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La falta de legislación del Contrato de Franquicia en el Código de Comercio Boliviano (página 3)


Partes: 1, 2, 3

Royalty de Publicidad: es la contribución que hará cada uno de los franquiciantes para la realización de campañas de marketing y publicidad a nivel regional o global dependiendo del caso, encaminadas a fortalecer la imagen de la marca y el conjunto de centros franquiciados.[46]

Royalty por Ventas: es la suma que paga el franquiciado en relación al porcentaje de las ventas del negocio.

El porcentaje de royalty que se exige puede oscilar, dependiendo de cada caso, entre el 5% y el 20% del volumen de ventas del franquiciado.

  • Royalty de Desarrollo: es el pago que hace el franquiciado por el derecho a otorgar subfranquicias en un territorio determinado.

Las regalías continuas generan excelentes utilidades al dueño de un sistema de franquicias y constituyen " el verdadero negocio del negocio ", por lo mismo resulta de particular interés que el franquiciado se fije de forma minuciosa en observar que las bases de las regalías estén claramente descritas en el contrato, cuidado que no sean estas excesivas o exorbitantes de tal forma que le resulte imposible pagarlas durante la vigencia del mismo; además el franquiciado debe estar pendiente de que el mismo franquiciante este cumpliendo de manera cabal con las obligaciones previamente contraídas, pues de otro modo no estaría justificado pagar por algo que no se estuviera recibiendo prosiguiendo entonces a la rescisión del contrato y al respectivo pago de daños y perjuicios.

Por otra parte, la contraprestación, regalías o royalties, no son un elemento esencial de las franquicias, pues algunos sistemas no tienen contemplado el pago de estas durante la vigencia del contrato, ya sea porque se encuentran disfrazadas al ser incluidas en el precio de los bienes o servicios abastecidos por el franquiciante o porque en términos estratégicos resulta conveniente no cobrar contraprestaciones por otorgar una unidad de franquicia.[47] Pero la verdad es que en la práctica son muy pocos los contratos de franquicia que se dan de forma gratuita, por lo mismo es necesario establecer parámetros eficientes para evitar que la codicia de ciertos franquiciantes a la larga no repercutan en el fracaso de su propio sistema.

  • CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO DE FRANQUICIA.

Como se ha venido reiterando, cada contrato debe satisfacer sus propias necesidades y estar acorde a la complejidad y a las particularidades de la franquicia; sin embargo, hay ciertos temas que deben estar perfectamente establecidos de manera uniforme, a fin de evitar malos entendidos que deriven en posibles controversias:

Partes: son partes del contrato quien otorga la franquicia, es decir el franquiciante y el beneficiario de la misma, es decir el franquiciado.

Consideraciones generales: se consignan bajo este capítulo en términos generales, las características distintivas del sistema por el cual se otorga la franquicia, la marca y las prestaciones de las partes.

Establecer la inexistencia de relación laboral o sociedad: es importante destacar que entre el franquiciante y el franquiciado no existe vínculo laboral no societario, lo cual construye un atractivo más para la implementación de este contrato, ya que el franquiciante puede multiplicar indefinidamente su actividad, sin necesidad de establecer sucursales con personal dependiente.

Otorgamiento del territorio: se define un territorio exclusivo, cuyos límites pueden estar representados por una zona delimitada por calles, por municipios, una región o un país y dentro de la cual el franquiciante concede al franquiciado el derecho de utilizar la marca y el sistema de operaciones definidos en el contrato.

Los temas importantes de este punto son el otorgamiento o no de territorio exclusivo por parte del franquiciante y el derecho que este tiene de aprobar o no el futuro emplazamiento de la franquicia. Esto último es fundamental, pues mas que una restricción debería ser un servicio de asesoramiento.

Pago de derechos por la franquicia: es el pago inicial de una suma de dinero que el franquiciado paga al franquiciante en contraprestación al otorgamiento de la franquicia y que permite generalmente al franquiciante recuperar los costos relacionados con la venta de la franquicia, con el soporte al franquiciado, etc.

Regalías: equivalente al pago de una suma de dinero, generalmente definida como un porcentaje de las ventas brutas originadas por el franquiciado, la cual abona periódicamente al franquiciante. Este período puede establecerse de forma semanal, quincenal, mensual, etc. Las regalías están destinadas a solventar costos de estructura, de soporte y asistencia.

Período de vigencia y renovación: el período de vigencia es el acordado por las partes durante el cual el franquiciado desarrollará el sistema de franquicias otorgado por el franquiciante, bajo las modalidades establecidas en el contrato. Así mismo, las partes podrán establecer la renovación automática del contrato por períodos equivalentes al inicial pactado.

Incumplimiento y extinción: se describen determinadas conductas contrarías a las pautas establecidas en el contrato, que representan su incumplimiento, estableciéndose que las mismas derivarán en la extinción automática del mismo, por culpa de la parte que hubiere incumplido. Las causas de rescisión deben estar claramente especificadas, lo que significa que no puede tratarse de razones poco transparentes o subjetivas.

Publicidad y marketing: las partes acuerdan en el contrato la implementación de un sistema de marketing y publicidad que se deberá llevar acabo para promocionar el desarrollo de la franquicia, ya sea en periódicos, televisión, Internet u otros medios.

Generalmente se establece en el contrato la formación de un fondo de publicidad administrado por el franquiciante, al que cada franquiciado perteneciente a la misma franquicia contribuye periódicamente, con una suma equivalente a un porcentaje de las ventas brutas que origine por el desarrollo de la franquicia en su territorio exclusivo.

Ubicación, remodelación y apertura del local: las partes acuerdan en el contrato todas las características relativas a la ubicación, decoración, diseño exterior e interior, remodelación, oportunidad y condiciones de apertura del local del franquiciado, de modo tal que todos los locales en los que se desarrolle la franquicia otorgada por el franquiciante brinden la misma apariencia y se desempeñen bajo idénticas modalidades.

Equipos, accesorios y mobiliarios: también se establece contractualmente las características de los equipos, accesorios y mobiliario que deberá adquirir el franquiciado para desarrollar óptimamente la franquicia. Las pautas acerca de las especificaciones de marcas y tipos requeridos para la implementación de la franquicia son establecidas por el franquiciante, quien además podrá reservarse por el contrato la posibilidad de autorizar determinados suministros o proveedores exclusivos.

Capacitación y asistencia: el franquiciante provee al franquiciado y todo su personal la capacitación necesaria para desarrollar el sistema de franquicias, estableciéndose en el contrato el plazo y las modalidades según las cuales se complementara dicha capacitación. Así mismo, se establece generalmente en el contrato que el franquiciante otorgara asistencia al franquiciado tanto en la capacitación inicial como posteriormente durante toda la vigencia del contrato de franquicia.

El tipo de entrenamiento que debe tomar obligatoriamente el franquiciado – antes, durante y después del lanzamiento de la franquicia – tiene que estar claramente especificado. Si nada aparece en el contrato sobre este punto, entonces no es una franquicia seria.

Las partes acuerdan en el contrato todas las modalidades y limitaciones relacionadas con el uso de la marca de la cual es licenciatario exclusivo el franquiciante y cuyo derecho de uso otorga al franquiciado.

El tema de la marca es uno de los más delicados, pues en la mayoría de los casos su mal uso puede perjudicar a la empresa y al resto de los franquiciados. En el contrato se estipula como debe de utilizarse la marca, que el franquiciado no es dueño de ella, y que todos los derechos en relación con ella son del franquiciante.

Contabilidad y registros: se establecen contractualmente las pautas necesarias para que el franquiciado adapte su sistema de contabilidad y el mantenimiento de sus registros, al sistema implementado por el franquiciante.

Los reportes del franquiciado tienen dos propósitos: la supervisión de franquiciado y el asesoramiento. De los reportes surgen los problemas que el franquiciado pudiera tener y el consiguiente consejo del franquiciante sobre cómo sortearlo. El reporte más usual es el de ventas, pues de ahí se desprenden las regalías.

Normas de calidad y funcionamiento: son normas pactadas por las partes que tienen por finalidad establecer pautas y limites precisos relacionados con el procedimiento operativo, el funcionamiento y las reglas obligatorias dispuestas por el franquiciante, indispensables para el desarrollo de la franquicia.

En está sección del contrato debe quedar estipulada la uniformidad de toda la operación y de todos los productos.

Asistencia Operativa del Franquiciante al Franquiciado: el franquiciante se obliga contractualmente a brindar asistencia operativa al franquiciado en cuanto al desarrollo de la franquicia, en todo lo relativo a métodos de operación y servicios que el franquiciado debe brindar, y a las especificaciones y reglas obligatorias para el franquiciado establecidas en el contrato.

En este capítulo del contrato se habla, usualmente de que el manual de operaciones es estrictamente confidencial, y que toda modificación deberá acatarse de inmediato. Además, se deja en claro que es de propiedad del franquiciante.

Obligaciones del franquiciado: se consignan todas las obligaciones para el franquiciado relacionadas al desarrollo de la franquicia otorgada por el franquiciante durante la vigencia del contrato y bajo las modalidades en él establecidas, sin considerarse concreta dicha enunciación.

Seguros: el franquiciado se obliga a contratar todas las pólizas de seguro requeridas por el franquiciante, bajo las modalidades y con las características necesarias para desarrollar un sistema de franquicias.

Fianza y Fideicomiso: el franquiciado garantizará el cumplimiento de las obligaciones a su cargo en el contrato de franquicia mediante una fianza a favor del franquiciante. Por otro lado, el franquiciante se puede reservar el derecho a otorgar a la franquicia a través de un fideicomiso.

Derechos y deberes de las partes luego del vencimiento o extinción del contrato de franquicia: se enumeran todos los derechos y deberes para el franquiciante y el franquiciado una vez vencido el plazo de vigencia de la franquicia o bien extinguido el contrato por alguna de las causas previstas, los que se relacionan con el cese de uso de marca y el desarrollo de sistema de franquicias por parte del franquiciado, los pagos de todas las sumas adeudadas por este al franquiciante, devolución de materiales del franquiciante etc.

Penalidades: deben establecerse cláusulas penales que contemplen los casos de incumplimiento de ambas partes. La utilidad de está estipulación es enorme y conviene emplearla siempre que se tenga la menor duda de que una de las partes incurrirá en el hecho ilícito de incumplir en las cláusulas de un contrato.[48]

Notificación y domicilio: las partes fijan domicilios especiales a todos los efectos del contrato y establecen la forma en que se expedirán todas las notificaciones previstas en el mismo.

Derecho aplicable: las partes acuerdan las normas por las cuales resolverán sus discrepancias, es decir que queda libre la vía de la conciliación y el arbitraje como salida previa a la vía judicial.

Competencia y Jurisdicción: las partes acuerdan la forma y el lugar en que se resolverán sus discrepancias, pactando generalmente el sometimiento de la controversia en los tribunales correspondientes o a un proceso arbitral en su caso.[49]

Para evitar malas interpretaciones es frecuente que los contratos contengan un capítulo de definiciones que establezcan con claridad el significado que tendrán, para los efectos del contrato, ciertos términos utilizados en él. Asimismo, por ningún motivo el contrato debe garantizar al franquiciado ni el éxito del negocio ni las utilidades que alcanzará en el mismo, debido a que si por alguna razón no funcionara la nueva franquicia, el franquiciante se vería en la necesidad de responder legalmente por daños y perjuicios.

Tipos de franquicias

En relación a la exclusiva y al espacio geográfico en que el franquiciado ejerce su privilegio sobre la franquicia concedida, existen diversas clases de contratos:[50]

  • Franquicia Individual: mediante este tipo de franquicias se otorga a una persona física o moral un contrato específico por el que adquiere el derecho para desarrollar una unidad franquiciada.

  • Franquicia Regional: la franquicia regional tiene como objetivo que una persona física o moral desarrolle varias franquicias en una región particular, sea a través de la apertura de unidades propias o bien mediante el otorgamiento de subfranquicias.

  • Franquicia Maestra Internacional: es semejante a la regional. No obstante, lo que se pretende es que la persona física o moral que actúa como franquiciada desarrolle una franquicia en otro país.

Desde una amplia perspectiva económica las franquicias podrían diferenciarse en:

  • Franquicia de Producción: a través de ella el franquiciante cede al franquiciado, mediante contraprestación, una patente y/o un know-how técnico para la fabricación de los productos que se comercializan bajo la marca que distingue a la red, cuyo uso también se licencia, poniendo en conocimiento del franquiciado los procedimientos administrativos y de gestión, así como las técnicas de venta empleadas.

  • Franquicia de Formato de Negocio: En este tipo, el franquiciante le ofrece al franquiciado un negocio que ha sido estandarizado hasta en el mas mínimo detalle y reducido a manuales, de tal forma que en conjunto con la asistencia del franquiciante, le permiten al franquiciado operar de manera exacta a como lo haría el franquiciante en un negocio propio. El formato de negocios se refiere a todos los asuntos, incluyendo los aspectos técnicos, gerenciales, de mercadeo, de adecuación del local, de atención del cliente etc.

  • Franquicia por Conversión: son negocios en operación que eran independientes y que pueden convertirse al formato de negocios de franquicia en sí.

  • Franquicia de Servicio: es el tipo de franquicia más dinámica y con mayor proyección. El franquiciante cede los derechos de utilizar y comercializar una formula o sistema original de cualquier tipo de servicio con nombre ya acreditado y que ha demostrado su eficacia a nivel de aceptación. Este tipo de franquicias es el que tiene mayor auge en la actualidad.

  • Franquicia Córner: son franquicias para instalarse en un espacio reducido dentro de un tipo de negocio en particular, pero cuya actividad está de alguna forma relacionada o es complementaria al producto o servicio franquiciado.

  • Franquicia de Distribución: el franquiciante se limita a vender ciertos productos en un negocio que lleva la enseña de la franquicia.

  • REQUISITOS PARA FRANQUICIAR UN NEGOCIO.

Para expandir una empresa, bajo el sistema de franquicias, es necesario que el empresario se asegure que la actividad a desarrollar es realmente franquiciable. Para esto se requiere verificar y definir estrategias adecuadas de expansión y crecimiento del negocio basadas en estadísticas globales y datos suficientemente comprobados, fundamentados en la experiencia previa del negocio. También es recomendable que el franquiciante cuente con ciertos requisitos específicos para alcanzar con éxito dicho objetivo, dentro de los cuáles destacan los siguientes:

  • Tener un negocio rentable.

  • Que el negocio sea reconocido.

  • Que tenga un buen posicionamiento en el mercado.

  • Que su línea de productos o servicios tengan alta calidad.

  • Gozar de cierta antigüedad que avale su prestigio.

  • Manejar una serie de conceptos originales.

  • Rentabilidad y perspectivas de desarrollo aseguradas.

  • Que se le pueda enseñar a otros.

  • Que maneje una operación estandarizada y sin muchas variables.

  • Que no sea muy especializado o complicado de entender y trabajar.

  • Que pueda operar a larga distancia.

  • Haber experimentado la clonación de su negocio en una unidad piloto.

  • Que no dependa de un solo hombre.

Desgraciadamente en la realidad no todos los negocios cuentan con estos éstos elementos, de hecho ante la ley cualquier empresa que sea titular de una marca registrada o este tramitando una ante el SENAPI puede crear sin mayor problema una franquicia. Es así como muchas veces los franquiciados han sido embaucados por personas maliciosas, ignorantes o poco éticas que les han hecho creer la existencia de una buena idea comercializable o les han vendido formulas ineficaces a cambio de un canon de entrada.

Para Ramón Vinay, vicepresidente mundial de Francorp Internacional, empresa dedicada a la asesoría de franquicias, uno de los mayores problemas en el área comercial de la franquicia es que muchas empresas franquician por hambre, es decir que con tal de obtener dinero fácil, el franquiciante vende la cadena sin estar debidamente capitalizada y contar con un contrato bien definido[51]

Para evitar que se cometan estos abusos y se vendan franquicias chatarra, el franquiciado debe conseguir el máximo de información posible sobre la empresa por su propia cuenta.

La calidad de la información de la que disponga condicionará en gran medida la decisión que tome, así que debe ser sumamente cauto en la recopilación de datos y en su posterior análisis. En esta fase precontractual tan importante, el franquiciado debe ser insaciable y no conformarse nunca con la información que llegue a sus manos, sino que siempre debe de ser desconfiado e investigar a fondo sobre todas las cuestiones que considere importantes.

  • IMPORTANCIA DEL CONTRATO DE FRANQUICIA.

En Bolivia, así como en otros países donde la legislación sobre este tema es nula, este contrato va cobrando importancia a pasaos agigantados, pues día a día las relaciones comerciales buscan nuevas formas de contratación que brinden a amabas partes la seguridad necesaria para permitir la expansión de negocios nacionales, así como el ingreso de firmas comerciales internacionales, por ello el contrato de franquicia es considerado como la base legal para la relación existente en un sistema de franquicias y debe cubrir todos los aspectos del negocio, así como los derechos y obligaciones tanto del franquiciante como el franquiciado.

No se trata de un documento uniforme que recoge cláusulas tipo pues estos contratos pueden adoptar toda clase de modalidades dependiendo de su giro. Es más bien un documento estratégico que tiene forma jurídica y que constituye la garantía para las dos partes de que todo está perfectamente claro y definido.

Está de más establecer que su redacción requiere alta especialidad y experiencia, no sólo por el carácter técnico de las diversas áreas que abarca este contrato, sino por la inexistencia en el ordenamiento jurídico nacional de pautas o directrices que deben seguir los contratantes en la elaboración del mismo.

Es por esto que el contrato adquiere una gran relevancia pues es el único documento que puede regular la relación entre las partes, por lo que resulta óptimo que el franquiciante recurra al auxilio de un asesor legal que lo oriente sobre lo que está a punto de firmar.

La situación ideal nos llevaría por pura lógica a sugerir que en el diseño de los contratos de franquicia intervienen ambas partes, franquiciante y franquiciado, y que la negociación se desarrolla siguiendo un esquema participativo en el que cada uno aportara sus puntos de vista. Por desgracia, está posibilidad es remota, básicamente porque el origen de toda cadena de franquicia hay siempre un franquiciante, que es quien diseña, pone en marcha la iniciativa y hace de su idea un negocio exitoso. Los franquiciados se van incorporando al esquema a medida que la cadena toma forma, y cuando las reglas del juego están prácticamente definidas en su totalidad, por lo cual las posibilidades de que aporten sus puntos de vista a los aspectos contractuales del negocio son bastante limitadas o nulas.

Por esta razón, muchas veces se dice que algunos contratos de franquicia son leoninos, por que son acuerdos en que todas las ventajas y beneficios son acaparados por una de las partes ya que carecen de la equidad necesaria que requiere cualquier contrato.

Ante los argumentos expuestos, el franquiciado debe de adoptar una serie de precauciones antes de embarcarse a una aventura que, como ya se ha señalado, debe enfocar con visión a largo plazo y con criterio de seguridad y estabilidad. Es por ello que la negociación del contrato de franquicia es crucial para el franquiciado, pues lo que está en juego es su futuro personal y profesional.

  • CONTRATOS AUXILIARES.

La operación de una franquicia es un proceso sumamente complicado, lo cuál exige al franquiciante confeccionar un contrato minucioso y exacto que valga como fundamento para operar un negocio de franquicia. No obstante, en la relación franquiciante – franquiciado existen cuestiones que, a pesar de quedar reguladas en el contrato de franquicia, conviene prestarles mayor protección a través de contratos anexos o auxiliares.

Los contratos auxiliares que se usan con mayor frecuencia para proteger a la franquicia son los siguientes:

  • El Contrato de Comodato sobre los Manuales: en este contrato se estipula el derecho que tiene el franquiciado de usar los manuales, así como su obligación de regresarlos en cuanto le sean solicitados o sea terminado el contrato de franquicia ya que le fueron otorgados en calidad de préstamo.

  • El Contrato de Confidencialidad entre el Franquiciante y el Franquiciado: al ingresar al sistema de franquicia el franquiciado tendrá acceso a información confidencial propiedad del franquiciante a través de sus manuales y otros medios. Es por ello que mediante el contrato de confidencialidad el franquiciado convendrá y aceptará tomar todas las medidas necesarias para preservar y proteger dicha información de su franquicia, ni utilizara por sí o por terceros durante y después de la vigencia del contrato de franquicia.

  • El Contrato de Confidencialidad celebrado entre el Franquiciado y sus Empleados: Mediante este contrato el franquiciado se asegura de que sus trabajadores respeten la información confidencial contenida en el contrato de franquicia.

  • El Contrato de uso de Software: este tipo de contrato es muy común en la actualidad, pues casi todas las franquicias operan con un software especializado. Sin embargo, este contrato puede darse en dos modalidades:

El celebrado entre un proveedor externo que desarrolla el software y el franquiciado, y el celebrado entre el franquiciante y el franquiciado, cuando el primero es propietario del software. En ambos casos el franquiciado recibe el derecho de usar el software bajo ciertas condiciones, como protegerlo contra cualquier acto de piratería.

  • El Contrato de Suministro o Abastecimiento: a fin de mantener la uniformidad y la calidad de los productos en todas las unidades franquiciadas, se celebra este contrato auxiliar en virtud del cual el franquiciado se obliga a adquirir determinado producto con un proveedor particular.

  • Contrato de Arrendamiento Puro o Financiero: este contrato auxiliar se celebrará cuando el equipo o el bien inmueble donde vaya a operar la nueva unidad franquiciada sea de la propiedad del franquiciante, por lo que este se lo rentara al franquiciado por un período de tiempo determinado.

No obstante de lo anterior, no es un requisito formal el anexar este tipo de contratos pues se pueden incluir sin ningún problema en el contrato de franquicia todas las obligaciones y derechos que se consideren fundamentales para normar la relación entre el franquiciante y el franquiciado. Sin embargo, se recomienda recurrir a los contratos auxiliares con el objeto de facilitar la aplicación y entendimiento del contrato de franquicia, que como ya lo había dicho antes constituye la base legal de la operación.

Propuesta

Como propuesta del presente trabajo de investigación se ha elaborado el siguiente proyecto para incorporación de un nuevo capitulo en nuestro Código De Comercio.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Introducción.- El presente proyecto busca crear la seguridad jurídica necesaria para proteger tanto a franquiciantes como a franquiciados paraqué a la hora de realizar un contrato de esta naturaleza, tengan el marco legal necesario y la certeza de que la franquicia que se adquiere o transfiere, así como la identidad del franquiciado son licitas y fiables.

Justificación.- En nuestro país día a día crecen las relaciones comerciales, más aun con el ingreso a nuestro mercado de firmas internacionales que operan bajo la modalidad de la franquicia, y que son fuentes de numerosos empleos así como grandes contribuyentes para el fisco.

El contrato de franquicia adquiere en estos casos una importancia aun mayor pues es el único que puede regular estas relaciones de una manera efectiva, ni existe tampoco un modelo de contrato al que pueda adaptarse estos grande capitales extranjero a sí como los nacionales para expandir mas rápidamente sus negocios generando así mayor cantidad de fuentes de trabajo, movimiento económico en las regiones de nuestro país, generar ingresos para el Estado, etc.

Por ello es necesario fortalecer nuestro actual código de comercio agregando un capitulo específico que regule el contrato de franquicia, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

PROYECTO DE INCORPORACIÓN DE UN CAPITULO AL CÓDIGO DE COMERCIO.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. Declárese la necesidad de reformar el Código De Comercio incluyendo el Capitulo VII dentro del Título VI del Libro Tercero que quedará redactado de la siguiente manera:

CAPITULO VII.

CONTRATO DE FRANQUICIA

Artículo 1302.- (Concepto).- Existirá contrato franquicia, cuando con la licencia de uso de una marca se transmitan conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica, para que la persona a quien se le concede pueda producir, vender bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el titular de la marca, tendientes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios a los que ésta distingue.

Artículo 1303.- (Información precontractual al potencial franquiciado.). Con una antelación mínima de veinte días a la firma del contrato de franquicia o a la entrega por parte del futuro franquiciado al franquiciador de cualquier pago, el franquiciador o franquiciado principal deberá dar por escrito al potencial franquiciado la siguiente información veraz y no engañosa.

  • Datos de identificación del franquiciador: nombre o razón social, domicilio y datos de inscripción en el Registro de Franquiciadores, así como, cuando se trate de una compañía mercantil, capital social recogido en el último balance, con expresión de si se halla totalmente desembolsado o en qué proporción y datos de inscripción en el Registro de Comercio, cuando proceda.

  • Cuando se trate de franquiciadores extranjeros, además, los datos de inscripción en los registros de franquiciadores a que vengan obligados, de acuerdo con las leyes de su país o Estado de origen. De tratarse de franquiciado principal se incluirán, además, las circunstancias anteriores respecto a su propio franquiciador.

  • Acreditación de tener concedido para Bolivia, el título de propiedad o licencia de uso de la marca y signos distintivos de la entidad franquiciadora; y de los eventuales recursos contra aquéllos, si los hubiere, con expresión, en todo caso, de la duración de la licencia.

  • Descripción general del sector de actividad objeto del negocio de franquicia, que abarcará los datos más importantes de aquél.

  • Experiencia de la empresa franquiciadora, que incluirá, entre otros datos, la fecha de creación de la empresa, las principales etapas de su evolución y el desarrollo de la red franquiciada.

  • Contenido y características de la franquicia y de su explotación, que comprenderá una explicación general del sistema del negocio objeto de la franquicia, las características del 'saber hacer' y de la asistencia comercial o técnica permanente que el franquiciador suministrará a sus franquiciados, así como una estimación de las inversiones y gastos necesarios para la puesta en marcha de un negocio tipo. En el caso de que el franquiciador haga entrega al potencial franquiciado individual de previsiones de cifras de ventas o resultados de explotación del negocio, éstas deberán estar basadas en experiencias o estudios, que estén suficientemente fundamentados.

  • Estructura y extensión de la red en Bolivia, que incluirá la forma de organización de la red de franquicia y el número de establecimientos implantados en Bolivia, distinguiendo los explotados directamente por el franquiciador de los que operan bajo el régimen de cesión de franquicia, con indicación de la población en que se encuentran ubicados y el número de franquiciados que hayan dejado de pertenecer a la red en Bolivia en los dos últimos anos, con expresión de si el cese se produjo por expiración del término contractual o por otras causas de extinción.

  • Elementos esenciales del acuerdo de franquicia, que recogerá los derechos y obligaciones de las respectivos partes, duración del contrato, condiciones de resolución y, en su caso, de renovación del mismo, contraprestaciones económicas, pactos de exclusivas, y limitaciones a la libre disponibilidad del franquiciado del negocio objeto de franquicia.

Artículo 1304.- (Deber de confidencialidad del franquiciado). El franquiciador podrá exigir al potencial franquiciado un deber de confidencialidad de toda la información precontractual que reciba o vaya a recibir del franquiciador.

Artículo 1305.- (Retribución Económica). El Franquiciador regulará la retribución económica que el franquiciado deberá pagar por lo derecho cedidos por el contrato de franquicia.

Artículo 1306.- (Registro de Franquicias). Las franquicias serán registradas en Servicio Nacional de Registro de Comercio, mediante los procedimientos establecidos en este código.

Artículo 1307.- (Derechos Especiales del Franquiciador). El franquiciador conserva el derecho a introducir en la actividad franquiciada las modificaciones crea pertinentes en cuanto se refiere a los derechos cedidos con la franquicia.

Articulo 1308.- (prohibición de Franquiciar). Queda prohibido Franquiciar negocios que se encuentre en trámite de quiebra o liquidación.

Conclusiones y recomendaciones

La franquicia tal y como la conocemos hoy en día surgió en Estados Unidos a mediados del siglo XIX. Pero en realidad las franquicias no tuvieron el apoyo y el reconocimiento público hasta un siglo después cuando varios negocios dedicados a diferentes giros comenzaron a utilizarlas con gran éxito

La expansión que se ha experimentado en el terreno de las franquicias en otros países no ha sido menos impresionante que en Estados Unidos. La internacionalización de la franquicia se ha facilitado principalmente por la globalización de los mercados, la interrelación de los países y la creación de zonas de libre comercio. De esta forma las marcas, los conceptos y las grandes ideas han llegado a los demás países con mucha mayor velocidad, agilizando el aterrizaje y la promoción a nivel mundial de una franquicia extranjera.

A falta de una regulación legal específica, la relación entre el franquiciante y el franquiciado se plasma en un contrato de franquicia. Este instrumento debe ser sumamente minucioso y cubrir todos los aspectos referentes al negocio franquiciado, y principalmente definir los derechos y obligaciones de las partes. Ahora bien, dada su naturaleza sui generis, este contrato es sumamente complejo y dado su particular dinamismo se encuentra sujeto a una basta normativa legal, prevaleciendo sobre todo la voluntad de las partes y los términos que estos quieran obligarse.

Los elementos de existencia y validez de un contrato de franquicia son los mismos de cualquier contrato. Su clasificación según sus características es la siguiente: mercantil, principal, bilateral, oneroso, conmutativo, intuito personae, formal, de tracto sucesivo, innominado, generalmente de adhesión y atípico.

Es indudable que la falta de asesoría jurídica, generalmente por parte del franquiciado es una de las principales causas de que en el contrato de franquicia se cometan una serie de abusos y arbitrariedades por parte del franquiciante, pero también se debe de reconocer que la carencia de una legislación adecuada impide que las partes involucradas en dicho contrato, conozcan de antemano los lineamientos que permitan una relación equitativa entre el franquiciante y el franquiciado.

La incorporación del Contrato de Franquicia al Código de Comercio sería de gran relevancia para las partes. Hasta ahora este negocio ha funcionado de una forma atípica. Por un lado, el franquiciante lleva las mayores ventajas de la negociación, puesto que el franquiciado se suscribe sumisamente a un contrato de adhesión mediante cual acepta todos los términos y condiciones establecidos por el franquiciante, vulnerando inclusive en algunos casos a la misma CPE. Por otro lado, el franquiciado se ve atraído por la garantía de " éxito rápido y seguro "y por la fuerte ilusión de hacer realidad el sueño de manejar un negocio propio, sin saber que realmente podría ser defraudado.

La propuesta de incorporar el contrato de franquicia al Código de comercio tendrá necesariamente ventajas y desventajas, pero el hecho de que exista una normatividad brinda una mayor seguridad a las partes al saber el sentido de la legalidad o ilegalidad del esquema, y obviamente el hecho de que exista la ley permitirá conocer la directriz para operar de una manera mas segura que permita a cada parte hacer negocios seguros y que proteja contra posibles fraudes.

Por último hay que tener en cuenta que todo negocio puede ser susceptible a poderse Franquiciar, sin embargo no necesariamente todas las empresas deberían franquiciarse, por lo que es fundamental que el dueño de la marca y el interesado en adquirirla se cuestionen sobre la viabilidad de la cadena. Una marca popular y un sistema operativo probado pueden ofrecer una oportunidad competitiva muy interesante, pero en Bolivia últimamente se está presentando el caso de que la inmensa mayoría de las franquicias son desconocidas, no probadas y con cuotas o regalías que difícilmente se pueden justificar.

Para finalizar el presente trabajo de investigación, se recomienda que el mismo sea remitido al Honorable Congreso Nacional para que un futuro próximo se puedan introducir a nuestro Código de Comercio las modificaciones propuestas y sean estas de beneficio para todos los bolivianos, sobre todo para quienes tiene interés en realizar negocios mediante la modalidad de las franquicias.

Bibliografía

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SÁNCHEZ MEDAL, Ramón: "De los Contratos Civiles": Ed. Porrúa, México 1994.

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LEGISLACIÓN.

CÓDIGO CIVIL; Ed. Serrano, Cochabamba, 1995.

CÓDIGO DE COMERCIO; Ed. Serrano, Cochabamba, 1995.

MÉXICO, ley de propiedad industrial reformada 2006.

RECURSOS DE INTERNET.

http://noticias.jurídicas.com

http://www.congreso.gov.bo

http://www.google.com.bo

http://www.monografias.com

Anexos

ANEXO Nº 1

CUESTIONARIO PARA EMPRESARIOS.

  • ¿Qué clase de actividad Comercial regenta o administra?

  • ¿Bajo que régimen legal se encuentra su actividad comercial?

  • ¿En su actividad comercial a utilizado la modalidad del contrato de franquicia?

  • SI NO ¿porqué?

  • Si la respuesta a la anterior pregunta es si, indique que beneficios o perjuicios ha obtenido para su actividad económica.

  • ¿Cree usted necesario incorporar el contrato de Franquicia en nuestra legislación?

  • ¿Nuestra actual legislación, le brinda a Usted en su calidad de franquiciante o empresario, la seguridad necesaria en caso de realizar un contrato de franquicia?

CUESTIONARIO PARA PARTICULARES.

  • ¿Tiene usted interés en comprar una franquicia?

  • SI NO ¿porqué?

  • ¿entiende cual es el riesgo que se corre al no conocer bien a la empresa franquiciante?

  • ¿Cree usted necesario incorporar el contrato de Franquicia en nuestra legislación?

  • ¿Nuestra actual legislación, le brinda a Usted en su calidad de persona natural o colectiva, la seguridad necesaria en caso de obtener una franquicia?

ANEXO Nº 2

PROCESAMIENTO, ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS.

RESULTADO DE LA ENCUESTA A INDUSTRIALES PROPIETARIOS DE DE UNA FRANQUICIA INTERESADOS EN COMERCIALIZARLA.

Se ha tomado como muestra a las tres empresas más grandes de Bolivia que operan mediante la modalidad de la franquicia que representan al 100% de industriales titulares de franquicias las cuales respondieron al cuestionario de la siguiente forma:

A la primera pregunta ¿Qué clase de actividad Comercial regenta o administra? la respuesta fue la siguiente:

 

Tabla Nº 4.1.1.

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

CRITERIOS

%

BEBIDAS

2

67%

ALIMENTOS

1

33%

Gráfico 4.1.1.

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

edu.red

A la pregunta ¿Bajo que régimen legal se encuentra su actividad comercial? Todos los entrevistados respondieron que su empresa se encuentra bajo el régimen de S.A. (Sociedad Anónima), cuyos resultados pueden observarse a continuación:

 

Tabla 4.1.2.

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

CRITERIOS

%

S.A.

3

100%

OTRAS

0

0%

Gráfico 4.1.2.

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

edu.red

A la pregunta ¿En su actividad comercial a utilizado la modalidad del contrato de franquicia? La respuesta de los entrevistados se muestra a continuación:

Tabla Nº 4.1.3

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

CRITERIOS

%

SI

3

100%

NO

0

0%

Gráfico 4.1.3

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

edu.red

A la pregunta ¿Cree usted necesario incorporar el contrato de Franquicia en nuestra legislación? La respuesta fue la siguiente:

Tabla 4.1.4.

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

CRITERIOS

%

SI

3

100%

NO

0

0%

 

 

Gráfico 4.1.4.

edu.red

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

A la pregunta ¿Nuestra actual legislación, le brinda a Usted en su calidad de franquiciante o empresario, la seguridad necesaria en caso de realizar un contrato de franquicia?, la respuesta fue la que se muestra en el cuadro y gráfico siguientes.

 

Tabla 4.1.5.

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

CRITERIOS

%

SI

2

67%

NO SABE

1

33%

Gráfico 4.1.5

Encuesta a Industriales propietarios de franquicias

edu.red

RESULTADO DE LA ENCUESTA A PARTICULARES INTERESADOS EN OBTENER UNA FRANQUICIA.

Para la presente investigación se ha tomado como muestra a diez empresarios privados con sede en la ciudad se Sucre que tengan interés en adquirir una franquicia y los resultados a la entrevista pregunta por pregunta se muestra a continuación:

A la pregunta · ¿Tiene usted interés en comprar una franquicia? La respuesta fue:

Tabla 4.2.1.

Cuestionario A Empresarios Particulares

CRITERIOS

%

SI

6

60%

NO

4

40%

Gráfico Nº 4.2.1.

Cuestionario A Empresarios Particulares

edu.red

A la pregunta ¿Entiende cual es el riesgo que se corre al no conocer bien a la empresa franquiciante? La respuesta fue la que se muestra en la tabla y gráfico siguientes:

Tabla Nº 4.2.2.

Cuestionario A Empresarios Particulares

CRITERIOS

%

SI

2

20%

NO

4

40%

NO SE

4

40%

Gráfico Nº 4.2.2.

Cuestionario A Empresarios Particulares

edu.red

A la pregunta · ¿Cree usted necesario incorporar el contrato de Franquicia en nuestra legislación? La respuesta fue afirmativa como se ve a continuación:

Tabla 4.2.3.

Cuestionario A Empresarios Particulares

CRITERIOS

%

SI

7

70%

NO

3

30%

Grafico Nº 4.2.3

Cuestionario A Empresarios Particulares

edu.red

A la última pregunta del cuestionario ¿Nuestra actual legislación, le brinda a Usted en su calidad de persona natural o colectiva, la seguridad necesaria en caso de obtener una franquicia? La respuesta dada por los entrevistados fue la siguiente:

Tabla 4.2.4.

Cuestionario A Empresarios Particulares

CRITERIOS

%

SI

2

40%

NO

4

40%

NO SABE

4

20%

Gráfico Nº 4.2.4.

Cuestionario A Empresarios Particulares

edu.red

De los datos analizados se obtiene que existe en nuestro medio una imperiosa necesidad de modificar nuestro código de comercio incluyendo el contrato de franquicia como para de nuestro ordenamiento jurídico, ya que es una de las mas nuevas formas de comercio tal como lo muestran los resultados de la entrevistas.[52]

 

 

 

Autor:

Dr. Eduardo Pérez Salazar

Magíster en Derecho Civil

Sucre, Bolivia.

[1] GONZALES CALVILLO, Enrique y Rodrigo, " Las Franquicias la Revolución de los 90 ":Ed. Mc Graw Hill, México 1994, pp. 32.

[2] HERNANDO GIMENéZ, Aurora " El contrato de la Franquicia de Empresa ": Ed. Civitas, Madrid 2000, pp. 11.

[3] Ver www.conferco.es/franquic/franpas1.htm Fecha de consulta 4 de septiembre de 2003.

[4] GONZÁLEZ CALVILLO, Enrique, " La Experiencia de las Franquicias ": Ed. Mac Graw Hill, México 1994, pp. 36.

[5] CHULÍA, Vicent, BELTRÁN, Teresa, " Aspectos Jurídicos de los Contratos Atípicos ": Ed. Bosch, España 1999, pp. 171.

[6] 13 RAAB, Steven, MATUSKY, Gregory, " Franquicias: Como Multiplicar su Negocio ": Ed. Limusa, México 2002, pp. 31.

[7] Ver http://www.grupovenado.com reseña histórica

[8] Ver: http://www.cotas.net/noticias/default.aspx?posicion=1045

[9] GONZALES CALVILLO, Enrique y Rodrigo, " Las Franquicias la Revolución de los 90 ":Ed. Mc Grawhill, México 1994, pp. 35.

[10] GOZALEZ CALVILLO, Enrique y Rodrigo, " Franquicias: La Revolución de los 90 ": Ed. Mc Graw Hill, México 1991, pp. 53.

[11] Ver http://www.latintrade.com/newsite/esp/content/archives.cfm?StoryID=1656 Fecha de consulta 28 de octubre de 2003.

[12] TORRES DE LA ROSA, Alejandra, " El Contrato de Franquicia en el Derecho Mexicano ", Ed. Porrúa, México 2000, pp. 44.

[13] FARINA, JUAN M., CONTRATOS COMERCIALES MODERNOS, Modalidades de Contratación Empresaria, Ed. ASTREA, año 1994, Pag.455.

[14] ROMERO JOSE I., MANUAL DE DERECHO COMERCIAL Parte General, Ed. Depalma, año1996, pag.317.

[15] MESSINEO Francesco, "Manual De Derecho Civil Y Comercial", Tomo IV, Ed. Jurídicicas Europa – América, Buenos Aires 1955, pp. 435.

[16] SARAVIA, Imaña Max Benjamín, "Manual Practico de Contratos", Ed. Jurídica Temis, La Paz – Bolivia 2005, pp. 16.

[17] DI COSTANZO, Juan, " Desarrollo de Sistema de Franquicias ": Ed. Mac Graw Hill, México 1997, pp. 62.

[18] DE PINA Rafael, " Derecho Civil Mexicano ": Ed. Porrúa, México 1960, pp. 264.

[19] OSSORIO, Manuel, "Diccionario de ciencias Jurídicas Políticas y Sociales": Ed. Heliasta, Brasil 2002, pp. 242.

[20] Ídem, pp. 233.

[21] GUTIERRES Y GONZALEZ, Ernesto, " Derecho de las Obligaciones ": Ed. Porrúa, México 2002, pp.298 – 319.

[22] Ibídem, pp. 319 – 435.

[23] SANCHEZ MEDAL, Ramón, " De los Contratos Civiles " : Ed. Porrúa, México 1994, pp.171.

[24] GUTIERRES YGONZALEZ, Ernesto, " Derecho de las Obligaciones "Ed. Porrúa, México 2002, pp. 399.

[25] SANCHEZ MEDAL, Ramón, " De los Contratos Civiles " : Ed. Porrúa, México 1994, pp.175.

[26] LAIRD SIEGEL, WILLIAM, Franchising, Pág. 8. Dicen Cook, Cecilia – Iturralde, María C., y otros, Franchising, en "Derecho Económico", N°14, Pág. 119.

[27] ROMERO JOSE I., MANUAL DE DERECHO COMERCIAL Parte General, Ed. Depalma, año1996, pag.317.

[28] FARINA, JUAN M., CONTRATOS COMERCIALES MODERNOS, Modalidades de Contratación Empresaria, Ed. ASTREA, año 1994, Pag.-451.

[29] CLIMENTE, ENRIQUE, Franchising in Spain. Synopsis, International Bar Association, SBL, 8 Conference, Londres, 1987.

[30] ESPALIAT CANU, Mauricio, ESPALIAT PLANAS, Patricia, " Franquicia: Una Alternativa de Trabajo Independiente ": Ed. Windsor, Madrid 2002, pp. 1.

[31] KOTHLER, Phillip, " Dirección de la Mercadotecnia ": Ed. Prentice Hall, México1980, pp. 42.

[32] PEDREÑO, Pedro, " Que es el Franchising ": Ed. Gudiana, Madrid 1973, pp. 175.

[33] La EFF (European Franchise Federation) fue constituida en septiembre de 1972 con el fin de estudiar detallada y objetivamente la relación de la franquicia, promocionarla como alternativa de negocio y defiende los intereses de sus integrantes. Está Federación elaboro el Código Deontológico Europeo de la Franquicia para reflejar la conducta que deben seguir los usuarios del sistema de franquicias en Europa.

[34] El Instituto internacional para la unificación del derecho privado (UNIDROIT) es una organización intergubernamental independiente con cede en Roma. Su finalidad es el examen de las vías y los métodos para la modernización, la armonización y la coordinación del derecho privado, en particular del derecho comercial, entre los Estados y entre grupos de Estados.

[35] MAZAROTI, Osvaldo, " Sistemas de distribución Comercial ": Ed. Astrea, Buenos Aires 1992, pp. 204.

[36] GUYENOT, Jean, " Que es el Franchising ": Ed. Ejea, Buenos Aires 1977, pp. 19.

[37] FARINA, Juan Manuel, " Contratos Comerciales Modernos ": Ed. Astrea, Buenos Aires 1993, pp. 386.

[38] DÍAZ BRAVO, Arturo, " Contratos Mercantiles ": Ed. Oxford, México 2002, pp. 296

[39] ARCE GARGOLLO, Javier, " Contratos Mercantiles Atípicos ": Ed. Porrúa, México 2000, pp. 362

[40] Ver http://www.derechocomercial.edu.uy/ClaseFranqGP.htm Fecha de consulta 7 de septiembre del 2003.

[41] Ver http://www.franquiciasdemexico.org/artvalordeunafranquicia.html Fecha de consulta 14 de septiembre del 2003.

[42] Ver www.elcontratodefranquica.com.htm Fecha de consulta 9 de septiembre del 2003

[43] Ley de marcas de 15 de enero de 1918, Art. 1.

[44] Ver http://es.wikipedia.org/wiki/Patente

[45] ARCE GARGOLLO, Javier, " El Contrato de Franquicia ": Ed. Themis, México 1994, pp.40.

[46] Ver www.desados.com/emprendedores/la%20franquiciahtm Fecha de consulta 10 de septiembre de 2003.

[47] FEHER TOCATLI, Ferenz, GALLÁSTEGUI, Juan Manuel, " Las Franquicias: un efecto de la Globalización ": Ed. Mc Graw Hill, México 2001, pp.63.

[48] GUTIéRREZ Y GONZALEZ, Ernesto, " Derecho de las obligaciones ": Ed. Porrúa, México 2002, pp.638.

[49] Ver http://www.guiaburzaco.com.ar/Franchising.htm Fecha de consulta 12 de octubre de 2003.

[50] KAUFFMANN, David, " Franchising: Business Strategies and legal Compliance ", estudio que forma parte de una obra con el mismo título y varios autores, Nueva York 1998, pp.53.

[51] Ver www.ameri.com/apartados/articulos/art270803/franquicia.htm Fecha de consulta 7 de cotubre de 2003.

[52] Todo los cuadros y gráficos presentados son de elaboración propia

Partes: 1, 2, 3
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