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El Crédito


Partes: 1, 2

  1. Definición
  2. Empréstito
  3. Clases de empréstitos
  4. Mutuo
  5. Engaños con tarjetas de crédito dejan a millones de estadounidenses sumergidos en deudas
  6. América Móvil firma un crédito de 1.000 millones de dólares
  7. Ventajas de las tarjetas de crédito
  8. Títulos de crédito
  9. Crédito educativo
  10. Crédito fiscal
  11. Programa de especialización para ejecutivos gestión de créditos y cobranzas en ESAN
  12. Curso de educación continúa gestión de créditos y cobranzas en la Universidad de Lima
  13. Crédito documentario
  14. Tarjetas de crédito y debido Mastercard
  15. Fuentes de financiamiento

Definición

No siempre se refiere a préstamo, lo cual debe estudiarse en una sede mas amplia a efecto de poder comprender el significado de la palabra crédito, que como dijimos no siempre se refiere a préstamo, sino que tiene otras definiciones.

Este tipo de temas son mas amplios y son elegidos en forma poca frecuente por parte de los diferentes autores, lo que merece atención por parte de los estudiosos de este tema como es por cierto el crédito, el cual debe ser materia de estudio en una sede mas amplia a efecto de conocerlo a cabalidad o dicho de otra manera en su integridad.

Empréstito

Este tema es mas propio del derecho constitucional y no del derecho civil, lo que debe ser tenido en cuenta a efecto de elegir nuestras fuentes de información, lo cual según la constitución es atribución del congreso de la república en la constitución política peruana de 1993. Y en todo caso quien negocia este tema es el presidente mencionado lo cual es normado por el artículo 102 numeral 5 y artículo 118 numeral 18, el cual es un tema muy importante en el estudio del derecho y del crédito, siendo este último un tema interdisciplinario.

Para nosotros los empréstitos son la deuda que contrae el estado con terceros, lo que debe ser materia de estudio en forma muy amplia, o dicho de otra forma en toda la república, a efecto de poder conocer mejor el tema de estudio y en este sentido, algunas oportunidades son a través de bonos, pero no en acciones, sino sólo los primeros, pero el estado peruano puede contraer obligaciones o dicho de otra forma deudas, con lo cual es claro que el estado puede financiar sus actividades, por ejemplo puede emitir bonos para pagar la deuda externa.

Esta última constituye un empréstito, sin embargo, estos temas han merecido escasos estudios en el derecho peruano y extranjero, lo cual causa una serie de problemas en la realidad social y en este sentido es claro que podemos tener un enfoque global, lo cual implica conocimientos mas amplios sobre este importante pero descuidado tema jurídico económico.

Este tema como es por cierto los empréstitos también es importante en la contabilidad, por lo cual se trata de un tema interdisciplinario, el cual resulta ser muy útil en el derecho, lo que debe ameritar los estudios por parte de los estudiosos del derecho, a efecto de provocar publicaciones no sólo de derecho, sino también de otras áreas del conocimiento.

Clases de empréstitos

Para nosotros se debe distinguir entre empréstitos nacionales, internacionales y extranjeros, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas amplia, a efecto de determinar semejanzas y diferencias y de esta manera conocer o dominar mas el tema materia de estudio.

Los empréstitos internacionales son muy importantes en el mercado mundial o dicho de otra forma en el mercado global, lo cual debe ser materia de estudio por la globalización, para que de esta manera profundicemos nuestros conocimientos y estudios sobre el derecho internacional, el cual no sólo se limita al estudio del derecho internacional público y el derecho internacional privado, sino que va mas allá según nuestras investigaciones, trabajo que se encuentra por publicar.

Si un abogado desconoce la existencia de empréstitos extranjeros e internacionales es claro que le falta por conocer muchos importantes temas del derecho internacional, y por ello, su visión será limitada.

Si un abogado conoce estos temas es evidente que tendrá conocimientos mas amplios en un medio mas competitivo, en el cual sólo llegan a ser considerados como exitosos los profesionales mas destacados, los cuales son sólo algunos o los mas importantes y de esta forma es claro que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

Este tema no sólo es materia de estudio por parte del derecho, sino también por otras ramas del conocimiento humano, dentro de la cual podemos citar a la economía, y dentro del derecho una rama importante a tener en cuenta es el derecho constitucional y en algunos casos el derecho bursátil, lo que necesariamente generará mayores estudios por parte de los tratadistas jurídicos en sus diferentes ramas.

Si un abogado considera que este tema resulta irrelevante es claro que no se encuentra al día con las últimas novedades del derecho mundial, como son por cierto los empréstitos internacionales y de esta forma podemos concluir que el derecho es muy amplio, lo que debe generar estudios por parte de los tratadistas y en todo caso se debe tener en cuenta los mercados de este tipo, es decir, nos estamos refiriendo a los mercados internacionales.

En los mercados internacionales es claro que la oferta y la demanda no son ambas de un solo país, sino que son de diferentes países, lo cual ha sido poco trabajado en el derecho peruano y extranjero y en este orden de ideas es claro que estos temas son recientes en el derecho y en el economía.

Los empréstitos extranjeros son por ejemplo los que se realizan en otro país, pero tanto la oferta como la demanda en un solo país, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas amplia y de esta forma es claro que debe ser considerado como un tema mas amplio a efecto de tener mayor dominio del derecho extranjero, a efecto de que en algunos se pueda hacer derecho comparado, el cual en algunos casos se refiere a comparaciones jurídicas, sin embargo, el mismo no se limita a las indicadas, sino que va mas allá, por ejemplo, se puede estudiar recepciones y transplantes, entre otras tantas figuras jurídicas, lo que debe motivar estudios por parte de los tratadistas y en este sentido es claro que debe predominar el conocimiento sobre la fuerza o dicho de otra forma debe predominar la razón sobre la razón, lo que generará mayor desarrollo y justicia, pero esto no sólo en el derecho peruano, sino también en el derecho extranjero.

Es decir, los empréstitos extranjeros no se llevan a cabo en mercados internacionales, sino en mercados extranjeros, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas amplia a efecto de poder distinguirlos y de esta forma o manera poder dominar el tema materia de estudio.

Si consideramos que los empréstitos internacionales son iguales que los empréstitos extranjeros es claro que no tenemos conocimientos claros sobre el tema materia de estudio, en tal sentido, en algunos casos se debe dejar de lado el método dogmático, para poder crear derecho, por que el método citado es claro que se toma en cuenta la doctrina, mientras que cuando se crea derecho resulta evidente que no sigue lo manifestado por la doctrina y en este sentido es claro que amerita los estudios por parte de los estudiosos del derecho a efecto de tener conocimiento sobre estos importantes temas jurídicos.

Es decir, los empréstitos internacionales y extranjeros no son ni constituyen exactamente lo mismo, lo que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas del derecho constitucional, la cual es una disciplina jurídica o rama del derecho público que estudia y regula los derechos humanos y las principales instituciones jurídicas, por ejemplo en el primer caso el derecho a la vida y en el segundo caso por ejemplo los poderes del estado, que según la constitución peruana vigente son tres, mientras que según la doctrina mas reciente se puede hablar de otros poderes, por ejemplo del poder constituido por el tribunal constitucional y del poder constituido por la empresa, al igual que existen otros poderes por ejemplo los colegios profesionales y los colegios de notarios, lo cual debe ser materia de estudio en una sede mas amplia a efecto de profundizar nuestros conocimientos en un tema tan importante que amerita las publicaciones del caso.

Todo abogado debe conocer el derecho constitucional, por tanto, todo abogado debe conocer y dominar el tema de los empréstitos internacionales, lo que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas y en este sentido es claro que amerita las publicaciones a que haya lugar a efecto de que el derecho desarrolle, pero no sólo aplicando el método dogmático sino también creando derecho, es decir, siguiendo la escuela libre del derecho o escuela del derecho libre, la cual tiene muchos beneficios, sobre todo en estos tiempos en los cuales existe mucho desarrollo y de esta forma es claro que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, por lo cual, sin un abogado investiga estos temas es claro que podrá tener conocimientos actuales sobre hechos recientes, lo cual causa mucho beneficio al derecho.

Es decir, lo que queremos demostrar es que este tema es muy importante en el derecho y que los empréstitos internacionales son confundidos con los empréstitos extranjeros, lo que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas y en este sentido es claro que si no tenemos la convicción que se refieren a temas distintos es claro que no conocemos un tema importante en el derecho constitucional, lo que debe motivar publicaciones jurídicas, pero no sólo en el derecho peruano, sino también en el derecho extranjero, internacional y comparado, por ejemplo puede hacerse derecho comparado entre los términos materia de estudio como son los empréstitos internacionales y los empréstitos extranjeros, a efecto de poder conocer mejor el tema materia de estudio. Un estudio de derecho comparado podría ser la importación y la exportación en el mundo de los empréstitos internacionales y extranjeros en los últimos cien años, a efecto de poder tener acceso a información actual sobre temas importantes.

Mutuo

Ahora desarrollaremos el mutuo, el cual es un tema importante, por ello, resulta muy importante este tema no sólo en el estado peruano, sino también en otros estados, lo que debe motivar estudios mas amplios en otras sedes y de esta forma o manera incrementar nuestros conocimientos sobre el tema materia de estudio.

El mutuo es un tema importante que debe ser desarrollado junto con el crédito, por lo cual en esta desarrollaremos el primero para lo cual citaremos importante información que aparece en Internet.

El mutuo no es igual que el crédito, sin embargo, son muy confundidos por parte de los legos en derecho.

El mutuo es cuando se obliga a otorgar un crédito, lo que merece mayores estudios y éstos exceden el presente trabajo de investigación.

Si un autor desea investigar este tema es claro debe hacer una revisión del derecho nacional, extranjero, internacional y comparado, a efecto de poder comprender el mismo, lo que debe ser tenido en cuenta por parte de los investigadores, los cuales no sólo se ubican en el derecho civil, sino también en otras disciplinas jurídicas, dentro de las cuales podemos citar el derecho empresarial o derecho de los negocios o derecho de la empresa, derecho corporativo y derecho bancario, entre otras tantas, por ejemplo podemos citar el caso del derecho procesal, o mas específicamente en el caso de la contracautela o en el caso que se pretenda cobrar un mutuo, cuando lo correcto es cobrar un crédito , y en este sentido es claro que resulta ser un tema de vital importancia en el estudio del derecho, por ello es que lo estudiamos a efecto de poder tener mayores elementos de juicio en nuestras actividades diarias.

Otro caso en el cual se debe tener en cuenta este tema es el caso del derecho societario y las personas jurídicas cuando solicitan un mutuo o un crédito, ya que no constituyen exactamente lo mismo, lo que debe ser materia de mayores comentarios en otra sede mas amplia y en todo caso existen muchos abogados que no conocen el tema, y lo mismo ocurre en el caso de la compra venta y la transferencia, las cuales tampoco son lo mismo, lo que debe motivar estudios y publicaciones por parte de los jurisconsultos mas connotados del estado peruano, y del extranjero, que por cierto no son sólo civilistas, sino también especialistas de otras áreas del derecho.

El derecho es uno solo y se divide sólo para efectos de estudio, lo cual debemos tener en cuenta no sólo cuando lo estudiamos sino también cuando lo aplicamos a efecto de conocer mejor este tema, y en este orden de ideas es claro que podremos ser mejores abogados si antes de absolver cualquier consulta investiguemos a profundidad el tema materia de la consulta, con lo cual es claro que el nivel de estudio y conocimiento se incrementa a niveles mas elevados.

Si un abogado conoce este tema es claro que puede desenvolverse mejor como tal, y ocurre lo contrario en el caso que no conozca el mencionado, lo que debe motivar estudios por parte de los tratadistas, y en este sentido es claro que debemos consultar libros de autoridad y no cualquier libro, por que la doctrina abunda, pero no toda es de buena calidad, sino que alguna o algunas son no precisamente las mas adecuadas, por lo tanto, es claro que debemos traer a colación lo mencionado en los libros ingleses en los cuales se precisa que de la doctrina sólo se toma en cuenta a los libros de autoridad, los cuales son la doctrina mas connotada y de esta manera es claro que siempre es importante tener en cuenta el derecho comparado y extranjero a efecto de poder tener mayores conocimientos en un medio en el cual es claro que existen realmente muy pocas fuentes de información, y cuando nos referimos a tales nos estamos refiriendo no sólo a los libros, sino además a artículos y a páginas web, entre otras tantas.

El derecho es muy complejo lo que debe ser materia de celosos estudios por parte de los tratadistas y en este sentido es claro que debemos ser estudiosos no sólo del derecho peruano, sino también del derecho extranjero a efecto de tener mayores conocimientos sobre el mutuo y el crédito, al igual que la relación existente entre ambos.

En el código civil peruano de 1984, el cual se encuentra vigente es claro que se define el mutuo, sin embargo, no se define el crédito, lo cual trae como consecuencia que se induzca a error a quienes no dominan estos temas y en todo caso algunos registradores inscriben mutuos hipotecarios en lugar de créditos hipotecarios o de simplemente hipotecas, lo que debe ser materia de estudio en forma mas amplia consultando directamente el código mencionado o citado, lo cual incrementará nuestros conocimientos del derecho civil y de otras disciplinas jurídicas.

Si un agente económico celebra un contrato de mutuo es claro al menos en el derecho peruano no está celebrando un contrato de crédito, lo que debe ser tenido en cuenta por parte de los estudiosos del derecho, y en este orden de ideas el derecho es muy amplio, lo que no permite conocerlo a cabalidad, por lo tanto, esperamos que sea materia de estudios en diferentes sedes, las cuales por cierto no será sólo en el derecho peruano, sino también en el derecho extranjero.

En este tema como es por cierto el mutuo es claro que se puede hacer derecho comparado, lo cual puede motivar publicaciones, a efecto de divulgar el conocimiento, el cual en algunos supuestos se tratará de conocimiento científico, y otras de conocimiento no científico, siendo el primero el conocimiento comprobable, y el segundo el conocimiento no comprobable, y en todo caso esto debemos concordarlo con la creación de derecho, supuesto en el cual para muchos es difícil estar ante conocimiento comprobable, lo que debe ser materia de estudio por parte de los estudiosos del derecho y de otras áreas del conocimiento humano.

Engaños con tarjetas de crédito dejan a millones de estadounidenses sumergidos en deudas

En el mercado estadounidense ocurren en estos tiempos hechos bastante peculiares, lo que debe ser materia de estudio, a efecto de contar con información actualizada y de esta forma es claro que podamos estudiar no sólo el derecho peruano, sino también el derecho extranjero, para que de esta manera podamos hacer derecho comparado, lo cual no se limita a las comparaciones, sino que va mas allá. En tal sentido la realidad social estadounidense es inadecuada, lo que debe generar los estudios a que haya lugar, por ello estudiaremos o dicho de otra forma daremos un vistazo a dicho derecho.

América Móvil firma un crédito de 1.000 millones de dólares

Esperamos que esta realidad debe ser recepcionada al derecho peruano, a efecto de mejorar la economía peruana y en este sentido exista en el indicado un mayor crecimiento económico, lo que debe ser materia de estudio por parte de los estudiosos del derecho peruano y extranjero, al igual que del derecho comparado.

Es decir, este es un supuesto de un crédito internacional, el cual no es materia de calificación registral en el derecho peruano, sino que sólo se califica las garantías registrables en caso de inscribirse, por ejemplo el caso de la hipoteca, lo cual es poco conocido por parte de los diferentes registradores que llegan a inscribir créditos hipotecarios, lo cual es o constituye un error en el estudio y aplicación del derecho registral.

Se ha advertido que los abogados de los bancos se empecinan en que los registradores inscriban los créditos hipotecarios, incluso presionándolos, lo cual implica una violación en contra de la autonomía de dichos funcionarios públicos, en tal sentido hasta ahora sólo se debe registrar la hipoteca, pero no el crédito ni tampoco el crédito hipotecario, lo que debe ser materia de estudio por parte de los estudiosos del derecho registral.

Todo esto porque los abogados de empresas pretenden imponer la fuerza sobre la razón o sobre el conocimiento, lo que debe generar estudios por parte de los tratadistas del derecho registral, sin embargo, éstos sólo aplican el método dogmático y no el método funcionalista, por ello, es claro que este tipo de problemas no se advierten, los cuales existen en el derecho peruano, lo cual nos preocupa.

Ventajas de las tarjetas de crédito

Es decir, existen abundantes ventajas cuando se utiliza las tarjetas de crédito, lo cual debe ser materia de estudio. Si conocemos este tema es claro que podremos tener acceso acceso a mejores oportunidades contractuales, las cuales incrementarán nuestras ganancias o utilidades y de esta forma nuestras empresas aumentarán de tamaño.

Títulos de crédito

Algunos precisan que el cheque es instrumento de pago pero no título de crédito, como si lo son el pagaré y la letra de cambio, lo que debe ser materia de estudio en el caso de todos los títulos valores, es decir, estos últimos son el género y la especie son los títulos de crédito.

Hasta donde sabemos los títulos de crédito se utilizan en todo el mundo por ello es claro que este resulta ser un tema importante no sólo en el derecho peruano y extranjero, sino también en el derecho comparado, por ejemplo hacer derecho comparado entre los títulos de crédito en dos familias jurídicas, o dicho tema en veinte sistemas jurídicos o en cinco legislaciones de distintos paises, o en un solo país, pero en distintos tiempos, por ejemplo en dos siglos diferentes. Lo cual motivará muchas investigaciones y publicaciones sobre este importante tema jurídico y de esta forma el conocimiento evolucionará, lo cual debe ser materia de estudio en una sede mas amplia a efecto de conocer mejor este tema.

Crédito educativo

El crédito educativo es muy importante ya que ha servido para que muchas personas alcancen estudios que parecían muy lejanos lo que debemos estudiar a efecto de difundir mas el presente tema y de esta manera los que desean consultar dicha información, encuentren en el presente mayores alternativas de estudios.

Crédito fiscal

Es decir, este tema resulta muy importante dentro del derecho empresarial y sobre todo en el derecho tributario, lo que debe originar estudios y publicaciones por parte de los diferentes estudiosos del derecho y en este sentido es claro que se necesita conocer sus ventajas, a efecto de tributar sólo lo necesario o justo y no hacerlo en forma excesiva, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas amplia y en este sentido es claro que debemos recurrir a fuentes de información mas amplias y precisas, ya que en el presente sobre el crédito fiscal es claro que se ha publicado muy poco en el derecho peruano y en general en el mundo existe poca información, lo cual esperamos que cambie para beneficio de la realidad peruana.

Programa de especialización para ejecutivos gestión de créditos y cobranzas en ESAN

Esan es un importante centro de estudios en la ciudad de Lima, siendo actualmente universidad, la cual compite con las mejores universidades del medio.

Para muchos este programa puede ser considerado como uno de los que mas prestigio otorga a sus alumnos, lo cual debe ser tomado en cuenta en forma muy seria, y de esta forma poder realizar la mejor elección en el mercado de cursos del medio y en este orden de ideas es evidente que pueden ser tomados en cuenta de manera muy atractiva para personas que desean realizar una buena inversión en capacitación en créditos.

Para muchos esan otorga mucho prestigio a sus estudiantes, lo cual debe ser tomado en cuenta al momento de elegir el centro de estudios en el cual se realizará o cursará el evento, porque en Lima, existen pocas universidades que brinden este curso, lo que debe motivar los correspondientes estudios, no sólo de post grado, sino también de especialización, los cuales se basan en poner mayor atención a la práctica, dejando a un lado en muchos casos la parte teórica y de esta forma tener conocimientos actuales de la realidad social y costumbre las cuales son fuentes del derecho entre otras, sin embargo, no son las únicas sino que debe tenerse en cuenta además otras, dentro de las cuales podemos citar la jurisprudencia y las ejecutorias, las cuales son escasas en la calificación de créditos al menos en el derecho peruano, por lo cual debemos recurrir al derecho extranjero a efecto de hacer derecho comparado, lo cual incrementará necesariamente nuestros conocimientos sobre el tema materia de estudio y en este sentido nos encontraremos mas capacitados para desenvolvernos en estos temas, los cuales son necesarios para las empresas, ya que según los distintos autores es claro que incrementa el volumen de las ventas, sin embargo, algunas empresas no otorgan créditos, por ejemplo el caso de las empresas de transporte de pasajeros interurbano, lo cual demuestra que sino conocemos la realidad social es evidente o notorio que no estaremos a la altura de las circunstancias y en este orden de ideas es claro que debe ser materia de estudio en forma detallada a efecto de poder conocer mejor estos temas, que tanto hacen falta al derecho peruano, es decir, en el derecho peruano es necesario o dicho de otra forma se hace necesario conocer mejor estos temas, lo cual motivará publicaciones, pero no sólo en el derecho peruano, sino también en el derecho extranjero, actuales o pasados, lo que necesariamente culminará en estudios de derecho comparado.

Si un abogado sigue este programa es claro que tendrá mayores elementos de juicio para juzgar a una persona a la cual se le siga un proceso por haber obrado mal al momento de gestionar un crédito. Un supuesto puede ser que otorgó un crédito cuando no debió hacerlo o viceversa y de esta manera resulta evidente que este tipo de trabajo es de enorme responsabilidad, la cual por cierto no sólo es penal, sino que es de otros tipos, por ejemplo es materia de responsabilidad comercial y empresarial, las cuales han sido poco trabajadas en el derecho peruano, sin embargo, en forma tímida es el caso que se vienen realizando investigaciones recientemente, a efecto de poder conocer mejor este tema, lo cual debe motivar el desarrollo aún mayor del derecho de la responsabilidad.

En estos programas se dicta el siguiente curso: GESTIÓN DE CRÉDITOS Y COBRANZAS, el cual tiene el siguiente temario: Identificación y cuantificación de los riesgos, Política de créditos, Política de cobranzas, El área de créditos y cobranzas, Evaluación del riesgo crediticio, Análisis financiero para la decisión de otorgamiento de créditos, Análisis no financiero, Las garantías, La administración del crédito, El proceso de cobranza y la diferenciación de las gestiones, Las etapas de la cobranza: Preventiva, de gestión, prejudicial y judicial y La refinanciación del crédito.

Y como profesor a Arturo García Villacorta, el cual es Profesor contratado de la Universidad ESAN. MBA, Université du Québec-Montreal. Magíster en Administración, ESAN. Programa de Alta Dirección, Universidad de Piura. Economista, Universidad Mayor de San Marcos. Ha sido director en empresas del sector bancario, comercial y servicios. Se ha desempeñado como gerente de administración y finanzas de empresas comerciales; gerente de inversiones, riesgos, administración y finanzas de una entidad previsional; gerente de finanzas, tesorería y riesgos en entidades bancarias y financieras; y como alto funcionario de una entidad supervisora de primer nivel. Actualmente es consultor de empresas".

Curso de educación continúa gestión de créditos y cobranzas en la Universidad de Lima

Este curso es muy importante para estudiar este tema, y en todo caso lo sugerimos para ser estudiado en estos tiempos, en los cuales las ventas no sólo son al contado, sino que también son al crédito, en tal sentido debemos felicitar esta iniciativa de la universidad de Lima, lo que generará el crecimiento económico de la economía peruana.

Si un abogado no estudia estos temas es claro que quedará al margen del desarrollo del derecho peruano, y de esta forma también quedará al margen del ámbito laboral, por ello, es evidente que si ocurre lo contrario estaremos al día con las últimas tendencias del derecho mundial, lo cual consiste en que las empresas en muchos casos otorguen créditos, como es el caso de venta de casas, vehículos, mercadería, maquinaria, entre otros tantos bienes, el cual es un tema de vital importancia en el derecho.

Los temas que se desarrollan en este curso son los que a continuación se enumeran: Política de créditos y cobranzas, Organización del área de créditos y cobranzas, Perfil de los integrantes del área de créditos y cobranzas, Tipo y modalidades de crédito, Evaluación del riesgo crediticio, Análisis financiero para el otorgamiento de créditos, Las garantías, El proceso de cobranza, Las señales de alerta temprana, Métodos de cobranza, y Herramientas de cobranza.

El cual es dictado por Paul Lira Briceño. De este curso destaca el segundo tema en el cual se precisa que si otorga créditos debe existir área de créditos y cobranzas, la cual debe estar o encontrarse organizada de acuerdo a determinados criterios, por ejemplo por administradores de empresas para calificar los créditos y por abogados para las cobranzas.

Otro tema importante del mismo es el perfil de los integrantes de esta área el cual puede ser que hayan cursado varios cursos en esta materia, y que tengan experiencia comprobada en estos temas, al igual que publicaciones sobre este importante tema, lo cual debe ser materia de estudio por parte de los funcionarios que seleccionan a los futuros trabajadores de esta área de trabajo de la empresa.

En cuando a los tipos de créditos podemos hablar de crédito de consumo, vehicular, hipotecario, entre otros tantos, es decir, este tema se encuentra mas desarrollado en las entidades del sistema financiero y poco en empresas de otro tipo, lo cual debe motivar estudios por parte de los tratadistas y en este orden de ideas es claro que no sólo existe un tipo o clase de crédito, lo cual debe ser materia de estudio en forma mas amplia consultando páginas web de bancos, los cuales por cierto no sólo nacionales sino también del extranjero o dicho de otra forma extranjeros o con domicilio principal en el extranjero. También pueden existir bancos que sean empresas transnacionales y también pueden existir créditos internacionales, por ejemplo cuando el acreedor se encuentra en un país y el deudor en otro, la garantía en otro y el garante en otro país, el cual es un tema importante dentro de los créditos.

Otro tipo de créditos son los créditos sindicados en los cuales varios bancos o entidades del sistema financiero otorgan un crédito en partes iguales o en partes diferentes, los cuales han alcanzado escaso desarrollo en el derecho peruano, por ello, debemos recurrir al derecho extranjero y hacer derecho comparado.

En cuanto al crédito vehicular es cuando el mismo es para adquirir un vehículo.

El crédito hipotecario es cuando es garantizado con hipoteca.

Y existen otros créditos que son garantizados con títulos valores, dentro de los cuales podemos citar el caso de la letra de cambio y el pagaré, sin embargo pocos autores consideran a los mencionados como garantías, por lo cual es claro que antes de estudiar algunos temas debemos seleccionar bastante nuestra bibliografía o fuentes de información a efecto de no ser inducidos a error con algunas que no enfocan con claridad el tema materia de estudio, lo cual viene causando una serie de problemas al derecho peruano, en el cual mucha gente considera como único el método dogmático y deja de lado el método funcionalista, por ello, muchos autores se abstienen de crear derecho y esto genera que en estos tiempos pocos autores creen derecho, e incluso en algunos casos que son los mas frecuentes nisiquiera saben que es el derecho o que lo conforma, lo que debe solucionarse por existir una enseñanza del derecho en el estado peruano, la cual debe ser sustituida por parte de la pedagogía jurídica y en este orden de ideas es claro que debemos repetir que algunos títulos valores constituyen garantías, pero otros no lo son por ejemplo el caso de las acciones, o los bonos, sin embargo, el cumplimiento de sus obligaciones pueden estar garantizadas por otras garantías, las cuales son mas conocidas como es el caso de la hipoteca o la carta fianza, sin embargo, son temas interdisciplinarios que en forma muy escasa son dictados en pre grado, por ello, deben ser dictados en post grado, a efecto de poder tener los estudiantes mas elementos de juicio sobre estos importantes temas jurídicos y en este orden de ideas es evidente que existen muchos temas importantes en el derecho, que no se encuentran trabajados, como es el caso de los títulos valores como garantías, a cuyo tema hemos dedicado algunas líneas en un trabajo anterior, lo que debe ser materia de estudio por parte de los estudiosos del derecho.

Es decir, existen dos tipos de investigaciones como son por cierto la investigación dogmática y aplicada, siendo la primera una recopilación de información de otros autores, mientras que la segunda se basa en encuestas, entrevistas y estadísticas.

En tal sentido, debemos precisar que esto dicen los académicos pero nada impide que existan investigaciones mixtas.

La evaluación del riesgo crediticio resulta ser un tema importante dentro del crédito porque si el riesgo es muy alto no se debe otorgar el primero, pero si el riesgo es ínfimo, si se debe otorgar el crédito.

Lo cual resulta ser un tema aparentemente sencillo, sin embargo, en algunas temporadas estos temas son complejos de aplicarlos, por que si se es muy exigente no se otorgan créditos ni se colocan productos en el mercado, ya que en el derecho peruano no se aplica el seguro de crédito, lo cual es una traba al crédito en el mencionado y de esta forma es claro que debe ser materia de estudio por parte de los distintos profesionales.

En cuanto al seguro de crédito le hemos dedicado un artículo, el cual ha sido publicado en diferentes sedes, siendo muy útil para comprender el tema, lo que debe ser materia de estudio para comprender temas o instituciones que deben recepcionarse en el derecho peruano.

Si no se realiza una adecuada evaluación de los créditos es claro que la empresa puede salir del mercado por ineficiente, lo cual es generado por que el personal de la empresa no es el adecuado ni tampoco el idóneo, lo que debe generar estudios en la doctrina, no sólo en el derecho civil, sino también en otras disciplinas jurídicas dentro de las cuales podemos citar el derecho empresarial y el derecho corporativo.

Crédito documentario

Ahora nos ocuparemos del crédito documentario, el cual es muy útil en el derecho empresarial y corporativo, por lo cual esperamos que todos tengan acceso al presente documento ya que así podemos desenvolvernos mejor en el mercado.

Es decir, dentro del crédito existen otros temas que deben ser materia de estudio por parte de los abogados civilistas y corporativos al igual que por los abogados dedicados al derecho empresarial, a efecto de poder conocer mejor este tema, y así brindar mejor asesoría, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas amplia.

Y en este orden de ideas es claro que si estudiamos este tema en forma amplia incluso podemos hacer estudios de derecho comparado, el cual puede ser interno, externo e internacional.

El crédito documentario ha sido investigado poco por parte de los estudiosos del derecho y de esta forma es claro que puede ser muy atractivo para algunos empresarios y administradores de empresas, los cuales no son ni constituyen exactamente lo mismo, lo cual hemos diferenciado en otra sede, por ello, es claro que en el derecho peruano puede ser utilizado en forma libre, conforme a la libertad de empresa, que es un principio decepcionado por la constitución política peruana de 1993.

El crédito documentario es un importante tema que debe ser tenido en cuenta en la presente sede a efecto de tener mayor conocimiento sobre el tema materia de estudio.

Si un abogado conoce este tema dentro del derecho empresarial es claro que se encuentra con mayores posibilidades de ser eficiente en el mercadp, en el cual se desenvuelve, es decir, en el cual trabaja o en el cual presta sus servcios.

Este tema es muy importante sobre todo en el derecho bancario, sin embargo, no podemos negarle su carácter empresarial o corporativo, lo que debe ser materia de estudio en forma mas amplia a efecto de poder mejor conocer el crédito.

Digamos que el seguro de crédito compite con el crédito documentario, lo que debe ser materia de estudio en forma pormenorizada, por lo cual es claro que brindamos esta breve información a efecto de tener una visión panorámica del tema materia de estudio.

Si un abogado no conoce este tema es claro que puede brindar inadecuada asesoría empresarial, la cual en todo caso será ineficiente, lo cual generará una serie de problemas en el mundo del derecho. Dejando constancia que en este caso se puede provocar quiebra de empresas, o dicho de otra forma que las mismas salgan del mercado, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas amplia, a efecto de conocer las ventajas y desventajas al igual que comparaciones con otras figuras jurídicas

En el derecho peruano el crédito documentario es poco estudiado, por ello, conviene conocer este tema, lo que es muy delicado, ya que su uso es muy escaso, lo cual genera una serie de riesgos en el derecho peruano, por que muchas empresas no hacen uso de él.

Esta garantía debe ser tenida en cuenta no sólo en el derecho peruano sino también en el derecho extranjero, comparado e internacional, a efecto de mejorar el mercado.

Tarjetas de crédito y debido Mastercard

Dentro del tema del crédito se debe tener en cuenta las tarjetas de crédito y débito, lo que debe ser materia de esta sede, a efecto de tener mayores conocimientos sobre el tema materia de estudio, lo cual constituye un tema de vital importancia en el estudio del derecho.

En Internet se encuentra mas información sobre este importante tema jurídico, lo que debe ser materia de estudio en una sede mas amplia y de esta manera poder estar al día con las últimas novedades del derecho, por lo cual recomendamos su estudio.

Es decir, este artículo sirve para tener una idea panorámica sobre el crédito documentario, lo que debe ser materia de estudio en una forma mas amplia y de de esta forma podamos contar con elementos suficientes a efecto de poder realizar una mejor elección en el mercado.

El crédito documentario es muy importante para las empresas, por ello la estudiamos a efecto de mejorar el mercado peruano.

Si un abogado conoce este tema es claro que puede brindar una asesoría de mejor calidad, pero si no conoce el mismo es claro que su asesoría puede ser deficiente, lo que debe ser materia de estudio no sólo en el derecho peruano, sino también en el derecho extranjero y en el derecho internacional al igual que en el derecho comparado.

Si un abogado desea especializarse en este tema como es por cierto el crédito documentario es claro que debe seguir o cursar maestría en derecho empresarial y estudiar y publicar sobre este importante tema jurídico económico, lo que debemos estudiar en una forma mas amplia y en este sentido es claro que debe ser materia de diversos comentarios.

El crédito documentario es poco conocido en el derecho peruano, por ello, los que lo conocen son una élite en el citado, en tal sentido debemos estudiar todos los días a efecto de conocer temas importantes en el mercado, que es el lugar donde se une la oferta con la demanda.

Fuentes de financiamiento

Las empresas y los empresarios buscan diferentes fuentes de financiamiento, las cuales no sólo se limitan al financiamiento bancario, sino que va mas allá, en tal sentido, podemos hablar del financiamiento bursátil y extrabursátil, lo cual es poco conocido por parte de los diferentes autores especializados en el estudio del derecho bursátil, por ejemplo el caso de la titulización de activos, o bursatilización de las garantías, o titulación, lo que debe merecer un estudio mas amplio a efecto de dar a conocer las ventajas y desventajas, pero en todo caso el financiamiento bancario es muy costoso si lo comparamos con el financiamiento bursátil, lo cual se advierte fácilmente al momento de hacer derecho comparado, sin embargo, en el derecho peruano el primero se encuentra difundido, lo que no ocurre con el segundo de los indicados, es decir, se encuentra difundido el financiamiento bancario y no el financiamiento bursátil, por lo tanto, se lo debe difundir a efecto de conocer sus ventajas, requisitos, características, finalidades, finanzas, entre otros tantos temas, lo que merece un estudio mas amplio que este pequeño o simple o reducido comentario, lo cual debe motivar otros estudios no sólo en el derecho peruano, sino también en el derecho extranjero y en el derecho comparado. No sólo para comparar, sino también para hacer uso de otras instituciones jurídicas del último de los mencionados.

Si un abogado no conoce las fuentes de financiamiento es claro y evidente que le falta por conocer parte importante en el estudio del derecho, lo que debe ser estudiado en forma bastante cuidadosa por parte de los diferentes investigadores y lectores, los cuales en casi todos los casos persiguen diferentes o distintas finalidades.

Ahora nos ocuparemos de desarrollar las fuentes de financiamiento, el cual es un tema muy importante dentro del derecho y de la economía, por lo tanto, lo revisaremos en forma panorámica, con lo cual esperamos brindar un conocimiento bastante adecuado, a efecto que todos los que tengan acceso a el, puedan comprenderlo y aplicarlo al momento de solicitar financiamiento o brindar un financiamiento.

El crédito comercial es el que otorgan directamente las casas comerciales y el crédito bancario es el que otorgan los bancos. En cuanto al primero muchas empresas han optado por constituir sus propias empresas financieras, lo que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas, a efecto de determinar sus causas y consecuencias, como es que se reducen los costos de transacción, y aumenta o dicho de otra forma se incrementa la competencia, por lo cual las entidades del sistema financiero asumen mayor cantidad de competencia, la cual atenta contra sus intereses, y esto al parecer mejora el mercado, en el cual sólo pueden permanecer las empresas eficientes y desaparecen las empresas ineficientes, lo cual hemos dejado constancia en diferentes sedes.

El pagaré puede ser utilizado dentro o fuera del derecho empresarial y dentro o fuera del derecho corporativo. Las líneas de crédito son brindadas por los bancos. Los papeles comerciales son mecanismos de financiamiento que tienen como plazo de vencimiento como máximo un año. Las formas de financiamiento a largo plazo son los bonos, lo cual es materia de estudio por parte del derecho bursátil. Este tipo de enfoque es poco estudiado por parte de los abogados, pero si es estudiado por parte de los economistas, estudios a los cuales acceden algunos abogados en el derecho extranjero, pero poco en el derecho peruano, lo que debe ser materia de estudio por parte de los tratadistas.

DEL AUTOR:

1. TRAYECTORIA: Ocupó importantes cargos. Empresario y tratadista. Fundador del Instituto Americano de Derecho E.I.R.L.: http://institutoamericanodederecho.org/

2. SITUACION ACTUAL: Coorganizador de los Seminarios Semestrales siguientes:  "Seminario Semestral de Derecho de la Empresa", "Seminario Semestral de Derecho Comparado", y "Seminario Semestral de Derecho Registral y Derecho Notarial" (Perú) – (Setiembre 2011 – Marzo 2012): http://seminariodederecho.blogspot.com/  http://es.scribd.com/doc/60160757/Seminario-de-Derecho-Registral  [email protected]

3. MERITOS: Ocupó primeros puestos en algunos de sus estudios y tiene 96 méritos. 

Partes: 1, 2
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