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Plan Nacional de Política Criminal del estado dominicano (página 3)


Partes: 1, 2, 3, 4

Con respecto, al conjunto de medidas de aplicación inmediata, parece más adecuado que el gerenciamiento de los programas recaiga en manos de la institución en cuyo ámbito se desenvuelven los operadores, con participación eventual y articulación de otros actores institucionales y con comunicación a la Procuraduría General de la República.

La comunicación

Un plan de las características expuestas e, incluso, el conjunto de medidas de aplicación inmediata, necesita contar con un Plan de Comunicación con objetivos y estrategias bien definidas, tal como lo contempla el PSDRD.

A través del mismo debe procurarse la divulgación intra-institucional de las bases y medidas inmediatas de la política criminal, incluyendo todos los operadores del sistema de justicia penal (jueces, defensoría pública, policía), para que puedan intervenir como ejecutores positivos de las acciones contempladas y para construir el necesario consenso. También debe dirigirse a los demás los actores institucionales que actúan por afuera del sistema penal (secretarías de estado, municipios, organizaciones no gubernamentales, etc.), a fin de reforzar el proceso de conocimiento de los presentes lineamientos y acciones, responsabilizar a las instituciones involucradas y lograr la cooperación necesaria para la mejor implementación de las medidas propuestas.

Por otra parte, también debe fomentarse el conocimiento de la población civil sobre este sector de la política criminal estatal, informando sobre las decisiones de política institucional relacionados con los problemas más importantes y sobre las previstas formas de participación ciudadana.

Al respecto no puede perderse de vista que, como se ha reconocido, la seguridad ciudadana "es una tarea normativa, institucional, operativa, educativa, pero también una batalla comunicacional y mediática, de símbolos, códigos y señales que son percibidas cotidianamente por la población que se presenta en el terreno de los medios de comunicación y agenda pública" [35]

Por ello resulta necesario orientar la acción comunicacional a la construcción de confianza y credibilidad de los organismos estatales, fortalecer el sentimiento de protección y favorecer la confianza en los propios medios de las personas [36]como formas de mejorar en el terreno de las percepciones de la inseguridad y a través de formas que permitan reconocer el liderazgo institucional, el cambio de rumbo y las acciones concretas.

La difusión general constituye una acción de apoyo a las acciones específicas que se proponen, pero también puede contribuir a fortalecer el sentimiento de seguridad de las personas al trasmitir la idea de que las instituciones se están ocupando de sus problemas. Por supuesto, no deben alimentarse expectativas irrealizables, pues estrategias de esta naturaleza suelen transformarse en un verdadero boomerang de claros efectos adversos.

En cuanto a las estrategias, medios y acciones concretas a desplegar, deben tenerse en cuenta los canales institucionales existentes, los destinatarios generales o específicos y los recursos económicos disponibles.

Para la comunicación intra e interinstitucional, pueden aprovecharse los sistemas de comunicación interna disponibles (boletines, direcciones electrónicas, foros de discusión), la realización de talleres, cursos de difusión y debate de los aspectos centrales o de acciones en particular, con participación de los sectores u organizaciones involucrados. A su vez, para la comunicación a nivel social pueden utilizarse las entrevistas de operadores o expertos sobre algunos problemas o modos de intervención en los principales medios de comunicación (televisión, radio y diarios), para instalar temas o plantear propuestas. Asimismo, debe considerarse la elaboración de productos comunicativos para la difusión en radios de menor alcance (comunitarias, de religiosas y comerciales de menor escala, etc.). Y también recurrir a afiches, folletos de difusión general o para sectores específicos y charlas explicativas en medios de inserción social.

Finalmente, no puede dejar de contemplarse un adecuado proceso de escalonamiento de las acciones comunicacionales, para que una acción no debilite o neutralice otra y para darle continuidad al Plan.

Propuestas de Ejecución Inmediata

A continuación se indica un conjunto de acciones que estimamos de ejecución inmediata o de corto plazo, que se han definido como formas de intervención urgente en relación a algunos de los problemas prioritarios destacados.

La Procuraduría General de la República junto a otras instituciones que han sido consultadas para la formulación de este documento, tales como la Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación, la Secretaría de Estado de Educación, Secretaría de Estado de Medioambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, Secretaría de Estado de la Mujer, Secretaría de Estado de Interior y Policía, la Comisión Nacional de Reforma del Estado, el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia y la Jefatura de la Policía Nacional, han identificado acciones concretas que pueden ser puestas en ejecución en lo inmediato por las distintas instituciones estatales correspondientes, mientras se elabora el Plan que se pretende.

Estas acciones constituyen un punto de arranque para el trabajo interinstitucional que se propone, pero también una respuesta a problemas urgentes que no justifican mayores dilaciones.

Para facilitar su análisis y consideración las hemos clasificado en acciones de carácter preventivo, preventivo-punitivo y de exclusiva orientación punitiva.

A. Acciones de Carácter Preventivo.

1. Control del expendio de bebidas alcohólicas.

Acciones: Promover la adopción de medidas dirigidas a:

  • a) Prohibir el expendio de bebidas alcohólicas a través del mecanismo de venta directamente al conductor en su automóvil (Drive-Thru);

  • b) Disponer una hora límite para el expendio de alcohol en los colmados;

  • c) Disponer una hora límite y días específicos para el expendio de alcohol en los lavaderos y otros establecimientos de diversión;

  • d) Controlar el cumplimiento de estas normas a través de los órganos y medidas que resulten adecuadas a tal fin.

Justificación: El control sobre la venta de bebidas alcohólicas procura reducir los efectos de un factor asociado a muchos delitos y a la violencia (riñas, homicidios, accionar de pandillas, delitos en el tránsito, etc.).

Institución responsable: Corresponde a la Procuraduría General de la República hacer la petición a las autoridades municipales y de salud pública, justificando la necesidad de la regulación. A las autoridades municipales les compete dictar las ordenanzas y controlar su cumplimiento.

Acciones: Plantear la necesidad de desarrollar un Programa de Regularización Gradual de los Vehículos del Transporte Público, que debe contemplar en una primera etapa, lo siguiente:

  • a) Disponer mecanismos visibles de identificación, tales como el pintado de los techos de los vehículos de transporte de pasajeros público, los servicios de taxi y otros.

  • b) Disponer la retención de los vehículos sin placa, depuración de su estatus, entrega previa justificación legal del derecho de propiedad.

  • c) Hacer un reempandronamiento de las unidades de transporte público urbano (buses, taxis, vehículos de alquiler, etc.), y exigir la verificación técnica de los automotores con cierta periodicidad.

Justificación: Los asuntos indicados no agotan los aspectos preocupantes vinculados con el tránsito, pero representan formas elementales de atender a la seguridad vehicular, para ir revirtiendo paulatinamente el caos del transporte público y del tránsito de los particulares.

Institución responsable: El Ayuntamiento del Distrito Nacional, y los Municipios de Santo Domingo y Santiago, como primeras áreas de desarrollo de las acciones. A tal fin, la Procuraduría General de la República solicitará, motivadamente, la adopción de las medidas indicadas.

3. Juegos de Azar.

Acción: a) Disponer el retiro de máquinas tragamonedas de colmados y otros lugares no apropiados ni autorizados;

B) Redoblar la vigilancia y otras medidas de control, para impedir la venta de bebidas alcohólicas en las bancas de apuestas.

Justificación: La popularización de estas máquinas y las características de accesibilidad de los colmados y otros lugares similares posibilita la presencia de menores de edad sin restricciones horarias, mientras los adultos y los propios menores consumen bebidas alcohólicas, todo lo cual es nocivo para el proceso de socialización de los niños y jóvenes.

Institución responsable: Los Municipios y Lotería Nacional. La Procuraduría hará una solicitud fundada a las autoridades municipales a tal fin.

4. Tránsito de vehículos.

Acción: a) Acentuar los controles sobre las licencias de los conductores, los seguros obligatorios, los principales mecanismos de seguridad de los vehículos y conductores (cascos de motociclistas, cinturón de seguridad);

B) Un mayor control sobre las autopistas, tanto en lo concerniente a las condiciones de preservación de la cinta asfáltica, vías de ingreso y egreso y la regulación de medios de transporte especiales (equipos pesados, maquinaria agrícola, etc.);

C) prevención de conductas riesgosas de peatones y ciclistas, además de la observancia de las normas de tránsito.

Justificación: Es indispensable comenzar a revertir también en este aspecto un generalizado estado de incumplimiento de las reglas específicas, que contribuye a la inseguridad de las calles y que favorece la pérdida del valor simbólico de las normas y de la ley. Las medidas aludidas deben ser el punto de partida mientras se diseña y se implementa un Plan Integral de Seguridad Vial.

Institución responsable: Los Municipios, Obras Públicas y Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) y Autoridad Metropolitana de Transporte de Santiago (AMETRASAN). Al efecto la Procuraduría General de la República hará una solicitud motivada a tales organismos.

5. Violencia en las Escuelas y Mediación Escolar.

Acción: Elaborar un Programa de Prevención de la Violencia y de Mediación Escolar, que contemple, entre otras acciones, las siguientes:

  • a) Medidas de concientización dirigidas a los jóvenes y a los maestros, a fin de propiciar el diálogo y desalentar las formas de comportamiento violentos (charlas, cine-debate, concursos literarios o artísticos, etc.);

  • b) Capacitación de los docentes en la detección temprana de actitudes y conductas agresivas;

  • c) Programas de apoyo a los docentes que se desempeñan en establecimientos escolares difíciles;

  • d) Desarrollo de estrategias para fomentar en los educandos prácticas de respeto y entendimiento, para aceptar diferencias, la diversidad cultural y el pluralismo;

  • e) Acciones que promuevan en los educandos la responsabilidad individual, asunción de reglas (autorregulación), tolerancia a la frustración, solidaridad, cooperación y el compromiso social;

  • f) Puesta en marcha de un Programa de Mediación Escolar, que permita establecer una instancia de resolución pacífica de conflictos en el ámbito de cada escuela, con capacitación de operadores (maestros y alumnos), para intervenir como facilitadores o mediadores.

  • g) Para situaciones más graves, la participación y acompañamiento de la Unidad de Atención a las Víctimas, dependiente de la Procuraduría General de la República, brindando medidas especiales de protección o asistencia, y derivando al sistema formal aquellos casos que no puedan resolverse en las instancias mediadoras.

Justificación: Las escuelas se han transformado en uno de los espacios donde se proyecta la violencia y poseen una alta capacidad para influir en comportamiento de los jóvenes fuera de la Escuela. Por ello, en varios países del mundo se han diseñado planes para reducir la intimidación y la violencia en las escuelas y en pro de soluciones pacíficas.

Institución responsable: Secretaría de Estado de Educación. A tal fin la Procuraduría coordinará con dicha Secretaría a los fines de procurar que esta elabore y ejecute dicho programa. A su vez, a la Procuraduría le corresponde ordenar lo pertinente en relación al literal g.

6. Programas deportivos en comunidades con alta conflictividad.

Acción: Crear canchas para la práctica de deportes y organizar y ejecutar programas deportivos en comunidades de alta conflictividad, como parte de una estrategia comunitaria de prevención de mayores alcances, con participación de los actores locales.

Justificación: La práctica deportiva puede servir como catalizador de la violencia, como mecanismo para la detección de actores locales y como elemento de cohesión social.

Institución responsable: La Secretaría de Estado Deportes, Educación Física y Recreación (SEDEFIR), a través del Programa Vida y Deportes. La Procuraduría General de la República puede participar en la selección de las comunidades que se elijan para la realización de las primeras actividades, sobre la base de pautas objetivas y adecuadas, acompañando la implementación del programa.

7. Emprendimientos productivos para jóvenes en riesgo en comunidades vulnerables.

Acción: Establecer emprendimientos productivos, a través de formación de pequeñas cooperativas, para jóvenes de zonas de alta marginación social y conflictividad, para facilitar el ingreso de jóvenes al campo laboral y productivo, procurando el apoyo de organizaciones públicas y privadas. Debiera diseñarse un sistema de incentivos para que las empresas privadas apadrinen algunos de estos emprendimientos.

Justificación: La falta de trabajo y de oportunidades laborales, aumenta la exclusión social y favorece la criminalidad. Es indispensable, plantear y ejecutar acciones de este tipo especialmente orientadas a los jóvenes, si se busca tener resultados satisfactorios en este campo. Es necesario aprovechar cierta capacidad de gestión instalada (Programa Promipyme y Trabajo Joven, por ejemplo) y la disposición existente en entidades empresariales, tal como acontece con la Cámara Americana de Comercio.

Institución responsable: La Secretaría de Estado de Trabajo y Secretaría de Industria y Comercio. La Procuraduría General de la República puede participar en la selección de las comunidades elegibles y acompañar la implementación del programa.

B. Acciones de Carácter Preventivo-punitivo.

Acción: A) Elaborar un Programa de Prevención y Control de la Trata de Personas y la Prostitución Infantil, que contemple lo siguiente:

  • a) Acciones de concientización que desalienten la exposición a las personas u organizaciones que se ocupan de ello.

  • b) Trabajar sobre sectores en riesgo, como los niños y niñas de la calle.

  • c) Establecer mecanismos para detectar y desalentar el denominado "turismo sexual" en nuestro país.

  • d) Declarar a ciertos centros turísticos, entre ellos Boca Chica, Cabarete y Sosua, como lugares para el "turismo familiar", con mayores restricciones para algunas formas de diversión y esparcimiento;

  • e) Establecer mecanismos de control estricto en lugares de diversión nocturna, para evitar la presencia de menores de edad en los mismos, especialmente en aquellos que puedan aparecer asociados con la oferta de prestaciones sexuales.

  • f) Mejorar el control de las fronteras y de las rutas marítimas utilizadas para el transporte ilegal de personas fuera del país.

  • g) Implementar las medidas de protección previstas en la ley 173-03.

B) Instar a los órganos del Ministerio Público a mejorar los mecanismos de detección, investigación y persecución penal, especialmente en relación a los delitos previstos en la ley 173 – 03, para lograr mayor efectividad en relación a la lucha de las formas de criminalidad organizada vinculada con el área descrita.

En especial, deberá considerarse la comercialización de la prostitución infantil por internet, estableciendo acciones especificas y estrategias de cooperación con aquellos países que tienen importancia como destinatarios de dicho comercio.

Justificación: Este tema ha sido considerado prioritario en la Declaración de Viena sobre la Delincuencia y Justicia: frente a los retos del siglo XXI (abril de 2000), fijando en el punto 14), el año 2005 como plazo para conseguir una disminución apreciable de esta delincuencia en el mundo. También la Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (56/261, enero de 2001), plantea la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces y sugiere algunas medidas específicas que corresponde tener en cuenta (cap. III). Por otra parte, la sanción de la ley 173 – 03, ofrece un mejor entorno normativo e impone la adopción de nuevas acciones en la dirección reclamada.

Institución responsable: En relación a las indicadas en A, Secretaría de Estado de la Mujer (acciones a, b y g); Secretaría de Turismo y Municipios (acciones d y e) Policía Nacional (acciones c y e) y Secretaría de Estado Relaciones Exteriores y Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas (acción f). En cuanto a las expresadas en B, corresponden a la Procuraduría General de la República y a la Policía Nacional. Comisión de Ejecución del Código para el Sistema de Protección y los Derecho Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.

  • 2. Violencia Intra-familiar y de Género.

Acción: Se proponen las siguientes acciones:

  • a) Establecimiento y/o fortalecimiento de los programas de atención a las víctimas de maltrato familiar (refugios, asistencia terapéutica, provisión de celulares para mujeres en riesgo, etc.);

  • b) Sensibilización de las instituciones que suelen detectar casos de violencia familiar, especialmente a las autoridades policiales, escolares y sanitarias, para que brinden la atención adecuada a las víctimas y, en su caso, procuren la intervención de las instituciones especializadas;

  • c) Fortalecer la actuación de las Fiscalías de Violencia contra la Mujer, en el ámbito del Ministerio Público, capacitando a los operadores, estableciendo protocolos de actuación (en especial en medidas de protección directas o jurisdiccionales) y construyendo redes para mejorar la ayuda a las víctimas;

  • d) Establecer programas terapéuticos para personas violentas, en el ámbito del sistema de salud pública;

  • e) Implementar un programa específico de resolución alternativa de estos conflictos, con perspectiva de género.

  • f) Establecer una línea 1 – 200 (gratuita) de ayuda y asesoramiento a víctimas en riesgo, y otra para la denuncia anónima de los casos de maltrato o abuso de niños, de los que se rendirá cuenta a los órganos correspondientes, entre ellos la Fiscalía de Violencia contra la Mujer.

Justificación: La violencia intrafamiliar es un problema serio en el país, afecta a personas vulnerables, entre ellos a muchos niños, y tiene un efecto reproductor de otras formas de conductas violentas. Véase también lo expuesto en el Cap. V, ap. B – 1.

Institución responsable: La Secretaría de Estado de la Mujer, el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia y la Procuraduría General de la República, a través del Ministerio Público de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia.

Acción: Se postulan las acciones siguientes:

  • a) Iniciar un programa de sensibilización, prevención y control de la corrupción en el ejercicio de la función policial, de los órganos del Ministerio Público y judiciales, que incluya mecanismos de detección más efectivos.

  • b) Elaborar un Repertorio de Medidas dirigidas a la Prevención y el Control de la Corrupción, que se hará llegar a los órganos gubernamentales, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación.

  • c) Encarar un programa de Recuperación de Activos producto de la Corrupción, seleccionando los casos existentes con mayor perjuicio para los fondos públicos.

Justificación: Los compromisos asumidos por el estado Dominicano al suscribir la Convención Interamericana contra la Corrupción. Si bien el fenómeno de la corrupción es muy complejo, la focalización inmediata en las áreas apuntadas, hace posible desencadenar mayores acciones y, en alguna medida, obtener resultados en el mediano plazo.

Institución responsable: Procuraduría General de la República.

  • 4. Lavado de activos y movimientos sospechosos de dinero.

Acción: Se propician las siguientes acciones:

  • a) Traducir en medidas y acciones concretas, la previsión de la ley 72-02 (art. 38 y sgtes.), contra el lavado de dinero, especialmente en orden al cumplimiento de las obligaciones impuestas a los sujetos que se ocupan de movimientos dinerarios indicados por la ley.

  • b) Poner en marcha la Unidad de Análisis Financiero, establecida en la ley (art. 57), previendo la integración con componentes profesionales provenientes de la autoridad financiera, Dirección Nacional de Control de Drogas y de la Procuraduría General de la República.

  • c) Propiciar el perfeccionamiento de los registros públicos de propiedades (inmuebles, vehículos, buques), de obligados tributarios, registro mercantil y de sociedades y los bancos de datos correspondiente a las declaraciones juradas de los obligados a rendirlas, facilitando el acceso a tales fuentes de información de la Unidad de Análisis Financiera y de la Procuraduría General de la República, en las condiciones que se establezcan.

  • d) Capacitar y tecnificar a las unidades fiscales que se ocupen de la investigación y persecución de estos delitos, a fin de que estén en condiciones de actuar con eficacia.

Justificación: La necesidad de adoptar estas medidas surge de lo dispuesto en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y sustancias psicotrópicas y la Convención Interamericana contra la Corrupción, a las que nuestro país se adhirió, y de las recomendaciones aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas (56/261, de enero de 2001), en las que se reclaman a los Estados la adopción de medidas de amplio alcance para abordar eficazmente el problema del lavado de dinero en todos sus aspectos.

Institución responsable: Comité Nacional contra el Lavado de Activos, del que la Procuraduría General de la República forma parte, y esta última en lo atinente al punto 2. Superintendencia de Bancos y Superintendencia de Valores. En lo tocante al literal d), el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia, conjuntamente con las demás instituciones responsables señaladas.

  • 5. Atención Integral a las Víctimas.

Acción: 1) Creación de la Comisión Multisectorial para la Garantía y Preservación de los Derechos de las Víctimas de Delitos Violentos (Comisión Multisectorial Pro-Víctima), encargada de brindar respuesta a las personas que han padecido graves victimizaciones.

2) Creación y puesta en funcionamiento de la Unidad de Atención a las Víctimas, en el ámbito de la Procuraduría General de la nación, para llevar adelante tareas de contención, asistencia y protección de las víctimas en los casos en que intervenga el Ministerio Público.

3) Elaboración de instructivos a los operadores del sistema de la justicia penal (policías, fiscales, jueces y empleados judiciales) para prevenir la victimización secundaria.

4) Elaboración de una cartilla conteniendo los derechos de las víctimas e instituciones de apoyo, para su entrega en las dependencias estatales que trabajan con víctimas.

Justificación: Si bien la protección la consideración a las víctimas y la protección integral reclaman muchos más esfuerzos y medidas, las mencionados representan un adecuado punto de partida para atender al problema planteado.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y el Comisionado

De Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia.

Acción: 1) Poner en marcha las Fiscalías de la Comunidad, a través de un proceso de transformación de las actuales fiscalías de destacamento y de la creación de nuevas unidades fiscales con las siguientes funciones básicas: a) actuar como instancia de atención primaria de los conflictos penales de esa comunidad (recepción de denuncias, atención de casos de flagrancia e investigación preliminar en casos sencillos); b) intervenir como instancia que promueva la resolución pacífica y desjudicializada de conflictos (conciliación, mediación, supervisión de acuerdos); c) brindar protección y asistencia a las víctimas, a través de recursos propios, comunitarios o de otras instituciones; d) identificar problemas criminales que preocupen a la comunidad y requerir la intervención de otros órganos del Ministerio Público, para que puedan actuar con eficacia; y e) participar en las redes de acción o programas de gestión comunitaria vinculadas con la prevención del delito y de la violencia, en representación del Ministerio Público.

Justificación: Las estrategias más modernas de Política Criminal recomiendan aplicar formas de intervención locales, lo cual reclama instaurar un proceso de descentralización de los órganos del Ministerio Público, para mejorar el acceso a la justicia de las víctimas, ofrecer formas de justicia restaurativa y para participar en los programas de prevención extra-penal. Afortunadamente, en nuestro país existe un embrión de descentralización a través de las Fiscalías Barriales, de modo que debe tomarse esa experiencia, profundizarla y delimitar con claridad el campo de actuación.

Institución responsable: Procuraduría General de la República.

Acción: Se propician las siguientes acciones:

  • a) Fortalecer los mecanismos de coordinación entre la Procuraduría General de Medio Ambiente, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Dirección de Parques, para mejorar los mecanismos de detección de las acciones lesivas al medio ambiente.

  • b) Requerir a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales la realización de un Mapa del Daño Ambiental, que refleje el estado actual de situación, con indicación de regiones afectadas, actividades más nocivas, etc., y la fijación de metas alcanzables en el mediano y largo plazo.

  • c) Delimitar adecuadamente el campo de actuación de la Procuraduría General de Medio Ambiente, a efectos de evitar la superposición de actividades con la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.

  • d) Reorganizar la Procuraduría General de Medio Ambiente, considerando las distintas regiones del País, a fin de que pueda desplegar su actividad con eficacia en todo el territorio nacional.

  • e) Fortalecer la actuación de la Policía Ambiental, como auxiliar de la Procuraduría y de las autoridades administrativas, para que participe eficazmente en la detección e investigación de delitos ambientales.

  • f) Establecer un Programa de Capacitación para los funcionarios de la Procuraduría General de Medio Ambiente, para posibilitar una actuación más eficaz en materia de investigación de estos delitos.

Justificación: Las razones indicadas en el Cap. V, ap. B – 5 y las obligaciones emergentes de la la propia Ley 64 – 00 Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Institución responsable: La Procuraduría General de la República y la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  • 8. Programas deportivos en las cárceles.

Acción: Organizar y ejecutar un conjunto de actividades deportivas en las cárceles de todo el país, en la forma que permitan las condiciones de seguridad de los establecimientos.

Justificación: El deporte representa un factor que alivia las tensiones provocadas por la privación de libertad y favorece la resocialización de las personas privadas de libertad.

Institución responsable: Dirección General de Prisiones y Secretaría de Estado de Deportes.

  • 9. Fortalecimiento de la capacidad operativa de la Policía Nacional.

Acciones:

En el marco del Plan de Seguridad Democrática anunciado por el Señor Presidente de la República el 27 de febrero de 2005, a fin de mejorar la capacidad operativa de la Policía Nacional se han previsto el conjunto de acciones urgentes y de corto plazo que se indican a continuación:

  • a. Aumento del personal afectado a la función de policía preventiva: Se afectarán nuevos agentes a los servicios preventivos, mediante la racionalización de los recursos y la reducción de la cantidad de efectivos destinados a la custodia de dignatarios o personalidades públicas.

  • b. Fuerte inversión en las áreas de comunicación, mejoramiento edilicio, equipamiento y vehículos: A tal fin se dotará a la policía de medios de transporte, comunicación, chalecos y cascos, entre las herramientas necesarias para incrementar la presencia efectiva en las calles.

  • c. Separación completa y efectiva de las funciones de prevención y de investigación, según dispone la Ley Institucional de la Policía Nacional (No 96 – 04).

  • d. Continuar y profundizar la depuración de los cuadros policiales, para excluir de la Policía Nacional a todos los que han violado la ley o han incurrido en causales de mal desempeño.

  • e. Puesta en marcha de un Programa de Control de la Corrupción Policial a través de la Dirección de Asuntos Internos y con supervisión de una Comisión integrada por representantes de todos los poderes del Estado y organizaciones de la sociedad civil.

  • f. Reforma del escalafón y de los planes de estudio para ingresar a la fuerza policial: Se establecerán indicadores de desempeño policial, a los fines de promover en base al mérito.

  • g. Dignificación del trabajo policial: Disponer un aumento de salario a partir del mes de enero próximo, en la forma que se establezca en el decreto respectivo.

  Justificación: La Policía Nacional tienen problemas operativos concretos y acuciantes, por una falta de inversión en el sector durante los últimos años. Por ello, sin perjuicio de impulsar la reforma integral de la Policía Nacional, corresponde adoptar estas medidas de ejecución inmediata. En alguna medida, la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha comenzado a desarrollar algunas líneas de trabajo en la dirección apuntada, de modo tal que estas acciones pretenden darle continuidad a las mismas.

Institución responsable: Secretaría de Estado de Interior y Policía y Jefatura de la Policía Nacional.

  • 10. Seguridad fronteriza.

Acción: Promover la especialización de un cuerpo de seguridad para las fronteras, de modo que se evite el ingreso ilícito al territorio nacional de mercaderías, armas, sustancias controladas y se controle adecuadamente el flujo migratorio, en cumplimiento de los procedimientos legales, a fin de asegurar la debida aplicación de la política migratoria del Estado dominicano.

Justificación: Una política de seguridad democrática requiere que los controles fronterizos en el trasiego de bienes y personas operen regular y satisfactoriamente, a fin de que las iniciativas desplegadas sobre el fenómeno criminal surtan sus efectos en aquellos casos en que la actividad criminal está vinculada a fenómenos migratorios o de contrabando.

Institución responsable: Secretaría de Estado de Interior y Policía, Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, Procuraduría General de la República, Dirección General de Migración y Dirección General de Aduanas.

C. Acciones de exclusivo carácter punitivo.

  • 1. Verificación de antecedentes. Captura de Prófugos.

Acciones: 1) Disponer la verificación de los antecedentes penales de toda persona contra quien el Ministerio Público inicie una investigación y decida darle curso, con particular énfasis en:

  • a) Verificar si fue beneficiado con indulto, con libertad condicional o con libertad provisional, a los fines de procurar la revocación correspondiente.

  • b) Verificar si se trata de una persona deportada de otro país, a los fines de identificar la naturaleza y gravedad de los hechos que generaron su deportación, datos que permitirán definir adecuadamente la estrategia procesal del Ministerio Público en la investigación correspondiente.

  • 2) Crear un Registro de Personas Prófugas de la Justicia y un Programa de Búsqueda y Captura de Prófugos de la Justicia, para asegurar el sometimiento de las personas imputadas de delito a la jurisdicción de los tribunales.

Justificación: La cantidad de personas prófugas de la justicia o las que por falta de identificación adecuada sustituyen su identidad, representa un problema grave para el funcionamiento de cualquier sistema judicial, pero mucho más para uno de orientación acusatoria, en donde el juicio ocupa una posición central y se busca reducir el abuso de la prisión preventiva, toda vez que es indispensable crear un conjunto de condiciones que permitan realizar el juicio en un tiempo razonable y posibilitar la actuación de los jueces. Por ello, resulta necesario mejorar y tecnificar los registros que actualmente lleva la Policía Nacional y definir un programa de localización y aprehensión eficaz.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y Policía Nacional.

  • 2. Instituto Nacional de Ciencias Forenses.

Acción: Creación del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, como órgano de apoyo científico y técnico a la investigación criminal, dependiente de la Procuraduría General de la República.

Justificación: Las razones explicitadas en el Cap. V, ap. C – 5.

Institución responsable: Procuraduría General de la República.

  • 3. Unidad de Atención a las Víctimas.

Acción: Creación de la Unidad de Atención a las Víctimas, como órgano dependiente de la Procuraduría General de la República y destinado a la contención, asesoramiento, protección y acompañamiento de las víctimas de los delitos. Y para la articulación con otras organizaciones, estatales y no gubernamentales, que también se ocupen de esta temática.

Justificación: Las razones explicitadas en el Cap. V, ap. B – 2 y C – 1.

Institución responsable: Procuraduría General de la República. Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia.

  • 4. Programa de Capacitación de Policías y Fiscales en Investigación Criminal.

Acción: Poner en marcha un conjunto de acciones de capacitación para Policías en funciones de investigación y para fiscales sobre investigación criminal, previendo diversos niveles (elemental, medio y superior), para contribuir a la profesionalización y tecnificación de la investigación.

También deben considerarse algunas modalidades criminales específicas (entre ellas los delitos complejos) y sobre la cadena de custodia de la evidencia, a fin de contribuir a una persecución penal más eficaz.

Justificación: Las razones explicitadas en el Cap. V, ap. C – 4.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y Policía Nacional. Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia.

  • 5. Oficina de Control de Obligaciones Sustitutivas.

Acción: Crear una Oficina de Control de Obligaciones Sustitutivas, para el seguimiento y supervisión de las obligaciones impuestas como consecuencia de la suspensión de los procedimientos y suspensión condicional de la pena, y de los compromisos asumidos en los acuerdos reparatorios.

Justificación: La regulación de las medidas de coerción del nuevo código, que pretenden hacer de la privación de libertad durante el proceso de uso excepcional, y el mismo régimen penal para las penas de corta duración, exigen contar con un órgano de control de las otras modalidades, a fin de evitar que se desnaturalicen en los hechos los fines

Institución responsable: Procuraduría General de la República. Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia.

  • 6. Programa de Descongestión de causas del viejo sistema.

Acción: Continuar, profundizar y controlar la ejecución del programa de descongestión de causas del viejo sistema dispuesto por la ley de implementación del nuevo Código, a fin de crear las condiciones necesarias para no dificultar la aplicación del nuevo sistema y liberar recursos institucionales.

En ese sentido, debe ponerse en marcha un conjunto de acciones específicas para las causas por delitos graves y complejas del viejo sistema, a fin de concluir en un tiempo razonable la investigación y posibilitar la realización del juicio en aquellos casos que así lo ameriten.

Justificación: Lo expuesto en el Cap. V, ap. C – 3.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y Suprema Corte de Justicia.

  • 7. Oficina de Recepción de Denuncias y Atención Permanente.

Acción: Crear una Oficina de Denuncias y Atención Permanente, que funcione durante las 24 horas del día en el Distrito Nacional, en la Provincia de Santo Domingo y en Santiago de los Caballeros (primera etapa), para facilitar la accesibilidad del servicio a las víctimas de los delitos y mejorar la capacidad de respuesta frente a situaciones de urgencia.

Para ello deben definirse las pautas de intervención de la oficina, capacitar adecuadamente a los operadores y dotarlo de los medios de comunicación que aseguren accesibilidad de los usuarios y de los funcionarios de las distintas unidades policiales. Además debe darse una adecuada difusión en los medios de comunicación y en determinados espacios con alta concurrencia de las personas (hospitales, comisarías, dependencias judiciales, etc.)

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. B – 2 y C – 1.

Institución responsable: Procuraduría General de la República.

  • 8. Línea Telefónica contra la Corrupción.

Acción: Instalar un servicio de atención telefónica permanente (automatizado) para recibir denuncias anónimas sobre casos de corrupción en la función pública, que deberán ser examinadas por el Departamento de Prevención de la Corrupción (DPC), a fin de determinar su verosimilitud y viabilidad de iniciar una investigación.

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. B – 3.

Institución responsable: Procuraduría General de la República.

  • 9. Racionalización de la Prisión Preventiva.

Acción: Emitir una directiva general a todas las Unidades Fiscales con un conjunto de criterios e instrucciones, haciendo un seguimiento constante de las causas judiciales a fin de obtener los pronunciamientos jurisdiccionales que correspondan en un plazo razonable y reducir la proporción de presos sin condena.

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. C – 7, en particular el índice de presos sin condena, que es uno de los más altos del mundo.

Institución responsable: Procuraduría General de la República y Suprema Corte de Justicia.

Conclusiones

La Procuraduría General de la República tiene conciencia de los graves problemas sociales y económicos por los que atraviesa el país y no ignora las dificultades del sector público, pero esto no puede ser la excusa para postergar las decisiones y acciones que reclama la política criminal.

Por el contrario, debe ser un acicate para asumir una empresa difícil y de largo alcance. Nuestro pueblo está harto de impunidad y reclama justicia; está enfermo de violencia, y reclama paz y seguridad.

Debemos estar conscientes de que la madurez de una sociedad no depende tanto de la ausencia de conflictos, sino de la calidad de sus instituciones y de las formas establecidas para prevenir y resolver tales conflictos.

Esta propuesta expone problemas y plantea soluciones. Todos los que tengan responsabilidad en esta materia tienen la oportunidad de decidir en cual de estos lugares se ubica, es decir ser parte del problema o ser parte de la solución.

 

Enviado por:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"®

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Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2015.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR SIEMPRE"®

Partes: 1, 2, 3, 4
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