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Liberalismo político

Enviado por yaryarheber


    John Rawls

    1. Elementos básicos
    2. Los poderes de los ciudadanos y su representación
    3. Constructivismo político
    4. Tres ideas fundamentales
    5. Prioridad de lo justo e ideas del bien
    6. La idea de la razón pública
    7. La estructura básica como objeto

    INTRODUCCION

    El Contrato Social de Rosseau ha sido la doctrina por la cual las relaciones en sociedad se han regido. De su teoría se deriva libertad, igualdad y fraternidad como símbolo de unidad e identificación nacional. Pero John Rawls busca en su propuesta que la justicia vaya más allá de la libertad social, busca una justicia equitativa dentro de una sociedad desigual cuyo método de impartición de justicia produce precisamente eso, la injusticia, a la cual Rawls pretende encasillar dentro de un pensamiento superior al concepto de utilitarismo. Si bien es cierto que la equidad en la justicia está garantizada por la ley, también es cierto que la sociedad de nuestro país no está educada para llevar a cabo estos principios y mucho menos las instituciones de justicia, por que visto está que el principal obstáculo para llevar a buen término la propuesta de Rawls es la corrupción.

    Las sociedades contemporáneas con un régimen democrático de gobierno supuestamente basan su convivencia en la tolerancia y el respeto a las diferentes doctrinas religiosas, morales, étnicas y lingüísticas. Sin embargo, la doctrina política tiene la responsabilidad de establecer normas que incluyan todas las filosofías de manera que no socaven la integridad de ninguna de ellas. Por lo anterior el liberalismo político verá su trabajo cada vez más complicado debido principalmente a la globalización, ya que este proceso es irreversible y excluyente, volvemos entonces a la pregunta fundamental del liberalismo político, ¿cómo establecer un sistema equitativo de la justicia dentro de un proceso económico cuyo principal producto es la desigualdad? Podemos proyectar que el concepto de regímenes democráticos cambiará sustancialmente su contenido paralelamente al concepto de soberanía, ya que la democracia se sustenta en la soberanía de los pueblos y esta soberanía está cada vez más minimizada dentro del contexto político mundial. Rawls sustenta demasiado su propuesta en las cuestiones políticas fundamentales, pero ¿cuáles son las cuestiones políticas fundamentales para cada nación que integra un Estado-región?

    En la ex-Yugoslavia, vimos con pesar que la religión fue el principal obstáculo para continuar con un contrato social de respeto y tolerancia tal y como lo deseaba Rosseau, también era un claro ejemplo de la justicia equitativa y del liberalismo político como lo propone Rawls. Pero las doctrinas religiosas son las que han llevado a la humanidad a las peores guerras de las que se tengan memoria, por supuesto que sus intereses serán defendidos hasta la muerte y justificadas ya sea en nombre de Dios, Alá, Buda, el Dalai Lama o Juan Diego, cualquiera que sea su icono de idolatría. En el mundo occidental, la lucha será entre católicos y protestantes. En ambos casos, los intereses de grupo y los intereses de clase serán los opositores. Las reformas a las doctrinas religiosas que se han llevado a cabo a partir de la traducción de la Biblia por Martín Luthero, separaron al mundo occidental en dos partes; la primera que siguió bajo la dominación ideológica del Vaticano, mientras que la reformista cambió su ideología de aceptación del autosacrificio por la aceptación de que la búsqueda de una vida mejor no tenía por que ser sancionada por Dios. Podemos identificar en ambos casos las tendencias de gobierno que cada una lleva. La primera con un órgano de control centralizado, impositivo, oligárquico y excluyente en donde los viles mortales no tienen los medios para comunicarse con Dios y lo tienen que hacer por medio de otras personas quienes si tienen la gracia para hablar con Dios. En el segundo caso, la facultad de hablar con Dios es otorgada a cada uno y no dependen de alguien que les castigue o sancione por su osadía de comunicarse con Dios.

    Dentro de la visión vaticana esto se considera como un desastre, puesto que la mitad del mundo católico que aportaba recur$o$ cambió el destino de los mismos. Pero al interior de la filosofía protestante, esta liberación religiosa es al mismo tiempo una liberación tanto del pensamiento como de las acciones. No tenemos otra interpretación más objetiva al pensamiento liberal del ser humano. Pero en sí, las reformas fueron por cambios en las formas de gobierno. Si pudiéramos hacer una comparación, podríamos decir que el proceso de globalización actual se asemeja al proceso de modernización de los modos de producción. Entonces la globalización que tanto nos asusta no es un elemento nuevo dentro de la evolución social. Más aún, me atrevo a decir que es un proceso que se ha presentado y se presentará a lo largo de la historia del hombre y que inició con la invención del trabajo puesto que de ahí surge la clasificación del mismo, la estratificación de la sociedad y el establecimiento de los liderazgos y grupos de poder aunque no se hubieran entendido como tales.

    Pero volviendo a Rawls, analizando su teoría interpretamos que la democracia no significa libertad. No hay nada más falso. Por lo tanto el liberalismo político no será un fin que buscar como medio de convivencia armoniosa, sino una adecuación de las circunstancias políticas, económicas, sociales, religiosas, étnicas y hasta sexistas de una época particular. Rawls realiza su trabajo en los años 80’s, cuando el imperialismo capitalista se encuentra saliendo de la crisis mundial del petróleo y los sistemas económicos mundiales están en plena crisis. Particularmente en nuestro país salíamos de un régimen de gobierno totalitario y lo que se consideró como el último gobierno de la revolución, para entrar en una etapa de adecuación de la economía que nos envolvía y expulsaba de los mercados mundiales.

    ELEMENTOS BÁSICOS

    ¿Podemos hablar de los fundamentos de la justicia política en una sociedad democrática, cuando no entendemos aún lo que es la democracia? Rawls establece tajantemente que …"la política de una sociedad democrática siempre está marcada por una diversidad de doctrinas religiosas, filosóficas y morales opuestas entre sí e irreconciliables"… Rawls indica que

    "cada persona tiene igual derecho a exigir un esquema de derechos y libertades básicas"…

    …"Las desigualdades sociales y económicas solo se justifican por dos condiciones: en primer lugar estarán relacionadas con puestos y cargos abiertos a todos en condiciones de justa igualdad de oportunidades; en segundo lugar, estas posiciones y estos cargos deberán ejercerse en el máximo beneficio de los integrantes de la sociedad menos privilegiados"

    Las propuestas de Rawls atienden más a la República de Platón que a los principios de igualdad de Marx. Pero en ninguno de los enunciados anteriores las condiciones mínimas de desarrollo social permiten estos supuestos dada la competencia y naturaleza del ser humano. Sobre todo por que está en completa oposición con Hobbes, ya que el ser humano buscará por propia naturaleza dominar tanto su entorno ecosistémico como social.

    La democracia pasa de ser un sistema de gobierno a ser un método de control y evaluación de gobierno. Ahora, si dirigimos nuestro estudio hacia la sociedad civil, sus intereses y proyectos, vemos que los gobiernos incapaces de enfrentar los procesos económicos mundiales sufren una migración que aleja sus programas de todo objetivo productivo, lo cual los hace más débiles y vulnerables ante las potencias capitalistas. Rawls nuevamente dice…"sus integrantes ingresan a ella sólo por nacimiento y salen de ella sólo al morir". ¿Entonces esta migración que representa? Vemos en el anterior periodo de gobierno de Bush que una mexicana era la Secretaria del Tesoro de los Estados Unidos. ¿Se cumple entonces la propuesta de Rawls?

    Quizá se refiere a que los ciudadanos aceptan de facto las normas de orden social en la cual están contenidas las normas de cada uno de los grupos que la integran. Pero entonces estará sustentada en el orden moral que se traslada al orden político si son aplicables universalmente a todos los ciudadanos, lo cual nos empuja hacia una sociedad justa en la cual la cooperación se establece por un tiempo indeterminado. Nace la cooperación social entendida como el bien común. Derivado de ello, las instituciones de gobierno y las organizaciones sociales conviven en actividades coordinadas bajo condiciones de cooperación equitativas. De esta forma, la reciprocidad se establece como principio altruista mediante el cual la sociedad y justicia equitativa de Rawls pueden existir. Pero ¿llegaremos a la posición original?.

    Para alcanzarla, se deben eliminar las ventajas dentro de las negociaciones que rigen la economía. ¿Quizá Rawls nos está acercando al comunismo? Define así un desarrollo hipotético de sociedad y no un desarrollo histórico, puesto que el desempeño de unos no puede ser copado y mucho menos ignorado ante la incapacidad de otros. ¿En donde queda entonces el esfuerzo intelectual del pensamiento libre?. ¿Su puede establecer una sociedad contemporánea cuyos principios fundamentales de convivencia no reconocen el desarrollo individual? Rawls establece que …"toda asociación tiene fines determinados, no así las sociedades democráticas"… De acuerdo a Max Webber, la organización tiene por finalidad establecer los métodos de control de la sociedad hacia la cual esté dirigida. Entonces ¿la democracia tiene una finalidad o no la tiene? La democracia sustenta como principio fundamental la organización política y la justicia equitativa, la convivencia armoniosa y el desarrollo social y humano de sus miembros. Sin embargo es presa de las ambiciones de sus lideres y los intereses de clase más que de sociedad o grupo. En nuestro país crecimos con la imagen de una persona superpudiente alrededor de la cual giran los destinos de todos nosotros y aún más, de nuestra descendencia. Como podemos entonces implantar el pensamiento rawlsiano en una cultura política de sumisión y cuya comprensión sólo es posible con la identificación de esa imagen dominante. Además, la historia política de este país se desarrolló a través del caciquismo, que hasta la fecha está presente disfrazado en sectores de organización o control a través del cual, el país es repartido a cada grupo de estos caciques de acuerdo de su potencial de acción militar en su inicio, ahora transformado ese potencial en presión económica que puede provocar levantamientos sociales.

    LOS PODERES DE LOS CIUDADANOS Y SU REPRESENTACIÓN

    ¿Puede haber justicia y equidad social sin tolerancia? La garantía de equidad debe contemplar la diversidad de pensamientos e intereses presentes en cada estrato de la clasificación social. De nueva cuenta, Rawls pretende hacer una clasificación de la sociedad en razonables e irrazonables. Pero ¿cuál es el parámetro por medio del cual comprendemos cada una? Debemos considerar una reforma al contrato social para comprender esta teoría rawlsiana. Según nuestro controvertido autor, …"las personas razonables no las motiva el bien general como tal, sino el deseo mismo de que hay un mundo social en que ellas, como ciudadanos libres e iguales, puedan cooperar con los demás en términos que todos puedan aceptar"…entonces el grado de pensamiento razonables estará sujeto a la aprobación de los demás miembros de la sociedad. Ahora, es tajante al igual cuando dice que …"las personas son irrazonables en el mismo aspecto básico cuando planean comprometerse en esquemas de cooperación, pero no están dispuestos a honrar, ni siquiera a proponer, excepto como una simulación pública necesaria, ningún principio general o normas para especificar los términos justos de la cooperación"…¿es irrazonable obtener algún beneficio correspondiente al esfuerzo de nuestro trabajo?

    Más importante que la calificación de la sociedad a nuestros pensamientos, la calidad moral del individuo recae en las consecuencias de sus actos. Pero nuevamente la moral va en relación con los intereses que se persigan. En su Teoría de la justicia, Rawls deforma la moral y lo justo, ya que en su afán de encontrar un método de convivencia armoniosa y equitativa, suplanta lo justo supeditando su legitimidad a la aceptación moral de los actos; entonces ¿en donde queda el pensamiento racional o razonable del hombre en sociedad?. En otras palabras, lo razonable implica el interés de más de dos personas, merma el beneficio individual y lo encontramos en el ámbito público. Lo racional representa el beneficio de uno solo y por lo tanto no es considerado como moral dentro de la concepción equitativa de la justicia en la Teoría de la justicia de Rawls, ya que no es de reconocimiento universal. La historia del hombre nos indica que todas estas consideraciones, que bien pueden ser calificadas como justas y equitativas, no se han podido implantar en dos mil años de historia contemporánea, por lo tanto la posición original de Rawls es un mero idealismo del cual se pueden obtener supuestos valorativos, pero solo eso, supuestos.

    Dejemos ahora la calificación y clasificación de la sociedad. Veamos su derivación en la sociedad política, que implica sanciones coercitivas dada la existencia de un órgano de gobierno restrictivo, cuyas instituciones están abiertas al escrutinio público. Mediante esta dualidad, la sociedad civil acepta al gobierno en tanto que éste cumpla con los objetivos que la sociedad demanda. Su desarrollo ha llevado a la instauración de sistemas de gobierno acordes a las características propias de cada sociedad, las cuales son tan variables como naciones han experimentado cambios en ellos. En cualquier caso, una sociedad ordenada estará regida por orden en la concepción pública de la justicia la cual debe cumplir con tres principios fundamentales:

    1. El reconocimiento y la aceptación de los principios públicos de la justicia.
    2. Creencias generales por medio de las cuales se aceptan estos principios. Su relación y funcionamiento con el orden social.
    3. Justificación plena y aceptada de las sanciones y la cualidad de órgano restrictivo, como es el Estado.

    Si se cumplen estos puntos, los enfrentamientos entre sociedad civil y Estado serán para acordar la legitimación de las normas de conducta en cuyas libertades implican las obligaciones de ambas partes, así como las sanciones correspondientes, lo cual les otorga autonomía y que se puede interpretar como un contrato social cuyo principal producto son los derechos y libertades del hombre y del gobierno.

    Así, la aceptación pública de los principios de justicia que llevados a su máxima aplicación pueden hacer realidad la posición original de Rawls, serán más estables ante la vulnerabilidad que representa el pluralismo social, étnico, religioso y filosófico que componen cada sociedad. Pero que ésta interpretación política del orden civil sea la mejor para llegar a la sociedad armoniosa no garantiza de ninguna forma la factibilidad de su aplicación.

    CONSTRUCTIVISMO Político

    El constructivismo político implica la acción política de la sociedad y representa un punto de vista de la estructura y el contenido de la doctrina política. En el converge el pensamiento libre, ya sea razonable o racional, los valores fundamentales del hombre y los poderes del Estado otorgados por la sociedad. Todos ellos contenidos dentro de las normas de orden reconocidas por todos los actores políticos.

    La primera y fundamental característica del constructivismo la representa la autonomía como regulador permanente, siempre y cuando esta autonomía se base en la razón práctica que prescribe los valores morales y políticos. ¿Por que la razón práctica? Por que a partir de ella se inicia la reflexión filosófica del pensamiento positivo, el cual es el inicio la realidad total que se compone del intuicionismo racional, que establece el marco público de pensamiento suficiente para que el concepto de juicio se aplique y llegue e conclusiones fundamentales en la razón y la evidencia para que nuestro punto de vista sea objetivo con el punto de vista público. Llegamos entonces al constructivismo como coyuntura del pensamiento racional independiente de la teoría.

    Desde sus partes integrales, vemos que el constructivismo político lleva inherente el pensamiento individual por encima del pensamiento social. Entonces no tiene cabida la posición original de Rawls y si el constructivismo político es la norma en la sociedad contemporánea, ¿cómo encontrar una teoría que se considere justa y equitativa que sea aplicable en nuestros tiempos? El constructivismo atiende más a las causalidades que las casualidades, dada la naturaleza del ser humano de cambiar constante y permanentemente su entorno. Los hechos se vinculan entre sí derivados de circunstancias creadas por ciudadanos tanto racionales como razonables en un supuesto sistema justo de cooperación. En sí, el constructivismo político nos da toda la justificación y explicación acerca de sus principios y juicios, entendidos estos últimos como la interpretación de la realidad de acuerdo al punto de vista individual, es decir, de acuerdo al pensamiento racional.

    Dentro del liberalismo político que conlleva la libertad y diversidad de pensamiento, la mayoría de ciudadanos atenderán al pensamiento razonable por lo cual los juicios morales supuestamente serán positivos y acordes a las necesidades de la sociedad. Esto podría ser el inicio de la posición original, que llevada al máximo en una sociedad justa y equitativa puede ordenar el pensamiento y determinar las tendencias filosóficas imperantes.

    TRES IDEAS FUNDAMENTALES

    Rawls inicia esta parte con la identificación de un consenso traslapado. Pretende hacer de la justicia un método equitativo repartiendo dentro de la sociedad las responsabilidades de participar en un orden controlado por el Estado, aduciendo que dicha sociedad tiene la facultad de crear los mecanismos necesarios para que el Estado tenga los medios para actuar por el bien de la sociedad. Entonces su concepto traslapado no es otra cosa que la justificación de la existencia del Estado por medio de sus instituciones y el control que ejerce sobre la sociedad. Al repartir las responsabilidades y por supuesto montar en organismos y grupos sociales las responsabilidades de las instituciones incapaces de enfrentar sus responsabilidades, según Rawls, se crean grupos de hombres políticos dentro de sociedades democráticas. Pero a lo largo de este ensayo hemos argumentado que la democracia no es sinónimo de justicia y tampoco de equidad. La justicia imparcial tampoco representa libertad de pensamiento. Puede coadyuvar a mejorar las relaciones entre los diversos grupos existentes dentro de la sociedad, pero ello no garantiza que la justicia sea respetada ni mucho menos acatada si en verdad el pensamiento libre fuera el sustento del comportamiento del hombre en sociedad.

    El mejor argumento que Rawls propone es la aceptación general de las leyes por parte de la sociedad, la cual tiene distintas doctrinas de comportamiento y su concepción del bien es en exceso particular para defender que una sociedad democrática es justa. Un régimen democrático se ostenta como constitucional y tiene básicamente dos características:

    1. Es una relación de varios grupos sociales en la que se entra al nacer y se sale solo al morir.
    2. El poder político siempre será coercitivo respaldado por los órganos de represión del gobierno dentro de los cuales incluimos al propio sistema de impartición de justicia y todos sus elementos como son los ministerios públicos, los secretarios de acuerdo, dictaminadores, proyectistas y por supuesto jueces y magistrados.

    Si la justicia fuera en verdad imparcial, la impartición de justicia y los métodos para seleccionar a quienes llevarán a cabo esta labor serían procesos abiertos al escrutinio público. Sin embargo, el hecho de que en nuestro país el sistema de impartición de justicia se encontrara supeditado al Poder Ejecutivo trastocó a la Constitución en su más profunda justificación como es la separación y el equilibrio de poderes. Aunado a esto, todos sabemos que no hay nada peor que tener asuntos con las agencias del ministerio público. Hemos sido testigos de que el verdadero poder para equilibrar la justicia y su sistema de impartición es la organización de la sociedad civil. Pero hasta aquí tenemos dificultades, ya que la libertad de pensamiento o el pensamiento del liberalismo político atendiendo a Hobbes que nos dice que el hombre es un animal político y siempre lo será mientras viva en sociedad, hacen que la equidad de la justicia se complique debido al pensamiento racional y razonable, que no tienen la misma finalidad y por consecuencia tampoco tendrán los mismos intereses.

    Para lograr el mayor orden posible, debemos encontrar la forma de conciliar todos los intereses y doctrinas políticas, religiosas y todas aquellas que influyan en el pensamiento del ser humano, para lo cual se crearon las Constituciones como forma de reconocimiento a la existencia del Estado como órgano rector del bienestar y la sana convivencia social. Así también se legitimó el uso de la represión por parte del Estado y el porqué de que a algunos ciudadanos se les excluyera de estas sanciones, como son los diputados, los senadores y todo aquel servidor público cuyas funciones sean inherentes al cuidado del bienestar social. Rawls atribuye a la Constitución como el medio por el cual se puede lograr el liberalismo político, pues en ella se encuentra supuestamente el ideal de justicia reconocido por todos los ciudadanos. Pero para que la Constitución sea la convergencia entre sociedad y Estado por medio del liberalismo político, es necesario contar con dos elementos primordiales:

    1. Las divergencias en cuanto a la justicia deben poder ser resueltas mediante valores políticos y su representación.
    2. Estos valores políticos deben ser superiores a todos los valores morales en lid.

    Pero ¿qué peso tiene en verdad la representación social como medio de solución de conflictos, cuando el Estado debe desatender algunos valores para atender a otros? Las acciones del Estado deben encontrarse al alcance de todos los actores tanto políticos como no políticos mediante los canales adecuados. Según Rawls, la existencia de instituciones es parte de la imparcialidad de la justicia, pero en verdad las instituciones ¿son justas e imparciales?. Se supone que las instituciones son justas e imparciales en la medida en que considera dentro de sus ideales los principios de la razón práctica, ya que el sentido de justicia de los ciudadanos es superior a las tendencias normales de la injusticia. La estabilidad se fundamenta entonces en que todos los ciudadanos acepten los preceptos razonables y racionales desde el punto de vista liberal político dirigido a la razón pública. Lo importante no es en sí que se atiendan los conceptos de estabilidad, justicia e imparcialidad de todos los ciudadanos, sino encontrar la manera de actuar en concordancia a todas ellas y que las sanciones aplicadas en caso necesario sean aceptadas generalmente. El liberalismo político debe atender esta diversidad como marco de las instituciones. El pluralismo no es un obstáculo sino el marco en el que deben actuar las instituciones aceptando todas las doctrinas sociales, aún las irracionales, inconciliables en incluso las violentas. Este es un principio de la democracia como justificación de la equidad, ya que la justicia debe presentarse independiente a todas ellas equilibrando todos los puntos de vista y los valores morales y políticos. Pero la sociedad solo se puede entender a través de su modus vivendi como dice Rawls. Por esta razón las instituciones deben estar cerca de los grupos más numerosos, ya que si estos forman la mayoría social serán también el medio de justificación de las acciones del Estado puesto que tiene los medios para hacer que converjan todos los puntos de vista de los ciudadanos.

    Pero cuando el pensamiento individual es traslapado, la expectativa de encontrar un consenso estable se vuelve igual de lejana que la justicia misma. Los intereses individuales o de grupo no encuentran respuesta en las instituciones por más que el Estado quiera contener las situaciones. Tan simple como recordar Sarajevo en los años de 1990 a 2000. Los intereses civiles y religiosos derrumbaron la estabilidad política y no bastó ningún consenso, ningún argumento de convergencia fue suficiente. La irracionalidad de las doctrinas sociales superaron o mejor dicho, para entenderlo de acuerdo a nuestro texto, traslaparon la capacidad del Estado y no solo del Estado yugoslavo, sino de otros estados que buscaron una solución imparcial al conflicto. El desorden y la incapacidad hasta de la O.N.U. llegó a tal grado, que la unificación nacional quedó desintegrada y la separación racial, étnica, religiosa, política y de justicia fue la medida de entendimiento imparcial dentro de la región, por que no solo fue Yugoslavia, también Checoslovaquia y algunas otras naciones.

    Los mas cercano que tenemos a una justicia imparcial dentro de un Estado democrático, es la libertad de pensamiento ya que la libertad de acción siempre estará limitada por el equilibrio de intereses dentro de la denominada razón pública. Pero la razón pública no sólo es la aceptación de una cooperación social justa, sino el respeto por la pluralidad de los valores políticos. Rawls menciona que "…no existen suficientes fuerzas políticas, sociales o psicológicas para lograr un consenso traslapado, ni para hacer que el consenso sea estable"… en lo que estoy de acuerdo, por que los principios liberales acerca de la justicia deben atender al modus vivendi y por lo tanto la pluralidad siempre será el factor de conciliación política. Esto nos dice que la mayoría de los ciudadanos no ven a la justicia como algo incorporado a su modus vivendi, no tienen conexión con ella y sus principios les son ajenos, viven dentro de un Estado que según Rawls solo pueden salir de éste con la muerte, en el cual aceptan la Constitución sin comprenderla y más aún, sin saber que son parte de ella en lo que compete a la soberanía aunque se defienda la aceptación universal legítima de su contenido político y jurídico.

    Pero las disyuntivas sociales quedan en segundo lugar ante las disyuntivas políticas. La falta de consenso político impide la cohesión del pensamiento libre, por lo cual la legislación que debe abarcar todos los temas esenciales e importantes de la sociedad no será capaz de solucionar los conflictos y por lo tanto, por más que se mencione el Estado democrático, su Constitución no será suficiente para mantener el equilibrio y mucho menos la equidad y la imparcialidad de la justicia, que quedará al margen de los grupos de poder que desconocen el modus vivendi de la sociedad.

    PRIORIDAD DE LO JUSTO E IDEAS DEL BIEN

    A pesar de lo que dice Rawls al inicio de esta parte del texto, lo justo no tiene el mismo significado que el bien. Si bien es cierto que no podemos separar ambos conceptos cuando se busca el equilibrio y la justicia, también es cierto que la prioridad en alguno de estos determinará la prioridad de atención. La cualidad de justo o bien es un asunto de perspectiva y dentro de la justicia se deforma en un asunto de proyectiva. ¿Se puede comprender el exceso de ingresos de la parte minoritaria de la población ante la aberrante distancia en cuanto a la cantidad de ingresos de la mayor parte de la sociedad, de los desposeídos? Las doctrinas políticas siempre serán parciales así como la interpretación de la justicia sin importar a quien se beneficie. Sin embargo, una de las características del Estado es precisamente provocar la aceptación de la desigualdad como una forma de bien común ante la incapacidad de sus instituciones de dar respuesta favorable a las demandas sociales, de esta forma se obtiene una sociedad política ordenada cuyos valores morales son acordes a su situación social y política sometiendo así las carencias de atención a la aceptación de lo justo controlando las variantes que pueden ser:

    1. Las capacidades intelectuales del individuo.
    2. Las capacidades físicas.
    3. Sus valores morales.
    4. Preferencias políticas, religiosas, etc.

    Cada una de ellas se explica por sí sola y parece simple en una primera percepción. Pero en verdad son elementos indispensables para la clasificación de la sociedad y representan una información que bien podríamos comparar con una radiografía de la sociedad, puesto que nos identifica la proyección de lo que considera como bien de acuerdo a sus capacidades y habilidades. Enseguida, Rawls dice …"la justicia como imparcialidad rechaza la idea de comparar y llevar al máximo el bienestar en materia de justicia política…lo que se contrapone con la propuesta general de su teoría ya que la justicia imparcial es el objetivo de toda sociedad política. En sí la equidad tiene como restricción que las reclamaciones se promuevan sobre aspectos particulares cuando las incapacidades de atención del Estado son generales, lo que implica la creación de una estructura enorme y en la mayoría de los casos insuficiente para atender estas demandas en instituciones específicas y de esta manera separar y clasificar las inconformidades. Por muy fuerte y grave que sea un reclamo individual nunca será lo suficientemente grande como para implicar un desequilibrio en el orden social y político. Lo importante aquí es que este supuesto ya ha sido entendido por la sociedad y la convergencia de actores políticos que aprovechan esta situación, han hecho de la misma la bandera política perfecta para crear el desequilibrio político suficiente y sobre todo eficiente ante lo cual el Estado debe crear los mecanismos de defensa y en último de los casos de represión.

    Ante la caótica situación que se presenta y en la que todos los individuos ven reflejado el potencial rechazo a sus demandas debido a la inequidad en la justicia, no se puede permanecer con un pensamiento neutral y mucho menos abstenerse de comprender que la justicia se aleja cada vez más de la realidad social. El concepto de neutralidad debe ser la norma aplicable por los miembros del sistema de impartición y administración de justicia del Estado. Pero si el Estado encuentra los canales adecuados para deformar un reclamo legitimo de la sociedad, tendrá que cambiar los valores morales sobre los cuales justifica su existencia. La neutralidad implica para el Estado:

    1. Que debe asegurar la igualdad de oportunidades para que el bien común sea aplicable a todos los ciudadanos.
    2. Que el Estado no deberá favorecer ninguna doctrina particular.
    3. Lo faculta a cancelar cualquier doctrina política que violente la sana convivencia política.

    El significado de la neutralidad del Estado puede acercarnos a una justicia imparcial sin abandonar el pensamiento liberal ya que es una razón suficiente para mantener el orden político. Rawls hace una distinción interesante entre liberalismo político y liberalismo comprensivo. El primero nos dice que la armonía en la sociedad representa la forma de consenso requerida para que se obtenga la imparcialidad y la equidad en la justicia, atendiendo a valores morales y políticos reconocidos y acatados por todos. El segundo promueve el reconocimiento a las sanciones correspondientes cuando las condiciones por las que sea posible el primero sean violentadas. Pero el liberalismo político tiene dentro de sus finalidades, acercar a la sociedad al reconocimiento de que el desacuerdo con las disposiciones de orden social no es un elemento que vaya en contra del acuerdo general, sino el hecho de crear situaciones que socaven este orden es lo que se debe castigar. Coincidimos entonces con la teoría de Berlin cuando enuncia que el ser humano tiene diversos tipos de libertades y por consecuencia también tendrá diversos tipos de sanciones, que en este caso sería adjudicarle una culpa por intención y una culpa por hecho. El estado ha cambiado su forma de protección hacia la ciudadanía. La ha hecho partícipe del cuidado social y además ha logrado que participe en la captación de recursos especiales para atender las carencias de atención del Estado en aspectos específicos de lo que representa el bien común. Sin embargo, aún no ha insertado en la conciencia social su capacidad de movilización y decisión en las determinaciones de justicia y equidad, por lo que la sociedad civil y la sociedad política han creado sus propios medios para alcanzar este derecho. El concepto de justicia se ha transformado al margen del reconocimiento del Estado y por lo tanto, no puede ser una sociedad privada en la interpretación específica, es una sociedad política y como tal ha demandado atención y recurrido a todos los medios disponibles para manifestarse.

    Aunque los diversos grupos no manifiesten la misma doctrina social, pueden converger con la misma doctrina política del bien y esto es suficiente para mantener el equilibrio político público y buscar entonces una finalidad común. Para que la justicia sea imparcial, debe impedir ser superada por las doctrinas políticas ya que los principios de una concepción liberal justa se basa en los ideales políticos que normalmente pesan más que otros valores.

    LA IDEA DE LA RAZÓN PÚBLICA

    Se enuncia que la razón pública es propia de un pueblo democrático puesto que es la razón de los ciudadanos. El Congreso es la tribuna donde se expresan públicamente intereses privados no en el entendido de bienes materiales, sino como bienes públicos a los que tiene derecho todo individuo integrante de una sociedad. Por lo tanto, es en el Congreso donde se harán las reformas a la Constitución puesto que en ella se encuentran las libertades y restricción de los ciudadanos. Lo que se debe analizar de la razón pública y sus espacios de expresión es que si las limitantes que impone crean o restringen los valores políticos y sociales del individuo, ya que el liberalismo político implica el derecho a la expresión pública dentro de los márgenes permisibles lo que representa una evaluación del liberalismo político comprensible. La razón pública es una representación del Contrato Social de Rosseau. La diferencia con los Estados contemporáneos radica en que ahora está plenamente identificada una sociedad civil con capacidad de crear sus propios medios dentro de un pensamiento político liberal y comprensible. La razón pública refuerza los valores morales y los derechos, libertades y oportunidades sociales en un régimen democrático así como también adopta las directrices y criterios de razón pública, para aplicar las normas de conducta con los elementos constitucionales que consideran los principios fundamentales de la estructura social así como los derechos y libertades básicas de la ciudadanía.

    Pero aún arriba de la razón pública se encuentran las leyes que en el Estado democrático son cuando menos aceptadas por todos, ya que no todos las acatan. La interpretación de la ley es donde radica la problemática de la parcialidad o imparcialidad de la justicia. No hay mayor ley que la Constitución, por supuesto en el mundo occidental. Sin embargo su interpretación está sujeta en la mayoría de los casos a la presión de la equidad y no a la imparcialidad. Son dos conceptos distintos que se confunden en su interpretación. Es interesante el análisis que Rawls hace de las enmiendas en la Constitución de los Estados Unidos, pero dada la naturaleza de su interpretación no es aplicable a México. La Constitución de los Estados Unidos está basada en el sistema anglosajón de justicia, en México el estado de derecho se sustenta en el sistema romano, su análisis es distinto al que propone Rawls por lo que omitiremos esta parte.

    LA ESTRUCTURA BÁSICA COMO OBJETO

    La estructura básica está integrada por las formas de propiedad, la organización de la economía y la naturaleza familiar. En otras palabras, la estructura básica de la Constitución y sus libertades está formada por los elementos fundamentales de la seguridad social. Según Rawls, el contrato social es hipotético igual que su posición original, la cual es una interpretación contemporánea del trabajo de Rosseau. Ambas propuestas intentan conciliar las normas y los actos del individuo en sociedad mediante la impartición de una justicia equitativa, o como Rawls identifica con sus definiciones complicadas, mediante una justicia como imparcialidad. Básicamente ambas teorías son aplicables en el momento histórico para el que fueron redactadas, pero las interpretaciones que de ellas se hacen varían de acuerdo a los intereses políticos prevalecientes. Para el utilitarismo no importa el número de individuos ni las instituciones así como tampoco la relación justa o injusta entre ambas partes, la fundamental es la viabilidad de los objetivos aún cuando los efectos sean negativos para la sociedad. Las instituciones deben adecuar su funcionamiento y replantear sus objetivos para cumplir con las exigencias que impone una estructura basada en el utilitarismo. Pero para el libertarismo, el Estado tiene funciones mínimas especificas como la protección contra la violación a las libertades de la estructura básica, ya que un Estado con amplios poderes puede violar los derechos de los individuos. Pero este libertarismo es más utópico aún que el Contrato Social y la posición original, ya que se propone su existencia a partir de una situación …"perfectamente justa con una moralidad permisible y sin violar derecho alguno"… La única forma reconocida de violación de los derechos del individuo es por actos deliberados de los individuos, por error o por ignorancia. Pero el deseo natural del ser humano cuando es un animal político –tal parece que a Rawls se le olvidaron las enseñanzas de Hobbes- es el de dominar a sus congéneres, entonces esta justificación de error e ignorancia la podemos interpretar como la naturaleza del individuo y por lo tanto deja de ser ignorancia o error puesto que tiene un origen consciente y un objetivo determinado. El libertarismo no es en sí un pacto ni tampoco un acuerdo, es el establecimiento de una ley que regula la actividad política del individuo en sociedad y otorga a aquellos que la respetan la calidad de ciudadanos y con ello son merecedores de la protección social, política y económica. En todo caso, con errores o sin ellos, con ignorancia o conocimiento de los actos, reconocer y acatar las normas de justicia equitativa o imparcial o como quiera llamarles Rawls, se convierte en un hecho de orden moral antes que político, puesto que representa la protección hacia el grupo social. Pero veamos ahora la justicia desde el punto de vista de seguridad social. En ella está representada la actividad del Estado como garante de la equidad o imparcialidad de la justicia. Las relaciones entre individuos e instituciones deben tener una comunicación ágil y sencilla si se quiere cumplir el objetivo para el cual fueron creadas las segundas mediante la congregación de los primeros. Lo que se busca en realidad es una división del trabajo cuyas labores sean plenamente reconocidas por cada una de las partes y cuyo resultado sea satisfacer los deseos y aspiraciones que ya existen, así como provocar deseos y aspiraciones futuras que perfeccionen el Contrato Social o la Posición Original. Esta es la garantía de la imparcialidad o la equidad en la justicia, el cumplimiento de las responsabilidades que salvo muertes o accidentes se verá interrumpido el ciclo laboral. En lo que no estoy de acuerdo es en el velo de la ignorancia, ya que si la estructura social está proyectada para que cada parte de la sociedad cumpla con su parte de la división del trabajo, no es posible que no reconozca las capacidades y potencialidades de su grupo. Si así fuera estuviésemos bajo el dominio de los imprevistos cuando el proyecto es lograr un orden los más estable posible. La libertad se interpreta de dos formas básicas:

    1. Mediante la razón se controlan los intereses individuales y superiores de los ciudadanos en un pensamiento razonable y racional que expresa autonomía.
    2. Las limitaciones en los intereses individuales implica la sana convivencia y se supone que el interés colectivo es superior al interés individual y así es como se comprende el orden social.

    Pero la libertad de las instituciones es muy diferente. La libertad es igualdad y oportunidad para todos. Las desigualdades son ajustadas en relación con las igualdades y esto conserva el valor de las libertades individuales e institucionales. En otras palabras e interpretando esta teoría con la experiencia de nuestro país, quiere decir que no importa que existan desposeídos o marginados de los beneficios que otorgan las instituciones si es la mayoría quienes gozan de la igualdad de las libertades y los beneficios que ello otorga. Entonces la estructura básica no está conformada por todos los grupos sociales por que de antemano nos dice que estará justificada la desatención de grupos determinados, sacrificados por el bien de otros más cercanos a la justicia y la imparcialidad.

    Rawls justifica esta situación que es inaceptable para la propuesta original de su teoría, adjudicando un valor moral positivo a los ajustes que se tienen que hacer en las relaciones de la justicia y las libertades. Pero no es necesario encontrar una justificación política o moral de las inequidades, ya que la doctrina libertarista de Locke así como el determinismo establecen que las circunstancias particulares de cada etapa histórica del hombre en sociedad son las que originan los ajustes en la justicia y la libertad, provocando orden y desorden en una sucesión interminable de hechos.

    Pero la libertad al igual que los otros derechos y libertades tiene prioridades. En el caso de la libertad individual su prioridad será la satisfacción de los deseos inmediatos, para la libertad colectiva, su prioridad será acoplar las potencialidades de los ciudadanos a los conceptos de igualdad e imparcialidad de oportunidades. Pero Rawls vuelve a justificar más que a plantear la probidad de su teoría, mediante el establecimiento de la posibilidad de encontrar libertades que sean aplicables universalmente y que denomina el objetivo inicial cuando bien podemos entenderlo como el bien común que Max Webber nos enseñó. Hemos aprendido desde Platón y Aristóteles que la libertad está determinada por la historia y que la democracia ha sido relacionada con la libertad desde que ellos propusieron una forma de gobierno que estuviera relacionada y sustentada por el pueblo. Entonces las libertades no son condicionantes de desarrollo, sino que el desarrollo ha condicionado las libertades del hombre en sociedad. La libertad nunca fue ni será absoluta indefinidamente debido al deseo natural de libertad del ser humano, que ha derrocado tiranías y despotismos para cambiar la concepción de las condiciones razonablemente favorables durante su rango central de aplicación, en otras palabras, entender la libertad cívica en cada etapa histórica del hombre en sociedad.

    A continuación Rawls hace una defensa de su posición original tratando de vencer a la historia. Si cada ciudadano tuviera el mismo concepto de los que es el bien, las relaciones económicas y políticas actuales serían totalmente distintas, quizá hubiéramos llegado ya al comunismo. Aquí podemos hacer un análisis paralelo del concepto de justicia. Las doctrinas religiosas, cualquiera que sea, se han convertido en las instituciones perfectas para el lucro. En particular en nuestro país, no pagan impuestos, son reconocidas como parte integrante de estructura social y han provocado cambios en la Constitución con la finalidad de reglamentar su ejercicio. Pero su objetivo está muy lejos del bien común, de la posición original y mucho más de la imparcialidad de la justicia. En cambio, en Europa se dio una revolución del pensamiento libre cual Luthero funda el protestantismo y decide cambiar los deseos de Dios para con sus hijos. Viene entonces la ruptura del pensamiento libre y todo aquel que no piense ni acate los preceptos del Vaticano está fuera de la ley. Esta disyuntiva en cuanto a la interpretación de las libertades del ser humano se ha presentado a lo largo de la historia del hombre en sociedad y continuará en tanto no sea posible materializar la tan ansiada posición original. Menciono que se seguirán presentado por que las partes interesadas son relativamente ajenas a los sucesos de las otras partes. Es decir, se desarrollan de acuerdo a sus intereses particulares dejando al margen de su desarrollo las necesidades de otros grupos cercanos. ¿Dónde queda la buena fe y la imparcialidad de la justicia? Las propuestas de Rawls pueden ser posibles en grupos pequeños y aislados del megadesarrollo económico. Pero para grupos sociales más grandes la desigualdad será el parámetro que cuantificará la imparcialidad de la justicia. Los bienes primarios o necesidades básicas que nos enseñaron en economía, son la causa del comercio internacional en el cual cada grupo –entendamos Estado- buscará obtener el mayor beneficio tanto de sus recursos como del potencial de su gente –de nuevo se cuestiona el velo de la ignorancia– para garantizarle estos bienes primarios. Pero Rawls va más allá del concepto utilitarista y libertario de la justicia. Menciona que las cinco clases de bienes primarios en su Teoría de la justicia son:

    1. Libertad de pensamiento y de conciencia.
    2. Libertad de desplazamiento.
    3. Poderes y prerrogativas de los cargos y puestos de responsabilidad.
    4. Los ingresos económicos y la riqueza.
    5. Las bases sociales de respeto.

    En realidad no son algo que Aristóteles, Cicerón o Platón no hubieran deseado, incluso Espartaco pudo darle orientación acerca de sus bienes primarios. Pero nada garantiza que esta clasificación sea reconocida universalmente como panacea de justicia social, por el contrario, debemos mencionar la parcialidad de las observaciones de Rawls que se limita a identificar las libertades y derechos de un mundo occidental que se rige por relaciones mercantiles más que sociales. La política está determinada por la viabilidad de las negociaciones y su interés está muy por encima del interés general. Incluso las relaciones entre Estados han cambiado y los nuevos actores políticos mundiales que llegan tarde al desarrollo económico, científico y tecnológico están obligados e insertarse en un mercado que les lleva nada más 30 años de ventaja. Además, mientras existan doctrinas religiosas la dominación y explotación de la irracionalidad humana será además de un buen negocio, una forma de control social que ayude a apaciguar los deseos insatisfechos y a canalizar las frustraciones del ser humano. Para aquellas frustraciones incontrolables están las instituciones represivas del Estado.

    Las propuestas de Rawls son buenas intenciones, solo intenciones.

     

    JULIO CÉSAR GARCÍA RAMÍREZ

    UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

    FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

    SISTEMA DE UNIVERSIDAD ABIERTA

    FILOSOFÍA Y TEORÍA POLÍTICA CONTEMPORÁNEA