Descargar

Política criminal (página 2)

Enviado por David Pizarro


Partes: 1, 2

MARCO TEÓRICO

Los principios de Política Criminal fueron receptados por muchos códigos y anteproyectos, inclusive en nuestro Código priorizando la naturaleza de los móviles del delincuente y los tipos de criminales: ocasionales, habituales y por predisposición con la consecuente individualización de la pena.

Según Romagnosi el único medio general para prevenir las ocasiones de tener que ejercitar el Derecho Penal se hallaba fuera del mismo: en la dinámica moral preventiva en oposición a la dinámica física represiva. Según este autor las causas sociales más importantes del delito eran:

° Las necesidades de subsistencia;

° La carencia de educación;

° La deficiente vigilancia;

° La injusticia.

Según José Ingenieros la profilaxis o la prevención de la delincuencia tiene más importancia que la represión misma. Los medios de la prevención son:

Legislación Social: Conviene adoptar todas aquéllas reformas sociales que puedan mejorar la situación material y moral de las clases menesterosas;

Profilaxis de la inmigración: Se impone evitar que ciertos grupos sociales endosen a otros su población criminal;

Educación Social de la Infancia: Hay que prevenir la delincuencia protegiendo a la infancia, haciendo de su adaptación moral y de su salud física la más grave preocupación de la sociedad;

Readaptación social de los delincuentes: Es necesario sanear la zona de población mal adaptada a la vida social.

El delito es una transgresión de las limitaciones impuestas por la sociedad al individuo en la lucha por la existencia. El Derecho Penal es el resultado de una formación natural que en cada momento de su evolución tiende a fijar el criterio ético de la sociedad, en él se coordinan bajo el amparo político del Estado las funciones defensivas contra los individuos antisociales, cuya conducta compromete la vida o los medios de vida de sus semejantes. Además

el Derecho Penal constituye una garantía recíproca para el libre desenvolvimiento de la actividad individual.

ETIOLOGÍA DEL DELITO

El estudio de las causas determinantes del delito evidencia que junto a los factores sociales y físicos existen siempre factores antropológicos del delito, representados por anormalidades de los delincuentes. Los hombres forman su personalidad dentro de la sociedad en que viven por lo que la educación es un proceso continuo de adaptación del individuo a la sociedad. La personalidad es el resultado de las variaciones de la herencia mediante la educación y es siempre un producto social; está representada por el carácter y se manifiesta por la conducta.

La adaptación de la conducta individual al medio social depende del equilibrio entre los elementos constitutivos del carácter y cuando falta ese equilibrio la conducta es inadaptada y el individuo comete actos antisociales. Además cuando los actos que exteriorizan el carácter individual no se adaptan a las condiciones sociales, los actos son socialmente inmorales o delictuosos; la inadaptación social de los actos es el resultado de desequilibrios diversos entre la personalidad y el medio en que actúa y estos desequilibrios son originarios de alguna del las funciones psíquicas que componen el carácter.

La Psicopatología criminal demuestra clínicamente la existencia de varios tipos de delincuentes en los que predominan las anomalías afectivas, intelectuales y volitivas. Esa diferenciación sirve de fundamento clínico para clasificar a los delincuentes y dentro de cada uno de

los tipos se observan grupos con anomalías congénitas, adquiridas o accidentales.

DERECHO PENAL Y SUS IMPLICANCIAS

El Derecho Penal Positivista tiene tres características fundamentales:

° la condena condicional,

° la indeterminación del tiempo de la pena

° la liberación condicional. La prevencióndelo delito es primordial y sus medios son cuatro:

  1. Legislación social;
  2. Profilaxis de la inmigración;
  3. Educación social de la infancia
  4. readaptación social de los delincuentes.

Frente a los delitos ya cometidos, la defensa social no se limita a castigar a sus autores sino que se propone la readaptación social de los reformables y la secuestración de los irreformables. Sea cual fuere el régimen de delitos y penas vigentes, es indispensable la organización sistemática de los establecimientos carcelarios conforme a un plan conjunto y sus condiciones de reforma y seguridad deben adaptarse a las categorías de los sujetos.

Las penas de prisión, penitenciaría y presidio deben corresponder a los delincuentes de temibilidad mínima, mediana y máxima y en torno a estos tipos carcelarios deben existir establecimientos especiales: asilos de contraventores y bebedores; asilos de menores; prisiones de procesados; manicomios criminales y cárceles de mujeres.

Finalmente, según Ingenieros, la readaptación social de los excarcelados complementa el programa de lucha contra la delincuencia, comprendiendo los patronatos de liberados y la tutela de los inadaptables.

Establecida la existencia de leyes de aprendizaje las Naciones Unidas y los países avanzados han planteado la lucha contra el crimen como "la acción coordinada de las múltiples áreas de gobierno dirigida a la profilaxis predelictual".

Un reconocido sociólogo de apellido Sutherland elaboró su teoría de "La Asociación Diferencial", tratando de explicar de un modo sociológico la internalización de pautas delictivas y sostenía que:

° La conducta criminal es producto del aprendizaje;

° La conducta criminal es aprendida en interacción a través de un proceso de comunicación;

° La parte fundamental de aprendizaje de la conducta criminal ocurre dentro de la familia y de los amigos;

° Cuando la conducta criminal se aprende, la transmisión incluye las técnicas de ejecución del delito, una dirección específica en motivaciones, actitudes, racionalizaciones y deseos.

"Una persona deviene delincuente en virtud de un exceso en el contacto con definiciones favorables a la violación de la ley o favorables a su conformidad". Este es el principio de Asociación Diferencial, porque los contactos con definiciones favorables y no favorables se resuelven cuando hay primacía por definiciones no favorables, para convertir a la persona automáticamente en delincuente.

° Las asociaciones diferenciales pueden variar en frecuencia, duración, prioridad e intensidad;

° Todos los problemas que se dan en el aprendizaje se repiten también, en el aprendizaje de la conducta criminal.

Dentro de las críticas que se le formulan a esta teoría se encuentran:

1-Sutherland no distingue entre actitud y conducta efectiva, no distingue que una socialización determinada pueda crear actitudes de tipo negativo hacia un determinado sistema de normas y que esas actitudes realmente se expresen en conductas.

La actitud es la posibilidad muy firme y decidida de actuación pero en verdad, hay gente que está inserta en un sistema delincuencial y se asocia más con delincuentes que con no delincuentes y sin embargo no cae en el delito. Esto se debe a la existencia de otros factores que bloquean la expresión de esa actitud en la conducta efectiva;

2-La teoría del aprendizaje dejaría de lado otros agentes de socialización tales como los medios masivos de comunicación.

Otro aspecto para destacar, es que si no se previene con eficiencia se refuerza positivamente la conducta criminal en los delincuentes ya que de esta manera los mismos pueden gozar del producto del delito, con lo que aumenta la fuerza y frecuencia del impulso dando lugar a la reproducción geométrica de la realidad. Esta es una de las consecuencias más nefastas de la "Delincuencia oculta" o "Cifra negra".

"La prevención del delito" es más propicia cuando se combaten las causas estructurales que generan la inseguridad, a través de programas sociales que fomenten los valores cívicos, morales y culturales que promueven el respeto a la legalidad y a la convivencia social ordenada y armónica.

Los programas de prevención del delito deben operar:

° Evitando la indiferencia social ante el delito, valiéndose del ejemplo administrativo;

° Apoyando la desaprobación social del crimen (desde señales de los grupos de poder, institutos de enseñanza, los medios masivos de comunicación);

° Disminuyendo la corrupción administrativa y de los funcionarios públicos, así como también evitando y disminuyendo el abuso de poder;

° Disminuyendo la tasa de delincuencia oculta con mayor instrucción y capacitación de los funcionarios encargados a esos efectos;

° Impulsando programas dirigidos a la detección primaria o precoz de la criminalidad y

° Proveyendo los aportes vitales básicos, incluyendo condiciones de vivienda, trabajo, salud, educación, justicia, entre otros.

PRONÓSTICO CRIMINAL Y SUS IMPLICANCIAS

El Pronóstico criminal "es el enunciado de probabilidad sobre el futuro comportamiento legal de las personas". El centro de gravedad de la actividad pronosticadora está en los campos de la práctica penal y la ejecución penal.

Existen varios métodos pronosticadores; ellos son:

1-Pronóstico Intuitivo: el cual no constituye un método científico, sino que es un procedimiento elaborado independientemente por los prácticos de la justicia penal, los asistentes durante el período de remisión condicional de la pena y los encargados de la ejecución penal;

2-Pronóstico Clínico: el cual quiere apoyar empíricamente la decisión de pronóstico mediante el estudio del currículum vitae, de las circunstancias familiares, laborales y de ocio del examinado también por medio de exploraciones metódicas y la aplicación de tests psicodiagnósticos.

Son peritos en este método psiquiatras y psicólogos, completándose este procedimiento con un examen corporal y otras exploraciones clínicas auxiliares;

3-Pronóstico Estadístico: es el que pretende realizar su labor en base a la acumulación de características de los delincuentes. Con el aumento de factores criminógenos crece el número de puntos negativos, permitiendo con ello la elaboración de un pronóstico desfavorable.

Los factores más característicos se encuentran en las llamadas tablas de pronóstico, con las cuales el usuario de las mismas, reúne las características más llamativas sacadas de las actas del delincuente y las valora de acuerdo con la tabla de pronóstico y calcula un número global.

Según el número de los llamados puntos positivos o negativos, el pronóstico es favorable o desfavorable.

CRITERIOS DE POLÍTICA CRIMINAL

  1. Actuación Selectiva:

La operatividad exige –entre otras decisiones de política criminal- establecer cuáles son las conductas delictivas que habrán de perseguirse hasta ser llevadas al juicio oral. Sin una ponderación selectiva de esas conductas, y ante la cada vez más aguda limitación de recursos, el sistema se tornaría decididamente atentatorio contra una política criminal creíble, con miras a desalentar la impunidad de los poderosos.

En este contexto, como principio racionalizador de los recursos, la Policía Judicial –en tanto órgano de investigación especializado- debe ocuparse de la investigación integral de los delitos que aparezcan perpetrados por una organización criminal. En una primera etapa este criterio nos parece como el más razonable. Este planteo significa, sin más, llevar adelante la implementación de una justicia vecinal que se ocupe de causas de menor cuantía o de menor entidad, con un perfil de mediadora de conflictos para lo cual sería necesario la adecuación normativa en ese sentido tanto en materia procesal y sustantiva.

Cuando señalamos investigación integral nos estamos refiriendo a la investigación completa, incluida la realizada en la calle por los detectives o pesquisas. La instrucción sumarial y técnica científica debe estar en su totalidad a cargo de la Policía Judicial, con lo cual no descartamos que fundadas razones de política criminal puedan conducir a una descentralización operativa de la investigación hacia la policía de seguridad.

La determinación de las conductas delictivas que deban ser investigadas por la Policía Judicial, debe ser producto de una decisión de Política Criminal moderna sobre la base de la ponderación de criterios donde el interés social esté comprometido. La utilización de órganos especializados de investigación criminal como la Policía Judicial en el esclarecimiento de todos los delitos de acción pública, atentaría contra su propia eficacia. La bagatela o delitos menores, deberían recibir otros tratamientos a la luz de las legislaciones sustantivas y procesales modernas.

En el sentido antes expuesto, manteniendo la organización actual de las Unidades Especializadas, la lucha contra el crimen organizado a cargo de la Policía Judicial con un cuerpo de investigadores altamente capacitados y entrenados para ese fin, es el gran desafío.

La integración de un equipo de investigadores es fundamental. Deben ser funcionarios de impecable trayectoria y altamente capacitados. Debe tratarse de un grupo de elite de probados antecedentes éticos y profesionales.

La Policía Judicial así entendida es, por una parte, la mejor garante de los derechos fundamentales, toda vez que está integrada directamente por funcionarios judiciales; y por otra, siendo profesional, técnica y científica en la investigación de los delitos asegura una política sostenida de capacitación y entrenamiento de su personal.

B) Asignación Racional de Funciones:

El sistema para lograr su plena funcionalidad debe estar conformado por un órgano acusador (Ministerio Público) orientado hacia una especialización por tipos delictivos, asistido por una Policía Judicial que le asegure la integración efectiva y coordinada de los operadores comprometidos en la investigación.

El Juez de Instrucción o Fiscal en el nuevo Sistema Acusatorio Garantista del Proceso Penal, como titular de la jurisdicción, asume su verdadero sentido y misión en el proceso, al convertirse en el árbitro de los contendientes (acusador y defensa), sin posicionarse a favor de uno u otro, asegurando de este modo su rol imparcial, garantía suprema del justiciable.

El sistema, así diseñado, resguarda el justo equilibrio de los intereses en juego en el proceso, a la vez que le confiere celeridad y eficacia.

En síntesis, la investigación eficaz de actividades delictivas organizadas, no sólo necesita de un órgano acusador (Ministerio Público) especializado y consustanciado con su rol, sino –además- de un sistema organizativo y procedimental que le asegure la recolección y conservación de las pruebas de cargo y de descargo, ya sea para acusar o instar el sobreseimiento. En otras palabras, requiere de la Policía Judicial y de una ley procesal adecuada.

C) Organización Adecuada:

El diseño organizativo tomado como base para proyectar los distintos servicios que brinda el sistema judicial, obedece en general a un patrón estándar: el Juzgado. Desde este modelo se fue desarrollando todo el esquema de organización del Poder Judicial.

Es indudable que el juzgado es el núcleo organizativo que responde a los requerimientos primarios de la administración de justicia y de allí que se haya convertido en el modelo impulsor de los restantes estamentos. Desde este punto de vista no resulta criticable, lo es en cambio el hecho de no haberse distinguido la actividad y naturaleza de la prestación o producto final tenido en cuenta. En otras palabras, la Policía Judicial es un órgano de naturaleza ejecutoria de medidas urgentes. La "inmediatez" con la que actúa es el soporte fundamental de su eficacia. El modelo de organización de un Juzgado de naturaleza decisoria para la Policía Judicial, resulta inadecuado en orden a sus fines específicos.

En este sentido no sólo los diseños organizativos físicos, sino de personal (sistema laboral flexible y adaptable) y legislativos (penal y procesal), necesitan de urgentes adecuaciones. Fundamentalmente deben convertirse en herramientas útiles para transformar un futuro incierto en previsible.

La realidad siempre está en movimiento y siendo nuestra misión trabajar sobre ella, entendemos que el modelo de organización no sólo debe necesariamente contemplar los valores culturales de la sociedad a la que está dirigido, sino que debe tener la movilidad y dinámica suficiente para no ser superados por la realidad que pretende captar. En atención a estas premisas, estimamos que los sistemas organizativos inciden fuertemente en el resultado final de los objetivos perseguidos.

Es por ello que la búsqueda de fórmulas integradas de tecnificación y profesionalidad para la gestión investigativa en cualquier ámbito, ante la evolución social, es una de las metas principales trazadas en el diseño de la organización de la Policía Judicial.

La lucha contra el crimen organizado no puede quedar en manos de entidades tradicionales, sino que deben reunir ciertos requisitos particulares que la hagan apta y eficaz para ello. La organización debe ser lo suficientemente ágil y flexible, de modo tal que permita una rápida adaptación a los cambios y modalidades operativas de la delincuencia.

D) Sostenido Control de Gestión:

La actuación eficiente y eficaz de la Policía Judicial a través de sus investigaciones es, en realidad, la que le confiere eficacia al proceso penal. Sin las pruebas que la Policía recoge, no es posible arribar a la última etapa del proceso que es la del juicio o debate.

Este enorme desafío impone que las organizaciones -tanto Judiciales como Policiales- realicen o diseñen sistemas de control de gestión y de calidad de los servicios que brindan.

Los sistemas de Justicia Criminal en general están constituidos por grandes burocracias, regidas por normas y reglas rígidas que no contribuyen a establecer estándares de gestión, y menos aún de calidad. El sistema de Justicia Criminal o Sistema Penal conformado por los Departamentos de Policía, Justicia Penal, y Servicio Penitenciario adolecen de estos defectos.

DIFERENCIA ENTRE MEDIR PROCESOS Y MEDIR RESULTADOS

Medir procesos de trabajos es obtener datos reveladores de la gestión realizada. En el caso de Policía Judicial se podría medir o registrar, por ejemplo, cuántas denuncias se reciben, cuántos detenidos ingresan, cuántos procesos se elevan a las Fiscalías, cuántas cooperaciones técnico-científicas se realizan, etc. Pero estos datos no garantizan calidad de los resultados, ni el impacto que causan sobre los destinatarios del servicio.

Por cierto que la buena gestión es importante, y la medición de los procesos puede ayudar a las organizaciones a optimizar su funcionamiento a partir de la corrección del rumbo, pero indudablemente, ello no es suficiente. Diferencia entre medir eficacia y medir efectividad o eficiencia.

La eficacia es una medida de lo que cuesta cada unidad de resultado. La efectividad o eficiencia es una medida de la calidad de ese resultado. Cuando medimos la eficacia sabemos lo que cuesta conseguir un resultado específico. Cuando medimos la efectividad o eficiencia sabemos si nuestra inversión tiene valor.

Necesidad de mediciones de amplio impacto

En general cuando el sistema de justicia desarrolla sus controles de actuación. Pero difícilmente se persigue obtener resultados más amplios y de mayor interés para el público en general, tales como el índice de criminalidad, la seguridad pública, la tasa de condenados y prevenidos, la tasa de reincidencia, la justicia para las víctimas de los delitos o la satisfacción por el modo en que se resuelven los juicios.

Así por ejemplo, dentro de la Policía Judicial, iniciar un sumario ilustra que se debe calibrar la salida o proceso, midiendo el número de actuaciones iniciadas. Pero si se desea medir la entrada o el resultado, habrá que determinar en cuántos sumarios se logró individualizar a los posibles autores y reunir las pruebas que los involucran. Esta última medida se convertiría en el resultado del programa.

Un programa político o social que contemple un tema más amplio y que involucre directamente decisiones de política criminal, consistiría en saber si los ciudadanos están conformes con la selección de los delitos hacia donde se orienta el mayor esfuerzo investigativo o represivo.

CONCLUSIÓN

  1. En conclusión, resulta de vital importancia efectuar análisis cuantitativos y cualitativos en forma combinada. Los buenos gestores pueden obtener muchas aclaraciones sobre las actuaciones cuando observan los números correspondientes, pero también pueden tener valiosas revelaciones si dedican parte de su tiempo a observar el programa, la actividad de sus sistemas y fundamentalmente a los ciudadanos.
  2. En la actualidad el Estado Peruano no tiene Políticas en materia Criminal en forma coherente con un Sistema real de administración de Justicia, incluyendo a la Policía Nacional del Perú.

RECOMENDACIÓN

  1. En la actual coyuntura el Ministerio Público como parte de la concepción de una Política Preventiva de la criminalidad, debe reconocer que la Policía Nacional del Perú es la Institución tutelar del Estado por encargo constitucional de la Carta Magna Vigente y tiene que coadyuvar a realizar conjuntamente y permanentemente "Operativos Permanentes" y no "Puntuales" para la ubicación, identificación y lograr la detención de personas vinculadas al delito que tienen mandato judicial y asimismo que pretender cometer delitos de comisión inmediata o flagrantes, pero ello no se concretiza con la eficiencia y eficacia necesaria por cuanto, las fiscalias deben adoptar la estructura orgánica de la policía y la forma de trabajo del personal policial en consecuencia la totalidad de los fiscales de Prevención del delito, deben estar en el campo de la operatidad durante las 24 horas colaborando con consolidar la seguridad cuidadana, tanto en las zonas urbanas (residenciales, semi residenciales, marginales y otros), por que la delincuencia no tiene un horario, ni un lugar determinado para su comisión.
  2. Que, en la actualidad es necesario que los operadores de la administración de justicia, conjuntamente con los Municipios y Regiones elaboren instrumentos jurídicos para la mayor eficiencia y eficacia de Políticas Criminales frente a la piratería, contrabando y otros, por cuanto las "Ordenanzas Municipales" deben reforzar la lucha contra la criminalidad con la finalidad de disuadir a persona individuales y colectivas de colaborar con dichas personas, como arrendamientos de locales para esos usos ilegales, multas administrativas contra los propietarios de dichos inmuebles,etc.
  3. Es necesario integrar dentro de la Comisión que elabore las Políticas Criminales por parte del Estado a una sub Comisión consultiva integrada por "Oficiales Policiales" que tengan trayectoria en la lucha contra el Crimen Organizado nacional e internacional y la delincuencia común, tanto en la parte "Operativa" como Planeamiento. Para evitar que un burócrata asuma funciones que nunca ejerció en la realidad en su carrera profesional.

CASUÍSTICA PERUANA

EL CASO DEL "Asesor" fue producto de falta de Políticas Criminales por parte del Estado Peruano en el periodo de 1990 al 2000, lo cual genero la corrupción pública más generalizada de la historia republicana.

VLADIMIRO MONTESINOS

PERFIL CRIMINAL

1. OBJETIVOS PERSONALES

1.1 Vladimiro Montesinos siempre busca enriquecerse a cualquier costo, sin interesar el origen del dinero. Con este fin puede entrar simultáneamente en relaciones con Dios y con el diablo. Se conoce que como contacto e informante pagado ha recibido dinero de los EE.UU., la ex-Unión Soviética, Chile y Ecuador por la venta de información sobre las fuerzas armadas del Perú. También ha recibido dinero del comercio de estupefacientes y del tráfico de armamento y pertrechos para las fuerzas armadas. En la actualidad, su principal fuente de ingresos es la cuenta presupuestaria de "Operaciones Especiales" del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN).

1.2 Su ambición por el dinero está asociada a su ambición por el poder. Su aspiración máxima es controlar la totalidad de la vida política del país.

1.3 En menor medida, Montesinos muestra síntomas de megalomanía. En particular busca obtener reconocimiento como "cerebro" de la "inteligencia" peruana. En cuanto a lo intelectual, ni en el colegio, ni en la Escuela Militar, ni en el desempeño profesional, ni en campo alguno ha demostrado mayor capacidad. Carece de potencialidad como líder.

2. RASGOS DE PERSONALIDAD

2.1 Montesinos es un individuo de personalidad gélida y es poco comunicativo. Carece absolutamente del sentido humano en los vínculos que establece, inclusive en el ambiente familiar. Se pueden señalar dos casos como ejemplo:

Cuando su padre se suicidó, en una pobre habitación de un viejo edifico en Balconcillo, Lima, Montesinos preguntó a uno de sus adláteres: "¿tú crees que la muerte de este 'hijo de puta' afecte mi carrera?".

Ha perseguido a los propios miembros de su familia. Por ejemplo, inició una verdadera campaña de terror en contra de su primo hermano, el Dr. Sergio Cardenal Montesinos, a quien persiguió, denunció y arrojó de la oficina legal que compartían, llevándose también a Grace, su esposa, súbdita norteamericana funcionaria de la NBC. (Debe indicarse que Cardenal Montesinos ayudó a su primo Vladimiro a la salida de éste de la cárcel militar en la que purgó dos años de carcelería.)

2.2 Montesinos es un sujeto reservado. Goza guardando información que cree le será de utilidad futura. Manteniéndola "debajo de la manga", usa dicha información como elemento de sorpresa en el momento menos esperado.

2.3 "El doctor", como se hace llamar, practica la traición en forma consuetudinaria. No cree en la existencia de amigos. Muestra una total falta de sinceridad. Inclusive llegó a traicionar a su cómplice en la ruptura del orden constitucional en el Perú, el ex-general Nicolás Hermoza (desahuciado con cáncer a la próstata).

2.4 Montesinos es persistente. Si no alcanza sus objetivos en la primera ocasión, vuelve a intentar lo que se propone utilizando otros medios.

2.5 Tiene una forma particular de desconcertar. Nunca se sabe exactamente lo que intenta hacer. Siempre da la impresión opuesta de lo que realmente está haciendo.

3. CONDUCTA DELICTIVA

3.1 Montesinos es un criminal absolutamente inescrupuloso. En diversas oportunidades ha dispuesto la desaparición de sus enemigos políticos. Por ejemplo, ordenó el asesinato de Pedro Huillca Tecse, Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Construcción Civil por ser el principal promotor de una huelga general en contra de la dictadura de Fujimori. Ha dispuesto la realización de atentados en contra de la vida de sus enemigos. A través del SIN ejecutó diversos actos de sabotaje que luego atribuyó a "Sendero Luminoso", incluyendo el derribo de torres de alta tensión eléctrica durante el régimen constitucional 1985-90.

3.2 Además de inescrupuloso, Montesinos es un criminal altamente vengativo. Procura tomar acciones en contra de aquéllos a quienes considera sus enemigos, adversarios o competidores en el ámbito en que él se desenvuelve. Por ejemplo, nunca le perdonó al general Guillermo Arbulú Galliani el hecho que firmara la resolución pasándolo al retiro. También desembarcó del entorno de Fujimori a un conocido traficante de armas de Israel que se había acercado directamente al dictador y amenazaba poner en peligro su lucrativo negociado con el equipamiento de la Fuerza Armada.

3.3 Es sumamente cuidadoso. Es difícil atraparlo cuando comete sus delitos. También es difícil descubrir sus malos manejos personales.

4. CONDUCTA SEXUAL Y ACTITUD FRENTE A LAS MUJERES

4.1 Sexualmente Montesinos es un individuo infeliz. Tiene una vida íntima tortuosa y doliente. Inclusive su esposa Trini ha llegado a pensar que es homosexual.

4.2 Individuo con un marcado complejo de inferioridad en su trato con el sexo opuesto. Sólo ha llegado realmente a enamorarse en tres oportunidades, de personas en situación de dependencia laboral. La primera vez fue de la secretaria de su jefe, en la Oficina del Primer Ministro, durante la dictadura militar 1968-1980. La segunda vez fue de su mucama Angélica, que años después resultó ser una senderista infiltrada trabajando en su casa. Finalmente, se enamoró de Grace, esposa de su primo Cardenal Montesinos, con quien compartía una oficina legal en Lima.

4.3 Piensa que las mujeres son unas "reses" incapaces de entender la importancia de llegar al poder.

5. VIDA MILITAR

5.1 Montesinos fue un oficial conocido como ocioso y totalmente inepto para la vida militar. Siempre ha admitido que nunca se sintió bien como militar. En cierta ocasión, teniendo que ir de maniobras, se olvidó de llevar su brújula. Revisado por sus superiores, de su mochila de combate cayó crema contra el acné, colonia para refrescarse, pasta para afeitarse, cortauñas, desodorante, cassettes de música, etc. Sin embargo, no se encontró la brújula buscada.

5.2 No habiendo podido ingresar a la Escuela de Inteligencia del Ejército, penetró en este campo "por la ventana", no demostrando tampoco capacidad como hombre de inteligencia, pero si una asombrosa habilidad para servirse de ella para sus fines personales.

5.3 Su entrenamiento profesional ha sido limitadísimo. En 1965 realizó un curso de paracaidismo; en 1967 llevó en la Academia Diplomática un curso de conferencias internacionales; en 1968 siguió un cursillo en la Universidad Católica sobre Relaciones Públicas; en 1970 tomó un curso de fotointerpretación por correspondencia. Su último cargo antes de llegar a trabajar para la dictadura militar de Velasco Alvarado fue el de jefe de una mesa de partes del Ejército.

6. CONDUCTAS PERSONALES PARA LLEGAR Y MANTENERSE EN EL PODER

6.1 Montesinos es especialista en la diseminación de rumores y desinformación para obtener ventajas personales. Cuando era militar desataba rumores de cambios, bajas, ascensos, generando ansiedad o angustia en los oficiales a quienes dirigía sus rumores. En la actualidad, del campo de los rumores ha pasado al terreno de los hechos pues es él, un traidor a la patria, quien maneja los ascensos militares en el Perú.

6.2 Se ufana de manejar a los militares y de impartir órdenes en forma prepotente a generales y ministros de la dictadura de Fujimori.

6.3 Especialista en la práctica del terrorismo "blanco". Por ejemplo, envía a sus enemigos coronas mortuorias el día de su cumpleaños; hace llamadas telefónicas a las cónyuges de sus enemigos informándoles que sus esposos han sufrido infarto cardíacos, ataques cerebrales o accidentes serios; hace llamadas a casa de sus enemigos informando a las cónyuges sobre supuestos romances del esposo con otras mujeres o sobre supuestos amantes de las esposas.

6.4 Goza tejiendo intrigas. Siente un placer particular haciendo caer en trampas a quienes considera sus enemigos o competidores potenciales.

6.5 Muestra gran habilidad para hacerse indispensable. Al dictador Fujimori le abrió distintos flancos para hacerlo sentir inseguro y entonces proponerle salidas y aparecer como el salvador. Montesinos creó un clima de inseguridad en torno a Fujimori que convirtió al dictador en un ente dependiente de las informaciones que le podía dar el SIN.

6.6 La mayor debilidad de Montesinos es su inseguridad frente a las situaciones que crea y que él sabe que realmente son meros "castillos de naipes". Cuando está nervioso lo demuestra en su lenguaje corporal. Por ejemplo, su timbre de voz cambia a aflautado.

Vladimiro Montesinos

Alias conocidos:

"El doctor"

"El asesor"

"Flaco"

"El tío"

"Rasputín"

"Vlady"

"Francisco Romero"

EJEMPLO EN ARGENTINA SOBRE POLICAS CRIMINALES

LAS POLITICAS DE CONTROL DE ARMAS DE FUEGO EN LA ARGENTINA DURANTE EL AÑO 2004

PUBLICADO POR LA ASOCIACION PARA POLITICAS PUBLICAS EN EL INTERNET

BIBLIOGRAFÍA

Libros

CONGRESO DE LA REPUBLICA. Constitución Política del Perú. Edición Oficial, Lima, 1993.

GIMENO SENDRA, Vicente. INTRODUCCION AL DERECHO PROCESAL. Valencia, 1993.

VESCOVI, Enrique. TEORIA GENERAL DEL PROCESO. Bogotá, 1999.

ORMACHEA CHOQUE, Iván. MANUAL DE CONCILIACION PROCESAL Y PRE PROCESAL. Academia de la Magistratura. Lima, 2000.

LOHMANN LUCA DE TENA, Juan Guillermo. EL ARBITRAJE. Lima, 1989.

PASCOCOSMOPOLIS, Mario. SOLUCION DE CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO: LA CONCILIACION Y EL ARBITRAJE. En DERECHO, N°37, Lima, 1983.

PARRAGA VILLAMARIN, Eloy. SISTEMAS PROCESALES PENALES. En Revista de la Facultad de Derecho, N°10, Maracaibo, Venezuela.

SAN MARTIN CASTRO, César. ESTUDIO CRITICO DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL. En Estudios de Derecho Procesal Penal. Lima, 1993.

PEÑA FARFAN, Saúl. EL JUICIO ORAL: LA PRACTICA DE LA PRUEBA DURANTE LA VISTA. En Revista JUSDE, N°02, Lima, 1999.

ORE GUARDIA, Arsenio. EL CODIGO PROCESAL PENAL DE 1991. En Revista Derecho & Sociedad, Nros.8-9, Lima, 1994.

SAN MARTIN CASTRO, César. DERECHO PROCESAL PENAL. Vol.I, Lima, 1999.

CUBAS VILLANUEVA, Víctor. LA FUNCION DEL FISCAL EN EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL. En Revista Jurídica del Instituto Peruano de Estudios forenses, N°02, Lima, 1995.

SANCHEZ VELARDE, Pablo. COMENTARIOS AL CODIGO PROCESAL PENAL. Lima, 1994.

CATACORA GONZALES, Manuel. MANUAL DE DERECHO PENAL. Lima, 1996.

PEÑA CABRERA, Raúl. TERMINACION ANTICIPADA DEL PROCESO EN DELITOS DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS. Edt. Grigley. Lima 1995

NORUEGA RAMOS, Iván.

DIRINCRI. Manual de Organización y Funciones de la Dirección de Investigación Criminal. Año 1998.

DIRINCRI. Visión Estratégica al Año 2010, para un eficaz servicio policial de la DIRINCRI frente al Crimen Organizado.

PNP. Manual de Procedimientos Operativos Policiales. Lima, 1996.

VILLAVICENCIO, FELIPE. Código Penal. Cultural Cuzco Editores, Lima, 1992.

MEDICINA LEGAL.- Neiro Rojas, 3ra. Edición.

MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES.- Copias preparadas para el diplomado de Medicina Legal en la Universidad Particular "Ricardo Palma".- Año 2003.

– CODIGO PENAL.- Edición Oficial.- Publicado por la Editorial "El Peruano".- 2005.

DICCIONARIO DE LA REAL LENGUA ESPAÑOLA.- Edición 2005.- Lima-Perú

Separatas

PIZARRO DE LOS SANTOS, David.- Aproximaciones para la investigación policial frente al Crimen Organizado dentro de la realidad peruana.- Lima-1996.

PIZARRO DE LOS SANTOS, David.- Bases para una investigación policial.- 1996.

ACOSTA CONCHUCOS, Elsa Gladys.- Apuntes de las nuevas tendencias en el derecho administrativo en el ámbito del Sector del Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud (próximo a publicarse).

TRABAJOS POR PUBLICARSE

  • APUNTES DEL FUNDAMENTO PARA QUE EL MINISTERIO PUBLICO SE INSERTE EN EL SISTEMA ACUSATORIO GARANTISTA DENTRO DEL PROCESO PENAL DENTRO DE LA REALIDAD DE LA SOCIEDAD PERUANA.
  • PROPUESTA DE REPARACION CIVIL DENTRO DE UN PROCESO PENAL EN SISTEMA ACUSATORIO GARANTISTA.

APUNTES

  • El Principio de Oportunidad: Un Criterio de Justicia y Simplificación Procesal
  • Carlos Torres Caro. Editorial Gráfica Horizonte. 1994.
  • El Principio de Oportunidad en el Proceso Penal Peruano
  • Darío Palacios Dextre y Ruth Monge Guillergua. Editora FEAT. Lima – Perú. 2003.
  • Comentarios al Código Procesal Penal
  • Pablo Sánchez Velarde. Editora IDEMSA. Lima – Perú. 1994.
  • Manual del Principio de Oportunidad
  • Pepe Melgarejo Barreto. Jurista Editores. Lima – Perú. 2002
  • Resolución del Consejo Transitorio del Ministerio Público N° 200-2001-CT-FN
  • Diario Oficial "El Peruano". Fecha: 24 abril 2001.
  • El Principio de Oportunidad en el Perú

Internet

Discusiones teóricas del crimen organizado y la defensa nacional -Experiencia peruana.

http://www.monografias.com/trabajos31/crimenorganizado/crimen-organizado.shtml

El hombre debe entender su historia para reinterpretarlo y tender a la humildad y a la sabiduría.

http://www.monografias.com/trabajos32/hombre-historia/hombre-su-historia.shtml

Estrategias y tácticas para determinar la adquisición de patrimonio proveniente del delito de lavado de activos en el ámbito de la criminalidad de delitos contra el Patrimonio.- Experiencia Peruana.

http://www.edu.red/trabajos33/lavado-de-activos/lavado-de-activos.shtml

Reflexiones aproximativas de la eficacia social de la Ley de Secuestro en la sociedad peruana desde un enfoque sobre el crimen organizado

/trabajos41/ley-secuestro-peru/ley-secuestro-peru.shtml

Auditoría en los impactos ambientales.

/trabajos41/impactos-ambientales/impactos-ambientales.shtml

Investigación policial dentro de un Sistema Acusatorio Penal garantista en caso de violencia sexual dentro de la sociedad peruana.

Monografías.com

 

DATOS DE LOS AUTORES:

David Pizarro de los Santos

DIPLOMADO EN CRIMEN ORGANIZADO, LAVADO DE ACTIVOS Y CORRUPCIÓN.

ANALISTA EN ASUNTOS DE SEGURIDAD PÚBLICA

OFICIAL DE ESTADO MAYOR Y ASESORAMIENTO.

ABOGADO EXPERIMENTADO EN EL AMBITO DEL DERECHO PENAL ADMINISTRATIVO.

ABOGADO EXPERIMENTADO EN EL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU Y EN ASUNTOS DE ASESORAMIENTO DE POLITICAS DE SEGURIDAD PUBLICA Y SEGURIDAD CUIDADANA.

Elsa Gladys Acosta Conchucos

Se ha desempeñado como Juez de Paz Letrado del Distrito Judicial del Cono Norte (PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA-PERÚ).

Ha ocupado los cargos de Juez Civil en el Distrito Judicial de Lima y Vocal en la Corte Superior de Madre de Dios (PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA-PERÚ).

ABOGADA EXPERIMENTADA EN EL AMBITO DEL DERECHO CIVIL, PENAL Y ADMINISTRATIVO.

EXPERIENCIA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA EN EL AMBITO DEL PODER JUDICIAL Y EL MINISTERIO DE SALUD.

CONSULTAS SOBRE LA TEMÁTICA DEL SISTEMA LEGAL EN EL PERÚ

 

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente