecomunicaciones…, Gabinetes, etc. Y una organización periférica que se estructura en DIRECTORIAS, INSPECCIONES y SUBINSPECCIONES. El personal dirigente no es del cuerpo, es nombrado entre jueces y magistrados.
La POLICÍA DE SEGURIDAD PUBLICA se organiza entorno a la jerarquía de COMANDO. Dependiendo del Comandante General comprende los siguientes comandos y unidades: Comando general, Comando regional, Comando de Distritos y Unidades Especiales (Cuerpo de Operaciones Especiales y Cuerpo de Intervención).
La GUARDIA Nacional REPUBLICANA se organiza en batallones, compañías, secciones y escuadrones. La organización de la GUARDIA FISCAL es similar.
K) REINO UNIDO
La Policía en cada condado bajo el mando directo del Jefe de Policía se estructura en DIVISIONES, integradas por SUBDIVISIONES y SECCIONES formadas por grupos dedicados a temas concretos. Además de esta distribución básica se incluyen los DEPARTAMENTOS DE Tráfico e Investigación Criminal a los que normalmente se unen los de Relaciones con la Comunidad. Enseñanza y perfeccionamiento y Estupefacientes.
La Policía METROPOLITANA DE LONDRES se estructura en órganos centrales (Scotland Yard) que incluyen los departamentos de administración y operaciones, apoyo técnico y tráfico, investigación criminal, personal y formación y de investigación de quejas contra la Policía. Territorialmente se distribuye en 8 áreas dirigidas cada una por un Jefe de Policía y donde se incluyen los COMMANDERS. Hay 75 DIVISIONES que están integradas por subdivisiones y secciones.
8. Funciones.
A) ALEMANIA
La Policía Federal tiene las funciones de coordinar a todas las Policías estatales. Asimismo cooperar y apoyar a los demás cuerpos policiales. Es de su competencia la protección de fronteras y el control de ferias y mercados ambulantes.
Las Policías estatales tienen encomendadas todas aquella funciones de seguridad, tráfico, criminalidad y administrativas.
B) BELGICA
La Policía COMUNAL lleva a cabo todas las funciones de tipo administrativo, de seguridad ciudadana, de circulación local y de policía judicial aunque esta función a un nivel muy restringido, siempre que no intervenga la POLICÍA JUDICIAL estatal.
Respecto a la Policía Judicial realizan aquellas investigaciones que les son ordenadas por Jueces y Tribunales.
LA GENDARMERIA lleva a cabo funciones de dos tipos:
a) Ordinarias. Se incluye las de tipo administrativo: Protección de edificios, escoltas, asistencia en catástrofes, refuerzo en prisiones, huelgas, partidos de fútbol, vigilancia de fronteras…; las de tipo judicial y las de Tránsito donde destacan: Educación vial y el ENGINEERING (estudios acerca de la necesidad u oportunidad de modificar el entorno o infraestructura de las carreras).
b) Extraordinarias.
C) DINAMARCA
La Policía danesa asume todas las posibles competencias policiales. A destacar que los Jefes de Policía asumen funciones propias del Ministerio Fiscal.
D) FRANCIA
LA POLICÍA NACIONAL asume las siguientes funciones según cada una de sus Direcciones Operativas:
1. La Policía judicial todo lo relativo a investigación de delitos.
2. La Policía Urbana mantenimiento del orden en ciudades de más de 10.000 habitantes. Los funcionarios de uniformes encaminan sus tareas a la prevención y mantenimiento del orden y los de paisano la investigación y represión de la delincuencia (Sureté).
3. Informaciones generales se dedican a la captación y centralización de informes sobre el orden político, social y económico. También lo relacionado con juegos y apuestas.
4. La D.S.T. dedica sus actividades al espionaje y terrorismo.
5. Las Compañías Republicanas de Seguridad son unidades móviles para el mantenimiento del orden y circulación rodada (utilizada en grandes aglomeraciones urbanas).
6. La P.A.F. controla la circulación transfronteriza y vigila la actividad aérea civil.
Respecto a LA GENDARMERIA cabe distinguir las funciones encomendadas a la Gendarmería Departamental: Mantenimiento del orden público, funciones administrativas y judiciales en todo el territorio donde no está desplegada la Policía Urbana, de las de la Gendarmería móvil: Orden público y refuerzo de la anterior. El resto de Unidades Especiales tienen las siguientes funciones:
1. La Guardia Republicana la seguridad en los servicios protocolarios del Estado, vigilancia de bosques y vigilancia de acontecimientos deportivos, musicales…
2. La Gendarmería del aire de la seguridad de las Bases aéreas.
3. La Gendarmería marítima seguridad en puestos y aguas territoriales.
4. La Gendarmería Especial de seguridad el control de armas nucleares.
E) GRECIA
Asume todas las funciones policiales: Orden público, investigación, tráfico, seguridad del Estado…
F) HOLANDA
Las funciones de la POLICÍA NACIONAL y las de la POLICÍA MUNICIPAL son similares. Hacen lo mismo en diferentes lugares. Asumen las funciones genéricas de la Policía.
La REAL MARECHAUSSEE asume una serie de competencias específicas: control de fronteras, escoltas, instrucción de las normas de seguridad vial a menores y militares, protección de la Casa Real y Policía militar.
G) IRLANDA
Es competente para ejercer todas las funciones policiales. Destacan las de policía judicial, protección y escoltas y el tráfico.
H) ITALIA
La PUBLICA SICUREZZA abarca fundamentalmente los aspectos administrativos y de extranjería, la repercusión criminal y la seguridad interior del Estado.
El ARMA DE CARABINEROS actúa preferentemente en materia de orden público y de policía judicial, en este caso en cuestiones como adulteración de alimentos y afines, patrimonio artístico, ecología…
La GUARDIA DE FINANZAS persecución y represión de los delitos fiscales y monetarios.
I) LUXEMBURGO
La POLICÍA encamina sus actividades al mantenimiento del orden público, la seguridad interior y exterior del Estado, la policía judicial y otras de apoyo a diferentes organismos.
La GENDARMERIA probablemente lleve a cabo las mismas funciones que en Holanda son competencia de la Real Marechausseé.
J) PORTUGAL
La POLICÍA JUDICIAL realiza aquellas funciones que tienen relación con la investigación criminal, terrorismo, fraudes…
La Policía DE SEGURIDAD PUBLICA todas aquellas referidas a mantener y restaurar el orden, a regular el tráfico urbano, de inmigración e información y todo lo relativo a licencias administrativas. Asimismo realiza funciones de policía judicial, como dato específico los delitos menores son tratados y resueltos por este cuerpo a través de los TRIBUNALES DE POLICÍA. Está a su cargo todo lo relativo a armas y explosivos.
La GUARDIA NACIONAL REPUBLICANA se encarga del mantenimiento de la seguridad y el oren público en las áreas rurales. Asume la Guardia de HONOR del Presidente de la República y de otros altos cargos. También el tráfico por carrera.
La GUARDIA FISCAL asume el control de todos los puestos fronterizos, puertos y aeropuertos.
La DIRECCION GENERAL DE INSPECCION ECONOMICA todo lo relativo a delincuencia económica, fraudes, control de precios u aseguramiento de abastecimiento.
El SERVICIO DE INFORMACION Y SEGURIDAD se dedica a las funciones relacionadas con la seguridad del Estado.
K) REINO UNIDO
Cada policía comunal asume todas las funciones encomendadas a la policía británica. Sólo en casos muy excepcionales reclaman la colaboración de otros organismos. El mayor nivel de especialización corresponde a la policía metropolitana de Londres cuyos efectivos colaborarán con otros cuerpos de policía en algunos casos.
9. Coordinación.
En este apartado sólo es necesario mencionar aquellos países en done existen varios cuerpos de policía. Por tanto, no será necesario referirse a Dinamarca ni a Irlanda. Grecia es un caso diferente porque a pesar de existir un solo cuerpo policial hay un alto niel de descentralización. Por lo que respecta a Portugal todo queda supeditado a la diferenciación material y territorial que teóricamente se ha establecido entre los diferentes cuerpos policiales.
A) ALEMANIA
La coordinación en los diferentes niveles de la Policía alemana pasa por las AGENCIAS DE SEGURIDAD que a nivel estatal coordina la acción de las diferentes unidades y de la AGENCIA CENTRAL que lo hace a nivel federal con las diferentes policías estatales. El mayor nivel de coordinación parece haberse conseguido en el terreno de la formación al crearse una Academia de Dirección Policial común a todas las policías.
B) BELGICA
La coordinación de las policías comunales ha quedado asegurada tras la ley de 1.992 que las unifica en un solo cuerpo.
Las policías judiciales se coordinan a través de la COMISARIA GENERAL.
La Gendarmería al dejar de ser militar pasa a depender del Ministerio de Interior, como éste ha aumentado su influencia sobre las policías comunales la coordinación entre los dos cuerpos será mayor.
C) FRANCIA
La delimitación territorial y material de las funciones asignadas a los dos cuerpos policiales está clara en la legislación.
Una aclaración requiere el hecho de que dentro de la Policía Urbana existan grupos que realizan funciones de policía judicial. Para delimitar el ámbito de actuación entre estos grupos y la policía judicial se ha establecido que los delitos cometidos por malhechores de ámbito regional, Nacional o internacional o con determinadas particularidades son objeto de investigación de la policía judicial.
D) GRECIA
El modelo griego aunque unificado en un solo cuerpo policial se presenta descentralizado en sus servicios regionales. La coordinación se lleva a cabo a través de las SUBDIRECCIONES GENERALES. Concretamente la Subdirección general de seguridad y orden público coordina las siguientes materias: Vigilancia policial, tráfico, seguridad pública, seguridad del Estado y cooperación policial internacional.
E) HOLANDA
El Ministerio de Interior dispone de un CENTRO NACIONAL DE COORDINACION (LCC) para casos de posible perturbación grave del orden público. Asimismo se ha instituido la OFICINA Nacional DE LA AUTOMATIZACION DE LA POLICÍA.
Por otro lado, se ejerce conjuntamente entre la Policía Nacional y la Municipal el control de las Escuelas de Policía y de los exámenes.
Entre la Policías Municipales se establecen otros servicios que reflejan el nivel de coordinación existentes entre ellas:
a) C.R.I. Servicio Central de Investigación e Información con sede en LA HAYA.
b) C.I.D. Servicio de obtención de informes sobre la criminalidad.
F) ITALIA
La coordinación y planificación de todas las fuerzas policiales en Italia depende del VICEDIRECTOR GENERAL. Hay que hacer notar que en Italia existe una jerarquización entre los diferentes cuerpos policiales de tal manera que en materia policial la PUBLICA SICUREZZA asume esa jerarquía. Los carabineros en sus funciones de orden público dependen del Ministro de Interior y a diferentes niveles -local y provincial- de las autoridades de la Seguridad Pública.
G) LUXEMBURGO
El niel de coordinación entre los dos cuerpos policiales queda reflejado en la existencia de un CENTRO DE DATOS común y Escuela de Formación también común.
H) REINO UNIDO
– Todos los cuerpos de Policía están sujetos a la inspección del cuerpo de Inspectores de Policía de su Majestad. La relación tripartita entre Gobierno Central, Autoridad Local y Jefe de Policía se asegura a través del Ministro de Interior consiguiéndose uniformidad en lo que respecta a formación, normativa y condiciones de servicio.
CAPITULO II
Gobierno de los Somozas
Gobierno de Anastacio Somoza García 1937 – 1955
2.1.1 Contexto Histórico
El 11 de diciembre de 1926, Mister Albert H. Putnev, ante la Liga de Reconstrucción del Pueblo, destacó la importancia que tiene la actitud del gobierno norteamericano ante los gobiernos nicaragüenses señalando el alto grado de interés que representan las inversiones en Nicaragua, al punto de que entre 1909 y 1912, los Estados Unidos habían tenido participación activa en la deposición de cuatro presidentes nicaragüenses hasta encontrar uno que Ilenara sus requisitos. [6]En la época de los años veinte en la mayoría de los mapas escolares estadounidenses aparecía señalado: "NICARAGUA: Protectorado Americano". (Ojo: No le dan continuidad a la idea que inician al comienzo del párrafo…)
La Guardia Nacional (GN), surge en el contexto y como resultado, de las intervenciones norteamericanas que caracterizaron la primera mitad de este siglo 20.[7] El inicio de las intervenciones norteamericanas se marca durante el gobierno de José Santos Zelaya a raíz de los constantes choques entre las políticas impulsadas por el Presidente nicaragüense y los intereses económicos y geopolíticos de los Estados Unidos de Norteamérica. Una de las más importantes causas de desavenencia era la intención manifiesta de Zelaya de construir un canal interoceánico que atravesara Nicaragua y financiado por países latinoamericanos, norteamericanos, europeos (Inglaterra, Francia, Alemania) y Asiáticos (Japón).
Por aquellos días los Estados Unidos trataban de promover la creación de cuerpos armados, Guardias Nacionales en todos los países de Centroamérica; con la característica fundamental de que sean afines a sus intereses y la característica deseable de que fuesen "apolíticos". El Dr. Dana G. Munro diría al respecto: "La creación de Guardias Nacionales no partidistas… era uno de los principales objetivos de nuestra política… una fuerza disciplinada, preparada por norteamericanos, podría poner fin a la opresión local en pequeña escala."[8]
En el año de 1925, el Gobierno de Nicaragua que lo ejercía Don Carlos Solórzano, deseando dar cumplimiento a las resoluciones del año de 1923 y mediante un convenio con los Estados Unidos procedió a formar el pequeño ejército de la Guardia Nacional, que se conoció con el nombre de Constabularia. Sobre esta organización el Congreso dictó una ley el 23 de abril de 1925, que fue sancionada por el Ejecutivo el 15 de mayo del mismo año, siendo refrenada por el Ministro de Gobernación, Bartolomé Martínez
La incidencia del Gobierno de Estados Unidos en el control de esta nueva fuerza militar era evidente. En ese sentido "el Gobierno de los Estados Unidos en virtud de la facultad concedida al Presidente por la Ley del Congreso, aprobada el 19 de mayo de 1926, bajo el título "Ley en que se autoriza al Presidente para destacar oficiales y hombres alistados del Ejército, Marina y Cuerpo de Marina de los Estados Unidos para que asistan a los Gobiernos de las Repúblicas Latinoamericanas en asuntos militares y navales, se compromete a destacar oficiales y hombres alistados de la marina y cuerpo de marina de los Estados Unidos para que cooperen con el Gobierno de Nicaragua en la organización y ejercicio de una Constabularia tal como aquí se establece… Habiendo tomado en consideración la relativa población, área, extensión de frontera y algunos otros factores de importancia militar, las partes contratantes provienen en que durante un período de cinco años, a contar de la fecha en que entre en vigor la presente Convención, no mantendrán sobre las armas en el Ejército permanente y Guardia Nacional un número de individuos mayor que el que se expresa enseguida, salvo el caso de guerra civil o cuando se vean amenazados por algún Estado. La fuerza para cada uno de los países participantes es la siguiente:
* República de Guatemala 5,200 hombres
* República de El Salvador 4,200 hombres
* República de Honduras 2,500 hombres
* República de Nicaragua 2,500 hombres
* República de Costa Rica 2,000 hombres (Ojo: citar)
En la guerra civil de 1926, ante el avance de las fuerzas constitucionalista comandadas por el General José María Moncada, hizo uso de la fuerza de la Constabularia y en esa lucha fueron emboscados por las fuerzas opositoras al Gobierno muriendo muchos de sus miembros, otros fueron hechos prisioneros, los demás desertaron y otros de pasaron a la revolución. [9]
En la capital quedaron sólo 95 hombres entre clases y rasos como custodias de la propiedad del Gobierno. Ante esa crisis, el Mayor Carter y el Mayor Schsoeder, regresaron a los Estados Unidos, conforme la Orden General del Cuerpo No. 92 del 5 de febrero de 1927, quedando el Mayor Rodríguez encargado de los miembros.
Según Gaitán, el fracaso para no lograr tener un cuerpo de ejército profesional obedeció a dos factores: Primero: la intervención en el Gobierno de elementos extraños al movimiento popular que con el nombre de transacción, llevó al poder al Candidato de ambos partidos; y Segundo: la política dual del propio Presidente Solórzano.
El 7 de agosto de 1925, Charles C. Eberhardt, enviado Extraordinario y Plenipotenciario presentó credenciales ante el Gobierno de Transacción. En octubre de ese mismo año, las fuerzas militares leales al Gral. Emiliano Chamorro toman la fortaleza de la Loma y en pocas horas controlan la ciudad capital. Chamorro logra que se Solórzano se comprometa a desconocer el pacto de la Transacción, eliminar a los liberales de su gabinete, amnistía, cancelación de sus emolumentos a los militares alzados, pagar diez mil dólares a Chamorro y finalmente nombrarlo Jefe del Ejército.
El intento de crear una institución apolítica se ve frustrado, una vez más, por las ambiciones de poder de los políticos nicaragüenses quienes inician una nueva guerra interna en la que se ve envuelta la naciente guardia nacional. El 2 de mayo de 1926, las fuerzas liberales inician la guerra (conocida como Guerra Constitucionalista) contra el General conservador Emiliano Chamorro y el 14 de noviembre de ese mismo año Adolfo Díaz asume la presidencia de la República.
El 12 de mayo de 1927, se da la rendición de los Generales liberales menos uno, que decide enfrentar a las tropas americanas con el apoyo de unos cuantos hombres. Es durante esta guerra que se escribe una de las paginas más importantes de nuestra historia, pagina que ha merecido ser tratada en obras completas y profundas y que nos limitamos a recordar como la gesta del General de Hombres Libres Augusto César Sandino.
El 27 de agosto, el Departamento de Estado se dirigió a Emiliano Chamorro para expresarle su preocupación por la usurpación inconstitucional del poder en Nicaragua a través de un Golpe de Estado, lo que lesionaba seriamente los Tratados de 1923 y esto ponía en peligro las vidas e intereses de los norteamericano en Nicaragua. En ese mismo año, el 28 de agosto de una fuerza de 204 marinos desembarcan en Bluefields y la ciudad es declarada "zona neutral" y el 15 de septiembre el Gobierno de Estados Unidos decreta un embargo de armas contra liberales y conservadores.
El 26 de octubre de 1926, Sandino se alza en armas contra el Gobierno conservador en el mineral de San Albino; el 30 de octubre Chamorro deposita la Presidencia en el senador Sebastián Uriza, quien a su vez le nombra Comandante en Jefe del Ejército. Por su parte, el Gobierno norteamericano niega reconocimiento diplomático al nuevo régimen. Luego impone a Adolfo Díaz.
En enero de 1927, el Presidente Adolfo Díaz recibe un excedente presupuestario de un poco más de 215 mil dólares, haciendo uso del 70 por ciento del mismo para gatos militares.
En enero 6 de 1927, arriban a Managua, fuerzas militares norteamericanas que incluyen 3,900 soldados; 865 marinos y 215 oficiales y en enero 8; una fuerza de 175 marinos desembarcan en Corinto para ser trasladada a Managua en calidad de guardia de la Embajada de los Estados Unidos en la capital.
El 10 de enero de 1927, Calvin B. Coolidge, Presidente de los Estados Unidos dirige un mensaje especial al Congreso explicando las razones que motivaron la intervención en Nicaragua y menciona la amenaza bolchevique en México y la importancia estratégica de Nicaragua para los intereses norteamericanos.
En febrero 25 de 1927, los gobiernos de Nicaragua y Estados Unidos suscriben un contrato mediante el cual éste último vende al primero tres mil rifles, doscientas ametralladoras, tres millones de municiones y otros accesorios militares. Para ello, Washington concede a Nicaragua un préstamo a largo plazo.
El Presidente de los Estados Unidos, Coolidge, envío a Stimson para imponer la paz en Nicaragua. Los líderes conservadores y liberales, con excepción de Sandino, acataron las orientaciones y disposiciones de Stimson quien convenció al General José María Moncada, para que aceptara las cláusulas de dicha Convención, que fundamentalmente son las siguientes:
I) El Gobierno norteamericano reconoce al Gobierno del Presidente Adolfo Díaz quien debe completar su mandato presidencial.
II) Las partes contendientes deben entregar sus armas, incluyendo las fuerzas del Gobierno. Por cada ametralladora o rifle en estado de servicio que se entregara a las tropas norteamericanas, se pagarían diez córdobas en presencia de una comisión de oficiales norteamericanos.
III) Decretar amnistía general para todos los exiliados.
IV) El Gobierno de los Estados Unidos se compromete a supervigilar las elecciones de 1928.
V) La creación de una Constabularia apartidista, permanente y profesional que se conocerá con el nombre de GUARDIA NACIONAL DE NICARAGUA, ejército que será formado, entrenado y dirigido por oficiales instructores norteamericanos.
(Ojo: Comentar esta parte)
Después de quince años de ocupación [10]la vida política, económica y en gran medida, la vida social así como el funcionamiento del Estado nicaragüense, dependían del apoyo financiero, diplomático y militar de los Estados Unidos.
Se señalaba además que todos los oficiales americanos que sirvieron en la Guardia Nacional deberían hablar español y serían nombrados por el Presidente de Nicaragua, por designación del Presidente de los Estados Unidos. ¡Quién, al final de cuentas los nombraba!. Estos serían repuestos por nicaragüenses que hayan completado con éxito los cursos prescritos y hayan demostrado por conducta y examen que son aptos para el mando. Por otra parte, los oficiales norteamericanos no serán juzgados por los tribunales civiles y consejos de guerra nicaragüenses, sino que estaban sujetos a juicio por consejo de guerra bajo las leyes orgánicas de la marina de los Estados Unidos.
Por otra parte, los objetivos de los Estados Unidos para la creación de la Guardia Nacional eran tres: el Primero sustituir el antiguo ejército y policía con una Guardia militar, disciplinado, bien entrenada; el segundo era establecer el Orden Interno mediante la supresión de todos los levantamientos dirigidos contra el Gobierno; y el tercero, transformar a las Fuerzas Armadas de Nicaragua en una fuerza apolítica, dedicada a defender el orden constitucional y a garantizar la realización de elecciones libres.
Millet considera que el primer objetivo fue cumplido en tanto es evidente el logro de mejoras técnicas y organizativas, pero en lo relativo a los otros dos objetivos la gestión de los Estados Unidos no sería muy exitosa. En la lucha contra SANDINO y el verse envuelta en la maraña de las disputas políticas durante el período 27 al 33, la Guardia encontró frustraciones que significaron el fracaso de las políticas norteamericanas en estos asuntos vitales.
Sin embargo, desde el punto de vista estrictamente militar, la dirección norteamericana había dado a Nicaragua un ejército disciplinado, entrenado y equipado como no lo había sub-ametralladoras Thompson, 23 rifles automáticos Browning y 4,474 rifles Krag sencillos.
Por otra parte, en lo relativo a la organización por primera vez, un ejército nicaragüense contaba con Departamentos organizados y separados de servicios médicos, comunicaciones e intendencia.
Con el retiro de los marinos, la Guardia se quedó sin apoyo aéreo y el retiro mismo, provocó el cierre de la Academia Militar, lo que dejó a Nicaragua sin un procedimiento regular para entrenar a nuevos oficiales.
Desde el punto de vista político, la Guardia no pudo avanzar más; el Teniente Coronel Robert Dening, quien había prestado servicio como Jefe del Estado Mayor de la Guardia en 1931, afirmaba en un escrito de la Marine Corps Gazette de noviembre de 1932, que el plan que se tenía para nombrar a los oficiales después de las elecciones de 1932 y apuntó:
… En el mejor de los casos, con seguridad habrá agitación en la Guardia; pronto se convertirá en una fuerza partidista, utilizada para impulsar al partido en el poder…" [11]
El fracaso del intento de crear una Guardia armada apolítica en Nicaragua, fue resumido por Arthur Bliss Llane a Willard Beaulac de julio de 1935. En esta carta Lane caracteriza a la Guardia como un híbrido nicaragüense norteamericano… La gente que creó la GN no tenía conocimiento adecuado de la psicología de este pueblo. De otra manera, no hubieran legado a Nicaragua un instrumento para borrar del mapa los procedimientos constitucionales. Se le ocurrió alguna vez a los eminentes hombres de Estado que crearon la GN, que la ambición personal acecha en el pecho humano, incluso en Nicaragua? En mi opinión, éste es uno de los ejemplos más lamentables de nuestra capacidad para entender que no debemos entrometernos en los asuntos de otros pueblos…" [12]
Es en el año de 1927, el 6 de enero, que se da la segunda ocupación de Nicaragua con el reforzamiento de la escuadra de Servicios Especiales, destacamento normal de la Marina de Guerra de los Estados Unidos en aguas del Caribe, bajo el mando del Contralmirante Julián H. Latimer Rnrealidad el primer desembarco de marines, después del retiro de la custodia de la delegación en Managua en agosto de 1925, se llevó a efecto el 07 de mayo de 1926, cuando 213 oficiales e infantes de marina del " Cleveland" saltaron a tierra nicaragüense en Bluefields para " proteger la vida y los bienes de ciudadanos norteamericanos".
En 1928, a solicitud del Gobierno nicaragüense, el Departamento de Estado envió a W.W Cumberland para investigar la situación económica y financiera del país. En su informe Cumberland culpaba a la inercia del Gobierno por la falta de infraestructura y anotaba que la corrupción permanecía activa sobre más de una decisión oficial concerniente al uso de fondos.
Belli anota que si el dinero gastado de 1917 a 1927 en Guerra, Marina y Policía hubiera sido empleado en la construcción de caminos, para 1927 Nicaragua hubiera tenido ya construidos la mitad de los caminos recomendados por Cumberland.
En 1933, después de firmada la paz con Sandino, la Guardia Nacional comenzó a tener problemas presupuestarios y "La Noticia", órgano del Partido Liberal comenzó a hacer campaña para separar a la Guardia y a la Policía, así como reducir el presupuesto que a la fecha, gastaba $116,185 dólares por mes. Una de las formas que el diario señalaba era reducir los salarios de los miembros de la GN.
Los debates en el Congreso sobre el presupuesto de la Guardia Nacional fueron duros. Un diputado propuso rebajar la fuerza a 1,500 hombres; otro quería que se redujera a 300; mientras un tercero proponía que fuera abolida y sustituida por un ejército similar al de 1927. Al final se aprobó un presupuesto de $900 dólares mensuales.
La prensa fue sometida a censura informal y al oposición conservadora fue encarcelada, sin darla a conocer a los periódicos y luego dejados en libertad; todo ello con la finalidad de reforzar el mando y el despliegue público del control de la Guardia Nacional.
En diciembre de 1954, se publicaron declaraciones de Sandino, en las que se comprometía a respetar a las autoridades legales del Gobierno, así como declaraciones de Somoza, que ordenaban a la Guardia no molestar a los hombres de Sandino Estas declaraciones produjeron una calma momentánea, antes de la confrontación final con el asesinato de Sandino. Sobre el asesinato de Sandino existen numerosas versiones, algunos tratan de salvar a Somoza y atribuyen la decisión a los principales mandos de la GN; sin embargo, en las semanas posteriores a la muerte de Sandino, Somoza admitió que él había dado la orden de matarlo. [13]
La lucha entre el Presidente Sacasa y el General Somoza era cada día más evidente, por lo que Sacasa se vio obligado a presentar su renuncia el 6 de junio. En este escrito, Sacasa señala que la Guardia se rebeló contra su autoridad y que depositaba la presidencia en el ganador de las elecciones de 1932. La presidencia fue asumida por Julián Irías y Sacasa se exilió en El Salvador.
Según el Tratado de Washington de 1923, los golpes de Estado que eran las rutas por las cuales los caudillos llegaba al poder supuestamente conducían al no reconocimiento. Pero la oposición de los Estados Unidos se superó y en la década de 1930 se convirtió en la década de los caudillos. El primer caudillo que surgió en Centroamérica fue Jorge Ubico en Guatemala.
En el caso de Nicaragua, los que critican la política de Estados Unidos, tienen base, por cuanto las sucesivas administraciones de EU no hicieron nada para detener el surgimiento de Anastasio Somoza, a pesar de que el personal de la Embajada hizo frecuentes advertencias sobre sus intenciones. Esta ausencia de intervención activa fue consistente con la política de Franklin D. Roosevelt después de 1933. Tampoco debe olvidarse que más de 20 años de intervención de los EU en Nicaragua habían fracasado en lo que a sus objetivos se refiere. Sin embargo, los Estados Unidos observaban con aparente impotencia la manipulación de la política Guardia Nacional por parte del General Somoza para impulsar su carrera política y empresarial.
Sobre la oposición política, Somoza cuya victoria electoral de 1936 se había efectuado bajo la bandera del Partido Liberal no vio ninguna razón para prohibir al Partido Conservador que había respaldado su elección en tanto no obtuvo contestación.
Los partidos oligárquicos sobrevivieron y las organizaciones que representaban a las nuevas fuerzas sociales fueron eclipsadas. Se prohibieron las actividades legales de los Partidos Comunistas, por lo que el Partido Comunista de Nicaragua se formó en el exilio en 1939.
Los Camisas Azules de Somoza fueron una copia fiel de los Camisas Negras de Mussolini y los gobiernos de Ubico, Somoza y Martínez fueron unos de los primeros en reconocer a Franco en España.
Dada la situación de los Estados Unidos de haber conocido a Martínez en 1934, se veía con claridad que no podían oponerse al régimen de los caudillos a través del continuismo.
Para 1944, el régimen de los caudillos se conservaba intacto en Honduras y Nicaragua y en forma modificada en Costa Rica y en El Salvador.
Desde 1939 cuando se declaró la Guerra entre Gran Bretaña y Alemania, la declaración de neutralidad de los Ministros de Relaciones Exteriores se enfrentaron con ese reto, pero esa reunión tenía que ser respaldada por acciones concretas y nunca hubo duda de que la zona marítima que rodea a Centroamérica, tendría que ser vigilada por los Estados Unidos. La oferta de bases e instalaciones que hicieron todos los países centroamericanos disipó cualquier temor que los Estados Unidos pudieron haber tenido de que la influencia del Eje en la región planteara amenazas a sus intereses estratégicos; sin embargo durante el período 1939 – 1941 se enviaron misiones militares a toda Centroamérica, pero al final en 1941 se había firmado con Nicaragua un acuerdo de Préstamo – Arriendo para el suministro de armas.
Después de Pearl Harbor, todos los países centroamericanos rompieron inmediatamente con el Japón, Alemania e Italia y les declararon la guerra. Se colocaron restricciones a la propiedad y a las personas de los ciudadanos del Eje residentes en Centroamérica. Estas medidas dejaron a los alemanes, italianos y japoneses que tenían propiedades a merced de la avaricia y venalidad de los funcionarios gubernamentales.
Sin embargo, la cooperación entre los Estados Unidos y Centroamérica no se confinó al campo militar. La reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de Panamá en septiembre de 1939 había estipulado la creación de un Comité Interamericano Asesor Financiero y Económico (CIAFE) y en junio de 1940, después de la Conferencia de la Habana, se creó la Oficina de Coordinador de Asuntos Interamericanos para que investigara proyectos de exportaciones latinoamericanas hacia los Estados Unidos y se establecieran diversas agencias centroamericanas fue leve. Más bien las exportaciones se realizaron en el marco de programas cooperativos de alimentos entre los Estados Unidos y Costa Rica, Nicaragua y Honduras, bajo la modalidad de garantizar a los productores precios mínimos.
Por otra parte, para demostrar su adhesión a los Estados Unidos, Somoza le ofreció a Roosevelt, material de chatarra de Nicaragua como gesto de solidaridad.
En relación a las importaciones, prácticamente se duplicaron entre 1939 y 1945. Tanto Nicaragua como Honduras redujeron la deuda acumulada con rapidez que el ritmo con el que contrataban nuevos compromisos; y las rentas internas resultado de los impuestos internos resultaron fuertes y, a su vez, el aumento en la oferta monetaria produjo un incremento en el crédito bancario en el sector privado. Se lograron rebajar los salarios del sector público. Sin embargo la Guardia Nacional recibió aumentos salariales por encima de la inflación, mientras que los salarios reales en general disminuyeron un 44% entre 1941 y 1945. En 1941, el Banco Nacional se convirtió en Banco Central siguiendo la recomendación del chileno Herman Max y en 1944 se estableció una Junta de Control de Precios y de Comercio, a la que se le concedió la jurisdicción de las importaciones.
En el año de 1933, asume el mando de a Guardia Nacional, por primera vez desde su fundación, un nicaragüense: Anastasio Somoza García.
Con el nombramiento de Somoza García los norteamericanos se garantizaban la presencia de un adepto incondicional a sus políticas y de esa manera la protección de sus intereses económicos en nuestro país. Somoza García inició sus funciones el 2 de enero de 1933, inmediatamente después de la toma de posesión del nuevo Presidente Dr. Juan Bautista Sacaza; al día siguiente se inició la evacuación de los Marines americanos de territorio nicaragüense.
"Como militar asumió la jefatura de la Guardia Nacional y modelo con espíritu nacional, fundamentos y la organización de nuestra prestigiosa Fuerzas Armadas, a cuyo frente pacificó Nicaragua, aboliendo para siempre las guerras civiles que prodigaron de cruces nuestro suelo sacro santo, enlutando su historia"[14]
Hasta el día de su nombramiento Somoza no ha sido un gran militar, su carrera en este campo se remonta a una escaramuza de la que le tocó salir corriendo en San Marcos, logra ese alto puesto a través de amistades norteamericanas que ha adquirido al servirles como interprete; Somoza poseía un buen dominio del idioma ingles puesto que había vivido y estudiado en los Estados Unidos. Sobre sus cualidades morales basta saber que desde su juventud se vio envuelto en serios problemas legales al ser detenido por falsificación de monedas y que antes de acceder a La Presidencia de la República fraguó el asesinato a traición, de Augusto Cesar Sandino.
Desde el inicio de la ratificación del Tratado de 1923, se habían presentado discusiones sobre la constitucionalidad o no de la Creación de la Guardia Nacional. Posteriormente con el Pacto de Tipitapa se impone nuevamente una negociación a los partidos políticos donde también se estipula la creación de la Guardia Nacional y nombrando a miembros de la USMC como directores de la mismas violando flagrantemente la Constitución de 1911.
La llegada de Somoza a la Presidencia de la República en 1937 significó ampliación de funciones a la Guardia Nacional. Con Somoza nuevamente en la Presidencia en 1950, la GN renovó su crecimiento. Desde el año fiscal 1949-1950 hasta el año fiscal 1953-1954, el presupuesto se duplicó, aunque el personal de combate realmente se redujo.
Acerca de este oscuro periodo de la historia Nicaragüense se han escrito ya suficientes tomos, pero es necesario señalar que la corrupción era un rasgo generalizado de la conducta gubernamental y de la Guardia Nacional. El periodista Pedro Joaquín Chamorro Cardenal expresa, refiriéndose a La familia Somoza y su Guardia Nacional: " destruyó las viejas tradiciones militares y aun las modernas ordenanzas, deshizo la jerarquía, que es la base de la disciplina de todo ejercito, y permitió con un control personalismo, que ni él mas alto oficial se sintiera seguro… Su hijo fue Coronel a los 25 años , siguiendo el ejemplo paterno, se hizo General unos días después de la muerte de su padre; su nieto recibió un pergamino de Capitán de las reservas del Ejercito el día de su bautizo; Somoza era caótico y anormal… En la Guardia Nacional hay dos clases de hombres: los nicaragüenses que visten sus galardones en nombre de la Patria y los pandilleros cómplices de los Somoza que asesinan y que roban junto con ellos. Desgraciadamente estos han sido colocados con habilidad en los puestos principales y no dejan respirar a los primeros.[15]
Según los propios marinos norteamericanos:
"… La hostilidad creada por las luchas políticas y las rivalidades, ha hecho mucho por retardar el desarrollo económico del país. Si el interés y el tiempo dedicado a la política fueran dedicados más sabiamente al adelanto del bienestar nacional, al comercio, a la agricultura o minería, habría mayor desarrollo de los recursos naturales del país y por lo tanto, mayor riqueza y prosperidad… El mantenimiento apolítica ha contribuido aun más a suavizar en parte la hostilidad partidista… Los sentimientos de partido han sido bebidos, literalmente de los pechos maternos…" [16]
Carlos Cuadra Pasos reseña que cuando el Gobierno de Adolfo Díaz recibió de la Legación Americana, el proyecto de tratado para conformar la Guardia Nacional, el Ministro de Relaciones Exteriores contestó a la Legación que siendo este un hecho de tanta trascendencia debería tratarlo después de tener el consentimiento unánime de la ciudadanía expresada en las autoridades de los dos partidos políticos que se dividían la opinión pública. Ambos partidos respondieron que estaban de acuerdo con la celebración del convenio y sólo el Partido Liberal además de aprobarlo señalaba plazo de tres períodos presidenciales, doce años para la duración del mando y presencia de los oficiales extranjeros en la GN.
En el último año del período del General Moncada, el Gobierno de los Estados Unidos declaró el propósito de retirar a sus fuerzas y entregar la situación militar del país a la GN. En esta oportunidad nuevamente conferenciaron los partidos políticos. El Ministro de los Estados Unidos propuso un plan para la entrega de la Guardia a una oficialidad nicaragüense combinada de los dos colores políticos, pero los partidos consideraron que se debería dejar libre al nuevo mandatario para que, en concordancia con el Presidente Moncada, seleccionara al Jefe Director de la GN. Triunfó el Partido Liberal y el Dr. Juan Bautista Sacasa aprobó el nombramiento del Gral. Anastasio Somoza para Jefe Director de la Guardia Nacional suscrito y rubricado por el Presidente Gral. José María Moncada.
En lo relativo a inculcar el apartidarismo político desde la propia formación en la Academia Militar, fueron desde el inicio obstaculizados. Mientras el Jefe Director orientaba que no se admitiera en la Academia ningún aspirante que hubiera participado en acontecimientos políticos recientes, el Presidente Moncada favorecía notoriamente a los liberales en detrimento de los conservadores. Los aceptados en la Academia tenían que llenar una serie de requisitos y a causa de estos la mayoría de los cadetes venían de los reducidos sectores de clase media y artesanos de la población nicaragüense. El curriculum abarcaba entrenamiento militar básico, leyes, ingeniería, administración, materias académicas como historia y geografía nicaragüense y redacción.
En relación a acciones de motines provocados con carácter partidista se puede señalar que los marinos consideran que durante la GN estuvo bajo control de los marinos norteamericanos ocurrieron diez casos de motines o acontecimientos que pueden considerarse como tales. Todos fueron de carácter local, sin conexión con otros puestos y con la excepción de tres, en los que se detectó influencia de los sandinistas: Somotillo en enero de 1928; Somoto 8 de diciembre de 1930 y Quilalí, el 11 de abril de 1932, el resto puede atribuirse a factores internos.
El entrenamiento no era el único campo de la práctica militar tradicional que fue sustancialmente cambiada por los norteamericanos; también cambió radicalmente los campos de suministros y de comunicaciones. Se creó un Departamento de Intendencia y a este, se le hizo responsable de introducir normas generales para el armamento, organizar un sistema de transporte motorizado, crear secciones formales de pagaduría y contabilidad y establecer un sistema regular de uniformes.
En algunos casos, los norteamericano se encontraban con obstáculos serios para lograr la eficiencia y la modernización; por ejemplo las pésimas condiciones de las carreteras limitaban el uso de transporte motorizado y obligaba a la GN a depender de animales de carga y carretas, esto dificultaba la labor de los marinos por cuanto no tenían experiencia en el manejo de transporte de este tipo.
La introducción del aeroplano significó una contribución decisiva. Sólo en agosto de 1928 fueron transportados por vía aérea 130.905 libras de cargamento humano y material desde Managua hasta puestos alejados de la Guardia.
Como las enfermedades venéreas era una de las tareas más difíciles de controlar y la tasa de infección de los reclutas era sumamente alta, por decreto presidencial del 3 de julio de 1928 se encargó a la Guardia del control de la prostitución. Fueron creados cuatro hospitales especiales y a principios de 1929, se había logrado reducir más del 80% en la tasa de enfermedades venéreas dentro del personal de la GN y habían sido curadas 68 prostitutas. En 1932, el Departamento Médico informó que no se estaba dando tratamiento a prostitutas y se habían detectado 487 casos entre los reclutas en el año 1931.
Por otra parte, la guerra constitucionalista de 1926 es uno de los factores a tomar en cuenta por el descenso repentino de las exportaciones de 1925-1926. Sin embargo el descenso subsiguiente en las importaciones de 1930 a 1940, puede ser atribuido más a la depresión que afligió los mercados de exportación nicaragüense que a los daños de una revolución que duró poco.
La guerra no daño seriamente los medios de producción, pero incrementó la carga fiscal; la deuda pública pasó de $6.96 millones de dólares de marzo de 1926 a $23.53 millones a marzo de 1928.
En 1941, un acuerdo de préstamo y arriendo firmado en octubre de 1941 prometía a Nicaragua $1,300.000 en equipo militar de Estados Unidos.
En 1950, ante la muerte repentina del Presidente Víctor M. Román y Reyes, el Congreso tuvo que nombrar sucesor a Somoza, quien dos semanas después era reelecto con un margen favorable de 100.000 votos.
Con Somoza nuevamente en la Presidencia, la GN renovó su crecimiento. Desde el año fiscal 1949-1950 hasta el año fiscal 1953-1954, el presupuesto se duplicó, aunque el personal de combate realmente se redujo.
En relación al desarrollo del país en general, el Gobierno no comenzó un esfuerzo positivo, sino hasta 1950. Antes de esa época el rol del Gobierno puede describirse como pasivo.
Una misión de la FAO que hizo un reconocimiento al potencial agrícola de Nicaragua calculó que en 1949 había aproximadamente 400 tractores; por su prte el reporte del BIRF de 1952 menciona 600.
Fue el cultivo del algodón el que trajo consigo la mecanización de la agricultura y finalmente el Gobierno comenzó a construir carreteras en gran escala, poniendo zonas que antes eran inaccesibles en contacto con la vida económica.
Las negociaciones con Sandino avanzaban y éste envió condiciones originales para restaurar la paz que incluían entre otras: poner fin a la intervención extranjera en la Guardia Nacional; creación de un nuevo Departamento en el norte del país que se extendería desde Las Segovia hasta el Atlántico; destrucción de todos los registros que identificaban a sus hombres como bandidos. Estas condiciones no podía cumplirlas Sacasa, y ante el temor decidió reforzar a la Guardia con nuevo armamento solicitando al Departamento de Guerra de Estados Unidos, pero esta solicitud le fue rechazada por cuanto Nicaragua había incumplido con los pagos de créditos obtenidos anteriormente. Sacasa recurrió a El Salvador donde obtuvo pertrechos militares y compró a una compañía privada de New York, 2000 rifles usados Krag Jorgenson a un costo de $ 11 dólares cada uno.
Cuando se concluyó la compra de armas, ya Sandino había llegado a Acuerdos.
La poca cantidad de armas entregadas por Sandino, conforme los Acuerdos, hizo entrar en sospechas a Somoza de que los guerrilleros habían escondido buena cantidad de armas.
La guerra iniciada por Sandino, y la actividad de los rebeldes sandinistas obligó a la Guardia Nacional a ampliarse, por lo que el Presidente Adolfo Díaz, autorizó dicho aumento el 10 de junio de 1928, aumentando los Oficiales a 246 y los alistados a 2000.
Marco Jurídico
En el aspecto jurídico, en correspondencia con la constitución de 1911 fue promulgada el 21 de diciembre de ese año y consta de 172 artículos. Entre ellos tenía que para ser ciudadano se debería tener 21 años de edad, o mayor de 18 años que supiere leer o escribir o fueran casados (Arto.18). La pena de muerte se aplicaba por el delito de alta traición cometido en guerra exterior, hallándose al enemigo al frente y por los delitos atroces de asesinato, parricidio e incendio o robo, siguéndose muerte y con circunstancias graves calificadas por la Ley (Arto. 24). En relación a las atribuciones del Congreso, en lo relativo a las fuerzas armadas (Arto. 85 numerales: 3,11, 18, 19, 20 ,22).
Entre las Leyes de carácter policial que fueron emitidas antes de la creación de la Constabularia están:
En 1920, un agente de Policía no puede ser secretario de un tribunal o funcionario.(Pág. 2831, Reglamento de Policía, por incompatibilidad con el puesto que ejerce un agente de policía).
En 1921, el Director de Policía debe obedecer las ordenes del juez local; Pág. 3375 Código Penal hasta el requerimiento que le haga al efecto para que esté obligado a obedecerla, y en caso de desobediencia originan responsabilidad legal.
En 1922, en caso de vagos, tinterillos, puede hacerse información por denuncia o por otros delitos. Pág. 3779, Código Penal. En virtud de la denuncia o por otro conocimiento se abre información gubernativamente. Arto. 552, Reglamento de Policía.
En 1923, de acuerdo al Arto. 38 Código Penal, no se puede allanar por falta de Policía el domicilio, sólo tratándose de delito.
Entre las Leyes de carácter policial que fueron emitidas antes de la creación de la Constabularia están:
En 1920, un agente de Policía no puede ser secretario de un tribunal o funcionario.(Pág. 2831, Reglamento de Policía, por incompatibilidad con el puesto que ejerce un agente de policía).
En 1921, el Director de Policía debe obedecer las ordenes del juez local; Pág. 3375 Código Penal hasta el requerimiento que le haga al efecto para que esté obligado a obedecerla, y en caso de desobediencia originan responsabilidad legal.
En 1922, en caso de vagos, tinterillos, puede hacerse información por denuncia o por otros delitos. Pág. 3779, Código Penal. En virtud de la denuncia o por otro conocimiento se abre información gubernativamente. Arto. 552, Reglamento de Policía.
AQUÍ QUEDE
3. Disponer todo lo conveniente a la seguridad y defensa de la República.
11. Fijar cada año el presupuesto.
18. Declarar la guerra y hacer la paz, o autorizar al ejecutivo para tales fines.
19. Fijar en cada reunión ordinaria la fuerza de mar y tierra.
20. Permitir o negar el tránsito de tropas de otro país, por el territorio de la República y autorizar la salida de las nacionales fuera de Nicaragua. En estado de guerra, tendrá el poder ejecutivo estas atribuciones.
22. Conferir los grados de General de Brigada y de División
Por otra parte, en el Titulo XV; de los Deberes y Atribuciones del Poder Ejecutivo, en el Arto. 111 en los numerales siguientes:
1. Defender la independencia y el honor de la Nación y la integridad de su territorio.
11. Conferir grados militares en tiempo de paz hasta de Coronel inclusive, y los superiores hasta General de división, en campaña; y hacer iniciativas al congreso para que confiera éstos últimos en tiempos de paz.
14. Reunir las fuerzas militares de mar y tierra, organizarlas y distribuirlas de conformidad con la ley y según las necesidades de la República.
23. Atender a la seguridad interior y defensa exterior del país.
25. Declarar la guerra con autorización del congreso, y hacer la paz cuando lo requieran las conveniencias nacionales.
26. Dirigir las operaciones de la guerra como Jefe supremo del Ejército y de la Marina Nacionales. Cuando quiera ponerse al frente del Ejército, encargará las funciones de Presidente al que deba sustituirlo conforme la Constitución y quedará investido sólo del carácter de General en Jefe y con las atribuciones de Comandante General.
30. Levantar la fuerza necesaria para repeler toda invasión o sofocar rebeliones, y en estos casos decretar contribuciones o empréstitos y dar cuenta al congreso en sus próximas sesiones.
31. Disponer de la Fuerza de mar y tierra para defensa y seguridad de la República; para mantener el orden y tranquilidad de ella, y para todos los demás objetos que exige servicio público.
Arto. 112: " cuando se haya amenazada la tranquilidad pública, puede el Ejército dictar órdenes de arresto contra los que se presume reos, e interrogarlos, poniéndolos dentro de diez días a la disposición de los jueces competentes; pero sí a juicio del ejecutivo fuere necesario confinar en el interior o extrañar de la República a los indiciados de conspiración o traición, resolverá lo conveniente en el consejo de Ministros y con el voto de dos senadores propietarios. Alterado el orden público, no será indispensable la concurrencia de los senadores.
En relación al presupuesto, la Cn. de 1911 establece en el Título XVII del presupuesto, en su Arto. 132: "EL presupuesto será votado por el congreso, con vista de los proyectos que formulen el poder Ejecutivo y el Judicial, en sus respectivos ramos".
En lo relativo al Ejército, expresa en el Título XVIII del Ejército; en sus Artos 140, 141, 142, 143, lo siguiente:
Arto. 140: La fuerza pública está instituida para asegurar los derechos de la Nación, el cumplimiento de la ley y el mantenimiento del orden Público.
Arto. 141: La disciplina del Ejército será reglamentada por las Leyes y Ordenanzas militares. Ningún cuerpo armado podrá deliberar ni ejercer el derecho de petición. Los militares en actual servicio no podrán obtener cargos de elección popular.
Arto. 142: El servicio militar es obligatorio, pero en tiempos de paz podrá cumplirse con éste deber por medio de sustituto. Todo nicaragüense de 18 a 45 años es soldado del Ejército. La ley hará la organización correspondiente y establecerá las causas de exención del servicio.
Los ministros de cualquier culto sólo prestarán sus servicios en el ejército, como capellanes o en las ambulancias.
Arto. 143: No hay fuero atractivo; y los militares en actual servicio gozan de fuero de guerra, por delitos puramente militares.
Las reformas a la Constitución de 1911 se realizaron el 5 de abril de 1913, la misma sólo consta de tres (3) Artículos pero en lo relativo a las fuerzas armadas se mantiene igual que la de 1911. Esta Constitución fue reformada hasta en 1939, o sea que estuvo vigente durante 28 años.
Estos elementos jurídicos de la Constitución de 1911 destacando el aspecto militar y policial presente en ella, sin mencionar todos los detalles que ustedes exponen.
El gobierno de Adolfo Díaz solicitó (1912), en ese contexto, el apoyo norteamericano para la preparación de una Guardia Nacional y como respuesta a esa solicitud, es contratado en el mes de Enero de 1912, el ex miembro de los "Rough Rangersi", "Greg Scull", quien inicia sus labores el 5 de Febrero del mismo año siendo nombrado Inspector General e Instructor de Policía, para ese entonces se cuenta con 200 reclutas que esperaban a su Instructor en las instalaciones del Campo de Marte.
Durante todos esos años, en que las tropas norteamericanas se mantuvieron en Nicaragua (1912-1933), había muy poco interés en fortalecer al ejercito y a la policía. El Ejercito Nicaragüense en 1916 y 1917, contaba con unos mil hombres, de los cuales en Managua se encontraban 295 oficiales y 335 soldados. Uno de los primeros jefes de Policía nicaragüenses fue el Cnel. Bartolomé Ibarra, en 1917. En el año de 1919 y 1920, se contabilizaban 500 hombres, entre oficiales y soldados.
"Sin embargo, durante ese período fiscal entre 1921 y 1922, Costa Rica gastó en su ejército cuatro veces mas que Nicaragua. En 1924, el ejército de Nicaragua contaba con 37 oficiales y 329 soldados, "además de 934 policías.
Pero sus funciones de estos últimos, eran mas militar que policial, de acuerdo a la situación de la época; y que un año más tarde en Nicaragua se forma la Guardia Nacional, lo que tiende a equilibrar las fuerzas armadas en éstos países, debido a políticas externas de expansionismo.
Por iniciativa de los gobiernos centroamericanos se reunieron en Washingtón el 7 de febrero de 1923, para tratar asunto de limitación de armamentos y la formación de ejércitos modernos, que se llamarían Guardia Nacional para servicio de cada uno de los países participantes. En esta conferencia conocida como la Convención de Limitaciones de Armamentos (1923) [17]estuvieron presentes el Secretario de Estado de los Estados Unidos de América del Norte, Charles Evans Hughes y el Sr. Summer Welles, enviado extraordinario y Ministro plenipotenciario de ese país. Esta convención es considerada por algunos investigadores como una Convención Adicional al Tratado General de Paz y Amistad firmado entre los mismos países en 1907.
El Presidente de Nicaragua (quien…) le dio la aprobación y la sometió a conocimiento del Congreso el día 3 de marzo de 1923 y por Decreto Número 14 del 16 de marzo de 1923, el Senado y la Cámara de Diputados aprueban la convención celebrada en Washington. (Qué aprueban?)
A raíz de un convenio firmado en Washington el 7 de Febrero de 1923, surge un proyecto de estructuración de la Guardia Nacional Nicaragüense, nuevamente con apoyo norteamericano. Basado en ese convenio, el 25 de Abril de 1925, el Gobierno nicaragüense decreta una ley que organiza una nueva guardia nacional con el nombre de Constabularia. (Ojo: Citar aspectos de dicha ley)
Los orígenes de la Guardia Nacional, bajo el nombre de Constabularia, lo encontramos en la Convención sobre Limitación de Armamentos de 1923 [18]que es una Convención Adicional al Tratado General de Paz y Armamento firmado entre los países centroamericanos en Washington en 1907. La Convención sobre Limitación de Armamentos fue rechazado por todos los Congresos de los países suscriptores que se negaron a ratificarlo alegando que violaba las respectivas Constituciones y atentaba contra la soberanía y la independencia de sus respectivos países. De todos los países se exceptúa a Nicaragua, cuyo país presionado por los norteamericanos que en ese período intervenían de manera directa.
El Presidente de Nicaragua le dio la aprobación y la sometió a conocimiento del Congreso el día 3 de marzo de 1923 y por Decreto Número 14 del 16 de marzo de 1923, el Senado y la Cámara de Diputados aprueban la convención celebrada en Washington.
Para organizar la G.N (Constabularia) es contratado el Mayor retirado de la Marina de los Estados Unidos de Norteamérica Calvin B. Cárter, quien firma contrato el 10 de Junio de 1925, e inicia sus labores el 16 de Julio del mismo año. En ese mismo mes de Junio de 1925, Llegan a Nicaragua oficiales del Ejercito Norteamericano, 270 personas en total, según información de la época.
En el año de 1925, el Gobierno de Nicaragua que lo ejercía Don Carlos Solórzano, deseando dar cumplimiento a las resoluciones del año de 1923 y mediante un convenio con los Estados Unidos procedió a formar el pequeño ejército de la Guardia Nacional, que se conoció con el nombre de Constabularia. Sobre esta organización el Congreso dictó una Ley el 23 de abril de 1925, que fue sancionada por el ejecutivo el 15 de mayo del mismo año, siendo refrendada por el Ministro de Gobernación, Bartolomé Martínez.
Se refiere Gaitán al hecho de que el Presidente Solórzano, cuando Emiliano Chamorro dio el golpe militar el 25 de octubre de 1925, éste no quiso dar la orden al Mayor Carter, Jefe de la Constabularia demostrando que el mandatario se atenía a que tropas irregulares partidistas armadas atacaron a la Constabularia, sacrificando de esta forma a la guardia nacional en aras del partidismo político. Esto fue uno de los factores -según Gaitán- de la famosa Nota Kellog.
La Constabularia estaba integraba por el siguiente personal:
3 Oficiales superiores (norteamericanos)
9 Instructores militares nicaragüenses.
18 Cadetes aspirantes a oficiales nicaragüenses.
2 Médicos civiles.
1 Secretario.
225 alumnos o rasos.
12 lavanderas.(citar)
En el presupuesto de gastos, se incluía los de la Academia Militar para formar oficiales, según lo establecido por el Decreto del Poder Ejecutivo No. 28 del año 1925, pero por circunstancias políticas, la escuela no funcionó. Los Oficiales fueron incorporados directamente de la vida civil por recomendaciones especiales de partidarios o funcionarios del Gobierno y no era necesario tener una capacidad especial, bastaba pertenecer al partido político en el poder.
En la Constabularia, sus miembros no firmaban ningún contrato de servicio, no se les designó números y a los rasos se les llamaba "alumnos".
Los considerandos de esta Ley (¿Cuál?) se basaban en el Artículo segundo de la Convención de 1923; en el Arto. 2 de la Ley Creadora se define a la Institución de la forma siguiente:
"… La Guardia Nacional es una institución ajena a toda influencia política, destinada a mantener el orden social con el triple carácter de policía urbana, policía rural y policía judicial. El ejército será independiente de la Guardia Nacional, aunque en caso llegado, ambos deben cooperar a la conservación del orden público en la forma que las leyes determinan… [19]
Ya el 18 de mayo, el Ministro de Relaciones Exteriores, José Andrés Urtecho en comunicación dirigida al Encargado de Negocios de EU, solicita sin demora, los oficiales expertos que habrían de organizar y dirigir en definitiva la escuela o rama de instrucción anexa a la Guardia Nacional. (Queda incompleta la idea…)
Desde su origen, la Guardia Nacional, presenta discusiones en torno a su Constitucionalidad, por cuanto se crea en abierta violación a la Constitución de 1911, específicamente el Arto. 109.
Según el texto escrito bajo la Dirección de la Comandancia General del Cuerpo de Marinos de Estados Unidos de América, "Reseña de la Organización y Operaciones de la Guardia Nacional de Nicaragua", y publicado por entregas en la Revista Conservadora:
"… A fines de 1925 se hizo un intento para organizar la llamada Guardia Nacional bajo el Mayor Carter (norteamericano) la que consistía en 300 hombres. Este intento tuvo muy poco o ningún éxito, y los restos de esta organización entonces existente (1927) prácticamente no tenía fuerza alguna y era de escaso valor para el gobierno como organización militar…" [20]
2.2 Creación de la Guardia y sus Objetivos.
En el año de 1926, por causa de esta guerra civil es disuelta, de hecho, la Constabularia y por recomendaciones del enviado norteamericano Henry L. Stimson, en el sentido de crear un sólo cuerpo armado que hiciera las veces de Ejercito y de Policía a un mismo tiempo; el entonces Presidente Adolfo Díaz, solicita al gobierno de los Estados Unidos que designara a un oficial para que organizara rápidamente la Guardia Nacional; para tal efecto fue nombrado el Coronel Robert Rhea como primer Jefe de la Guardia Nacional.
Es importante destacar que aún cuando el gobierno norteamericano pretenda enviar a miembros del ejercito regular, para entrenar y dirigir al nuevo cuerpo, el Almirante Latimer, y otros marines de alto rango, pidieron que se destinara al Cuerpo de Marines ya que ellos eran los que normalmente se dedicaban a la tarea de la "pacificación" en Nicaragua y por ello conocían mejor acerca de las condiciones políticas y sociales del país. Se deseaba reducir la presencia norteamericana en Nicaragua a unos mil hombres.
Una de las razones que motivan la creación de La Guardia Nacional es la necesidad de establecer la vigilancia para las elecciones programadas para realizarse en el año de 1928, y por el hecho de que se habla disuelto la Constabularia. El gobierno norteamericano se plantea tres objetivos fundamentales con la creación de la Guardia Nacional:
1) Sustituir los actuales Ejercito y Policía con un cuerpo castrense mejor entrenado y mas disciplinado;
2) Establecer un orden interno mediante la supresión de cualquier levantamiento en contra del Gobierno; y
3) Crear una fuerza apolítica que defienda el orden constitucional y pueda garantizar
elecciones libres.
La primera orden del Jefe Director de la Guardia Nacional Cnel. Roberto Rea contenía, entre otras las siguientes disposiciones:
Una de las cosas más esenciales para hacer de esta organización un cuerpo nacional, primera y única, es que sea de consistían absolutamente apolítica, en toda La extensión de la palabra. Si esto no se verifica, no podrán efectuarse los servicios y labores para lo cual ha sido proyectada y autorizada.
La política tiene su lugar y poder, pero nunca debe controlar las organizaciones militares o de Policía en su país.
La organización de Policía Nacional de un país está para el mantenimiento de la Paz, y La Ley.
Ascensos de Clases y Oficiales de La Guardia Nacional, serán hechos de tiempo en tiempo dentro del personal en listado. La oportunidad esta abierta para todos. Los ascensos serán hechos de conformidad con los méritos y capacidad de cada uno.[21]
Debemos recordar que el punto IV. del Convenio de Tipitapa firmado en mayo de 1927 establece lo siguiente:
"… La creación de una Constabularia apartidista, permanente y profesional que se conocerá con el nombre de GUARDIA NACIONAL DE NICARAGUA, ejército que sería formado, entrenado y dirigido por oficiales instructores norteamericanos…" [22]
El cuerpo de Marinos Norteamericanos recomendó al Presidente Adolfo Díaz, que le anexara a la Guardia, las funciones de Policía y esta "sugerencia" fue aceptada por el Presidente de Nicaragua, al orientar al Ministro de Relaciones Exteriores, Dr. Carlos Cuadra Pasos, para que firmara el Convenio con el Encargado de Negocios Dana G. Munro, el 22 de diciembre de 1927, en el que se expresa en la cláusula II, lo siguiente:
"… La Guardia Nacional se considera como la única fuerza militar y de Policía de la República y de que dispondrá el Comandante General para garantizar la paz interior y seguridad de los derechos individuales…" [23]
Sobre el particular, hubo grandes tensiones, el Vice Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua objetó los aspectos, por cuanto afirmaba se podía crear confusión entre la labor de ejército y la de policía, por que alegaba que las funciones de un Policía eran contrarias a la de un soldado. Estas objeciones fueron rechazadas por los marinos y para evitar este tipo de discusiones es que el Presidente Díaz se ve obligado antes de que se firmara el convenio a publicar el Decreto Ejecutivo número 54, por medio del cual se anexan las funciones de Policía a la Guardia Nacional. [24]
El Convenio Pasos – Munro consta de 12 puntos, son significativos los relativos a las partidas de gastos así como los de las calidades, funciones y deberes a que están sometidos los miembros de la GN que son marinos y los que son nicaragüenses. Leamos:
…" La República de Nicaragua se compromete a crear sin ninguna demora una Constabularia eficiente, urbana y rural que se conocerá con el nombre de Guardia Nacional de Nicaragua, compuesta de nicaragüenses nativos, la fuerza de la cual y los gastos de pago, alimentación, operación serán como se fija en el siguiente detalle… Personal Comisionado… Personal Alistado… Banda… Personal Médico Alistado… Operaciones y Mantenimiento … Alimentación… Prisiones y Penitenciaria… Gran Total C$689,132.00.( Y sobre las funciones de policía?)
Las partidas arriba expresadas serán las únicas que se autorizarán para el mantenimiento de la Guardia Nacional, y todo aumento y distribución sobre ellas se hará únicamente en virtud de autorización previa y expresa del Congreso. El sobrante de las mismas partidas arriba consignadas, si lo hubiere, puede ser aplicado por el Jefe de la Guardia Nacional con el consentimiento escrito del Presidente de la República, para ampliar dicha Guardia con una Guardia Marina y una unidad de aviación adecuada.
Posteriormente el Presidente Adolfo Díaz emite un decreto ejecutivo número 54 del 30 de julio de 1927 anexando funciones de Policía a la Guardia Nacional, lo que constituye una ilegalidad y aún más, autoriza al Ministro de Relaciones Exteriores Dr. Carlos Cuadra Pasos a firmar un Convenio con el representante norteamericano Dana G. Munro y nuevamente se viola la Constitución de 1911. Según el criterio de la Corte Suprema de Justicia este convenio constituye la Ley Orgánica de la Guardia Nacional y es fuente del Derecho Militar Nicaragüense. El mismo Convenio es declarado ilegal por el Magistrado de la Corte Suprema de Justicia Dr. Francisco Torres Fuentes, quien expone su criterio en dictamen del 3 de enero de 1928, considerándolo como un compromiso de imposible cumplimiento mientras exista el régimen constitucional.
En este mismos sentido, expresaron su voto razonado, en sentencia de la Corte Suprema de Justicia los magistrados Hernaldo Zúñiga Padilla y Adán Sequeira Arellano, por cuanto dicho Convenio transgrede los artículos 1, 2, 13, 19, 85, 87, 111, 132, de la Constitución Política de 1911. Ejemplificar lo que consideraron dichos magistrados
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