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La auditoría de cumplimiento en el Derecho cubano (página 3)


Partes: 1, 2, 3

BPA. MANZANILLO

 

 

 

 

 

 

 

 

SECTORIAL DE LA CULTURA GRANMA

X

X

X

X

X

X

X

X

UPIV GRANMA

 

 

 

 

 

 

 

 

UMIV BAYAMO

 

 

 

 

 

 

 

 

EMP. MICROBRIGADA BAYAMO

 

 

 

 

 

 

 

 

ABAGRAM

 

 

 

 

 

 

 

 

EMP. MICROBRIGADAS SOCIALES GRANMA

 

 

 

 

 

 

 

 

     TOTAL AUDITORÍAS: 20  ACEPTABLES: 8     DEFICIENTES         MAL: 12

LEYENDA:

1.-Deficiente control interno, contable y administrativo.

2.-Incumplimiento de los principios de la contabilidad generalmente aceptados.

3.-Uso indebido de recursos materiales y financieros  a fines distintos a los previstos.

4.-Pagos realizados para actividades a particulares. Incumpliendo regulaciones.

5.-No registro adecuado de fondos disponibles en MN o MLC.

6.-Incorrecta utilización de los fondos de aseguramiento para el presupuesto en actividades festivas no planificadas.

7.-Vulnerabilidad de los sistemas contables automatizados. Incumplimiento del Objeto Social aprobado. Ventas no controladas en el registro comercial.

8.-Falta de manuales de procedimientos y de aplicación de normativas adecuadas a las regulaciones emitidas por el MFP para los distintos subsistemas

Los principales incumplimientos que fueron detectados en las auditorías realizadas, relacionados con hechos de corrupción administrativa en la Provincia son:

§       No se discuten en  los Consejos de Dirección los problemas económicos de la Empresa Estatal, (recursos económicos, materiales, cobros y pagos, hechos delictivos, etc.).

§       En las asambleas de eficiencia no se les informa a los trabajadores la situación económica que la empresa estatal presenta.

§       Se violan los preceptos del Código de Ética de los cuadros del Estado Cubano.

§       La degradación moral en actitudes manifiestas de nepotismo y amiguismo que existe en las organizaciones empresariales socialista, violándose lo establecido por el Partido Comunista de Cuba.

§       En cuanto a la política de cuadros según se dispone en el Decreto Ley no. 196/1999, existen fisuras en este aspecto, que permiten  irregularidades  tanto en la designación, evaluaciones, disciplina y en la política de estimulación a estos.

§       No se discute el plan de prevención contra los delitos con los trabajadores dentro de las empresas en las asambleas de eficiencia, ni hay constituida comisiones que analicen su incidencia, causas y medidas para contrarrestar estas manifestaciones.

§       En los Consejos de Dirección no se les da seguimiento a los acuerdos en materia económica que se toman, constituyendo un mero formalismo, propiciando que siga el descontrol en lo concerniente a la parte económica.

§       No se buscan y actúa en las causas y condiciones que generan los problemas, al no controlar a los hombres y los recursos que poseen las empresas.

§       Se abusa de la gestión de los representantes de ventas en otras provincias, propiciando que esto sea parte de la corrupción administrativa por parte de estos y de quienes los designan.

§       Existe dentro de las empresas estatales descontrol del combustible, dándole usos inadecuados lo que ha propiciado faltantes, desvió, extravió de tarjetas, etc.

§       No se aplica la responsabilidad material oportuna y correctamente como lo establece el Decreto Ley No. 92.

§       La doble moral por parte de los dirigentes y funcionarios de las empresas estatales.

§       El robo técnico dentro de las organizaciones empresariales.

§       El uso indebido de documentos mercantiles como la factura, él conduce, suplantándolas por otros no oficiales.

§       Fisuras legales en organismos intermediarios de Control, que están domiciliados en la provincia.

§       Fisuras en los Cuerpos de Vigilancia y Protección Internos dentro de las empresas, involucrándose en hechos delictivos sus miembros.

§       La burla de especialistas en materia económica  dentro de las organizaciones empresariales en cuanto al cumplimiento de los principios contables establecidos en el país, propiciando hechos delictivos.

§       Uso inadecuado de los instrumentos de pago establecidos en el país por el Banco Central. Ejemplo: Letra de cambio, cheque.

§       No existen diseños de controles eficientes en las empresas.

§       Pagos realizados por entidades estatales a particulares incumpliéndose las regularidades y cuantías establecidas para ejecutar estos, no existiendo revelación suficiente y el número de identificación fiscal del proveedor.

§       Vulnerabilidad de los sistemas contables automatizados, se incumplen las regulaciones de seguridad informática, del objeto social aprobado, ventas no estipuladas en el registro comercial.

§       Uso indebido de recursos materiales y financieros, los que se destinaron y desviaron a fines distintos a los previstos.

§       La indisciplina financiera que existe en nuestra provincia en cuanto a los cobros y pagos nos demuestra que al cierre del 2001 la cifra fue de $ 225 millones de pesos, responsabilidad de organismos como SIME, MINCIN, MIP, MICONS, MINAGRI, COMERCIO, MINSAP, CULTURA y EDUCACIÓN. En este año 2002, en los siete meses existen 89 millones 177 mil 100 pesos por cobrar, de estos 28 millones ya fuera de término, siendo los organismos mayormente implicados COMERCIO Y MINAGRI. En cuanto a las cuentas por pagar tienen 76 millones 925 mil 400 pesos, mas de 26 ya fuera de término, teniendo una incidencia importante COMERCIO, MINAGRI, SIME, MINIL y MICONS. Esta cadena de impagos continua precipitadamente con elevadas cifras y deterioro considerable, según las valoraciones aportadas por el Comité de Cobros y pagos que así lo asegura.(14)

§       Incumplimiento de los preceptos de la Resolución Económica del V Congreso del Partido Comunista de Cuba.

Al final de todas estas irregularidades señaladas estos productos, servicios, ofertas, etc., que se dirigen básicamente a la canasta básica de la población en la provincia ya sea en la red de mercados en m.n. o en la de USD pasen al mercado informal, comúnmente llamado MERCADO NEGRO en la provincia, o se envíen a provincias cercanas tales como Santiago de Cuba y Holguín o a mas distantes como Ciudad de la Habana, donde adquiere mayor valor monetario por parte de personas  involucradas en estos negocios ilegales, las cuáles revenden.

Tabla  4:

Entidades auditadas que poseen Auditores Internos en cualquiera de sus modalidades años 2001 y 2002, según muestra:

No

entidad auditada

aUDITOR

Si               no

2001

2002

1

BPA Provincia Granma

x

2

BPA Manzanillo

x

x

X

3

Emp. Pecuaria Camilo Cienfuegos

X

4

FCBC Cultura Granma

x

X

5

CAN Granma

X

6

UMIV CAP Granma

x

X

7

UPIV CAP Granma

x

X

8

Microbrigada Social Bayamo

X

9

Comunales Provincial

X

10

Comunales Manzanillo

X

11

Finanzas Provincial

X

12

Sectorial Comercio Granma

x

X

13

Gastronomía Manzanillo

X

14

Fabrica Conservas Manzanillo

X

15

INRH Granma

X

16

CITMA Granma

X

17

Empresa Láctea Granma

X

18

Fabrica Calzados Manzanillo

X

19

Universidad de Granma

X

20

CPHE Granma

X

21

ETECSA Granma

X

X

22

MINVEC Granma

X

23

Hotel Sierra Maestra

X

X

24

Cia Palmares Granma

X

X

25

Fabrica  Medios de Enseñanza Mzllo.

X

26

Sectorial Cultura Granma

X

X

27

Abagram

28

Emp. Microbrigadas Sociales Granma

X

X

·       Fuente Tabla, Auditorías realizadas por Auditoría y Control entidades auditadas 2001/2002. Granma.

3.- CONTRAVENCIONES EN MATERIA DE AUDITORÍA

3.1 Sistema contravencional en materia de Auditoría y control:

Al amparo de lo establecido en la norma jurídica Decreto número 228 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros "Contravenciones Personales de las normas de presupuesto, el control interno y la contabilidad y las disposiciones de la Ley de Auditoría" (38).

Por lo que en la labor propia del auditor gubernamental puede hacer uso de esta norma jurídica  e imponer  la contravención administrativa desde $ 20.00 pesos hasta $ 100.00 pesos en moneda nacional, solo estas dirigidas a personas naturales y como ya citábamos en un solo tipo de moneda, si tenemos en cuenta que en el país circulan el dólar estadounidense y ahora en la zona turística el Euro. Atreviéndonos a proponer una modificación de esta norma en materia contravencional que recoja las obligaciones de la persona jurídica y se inserten las dos restantes monedas que circulan en el país, incluyendo un proyecto personal como anexo no.5  en este trabajo.

En las Auditorías realizadas en la provincia en el periodo 2001 y el 2002 se impusieron 25 contravenciones personales, impuestas en la cuantía media de $ 50.00 pesos M.N.

Existe conocimientodominio de lo establecido en esta materia en el país por parte de las personas acreditadas a hacer uso de esta norma contavencional. Como no es tampoco un problema el que cada auditor tenga en su poder la misma en el momento de ejecutar las Auditorías.

4.- EL REGISTRO DE AUDITORES

 4.1  El Registro de Auditores de la República de Cuba:

Para trabajar como auditor hay que estar ¿acreditado? (42), el Registro esta domiciliado en el MINISTERIO DE AUDITORÍA Y CONTROL, el cuál previa presentación y revisión de la documentación solicitada se le concede o no este status legal, emitiendo el correspondiente carné (anexo no.3).

Es importante significar que en las Organizaciones de la Administración del Estado y en los de subordinación de los Consejos de la Administración, este último tanto de provincia como de municipios poseen cuerpos de Auditoría  que la realizan de forma interna.

En revisión efectuada al Libro de Registro de los asientos de los auditores acreditados en nuestra provincia Granma desde su comienzo en 1996 hasta el 1er semestre del 2002 aparecen 222 personas habilitadas con este status, en un trabajo realizado por la Delegación acá conocimos que hay en el territorio  ubicados en la labor de Auditoría 367 personas, lo que nos aporta un   100% de acreditación oficial para la función que realizan, si tenemos en cuenta que se registran en Granma 256 entidades estatales(empresas 115, Unidades Presupuestadas 90 y OEE 51). Que no constituye una cifra real en cuanto a las personas que ejercen la Auditoría y no se habilitan como tales.

Es evidente también que el trabajo nos permitió conocer que en las Organizaciones Empresariales no se exige al auditor la ACREDITACIÓN OFICIAL(4), y además pudimos constatar que por parte de los Directivos no solicitan esta cuando se realizan Auditorías externas cuando son auditados. Lo que constituye una contravención para quien realiza la Auditoría y para el jefe inmediato del auditor, no siendo valida la misma.(38)

Al constituirse en el país el MINISTERIO DE AUDITORÍA Y CONTROL, a tenor del Decreto Ley no. 219, se dicta por parte de la Ministra la Resolución no. 4/01` creando el Registro Nacional de Auditores de la República de Cuba, asumiendo las facultades que antes eran de la Oficina Nacional de Auditoría subordinada al Ministerio de Finanzas y Precios. Donde señala que para habilitar a un Auditor Gubernamental (solo para el MINISTERIO DE AUDITORÍA Y CONTROL) se necesita:

§       Estar habilitado para el ejercicio de su profesión por titulo expedido o convalidado por Institución oficial facultadas para ello.

§       Ser ciudadano cubano.

§       Poseer buenas condiciones morales y éticas.

§       Demostrar capacidad real para el ejercicio del cargo.

§       Los demás regulados por la legislación laboral vigente, y otras que establezca la autoridad competente.

Ahora para el resto de los auditores como ya cite en la Resolución No. 4 del 2001, del MINISTERIO DE AUDITORÍA Y CONTROL se exige:

§       Certificado de antecedentes penales,

§       Aval de moralidad,

§       Certificado de años de servicios prestados,

§       Estar apto mentalmente, según prescripción facultativa,

§       Titulo universitario.

A cumplirse  por parte de los Auditores Gubernamentales para poder habilitarse.

Lo que no encontramos en la investigación realizada como resultado de este trabajo es que exista una normativa por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que dicte la obligatoriedad que para ocupar la plaza de auditor sea requisito inexcusable el estar habilitado como tal en el Registro Nacional, solo con la exigencia de estar titulado como Licenciado en materias de Control Económico, Contador Público y Contabilidad y Finanzas son contratados por las organizaciones empresariales.       (40-45) . Aspecto este que a mi criterio personal hay que entrar a regular para evitar las violaciones en este sentido, ahora por parte del Ministerio de Auditoría y Control.

5.- CONCLUSIONES

Primera.- Potenciar por los Juristas la labor de educación jurídica en la Empresa Estatal Socialista Cubana, lo que coadyuvará al incremento de la conciencia jurídica tanto de Empresarios como a trabajadores.

Segunda.- Realizar el curso de Derecho dirigido a los Empresarios Estatales diseñado por el Ministerio de Educación Superior

Tercera.- Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el de Auditoría y Control establezcan la obligatoriedad de acreditarse como Auditor para poder ejercer como tal el requisito inexcusable para ser contratado por las Organizaciones Estatales.

Cuarta.- La actualización de las normas que constituyen violaciones en materia contraventiva en correspondencia con las regulaciones en materia de Auditoría y Control Gubernamental en el país, atendiendo al redimensionamiento de la economía cubana y a las diferentes monedas que circulan en el país, así como la Ley de Auditoría. 

Anexos

Anexo número.-1

ENCUESTA SOBRE CONOCIMIENTOS EN MATERIA  DE DERECHO.

Nombres y apellidos:__________________________________________

Ocupación:______________________Empresa:____________________

1.- Se ejecuta en su Empresa Estatal divulgación jurídica

S

N

2.- Se ha divulgado y discutido en su Empresa el Código de Ética de los Cuadros del Estado Cubano.

3.- Se combate en su organización empresarial las manifestaciones de corrupción administrativa.

4.- Considera usted a los directivos de su organización empresarial transparentes en su actuación.

5.- Conoce usted los delitos contra la economía regulados en la legislación penal cubana.

6.- Se cumple la Legalidad Socialista en su organización empresarial.

7.- Opina usted que dentro de su organización empresarial hay manifestaciones de hechos asociados a la corrupción administrativa.

8.- Hay en su empresa estatal discusión en las asambleas de eficiencia y reuniones de la problemática económica con los trabajadores por parte de sus cuadros y dirigentes.

9.-Cree usted que en su organización hay un control eficiente de los recursos del Estado.

10.- Opina usted que en su organización empresarial hay una correcta aplicación de lo que es establece en la Política de Cuadros en el País.

11.- Existe en su organización empresarial manifestaciones de degradación moral como nepotismo y amiguismo.

12.- Se discute con los trabajadores en la Empresa Estatal el Plan de Prevención contra el delito.

13.- Se aplica correctamente la responsabilidad material a tenor del Decreto Ley No. 92 de 1984 a los responsables en la Empresa Estatal donde es usted parte.

ANEXO Número.-2

Encuesta anónima dirigida a trabajadores de la Organización Empresarial.

1. Los Cuadros y Dirigentes de la entidad son sinceros, dicen la verdad y no engañan a los trabajadores.

S

N

2. Se preocupan los cuadros y dirigentes de la entidad por los problemas y por darle solución a los planteamientos de los trabajadores.

3.- Son disciplinados y leales los cuadros y dirigentes de la entidad ante sus trabajadores.

4.- Son exigentes consigo mismo y con los trabajadores los cuadros y dirigentes de la entidad.

5.- Son honrados y autocríticos los dirigentes de la entidad.

6.- Trabajan los cuadros y dirigentes para evitar las interrupciones que efectúan los trabajadores.

7.- Se vinculan los cuadros y dirigentes de la entidad ante los trabajadores.

8.- Son ejemplos los cuadros y dirigentes de la entidad ante los trabajadores.

9.-Cumplen los cuadros dirigente de la entidad los compromisos y promesas que hacen a sus trabajadores.

10.- Los cuadros y dirigentes de la entidad favorecen a sus amigos y amistades, así como a otras personas ajenas a la organización empresarial.

11.- Mantienen los cuadros una correcta administración y control de los recursos de la entidad.

12.- Son trabajadores y sacrificados los cuadros y dirigentes de la entidad.

13.- Garantizan las condiciones de trabajo y los recursos los cuadros y dirigentes de la entidad para favorecer el bienestar, el salario y la estimulación a los trabajadores.

14.- Conducen los cuadros y dirigentes de la entidad con firmeza a su colectivo para cumplir los planes y objetivos trazados.

15.- Asumen los cuadros y dirigentes de la entidad conscientemente sus funciones y preservan fielmente los principios que entraña la Patria, la Revolución y el Socialismo.

Anexo Número 3

Certificado Auditor de la República de Cuba

6.- BIBLIOGRAFÍA

SECCIÓN A. Libros de Textos y Doctrinas

1.    Boletín número 1, abril 2002, Ministerio de Auditoría y Control.

2.    Código de Ética de los Juristas Cubanos 1994-1995. Revista Jurídica 10, Editora Simar.

3.    Curso de contabilidad y finanzas para directivos, Ministerio Educación Superior. 1998.

4.    Curso de derecho para directivos, Ministerio Educación Superior, 2000. Edición digital.

5.    Viera Hernández, Margarita. Criminología,. Editora Pueblo y Educación 1987.

6.    Rodríguez Grillo, Luisa. Derecho Económico, Ministerio Educación Superior. 1987. 

7.    Uria Rodrigo., Derecho Mercantil, XXIV Edición. Editorial Marcial Pons, España. Ediciones Jurídicas S.A. 1997.

8.    Colectivo de autores. Derecho Financiero, Ministerio de Educación Superior. 1987.

9.    Manual del Auditor. Tomos 1 y 2/2002. Ministerio de Auditoría y Control.

10. Metodología de la Investigación Científica. Centro de Estudios del Derecho Internacional Humanitario. Enero 2001. Cruz Roja Cubana.

11. Metodología de la Investigación pedagógica. Editora Canaima Iberia S.L., Sevilla 1992.

12. Colectivo de autores. Curso de Derecho Financiero Español. Editora Ministerio Educación Superior. 1995.

13. Revista OLACEFS, volumen VI. 2000, mayo. Órgano de Difusión de la Organización Latinoamericana  y del Caribe de Auditores, Fiscalización Superior.

14. Artículos Económico Semanario Provincial La Demajagua. Órgano de Prensa Provincia Granma.2002.

15. Articulo Económico. Periódico Juventud Rebelde.2002

16.Artículo Económico. Periódico Granma. 2002.Revista Cubana de Derecho No. 11-1996. Artículo: Tendencias actuales Derecho Penal Económico en América Latina, necesidad de nuevo modelo. Bargin David. Universidad de Buenos Aires. Argentina

17.Revista Auditoría y Control. MAC. No. 3 /2002.

Sección B. Legislación:

Leyes:

18. Código de Comercio de la República de Cuba, 1889. Editora Ministerio de Justicia.

19. Ley No. 943, 1961. Gaceta  Oficial

20. Ley No. 1323, 1976. Gaceta Oficial

21. Constitución de la República de Cuba, 1976. Editora Ministerio de Justicia.

22. Código de Trabajo, Ley No. 49, 28 de diciembre 1984, Editora Ministerio de Justicia.

23. Código Penal, Ley No. 62, 29 de diciembre, 1987. Editora Ministerio de Justicia.

24. Código Civil, Ley número 59, 16 de julio 1987. Editora Ministerio de Justicia.

Decretos Leyes:

25. Decreto Ley No. 81, 8 de junio de 1984. Sobre el Ejercicio de la Abogacía y la ONBC. Colección Divulgación Legislativa no.14 Ministerio de Justicia abril / junio 1984.

26. Decreto Ley No. 99/1987 Sistema de Tratamiento a las Contravenciones Personales.

27. Decreto Ley No.  159, 8 de junio 1995. De la Auditoría. Gaceta Oficial No. 20- 1995.

28. Decreto Ley No. 176, 4 de diciembre de 1997. Sistema de Justicia Laboral. Editora Ministerio de Justicia.

29. Decreto Ley No. 187, 18 de agosto de 1998. Perfeccionamiento empresarial. Bases Generales. Gaceta Oficial No. 23-1998.

30. Decreto Ley No.  196, 5 de octubre 1999.  Sistema de Trabajo con los Cuadros del estado Cubano y del Gobierno. Gaceta Oficial No. 4- 1999.

31. Decreto Ley No. 197, 5 de octubre 1999.  Relaciones Laborales Dirigentes y Funcionarios. Gaceta Oficial No. 4- 1999.

32. Decreto Ley No. 199, 25 de noviembre 1999. Sobre la seguridad y protección de la información oficial. Gaceta Oficial No. 78-1999.

33. Decreto Ley No. 219, 25 de abril 2001.Constitución Ministerio de Auditoría y Control, MINISTERIO DE AUDITORÍA Y CONTROL.

34. Decreto Ley No. 222, 5 de mayo 2002, Convenio Colectivo de Trabajo. Editora Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Decretos:

35. Decreto No. 42, 24 de mayo 1979. Reglamento General de la Empresa Estatal. Editora Ministerio Educación Superior.

36. Decreto No. 138, 23 de marzo de 1987, Normas de Trabajo de asesoramiento jurídico en las entidades estatales.

37. Decreto No. 228, 1 de noviembre 1997. Contravenciones personales de las normas presupuesto, control interno, y la contabilidad, Decreto Ley de auditoría, Editora Finanzas al Día, Tomo I y II. Multas. Ministerio de Finanzas y Precios.

Resoluciones:

38. Resoluciones Nos.  45, 6 de marzo 2002. Ministerio de Justicia. Cuba.

39. Resolución No 13 de  2001,  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

40. Resolución No.6   de    2000,  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

41. Resolución No. 4, 18 junio 2001. MINISTERIO DE AUDITORÍA Y CONTROL.  Registro de auditores.

42. Resolución No. 5, 4 de mayo 2002, MINISTERIO DE AUDITORÍA Y CONTROL. Disciplina de los Auditores.

43. Resolución No. 42, 6 de marzo 2002, Supervisión de la actividad de asesoramiento jurídico. Lineamientos para la organización y funcionamiento. Ministerio de Justicia.

44. Resolución No.12, 3 de diciembre de 1998. Reglamento para la aplicación de la política laboral y salarial en el perfeccionamiento empresarial. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Gaceta Oficial No. 65-1998.

45. Resolución Económica V Congreso PCC.

46.  Resolución No. 10 de 1997. Ministerio de Finanzas y Precios. Control Interno.

Normas:

47. Normas de Auditoría, Resolución ONA 2-1997.

Acuerdos:

48. Acuerdo No. 3162, 16 de junio 1997, Programa de contabilidad.

49. Acuerdo 3180, 29 de julio 1997. Lineamientos Política de cuadros.

50. Acuerdo No. 4045 Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.2001

51. Acuerdo No. 4374 Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. 2002

52. Acuerdo Comité Ejecutivo Consejo de Ministro modificativo del 3180, 29 de julio de 1997. Lineamientos de Trabajo e Indicaciones  del CECM para la instrumentación, ejecución y control de la aplicación de la política de cuadros de los Órganos, Organismo y entidades del Estado y Gobierno.

Carta/ Circular:

53. Carta circular Dr. Carlos Lage Dávila. Medidas a adoptar en Auditorías con graves irregularidades de control y desorden administrativo. 17/1999.

Códigos:

54. Código de Ética de los Cuadros del Estado Cubano. Editora CECM. 1996.

55. Código de Ética de los principios martianos. 2002. Ministerio Auditoría y Control.

56. Código de Ética Profesional Sociedad Cubana de Contabilidad y Auditoría. Ministerio de Auditoría y Control. 2002.

Instrucción:

57. Instrucción No. 4/1998 Metodología aplicación de las Contravenciones Personales. Ministerio de Finanzas y Precios.

Manuales:

§        Manuales de Finanzas al Día.  Colección del Ministerio de Finanzas y Precios.

      Año 2001:

q     Actividad empresarial.

q     Actividad presupuestaria.

q     Legislación contraventiva en materia de multas.

 

 

 

 

Autor:

MsC Alcides Francisco Antúnez Sánchez

Profesor Asistente Sede Universitaria Bayamo. Carrera de Derecho. Universidad de Granma.

República de Cuba.

Partes: 1, 2, 3
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