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Glosario de términos contables (página 2)


Partes: 1, 2, 3

Acción por la cual los diversos bienes y servicios son usados o aplicados a los fines a que están destinados, ya sea satisfaciendo las necesidades de los individuos o sirviendo los propósitos de la producción. La economía considera el consumo como el fin esencial de la actividad económica. Consumo es la utilización de bienes y servicios para nuestra satisfacción y la de otros.

  • 107. CONSUMO:

Acto final del proceso económico, que consiste en la utilización personal y directa de los bienes y servicios productivos para satisfacer necesidades humanas. El consumo puede ser tangible (consumo de bienes) o intangible (consumo de servicios). Además, se puede clasificar de acuerdo a quien realice el acto en privado y pública. El consumo privado es el realizado por las familias y las empresas, y el público es hecho por el gobierno.

Es un sistema de información basado en el registro, clasificación, medición y resumen de cifras significativas que expresadas básicamente en términos monetarios, muestra el estado de las operaciones y transacciones realizadas por un ente económico contable.

  • 109. CONTINGENTE

En comercio internacional, un método para proteger la industria nacional de la competencia exterior o para reducir la presión en la balanza de pagos limitando las importaciones. Con fines proteccionistas, el contingente es más seguro que el arancel o tarifa en sus efectos sobre la cantidad de importaciones.

  • 110. CONTRAPARTIDAS DE LA MASA MONETARIA:

Conjunto de deudas debidas al sistema bancario, en contrapartida de las cuales se crea moneda. Se distinguen tres tipos: las operaciones sobre oro y divisas, que corresponden a la creación de dinero en los pagos al extranjero; las operaciones de deudas sobre el tesoro público, que corresponden a la creación de moneda para financiar parte del déficit presupuestario, y las operaciones de crédito a la economía, que corresponden a la financiación monetaria del cr& eacutedito. Este tipo de creación monetaria es la fuente principal del incremento de la masa monetaria.

Es un acto por el cual una parte se obliga para con otra dar, hacer o no hacer, alguna cosa.

  • 112. CONTRATO:

Acuerdo de voluntades entre dos o más personas que se obligan a dar y hacer algunas cosas o realizaciones conjuntas. Lo normal es que, mediante procedimientos legales, las partes que han sumido una obligación contractual pueden ser forzadas a su cumplimiento. Desde un punto de vista económico, el contrato establece pautas reguladoras de conducta para los agentes económicos, reduciendo los riesgos de las actividades.

  • 113. CONTRIBUCIÓN:

Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador, beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales y cuyo producto debe tener un destino ajeno a la financiación de la s obras o actividades que constituyen el presupuesto de la obligación.

  • 114. CONTRIBUYENTE:

Es el sujeto respecto de quien se realiza el hecho generador de la obligación sustancial.

Organización empresarial que tiene por objetivo el beneficio de las personas que componen, y que se caracteriza por cada miembro, tiene un voto al margen del capital o aporte que tenga en la cooperativa. Esta forma de organización permite unir a personas de pocos recursos que se encuentran en una situación similar para aprovechar las ventajas de una operación más eficiente en mayor escala. Los cooperados, son a su vez dueños y administradores de la cooperativa, y las ganancias, son distribuidas entre ellos en proporción a sus aportes. Los tipos de Cooperativa, más conocidas son las agrícolas, de comercialización, de consumo, de crédito y de productos.

  • 116. CORPORACIONES DE AHORRO Y VIVIENDA:

Institución financiera que tiene como función promover el ahorro privado y llevarlo hacia la industria de la construcción a través de créditos hipotecarios. La captación de los recursos se hace a través de las cuentas de ahorro, de los depósitos ordinarios y de los certificados de depósito a término.

  • 117. CORPORACIONES FINANCIERAS:

Según la definición legal (ley 45/90) son aquellas instituciones financieras que tienen por función principal la captación de recursos a término, a través de depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin de realizar operaciones activas de crédito y efectuar inversiones, con el objeto primordial de fomentar o promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de empresas.

  • 118. CORRECCIÓN MONETARIA:

Corresponde a la diferencia entre la revalorización de los activos sujeto a corrección monetaria y la revalorización del capital propio financiero.

  • 119. CORRECCIÓN MONETARIA:

Tratándose de obligaciones dineradas, consiste en el procedimiento mediante el cual se restablece el poder adquisitivo de la moneda. Se calcula como el promedio aritmético simple del valor de la DTF para las cuatro o cinco semanas de cada mes, multiplicada por 74%. La corrección monetaria se aplica a los depósitos y préstamos de las corporaciones de ahorro y vivienda.

  • 120. CORPORATIVISMO:

Doctrina que justifica la organización del sistema económico por medio de asociaciones de trabajadores, empresarios, profesionales, etc.; subordenados de algún modo al poder político que integrarían. Esta organización haría inútil o superfluo cualquier otro tipo de institución política parlamentaria.

  • 121. COST INSURANCE FREIGHT (CIF):

Abreviatura usada en algunos contratos internacionales de venta, cuando el precio de la misma incluye "costos, seguros y fletes" de los artículos vendidos. Esto significa que el vendedor costea todos los gastos relacionados con el envío de la mercancía desde su punto de exportación hasta cualquier punto de importación. En Colombia, las importaciones se calculan a precios CIF.

Es un gasto, erogación o desembolso en dinero o especie, acciones de capital o servicios, hecho a cambio de recibir un activo. El efecto tributario del término costo (o gasto) es el de disminuir los ingresos para obtener la renta.

  • 123. COSTO:

En un sentido amplio, es la medida de lo que se debe dar o sacrificar para obtener o producir algo.

  • 124. COSTO DE VIDA:

Costo monetario de lo necesario para mantener un cierto nivel de vida dentro de un grupo de la población.

  • 125. COSTO DE VIDA:

Promedio de los precios al por menor de todos los bienes y servicios necesarios para un nivel de vida fijo.

  • 126. COSTO FIJO:

Costo que en el coto plazo permanece constante cuando la cantidad producida se incrementa o disminuye, dentro de ciertos rangos de producción-. Algunos de estos costos se presentan aunque no se produzca nada.

  • 127. COSTOS DE EXPLOTACIÓN:

Costo de los productos vendidos que se determine de acuerdo con el sistema de costos seguido por la empresa.

  • 128. COSTOS INDIRECTOS:

Costos normalmente de difícil identificación o resultado de bienes y servicios aplicables a la actividad en general. Incluyen costos de operaciones de manufacturas (mantenimiento, gastos generales, etc.) COTIZACIÓN: Precio registrado en una Bolsa cuando se realiza una negociación de valores, o también expresión de uso bursátil para señalar el valor de acciones y otros instrumentos que se venden a través de bolsas de comercio. La cotización puede ser: Transacción (T) último precio de venta en transacciones hechas en bolsas el día de cierre; Nominal (N) precio de transacción anterior al día de cierre, si posteriormente no ha habido ventas, ni ofertas, a precio diferente; Vendedor (V) precio al cual los instrumentos están siendo ofrecidos a la hora del cierre; Comprador (C) precios al cual existe oferta de compra a la hora del cierre; Operación Directa (OD) transacción realizada en la bolsa con intervención de un solo corredor.

Etapa de profundas perturbaciones que caracterizan una situación gravemente depresiva, dentro de un ciclo económico. En un sentido amplio, es el conjunto de problemas que se relacionan entre si y que potencian mutuamente sus efectos planteados alrededor de un hecho básico: la reducción en el crecimiento de la producción. En un sentido mas estricto, es la fase de la actividad económica que se caracteriza por una reducción brusca de la producción.

  • 130. CREDITO:

Obtención de recursos en el presente sin efectuar un pago inmediato, bajo la promesa de restituirlos en el futuro en condiciones previamente establecidas. Pueden ser recursos financieros o referirse a bienes y servicios. El crédito es fundamental en una economía moderna y reviste diversas formas entre las que destacan el crédito de consumo extendido a los individuos para financiar su consumo de bienes; el crédito comercial extendido por los oferentes de materias primas a las empresas o por éstas a los vendedores mayoristas; y el crédito bancario que consiste en préstamos a diversos agentes económicos.

  • 131. CUASIDINEROS:

Se define como los activos que dependiendo de su grado de liquidez podrían considerarse en alguna medida dinero. En Colombia, estos activos son los siguientes: los depósitos de ahorro en el sistema financiero, los certificados a término de los bancos, corporaciones financieras y compañías de financiamiento comercial y los depósitos en las corporaciones de ahorro y vivienda.

  • 132. CUENTA CORRIENTE:

1. Parte de la Balanza de Pagos que registran las transacciones corrientes de mercaderías y servicios reales y financieros. 2. Depósito bancario del que puede retirarse todo o parte contra presentación de cheque.

  • 133. CUENTA CORRIENTE:

Cuenta perteneciente a la Balanza de Pagos, donde se registran sistemáticamente la entrada y salida de divisas de un país con el exterior, por concepto de compra y venta de mercancías y servicios. Además, en ella se consignan las utilidades obtenidas de operaciones extranjeras, intereses y pagos de transferencia. La Cuenta Corriente está conformada por la Balanza Comercial, la Balanza de Servicios y las Transferencias.

  • 134. CUENTA DE CAPITALES:

Cuenta de la Balanza de Pagos usada como contrapartida de la Cuenta Corriente. Incluye el flujo monetario que entra y sale del país para inversión, subsidios y préstamos internacionales (públicos y privados). Cuando hay entrada de divisas la cuenta de capitales es superavitaria. Por el contrario, si el país presta o invierte en el extranjero esta cuenta será deficitaria.

  • 135. CURVA DE LORENZ:

Curva utilizada para ilustrar la distribución de los ingresos del capital, etc. La curva de Lorenz de distribución de ingresos se dibuja en un gráfico, cuyos ejes miden el porcentaje acumulado de los receptores de ingreso y el porcentaje acumulado del ingreso total recibido por un determinado porcentaje de los receptores de ingreso.

  • 136. DECLARACIÓN DE RENTA:

La declaración de renta es un documento que los contribuyentes, presentan a la Dirección de impuestos sobre sus estado de ingresos y egresos en el periodo gravable comprendido entre el primero de enero y el 31 de diciembre del año que corresponda. Además incluye la declaración del patrimonio. Tiene por objeto servir de base para la liquidación del impuesto de renta y complementarios.

  • 137. DECLARACIÓN TRIBUTARIA:

Es el documento elaborado por el contribuyente con destino a la Administración de Impuestos en la cual da cuenta de la realización de hechos gravados, cuantía y demás circunstancias requeridas para la determinación de su impuesto.

  • 138. DECRETO:

Disposición emanada de la Rama Ejecutiva del Poder Público, con el objeto de desarrollar y cumplir con los deberes y obligaciones asignadas a ésta y especialmente, para la ejecución y aplicación de la Ley.

  • 139. DÉFICIT:

Resultado que arroja un balance efectuando el término de un ejercicio que se caracteriza por que existe un saldo correspondiente a egresos que no alcanzaron a ser cubiertos por los ingresos de dicho ejercicio. El resultado inverso, vale decir, si el balance arroja un sobrante de ingresos luego de cubiertos los egresos del ejercicio. Se denomina Superávit. Monto en que la cantidad ofrecida es menor que la cantidad demandada al precio existente; lo opuesto a excedente.

Es el exceso de los egresos sobre los ingresos, ya sea, del sector público consolidado, del gobierno central o del sector público no financiero.

  • 141. DEFLACTOR:

Elemento numérico que permite convertir a precios constantes una serie que se encuentra inicialmente a precios corrientes. Es común utilizar para este efecto los índices de precios o el cociente entre la serie inicial a precios corrientes y la serie a precios constantes.

Cantidad máxima de un bien o servicio que un individuo o grupo de ellos está dispuesto a adquirir a un determinado precio, por unidad de tiempo. Refleja la voluntad y capacidad económica de adquirir un determinado bien por parte de todas las personas que manifiesta una necesidad capaz de ser satisfecha por el consumo de referido bien. La voluntad de adquirir se expresa en el mercado al pagar un determinado precio que en definitiva, es la expresión del bienestar que el consumo del bien aporta al demandante. Pueden definirse diferentes demandas por un mismo bien o servicio. Por ejemplo la demanda de Pedro por Pan; la demanda de la ciudad en que vive Pedro por Pan, la de su país, continente, etc.

  • 143. DEMANDA:

Conjunto de mercancías y servicios que los consumidores están dispuestos a adquirir en el mercado, en un tiempo determinado y a un precio dado. El análisis de la demanda parte del supuesto de que todos los factores se mantiene constantes, excepto el precio, y que a medida que cambia el precio, la cantidad demandada por el consumidor también varía.

Estudio científico de las poblaciones humanas, especialmente de su tamaño, estructura y desarrollo.

  • 145. DEPOSITO:

En derecho, contrato por el cual una persona recibe una cosa mueble con el encargo de guardarla y restituirla cuando el depositante lo requiera. En economía, crédito admitido por un banco a favor de una persona natural o jurídica, en cumplimiento de un contrato de cuenta corriente bancaria. El depósito bancario implica solamente la creación de una relación de acreedor y deudor. El Banco puede emplear el dinero depositado para conceder préstamos a terceros, con el límite que fijen las normas sobre encaje.

  • 146. DEPOSITO CENTRALIZADO DE VALORES (DCV):

Es una empresa que presta servicios de custodia de valores (instrumentos de renta fija, de intermediación financiera y de renta variable), facilitando las operaciones de transferencia de dichos valores, con el objeto de reducir riesgos, mejorar la eficiencia de las operaciones y colaborar al crecimiento y desarrollo del mercado de capitales nacional. Derechos de opción preferente de suscripción de acciones y de bonos convertibles en acciones de sociedad emisora: El derecho preferente de suscripción es inherente a las acciones ordinarias y las preferentes. El derecho es esencialmente renunciable y transferible; el accionista que renuncia a su derecho a suscribir las acciones de aumento de capital, o renuncia a suscribir los bonos convertibles en acciones de la sociedad emisora, puede transferir esos der echos dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de inicio de la opción. La venta de este derecho genera al accionista un ingreso adicional, en desmedro de su pérdida de participación relativa en el patrimonio social de la empresa.

  • 147. DEPÓSITOS A LA VISTA:

Entrega de dinero, títulos o valores a una institución bancaria con el objeto de que se guarden y se regresen mediante la presentación de un documento "a la vista" que ampare dichos bienes. Un ejemplo de depósito a la vista es la cuenta de cheques, en la que el depositante puede girar cheques y retirar fondos sin notificación por adelantado.

  • 148. DEPÓSITOS EN CUENTA CORRIENTE:

Son aquellos depósitos en una cuenta bancaria, en la cual pueden hacerse depósitos o de la cual pueden hacerse retiros en cualquier momento y tantas veces como se desee. Se utiliza el término corriente porque ésta es una cuenta a través de la cual el dinero circula o corre constante y libremente.

Perdida de valor que experimenta un activo como consecuencia de su uso, del paso del tiempo o por obsolescencia tecnológica. Debido a la depreciación los activos van perdiendo su capacidad de generar ingresos. La depreciación puede ser medida en forma precisa sólo al final de la vida útil de los activos, por esto se han ideado varios métodos de cálculo para estimar el monto de la depreciación en cada periodo.

  • 150. DEPRECIACIÓN:

En términos cambiarios es la disminución del valor o precio de un bien, debido al aumento de la tasa de cambio bajo un régimen cambiario flexible. En términos contables, la depreciación es una reducción del activo fijo, sea en cantidad, calidad, valor o precio, debida al uso, a la obsolescencia o sólo por el paso del tiempo. La depreciación se mide anualmente, y depende de los factores ya mencionados, así como del precio de compra y la duración estimada del activo.

  • 151. DEPRECIACION MONETARIA:

Bajada de hecho del valor de la moneda nacional en el mercado de cambios en régimen de cambios flotantes.

Fase del ciclo económico que se caracteriza por un descenso de la demanda agregada, fuerte desempleo y subutilización de la capacidad instalada productiva escasa o nula formación del capital de un nivel de precios que tiende a descender lentamente. Periodo amplio de desempleo masivo y exceso de capacidad instalada. (No existe aceptada comúnmente en términos cuantitativos).

  • 153. DERECHO ADUANERO:

Impuesto que debe pagarse por la importación o exportación de bienes y servicios. Los más comunes son los impuestos tiene muchas modalidades, siendo los más corrientes los derechos advalorem y los derechos específicos. Los primeros se expresan como un porcentaje del valor CIF de los bienes, y los segundos pueden ser de un monto fijo que se cobra de acuerdo a alguna característica física de los bienes, como su peso o medida. Sinónimo de tarifa o arancel.

Son todos los derechos, emolumentos, impuestos, contribuciones, tasas, gravámenes y todo pago que se fije o exija sobre la importación o exportación de mercancías a territorio nacional o fuera de él. Al igual que toda la clase de derechos de timbre, emolumentos o gravámenes que se exijan o tasen con respecto a los documentos requeridos para la realización de tales transacciones con el exterior, o que en cualquier otra forma tuviera relaciones con tales operaciones. Así derechos de Aduana es equivalente a Derechos Importación y Exportación. No se considera derechos de aduana los valores correspondientes a las multas o recargos, al precio de los servic0os prestados y al impuesto sobre las ventas que se causaren con ocasión de la transacción con el exterior.

  • 155. DESAHORRO:

Ahorro negativo.

  • 156. DESCUENTO:

Procedimiento de cálculo del valor presente de unos o más pagos futuros, aplicando una tasa de interés. En terminología de la banca central, proceso de préstamos a los bancos comerciales. Cesión de crédito en virtud del cual un tercero para el acreedor originario, quien pasa a ser subrogado por aquel para el cobro de deudor principal.

  • 157. DESEMPLEO:

Imposibilidad, que tiene las personas que desean trabajar de poder obtener un empleo. En un sentido más general, subutilización de cualquier recurso productivo. Parte de la fuerza de trabajo que estando en condiciones de trabajar no se encuentra ocupada en actividades productoras de bienes y servicios. Incluye a las personas cesantes y a las que buscan trabajo por primera vez. Sinónimo de desocupación. La tasa de desempleo se puede calcular de diversas maneras, pero lo más usual se expresa como porcentaje de la fuerza de trabajo. En función de las causas y la naturaleza del desempleo se han planteado diversas clasificaciones. Las más usadas son: Desempleo funcional, desempleo cíclico y desempleo estructural. Desempleo voluntario y desempleo involuntario.

  • 158. DESEQUILIBRIO:

Situación del mercado o de la economía en que las fuerzas económicas tienden a un cambio. Por ejemplo, si el mercado está en desequilibrio a causa de un solo producto, la oferta y la demanda no son iguales.

  • 159. DESINFLACION:

Resultado de una estrategia encaminada a reducir el nivel general de precios mediante el aumento del poder adquisitivo del dinero.

  • 160. DESINTERMEDIACIÓN:

Fenómeno derivado del desarrollo de los mercados de capitales, caracterizado por las relaciones directas entre los agentes con necesidad de recibir financiación y los prestamistas. En el nivel bancario, la supresión de los intermedi arios ha permitido al conjunto de agentes económicos, y no sólo a los bancos, endeudarse y prestar del corto al largo plazo. El contacto directo del ahorrador con quien utiliza su ahorro permite el aumento de la flexibilidad en los plazos, la liberalización de las negociaciones y de las comisiones de garantía y el desarrollo de nuevas fórmulas.

  • 161. DESPACHO:

Es el conjunto de operaciones aduaneras encaminadas a la aplicación de un régimen aduanero, previo cumplimiento de las formalidades establecidas en las disposiciones legales.

  • 162. DESPILFARRO:

Término con el que se identifica una situación en al cual se utiliza en forma incompleta o incorrecta los recursos productivos, con los resultados de no poder satisfacer adecuadamente las necesidades humanas. Es desperdiciar la utilidad que podemos derivar de la producción cuando por torpeza, ignorancia o incompetencia, la utilizamos o aplicamos mal.

  • 163. DEUDA:

En un sentido amplio, es la obligación que tiene una persona natural o jurídica, respecto a otra, de dar, hacer o no nacer alguna cosa. Una acepción más restringida del término se refiere a la obligación contraída por una persona natural o jurídica, organización o país, para con otra similar y que normalmente se estipula en términos de algún medio de pago o activo. Desde el punto de vista de una empresa, una deuda se genera por la compra de bienes activos, por servicios recibidos, por gastos o préstamos, y pasa a formar parte del pasivo de la misma.

Créditos externos recibidos, tanto por el sector público como el sector privado para financiamiento de proyectos internos. Generalmente, la deuda externa se paga fuera del país y en moneda extranjera. La deuda externa se conoce como inversión extranjera indirecta o de cartera, ya que el capital extranjero ingresa al país as través de extensiones de créditos.

  • 165. DEUDA INTERNA:

Es el total de los créditos aprobados, tanto al sector público como al privado, que se generan dentro de un país. A diferencia de la deuda exter – na, la interna se paga en el país y en la moneda nacional.

Nivel de préstamos adquiridos por el gobierno cuando sus ingresos y sus gastos difieren. De otra forma, el nivel de deuda pública es igual al nivel de deuda pública anterior más el monto de intereses que tiene que pagar por la deuda ya existente, más la diferencia entre los ingresos y los gastos del gobierno. O sea, más los impuestos menos el gasto y la inversión. Este es un mecanismo que permite financiar los déficit fiscales, ya sea a través de intermediarios financieros del país o extranjeros.

  • 167. DEVALUACION:

Disminución en el valor de la moneda nacional respecto de alguna(s) moneda extranjera. Los tipos de cambio expresan la relación de valore entre las monedas de distintos países, de modo que la devaluación se manifiesta como un aumento del tipo de cambio. Vale decir, se requieren más unidades monetarias nacionales para comprar una unidad de moneda extranjera. Antónimo de revaluación. Algunos economistas utilizan el término devaluación para referirse a un aumento del tipo de cambio bajo un sistema de tipo de cambio fijo, reservando el término depreciación para referirse al aumento de valor de la moneda extranjera respecto a la nacional bajo un sistema de tipo de cambio flexible. En Economía Internacional, reducción del valor de paridad de una moneda.

  • 168. DEVALUACIÓN:

Disminución del valor de la moneda nacional en función de las monedas de otras naciones, generado por el aumento de la tasa de cambio. Una devaluación desestimula las importaciones por su encarecimiento, y por el contrario, incentiva las exportaciones por su abaratamiento. En países que tienen un mercado de cambio controlado, la devaluación es una decisión que es tomada por el gobierno como consecuencia de, o para enfrentar una situación económica determinada. Sin embargo, la moneda de un país cuyo tipo de cambio es totalmente libre se devalúa cuando en dicho mercado haya una mayor demanda que oferta de divisas extranjeras. Bajo este régimen cambiario a la devaluación se le conoce como depreciación.

  • 169. DEVENGAR:

Acto de adecuarse algo, aunque no haya transcurrido el plazo que haga exigible la deuda. Se usa especialmente en el caso de los intereses, que se adeudan según el tiempo transcurrido, aunque el deudor pueda no estar obligado, por estar pendiente el plazo de la deuda. Derecho adquirido que permite obtener retribución por servicios personales o préstamos otorgados a terceros. Cualquier renta o ingreso, como intereses o alquileres, se devengan. En contabilidad, se denomina el acto de registrar los ingresos o egresos en el momento en que nacen como derechos u obligaciones.

  • 170. DICOTOMÍA:

Forma de división o clasificación en el cual el género se divide en especiales, para cada paso de acuerdo con la posesión o la carencia, de un conjunto de diferencias. Las dos especies de cada paso son, entonces, exhaustivas y mutuamente excluyentes.

  • 171. DINERO:

Medio de cambio (pago) de aceptación generalizada; vale decir es cualquier cosa aceptada por todas las personas en pago de bienes y servicios. Las funciones más importantes del dinero son las del medio de cambio, depósito de valor y unidad de cuenta. El dinero en su función de medio de cambio facilita el intercambio, o sea, evita la principal dificultad del trueque que es la doble coincidencia de voluntades para realizar una transacción.

  • 172. DINERO ACTIVO:

Dinero en circulación.

  • 173. DINERO EN CIRCULACIÓN:

La plata en poder del público que, al ser utilizada para consumo, presiona la ley de oferta y demanda y por ahí derecho la inflación.

  • 174. DINERO FACIL:

Dinero que puede obtenerse a bajos tipos de interés y con relativa facilidad, a consecuencia de la oferta de los excesos de reservas de los bancos.

  • 175. DINERO LEGAL:

Cualquier tipo de dinero que las leyes consideren legítimo para el pago de las deudas a un acreedor, e cual debe aceptarlo para la cancelación de la deuda, salvo que el contrato entre las partes especifiquen que deba de utilizarse otro tipo de dinero.

  • 176. DINERO NEGRO:

Renta que no se declara para efectos fiscales debido a su origen ilegal.

  • 177. DIVIDENDO:

Parte del beneficio neto de una sociedad oficialmente declarado por la asamblea general para ser distribuido entre los accionistas. El dividendo se paga como una cantidad fija por acción poseída por los accionistas.

  • 178. DIVISA:

Moneda extranjera que utilizan los residentes de un país para efectuar las transacciones económicas internacionales. Para cumplir con este fin, dichas monedas como medios de pago deben gozar de aceptación internacional generalizada, es decir, deben ser monedas duras. Sólo las monedas de algunos países cumplen con este requisito. También existen otros medios internacionales de pago como son el Oro y los derechos especiales de Giro. La moneda de otro país.

  • 179. DUOPOLIO:

Situación de mercado en la que hay sólo dos vendedores. Es un caso especial de oligopolio. DTF: La DTF, es una tasa de interés calculada como un promedio ponderado semanal por monto, de las tasas promedios de captación diarias de los CDTs a 90 días, pagadas por los bancos, corporaciones financieras, de ahorro y vivienda y compañías de financiamiento comercial. La calcula el Banco de la República con la información provista por la Superintendencia Bancaria hasta el día anterior. La DTF tiene vigencia de una semana.

Ciencia que estudia las condiciones de existencia de los seres vivos y sus relaciones con el medio ambiente en que se mueven.

  • 181. ECONOMIA:

Ciencia cuyo objeto de estudio es la organización social de la actividad económica. En otras palabras, economía es la ciencia de cómo las sociedades resuelven o podrían resolver sus problemas económicos.

  • 182. ECONOMIA ABIERTA:

Economía que efectúa transacciones con otros países.

  • 183. ECONOMIA DE MERCADO:

Economía capitalista o libre empresa.

Mientras que el análisis económico general se ocupa del trabajo como factor de la producción, la economía laboral se especializa en los problemas y condiciones creados por el hecho de que este factor se halla formando parte de seres humanos. La economía laboral trata de ingresar los problemas del empleo y de la distribución con los de las condiciones de trabajo y la formación y capacitación de la mano de obra.

  • 185. ECONOMIA LIBRE:

La que opera sobre la base dela oferta y la demanda, sin que la autoridad estatal intervenga en su planificación.

  • 186. ECONOMIA MIXTA:

Economía En que los intereses privados y los estatales se mezclan para regular los asuntos económicos.

  • 187. EFECTIVO:

Vocablo de sentido amplio asociado con cualquier transacción comercial que implique la utilización de dinero.

La medida de la producción en relación a los recursos humanos y otro tipo de recursos. Capacidad de producir el efecto esperado. Este término aparece, a veces, confundido con el de eficiencia.

  • 189. EFICIENCIA:

Relación entre el producto actual y el producto potencial.

  • 190. EGRESOS FUERA DE LA EXPLOTACIÓN:

Deducciones de los resultados no relacionados directamente con el costo de la explotación, tales como pérdidas en venta de inversiones, en venta de activos fijos, etc.

  • 191. EMBARGO:

Suspensión del comercio, y es normalmente un bloqueo en la exportación de un artículo en particular.

  • 192. EMISIÓN:

Conjunto de títulos o valores, efectos de comercio, que se crean para ponerlos en circulación. Acto de emitir dinero por el Banco Emisor títulos, cuando se trata de una sociedad.

  • 193. EMISOR:

Entidad oficial que emite papel moneda – Banco emisor o Banco Central – institución privada que pone en circulación títulos – valores, bien sea representativos de propiedad, de deuda, de tradición o de participación.

  • 194. EMPLEO:

La suma de población ocupada y desocupada por sectores de producción industrial, agricultura y servicios.

  • 195. EMPRESA:

En economía, agente económico o unidad autónoma de control -y decisión – que al utilizar insumos o factores productivos los transforma en bienes y servicios o en otros insumos. No se trata de una entidad legal, sino de una organización que tiene objew tivos definidos, como el lucro y el bien común o la beneficencia y para cuya consecuencia utiliza factores productivos y produce bienes y servicios.

  • 196. EMPRESA DE SERVICIOS:

Empresa que presta servicios, pero que no participa en la producción de los bienes.

  • 197. EMPRESA LIBRE:

Condición según la cual una empresa o un individuo es capaz de funcionar competitivamente sin restricciones gubernamentales.

  • 198. EMPRESA MIXTA:

Aquella en la que personas privadas y el Estado son propietarios del capital, tomándose las decisiones conjuntamente. La participación de uno u otro en la gestión dependerá de los derechos y acciones que tengan en la empresa.

  • 199. EMPRESA MULTINACIONAL:

Es cualquier empresa que dedica gran parte de sus operaciones a una actividad que no se limite a un solo país. Su propiedad y su personal administrativo deben pertenecer a diferentes países.

  • 200. EMPRESA PRIVADA:

Empresa en que la propiedad del capital, la gestión, la toma de decisiones, y el control de la misma son ejercidos por agentes económicos privados y en las cuales el Estado no tiene ninguna ingerencia. Un sistema de mercado se basa en al empresa privada la cual tiene como principal objetivo maximizar ganancias. No obstante puede ocurrir que este no sea su único objetivo. El rasgo fundamental del sistema se empresa privada es que los individuos actúan de modo independiente y sin control gubernamental.

  • 201. EMPRESA PUBLICA:

Aquella en que tanto la propiedad del capital, como su gestión y toma de decisiones están bajo el control gubernamental. Uno de los principales objetivos, pudiendo tener otros, como seguridad nacional u obtener ganancias. Las organizaciones estatales que tienen autonomía financiera no constituyen empresas públicas.

  • 202. ENCAJE:

Aquella fracción del total de los depósitos recibidos por los bancos comerciales e instituciones financieras que son mantenidos como reservas en caja, con el fin de poder responder a los retiros de dinero que realicen los depositantes o a cualquier contingencia imprevista. Las reservas de encaje no pueden ser prestadas a terceras personas. En casi todos los países del mundo la ley obliga a los bancos o financiera puede mantener un encaje voluntario por sobre el encaje legal si lo desea.

  • 203. ENCARGO FIDUCIARIO:

Acto de confianza en virtud del cual una persona entrega a otra uno o más bienes determinados con el propósito de que ésta cumpla con ellos una finalidad específica, bien sea en beneficio del fideicomitente o de un tercero.

  • 204. ENDEUDAMIENTO:

utilización de recursos de terceros obtenidos vía deuda para financiar una actividad y aumentar la capacidad operativa de la empresa.

  • 205. ENDOSO:

Firma del tenedor legítimo de un título en el reverso del mismo para transferir su propiedad o para constituir mandato o poder. Cesión a favor de otro de un título valor, en otro documento expedido a la orden, haciéndolo constar así en el respaldo.

Criterio que orienta la distribución de un determinado atributo entre los miembros de un grupo social. En economía, los atributos considerados se refieren a las oportunidades, a la riqueza, al ingreso, al consumo, etc. Existen muchos criterios de equidad, siendo el igualitarismo uno de ellos, pero no el único.

  • 207. ERGONOMIA:

Estudio de los efectos del entorno laboral en el trabajador y en su capacidad reproductiva.

  • 208. ESCALA:

Nivel de operación o tamaño de un proceso productivo.

Surge de la interrelación entre las necesidades humanas y los recursos disponibles para satisfacerlas. Las necesidades del hombre por consumir bienes y servicios exceden la cantidad de ellos que la economía puede producir con los recursos disponibles quedando siempre algunas necesidades insatisfechas.

  • 210. ESPECULACIÓN:

Operación realizada con el fin de obtener beneficios de la variación futura anticipada de la cotización de títulos.

  • 211. ESPECULACIÓN:

Acción de comprar bienes a bajo precio con la intención de vender en el futuro a un precio superior. La especulación puede beneficiar tanto el especulador como a los consumidores, por cuanto permite distribuir la oferta de un bien a través del tiempo, traspasando los periodos de abundancia a los periodos de escasez. En consecuencia, es una acción que introduce estabilidad en los precios y en los mercados.

Matemáticas de los datos agrupados y los métodos utilizados para describir y analizar la información numérica.

  • 213. ESTATALISMO:

Recibe esta denominación cualquier indicio de intervención gubernamental excesiva en la actividad económica nacional, con la intención principal de alcanzar un mayor control sobre las industrias fundamentales.

  • 214. ESTADO FINANCIERO:

Informe que refleja la situación financiera de una empresa. Los más conocidos son el Balance Contable y el Estado de Pérdidas y Ganancias. El primero refleja la situación a un instante determinado. El segundo está referido a un periodo y muestra el origen de las pérdidas o ganancias del periodo. Otro estado financiero importante es el de fuentes y usos de Fondos que muestran el origen y la aplicación de los flujos de caja del periodo, permitiendo identificar el financiamiento de las pérdidas y el destino de las ganancias.

  • 215. ESTERILIZACIÓN:

operación mediante el cual un banco central a través de la venta de bonos al público puede anular los efectos de un incremento en la oferta monetaria

  • 216. ESTUDIO DE VIABILIDAD:

Investigación encaminada a establecer las posibilidades de éxito de una determinada actividad dados unos recursos disponibles y unas limitaciones existentes.

  • 217. EUROBONO:

Título- Valor de renta fija emitido públicamente en los mercados internacionales, denominándose una eurodivisa y destinado a la suscripción por personas residentes y no residentes en el país de emisión.

  • 218. EURODINERO:

Sinónimo de euromoneda.

  • 219. EURODIVISA:

Depósitos denominados en varias divisas fuertes (marco, dólar, franco suizo, etc) propiedad de personas o instituciones no residentes en el país de la moneda de denominación, y libres de controles de las autoridades monetarias. Estos fondos son prestados en el mercado interbancario a diversos plazos.

  • 220. EURODOLARES:

Depósitos en bancos europeos en dólares de los Estados Unidos. Aquellos de saldos privados, es decir, no gubernamentales, en posesión de los bancos comerciales europeos , son dólares acumulados procedentes de los grandes préstamos y gastos de estados Unidos en el extranjero. Forman un stock de moneda Internacional (liquidez) que se agrega a las reservas internacionales. Son dólares por fuera de control del país de origen.

  • 221. EVASIÓN DE IMPUESTOS:

Actividad para evitar el pago de los impuestos.

  • 222. EXCESO DE DEMANDA:

Situación que se dan un mercado cuando el precio de un bien está por encima del nivel de equilibrio.

  • 223. EXCESO DE OFERTA:

Situación que se da normalmente en un mercado cuando el precio de un bien está por debajo del nivel de equilibrio.

  • 224. EXENCIÓN:

Liberación de impuestos o gravámenes que excusa del cumplimiento de la correspondiente obligación tributaria. La liberación puede ser total o parcial. En el primer caso exime por completo del tributo respectivo, y en el segundo, sólo de la parte a la que alcanza la liberación, subsistiendo en el resto la obligación de pagar.

  • 225. EXILIADO FISCAL:

Individuo que cambia su residencia a otro país por no pagar impuestos.

  • 226. EXISTENCIAS:

Sinónimo de inventarios.

  • 227. EXONERACIÓN:

Diferencia entre el valor real o liquidable de un título y su precio en Bolsa.

  • 228. EXPANSION:

Parte del ciclo económico que se caracteriza por un incremento de la actividad económica.

  • 229. EXPORTACIONES NETAS:

Diferencia entre las exportaciones y las importaciones de un país. La cifra puede ser negativa o positiva.

  • 230. EXPORTACIONES:

Venta de bienes y servicios de un país al extranjero. FACTORING: Consiste en la compra de los créditos originados por la venta de mercancías a corto plazo. El servicio de factoring ofrece a una empresa la posibilidad de liberarse de problemas de facturación, contabilidad, cobros y litigios que exi gen un personal muy numeroso.

  • 231. FACTORING:

Las empresas especializadas en la compra de cartera o Factoring son instituciones financieras que surgieron en Colombia a finales de la déca – da del setenta; estas entidades como su nombre lo indica se dedican a riesgo de NO PAGO por parte de estos últimos.

En algunos países, principalmente los de la comunidad Británica, se exige que la factura comercial sea preparada en formularios especiales. Estados Unidos, por ejemplo, requiere para toda exportación que sobrepase US$ 500. la presentación del llamado formulario de aduanas No. 5515 el mismo que se obtienen en los consulados americano.

  • 233. FACTURA COMERCIAL:

Es el documento donde se fija el importe de la mercancía expedida. En algunos casos sirve, además, como propio contrato de venta. Sobre ellas deben señalarse claramente las partes compradoras y vendedoras, con sus direcciones, teléfonos y teles, la descripción de los productos de acuerdo con la descripción exacta sobre la que convengan las partes; losa bultos expedidos, con sus marcas y contraseñas, peso bruto y neto; las cantidades de ventas acordada (CIF,FOB, etc.) y la divisa fijada, lugar de expedición, etc.

  • 234. FACTURA PROVISIONAL:

Es la realizada por el vendedor para cubrir envíos cuyo monto global no ha sido todavía plenamente determinado, casi siempre en razón de la cantidad a suministrar de acuerdo con un contrato.

  • 235. FECHA DE EMISIÓN:

Fecha a partir de la cual se crean títulos y se inicia su colocación en el mercado.

Sistema feudal de gobierno y de organización de la propiedad. El feudo fue un contrato típico de la edad media por el cual los soberanos y los grandes señores concedían tierras o rentas en usufructo. Obligándose el que las recibía a guardar fidelidad de vasallo al donante.

  • 237. FIDUCIA:

Se denomina fiducia mercantil al negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o más bienes especificados a otra llamada fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste o de un tercero llamado beneficiario o fideicomisario.

Rama de la administración de empresas que se preocupa de la obtención y determinación de los flujo de fondos que requiere la empresa, además de distribuir y administrar esos fondos entre los diversos activos, plazos y fuentes de financiamiento con el objetivo de maximizar el valor económico de la empresa.

  • 239. FLETE:

Es el precio que se paga por el alquiler de una nave para el transporte de mercancía.

  • 240. FLOOR DE TASA DE INTERÉS:

Se utiliza para fijar un nivel mínimo de tasa de interés. El comprador de este tipo de contrato es compensado si la tasa de interés disminuye más allá de un cierto nivel (strike level) preestablecido.

  • 241. FLUCTUACIÓN:

Alza y descenso de los precios.

  • 242. FLUJO:

En economía se distingue entre variables de flujo y variables de Stock para mostrar la diferencia pensemos en un estanque con agua. El nivel del agua en el estanque es un stock y se puede cuantificar como el número de litros existentes. Si pensamos que además el estanque tiene una llave por la cual entra agua y un desagüe por la que se elimina, tendremos entonces un flujo. .

  • 243. F.M.I (FONDO MONETARIO INTERNACIONAL):

Organismo creado en 1945 mediante la firma dela cuerdo de Bretón Woods que incluía también la creación del Banco Mundial.

  • 244. FONADE (FONDO NACIONAL DE PROYECTOS DE DESARROLLO):

Establecimiento nacional que financia diferentes estudios de preinversión a entidades públicas y privadas. Desde su creación en 1968, opera como un banco de fomento para la preinversión a través de líneas de crédito con plazos y condiciones financieras favorables.

  • 245. FONDOS DE CAPITAL DE RIESGO:

Fondos mutuos invertidos en valores de firmas poco conocidas y generalmente no registradas en la Supervalores y bolsa.

  • 246. FONDOS DE CESANTIAS:

Es el sistema creado por la reforma Laboral Ley 50 de 1990 que se aplica obligatoriamente a los nuevos contratos de trabajo y opcionalmente para los trabajadores antiguos "para lo cual es suficiente la comunicación escrita" como lo señala la Ley. Este nuevo régimen consiste en esencia en que el 31 de diciembre de cada año se árala Liquidación definitiva de cesantías por la anualidad o por la fracción correspondiente; el empleador paga además el 12% anual o proporcional por fracción.

  • 247. FONDOS DE INVERSIÓN:

Patrimonio integrado por aportes de personas naturales y jurídicas para su inversión en valores y bienes que se le permiten, y que es administrado por una sociedad anónima por cuenta y riesgo de los aportantes; quedando los aportes e xpresados en cuotas de participación no rescatables, nominativas y con posibilidad de transarse en una bolsa de valores.

  • 248. FONDO DE PENSION:

Los progresos científicos y culturales así como la evolución del sentido de solidaridad social han llevado a las diferentes comunidades a plantearse nuevas cuestiones, entre las cuales se destaca el tema de previsión social. En algunos casos, el Estado ha asumido en forma prácticamente exclusiva la responsabilidad de atender las cuestiones provisionales, constituw w w. e h u . e s / d a n i e l g a r c i a / d o c e n c i a / d i c c i o n a r i o . p d f – 1 1 – yendo nuestro país un claro ejemplo. En otros, la respuesta ha surgido de la interacción entre los sectores público y privado, estableciéndose un esquema de cobertura que podría denominarse "mixto", por el cual el Estado se encarga de asegurar la previsión de estándares básicos tales como una jubilación o pensión mínima, asistencia médica, etc. Y el sector privado brindan diversos complementos financiados con los aportes de trabajadores y/o empleados.

  • 249. FONDOS GANADEROS:

La ley 07 sancionada en enero de 1990 considera a los fondos ganaderos como sociedades anónimas de economía mixta, constituidas con aportes de la Nación, los departamentos tienen como objetivo social principal, el Fomento y mejoramiento del sector agropecuario y la industria ganadera y la comercialización y mercadeo de los bienes que sean afines y necesarios para el desarrollo de esas actividades.

  • 250. FONDOS MUTUOS:

Patrimonio aportado por personas naturales o jurídicas, para su inversión en valores de oferta pública, administrado por un tercero (sociedad administradora de fondos mutuos), por cuenta y riesgo de los partícipes o aportantes, quienes, por tanto, perciben los beneficios a través de las revalorizaciones de sus aportes y soportan las eventuales pérdidas. Son fondos "abiertos" aquellos en que las cuotas son rescatables por esencia. En los fondos "cerrados" las cuotas no son rescatables.

Daño o parte de daño que debe cobrarse, por acuerdo al asegurado.

Se trata a grandes rasgos, de la venta que hace un productor original, de un formato o negocio, concepto que incluye derechos, estrategias de servicio e incluso el "good will". El comprador se hace a unos derechos, para establecer su propio negocio, explotando los productos y marcas ya posicionadas en el mercado y que por ende, tienen un prestigio ganado.

  • 253. FUGA DE DOLARES:

Situación en la cual se fugan divisas hacia el exterior como resultado de tasas de interés externas más atractivas que las del mercado doméstico.

  • 254. FUNCION COOB – DOUGLAS:

Es una función de producción que determina el tipo de rendimiento y escala en la producción.

  • 255. FUSION:

Unión de dos o más empresas para formar un nuevo negocio. Tienen aplicaciones financieras para inversores, empleados y acreedores.

  • 256. FUTUROS:

Moneda extranjera comprada o vendida con base a la tasa de cotización en algún momento del futuro. O también se define como el contrato de venta y entrega de productos con fecha posterior.

  • 257. FUTUROS FINANCIEROS:

Los futuros financieros son contratos en los cuales se pacta la entrega o el recibo de un bien específico, a un precio y a una fecha determinados, pudiendo ser transferidos antes del vencimiento de los mismos. De hecho, un análisis del mercado muestra cómo sólo una mínima parte de los contratos a futuro son realmente cumplidos en forma física.

  • 258. GANANCIA:

valor del producto vendido descontando el costo de los insumos y la depreciación menos los pagos a los factores contratados, tales como salarios, intereses y arriendos.

  • 259. GARANTIA:

Son aquellas seguridades accesorias que se dan para la seguridad de una obligación. Pueden ser reales como la prenda y la hipoteca, personales como la fianza y cláusula penal, bancarias y de compañías de seguros.

  • 260. GASTO NACIONAL BRUTO:

El representado por el total de los cuatro sectores de la economía ( familiar, gubernamental, empresarial y exterior) en la producción nacional de bienes y servicios. Es igual al producto nacional bruto.

  • 261. GASTO PRIVADO:

Gasto total que realizan los agentes económicos privados en bienes de consumo y en bienes de capital, por unidad de tiempo.

  • 262. GASTO PUBLICO:

Gasto realizado por el sector público en un periodo determinado. Incluye todo el gasto fiscal, más todos los gastos de la empresas fiscales y semifiscales con administración autónoma del Gobierno Central. El gasto público se destinan a consumo público y a bienes de capital, inversión pública.

  • 263. GASTO SOCIAL:

Parte del gasto público destinado a la financiación de servicios sociales básicos para los individuos. Según la clasificación propuesta por las Naciones Unidas, son los gastos de educación, sanidad, seguridad social, vivienda, deportes y otros de similares características.

  • 264. GASTO DE SEGURIDAD SOCIAL:

Pagos en efectivo realizados a favor de los beneficiarios de los programas de seguridad social (pensión por jubilación, enfermedad, subsidio de desempleo, et.). Se descontarán de los mismos los gastos e administración y gestión de los organismos de la seguridad social.

Incluye gastos de ventas tales como remuneraciones y comisiones pagadas al personal de ventas, propaganda, promoción, etc. Asimismo, comprende todos los gastos de administración tales como remuneraciones del personal administrativo, impues tos, suscripciones, etc.

  • 266. GASTOS DIRECTOS:

Pagos a empelados, suministradores, beneficiarios y otros receptores privados de los pagos del gobierno.

  • 267. GASTOS FIJOS:

Los que no están relacionados con el nivel de actividad de una empresa.

  • 268. GASTOS FINANCIEROS:

Gastos incurridos por la empresa en la obtención de recursos financieros y que están representados por los intereses y primas sobre pagarés, bonos, debentures, etc. emitidos por la empresa.

  • 269. GASTOS FINANCIEROS:

Los que originan los intereses de las deudas comprometidas a largo plazo.

  • 270. GASTOS VARIABLES:

Los que varían con el nivel de la producción o la capacidad de la planta. Generalmente son gastos controlables.

  • 271. GESTION:

Sinónimo de administración.

  • 272. GIRO:

Es una orden escrita e incondicional que una persona dirige a otra. Va firmado por la persona que lo extiende y pide al destinatario de la misma que proceda el pago de una determinada suma a la vista en fecha futura que se determina, a la orden de una determinada persona, o bien al portador.

  • 273. GIRO POSTAL:

Instrumento que generalmente se adquiere por una suma determinada y se compra en la oficina de correos o en las instituciones financieras para transferencia de fondos.

  • 274. GOBIERNO CENTRAL:

Componente del Sector público no financiero que incluye la Presidencia de la República, los ministerios y los establecimientos públicos.

  • 275. GRUPO ANDINO:

  • 276. El proceso que se comenzó el 16 de agosto de 1966 con la Declaración

de Bogotá culminó la suscripción del Acuerdo de Cartagena el 26 de mayo de 1969; dicha declaración se refería especialmente a los problemas de la integración de América Latina y en particular al tratamiento que debía darse a los países de mercado insuficiente y de menor desarrollo económico relativo. El Acuerdo fue suscrito inicialmente por los gobiernos de Colombia, Chile, Bolivia y Perú; Venezuela ingresó en 1973 convirtiéndose en el sexto país miembro. En octubre de 1976 Chile consideró que no estaba en condiciones de continuar formando parte del proceso de integración, por lo cual oficializó su retiro. El acuerdo de Cartagena tiene por objetivos: La promoción del desarrollo equilibrado y armónico de los Países miembros; la aceleración de su crecimiento a través de la integración económica; facilitar su participación en el proceso de integración previsto en el Tratado de Montevideo, y el establecimiento de condiciones favorables para la conversión de la ALAC en un mercado común. La finalidad de dichos objetivos es procurar un mejoramiento constante en el nivel de vida de toda la subregión.

Forma de competencia negativa según la cual los vendedores dejan caer sus precios por debajo de sus costos, con la intención de expulsar a la competencia fuera del mercado.

  • 278. GUERRA, TEORIA DE LA:

Según ella, las guerras que dan prosperidad van seguidas de una depresión.

  • 279. GUSTOS:

En economía, el término se refiere a las preferencias que los agentes económicos manifiestan por los diferentes bienes y servicios. Los gustos o preferencias inciden en la forma y magnitud de la demanda de bienes y servicios tanto a nivel individual como agregado. Aunque las preferencias de las personas no son una variable cuantificable, ello no es obstáculo para el análisis económico, puesto que esta se expresan en el mercado como la disposición de los consumidores a pagar un cierto precio por determinados bienes y servicios. Vale decir,, en el mercado se revelan las preferencias de las personas cuando estas adquieran bienes.

  • 280. HABITO BANCARIO:

Es al costumbre de la gente de Conservar o mantener sus excedentes de ahorro en cualquier forma de depósito bancario, en cuentas corrientes, o en depósitos de ahorro, o en depósitos a término.

  • 281. HACIENDA:

Bienes que pertenecen al estado; conjunto de organismos y actividades que se destinan a la administración de los bienes que son propiedad del estado.

  • 282. HACIENDA PUBLICA:

Rama especializada de la teoría de las finanzas que estudia la obtención de medios de pago para hacer frente a los gastos públicos.

  • 283. HEDONISMO:

Uno de los principios sicológicos de la economía clásica. El homo economicus no sería sino un "calculador instantáneo de placeres y dolores".

Inflación acelerada o galopante; se presenta cuando la aceleración de precios es de tal magnitud que las autoridades monetarias pierden por completo el control monetario y se sienten imposibilitados para frenar el proceso inflacionario. Es el grado más severo de inflación.

  • 285. HIPOTECA:

Cargo sobre una propiedad que da un prestatario para cubrir un préstamo.

  • 286. HISTERESIS:

Es el efecto por el cual periodos prolongados de altas tasas de desempleo efectivo parecen hacer subir la tasa natural.

  • 287. HISTORICISMO:

Estudio o doctrina fundada sobre consideraciones históricas. El conocimiento del pasado sería esencial para comprender el presente.

  • 288. HONORARIOS POR TRANSFERENCIA (VALORES):

Honorarios que cobra una compañía por la transferencia de un valor registrado de un tenedor a otro.

Cesación del trabajo por un acuerdo colectivo de los trabajadores de una empresa, industria, región o país. Los motivos de una huelga pueden ser lograr mejoramientos en las condiciones de trabajo, en las remuneraciones, o deberes a razones políticas o sociales.

  • 290. IGUALITARISMO:

Premisa según la cual todos los miembros de una sociedad deben tener igualdad de oportunidades.

  • 291. ILIQUIDEZ:

Difícilmente convertido en líquido. Lo contrario de liquidez. Fondos no realizables pueden ser convertidos en efectivo, pero usualmente con gran pérdida de valor.

  • 292. ILUSION MONETARIA:

Percepción errónea del ingreso real. Se ha observado que el ingreso monetario explica mejor la demanda de ciertos bienes que el ingreso real. Ello es atribuido a la ilusión monetaria.

  • 293. IMPACTO:

Efecto inmediato o de corto plazo que surge de la alteración de alguna variable económica. Se llama también "efecto impacto", y generalmente se refiere el efecto de alteraciones en variables controladas por la autoridad económica como por ejemplo la tasa de encaje, o el tipo de cambio en un sistema de tipo de cambio fijo.

  • 294. IMPOSICIÓN:

Exacción o impuesto sobre la propiedad u otros derechos, establecido por el estado.

  • 295. IMPUESTO:

Pago obligatorio de dinero que exige el estado a los individuos o empresas que no están sujetos a contraprestación directa<, con el fin de finan – ciar los gastos propios de la administración del Estado y la provisión de vienes y servicios de carácter público, tales como administración de justicia, gastos de defensa, subsidios y muchos otros. Sólo por ley pueden establecerse los impuestos de cualquier naturaleza que sean, señalarse sus modalidades, su repartición o su supresión. Las dos categorías fundamentales son los impuestos directos e indirectos.

  • 296. IMPUESTO DE ADUANAS:

Cualquier impuesto que grava los bienes importados.

  • 297. IMPUESTOS DIRECTOS:

Impuestos que gravan directamente el ingreso de las personas y las empresas. El impuesto a la renta de personas y sociedades, los impuestos al patrimonio y, los impuestos a la propiedad hacen parte de los impuesto directos.

  • 298. IMPUESTOS INDIRECTOS:

Impuestos que gravan a los bienes y servicios, y por ende afectan indirectamente el ingreso del consumidor o del productor. Entre éstos impuestos encontramos los impuestos a las ventas, y los aranceles a las importaciones.

  • 299. IMPUESTOS DE LUJO:

Partes: 1, 2, 3
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