- Representatividad y sistemas electorales
- Tipología e implicancias
- Sobre la distribución de cargos
- Las reglas de juego
- Sistemas electorales comparados
- Conclusión
- Bibliografía
La crisis política en América Latina comienza a vislumbrarse con mayor intensidad entre fines de la década del 80 y principios de los 90. Los factores que le dan origen podrían enumerarse de la siguiente forma:
- resurgimiento de los sistemas democráticos
- caída del muro de Berlín: desarticulación del socialismo real
- abandono de la lucha armada en Centroamérica
- nuevo encuadramiento ideológico: se impone un modelo hegemónico (neoliberalismo)
- integración en aspectos políticos, económicos y sociales (globalización)
- crisis de la deuda externa
- aceptación por parte de las fuerzas armadas de una nueva misión ajena a la política
- la imposición de nuevos lineamientos económicos
Los sistemas democráticos quedaron estabilizados medianamente y la continuidad de la crisis residía en que los partidos tradicionales comenzaban a anteponer los intereses del partido a los intereses sociales.
Entonces se produce la brecha entre las aspiraciones de la sociedad y el desarrollo de la actividad de los partidos políticos, esto da lugar al surgimiento de nuevas fuerzas y a que los partidos en las elecciones pierdan un enorme caudal de votos. Por ejemplo en Perú, Acción Popular y APRA tuvieron menos de los mínimos necesarios para continuar siendo partidos políticos, esto ocurrió en el 95 cuando surge Fujimori con su segundo mandato presidencial, obtiene un 65% de los votos.
Estas nuevas fuerzas surgen fundamentalmente por dos razones: 1) Como castigo a las fuerzas tradicionales y 2) Como resultado de la incorporación al escenario político de sectores de la población que no participaban en la contienda electoral.
La crisis de representación política, entonces, se vincula directamente con el sistema de partidos políticos. Estas nuevas fuerzas obtuvieron muy buenos resultados electores, caso argentino: Frente Grande.
La imagen de los partidos políticos ha ido en escala descendente a partir de un pico que fue en la transición hacia los sistemas democráticos, cuando las democracias se consolidaban, los temas políticos pasan a un segundo plano y los partidos y sus lideres pierden popularidad. Esto ocurre también por la incapacidad para darle solución a las nuevas demandas hacia los partidos políticos entre las principales podemos citar :
- mayor transparencia y honestidad
- mayor representatividad
- menos personalismo
- mayor democratización
- solución de problemas
En nuestro país, esta crisis de representación política tiñe con un velo de sospecha la eficacia de los partidos políticos como canales reales de comunicación entre la sociedad y el estado, esto se ve reflejado en el descenso de la participación electoral, en la disminución de la afiliación partidaria y en un brusco crecimiento del voto bronca.
Hay una creencia generalizada de que los partidos son organizaciones cerradas, oligárquicas y profundamente burocratizadas y de que su funcionamiento interno no es suficientemente democrático y esto es preocupante porque termina afectando al sistema democrático debilitando su legitimidad y empobreciendo su rendimiento. Esto se traduce en la necesidad de reformular el sistema de reclutamiento de candidatos, para hacerlo más participativo y consecuentemente más representativo.
Por otra parte convivimos con la problemática de la financiación de las organizaciones partidistas y de sus vinculaciones con fenómenos de corrupción, por ello es necesaria la instauración de órganos de control administrativos independientes del poder político de turno, así como instancias judiciales permanentes para que no se trampee la ley.
Los partidos políticos tradicionales han abandonado su rol de formadores de cuadros, su papel de agregación de intereses sociales, para terminar resumiendo su actividad en la función de ser maquinarias electorales encargadas de dirimir problemas de posicionamiento. Por ello se ha desplazado el debate de proyectos y la función de la militancia política se restringió a impulsar el acceso de los partidos a la escena institucional.
Los partidos políticos deberían desempeñar fundamentalmente dos funciones genéricas de tipo social y de tipo institucional. Las funciones de tipo social abarcan la socialización política, la movilización de la opinión pública, la representación de intereses y la legitimación del sistema político, etc, mientras que las institucionales se refieren al reclutamiento y selección de líderes, a la organización de elecciones, organización y composición del parlamento (como oficialismo y como oposición) y a la composición y al funcionamiento del gobierno.
- ¿Que partidos en Argentina ofrecen a la ciudadanía este tipo de representación a nivel social e institucional?
- ¿Qué formaciones políticas pueden por sí mismas alcanzar el poder y resultar representativas?
Pesan aquí la naturaleza clientelar y la capacidad de articular los intereses de los diferentes grupos sociales… verdadera capacidad de liderazgo.
Habría que preguntarse quizá, ante una crisis de representatividad política sobre las formas, léase: presidencialismo o parlamentarismo. Y sus variantes presidencialismo mayoritario o proporcional, parlamentarismo mayoritario o proporcional.
También podemos evaluar la cuestión de la representatividad "el sentirse representado" en relación al rendimiento de las políticas públicas, pues estas son objeto de valoración continua para los ciudadanos, y las que ayudan a generar de manera directa e inmediata un grado u otro de confianza en el sistema, y en estrecho vínculo a las políticas públicas se encuentra el proceso de la elaboración de la agenda gubernamental y aquí entran preguntas tan vagas y de tan ampliada respuesta como : que país proyectamos?, cuales son las cuestiones que privilegiamos?, y aquí el gran déficit de los partidos políticos, la falta de discusión, el gran ausente: el debate político.
Cómo elaborar una agenda gubernamental en la que resulten representados, articulados y agregados los intereses de una sociedad pluralista. Esto hace también al consenso y la legitimación del sistema.
El pueblo va a sentirse representado en la medida en que sus intereses y necesidades, sus demandas, se vean satisfechas. Además en la medida en que los partidos políticos sean capaces de generar verdaderos liderazgos, y en la medida en que estos sean legitimadores del sistema político, así como es necesario que se amplíe el debate político dentro de las fuerzas políticas y se transparente el funcionamiento interno, léase financiamiento, selección de líderes, etc.
Este proyecto forma parte de una investigación más amplia que trata tanto de indagar sobre las causas de la crisis de representación política como de plantear posibles soluciones al problema. Entre ellas la reformulación del sistema electoral y el sistema de partidos.
Por estas razones es que este trabajo intentará indagar sobre los distintos componentes del diseño de un sistema electoral, para intentar develar si es que el sistema electoral argentino vigente contribuye a ahondar la crisis de representación política por la que atraviesa nuestro país actualmente. Utilizando como guía de investigación para abordar la problemática de la crisis de representación política, los siguientes componentes del sistema electoral: 1) Si el sistema es mayoritario o proporcional, la lógica representativa de cada órgano de poder del Estado 2) La fórmula matemática utilizada para calcular la distribución de votos, 3) La magnitud de los distintos distritos -no cuántos votantes viven en un distrito, sino cuántos miembros del parlamento se elige en él y qué representa cada distrito, 4) El escrutinio y tipo de Votos, y finalmente 5) El diseño de las papeletas o boletas y 6)El análisis comparado de diversos sistemas electorales implementados.
REPRESENTATIVIDAD Y SISTEMAS ELECTORALES
I. QUE DECIMOS CUANDO HABLAMOS DE REPRESENTACIÓN POLÍTICA
He efectuado alguna aproximación al concepto de representación política en la Introducción a este trabajo, pero prefiero ahondar más sobre el tema para que no queden dudas de lo que aludo cuando digo representación política.
Cuando hablamos de representación hablamos de hacer presente a algo o a alguien que está ausente. En opinión de Giovanni Sartori la teoría de la representación, puede orientarse en tres direcciones según si el enfoque tiende a la idea de mandato o delegación, concepción derivada del derecho privada, también puede tender a la idea de representatividad, semejanza o similitud, relacionada esta idea con el enfoque sociológico o bien con la idea de responsabilidad, ésta última objeto de estudio prioritario del politólogo italiano.
Ajustando un poco la mira, la representación política constituye en las democracias modernas, la vía por la cual el pueblo por medio de elecciones designa a sus gobernantes, comprendiendo tanto al Poder Ejecutivo como al Legislativo, ya que ambos tienen como función gobernar y representar al mismo tiempo priorizando una u otra función de acuerdo al sistema representativo que se adopte, tema que será tratado más adelante.
La representación es un fenómeno sociológico de una doble caracterización, por un lado realiza la sustitución legitima y por otro es vía de influencia o acción política de las personas o entidades a quienes se representa.
Circulan distintas nociones de representación política según que autor se tome como referencia: según Porras Nadales la representación política puede ser tomada como un proceso intercomunicativo basado en la transmisión de la voz de los ciudadanos sobre la esfera pública, tratándose de un proceso de carácter selectivo o reductivo en el que se opera una conversión de la pluralidad de intereses y de la multiplicidad de voluntades de individuos y grupos hasta llegar a la unidad final de la voluntad del estado.
La representación política fue definida por Robert Von Mohl como "el proceso mediante el cual la influencia que todo el cuerpo de ciudadanos o una parte de ellos tiene sobre la acción política ejercida en su nombre y con su aprobación expresa en un numero pequeño de ellos, con efecto obligatorio por los así representados".
Jellinek al respecto dice que "es la relación de una persona con otra o varias, en virtud de la cual la voluntad de la primera se considera como expresión inmediata de la voluntad de la ultima, de suerte que jurídicamente aparecen como una sola persona".
Para Carré de Malberg el régimen representativo tiene su punto de partida en el sistema de la soberanía nacional. Todo poder viene del pueblo, de la nación o de la colectividad unificada.
Mario Justo López, destaca la base individual de la representación política y dice "no hay sino voluntades individuales, pero si el individuo es el elemento básico de la representación, no es aisladamente el titular de ella. Cada individuo es un elemento, pero sólo la totalidad – la nación el pueblo – es la representada. Y si sólo el conjunto es el representado, los representantes lo son de él- del conjunto, de la nación, del pueblo – y no cada individuo o de un sector cualquiera de ellos.
Desde el punto de vista sociológico, Max Weber considera a la representación como una forma de relación social "por la que la acción de un partícipe determinado se imputa a los demás.
Desarrollo histórico:
El primer expositor sistemático de la doctrina de la representación política fue Sieyes y su primera aplicación institucional expresa se encuentra en la Constitución francesa de 1791.
Según Sieyes el objeto de una asamblea representativa es expresar la voluntad de una nación; ésta es la reunión de los individuos, además expresó que la finalidad de la nación es distinta de la de los individuos, que para que prevalezca el interés común, el derecho a hacerse representar pertenece a los ciudadanos sólo en su calidad de tales, en 1791 se estableció "los representantes nombrados por las circunscripciones no representan a una circunscripción particular, sino a la nación entera". Los constituyentes revolucionarios pretendían decir que los representantes no eran nombrados por sus electores. Hay una gran diferencia entre nación y pueblo; si es el pueblo el que es declarado soberano, de ello se desprende que la voluntad de los representantes depende y se deriva de la voluntad de un titular, y por tanto se desprende que se postulan en este caso, dos voluntades, la del pueblo y la de la asamblea representativa, en cambio siendo la nación la que se declara soberana, entonces tenemos una única voluntad, porque la voluntad de la nación es la misma voluntad de los que están legitimados para hablar en su nombre.
Una necesidad de hecho origina el sistema de la representación y se produce solamente una delegación parcial del ejercicio de la voluntad nacional. La doctrina originaria de la representación política no es obra exclusiva de Sieyes, hubo también en Francia otros expositores tales como Mirabeau, Talleyrand – Perigord, Condorcet, etc.
La idea de que el Parlamento representa el cuerpo de todo el reino y no cada uno de los diputados a quienes los eligieron encontró expositores por lo menos desde el siglo XIV. Edmund Burke mantenía que los representantes no deben ser mandatarios y que deben representar a la nación y no a los que mandan sobre ellos, esto lo mantuvo en su célebre discurso enviado a sus electores de Bristol en 1774. Expresó Burke "El Parlamento no es un congreso de embajadores con intereses diferentes y hostiles, en el que cada uno ha de mantener sus intereses, como un agente, como un defensor, frente a otros agentes y defensores; el parlamento es la asamblea deliberadora de una nación, con un sólo interés, el de todos…".
Las colonias inglesas en Norteamérica habían conocido algunas instituciones representativas antes de independizarse, y al crear las propias luego de la emancipación, los constituyentes tuvieron noción del llamado principio de representación y del sistema representativo.
En el Congreso Constituyente de 1787 se limitó al señalamiento de las ventajas de la representación sobre el gobierno directo del pueblo. James Wilson expresó: "Como (el pueblo) no puede… actuar por sí mismo, debe hacerlo por medio de sus representantes…". Los autores del El Federalista identificaron "sistema representativo" con la república que se acababa de crear y lo distinguieron de la democracia (pura o directa) señalando además las ventajas de aquél. Pero fue Paine quien señaló las peculiaridades, como "sistema representativo", del nuevo régimen instaurado entonces en Norteamérica.
Por otra parte el artículo 67 de la vigente constitución italiana dice "Todo miembro del parlamento representa a la Nación y ejerce sus funciones sin vínculos de mandato". Y la fórmula adoptada en las constituciones francesas de 1946 y 1958 "la soberanía nacional pertenece al pueblo", encuentra su explicación en la Declaración de los derechos de 1789.
La representación moderna refleja una transformación histórica. Es precisamente porque el Parlamento se convierte en un órgano del Estado por lo que se declara que éste representa a la nación, precisamente porque ha de poder pasar de la parte de los "súbditos" a la del "Estado". Aunque no es únicamente el hecho de que la ficción de la nación estaba dirigida a obstaculizar el paso a la voluntad popular, también estuvo presente la intención de insertar un poder popular en el Estado.
Los parlamentos contemporáneos son llamados a operar sobre delicados equilibrios. Si asume demasiado el punto de vista de los gobernados, corren el riesgo de atrofiarse y paralizar el gobierno; y si por el contrario, trata de absorberlos demasiado en el Estado, asumiendo el punto de vista del gobernante corre el riesgo de no cumplir con su función representativa. Por otro lado la figura de la representación de la nación permite la inserción de los cuerpos representativos en el Estado; pero al mismo tiempo se enfrenta a nuevos problemas. Sobre la base de la prohibición constitucional del mandato imperativo y de la idea de la representación de la nación, el representante no representa o no debería representar a aquellos que lo eligen. Pero si el representante no representa a sus propios electores, parece desprenderse de ello que no es la elección la que crea un representante.
La representación es ante todo creación, comunicación e integración de múltiples intereses, fundamentalmente en las sociedades modernas, en las que factores como la extensión territorial, el volumen de población, la falta de tiempo necesario por parte de la mayoría de los ciudadanos para ocuparse de los asuntos públicos, la complejización de los temas y soluciones a tratar durante la actividad gubernamental, así como el multiculturalismo hacen necesario abordar la cuestión de la representación, la deliberación y la crítica para alcanzar un grado de coordinación compatible con el interés de la comunidad en su conjunto. Aunque cabe destacar que la teoría de la representación no escapa a criticas.
Una de las doctrinas con más adeptos es aquella que funda la irrealidad de la representación política – su carácter ficticio – en la equivocada concepción acerca de la naturaleza de la comunidad política. Los sostenedores de esa crítica afirman que la nación no es una máquina formada por voluntades individuales, sino un organismo constituido por elementos naturales, entre los que corresponde incluir los núcleos locales y los numerosos grupos sociales diferenciados por la diversidad de sus fines, consecuentemente afirman, que es por esos núcleos y grupos y mediante ellos que debe organizarse y funcionar la representación en el estado.
La moderna representación política es "representación electiva", si bien la representación no puede tener un fundamento electivo en orden a la exigencia de asegurar la capacidad de respuesta del representante. La teoría electoral de la representación, es la teoría de la representación responsable, pues las elecciones aseguran o deberían asegurar la obligación de responder.
En lo que se refiere a las condiciones y características de los sistemas representativos podemos enumerarlos del siguiente modo:
- El pueblo elige libre y periódicamente un cuerpo de representantes
- Los gobernantes responden de forma responsable frente a los gobernantes
- Los gobernantes son agentes o delegados que siguen instrucciones
- El pueblo está en sintonía con el Estado
- El pueblo consiente a las decisiones de sus gobernantes
- El pueblo participa de modo significativo en la formación de las decisiones políticas fundamentales
- Los gobernantes constituyen una muestra representativa de los gobernantes
La problemática de la representación se refleja sobre el qué y el quién se representa, asimismo sobre el cómo se representa que consiste en el modo en que un sistema representativo está construido y hecho funcionar, y esto se vincula con el sistema de partidos, es decir, la estructura y funcionamiento de la mediación partidaria entre estado y sociedad, así como también se vincula con el sistema electoral, cuestión objeto de esta investigación.
A continuación podemos ver dos gráficos ilustrativos de la crisis de representación política en Argentina, en éstos podemos observar la declinación de la participación electoral y la progresión por el contrario del "voto bronca":
II. INTERRELACION FUNCIONAL DE LOS SISTEMAS DE PARTIDOS Y LOS SISTEMAS ELECTORALES
Duverger ha observado ciertas regularidades entre los sistemas de partidos y los sistemas electorales, cuya comprobación le ha permitido formularlas como proposiciones o generalizaciones teóricas, a las que atribuye el carácter de leyes sociológicas:
- La representación proporcional tiende al multipartidismo con partidos independientes. Esta concepción determinista ha sido criticada por diversos autores. Señala Nohlen que es preciso distinguir dos cuestiones: una genética y otra histórico–sistemática. En virtud de la primera resulta que no es el sistema electoral proporcional el que creó el multipartidismo, sino la segmentación o pluralismo social y político que define al sistema social.
- El escrutinio mayoritario de dos vueltas tiende a la formación del multipartidismo con partidos dependientes. El sistema electoral favorece la multiplicidad de partidos, particularmente en la primera vuelta, y tiende a la formación de alianzas en la segunda vuelta.
- El escrutinio mayoritario de una sola vuelta tiende al dualismo de los partidos.
Duverger ha evaluado las críticas formuladas a sus proposiciones y ha señalado, en tal sentido, sus limitaciones. En primer lugar, los sistemas electorales sólo constituyen uno de los diversos factores que inciden en la formación de los sistemas de partidos, ya que no son los sistemas electorales los que crean los partidos políticos, sino que éstos nacen como consecuencia de otras circunstancias. En segundo término, los sistemas electorales sólo constituyen un factor que tanto puede acelerar como frenar la multiplicación de los partidos.
En relación con el régimen electoral, el sistema de partido único, según Duverger, presenta las siguientes características:
- Tendencia general a ratificar el candidato propuesto por el partido en el orden nacional, donde predomina lo ideológico
- Tendencia a no ratificar los candidatos presentados en el orden local, donde prevalece la personalidad del candidato
- Postergación de elecciones cuando las condiciones no son óptimas para la obtención de una ratificación total
- Disímiles posturas del electorado confluyen en un mismo accionar: la ratificación del candidato por concordancia con el sistema, por temor o resignación
- La verdadera lucha electoral tiene lugar dentro del partido
- Tendencias en las democracias populares (de Europa) a dar participación a otros partidos, aunque la finalidad sea la de dar cierta apariencia democrática al sistema, ya que los demás partidos deben tener cierto grado de adhesión al régimen.
III. ¿Qué es un sistema electoral?
Se habla de "sistema electoral " en un sentido amplio, para hacer referencia al conjunto de temas relacionados con la integración de los órganos de gobierno por procedimientos electivos. Así delimitado el concepto, está referido a las normas que regulan la ciudadanía, los partidos políticos, las bases del sufragio, la emisión del mismo, los órganos electorales, los recursos contra sus decisiones y al sistema electoral en sentido restringido. El alcance restringido del término se establece en función de lo convenido en el Derecho Electoral en cuanto a reservar esta denominación a las reglas que establecen la forma en la que han de ser asignados y distribuidos los cargos electivos, en un régimen electoral determinado.
La constitución peruana de 1993 define al sistema electoral de la siguiente manera: "El sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa. Tiene por funciones básicas el planeamiento, la organización y la ejecución de los procesos electorales o de referéndum u otras consultas populares; el mantenimiento y la custodia de un registro único de identificación de las personas; y el registro de los actos que modifican el estado civil". El concepto aquí es sinónimo de derecho electoral, régimen electoral, proceso electoral, términos que engloban todo aquello que se enfoca, que se quiere tratar o reglamentar en materia electoral, desde el sufragio y hasta el contencioso electoral.
Lo que se determina a través de un sistema electoral es la cuestión relacionada con la representación política, el principio que la definirá – principio mayoritario o proporcional – y de entre las diversas técnicas disponibles para alcanzar uno de los dos principios, el procedimiento que se prefiere aplicar. Los reglamentos técnicos que incluye un sistema electoral abarcan: la posible subdivisión del territorio nacional (zona electoral) en circunscripciones electorales, la forma de la candidatura (individual o distintas formas de lista), el procedimiento de votación propiamente dicho (si el elector puede por ejemplo emitir uno o varios votos y como debe hacerlo) y el procedimiento de asignación de los escaños, lo que supone establecer la regla decisoria (mayoría o proporcionalidad), el ámbito de adjudicación de los escaños (circunscripción, agrupación de circunscripciones, territorio nacional), el método de cómputo (por ejemplo el método D´Hondt o cifra repartidora), la barrera de representación o umbral mínimo inicial.
El efecto directo de los sistemas electorales – observable empíricamente – consiste en la estructuración de las preferencias políticas en el acto eleccionario y la generación del resultado electoral en forma de adjudicación de puestos legislativos o ejecutivos. Hay dos líneas de influencia que están interrelacionadas. Los sistemas electorales influyen en la votación misma en la medida que colocan a los electores frente a una situación decisoria específica que está marcada fundamentalmente por las diferentes posibilidades de éxito de los candidatos y de los partidos políticos, según los sistemas electorales. Este efecto es de carácter psicológico y difícil de medir. Por otra parte los sistemas electorales generan, con base en la misma votación, diferentes resultados electorales. Este segundo efecto es de carácter mecánico y se observa con más nitidez.
El significado de los sistemas electorales no se restringe a la relación entre votos y escaños y al efecto reductivo o no reductivo, que se produce en el momento de votar. Mas allá de afectar la fragmentación del sistema de partidos y la capacidad de éste de formar mayoría uni-colores en el Parlamento, los sistemas electorales influyen en la relación votante y elegido, en el mayor o menor grado de cercanía de uno y otro, dependiente del tamaño de las circunscripciones, de la forma del voto (uninominal o de lista) y otros elementos técnicos.
Los sistemas electorales además tienen incidencia en los siguientes problemas o fenómenos:
- La polarización ideológica y política a nivel del electorado y a nivel del sistema de partidos políticos;
- La estructuración de los partidos políticos en un doble sentido: estructuración interna y relación de los partidos políticos con el electorado;
- La representación de los intereses de diferentes sectores de la sociedad, es decir, representación de regiones, etnias, confesiones y otros segmentos o minorías de la sociedad, representación que procura la integración política en el ámbito de Estado;
- El tipo de competencia política;
- Las formas de participación política prevalecientes (convencional o no convencional), incluyendo tipos de comportamiento electoral (voto racional/útil y votación táctica) que ayuden (o no) al dinamismo político;
- Las características (o modelos) de las campañas electorales;
- La capacidad del sistema político de generar el bienestar de su población en la medida en que su logro dependa del buen funcionamiento de las instituciones políticas;
- Y finalmente, en la legitimidad del sistema político, en la percepción del ciudadano elector y en el grado de su compromiso con el sistema político establecido.-
CAPITULO II
TIPOLOGIA E IMPLICANCIAS
I. TIPOLOGIA DE SISTEMAS ELECTORALES
Los sistemas electorales son estructuras complejas. Se componen de diferentes elementos técnicos que pueden agruparse en cuatro áreas: la distribución de las circunscripciones electorales, la forma de la candidatura y la votación, y la transformación de votos en escaños. Cada uno de los distintos elementos en particular ejerce efectos muy diferentes en el conjunto del sistema electoral y en el resultado de una elección. Los efectos políticos de un sistema electoral en su conjunto dependen de la combinación de los distintos elementos particulares, los cuales pueden ser reforzados, eliminados o neutralizados a través de su combinación.
La representación puede tomar por lo menos tres formas:
- Primero, la representación geográfica implica que cada región, ya sea un pueblo, una ciudad, una provincia o un distrito electoral, tenga miembros en el parlamento, los cuales serán escogidos y serán responsables de sus regiones.
- Segundo, un parlamento debería ser funcionalmente representativo de la situación de los partidos y de la política del momento que vive el país. Si la mitad de los votantes vota por un partido político, pero ese partido no gana o apenas gana algunos escaños en el parlamento, entonces no se puede decir que ese sistema sea adecuadamente representativo de la voluntad de la gente. A través de la representación no sólo de los partidos políticos sino también de parlamentarios independientes, un parlamento efectivo debería reflejar adecuadamente las divisiones ideológicas dentro de la sociedad.
- Tercero, está la cuestión de la representación descriptiva, la cual implica que el parlamento es, hasta cierto grado, un espejo de la nación, por lo cual debe ver, sentir, pensar y actuar de tal manera que el pueblo se vea reflejado en él como un todo. Por tanto, un parlamento adecuadamente descriptivo debe incluir tanto hombres y mujeres, jóvenes y viejos, ricos y pobres y reflejar las diferentes afiliaciones religiosas, comunidades lingüísticas y grupos étnicos dentro de la sociedad.
Los sistemas electorales pueden ser clasificados en razón de la distribución territorial; en función de la organización política o bien atendiendo al carácter acumulativo del sufragio.
Los sistemas electorales basados en la distribución territorial pueden ser de tres tipos:
- De distrito electoral único, en que todo el territorio del Estado se considera, precisamente como constituyendo un colegio electoral único. Todos los electores pueden votar todos los cargos públicos elegibles.
- De distrito uninominal, en que el ámbito territorial del Estado se divide en tantos distritos electorales como cargos públicos a cubrir, de manera que cada elector dispone de un voto para sufragar a un solo candidato
- De distritos plurinominales, en que el territorio del Estado se divide en una pluralidad de circunscripciones, relativamente extensas, a las cuales se les atribuye un número determinado de cargos públicos electivos, de manera que cada elector pueda votar por una lista de candidatos cuyo número es igual al de los cargos correspondientes a la respectiva circunscripción o bien algo menor a fin de otorgar representación a la minoría.
Los sistemas electorales basados en la organización política y cómputo de sufragios corresponden a los siguientes tipos:
- Mayoritarios, consiste en adjudicar en cada distrito electoral todos los cargos públicos al candidato o lista de candidatos que haya obtenido la mayor parte de los votos emitidos y válidos. Esta mayoría puede ser relativa o simple, o bien de carácter absoluto, es decir, comprendiendo la mitad más uno de los votos emitidos y válidos. Cuando este requisito de la legislación electoral no se reúne, ésta suele disponer la realización de una elección complementaria (ballotage) o segunda vuelta, de la cual participan solamente los candidatos más votados en la primera vuelta.
- De representación minoritaria, complementando la mayoritaria y a fin de mitigar las insuficiencias de esta última. Su caracterización permite distinguir a este sistema, de manera neta, de los sistemas de representación proporcional, en el sentido de que la representatividad otorgada a la minoría no es, precisamente proporcional, sino de índole empírica. Ejemplos de estos sistemas son el denominado voto limitado que también se conoce como lista incompleta o voto restringido, por cuanto el elector sólo dispone para su elección de los dos tercios de los cargos a cubrir, adjudicándose el tercio restante a la primera minoría; y el de voto acumulativo, mediante el cual el elector cuenta con tantos votos como el número de cargos públicos a elegir, pudiendo optar por otorgarlos todos a un solo candidato o bien distribuirlos en varios de ellos. Los sistemas de representación proporcional procuran que la organización política expresada en el cuerpo elegido guarde una proporcionalidad lo más exacta posible con la composición del cuerpo electoral.
Existen dos principios de representación política. En el caso del principio de representación por mayoría el objetivo consiste en producir el gobierno de un partido o de una coalición de partidos basado en una mayoría parlamentaria; en el caso de la representación proporcional, se trata por el contrario de reproducir lo más fielmente posible en el parlamento las fuerzas sociales y los grupos políticos existentes en la población. Es decir, que los sistemas electorales de tipo mayoritario tienden a favorecer a los partidos grandes, produciendo una brecha entre los porcentajes de votos y escaños obtenidos por los diversos partidos, en desventaja de los partidos pequeños. Los sistemas de tipo proporcional tienden a producir una mayor concordancia o una concordancia relativa entre los porcentajes de votos y escaños obtenidos por los diversos partidos. Pero no es cierto que la concordancia sea estricta. Ambos principios de representación están enfrentados en un sentido histórico – ideológico, político y sistemático:
- Histórico – ideológico: porque el gran debate teórico sobre la representación desde mediados del siglo XIX, como por ejemplo en Inglaterra entre John Stuart Mill y Walter Bagehot, se orienta en la alternativa de la representación por mayoría vs. la representación proporcional;
- Político: porque la lucha por la representación política de los trabajadores, de las minorías y de los pequeños partidos estuvo asociada en muchas ocasiones con la demanda de representación proporcional y contra la representación por mayoría vigente; esta lucha llegó a su fin en un gran número de países tan sólo con la introducción de un sistema de representación proporcional;
- Sistemático: porque la mejor forma de clasificar a los sistemas electorales es a través de los principios de representación; la representación por mayoría y la representación proporcional constituyen las clases básicas en la tipología de los sistemas electorales.
Hoy en día ya no podemos clasificar a los sistemas electorales en términos excluyentes como una cuestión del todo o nada, sino por el contrario en términos de una gradualidad.
Encontramos sistemas electorales mayoritarios, proporcionales y mixtos. Empíricamente en referencia a los sistemas mayoritarios y proporcionales, el efecto definitorio de ambos sistemas de representación – en un caso, la formación de una mayoría para un partido o coalición de partidos; en el otro, la representación más exacta posible de todas las fuerzas sociales y políticas – pueden desprenderse fundamentalmente de la relación entre votos y escaños. Cuando se emplea un sistema de representación por mayoría, la desproporción entre votos y escaños de los respectivos partidos es típicamente alta. Por el contrario, cuando se utiliza un sistema de representación proporcional, el efecto desproporcional es típicamente reducido y, consecuentemente, partidos relativamente pequeños pueden obtener escaños parlamentarios.
Los distintos elementos técnicos – distribución de las circunscripciones electorales, forma de la candidatura, votación y procedimiento de conversión de votos en escaños– se pueden combinar de múltiples formas entre sí. Según se combinen los elementos y según sean los efectos políticos así producidos, pueden construirse tipos muy distintos de sistemas electorales al interior de los dos principios de representación.
II. TIPOS DE SISTEMAS MAYORITARIOS:
Dentro de este principio distinguimos:
- El sistema de mayoría relativa en circunscripciones uninominales. Se trata del "sistema clásico" correspondiente al principio de representación por mayoría. Se aplica en Gran Bretaña, en los países caribeños, etc. Su efecto desproporcional favorece por lo general al partido más votado. Hasta la fecha los sistemas de mayoría relativa puros se encuentran en el Reino Unido y en aquellos países en los que ha influido históricamente. Junto con el del Reino Unido, los casos más estudiados son los de Canadá, India, Nueva Zelanda y los Estados Unidos. Sin embargo, Nueva Zelanda se cambió en 1993 a un sistema de representación proporcional personalizada. El sistema de Mayoría Relativa también es usado por una docena de naciones caribeñas, en América Latina por Belice y la antigua Guyana, por 10 estados asiáticos (incluyendo Pakistán, Bangladesh, Nepal y Malasia) y por muchas de las pequeñas naciones-isla del Pacífico del Sur. En África, 18 naciones, la mayoría ex colonias británicas, usan sistemas de Mayoría Relativa. En total, de 212 países y territorios, 68 -casi un tercio- usan sistemas de Mayoría Relativa. En los sistemas de Mayoría Relativa, el candidato ganador es simplemente la persona que obtiene más votos. En teoría, un candidato puede ser elegido con sólo dos votos si los otros candidatos sólo lograron sacar un voto. Algunas variaciones en esta regla pueden transformar este sistema en uno de voto en bloque, de doble ronda o bien de voto único no transferible. Sin embargo, una adaptación que también puede ser calificada como Mayoría Relativa fue utilizada en Nepal a principio de los años noventa. Debido al alto nivel de analfabetismo del electorado, los candidatos contendieron bajo símbolos de sus partidos en lugar de como individuos. Los votantes escogieron entre partidos en lugar de escoger entre candidatos. A los candidatos se les permitió competir en más de un distrito, si así lo deseaban. El candidato elegido en dos o más distritos tiene la posibilidad de escoger a cual de ellos representar. Se tuvieron que celebrar elecciones parciales para llenar los escaños vacantes
- El sistema de mayoría absoluta en circunscripciones uninominales (con segunda vuelta). Se trata de un sistema electoral con mucha historia, que en la actualidad se emplea en Francia (con voto alternativo también en Australia). Su efecto favorece al partido o alianza de partidos con más votos.
- El sistema mayoritario en circunscripciones plurinominales con representación de minorías. El ejemplo clásico es el sistema de voto limitado en el que, en circunscripciones plurinominales, el elector dispone de menos votos que diputados a elegir en la circunscripciones; este sistema fue utilizado en otra época en España y Portugal.
- El sistema mayoritario en circunscripciones plurinominales pequeñas, se trata de sistemas electorales que emplean la fórmula de decisión proporcional en circunscripciones de hasta cinco escaños. Se denomina sistema formador de mayorías, debido a los efectos desproporcionales de las circunscripciones pequeñas.
- El sistema mayoritario con lista proporcional adicional. Se adjudica una gran parte de los escaños en circunscripciones uninominales y en forma separada un determinado número de escaños adicionales en varias circunscripciones plurinominales o en una única circunscripción plurinominal (es decir nacional) a través de listas de partido según la fórmula de decisión proporcional. Puede cumplir, este sistema, funciones como la de dar representación a los partidos de la oposición (por sobre todo, en sistemas de partido dominante) o la de contrabalancear el efecto de la uninominalidad (independencia del diputado frente al partido) y fortalecer a los partidos políticos a través de la lista.
- El sistema de pluralidad: La característica más sobresaliente de estos sistemas es que siempre utilizan distritos uninominales. En el sistema de mayoría relativa, algunas veces conocido como sistema de pluralidad en distritos uninominales, el ganador es aquel que obtiene el mayor número de votos, aunque ello no implique necesariamente la mayoría absoluta. Cuando se usa este sistema en distritos plurinominales (es decir, donde se eligen varios representantes), se convierte entonces en el sistema de voto en bloque. Los electores tienen tantos votos como escaños a asignar y los candidatos más votados van ocupando las posiciones sin importar el porcentaje que realmente alcancen. Los sistemas mayoritarios como el australiano de voto alternativo y el sistema francés de dos vueltas tratan de asegurar que el candidato ganador obtenga la mayoría absoluta (más del 50%). En esencia, el sistema de voto alternativo utiliza las segundas preferencias de los votantes para generar un ganador por mayoría, si ninguno resulta elegido en la primera vuelta.
III. Sistemas Semi-Proporcionales
Los sistemas semi-proporcionales son aquellos que convierten los votos en escaños en una forma que se ubica entre la proporcionalidad de los sistemas de Representación Proporcional y el mayoritarismo de los sistemas de mayoría-pluralidad. Los tres sistemas semiproporcionales usados para las elecciones legislativas son: el de voto único no transferible, el paralelo (o mixto) y el de voto limitado:
- Los sistemas de Voto Único no Transferible. En este tipo de sistemas, cada elector tiene un voto, pero hay varios escaños que cubrir en cada distrito y los candidatos con el número más alto de votos son quienes los obtienen. Esto significa que, por ejemplo, en un distrito de cuatro miembros, en promedio uno necesitaría solamente lograr apenas el 20% de la votación para ser elegido. Esto permite la elección de candidatos de partidos minoritarios y mejora la proporcionalidad parlamentaria en general. Bajo esta modalidad cada elector tiene un voto, aunque los distritos son plurinominales, es decir, se eligen varios escaños. Los candidatos con el mayor volumen de votación son los que ganan los escaños. Al contrario, es probable que un partido grande con el 75% del voto dividido equitativamente entre tres de sus candidatos obtenga tres de los cuatro escaños. Hacia 1997, este sistema era utilizado para las elecciones parlamentarias en Jordania y Vanuatu y, para 125 de los 161 escaños del parlamento taiwanés. Sin embargo, su aplicación más conocida fue en la elección de la Cámara Baja japonesa entre 1948 y 1993.
- Sistemas paralelos. Los sistemas paralelos usan tanto las listas de Representación Proporcional como los distritos uninominales de mayoría relativa (el ganador se lleva todo). Las listas de Representación Proporcional no compensan la desproporcionalidad generada en los distritos uninominales por mayoría. Los sistemas paralelos han sido ampliamente adoptados por las nuevas democracias en África y por los antiguos estados soviéticos.
- Sistemas de voto limitado. Estos sistemas se ubican entre los de Voto Único No Transferible y los de voto en bloque, ya que se basan en distritos plurinominales y los candidatos ganadores son simplemente aquellos que logran más votos. Los electores tienen más de un voto, pero menos votos que el número de escaños a ocupar.
IV. SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
La lógica que guía a los sistemas de Representación Proporcional es la de reducir las disparidades entre el porcentaje de la votación nacional obtenida por un partido y los escaños parlamentarios que le corresponden: sí un partido grande gana el 40% de los votos debería obtener aproximadamente 40% de los escaños, y si un partido pequeño gana 10% de los votos debería también conquistar aproximadamente el 10% de los escaños parlamentarios.
Con frecuencia se considera que el uso de listas de partidos en el ámbito nacional o regional es la mejor forma de conseguir esa proporcionalidad pero ese objetivo también se puede lograr con facilidad si se compensa cualquier desproporcionalidad que se derive de los resultados en los distritos uninominales mayoritarios. El voto preferencial también puede cumplir con ese propósito: el sistema en donde los votantes ordenan a los candidatos en distritos plurinominales, es otro sistema proporcional bien establecido.
Muchas democracias nuevas han escogido sistemas de Representación Proporcional. Más de 20 democracias establecidas y casi la mitad de todas las democracias "libres" usan alguna variante de la Representación Proporcional. Los sistemas de Representación Proporcional son predominantes en América Latina y en Europa Occidental y representan un tercio de todos los sistemas en África. Si bien los escaños son a menudo distribuidos en distritos plurinominales regionales, en algunos países (como Alemania, Namibia, Israel, Holanda, Dinamarca, Sudáfrica y Nueva Zelanda), la distribución de escaños es efectivamente determinada por el voto a nivel nacional.
La fórmula utilizada para calcular la distribución de escaños, una vez que los votos han sido contados, puede tener un efecto marginal en los resultados electorales de Representación Proporcional. Las fórmulas pueden basarse en el "promedio más alto" o en el "residuo mayor". Sin embargo, la magnitud de los distritos y los umbrales de representación tienen mayor importancia para los resultados generales de Representación Proporcional. Entre más grande sea el número de representantes a ser elegidos en un distrito y más bajo sea el umbral requerido para la representación en la legislatura, más proporcional será el sistema electoral y más grande será la oportunidad de que los pequeños partidos minoritarios obtengan representación parlamentaria.
Otros elementos importantes involucran el diseño de los límites de los distritos; la manera en que los partidos constituyen sus listas de Representación Proporcional; la complejidad de la papeleta de votación (por ejemplo, si el votante debe escoger entre partidos o entre candidatos y partidos); los arreglos formales o informales para un "voto en paquete" y el alcance de los acuerdos entre partidos, como aquellos en los sistemas que utilizan las coaliciones electorales.
Distinguimos entre los sistemas electorales proporcionales, los siguientes:
- El sistema proporcional en circunscripciones plurinominales. Según sea el tamaño de las circunscripciones, es decir, la altura de la barrera natural, este sistema puede producir una considerable desproporcionalidad entre votos y escaños.
- El sistema proporcional compensatorio, en ocasiones con barrera legal. Se adjudica, en una primera fase de la conversión de votos en escaños, una determinada cantidad de escaños (directos) en circunscripciones uninominales según una de las fórmulas mayoritarias. En una segunda (o tercera) fase de la conversión de votos, se compensa, al menos aproximadamente, el efecto desproporcional resultante de las circunscripciones uninominales a través de la adjudicación de escaños de lista según la formula proporcional. Por lo general se desfavorece o excluye directamente de la distribución de escaños, en las fases siguientes de la conversión de votos en escaños, a los partidos (grandes) que resultaron exitosos en las circunscripciones uninominales. Además, la barrera legal dificulta o impide que partidos demasiado pequeños accedan a escaños parlamentarios.
- El sistema proporcional personalizado con barrera legal. Se combina la adjudicación de un determinado número de escaños (directos) en circunscripciones uninominales con el principio de representación proporcional. El porcentaje de escaños de cada partido se determina exclusivamente (a excepción de algunos escaños excedentes) según el porcentaje de votos proporcional en el nivel nacional (o en el nivel de la agrupación de circunscripciones). El número de escaños alcanzados en la circunscripción uninominal por el partido en cuestión se sustrae del porcentaje de escaños que le corresponden según la fórmula proporcional. (si un partido recibe más escaños que lo que le corresponde proporcionalmente, surgen los llamados escaños excedentes). La proporcionalidad entre votos y escaños es –tras dejar afuera de la adjudicación de escaños a aquellos pequeños partidos que no han superado la barrera legal – muy elevado.
- El sistema de voto transferible. Se trata del sistema proporcional clásico en el mundo anglosajón. Dado que este sistema se utiliza mayormente en circunscripciones pequeñas, su grado de desproporcionalidad en comparación con otros sistemas proporcionales debería resultar relativamente elevado. En general, el voto transferible opera en la dirección opuesta.
- La representación proporcional pura. Este sistema aspira a una proporcionalidad muy alta y lo más exacta posible, excluyendo el uso de barreras naturales o legales de una altura que pueda impedir alcanzar tal grado de proporcionalidad.
V. SISTEMAS ELECTORALES COMBINADOS
Existen en términos sistemáticos esencialmente tres posibilidades de asociar las circunscripciones uninominales con la representación proporcional bajo la forma de la representación por mayoría con una lista adicional proporcional (o sistemas segmentados), o incluso con el principio de representación proporcional bajo la forma de la representación proporcional compensatoria o la representación proporcional personalizada (con barrera legal respectivamente). Todos estos sistemas electorales cumplen de igual modo con el objetivo de fortalecer la relación entre electores y candidatos / diputados, aunque se distinguen entre sí por el grado de proporcionalidad o desproporcionalidad entre votos y escaños.
En el caso de la representación proporcional personalizada con barrera legal no se produce ninguna distorsión significativa entre el porcentaje de votos y escaños. El sistema es altamente proporcional.
En el caso de la representación proporcional compensatoria (con barrera legal), el efecto desproporcional resultante de las circunscripciones uninominales se ve al menos compensado aproximadamente. El sistema tiende también a producir resultados proporcionales. El grado de proporcionalidad puede ser aquí más alto que en el caso de la representación proporcional en circunscripciones plurinominales de tamaño mediano y grande.
En el caso de la representación por mayoría con lista adicional proporcional o sistema segmentado, el resultado total de la elección se conforma a partir de dos resultados parciales separados – uno desproporcional y otro proporcional. Los sistemas segmentados se ubican en una zona gris entre la representación por mayoría y la representación proporcional. El efecto desproporcional depende de la relación numérica entre los escaños adjudicados según la fórmula mayoritaria en circunscripciones uninominales y los escaños adjudicados mediante una lista de partido según la fórmula proporcional. Los sistemas segmentados se acercan más a la representación por mayoría que a la proporcional, pueden ser generalmente ordenados dentro del principio de representación por mayoría.
- Disposiciones Relativas a las Minorías
1. Mecanismos Especiales para Mujeres
Existen diferentes formas de asegurar la representación de las mujeres en el Parlamento. Primero, hay cuotas estatutarias donde las mujeres deben conformar por lo menos una proporción mínima de los representantes elegidos. Esto se advierte en una serie de casos, como el de Italia, donde las mujeres deben conformar el 50% de la papeleta de representación proporcional, Argentina con el 30% y Brasil con el 20%. También ha sido propuesto en la India. Tales cuotas son usualmente percibidas como un mecanismo de transición para establecer las bases de una mayor aceptación de la representación de las mujeres.
Segundo, la ley electoral puede exigir que los partidos asignen un cierto número de mujeres candidatas; este es el caso de los sistemas de Representación Proporcional de Bélgica y Namibia; en Argentina existe una disposición para que las mujeres sean colocadas en posiciones ganadoras, no sólo al final de la lista de los partidos; mientras que en Nepal el 5% de los candidatos de distritos uninominales deben ser mujeres.
Tercero, los partidos políticos pueden adoptar sus propias cuotas informales de mujeres como candidatas parlamentarias. Este es el mecanismo utilizado de manera más común para promover la participación de las mujeres en la vida política, y ha sido utilizado con diferentes grados de éxito en todo el mundo: por el CNA en Sudáfrica, el PJ y la UCR en Argentina, CONDEPA en Bolivia, el PRD en México, los partidos laboristas de Australia y el Reino Unido y a través de toda Escandinavia. El uso de pequeñas listas integradas únicamente por mujeres por el Partido Laborista en Inglaterra en las elecciones de 1997 casi duplicó el número de parlamentarios femeninos de 60 a 119. También se han empleado reservas de escaños para mujeres en Taiwán.
Una vez más, los escaños reservados son mecanismos que ayudan a garantizar que las mujeres accedan a cargos públicos, pero algunas mujeres argumentan que estas cuotas terminan siendo una forma de apaciguarlas y, eventualmente, marginarlas.
2. Escaños Reservados
Los escaños reservados son una forma de asegurar la representación en el parlamento de un grupo minoritario específico. Existen escaños parlamentarios reservados para minorías étnicas o religiosas identificables en países tan diversos como:
- Jordania (cristianos y circasianos).
- India (tribus y castas)
- Pakistán (minorías no musulmanas).
- Nueva Zelanda (maoris).
- Colombia ("comunidades negras" y poblaciones indígenas).
- Croacia (minorías húngaras, italianas, checas, eslovacas, rutenias, ucranianas, alemanas y austriacas).
- Eslovenia (húngaros e italianos).
- Taiwán (comunidades aborígenes).
- Samoa Occidental (minorías no-indígenas).
- Niger (taurags).
- Autoridad Palestina (cristianos y samaritanos)
Los representantes de estos escaños reservados son usualmente elegidos en la misma forma que otros miembros del parlamento, pero hay casos en las que son sólo son elegidos por miembros de una comunidad minoritaria especificada por la ley electoral. Si bien a menudo se considera una buena norma representar a pequeñas comunidades de interés, también se ha argumentado que es mejor estrategia diseñar estructuras que den origen a parlamentos representativos de manera natural, en vez de conseguirlo por la vía de una obligación legal. Los escaños de cuota pueden crear resentimiento de parte de las mayorías e incrementar la desconfianza entre varios grupos culturales
En vez de escaños formalmente reservados, las regiones pueden ser sobre-representadas para facilitar el incremento en la representación de los grupos minoritarios. Esencialmente, este es el caso del Reino Unido, donde Escocia y Gales tienen más miembros del parlamento en la Cámara de los Comunes que de lo que normalmente deberían tener si el tamaño de la población fuera el único criterio de elección. Lo mismo es aplicable a las regiones montañosas de Nepal. Otra posibilidad es la del sistema del "mejor perdedor", utilizado en Mauricio, en el cual algunos de los candidatos perdedores de un grupo étnico en particular con alta votación, son premiados con escaños parlamentarios para balancear la representación étnica en general. Los umbrales electorales pueden ser también utilizados con ese propósito.
La Ley de los Derechos del Voto de los Estados Unidos le ha permitido en el pasado al gobierno trazar circunscripciones extrañas y maravillosas con la sola finalidad de crear circunscripciones mayoritarias de negros, latinos, o asiáticos; esto podría llamarse "distorsión afirmativa" (affirmative gerrymandering). Sin embargo, la manipulación de cualquier sistema electoral para proteger la representación de las minorías rara vez es aceptada sin controversias.
3. Representación Comunal
Numerosas sociedades étnicamente homogéneas han llevado el concepto de escaños reservados a su extensión lógica. Los escaños no son divididos únicamente sobre bases comunitarias, sino que todo el sistema de representación parlamentaria está basado en consideraciones de carácter comunitario. Esto quiere decir que cada comunidad identificada tiene su propia lista electoral, y sólo elige a miembros de su propio grupo al parlamento. En algunos casos, sin embargo, tal como sucedió en Fiji desde 1970 hasta 1987 los electores podían votar no sólo por sus candidatos comunales sino también por algunos candidatos nacionales.
La mayoría de arreglos de listas comunales fueron abandonadas después de que se volvió claro que aquellos miembros elegibles de las comunidades y que al mismo tiempo garantizaban la representación de grupo, a menudo tenían el efecto perverso de socavar el camino hacia arreglos entre grupos diferentes, ya que no existían incentivos para intercambios políticos entre las comunidades. El asunto de cómo definir a los miembros de un grupo en particular y de cómo distribuir justamente a los electores entre ellos también estuvo lleno de problemas. En la India, por ejemplo, los electorados que habían existido por separado bajo el gobierno colonial –musulmanes, cristianos, sikhs y otros-, fueron abolidos durante la independencia, aunque se mantuvieron algunos escaños reservados para representar a determinadas tribus y castas. De igual manera, los sistemas comunales utilizados varias veces en Pakistán, Chipre y Zimbawe también han sido abandonados. Fiji continúa eligiendo a su parlamento de listas comunales separadas para electores generales y electores indígenas de Fiji, hindúes y electores en "general".
Los electores de Maori pueden escoger estar ya sea en la lista electoral nacional o en una lista específica Maori, la cual elige cinco miembros al parlamento. Sin embargo, se puede decir que los resultados de las primeras elecciones bajo el sistema de Representación Proporcional en Nueva Zelanda de 1996 han debilitado la lógica del sistema comunal: el doble de miembros en el Parlamento maoris fue elegido de las listas generales en comparación con las listas específicas maories. Fiji también se está alejando del sistema de lista comunal hacia una contienda electoral más abierta a fin de motivar el desarrollo de un sistema político multiétnico.
Cuadro: Tipología de Sistemas electorales:
Sistemas Mayoritarios | Sistemas proporcionales |
Mayoría relativa en circunscripción uninominal | Proporcional en circunscripciones plurinominales |
Mayoría absoluta en circunscripción uninominal | Proporcional compensatorio |
Mayoría con representación de minorías | Proporcional personalizado |
Mayoría en circunscripciones pequeñas | Voto único transferible |
Mayoría con lista adicional proporcional (el sistema segmentado incluido) | Proporcional |
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