Descargar

Guía para dar a conocer los Derechos Humanos a adolescentes sordos

Enviado por Carol Delisser


  1. Introducción
  2. Marco teórico
  3. Marco legal
  4. Metodología didáctica para dar a conocer la Declaración Universal de Derechos Humanos a adolescentes con sordera
  5. Técnicas Pedagógicas para la enseñanza de los Derechos Humanos y la educación inclusiva de los adolescentes con sordera
  6. Actividades sugeridas con los adolescentes con sordera después de conocer los Derechos Humanos
  7. Conclusiones
  8. Recomendaciones
  9. Bibliografía
  10. Anexos

METODOLOGÍA DIDÁCTICA PARA DAR A CONOCER:

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS A ADOLESCENTES CON SORDERA

edu.red

Introducción

El presente trabajo fue elaborado con el objetivo de dar a conocer propuestas de técnicas pedagógicas para la enseñanza de los Derechos Humanos a adolescentes con sordera comprendidos desde los 13 hasta los 18 años menos un día, con el fin de fomentar el aprendizaje cognitivo y afectivo, y la participación activa de ellos en sociedad, debido a que la educación es la mejor forma de promoción de los Derechos Humanos.

En el trabajo de investigación se presenta una breve definición de la discapacidad, sordera, adolescencia y Derechos Humanos. Informando qué son y para qué sirven, haciendo énfasis en la importancia que tiene su promoción, y planteando la necesidad que surge de crear una metodología de su enseñanza aplicada a jóvenes con edades comprendidas dentro de la adolescencia.

Uno de los puntos de mayor importancia en la realización de este trabajo de investigación radica en la responsabilidad que tenemos como humanistas de promover y promulgar los Derechos Humanos sin exclusión o distinción de sus capacidades sensoriales basándonos en las técnicas y conocimientos adquiridos durante nuestra formación profesional y que nos permiten tener la capacidad de poder aplicarlos a cualquier grupo de la sociedad, logrando así la promoción de los mismos y derribando la principal barrera que padecen las personas con discapacidad que es atribuirles que debido a sus características es imposible su integración plena a la vida social.

Marco teórico

  • ¿Qué es una Metodología?

Una metodología es aquella guía que se sigue a fin realizar las acciones propias de una investigación. En términos más sencillos se trata de la guía que nos va indicando qué hacer y cómo actuar cuando se quiere obtener algún tipo de investigación. Es posible definir una metodología como aquel enfoque que permite observar un problema de una forma total, sistemática, disciplinada y con cierta disciplina.

Una metodología no es lo mismo que la técnica de investigación. Las técnicas son parte de una metodología, y se define como aquellos procedimientos que se utilizan para llevar a cabo la metodología.

1.2 ¿Qué es Didáctica?

La didáctica puede ser definida como la ciencia del aprendizaje y la enseñanza.

Dentro de esta ciencia de la enseñanza y aprendizaje es necesaria la combinación del hacer y el saber didáctico, es decir, la teoría y la práctica. La práctica resulta muy importante ya que se sabe que se aprende mediante la experiencia. También es normal enseñar a partir de la misma. Sin embargo es importante no recaer exclusivamente en las enseñanzas mediante esta técnica. Por eso resulta tan importante complementarlo con la teoría.

1.3 Discapacidad

Es cualquier restricción o impedimento de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano. La discapacidad se caracteriza por excesos o insuficiencias en el desempeño de una actividad rutinaria normal, los cuales pueden ser temporales o permanentes, reversibles o surgir como consecuencia directa de la deficiencia o como una respuesta del propio individuo, sobre todo la psicológica, a deficiencias físicas, sensoriales o de otro tipo.

1.4 La adolescencia

La adolescencia es principalmente una época de cambios. Es la etapa que marca el proceso de transformación del niño en adulto, es un período de transición que tiene características peculiares. Se llama adolescencia, porque sus protagonistas son jóvenes que aún no son adultos pero que ya no son niños. Es una etapa de descubrimiento de la propia identidad (identidad psicológica, identidad sexual…) así como la de autonomía individual.

En el aspecto emocional, la llegada de la adolescencia significa la eclosión de la capacidad afectiva para sentir y desarrollar emociones que se identifican o tiene relación con el amor. El adolescente puede hacer uso de su autonomía y comenzar a elegir a sus amigos y a las personas que va a querer. Hasta entonces no ha escogido a sus seres queridos. Al nacer conoció a sus padres y tal vez a algunos hermanos y el resto de sus familiares. Después, de alguna manera, sus padres fueron eligiendo sus compañeros de clase y amigos. Pero al llegar a la adolescencia, puede hacer uso de cierta capacidad de elección para poner en marcha uno de los mecanismos más significativos de esta etapa.

1.5 Las Personas Sordas

1.5.1 ¿Quién es una Persona Sorda?

Es una persona que no puede escuchar; pudo haber nacido sorda o haber perdido su audición por diferentes causas, por ejemplo una infección, una enfermedad, un accidente, ruido o una explosión fuerte.

1.5.2 ¿Cómo afecta la sordera a una persona?

La sordera afecta la comunicación de las personas, a unas más que a otras dependiendo de si nació sordo o perdió la audición después de haber aprendido a hablar y de si tiene algún resto auditivo.

Cuando una persona nace sorda o pierde la audición a una edad muy temprana, es difícil que aprenda a hablar pues no puede escuchar los sonidos del idioma oral; sin embargo, si desea intentarlo, se le debe enseñar con un proceso largo y costoso.

Cuando una persona pierde la audición, siendo un niño, ya ha tenido experiencia auditiva y puede conservar la lengua que había adquirido.

Cuando una persona escuchó un poco, se beneficia del uso de audífonos y con esto, más una buena terapia, es posible que pueda aprender la lengua oral.

Cuando las personas mayores, por la edad o por enfermedad se quedan sordas, tienen problemas para entender lo que se les habla, pero no para hablar, pues ellos han hablado toda su vida y conocen perfectamente su lengua.

Una Persona sorda es ante todo un ser humano con características únicas e irrepetibles; con un nombre propio, con derechos y con deberes un sujeto integral que hace parte de la sociedad, que no pertenece a "otro mundo", más allá de las diferencias étnicas, religiosas, políticas, económicas, sociales, históricas, lingüísticas y biológicas.

"Sordo es todo aquel que no posee la audición suficiente y que en algunos casos no puede sostener una comunicación y socialización natural y fluida en lengua oral alguna, independientemente de cualquier evaluación audio métrica que se le pueda practicar".

"El termino sordo alude a cualquier persona sorda que no puede oír, concretamente a aquella que utiliza la lengua de signos como su lengua natural. Las organizaciones nacionales estarán autorizadas a utilizar su propia definición de sordera y lengua de signos según sus preferencias"

"Las personas sordas son ante todo ciudadanos con los mismos derechos y deberes que cualquier otro; la diferencia radica en la forma en que acceden a la información del entorno, lo que les lleva a crear códigos o formas de comunicación que respondan a sus necesidades individuales y a su diversidad como grupo"

"Bajo la denominación persona con limitación auditiva se ha designado genéricamente a la persona que posee una pérdida auditiva cualquiera, de naturaleza e intensidad diversa, que por este motivo recurre a apoyos tecnológicos especiales o a medios y lenguajes apropiados, lo cual no significa que tenga un deterioro cognitivo.

1.5.3 ¿Cuál es la caracterización de la Comunidad sorda?

Los diferentes grupos sociales utilizan para su comunicación lenguas orales (español, francés, inglés, etc.) las cuales se caracterizan porque se adquieren mediante la audición. Una persona que nace sorda no podrá acceder naturalmente a la lengua utilizada en su medio viéndose enfrentada a una situación de ausencia de lenguaje que, de no ser resuelta, le llevará a presentar retraso en su desarrollo no solo lingüístico, sino cognitivo, académico y social.

Durante siglos se afirmó que los sordos eran mudos, que podían comunicarse mediante la lectura de los labios, y que en promedio eran menos inteligentes que las personas oyentes, creencias todas equivocadas.

Las Personas sordas no son mudas; simplemente algunas personas sordas, en especial las nacidas sordas no hablan porque al carecer de la audición no pueden percibir el habla de los demás, la cual se constituye en el modelo para el desarrollo de la lengua oral.

De otra parte, la lectura de los labios permite a personas que ya manejaban el lenguaje antes de ensordecerse (no a sordos que no conocen la lengua) captar muy parcialmente la información.

Así mismo, hoy en día se ha demostrado que la creencia equivocada de una menor inteligencia en los sordos era consecuente a prácticas equivocadas de evaluación del pensamiento en sordos, utilizando pruebas con alto contenido lingüístico que confundían la falta de manejo de la lengua oral con falta de inteligencia.

Marco legal

2.1 DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL SORDO

A continuación se presenta la Declaración de los Derechos de las Personas Sordas, la cual fue promulgada durante el VI Congreso Mundial de Sordos que se celebró en Paris en el Palacio de la UNESCO.

  • 1) CONSIDERANDO que en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre los pueblos de las Naciones Unidas han proclamado la igualdad e inalienabilidad de los Derechos de toda la raza humana, como fundamento de la libertad, la justicia y la paz en el mundo;

  • 2) CONSIDERANDO que en el mismo momento los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado su fe en los Dere­chos del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, garantizando a todos los individuos la igualdad en libertad, dignidad y derechos, así como la asistencia médi­ca, la instrucción gratuita, la libre elección de profesión y empleo y la libertad de asociación;

3) CONSIDERANDO los principios enunciados en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los "derechos del joven" y los documentos de la OMS y la OIT referentes a la ' rehabilitación de los disminuidos y el de la Unesco sobre la educación especial y la educación permanente;

4) CONSIDERANDO que los derechos humanos universalmente reconocidos, han de aplicarse de manera universal y que, por tanto, las personas con pérdida auditiva de todo el mundo tienen los mismos derechos que los demás miem­bros de la sociedad;

5) CONSIDERANDO que los disminuidos auditivos idiopáticos tienen una disminución exclusivamente sensorial, sin disminuciones de naturaleza psíquica y que a través de una educación adecuada pueden ser totalmente rehabi­litados y desempeñar en la comunidad un papel igual al de los demás miembros, mientras que si, por el contrario, se hallan desprovistos de una educación y, por tanto, de la posibilidad de mantener relaciones humanas con los demás, sufren perturbaciones psíquicas y se ven obligados a llevar una vida vegetativa, desprovista de todo interés y contraria a los principios enunciados en la Declaración de Derechos del Hombre

6) CONSIDERANDO la necesidad de establecer los Dere­chos Humanos fundamentales de las personas disminuidas de oído y de llamar la atención sobre ellas de los gobiernos, Naciones Unidas y Agencias Especializadas de las Orga­nizaciones Internacionales no gubernamentales así como de las instituciones, entes y asociaciones que trabajan en el campo de la rehabilitación y la integración social de los Sordos, a fin de que las Declaraciones de principio de los documentos citados se puedan transformar, también para los Sordos, en una realidad auténtica y activa;

La Asamblea General del VI Congreso de la Federación Mundial de Sordos proclama;

Articulo I

Las personas sordas deben gozar efectivamente de los mismos derechos reconocidos universalmente para los demás miembros de la sociedad por la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, por la de los Derechos del Niño y por los documentos aprobados por las Asambleas Centrales de la UNESCO, la OMS y la OIT.

Artículo II

Tanto en el campo internacional como en el nacional se deben adoptar medidas encaminadas a permitir un moder­no tratamiento de los problemas inherentes a la sordera, eliminando superadas opiniones sobre las posibilidades limitadas de las personas Sordas, que están basadas en viejas actitudes debidas a prejuicios que han demostrado ser erróneos.

Artículo III

Para que los Sordos puedan gozar, efectivamente y en igual medida, de los mismos derechos de los demás ciudadanos, es necesario que las comunidades procedan, mediante las leyes u otras medidas previstas por esta Declaración, a proteger los derechos de las personas disminuidas del oído para poder llevar a cabo los fines de la completa habilitación e integración en el sistema de la sociedad.

Artículo IV

  • a) Los jóvenes con disminución auditiva deben beneficiarse de la seguridad social y, según criterios especiales, del diagnóstico precoz y especializado, de escuelas especiales, de instrumentos gratuitos de prótesis acústica, de la libre orientación profesional y escolar de institutos profesionales o superiores especiales;

  • b) La calidad y prioridad de la educación e instrucción para niños Sordos debe garantizarse y establecerse en términos iguales a las garantizadas a la población en general.

  • c) Debe garantizarse la libertad de experimentar todos los sistemas métodos educativos. Los padres y las Asociaciones de Sordos deben colaborar en la tarea de la instrucción y de la educación.

Artículo V

  • a) La comunidad, con la colaboración y la ayuda de las asociaciones nacionales de disminuidos del oído, debe dar los pasos necesarios y realizar los esfuerzos apropiados para llevar a cabo los deseos legítimos y los fines de las personas Sordas por su real independencia en la sociedad, con igualdad de deberes y derechos que los demás miem­bros de ella.

  • b) Según estos principios, deben elaborar programas espe­cíficos y adecuados, teniendo en cuenta las condiciones sociales y económicas de las respectivas comunidades.

Artículo VI

Es necesario asegurar un trabajo idóneo y de satisfacción personal a los disminuidos del oído, eligiendo libremente entre los 1260 profesiones y oficios para los que no es necesario el sentido del oído.

Artículo VII

Es necesario asegurar a la persona Sorda en especial las posibilidades de comunicación, eliminando las barreras que se interpongan, ya sea mediante la instrucción permanente y, si es posible, mediante instrumentos acústicos subsidiarios, ya mediante adecuadas adaptaciones gráficas o visua­les, subtitulación de películas y transmisiones de televisión y servicios de interpretación en lenguaje de signos.

Artículo VIII

  • a) Para asegurar a las personas con disminución auditiva una adecuada labor de rehabilitación, es necesario que las comunidades reconozcan a las asociaciones nacionales de disminuidos del oído como elementos fundamentales de representatividad de los derechos del Sordo y donde conflu­yen las experiencias familiares de instrucción, formación, vida comunitaria y social, instrucción permanente y empleo del tiempo libre de las personas con disminución auditiva.

  • b) A las asociaciones de Sordos se les asegurará su reco­nocimiento jurídico y los instrumentos y medios necesarios para que puedan proceder a la asistencia moral y material de las comunidades en que viven y trabajan los disminuidos del oído, a fin de llevar a cabo sus aplicaciones y su trabajo en un clima de sanidad, siendo útiles a la sociedad y poder ofrecer sus capacidades y experiencias.

Artículo IX

  • a) Es necesario que las comunidades aseguren los instru­mentos adecuados para la organización de institutos y escuelas apropiados para la preparación del personal cien­tífico y especializado para el diagnóstico, terapia, instruc­ción cultural y profesional, instrucción permanente, aplicación y utilización de instrumentos acústicos y visuales e interpre­tación en lenguaje de signos.

  • b) Asimismo, es necesario que los gobiernos y Asociaciones internacionales procedan a asegurar un intercambio constante de experiencias, informaciones e innovaciones científicas.

  • c) A tal fin la FMS, agrupando a las asociaciones nacionales de disminuidos del oído y a los mayores expertos en el campo de la rehabilitación y seguridad de estas personas en todo el mundo, se entrega a desarrollar y ofrecer su colabo­ración y consulta para los problemas de estudio, investiga­ción e intercambio.

  • Marco Legal en Guatemala de protección de los derechos de la comunidad sorda

  • Constitución Política de la República de Guatemala

  • Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Guatemala ha ratificado en el año 2008 esta convención, la cual es vital para el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad.

  • Código de Trabajo Decreto 1441 del Congreso de la República

  • Código Civil Decreto Ley 106

  • Código de Notariado Decreto 314 del Congreso de la República

  • Ley del Organismo Ejecutivo

  • Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de  Seguridad  Social  Decreto 295 del  Congreso de la República

  • Ley de la Comisión de los  Derechos Humanos del  Congreso de la República y del Procurador  de los Derechos Humanos    

  • Ley de Atención a las Personas con Discapacidad Decreto 135-96

  • Acuerdos de Paz

  • Convenio  número 159   sobre   Readaptación  Profesional  y  el  Empleo  de Personas Inválidas

  • Convención sobre Derechos del Niño

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Metodología didáctica para dar a conocer la Declaración Universal de Derechos Humanos a adolescentes con sordera

Los Derechos Humanos pueden definirse como los derechos inherentes a nuestra naturaleza, sin los que no podemos vivir como seres humanos. Los Derechos Humanos y las libertades fundamentales nos permiten desarrollarnos plenamente y hacer uso de nuestras cualidades humanas, nuestra inteligencia, nuestras aptitudes y nuestra conciencia, así como satisfacer, entre otras, nuestras necesidades espirituales. Los derechos Humanos se basan en el deseo, cada vez más extendido en la humanidad, de vivir una vida en la que se respeten y protejan la dignidad y valor inherentes de cada ser humano. La ausencia de esos derechos no sólo constituye una tragedia individual y personal sino que también crea las condiciones de la inestabilidad social y política donde germinan la violencia y los conflictos que se producen entre las sociedades y las naciones.

La enseñanza de los Derechos Humanos conlleva a la necesidad de utilizar actividades prácticas y sencillas especialmente en la población adolescente y en éste caso en particular de adolescentes con sordera, en quienes se debe trabajar dándoles a conocer y promover el contenido de la Declaración de los Derechos Humanos para que se siembre en ellos la cultura de paz por medio de la aplicación y el respeto hacia los mismos.

Es así como surge la necesidad de crear una metodología de la enseñanza de los Derechos Humanos adecuada a adolescentes con sordera para lograr que dentro del proceso enseñanza-aprendizaje se fundamenten la enseñanza y aplicación de estos y a su vez lograr que dentro de su entorno se viva una cultura de paz, de justicia, de libertad, equidad e igualdad, evitando así la discriminación a la que se ven expuestos cotidianamente.

Una de las actividades de mayor importancia para la promoción de los Derechos Humanos es la educación misma en derechos humanos. Desde la adopción de la Declaración Universal, la Asamblea General ha pedido reiteradamente a los Estados Miembros y a todos los sectores de la sociedad que difundan su contenido y faciliten el estudio del mismo.

En la Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos de 1993 también se reafirmó la importancia de la educación, la capacitación y la información pública.

Es por ello que se ha investigado que existen diferentes técnicas y maneras que el docente puede llevar a cabo con los adolescentes con sordera para dar a conocer y promover la enseñanza de los Derechos Humanos los cuales contienen diversas actividades didácticas muy fáciles de usar permitiéndole al alumno interesarse en el tema gracias a la variedad de actividades y ejercicios prácticos en los cuales se le da una participación directa al resolver y de los cuales se proponen a continuación según la presente metodología didáctica.

La misma se brinda bien para aprender sobre nuestros derechos y para hablar sobre los mismos con otras personas. Cuando levantamos nuestra voz y hablamos por nuestros derechos es cuando nos convertimos en defensores personales de los Derechos Humanos. Así mismo, al trabajar ésta guía junto con otras personas, se logran cambios.

DANDO A CONOCER

LOS DERECHOS HUMANOS

A LA COMUNIDAD

"ADOLESCENTE CON SORDERA"

edu.red

Técnicas Pedagógicas para la enseñanza de los Derechos Humanos y la educación inclusiva de los adolescentes con sordera

La Educación Inclusiva parte de reconocer que se debe promover la educación especial y las políticas y legislación para ello deben estar ancladas en el ideal de la educación para todos y equidad, como elemento de justicia social, en las oportunidades para todos las personas, especialmente para aquellos que han sido consistentemente excluidos, en este caso las personas con discapacidad. La manera de implementar la educación especial es a partir de una educación inclusiva que exige reformas en el sistema educativo. 

El cambio en los servicios de educación especial puede sintetizarse en que el enfoque tradicional se basa en un proceso de evaluación de la discapacidad del alumno, diagnóstico de los aspectos específicos de la discapacidad, seguida por prescripciones, programaciones y ubicación por lo general siempre conduciendo a arreglos especiales.

De esta manera conviene hacer énfasis en la necesidad que tienen los educandos con necesidades especiales en conocer los Derechos Humanos los cuales son para todos sin ningún tipo de exclusión, de esa parte a continuación se presentan distintas técnicas para la promulgación de los mismos en la comunidad adolescente con sordera.

Para dar a conocer el contenido de los Derechos Humanos con la Comunidad sorda, en especial jóvenes adolescentes, se necesita el utilizar técnicas las cuales le permitan al alumno interpretar el contenido de lo que se pretende enseñar, para ello es necesario utilizar en su mayoría material didáctico visual ya que representa el medio más eficaz para la comprensión del tema, tomando en cuenta que los medios auditivos no serán favorables p su limitación.

Por lo tanto se sugiere que el tema tan importante como lo son los Derechos Humanos se den a conocer utilizando las siguientes actividades:

4.1 Fichas ilustrativas

El primer paso que se sugiere para dar a conocer los 30 Derechos que contiene la Declaración Universal de los Derechos Humanos es a través de fichas ilustrativas las cuales contienen cada uno de estos derechos contemplados dentro de la Declaración y de los cuales se representan a continuación.

edu.red edu.red

edu.red

4.2 Medios visuales

El uso de medios visuales facilita el aprendizaje en los adolescentes con sordera debido a que ellos son amantes de la tecnología como cualquier joven de su edad, por lo que se considera que es muy atractivo para ellos el enseñarles los 30 Derechos que contempla la Declaración Universal de los Derechos Humanos por medio de un video expresado con lenguaje de señas el cual les facilitara aún más el aprendizaje de dichos derechos.

edu.red

edu.red

4.2.1 Diapositivas

edu.red

edu.red

edu.red

4.3 Juego de Memoria

Este juego le permite al adolescente con problemas de sordera el memorizar cada una de las cartas que conforman el juego de memoria conteniendo algunos de los Derechos Humanos dados a conocer con anterioridad, a su vez fortalece y enriquece el conocimiento de una forma divertida y fácil de aprender.

Para llevar a cabo este juego se muestran las cartas que conforman el juego de memoria el cual el docente deberá recortar y pegar en cartón, colocarlas dentro de una pequeña caja identificada como "Memoria sobre Derechos Humanos".

A continuación se muestran las indicaciones a seguir en el presente juego:

Instrucciones:

Colocar en forma revuelta las tarjetitas que conforman el juego de memoria boca arriba para que el alumno memorice en donde quedo cada una, seguidamente darle vuelta a cada una de las tarjetitas para que el alumno empiece a jugar formando parejas. Ejemplo de juego de memoria.

edu.red

edu.red

edu.red

edu.red

4.4 Juego de la Ruleta

Para llevar a cabo esta actividad con los alumnos que padecen de sordera en especial la comunidad adolescente se puede utilizar una ruleta para facilitar el aprendizaje de los Derechos Humanos a través de este juego, el cual les motivará a participar de una forma interactiva y a su vez comprobar por el docente si estos están siendo comprendidos por los alumnos.

Instrucciones:

Para llevar a cabo este juego se elabora una ruleta la cual debe contener algunos de los Derechos Humanos explicados con anticipación, seguidamente hacer uso de fichas ilustrativas conteniendo los mismos derechos que se encuentran en la ruleta, para que cuando ésta se gire e indique un derecho el alumno lo identifique entre las fichas y posteriormente sea capaz de pegarlo en la ruleta en el derecho que corresponde.

edu.red

edu.red

Actividades sugeridas con los adolescentes con sordera después de conocer los Derechos Humanos

5.1 Rincón de las ideas

Esta actividad es muy importante el llevarla a cabo con los alumnos para que ellos puedan expresar en este espacio sus ideas, pensamientos, criterios, etc.

Esta técnica puede utilizarse como lluvia de ideas para hacer un diagnóstico de las dificultades que enfrenta un adolescente sordo al asistir y permanecer dentro de su centro educativo, ya que es necesario analizar los derechos que son más vulnerables para ellos y cómo el conocimiento de los mismos ayuda a menguar estas dificultades. El intercambio o aportación libre de ideas fomenta un alto grado de participación y estimula a los participantes a encontrar el máximo de soluciones creativas.

Instrucciones: En el siguiente espacio los alumnos deben colocar la información relacionada con lo aprendido sobre Derechos Humanos, cada uno tiene un papel donde anotará como se deben aplicar los Derechos Humanos y luego uno a uno pasará a pegarlos en el espacio correspondiente.

edu.red

edu.red

edu.red

5.2 Sopa de Letras

Consiste en una hoja cuadriculada donde se escribe a voluntad, vertical, horizontal u oblicuamente las palabras claves, en cada cuadrito debe constar una letra de las palabras clave. Todos los demás cuadros se llenan indistintamente, con cualquier letra del alfabeto. La sopa de letras se utiliza para desarrollar la capacidad de concentración.

Instrucción: encuentra las palabras ocultas en la siguiente Sopa de Letras.

  • Derechos Humanos

  • Universales

  • Declaración

  • ONU

  • Estado

  • Treinta Artículos

  • Dignidad

  • Solidaridad

  • Libertades

  • Facultades

  • Igualdad

edu.red

5.3 Crucigrama

El crucigrama es una modalidad de la técnica de palabra clave que se utiliza luego de la explicación de un tema o contenido de la lección. Consiste en escoger palabras claves para ubicarlas horizontalmente, de igual manera se ubicarán palabras claves en forma vertical. Para la solución se debe entregar el significado de las palabras claves horizontales y verticales.

El uso del crucigrama sirve para Asociar las palabras con su significado y promover la participación grupal

CRUCIGRAMA

INSTRUCCIÓN: A continuación encontrarás una serie de enunciados, escribe el concepto según los espacios.

  • 1. Facultad o libertad que posees por tu condición humana.

  • 2. Característica de los derechos humanos que los reconoce en todo lugar donde te encuentres.

  • 3. Documento que recoge los derechos fundamentales del ser humano.

  • 4. Mes en el cual se firmó la Declaración Universal de Derechos Humanos.

  • 5. Siglas de la Institución que aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos.

  • 6. Quién puede violar tus derechos humanos?

  • 7. Número de Artículos que contiene la Declaración Universal de Derechos Humanos.

  • 8. Lo que tienen por base el reconocimiento de los derechos humanos.

edu.red

CRUCIGRAMA

CLAVE:

edu.red

5.4 Hojas de Trabajo

INSTRUCCIONES: Une con una línea el Derecho que le corresponde a cada imagen que se presentan a continuación.

edu.red

5.5 Hojas de Trabajo

HOJA DE TRABAJO

Instrucción: a continuación se te presenta una serie de enunciados con tres posibles respuestas, subraya la correcta.

1. Es el documento que contiene las libertades fundamentales del ser humano.

a. Constitucion Politica b. Carta de la ONU c. Declaracion Universal de Derechos Humanos

2. Numero de artículos que contine la Declaracion Universal de Derechos Humanos.

a. 40 Artículos b. 15 Artículos c. 30 Artículos

3. Fecha en que fue aprobada la Declaracion Universal de Derechos Humanos.

a. 15 de enero 1965 b. 30 de mayo 1941 c. 10 de diciembre 1948

4. Característica de los derechos humanos que los reconoce en todo lugar.

  • a. Universales b. indivisibles c. irrenunciables

5. Organización internacional que aprobó y promulgó la Declaracion Universal de Derechos Humanos.

a. UNICEF b. ODHA c. ONU

Conclusiones

Las personas sordas no son enfermas, no necesitan ninguna droga o tratamiento para curarse las personas sordas usan un idioma diferente, con el que pueden aprender, compartir, actuar y expresarse libremente sus sentimientos a cualquier ser humano sin importar color, religión o cultura.

Una persona sorda es ante todo un ser humano con características únicas e irrepetibles; con un nombre propio, con derechos y con deberes, un sujeto integral que hace parte de la sociedad, que no pertenece a otro mundo, más allá de las diferencias étnicas, religiosas, políticas, económicas, sociales, históricas, lingüísticas o biológicas.

La pérdida de audición no tratada puede producir problemas sociales tales como aislamiento, pérdida de atención, falta de concentración, problemas en el trabajo, problemas al participar en la vida social y problemas de comunicación.

Recomendaciones

Las personas sordas deben gozar de los derechos reconocidos universalmente en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Derechos del Niño y por la misma Constitución dándoles el apoyo pedagógico, psicológico, estableciendo fuentes de empleo para cada una de ellas.

Es importante reconocer que las personas sordas son capaces de realizar cualquier actividad que el docente le indique en la cual sus capacidades mentales están bien, si no que simplemente tiene una discapacidad física, que le hace diferente a los demás.

Utilizar las técnicas de enseñanza pedagógica planteadas en el presente informe puede ser de utilidad para dar a conocer la Declaración Universal de los Derechos Humanos a adolescentes con sordera, de tal forma que el proceso de enseñanza aprendizaje sea una experiencia agradable para el docente y el alumno.

Bibliografía

ALDANA MENDOZA, Carlos (1995). Desafíos Pedagógicos de la Paz. Editorial Universitaria, Guatemala, C. A.

Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad.

Declaración Universal de los derechos lingüísticos, (1996) Barcelona.

EGRAFIA

http://educacion-es-diversion.blogspot.com/2010/04/los-derechos-del-nino-sordo.html. Consultado en línea 18 junio 2014 18:00 pm

http://www.educar.ec/edu/dipromepg/apoyo/tec.html. Consultado en línea 20 junio 2014 21:00 pm

Anexos

edu.red

Entrega de Metodología en Asociación Educativa para el Sordo

edu.red

Entrega de Metodología al grupo de jóvenes de Iglesia Ebenezer Norte

edu.red

Entrega de Metodología a Director del Colegio Mixto "Alegría del Saber"

edu.red

edu.red

edu.red

edu.red

 

 

Autor:

Mayra Lorena Hernández Medina

Marlon Ottoniel Miculax Gonzáles

Edvin Obdulio Hernández Tecú

Eva Judith Girón Arana

Cynthia Guisella Flores Ramirez

Glenda Carolina Delisser Rodas

Ángela Imelda Choc Cuc

Mayra Lili Quijada Castillo

Envido por:

Carol Delisser

edu.red

Universidad de San Carlos de Guatemala

Facultad de Humanidades

Departamento de Pedagogía

Licenciatura en Pedagogía y Derechos Humanos

Pedagogía de los Derechos Humanos

Guatemala, junio de 2014