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Derecho de integración


Partes: 1, 2

  1. Ensayo sobre aspectos judiciales de la Comunidad Andina
  2. Fuentes directas e indirectas del Derecho de Integración
  3. El dualismo
  4. Convenios sociales de la CAN
  5. Integración fronteriza
  6. Fuentes

Ensayo sobre aspectos judiciales de la Comunidad Andina

a.- ACCION DE NULIDAD

La creación de la Comunidad Andina constituye un valiosísimo aporte al Derecho de la Integración, si bien tiene como fuente las normas que rigen a la Comunidad Europea, hace un aporte muy particular en cuanto a su estructura legal y los órganos que la conforman.

Entre aquellos órganos se cuenta con el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, (CA) creado en el año de 1979 con el carácter de permanente y que junto con los tribunales de justicia de los países signatarios conforman una unidad de carácter jurídico con obligatoriedad y autonomía en toda la región.

Constituido como un Tribunal de justicia, tiene atribuciones y facultades específicas, entre ellos el conocimiento y declaración de nulidad de aquellos actos de carácter administrativo emanados del Consejo Andino de Ministros de RR.EE. de la Comisión de la Comunidad Andina (CA), de la Secretaría General en cuanto se refiere a Resoluciones; y , los provenientes de la suscripción de Convenios de Complementación Industrial. (Decisiones, Resoluciones, y Convenios)

Los países signatarios de la Comunidad tienen el derecho y la facultad de impugnar ciertos actos que sean considerados violatorios a las normas que rigen a la CA. o que sean tipificados como desviación de poder en el caso de que se considere que tales normas afectan sus derechos subjetivos o de interés particular, acciones que pueden emanar de los órganos directrices o de las personas naturales o jurídicas que se crean afectados por tales decisiones.

El art. 18 de del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la CA expresa que la acción de nulidad podrá ser planteada por los Países Miembros frente a aquellas Decisiones o Convenios que no hubieran sido aprobados con el voto afirmativo.

Constituida como es en un ordenamiento jurídico está sometida a jerarquización, y es por ello que el art. 19 concede la facultad de alegar nulidad de actos considerados violatorios por las personas naturales y jurídicas que se creyeren perjudicadas por las decisiones tomadas por el Consejo Andino de Ministros de RR.EE, de la Comisión de la CA, y de las Resoluciones de la Secretaría General .

La acción de nulidad, como en todo ordenamiento jurídico, tiene un plazo o término para ejercer tal derecho. En el presente caso se considera que puede ser planteado dentro de los dos años siguientes a la fecha de vigencia de la Decisión del Consejo Andino de Ministros de RR.EE. , la Comisión de la CA y Resolución de la Secretaría General o del Convenio, materia y objeto de la acción de nulidad planteada.

El inciso 2do.del Art. 20 prevé la posibilidad de que el plazo del cual hablamos en el párrafo precedente haya expirado, y si es el caso de que la acción de nulidad fue planteada ante los jueces o tribunales nacionales se podrá pedir la inaplicabilidad de la norma. De esta manera el juez nacional solicitará al Tribunal de Justicia su dictamen sobre los efectos legales de la Decisión, Resolución o Convenio impugnados. Hasta que exista el pronunciamiento del Tribunal se suspende el proceso. Recibida la providencia emanada del tribunal de Justicia, el juez nacional dictará su sentencia con el carácter de aplicación inmediata.

Señala la ley, que el acto de impugnación de nulidad no invalida la eficacia de la norma impugnada, pero el Tribunal, previa petición de parte y siempre que subsista un peligro inminente de causar grave e irreparable perjuicio a la parte demandante en la sentencia definitiva, previo afianzamiento- dice la norma- podrá disponer la suspensión de la Decisión, Resolución o Convenio impugnados y aún la provisión de medidas cautelares .

El Tribunal Andino de Justicia en mérito a las pruebas puede declarar la nulidad total o parcial de la Decisión, Resolución o Convenio impugnados. El órgano de la Comunidad del cual emanó el acto que originó la impugnación de nulidad está obligado a tomar las medidas necesarias y urgentes que aseguren el cumplimiento de la sentencia del máximo órgano de justicia de la Comunidad, dentro del plazo estipulado en el mismo dictamen, asegurando de esta manera el principio de obediencia legal, sometimiento y acatamiento de las decisiones de los órganos jerárquicos superiores en el ámbito legal de la CA.

b.- ACCION DE INCUMPLIMIENTO.-

Esta acción está prevista en el orden administrativo y otra judicial. La primera a cargo de la Secretaría General , y la segunda del Tribunal de Justicia.

La acción de incumplimiento puede ser solicitada por un país signatario o por las personas naturales y jurídicas afincadas en la región.

La CA se rige por normas y Convenios que conforman el ordenamiento jurídico, y como tal puede darse el caso de que un país miembro esté incumpliendo o violando los acuerdos regionales. En este caso será la Secretaría General el órgano llamado a notificar al país sobre el particular concediéndole un plazo para que motivadamente dé contestación al requerimiento formulado y que no podrá ser superior a sesenta días. A su vez, la Secretaría General dentro de los quince días subsiguientes, con o sin respuesta del país, emitirá un dictamen en el cual se observará el cumplimiento de las observaciones formuladas. Si el dictamen fuere en el sentido de que el país amonestado persiste en el incumplimiento la Secretaría General solicitará en forma inmediata el pronunciamiento del Tribunal de Justicia. A este acto puede adherirse el país que se sintiese afectado por esta falta de cumplimiento.

El instrumento jurídico prevé el procedimiento que se aplicará en las diferentes situaciones en que se ponga en entredicho el cumplimiento de normas, decisiones, resoluciones de la CA.

En el evento de que un país considere que otro del área incumple decisiones o viola normas eleva a consideración de la Secretaría General los antecedentes que motivan la petición, a fin de este organismo arbitre medidas o gestiones tendientes a remediar este estado de incumplimiento

c.- INTERPRETACION PREJUDICIAL

Interpreta por vía prejudicial las normas del ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina a fin de lograr y asegurar la aplicación uniforme en el territorio de los países miembros. Puede ser solicitada por los jueces nacionales que conozcan de un proceso en el que deba aplicarse o se controvierta alguna de las normas que conforman el derecho andino

d.- RECURSO POR OMISION O INACTIVIDAD

Controla la legalidad de las omisiones de una actividad a la que estuvieren obligados expresamente por el derecho andino los órganos decisorios andinos (Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, Comisión y Secretaría General) y puede ser intentada por cualquiera de dichos órganos, un Estado miembro o personas naturales o jurídicas que se consideren afectados en sus derechos subjetivos o intereses legítimos

e.- FUNCION ARBITRAL

Dirime mediante arbitraje las controversias que se susciten por la aplicación o interpretación de contratos, convenios o acuerdos, suscritos entre órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración o entre éstos y terceros cuando las partes así lo acuerden. Los particulares podrán acordar someter a arbitraje por el Tribunal las controversias que se susciten por la aplicación o interpretación de aspectos contenidos en contratos de carácter privado y regidos por el ordenamiento de la Comunidad Andina.

f.- JURISDICCON LABORAL

Conoce las controversias laborales que se susciten en los Órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración

Fuentes directas e indirectas del Derecho de Integración

En Derecho, en general, encontramos que la Constitución es la norma fundamental, de la cual obtienen validez todas las normas que conforman el sistema jurídico de un Estado, y es la Norma Fundamental que de conformidad con la pirámide kelseniana ocupa la cúspide del sistema legal. En el presente caso se trata de un Derecho Comunitario, derecho muy particular que se diferencia del Derecho Internacional porque en este no existe el propósito de integración como si lo prescribe el Derecho de la Integración. La integración más que una simple suma, es un derecho, pero también un medio, una herramienta de transformación de estructuras y un instrumento de desarrollo. y como tal, es por sobre todo un derecho reconocido ya a los diferentes pueblos en enunciados jurídicos internacionales.

El Derecho de la Integración se conforma con ordenamiento jurídico propio, a la vez que detenta autonomía e insuflado de soberanía cedida por los países signatarios como una aportación sistemática de instrumentos legales que se elevan a la categoría de instrumentos internacionales con validez y reconocimiento regional. Tal es el caso que en el presente caso, el Derecho de Integración de la Comunidad Andina se nutre de fuentes directas que constituyen el alma de la Comunidad como son:

  • Acuerdos: protocolos e instrumentos adicionales

  • Tratados: base y límite del derecho derivado

  • Decisiones: del Consejo Andino de Ministros RR.EE y Comisión Andina

  • Resoluciones: emitidas por la Secretaría General

  • Convenios. Aprobaciones de acuerdo con las ramas de actividad de la comunidad, vg. Complementación industrial, convenios sociales. He aquí una muestra de ellos.

  • Podría señalar que todas estas figuras jurídica de integración tienen un vehículo legal que es el derecho internacional público en cuanto a cooperación interestatal, pero que por acción del Derecho de Integración es superado para alcanzar un sistema institucional completo con vida jurídica, competencias y atribuciones.

    Acuerdos.- Acuerdo de Cartagena, que abarca protocolos e instrumentos adicionales: Protocolo de Lima y Arequipa, 1976, 1978 en su orden; de Quito y Trujillo de 1987 y 1996 respectivamente, y finalmente el Protocolo de Sucre, Bolivia del año 1997

    Tratados.- de Creación del Tribunal de Justicia de la CA, con protocolos modificatorios tales como el de Cochabamba, Bolivia, suscrito el 28 de mayo de 1996

    Convenios.- "Andrés Bello", para la educación, 1970

    "Hipólito Unanue", para la salud. 1971

    "Simón Rodríguez", mejoramiento de condiciones de vida y trabajo, del año 1973

    FUENTES INDIRECTAS.

    Erigido el Derecho de la Integración que emana del Derecho Positivo, tiene sus fuentes indirectas en las mismas del Derecho en general, esto es, en :

    Costumbre

    Jurisprudencia

    Principios Generales de Derecho

    Doctrina

    Derecho Internacional Público

    Todas estas fuentes se usan o pueden ser utilizadas como subsidiarias para la correcta aplicación e interpretación del Derecho de la Integración, como la praxis nos demuestra con lo sucedido con la Unión Europea, particularmente el Tribunal de Luxemburgo; y, el Tribunal de Justicia de la CA.

    El dualismo

    La noción de soberanía nos porta hacia la concepción de la supremacía de la norma constitucional. A su vez, la supremacía constitucional la consideramos como el producto del poder constituyente, como la suprema norma fundamental, que limita o que pauta las atribuciones de los órganos constitucionales que conforman y ejercen el poder político de un Estado.

    Ahora, la ley suprema abarca significados distintos pero que se complementan. La ley suprema es la fuente de la cual emanan las otras leyes; si la ley deriva de la ley suprema, persiste el criterio de validez de cualquier norma jurídica positiva.

    Una norma, o acto jurídico es válido solo en tanto y cuanto derive de otra norma o acto superior también valido, y así hasta llegar a la norma fundamental o constitución.

    En nuestro caso, nos preguntamos hasta donde o hasta qué punto este principio ( supremacía constitucional) es compatible con el orden jurídico que asiste al Derecho de Integración caracterizado por la norma supranacional?

    El problema de la supremacía nos lleva a un confrontamiento de las normas constitucionales versus las normas comunitarias..

    Se considera un problema de jerarquías de dos órdenes jurídicos válidos con vigencia simultánea. Al respecto Hans Kelsen explica el dualismo cuando ve al Derecho Internacional y a los órganos jurídicos estatales como normas simultáneamente válidas, y manifiesta que no se puede sostener al mismo tiempo la validez simultánea de dos sistemas jurídicos diferentes, en este caso el derecho internacional y el derecho interno de los estados. Concebir todo el derecho dentro de un solo sistema.?.

    El derecho internacional puede ser una herramienta importante para lograr la paz entre las naciones, se buscaba evitar las guerras de agresión, de regular el uso de la fuerza entre los estados, por otra parte ya en términos epistemológicos, Kelsen va a considerar que el derecho debe ser un objeto unitario; la ciencia del derecho debe tener un solo objeto, por lo tanto el derecho internacional no puede ser diferente al derecho nacional, el objeto del derecho tiene que ser el mismo. Reconociendo entonces que el derecho internacional, es derecho como el derecho estatal, como el derecho nacional, Kelsen igual señala que hay rasgos primitivos en el derecho internacional por eso también políticamente postula el desarrollo del derecho internacional como manera de poder cumplir más eficazmente su función. Este carácter primitivo del derecho internacional, el derecho internacional es derecho, según Kelsen.

    Y pensando en la posible vinculación de las posibilidades de vincular el derecho internacional con el derecho nacional, Kelsen diferencia dos posiciones, una posición va a ser el dualismo, que es una postura que no comparte porque daría cuenta de la existencia de dos registros jurídicos independientes, el registro jurídico nacional y el internacional desconectados entre si. Y también partidario (de una forma de monismo) porque hay dos formas de monismo, hay una forma de monismo que también va a rechazar y va a criticar, que es el monismo interno; por el monismo interno va a ser derecho todo lo que un estado y cada uno considere que es derecho. Con este monismo interno podemos ver que no existe el derecho internacional, porque solo va a ser derecho lo que el estado, cada estado, va a considerar que es derecho, el monismo interno conduce a la eliminación del derecho internacional. En cambio el monismo externo va a estar fundado en la superioridad jerárquica del derecho internacional, y acá vamos a tener una representación de la pirámide jurídica, donde por encima del derecho nacional vamos a tener al derecho internacional que va a tener como sujetos de derecho a los estados nacionales.

    El derecho internacional, a criterio de Kelsen, solo se va a poder aplicar a las personas mediante el estado nacional.

    Será el paradigma europeo quien nos demuestre la validez en la práctica de estas concepciones , el nacimiento de un nuevo derecho con características propias como es el Derecho Comunitario.

    Convenios sociales de la CAN

    La Comunidad Andina de Naciones al constituirse como un anhelo integracionista de los pueblos de la América del Sur plasma en su contexto formativo culturas, etnias, condiciones sociales, políticas y jurídicas, que en esencia no son diferentes, pues sus orígenes históricos son comunes que han debido bifurcarse por senderos diversos merced a las ambiciones políticas y segregacionistas de elementos humanos de nuestra historia . Después de casi doscientos años de trajinar al vaivén de pasos desacompasados y en solitario, se ha llegado al entendimiento práctico que naciones pequeñas, de no integrarse , por lo menos en los aspectos vitales para la existencia, están condenados al fracaso o su desaparición .

    El mundo arribó a un estamento en donde la unidad, el esfuerzo conjunto, la participación de tecnologías, ayudados por los avances de las comunicaciones, constituye la nueva plataforma del despegue humano en todas sus manifestaciones, tratando de no perder de vista sus orígenes que le dan ese aspecto característico de nacionalidad, superando obsoletos conceptos de soberanía y anulando peligrosas concepciones de superioridad racial , que ya envolvieron al mundo con un manto negro que, por desgracia, aún quedan rezagos; y, por ventura, identificados bajo control.

    Esta nueva plataforma es la globalización, que debemos mirarla sin temor, y más bien como un reto a la cual debemos acceder con pujanza y decisión, integrados y no individualizados. La historia a arribado al clímax del capitalismo, al monopolio inmisericorde de las transnacionales, apareciendo como la cara opuesta de la medalla los pueblos y naciones que luchan desesperadamente por subsistir en el concierto internacional. Parece que hemos entendido y empezamos a dar los primeros pasos en la subregión. Tenemos el ejemplo de la UE y esa experiencia nos sirva de ejemplo.

    En este marco de integracionismo la Comunidad Andina de Naciones ha creado tres convenios para cubrir áreas de salud, educación y socio-laborales en la subregión. Son los Convenios: Hipólito Unanue, Andrés Bello y Simón Rodríguez, respectivamente.

    a.- Convenio Hipólito Unanue Los países de la región andina tienen una realidad sociocultural que es pluriétnica conformada por el grupo hispano y los indígenas, de los cuales cada uno presenta diferencias socioculturales que se expresan en sus modos de vida, lenguajes, formas particulares de entender y la manera cómo le hacen frente a sus problemas de salud. Se dice que la enfermedad es universal en la experiencia humana, y es particular a cada cultura por lo que existe una Salud Intercultural. Los pueblos indígenas desarrollan diversas actividades teóricas, técnicas y roles para solucionar sus problemas de salud, por lo que en nuestros tiempos es importante intercambiar experiencias entre ese modelo de salud ancestral y el modelo actual de salud en donde se utiliza toda una técnica.

    Es importante resaltar y tener en cuenta que salud y cultura se implican mutuamente, siendo los conceptos de salud y enfermedad los que en este caso nos remiten a la cultura, y la cultura la que nos remite a los conceptos de salud y enfermedad. Desde una perspectiva intercultural parece no ser posible poder separar el concepto de equidad del de salud y desarrollo. Los tres se complementan y se sinergizan.

    Es la institución del Sistema Andino de Integración cuyo objetivo es coordinar y apoyar los esfuerzos que realizan los países miembros, individual o colectivamente, para el mejoramiento de la salud de sus pueblos

    En ese sentido coordina y promueve acciones destinadas a mejorar el nivel de salud de sus países miembros, dando prioridad a los mecanismos de cooperación que impulsan el desarrollo de sistemas y metodologías subregionales. En este aspecto la coordinación con otros órganos subregionales, regionales e internacionales es permanente promoviendo las acciones que concurran a ese fin. Su horizonte está trazado por la construcción de la Agenda Social Andina, cuyo componente de salud es básico y cuya acción en la integración de los pueblos de la subregión es cada vez más decisiva. La adscripción del Convenio Hipólito Unanue a la estructura institucional de la CAN se produjo por medio de la Decisión 445 , aprobada por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores el 10 de agosto de 1998.

    b.- El Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural, se suscribió en enero de 1970 por Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela.

    La iniciativa para crear este instrumento cultural de integración fue del Ministro de Educación de Colombia, país que le ha proporcionado su sede en Santafé de Bogotá. Preside la Secretaría Ejecutiva del Convenio el chileno, Embajador Pedro Henríquez.

    El Convenio lleva el nombre Andrés Bello en homenaje al ilustre americanista.

    Adaptando expresiones del gran integracionista Felipe Herrera, puede decirse que el pensamiento de Bolívar, uno de los libertadores de América Hispana, y el de Andrés Bello, uno de sus libertadores intelectuales, ha estado presente en este Convenio, al cual adhirieron después Panamá (1980), España (1981) y Cuba (1998).

    La adhesión de España significó una modificación substancial al primitivo tratado, pero sus objetivos no han variado: la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura son instrumentos del desarrollo integral, y los pueblos de la región son los actores principales de este proceso de integración.

    El sector educativo del Mercosur ha iniciado una cooperación con el Convenio Andrés bello desde 1997 y los temas centrales de las reuniones entre ambos organismos se refieren al reconocimiento de estudios, títulos y grados, y a la enseñanza de la Historia y la Geografía.

    En 1998 el Convenio comenzó a institucionalizar la participación de las universidades con la creación de las "Cátedra Andrés Bello". La primera reunión de coordinación se llevó a efecto en Bogotá en octubre de 1998 y en dicha oportunidad se manifestó el interés que han demostrado Brasil y Paraguay para adherir al Convenio. En esta ocasión se contó con la participación de la Universidad de Río de Janeiro, Brasil, que tendrá a su cargo la Cátedra Andrés Bello sobre Juventud, Educación y Empleo.

    Tiene el Convenio como finalidad primordial la de realizar esfuerzos conjuntos en favor de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura. De modo, que entre otras medidas, estos Estados miembros del Convenio: – fomentarán el otorgamiento de becas recíprocas. – Reconocerán los estudios primarios o de enseñanza general básica y de educación media o secundaria, mediante tablas de equivalencia que permitan la continuidad de los mismos o la obtención de los certificados correspondientes a cursos, niveles, modalidades o grados aprobados en cualquiera de ellos. – Reconocerán los diplomas, grados o títulos que acrediten estudios académicos y profesionales expedidos por instituciones de educación superior de cada uno de ellos, a los solos efectos del ingreso a estudios de especialización. Estimo que en este plano se ha logrado dar un paso enorme para efectos de integración, pues si comenzamos por la educación homologada en la subregión estamos ampliando el horizonte cultural y extendiendo la gran posibilidad del intercambio y similitud en planes y programas educativos que serán el común denominador del área andina en un futuro cercano. Si los países integrados comparten un sistema similar, su proyección y trascendencia es incalculable, no en términos inmediatos pero sí a mediano y largo plazo. Tenemos una gran experiencia que han arrojado resultados muy valiosos en términos integracionistas. Es el caso de la Universidad Andina Simón Bolívar, cuya sede en Sucre, Bolivia, ha extendido primeramente a su subsede de Quito y posteriormente a Venezuela y Colombia.

    LA educación será el mejor medio para inocular el sentimiento integracionista, porque es el catalizador de nuestro ancestro y el proyector de nuestro esfuerzo y trabajo sobre la base real de la perspectiva andina como naciones que buscan afianzarse en el mundo del siglo XXI.

    c.- Convenio Simón Rodríguez de Integración Socio-Laboral

    El Consejo Presidencial Andino , en el año 2001 dictó este convenio sustitutivo del original, con el propósito de orientar las políticas y mas asunto de orden social y laboral de gran importancia para la Comunidad para insertarlos en el campo de acción de la subregión de manera concertada y aspirando lograr la participación activa del sector empresarial andino de estos temas. En homenaje al maestro del Libertador Simón Bolívar el convenio lleva su nombre.Este Convenio se propone debatir iniciativas en temas vinculados al ámbito socio laboral que signifiquen un aporte efectivo al desarrollo de la Agenda Social de la Subregión, contribuyendo con la actividad de los demás órganos del Sistema Andino de Integración.

    Así mismo, definir y coordinar las políticas comunitarias referentes al fomento del

    empleo, la formación y capacitación laboral, la salud y seguridad en el trabajo, la seguridad social, las migraciones laborales; así como otros temas que puedan determinar los países miembros.

    Son objetivos del Convenio Simón Rodríguez: a. Proponer y debatir iniciativas en los temas vinculados al ámbito socio laboral que signifiquen un aporte efectivo al desarrollo de la Agenda Social de la Subregión, contribuyendo con la actividad de los demás órganos del Sistema Andino de Integración.b. Definir y coordinar las políticas comunitarias referentes al fomento del empleo, la formación y capacitación laboral, la salud y seguridad en el trabajo, la seguridad social, las migraciones laborales; así como otros temas que puedan determinar los Países Miembros; yc. Proponer y diseñar acciones de cooperación y coordinación entre los Países Miembros en la temática social y laboral andina.

    La situación de pobreza, desigualdad y exclusión social que afecta a los países signatarios del convenio, debilita el bienestar social, la economía nacional, la gobernabilidad y aún la competitividad comercial.

    Por ello en este combate a los elementos negativos se trata de implementar la igualdad de inclusión que a la vez favorezcan la gobernabilidad democrática y la consolidación del proceso integrador que lleven de una manera segura hacia el desarrollo social de los pueblos andinos.

    La necesidad de políticas estatales y decisiones del mismo nivel orientadas a lograr la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en un proceso en que deben confluir los esfuerzos de actores públicos y privados a fin de que las propuestas se basen en la consulta y participación social. Estos son los grandes lineamientos que animan al Convenio Simón Rodríguez de la CAN.

    Un paso ya efectivo es la suscripción de la Decisión No. 545 de Lima, que prevé hasta el 2013 implementar todas las políticas necesarias que conlleven hacia la libre circulación de personas en el área. Como paso fundamental hacia procesos integradores es lo relacionado con la Migración Laboral que abre nuevas plazas de trabajo y una migración controlada y racional, esto es progresiva y gradualmente con fines laborales bajo relación de dependencia en áreas de agricultura, ganadería, forestal, etc. en modalidad temporal para cumplir actividades cíclicas en los campos ya mencionados. La modalidad permanente está anunciada pero no reglamentada específicamente en el instrumento.

    Se considera un paso gigantesco en el proceso integrador el que se ha efectuado, pues el elemento esencial de cualquier organización es el humano, y a él se debe referir en la constante búsqueda de soluciones destinadas a su bienestar en el amplio horizonte de las posibilidades

    Integración fronteriza

    Suscrito el Acuerdo de Paz con el Perú, los gobiernos de los dos Estados demostraron gran preocupación por el futuro incierto que asolaba especialmente a los sectores afectados por la guerra, hablamos de las zonas fronterizas, y de los países en general. Había necesidad de fomentar un clima de distensión para lograr el acercamiento de pueblos que se confrontaron bélicamente dejando tras de si una pesada carga económica como política que debía ser absorbida por los pueblos de las dos naciones.

    En homenaje a la paz suscrita se llegó a firmar el Acuerdo Amplio Ecuatoriano-Peruano de Integración Fronteriza, Desarrollo y Vecindad., cuyos considerandos como todos los documentos políticos, son enunciados que ensalzan la vocación de los pueblos por alcanzar su desarrollo, a través de la integración binacional, del esfuerzo conjunto mediante la ejecución de planes y programas, proyectos y más actividades(conjuntas) en el marco de las relaciones de buena vecindad que debe existir entre las dos naciones ( luego de que el Perú ha cercenado casi todo el territorio nacional dejándolo en no mas de 245.000 km 2. ; y 1 km 2 en Tiwinza (?) como símbolo de la dignidad ecuatoriana)

    En fin, luego de tanta verborrea diplomática se ha llegado a establecer que la integración fronteriza es una necesidad imperiosa, por lo que el Acuerdo en mención contempla los siguientes aspectos a ser considerados y puestos en práctica por los dos países.

    • Conformación de una comisión de vecindad

    • Fortalecimiento de la cooperación bilateral

    • Establecimiento de un régimen fronterizo ; y,

    • Elaboración de un plan binacional de desarrollo de la región fronteriza.

    El primero prevé la creación de orientaciones generales para la aplicación bilateral del plan de desarrollo de frontera. Prevé la creación de comités técnicos encargados de:

    Régimen Fronterizo

    Facilitación del comercio

    Educación

    Salud y

    Pesquería.

    El Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronteriza considera cuatro programas cuyos objetivos se precisan a continuación:

    A.PLAN BINACIONAL DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA

    Contribuir al mejoramiento de la infraestructura productiva y social en aquellas zonas donde Ecuador y Perú comparten recursos o son de economías complementarias, fortaleciendo el proceso de Integración Fronteriza entre ambos países.

    B. PROGRAMAS NACIONALES ECUATORIANO Y PERUANO DE CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA EN LAS REGIONES FRONTERIZAS

    Contribuir al mejoramiento de la infraestructura productiva y de servicios en las regiones fronterizas de ambos países con obras orientadas a brindar facilidades para el tránsito fronterizo, el desarrollo sostenible de zonas de potencialidad productiva y la construcción de infraestructura física que fomente la interacción local productiva y comercial.

    C. PROGRAMAS NACIONALES ECUATORIANO Y PERUANO DE CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y DE ASPECTOS AMBIENTALES EN LAS REGIONES FRONTERIZAS

    Contribuir al mejoramiento de la infraestructura social y cultural en las regiones fronterizas de ambos países, vía la preparación de programas o el desarrollo de obras en salud, educación, saneamiento y desarrollo urbano, servicios básicos y medio ambiente.

    D. PROGRAMA DE PROMOCION A LA INVERSION PRIVADA

    Identificar las áreas y oportunidades de inversión en las cuales pueda participar el sector privado, en la ejecución y financiamiento de proyectos, definiendo el marco legal que lo haga factible.

    Profundizaremos en el conocimiento de estos programas de integración fronteriza-

    . PROGRAMA BINACIONAL DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA

    Se ha identificado un conjunto de proyectos que por su naturaleza, al compartir espacios físicos adyacentes, recursos hídricos de una misma cuenca o complementar las economías de determinadas regiones fronterizas, tienen un carácter binacional.

    Su ejecución obliga a trabajos conjuntos con un nivel estricto de complementariedad, a diferencia de otros proyectos del Programa que se ejecutan independientemente en las regiones fronterizas de cada país.

    Es objetivo del programa contribuir al mejoramiento de la infraestructura productiva y social en aquellas zonas donde Perú y Ecuador comparten recursos o son de economía complementaria, contribuyendo así al proceso de Integración Fronteriza.

    La ejecución de este programa permitirá complementar, mejorar o ampliar la infraestructura y la cooperación económica en áreas específicas de gran importancia; así como mejorar la calidad de vida de la población, contribuyendo decisivamente al proceso de Integración Fronteriza

    Proyectos del Programa "A"

    Los proyectos binacionales han sido agrupados en siete grandes rubros:A1 Puyango-Tumbes

    A2 Plan Urbano Regional y de Servicios del Eje Tumbes-Machala

    A3 Interconexión Vial

    A4 Manejo de Cuencas Hidrográficas Binacionales

    A5 Reforestación

    A6 Evaluación de Recursos Naturales

    A7 Estudios Hidromorfológicos para navegación.

    Los tres primeros rubros han sido priorizados por la Comisión Binacional, habiendo elaborado los documentos de base para su puesta en marcha, conforme se detalla a continuación

    B. PROGRAMAS NACIONALES ECUATORIANO Y PERUANO DE CONSTRUCCION DE LA INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA EN LAS REGIONES FRONTERIZAS

    La región fronteriza de ambos países cuenta con una población que asciende a 2,831,266 habitantes (11.8% del total nacional) y en Ecuador a 1,534,978 habitantes (12.6 % del total nacional) con un total de 4,366,244. (ano 2007)

    Esta población procede de diversas raíces culturales y se encuentra en una situación económica y social por debajo de los estándares nacionales, sin haber tenido oportunidad de desarrollar sus potencialidades.

    Ambas regiones cuentan con importantes recursos naturales, renovables y no renovables, que en gran parte permanecen inexplotados o son explotados inadecuadamente. Tal situación se debe, en gran medida a la carencia de una adecuada infraestructura productiva y de servicios, e insuficiente conocimiento científico y tecnológico disponible en la zona.

    El objetivo de este programa es contribuir al mejoramiento de la infraestructura productiva y de servicios en las regiones fronterizas, orientadas a brindar facilidades para el tránsito fronterizo, al desarrollo sostenible de zonas de potencialidad productiva, a la construcción de infraestructura física que fomente la interacción local productiva y comercial.

    La ejecución de los proyectos considerados en estos programas permitirán: mejorar la calidad de vida de la población de ambas regiones fronterizas, facilitar la integración económica y comercial de ambas regiones fronterizas; proporcionar una relación sostenible con el medio ambiente; elevar la participación de ambas regiones en la actividad económica de los países; y permitir una mayor articulación de cada región entre sí mismas y con su respectivo país.

    Proyectos de los programas "B"

    Los proyectos del programa "B" han sido agrupados en cuatros grandes rubros que se ejecutarán en cada país:

    1Centros Nacionales de Atención de Frontera

    2 Proyectos de Desarrollo Sostenible

    3Proyectos de Infraestructura Física

    4 Fondo Concursable para pequeños proyectos

    El monto global de dichos proyectos asciende a 500 millones de dólares, distribuidos en partes iguales en ambos países. A continuación se presenta una breve descripción de los proyectos contenidos en cada rubro, así como los costos involucrados.

    PROGRAMAS NACIONALES ECUATORIANO Y PERUANO DE CONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y DE ASPECTOS AMBIENTALES EN LAS REGIONES FRONTERIZAS

    Las regiones fronterizas tienen una población procedente de diversas raíces culturales cuya situación económica y social está por debajo de los estándares nacionales, sin haber tenido oportunidad de desarrollar sus potencialidades.

    Presenta, por lo general, altos niveles de desnutrición y analfabetismo, una cobertura de salud y de educación insuficiente, un desarrollo urbano desordenado y con deficientes servicios básicos, ausencia de elementos que vinculen orgánicamente a los pueblos indígenas a la sociedad nacional, y alta vulnerabilidad de los ecosistemas.

    La población de las regiones fronterizas de ambos países es la siguiente:

    Ecuador

    1,534,978 habitantes (12.6 % del total)

    Perú

    2,831,266 habitantes (11.8% del total)

    Total

    4,366,244 habitantes

    El objetivo de estos programas es contribuir al mejoramiento de la infraestructura social y cultural en las regiones fronterizas, en salud, educación, saneamiento y desarrollo urbano, servicios básicos y medio ambiente; facilitando la vinculación orgánica de los pueblos indígenas a la sociedad nacional manteniendo su identidad y la relación con su medio.

    La ejecución de estos programas permitirá mejorar la calidad de vida de la población; facilitar la integración económica, social y cultural; proporcionar los mecanismos para lograr una relación sostenible con el medio ambiente; y permitir una mayor articulación social y cultural de cada región a su respectivo país.

    Proyectos de los Programas "C"

    Los proyectos de estos programas han sido agrupados en ocho grandes rubros, que se ejecutarán en cada país:

    1Salud

    2Educación

    3Agua Potable .

    4Desarrollo Urbano

    5Electrificación

    6Telecomunicaciones

    7Comunidades Nativas, Medio Ambiente y Reforestación

    8 Fondo Concursable para pequeños proyectos

    El monto global de dichos proyectos asciende a 500 millones de dólares, distribuidos en partes iguales en ambos países. A continuación se presenta una breve descripción de los proyectos contenidos en cada rubro, así como los costos involucrados.

    PROGRAMA DE PROMOCION A LA INVERSION PRIVADA

    Se ha identificado una serie de proyectos binacionales y nacionales de impacto regional, que pueden ser desarrollados por inversión privada, correspondiendo a los Estados definir el marco legal y de promoción para ello, en el marco de las nuevas relaciones entre ambos países.

    Partes: 1, 2
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