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Derecho Mercantil

Enviado por Janeth


Partes: 1, 2, 3, 4

  1. Generalidades sobre el Derecho Mercantil y societario
  2. El comercio y el comerciante
  3. Los Agentes de Comercio
  4. Contratos y obligaciones mercantiles
  5. La compra venta mercantil
  6. El contrato de transporte
  7. Generalidades sobre la Ley de Compañías
  8. La Compañía en nombre colectivo. Constitución y forma
  9. La Compañía en comandita simple, constitución y forma
  10. Compañía de responsabilidad limitada constitución y forma
  11. Compañía anónima.- Generalidades constitución y forma

UNIDAD # 1

Generalidades sobre el Derecho Mercantil y societario

ACTIVIDADES

1.- Realice en una página, un resumen acerca del origen y evolución del Derecho Mercantil y Societario.

Nace en la edad media, debido al influjo de una actividad industrial rudimentaria y artesana las ciudades se convierten en centros de consumo, de cambio y de producción.

A partir de la segunda mitad del siglo XII los mercaderes se asociaron y propiciaron la realización de mercados y ferias, en donde se desarrolló el comercio interno e intercambio internacional de productos, especialmente mediante el transporte por mar, traslado de dinero, reiteración de usos sobre pagos internacionales y la utilización de auxiliares, como la contabilidad de las operaciones, cambio de monedas depósitos de dinero en custodia, etc.

Frente a estas realidades socio – económicas, había un derecho estratificado y traumatizado al mismo tiempo por los formalismos del primitivo derecho germano, como por la hostilidad del Derecho Canónico a ciertas manifestaciones de la praxis comercial.

Esto originó la formación de diversas instituciones libres de tecnicismos y de abstracciones lógicas, abiertas a la fuerza innovadora del tráfico mercantil, y que los comerciantes recogieron y aplicaron esos usos para resolver litigios y conflictos de intereses, inicialmente entre sus miembros y luego con quienes sin ser comerciantes realizaban esporádicamente, actos propios de comercio.

Las decisiones aplicadas a casos análogos sucesivos fueron confiriéndole el carácter de normas obligatorias, que compiladas en los estatutos del gremio de comerciantes, conformaron ordenamiento autónomo y especial, que más tarde, fue fundamental en la estructuración de las economías nacionales.

Posteriormente, la Ley Mercantil dejó de ser exclusiva para los comerciantes en ejercicio de su profesión y se tornó en reguladora de los llamados ACTOS DE COMERCIO, subordinados a sus disposiciones, fueran o no comerciantes las personas que los realizaran, para ello concurrieron varios factores:

a) La Institucionalización Del Principio De Igualdad De Todos Los Ciudadanos Ante La Ley:

Dio lugar a la abolición de los gremios y asociaciones de mercaderes como clasistas, dotados de autonomía y con privilegios como el de crear y poner en marcha una jurisdicción especial.

b) El Libre Acceso De Todos Los Ciudadanos A Las Actividades Mercantiles:

Determinó que el único factor que confería el status de comerciante fuera el ejercicio profesional de una actividad mercantil.

c) La Competencia De Los Tribunales De Comercio Se Delimitó Con Base Los Actos E Instituciones Jurídicas Que Fueron Estructuras Por Los Mercaderes.

En un inicio se respetó aquello, pero posteriormente y con el transcurso del tiempo se utilizaron por quienes no tenían esa condición.

d) La Elevación A Precepto De Derecho Público Del Principio De Libertad De Comercio E Industria:

Que auspició el florecimiento de la iniciativa privada.

e) El Desarrollo Del Capitalismo Transformó Las Estructuras Económicas Tradicionales, Y Con La Revolución Industrial Se Robustecieron Las Instituciones Mercantiles.

Con ello surgieron otras nuevas no exclusivas de los comerciantes, como la sociedad anónima, se perfeccionó el cambio como medio de movilización del crédito, se especializó el transporte marítimo.

2.- Anote las principales definiciones sobre el Derecho Mercantil, y explique cada una de ellas mínimo en cinco líneas.

Para Guillermo Cabanellas: "Constituyen los principios doctrinales, legislación y usos que reglan las relaciones jurídicas particulares que surgen de los actos y contratos de cambio, realizados con ánimo de lucro por las personas que del comercio hacen su profesión"

Explicación.- Es decir que a través del tiempo, la costumbre se ha transformado en leyes, convertidas en verdadera doctrina y que aplicada a las relaciones de las personas legales particulares nacen eventos de trascendencia. La costumbre propiamente dicha, con el pasar del tiempo logra convertirse en ley, en un principio doctrinario que la legislación la regla y la pone al servicio de los particulares.

Ferreira: "Es el sistema de normas reguladoras de las relaciones entre los hombres, constitutivas del comercio o emergente de él".

Explicación.- Mediante el procedimiento sistematizado, científico, se ha logrado captar medidas que regulan la vida, su conducta, el comportamiento cotidiano, y por ende la relación entre todos los hombres, por lo tanto entre todos los países, que ha través de su desarrollo comercial logran superar.

Para Montillas: "Es el sistema de normas jurídicas que determinan su campo de acción mediante la calificación de actos mercantiles dada a ciertos actos; y regulan estos y la profesión de quienes se dedican a celebrarlos.

Explicación.- El método científico a que se refiere es el sistemático que unidas a las normas jurídicas, es decir, la relación correcta del comportamiento del hombre, van a determinar cual va ha ser su campo de acción, van a reglar cual va ha ser el camino a seguir para calificar a los actos mercantiles, reglamentando también de esta manera al los profesionales del comercio, esto es al comerciante.

Según Borges: "Es el conjunto de normas jurídicas que regulan, las relaciones derivadas de las industrias y actividades que la ley considera mercantiles, así como los derechos y obligaciones de las personas que las ejercitan profesionalmente"

Explicación.- Esto es, en cambio se refiere a la esas máquinas enormes, y su actividad desempeñada dentro de la industria, la empresa y su actividad regulada por la ley, y que por lo tanto la consideran actividad mercantil, también controlan o establecen reglas, dicho de otra manera, derechos y obligaciones para las personas que mueve el mundo dentro de su profesión a través del Derecho Mercantil.

Por nuestra parte, podríamos definir al Derecho Mercantil de la siguiente manera:

"Como el conjunto de normas relativas al comercio, sin que importe que los actos que se ejecuten requieran o no corno condición especial la existencia de una empresa o de un comerciante para ser calificados de mercantiles"

3.- Elabore un cuadro sinóptico de las características del Derecho Mercantil.

edu.red

4.- Resaltar los principales aspectos que regula el Derecho Mercantil y explique cada uno de ellos.

a) Acto Mercantil.- Aquél que el Código Civil lo define como un contrato sinalagmático, es decir que crea obligaciones y derechos recíprocos y que tiene el carácter de bilateral.

Explicación.- El acto mercantil crea obligaciones y derechos recíprocos, es decir que cada uno está dispuesto a corresponder del mismo modo a un determinado comportamiento ajeno, siendo el contrato bilateral, definido por el Código Civil como un contrato sinalagmático.

b) El Objeto Mercantil.- Las cosas sobre las que recae este Derecho, y son bienes muebles.

Explicación.- Es decir que es debido a su movilidad y posibilidad de traslación, que este derecho recae sobre ellos y a los que las leyes otorgan esta condición.

c) El Sujeto Mercantil.- Es decir la conducta de las personas que realizan los actos de comercio o mercantiles, ya sea que la actividad tenga el carácter de profesional como de los comerciantes, o que sea mercantil por disposición de la Ley.

Explicación.- Es la persona que guía su conducta a través de los actos que realiza, ya sean éstos comerciales o mercantiles, no importando si aquella actividad es profesional o no.

5.- Escriba los requisitos para formar una sociedad, y explique cada uno de ellos.

  • a) Consentimiento: Se refiere a la intención de las partes de pertenecer a la sociedad y permanecer en ella.

  • b) El aporte: El aporte de todos los socios sea en cantidad o calidad.

  • c) El fin u objeto lícito: La sociedad que persiga la realización de actos ilícitos es nula de nulidad absoluta.

  • d) Fin u objeto común: Cualquiera que sea el resultado del ejercicio dé la sociedad todo asociado debe ser partícipe.

AUTOCONTROL 1

1. Defina:

Derecho Mercantil.- Conjunto de normas relativas al comercio, sin que importe los actos que se ejecuten requieran o no corno condición especial la existencia de una empresa o de un comerciante para ser calificados de mercantiles.

Derecho Societario.- Conjunto de normas y disposiciones aplicables a todas las compañías, y sociedades existentes; y contempladas en la Ley de Compañías

Comercio.- Es el arte y la práctica del cambio, pero no es sólo comercio el hecho de cambiar mercaderías por dinero, persiguiendo con ello una ganancia, sino que, como sucede frecuentemente, el volumen y la importancia creciente con que estas operaciones se desarrollen, hacen que en ellos concurran una larga serie de actos que tienen por objeto realizarlos, llevarlos a cabo, precaverlos de riesgos, facilitar su pago, actos que no tendrían vida propia si no existiera el comercio y que a él deben su vida, asimilándola por tanto al comercio, industria principal a la que acceden".

Comerciante.- todas las personas que según disposiciones del Código Civil, tienen capacidad para contratar, pueden ejercer el comercio, para ello, requieren obtener la Matrícula de Comercio y la Cédula de Afiliación a la Cámara de Comercio, sin estos requisitos se considerará ilícita la actividad mercantil que ellos ejercieren

2.- Indique la importancia que tiene un Acto de Comercio.

En nuestra legislación como en tantas, la base de la mercantilidad es el acto de comercio y tiene relevancia para:

  • a) Establecer la legislación aplicable, si el Derecho Civil o el Derecho Comercial;

  • b) Establecer los medios de prueba;

  • c) Para fines profesionales, pues la persona del comerciante está sobre el acto, por ello es necesario saber qué son actos de comercio, para a su vez entender qué actos son los que transformara una persona en comerciante.

  • d) Para la capacidad de los que lo celebran. La capacidad para ejercer el comercio se rige por e! Código de Comercio, éste establece reglas especiales respecto de ciertas personas,

  • e) Para la quiebra.

  • f) Para fines de procedimiento; las discrepancias que nacen por el ejercicio de un acto de comercio, requieren de sustanciación especial establecida en el Código de Procedimiento Civil o leyes especiales.

  • g) Para la aplicación de la costumbre. Para saber si el acto sobre el que se va aplicar es civil o mercantil.

  • h) Por la competencia.

  • i) Para fines fiscales, y cobro de determinados impuestos.

3.- Explique el carácter consuetudinario del Derecho Mercantil.

Se refiere a la costumbre, al derecho no escrito, a la primera manifestación externa del Derecho Mercantil, la cual termina por convertirse en norma escrita, pero mientras soma y convierte en norma escrita, rige y es obligatoria, ya en una región, en un país, ya en forma universal.

4.- Señale lo correcto y luego Justifique:

La costumbre es considerada fuente del Derecho Mercantil

Si( X ) No ( )

¿Porqué? la primera manifestación externa del Derecho

Mercantil, la cual termina por convertirse en norma escrita, pero mientras soma y convierte en norma escrita, rige y es obligatoria, ya en una región, en un país, ya en forma universal.

5.- Complete:

La ley mercantil dejó de ser exclusiva para los comerciantes y se torno en reguladora de los llamados Actos de Comercio; para ello concurrieron varios factores:

  • a) LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TODOS LOS CIUDADANOS ANTE LA LEY:

Dio lugar a la abolición de los gremios y asociaciones de mercaderes como clasistas, dotados de autonomía y con privilegios como el de crear y poner en marcha una jurisdicción especial.

  • b) EL LIBRE ACCESO DE TODOS LOS CIUDADANOS A LAS ACTIVIDADES MERCANTILES:

Determinó que el único factor que confería el status de comerciante fuera el ejercicio profesional de una actividad mercantil.

  • c) LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE COMERCIO SE DELIMITÓ CON BASE A LOS ACTOS E INSTITUCIONES JURÍDICAS QUE FUERON ESTRUCTURAS POR LOS MERCADERES.

En un inicio se respetó aquello, pero posteriormente y con el transcurso del tiempo se utilizaron por quienes no tenían esa condición.

  • d) LA ELEVACIÓN A PRECEPTO DE DERECHO PÚBLICO DEL PRINCIPIO DE LIBERTAD DE COMERCIO E INDUSTRIA:

Que auspició el florecimiento de la iniciativa privada.

  • e) EL DESARROLLO DEL CAPITALISMO TRANSFORMÓ LAS ESTRUCTURAS ECONÓMICAS TRADICIONALES, Y CON LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL SE ROBUSTECIERON LAS INSTITUCIONES MERCANTILES.

Con ello surgieron otras nuevas no exclusivas de los comerciantes, como la sociedad anónima, se perfeccionó el cambio como medio de movilización del crédito, se especializó el transporte marítimo.

6. Enumere los efectos jurídicos internos y externos que se producen al efectuar la constitución de una compañía en general.

Efectos Internos.-

  • a) Cada socio debe entregar el aporte convenido.

  • b) Si el aporte debe realizarse en bienes que no sean en dinero el socio aportante es el responsable por la evicción y vicios redhibitorios.

  • c) El socio responde por dolo, culpa grave y leve.

  • d) Todos los socios siempre que no haya estipulación contraria puede intervenir en la administración de la sociedad.

  • e) El socio administrador debe rendir cuentas.

  • f) Todo contrato obliga a sus intervinientes.

  • g) Si una persona siendo socio se asocia con otra formando una sub sociedad este acto no produce efecto alguno respecto de los demás socios.

Efectos Externos.-

  • a) En caso de existir contrato de mandato conferido por todos los socios a favor de alguno de ellos todos son responsables directos de lo actuado frente a terceros.

  • b) El socio tiene derecho a las pérdidas, gananciales y utilidades propias de cada compañía.

  • c) La sociedad es susceptible de vencimiento, disolución, y liquidación conforme a las disposiciones propias de cada compañía.

UNIDAD #2

El comercio y el comerciante

ACTIVIDADES

1.- Enumere los principales aspectos que regula el Código de Comercio.

a) Acto Mercantil.

b) El Objeto Mercantil.

c) El Sujeto Mercantil.

2.- Con la ayuda de un texto referente al campo mercantil investigue brevemente acerca del comercio y su evolución histórica (mínimo una página).

La división del Derecho en Derecho Civil y Mercantil incuestionablemente no es un hecho universal ni inmutable. Los autores dan cuenta que ésta división no existió en Roma, no existe en la actualidad en Suiza, Italia y en loa países anglosajones.

En la Roma imperial el Derecho Mercantil no tuvo vigencia; porque por una parte su sistema socioeconómico estaba sostenido en base a la esclavitud, la actividad comercial eran ajenas a la nobleza y ejercida en su nombre por los esclavos, de otra parte la flexibilidad del derecho civil romano permitió que se den respuestas a las necesidades del comercio.

El desdoblamiento en un IUS CIVILE y un IUS HONORARUM hizo visible que este último por medio de la actividad de Pretor diera soluciones a los actos que el Derecho Civil no los tenía por su rigidez y formalismo. En cambio, la desaparición del derecho Mercantil en la legislaciones de Italia y Suiza, según los estudiosos de ésta disciplina jurídica se debe a la generalización de la misma, pues el Derecho Mercantil se ha extendido a todos los ámbitos de la sociedad con la contratación en masa, cuando era solamente el derecho de los comerciantes; y a las operaciones tradicionales mercantiles con patrimonio común de todos los ciudadanos, lo queda como resultado que en mucho desaparezca la dicotomía entre los contratos civiles y mercantiles (depósito civil y deposito mercantil; Transporte civil y transporte mercantil. Etc.) Se observa pues una mercantilización del Derecho Civil y una migración al campo del Derecho común de las regulaciones de las obligaciones de una serie de instituciones que antes estaban regladas por el Código de Comercio.

El Derecho Mercantil nace en la Edad Media en vista de la insuficiencia del Derecho Civil y de su inadaptabilidad a las exigencias técnicas que precisaban el comercio; de la pérdida de elasticidad del derecho Romano, después de la desaparición del Pretor; por otro lado, el Derecho se había desplazado en una pluralidad de legislaciones particulares divorciados de las necesidades del Comercio. Bajo estas circunstancias los comerciantes se separaron del derecho común con sus propias costumbres, que al ser compiladas se transformaron en germen del Derecho Mercantil.

Las normas de carácter civil no contenían la deseada protección de la buena fe en el tráfico hasta equiparar en algunos casos la apariencia y la realidad. En esta línea del Derecho Mercantil desenvuelve ampliamente el principio de legitimación en los títulos valores y protege de mejor manera las adquisiciones de derechos reales.

Las normas sobre representación voluntaria en el derecho civil se afirma son inadecuados al tráfico mercantil por ser muy flexibles, lo que hace que el Derecho Mercantil facilite el otorgamiento de poderes de extensión fija y contenido típico.

Las sociedades anónimas, letras de cambio, marcas por ejemplo, eran desconocidos por el Derecho Civil.

Adicionalmente, era preciso regular el funcionamiento de organismos especiales para las operaciones mercantiles (Bolsas, Almacenes generales de depósito, Bancos, etc.).

A esta justificación del nacimiento del Derecho Mercantil y la división del Derecho Privado en civil y mercantil Joaquín Garrigues la designa con la frase "el Derecho Mercantil como categoría histórica", y lo hace de la manera que hemos parodiado.

3.- Elabore un cuadro sinóptico de los actos de comercio.

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4.- Transcriba el artículo 43 e interprételo en cinco líneas.

Art. 43.- Todo comerciante, al empezar su giro, y al fin de cada año, hará en el Libro de Inventarios una descripción estimativa de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles, y de todos sus créditos activos y pasivos.

Estos inventarios serán firmados por todos los interesados en el establecimiento de comercio que se hallen presentes a su formación.

En el Libro de Caja se asentarán todas las partidas de entrada y salida de dinero, pudiendo recopilarse al fin de cada mes todas las de cada cuenta distinta al pie del último día del mes.

Interpretación.- El comerciante al empezar su inversión de cada año debe inventariar sus bienes muebles e inmuebles, así como también sus créditos activos y pasivos. Esta actividad será respaldada por los asistentes o interesados presentes.

Debe tener un libro de Caja en el cual se asentarán todas las actividades realizadas a diario y recopilarlo mensualmente, éste contendrá las partidas de entrada y salida de dinero.

5.- Resuma en media página acerca de la contabilidad mercantil.

Sin excepción todo comerciante está obligado a llevar contabilidad en los términos que establece la Ley de Régimen Tributario Interno, y se sobre entiende que todo negocio, casas comerciales o industriales extranjeras, o sus sucursales, están cumpliendo con la obligación de la contabilidad. Es decir que en los libros deben llevar todas las operaciones que hagan el comerciante, los gastos generales del establecimiento y los domésticos del comerciante, facturas, etc.

Al principiar sus negocios y al fin de cada año, harán y suscribirán en el mismo libro, el inventario de todos sus bienes, muebles e inmuebles, créditos y débitos.

Se considerarán comerciantes por menor los que habitualmente sólo venden al detalle, directamente al consumidor.

Art. 45.- Se prohíbe a los comerciantes:

1o.- Alterar en los asientos el orden y la fecha de las operaciones descritas;

2o.- Dejar blancos en el cuerpo de los asientos, o a continuación de ellos;

3o.- Poner asientos al margen y hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas;

4o.- Borrar los asientos o parte de ellos; y,

5o.- Arrancar hojas, alterar la encuadernación y foliatura y mutilar alguna parte de los libros.

Si cometieren errores y omisiones al formar un asiento, se salvarán en otro distinto, en la fecha en que se notare la falta. Estos libros serán admitidos como medios de prueba en las contiendas judiciales entre comerciantes, por hechos de comercio.

El comerciante que contraviniere la orden de exhibir alguno de sus libros, será juzgado por los asientos de los libros de su colitigante, que estuvieren arreglados a las disposiciones de este Código.

Si los libros adolecieren de vicios, no tendrán valor en juicio a favor del comerciante a quien pertenezcan y las diferencias que le ocurran con otro comerciante, por hechos mercantiles, serán decididas por los libros de éste, si estuvieren arreglados a las disposiciones de este Código. Los libros hacen fe contra el comerciante que los lleva, y no se le admitirá prueba que tienda a destruir lo que resultare de sus asientos.

No se podrá hacer pesquisa de oficio, por juez ni autoridad alguna, para inquirir si los comerciantes llevan libros o no, o si están o no arreglados a las prescripciones de este Código. No podrá obligarse a un comerciante a trasladar sus libros fuera de su oficina mercantil, pero puede someterse el examen o compulsa a un juez del lugar donde se llevaren los libros.

Si uno de los litigantes ofrece estar y pasar por lo que constare de los libros de su contendor, y éste se niega a exhibirlos sin causa suficiente a juicio del juzgado, éste podrá deferir al juramento de la otra parte, o decidir la controversia por lo que resulte de los libros de ésta, si fuere comerciante en los términos prescritos por el Art. 48.

El comerciante y sus herederos deben conservar los libros de su contabilidad y sus comprobantes, por todo el tiempo que dure su giro, hasta que termine de todo punto la liquidación de sus negocios, y diez años después.

AUTOCONTROL 2

1.- ¿Qué son comerciantes?

Art. 2.- Son comerciantes los que, teniendo capacidad para contratar, hacen del comercio su profesión habitual.

2.- Defina cada uno de los actos de comercio estipulados en et Art. 3 del Código de Comercio.

Art. 3.- Son actos de comercio, ya de parte de todos los contratantes, ya de parte de alguno de ellos solamente:

1o.- La compra o permuta de cosas muebles, hecha con ánimo de revenderlas o permutarlas en la misma forma o en otra distinta; y la reventa o permuta de estas mismas cosas. Pertenecen también a la jurisdicción mercantil las acciones contra los agricultores y criadores por la venta de los frutos de sus cosechas y ganados, más no las intentadas contra los comerciantes para el pago de lo que hubieran comprado para su uso y consumo particular, o para el de sus familias;

Se trata de Contratos

2o.- La compra y la venta de un establecimiento de comercio, y de las acciones de una sociedad mercantil;

La actividad de comprar bienes raíces.

3o.- La comisión o mandato comercial;

A la actividad de realizar un negocio por orden de otra.

4o.- Las empresas de almacenes, tiendas, bazares, fondas, cafés y otros establecimientos semejantes;

Son todas las empresas y establecimientos comerciales

5o.- El transporte por tierra, ríos o canales navegables, de mercaderías o de personas que ejerzan el comercio o viajen por alguna operación de tráfico;

Se refiere al transporte

6o.- El depósito de mercaderías, las agencias de negocios mercantiles y las empresas de martillo;

La transacción de producto negociable.

7o.- El seguro;

Trata de Que todo bien tiene que tener un seguro, en caso de que suceda algo imprevisto.

8o.- Todo lo concerniente a letras de cambio o pagarés a la orden, aun entre no comerciantes; las remesas de dinero de una plaza a otra, hechas en virtud de un contrato de cambio, y todo lo concerniente a libranzas entre comerciantes solamente, o por actos de comercio de parte del que suscribe la libranza.

Son los títulos ejecutivos

9o.- Las operaciones de banco;

Transacciones realizadas ya sea con billete moneda o títulos valores.

10o.- Las operaciones de correduría;

Los corredores son agentes reconocidos por la Ley para dispensar su mediación a los comerciantes y facilitarles la conclusión de sus contratos

11o.- Las operaciones de bolsa;

Personas que se dedican al tráfico y giro mercantil.

12o.- Las operaciones de construcción y carena de naves, y la compra o venta de naves o de aparejos y vituallas;

Actividad comercial

13o.- Las asociaciones de armadores;

Corresponde a los trabajadores que por lo general se encuentran en los puertos.

14o.- Las expediciones, transportes, depósitos o consignaciones marítimas;

15o.- Los fletamentos, préstamos a la gruesa y más contratos concernientes al comercio marítimo; y,

16o.- Los hechos que producen obligación en los casos de averías, naufragios y salvamento.

3.- Complete:

Capacidad es: la aptitud o idoneidad que se requiere para ejercer una profesión, oficio o empleo. / Habilidad o potestad para contratar, disponer por acto entre vivos o por testamento, suceder, casarse y realizar la generalidad de los actos jurídicos. / Poder para obra válidamente. / Suficiencia para ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas determinadas.

4.- Enumere los requisitos para que un menor pueda ejercer el comercio:

1.- Deberá estar autorizado por su curador,

2.- Bien interviniendo personalmente en el acto, o por escritura pública, que se registrará previamente en la oficina de inscripciones del domicilio del menor y se publicará por la imprenta.

5.- Complete:

Las obligaciones de los comerciantes son:

a) Obtener la matrícula de comercio

b) Estar inscrito en el Registro Mercantil del cantón.

c) Llevar contabilidad en los términos que establece la Ley de Régimen Tributario Interno.

d) Llevar un libro Copiador de Cartas

6.- Enumere las personas que no pueden comerciar:

1o.- Las corporaciones eclesiásticas, los religiosos y los clérigos.

2o.- Los funcionarios públicos a quienes está prohibido ejercer el comercio por el Art. 242 (266) del Código Penal, salvo las excepciones establecidas en el mismo artículo.

3o.- Los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación

UNIDAD # 3

Los Agentes de Comercio

ACTIVIDADES

1.- Enumere las incapacidades por las que una persona no puede entrar en la bolsa de comercio (Art. 66).

Art. 66.- Todo ecuatoriano o extranjero tiene derecho a entrar en la Bolsa, si no le obsta alguna incapacidad legal, a saber:

1o.- Hallarse privado o suspenso del ejercicio de los derechos políticos o civiles;

2o.- Haber sido declarado en quiebra y no haber obtenido rehabilitación;

3o.- Hallarse privado o suspenso en el oficio de corredor;

4o.- Haber sido declarado intruso en el mismo oficio;

5o.- Haber dejado de cumplir alguna operación concertada en la Bolsa;

6o.- Ser mujer o menor de edad que no estuvieren legalmente autorizados para contratar y administrar sus bienes; y,

7o.- Ser eclesiástico.

Nota:

La frase "mujer o" en el numeral 6o., se halla suspendida por resolución del Tribunal de Garantías Constitucionales publicada en el R.O. 224, 3-VII-89.

2.- Enliste los objetos de la Contratación de la Bolsa.

Art. 67.- Son objetos de la contratación de la Bolsa:

1o.- La negociación de los efectos públicos, o sea:

a) Los que representen créditos contra el Estado y se hallen reconocidos legalmente como negociables;

b) Los emitidos con garantía prestada por el Gobierno y con obligación subsidiaria del Estado; y,

c) Los emitidos por un gobierno extranjero, si su negociación se halla autorizada;

2o.- Las letras de cambio, pagarés a la orden, libranzas, acciones de minas, de sociedades anónimas legalmente autorizadas y cualquiera especie de valores de comercio, procedente de personas particulares;

3o.- La venta de metales preciosos, amonedados o en pasta;

4o.- La de mercaderías de toda clase;

5o.- Los seguros de efectos comerciales contra todos los riesgos terrestres o marítimos, de incendio, de vida o de otra clase;

6o.- El fletamento de buques para cualquier punto;

7o.- Los transportes en el interior y el exterior; y,

8o.- Los frutos y productos nacionales.

3.- Indique las personas que no pueden ser corredores.

Art. 80.- No podrán ser corredores:

1o.- Los que no tienen capacidad para comerciar;

2o.- Las mujeres

3o.- Los menores, aunque estén autorizados para el comercio;

4o.- Los que hayan sido destituidos de este cargo o del de martilladores;

5o.- Los individuos de la Fuerza Pública en servicio activo; y,

6o.- Los que hubieren sido privados judicialmente de los derechos políticos o civiles.

Nota:

La frase "las mujeres" en el numeral 2o., se halla suspendida por Resolución del Tribunal de Garantías Constitucionales publicada en el R.O. 224, 3-VII-89.

4.- Realice una síntesis, en lo posible, sobre las obligaciones de los corredores (Art. 81).

A ejecutar por sí mismos las operaciones, a proponerlas, a guardar secreto en cuanto éstos lo exijan;

A llevar un cuaderno manual en el cual sentarán, en el acto de ejecutarse las negociaciones, los nombres y apellidos, o la razón comercial, de los contratantes, la materia del contrato, y todas las cláusulas y condiciones con que se hubiere celebrado.

Negociar letras de cambio y pagarés, y tomar nota de todos sus datos.

A llevar un registro, encuadernado, forrado y foliado, en el que se asentarán, día por día, en el orden que ocurran, y por numeración progresiva, sin raspaduras, interlineaciones, notas marginales, cifras numéricas, ni abreviaturas, todas las operaciones ejecutadas por su mediación.

A entregar a cada uno de los interesados, la conclusión del negocio, un extracto firmado por ellos y por los interesados, del asiento que hubieren estampado en su registro. El corredor que tuviere carácter público autenticará las firmas de los interesados.

A presentar su manual y sus registros.

A declarar, cuando se les exija judicialmente, sobre lo que constare en su registro.

A asistir a la entrega de las mercaderías y efectos vendidos por su mediación; y,

A llevar un libro Copiador de Cartas, con las formalidades legales.

5.- Escriba dos semejanzas y dos diferencias entre factores y dependientes.

Semejanzas

1.- Tanto el factor como el dependiente son comerciantes

2.- Ambos tienen la libre administración de sus bienes.

Diferencias

1.- Factor es el gerente de una empresa o establecimiento mercantil o fabril, o de un ramo de ellos, que administra por cuenta del dueño; en cambio los dependientes son los empleados subalternos que el comerciante tiene a su lado para que le auxilien en sus operaciones, obrando bajo su dirección.

2.- El factor administra por cuenta del dueño: en cambio, el dependiente si no esta autorizado por el dueño no puede realizar determinadas actividades.

AUTOCONTROL 3

1.- Defina:

Bolsa de Comercio.- Es la lonja o sitio público en que se reúnen los comerciantes o personas que se dedican al tráfico y giro mercantil, y los agentes de comercio, para tratar y negociar con sujeción a lo que prescriban la Ley y los reglamentos, y bajo la inspección de la autoridad pública.

Corredores.- Son agentes reconocidos por la Ley para dispensar su mediación a los comerciantes y facilitarles la conclusión de sus contratos

Martilladores.- Son oficiales públicos encargados de vender públicamente, al mejor postor, productos naturales, muebles o mercaderías sanas o averiadas, u otros objetos de lícito comercio, por causa de quiebra, remate voluntario, u otra que designe la Ley.

Factores.- Es el gerente de una empresa o establecimiento mercantil o fabril, o de un ramo de ellos, que administra por cuenta del dueño.

Dependientes.- Son los empleados subalternos que el comerciante tiene a su lado para que le auxilien en sus operaciones, obrando bajo su dirección.

2.- Marque con una X lo correcto y luego Justifique:

La quiebra de un corredor se presume fraudulenta.

SI ( X ) NO ( ) ¿Por qué? Por las obligaciones que conllevan en el Art. 81 del Código de Comercio

3.- Enumere los libros que deben llevar los martilladores.

Los martilladores llevarán cuatro libros, que son los siguientes:

1. Para las Actas de remate;

2. Diario de Entradas;

3. Diario de Salidas;

4. Cuentas Corrientes.

4.- ¿Quiénes pueden ser factores en el ámbito mercantil?

Toda persona que tenga la libre administración de sus bienes.

5.-Complete:

Además de los modos que establece el Código Civil el mandato que se hubiere concedido a los factores y dependientes se extingue por:

1o.- Por su absoluta inhabilitación para el servicio estipulado; y,

2o.- Por la enajenación del establecimiento en que sirvieren.

6.- Anote una diferencia entre Factor y Gerente

No hay diferencia, ya que el Código de Comercio dice:

Art. 117.- Factor es el gerente de una empresa o establecimiento mercantil o fabril, o de un ramo de ellos, que administra por cuenta del dueño.

UNIDAD #4

Contratos y obligaciones mercantiles

ACTIVIDADES

1.- Investigue en el Código de Comercio y elabore un cuadro sinóptico acerca de los contratos que se estudian en dicho cuerpo legal.

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2.- Enumere y comente brevemente los medios de prueba que se admiten en los contratos mercantiles de acuerdo al Art. 164.

Art. 164.- Los contratos mercantiles se prueban por cualquier medio de prueba admitido por la ley civil, y, además:

1o.- Con los extractos de los libros de los corredores, conforme al Art. 86;

2o.- Con los libros de los corredores, según lo establecido en el Art. 87; y,

3o.- Con facturas aceptadas o reconocidas, o que, según la Ley, se tengan por reconocidas.

Comentario.- La prueba admitida en los contratos mercantiles además de los que estipula la ley civil, son los extractos de los libros de los corredores, que estos son agentes reconocidos por la Ley para dispensar su mediación a los comerciantes y facilitarles la conclusión de sus contratos, con los libros de éstos y, las facturas aceptadas o reconocidas, o que, según la Ley, se tengan por reconocidas.

3.- Interprete brevemente el Art. 168 del Código de Comercio.

Art. 168.- La prueba de testigos es admisible en los negocios mercantiles, cualquiera que sea el importe de la obligación o liberación que se trata de acreditar y aunque no haya principio de prueba por escrito, salvo los casos en que la Ley disponga lo contrario.

Interpretación.- Es admisible la prueba de testigos en lo que se refiera a cualquier monto que sea la obligación o el importe al que se trate de liberar o acreditar, aunque no se la haya solicitado, salvo en los casos en que disponga la ley disponga lo contrario.

4.- En media página investigue acerca de lo que significa "Término"

Según el diccionario Guillermo Cabanellas de las Cuevas.

Límite. Final de lo que existe o dura. Plazo, aunque esta sinonimia sea incorrecta. Vencimiento. Mojón. Línea divisoria entre distritos, municipios, provincias o estados. Jurisdicción de un ayuntamiento. Lugar para un acto. Tiempo señalado para un fin. Día y hora en que ha de cumplirse o hacerse algo. Objeto, finalidad. Vocablo, palabra, voz. Estado, situación. Manera de expresarse. CIERTO. El señalado con precisión, por designar exactamente el día, mes y año en que concluye, o por contarse desde la fecha de la obligación u otro bien establecida. CONVENCIONAL. El estipulado espontáneamente por las partes. Se diferencia de los términos legales o judiciales. DE GRACIA. El que, vencida la obligación, concede por si el acreedor al deudor; con lo cual no puede reclamarle los intereses por mora, ni otros estipulados para el caso de no cumplir a su tiempo. FATAL. El improrrogable, que extingue definitivamente un derecho o impide su ulterior ejercicio. HÁBIL. Aquel dentro del cual cabe practicar validamente las actuaciones judiciales.

Según el diccionario Encarta 2006.

Término. (Del lat. terminus). m. Último punto hasta donde llega o se extiende algo. || 2. Último momento de la duración o existencia de algo. || 3. Límite o extremo de algo inmaterial. Término de una audiencia. m. Der. Intervalo entre dos sesiones consecutivas de un tribunal. Término extraordinario. m. Der. El de prueba cuando esta haya de practicarse en país extranjero o en territorio nacional muy distante y separado por el mar. Término fatal. m. Der. término perentorio. m. Der. El improrrogable, cuyo transcurso extingue o cancela la facultad o el derecho que durante él no se ejercitó. Término probatorio. m. Der. El que señala el juez, con arreglo a la ley, para proponer y hacer las probanzas. Término ultramarino. m. Der. El que se concedía para practicar prueba en Ultramar.

5.- Transcriba el Art. 168 del Código de Comercio e interprete en diez líneas por lo menos.

Art. 168.- La prueba de testigos es admisible en los negocios mercantiles, cualquiera que sea el importe de la obligación o liberación que se trata de acreditar y aunque no haya principio de prueba por escrito, salvo los casos en que la Ley disponga lo contrario.

Interpretación.- Las personas que ven, oyen o perciben por cualquier otro sentido y que puedan reproducir, ya sea de palabra, por escrito o por signos, son considerados como testigos, los cuales pueden concurrir a la celebración de cualquier acto ya sea este jurídico y lo que tengan que aportar en el proceso es bienvenido siempre y cuando sea esto de buena fe.

En prueba de testigos, no importa la cantidad o el importe que sea lo que se trata es de acreditar la obligación o la liberación del importe, que se le acredita al comerciante mercantil, sobre un negocio mercantil.

Está salvo, de la prueba de testigos, cuando la ley lo disponga así, caso contrario no se liberará de aquella prueba.

AUTOCONTROL 4

1.-Defina lo que es Contrato Mercantil.

Según el Diccionario Jurídico Cabanellas dice:

El peculiar del Derecho de la contratación comercial o el que como en ciertos aspectos básicos con el homónimo del Derecho Civil, se rige según la legislación mercantil por ser comerciante al menos uno de los que intervienen o por tratarse de actos de comercio, caracterizados por el lucro y la profesionalidad sobre todo.

2.- Defina: Consentimiento

Según el Diccionario Jurídico Cabanellas:

Partes: 1, 2, 3, 4
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