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El aborto como impotencia humana ante la vida (página 2)


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El aborto inducido es la interrupción deliberada del embarazo mediante la extracción del feto de la cavidad uterina. En función del periodo de gestación en el que se realiza, se emplea una u otra de las cuatro intervenciones quirúrgicas siguientes: la succión o aspiración puede ser realizada durante el primer trimestre (hasta la duodécima semana).

Mediante el uso de dilatadores sucesivos para conseguir el acceso a la cavidad uterina a través del cerviz (cuello del útero), se introduce un tubo flexible conectado a una bomba de vacío denominado cánula para extraer el contenido uterino. Puede realizarse en un periodo de tiempo que va de cinco a diez minutos en pacientes no internadas. A continuación se introduce una legra (instrumento metálico en forma de cuchara) para eliminar por raspado cualquier resto de las cubiertas uterinas. El método de aspiración, introducido en China en 1958, pronto sustituyó al método anterior de dilatación y legrado (en el que la legra se utilizaba para extraer el feto). Durante la primera parte del segundo trimestre la interrupción del embarazo se puede realizar por una técnica especial de legrado-aspiración combinada a veces con fórceps, denominada dilatación y evacuación (DE).

La paciente debe permanecer ingresada en el hospital puesto que puede haber hemorragias y molestias tras la intervención. A partir de la semana 15 de gestación el método más empleado es el de infusiones salinas. En esta técnica se utiliza una aguja hipodérmica o un tubo fino para extraer una pequeña cantidad de líquido amniótico del útero a través de la pared abdominal. Este líquido es sustituido lentamente por una solución salina concentrada al 20%. Entre 24 y 48 horas empiezan a producirse contracciones uterinas, que producen la expulsión del feto y la paciente puede abandonar el hospital uno o dos días después. Los abortos tardíos se realizan mediante histerotomía: se trata de una intervención quirúrgica mayor, similar a la cesárea, pero realizada a través de una incisión de menor tamaño en la parte baja del abdomen. Como alternativa a estos procedimientos, existe una píldora denominada RU-486 que bloquea la hormona progesterona y es eficaz en los primeros 50 días de gestación. La RU-486 se desarrolló en Francia y en 1988 se legalizó su uso.

Los abortos del primer trimestre son relativamente sencillos y seguros cuando se realizan en condiciones clínicas adecuadas. Los riesgos de complicaciones aumentan de manera paralela a la edad de la gestante y consisten en infecciones, lesiones del cuello uterino, perforación uterina y hemorragias. Hay situaciones clínicas concretas en las que un aborto inducido, incluso tardío, supone menor riesgo para la paciente que la terminación del embarazo.

El aborto inducido es la interrupción activa del desarrollo vital del embrión o feto. Puede tratarse de un aborto terapéutico (o aborto indirecto) cuando está justificado por razones médicas, o de un aborto selectivo (interrupción voluntaria del embarazo) cuando se realiza por decisión de la mujer embarazada.

A su vez, según la técnica empleada para inducir el aborto, se puede hablar de aborto con medicamentos o de aborto quirúrgico.

¿Qué opinan los especialistas sobre el aborto?

BERNARD NATHANSON, doctor en medicina, quien en un tiempo fue director de la primera y más utilizada clínica de abortos de la ciudad de Nueva York, una clínica que ya no existe, desplegó un cambio de opinión dramático al decir: "Me convencí de que, como director de la clínica, había presidido de hecho en más de 60 000 muertes." Agregó: "¡El negar enérgicamente que la vida comience cuando comienza la concepción es absurdo!"

El Dr. Howard Diamond, del Centro Médico Beth Israel, no piensa de esa manera: "Si siento algo, es un sentido de satisfacción. El aborto es mucho más importante que la vida de un niño que no existe. . . . ¡Un feto no es nada!"

Lo que piensan los médicos de llevar a cabo abortos varía en gran manera. A un extremo existe un sentido de culpa y desesperación. Hay médicos que admiten que ahora beben en demasía y tienen pesadillas por haber llevado a cabo grandes cantidades de abortos al estilo de cadenas de montaje. Al otro extremo hay médicos que alegan que derivan satisfacción de llevar a cabo operaciones de esta índole porque les parece que están salvando la vida de las mujeres, tanto en sentido emocional como físico.

Algunos médicos experimentan una combinación de sentimientos. El Dr. William Rashbaum, del Centro Médico Beth Israel, en un tiempo tuvo pesadillas en las cuales vio a un pequeño feto resistir el aborto por medio de agarrarse de las paredes del útero. El Dr. Rashbaum ha aprendido a aceptar los abortos; ya no tiene sueños fantásticos como aquéllos, pero dice: "Soy una persona. Tengo derecho a mis sentimientos. Y mis sentimientos me impulsan a hacerme la pregunta: "¿Quién me ha dado a mí o ha dado a cualquier otra persona el derecho de poner fin a un embarazo?" Tengo derecho a sentirme así, pero, a la vez, no tengo derecho a comunicar mis sentimientos a la paciente que desesperadamente necesita un aborto. No se me paga por los sentimientos que tenga; se me paga por mis habilidades. . . . Empecé a efectuar un mayor número de abortos al tiempo de mi divorcio, cuando necesitaba dinero. Pero también creo que la mujer tiene derecho a controlar su destino biológico."

John Szenes, doctor en medicina, cree que las mujeres tienen derecho al aborto y pone ese punto en primer lugar, sin embargo, sí admite que es necesario acostumbrarse hasta cierto grado al aborto salino: "De repente se nota que al tiempo de introducir la infusión salina hay mucha actividad en el útero. No es la actividad del líquido. Es obviamente la actividad del feto que se siente perturbado al haber tragado la solución concentrada de sal y está pateando violentamente y eso, dígase lo que se diga, es el trauma de la muerte." Agrega el Dr. Szenes: "Así, puedo imaginarme que, si yo hubiera empezado a efectuar abortos de fetos de 24 semanas desde el mismo principio, habría tenido un conflicto mental mucho mayor en cuanto a si esto equivale o no a asesinato."

En el Hospital Beth Israel de la ciudad de Denver, Colorado, un médico provocó un aborto por medio de inyectar hormonas para inducir un parto prematuro. Horas después el bebé nació vivo, lloró, y poco después murió. El médico no pidió que se tomara medida alguna para sostenerle la vida. Las enfermeras se agitaron; una renunció. Hablando de una situación similar, un obstetra de la ciudad de Denver dijo: "El tratar de salvar al feto cuando se está llevando a cabo un aborto es como mandar una ambulancia a un pelotón de fusilamiento. Todo el propósito del aborto —tanto por parte de la mujer como del médico— es asegurarse de que el feto no sobreviva."

Procedimientos para la inducción del aborto

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Frecuencia de las diferentes técnicas de aborto inducido según la edad gestacional; la mayoría son técnicas de aborto quirúrgico (el aborto con medicamentos es una técnica de uso hasta las 9 semanas):1.º trimestre (0-12 semanas del desarrollo embrionario):

* Aspiración manual endouterina (AMEU-MVA).* Succión o aspiración de vacío eléctrica AE o AVE (EVA).* Dilatación y curetaje- legrado uterino instrumental (LUI);* Mifepristona y misoprostol (aborto con medicamentos).

2.º trimestre (12-28 semanas):

* Dilatación y evacuación* Histerectomía* Dilatación y extracción intacta* Inducción al parto prematuro

3.º trimestre (28-30 semanas):

* Histerectomía, dilatación y extracción intacta e inducción al parto prematuro.

El aborto puede ser inducido de muchas maneras, y la elección depende del tiempo de gestación o desarrollo del embrión o feto, de la salud de la madre, del contexto socioeconómico en el que se tome la decisión y se realice el acto, especialmente el acceso a los servicios médicos, y de los límites puestos por la legislación, entre otros factores.

Procedimientos bajo control sanitario

Aborto con medicamentos o químico

El aborto químico o farmacológico consiste en la interrupción del desarrollo del embrión y en su eliminación por el canal del parto, todo ello inducido por lo que suele ser una combinación de fármacos. Solo es factible en las primeras semanas del embarazo. En Estados Unidos el porcentaje de abortos realizados con medicamentos (medical abortion) sobre el total de abortos ha aumentado desde la aprobación de la mifepristona: 1.0% en el año 2000, 2.9% en 2001, 5.2% en 2002, 7.9% en 2003, 9.3% en 2004, 9.9% en 2005, 10.6% en 2006, 13.1% en 2007.

En Europa el uso es desigual, así, en Portugal supone el 67% de las IVE (interrupción voluntaria del embarazo), en Francia el 49%; en Inglaterra y Gales el 40%, en Escocia y Finlandia el 70%, en España solamente el 4%, en Italia menos del 4% ya que comenzó su venta en diciembre de 2009.

Este tipo de procedimiento suele ser el preferido cuando es posible, porque no requiere anestesia ni tampoco una intervención quirúrgica (el uso de instrumentos), siendo los mayores inconvenientes el sangrado y que la mujer puede observar el proceso y el embrión expulsado, lo que es psicológicamente doloroso para aquellas mujeres que dudan de la moralidad o de la conveniencia del acto.

El procedimiento ve reducida su efectividad después de la séptima semana de desarrollo. A pesar de su relativa sencillez, el proceso requiere una vigilancia médica continuada para asegurar el éxito, para prevenir posibles complicaciones, y también a menudo porque la evacuación es incompleta y requiere la intervención final de un médico. Los regímenes más comunes son:

  • Mifepristona con misoprostol.

La mifepristona junto con misoprostol es el método químico más habitual, administrado hasta las primeras 7 a 9 semanas de embarazo (49 a 63 días). El método consiste en administrar mifepristona a dosis altas (600 mg según protocolo FDA) y, a los dos días una pastilla de misoprostol (400 &µg) que provoca contracciones en el parto. La mifepristona es un antagonista de la progesterona, hormona necesaria para la continuidad de la gestación. Para garantizar la expulsión se usa el misoprostol. El protocolo presenta contraindicaciones diversas, por ejemplo con el uso previo continuado de terapias basadas en esteroides.

  • Misoprostol solo.

Hasta 49 días de gestación: 800 mg. (200 mg cada 24 h), y hasta 3 veces (cuando existe alguna contraindicación o alergia a la Mifepristona o el acceso a la misma es absolutamente imposible). Embarazos de 49 días a 20 semanas: 2 o 3 comprimidos de Misive 200 por vía vaginal cada 4 a 6 horas, respectivamente. En embarazos mayores a 20 semanas, se tenderá a utilizar una dosis de 400 mg. 200 cada 4 a 6 horas o incluso menores según respuesta.

  • Metotrexato con misoprostol.

El metotrexato se administra con una inyección y afecta a las células en proliferación del embrión, provocando la interrupción de su desarrollo. Unos días después, la administración de misoprostol, un análogo semisintético de la PGE1 prostaglandina que estimula la contracción del útero, provoca la expulsión de sus restos. El procedimiento está contraindicado en distintas condiciones médicas, como por ejemplo la insuficiencia renal.

También hay unos métodos muy comunes usados en América del Sur que son considerados como químicos, estos siendo de origen de ese mismo país, que se usaban para el siglo XX. Entre ellos se encuentra Hierbabuena que era el abortivo más usado en América, cuyo principio activo, una cetona, el pulegón, tenía acción convulsiva y producía colapso cardiovascular, arritmia cardíaca enfriamiento generalizado y perdida del conocimiento. Otro método es el Romero Salvaje en el cual sus hojas se añadían a la cerveza para aumentar su acción embriagadora; contenía un aceite (alcanfor de ledum) que actuaba localmente como irritante y resortivo provocando abortos. Su acción tóxica producía excitación y parálisis de los centros nerviosos, convulsiones, congestión y edema de la cara, vómitos, meteorismo y respiración estertorosa.

  • Quirúrgico:

Aborto por aspiración, a las ocho semanas de la gestación (seis después de la fertilización).

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1: Saco amniótico2: Embrión3: Útero4: Espéculo5: Jeringa manual6: Conexión a bomba de aspiración.

Cuando la madre de forma consiente solicita la intervención de un médico para que extraiga del útero al ser humano que allí se desarrolla.

Para la Organización Mundial de la Salud (OMS), este se define como "un procedimiento para la interrupción del embarazo no deseado practicado tanto por personas que carecen de las habilidades necesarias o en un ambiente que carece de estándares médicos mínimos, o ambos".

Se denomina aborto quirúrgico al conjunto de técnicas quirúrgicas que tienen el fin de provocar el aborto, es decir, terminar voluntariamente el proceso gestacional.

El método quirúrgico más empleado antes de las 7 semanas de embarazo es el aborto por aspiración. Consiste en la remoción del feto o del embrión a través de succión, usando una jeringa manual o una bomba eléctrica de aspiración. La aspiración manual se denomina también mini succión o extracción menstrual. Se aplica solo durante las primeras semanas y no requiere dilatación cervical (véase también cérvix o cuello uterino). Para estas primeras semanas, se habla de interrupción del embarazo, más que de aborto, aunque en realidad ambos términos son sinónimos. Los pro vida afirman que eso es una denominación eufemística. A partir de la semana decimoquinta y hasta la vigesimosexta, se requiere dilatación cervical y manipulación quirúrgica, además de succión. Este método fue demostrado en detalle en una ecografía en el documental titulado The silent scream (El grito silencioso), producido por el doctor Bernard N. Nathanson, quien durante los años setenta fue el propietario de una de las clínicas más grandes de aborto en los EE. UU.

El método de dilatación y raspado es un método general que se emplea también durante el examen médico para tomar muestras o para la detección de ciertos tipos de cáncer. Se conoce también con el nombre de nacimiento parcial, y suele hacerse entre la sexta y la decimocuarta semanas. La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que este método no se use salvo cuando la aspiración manual no es factible, y de hecho su uso es poco frecuente. El legrado sirve para limpiar las paredes del útero con una cureta.

En estados avanzados de la gestación, si se ha de practicar un aborto por razones terapéuticas, se usan otros procedimientos adecuados para el mayor estado de desarrollo del feto. Se puede inducir el parto prematuro usando prostaglandinas, a la vez que se inyecta suero salino o urea en el líquido amniótico, que causa quemaduras fatales en el feto. En los casos más avanzados se usan técnicas excepcionales, como la llamada "de dilatación y extracción intacta" o "aborto por nacimiento parcial", que requiere dos o tres días de preparación, para asegurar la dilatación cervical necesaria, y los fármacos que induzcan el parto. El médico manipulará al feto, para hacer salir primero sus piernas, hasta dejar adentro solo la cabeza, si así es necesario. Por último, se vacía el encéfalo por succión después de practicar una incisión en la base del cráneo. Esta técnica, que es polémica, se aplica en menos de la sexta parte de los abortos tardíos practicados en los Estados Unidos (por supuesto, estamos hablando aquí de un feto, que es una etapa mucho más avanzada del desarrollo del producto, y no de un embrión, que representa únicamente los primeros tres meses de desarrollo), y fue prohibida por la administración Bush, pero fue apoyada por Tony Blair en el Reino Unido.

La elección de una u otra técnicas depende de cuán avanzado esté el embarazo y si el dilatación cervical resulta o no necesaria.

Desde la decimoquinta semana hasta la vigésimo sexta semana de embarazo, se usa el método de dilatación y evacuación (D & E), que consiste en la apertura del cuello uterino, vaciándolo mediante el uso de instrumentos quirúrgicos y succión.

Es necesario usar otras técnicas para inducir el aborto a partir del tercer trimestre. El parto prematuro puede ser provocado por la prostaglandina, que puede aplicarse junto con una inyección de líquido amniótico con soluciones cáusticas (salinas) o urea.

Después de la 16ª semana de gestación, el aborto puede ser provocado por la compresión craneal intra-uterina, que requiere la descompresión de la cabeza del feto antes de su evacuación. El aborto por histerotomía es un procedimiento parecido a la cesárea, y se practica bajo anestesia general, por ser considerado una cirugía abdominal de importancia.

Cuando el feto está en una edad gestacional avanzada, de seis a nueve meses, algunos países aplican el método de aborto por nacimiento parcial, procedimiento que ha provocado varias controversias legales.

De las 20 hasta las 23 semanas de embarazo, será necesaria una inyección para detener el corazón del feto. Las técnicas tardías ponen en mucho mayor riesgo la salud de la madre.

Clasificar el aborto según la etiología

Según la intencionalidad

  • Aborto inducido, provocado o voluntario:

Es el resultante de maniobras directas destinadas a interrumpir el embarazo. Puede ocurrir en el contexto de la legalidad o ilegalidad.

Puede ser:

– Libre: bajo el derecho que tendría la mujer para interrumpir su embarazo por el sólo hecho de no ser deseado.

– Psicosocial

– Eugenésico: cuando se predice que nacerá un feto con defecto o enfermedad.

– Terapéutico: por razones de salud materna.

– Mixto: cuando en el embarazo múltiple se realiza una reducción selectiva embrionaria o fetal para que los restantes tengan mayor probabilidad de sobrevivir.

– Ético: Cuando el embarazo es fruto de una agresión sexual.

  • Aborto espontáneo o involuntario:

En el cual no interviene la acción humana de forma intencionada.

Según su desarrollo puede ser

– Amenaza de aborto: se caracteriza por metrorragia escasa acompañada o no de dolor en hipogastrio tipo cólico.

– Aborto inminente o inevitable: caracterizado por la irreversibilidad del proceso.

– Aborto retenido o diferido: en el que persiste el producto de la concepción tras la interrupción del embarazo.

Una situación a tener en cuenta dentro de este, es la gestación anembrionada, que consiste en la ausencia de embrión dentro del saco gestacional. Su causa más importante es la alteración cromosómica

– Aborto habitual o recurrente: perdida de tres o más embarazos espontáneamente de forma consecutiva o cinco o más no consecutivos.

Según su terminación

– Aborto completo: el producto de la concepción es expulsado en su totalidad.

– Aborto incompleto: el producto de la concepción no es expulsado en su totalidad, quedan restos abortivos dentro de la cavidad uterina.

Según su edad gestacional

– Aborto bioquímico o preclínico: es la interrupción de la gestación después de nidación y antes de la identificación ecográfica del saco gestacional (cuatro-cinco semanas de gestación).

– Aborto clínico: ocurre posterior a la gestación del saco gestacional, se divide en embrionario (de la seis a la ocho semanas gestacionales) o fetal (de la diez a la veintidós semanas gestacionales).

Según las consecuencias

– Aborto no complicado.

– Aborto complicado: Infección (aborto séptico), hemorragia…

Métodos habituales en la práctica del aborto

El aborto provocado tiene por objeto la destrucción del hijo en desarrollo en el seno materno, o su expulsión prematura para que muera.

Los métodos para lograr este abominable objetivo se eligen atendiendo a los medios de que se disponga y a la edad del feto que hay que suprimir. Los más utilizados son: aspiración, legrado, histerectomía, inducción de contracciones e inyección intraamniótica.

También existen los preparados farmacéuticos que, con apariencia de medicamento, se emplean para lograr el aborto.

Generalmente los métodos se utilizan sólo en los primeros meses del embarazo, ya que el hijo crece y se desarrolla muy rápidamente, y después tanto la trituración como la expulsión se hace muy difícil para quien realiza el aborto y muy peligrosa para la madre.

Como es fácil de comprender en todo tipo de aborto, existe además para la madre, el riesgo de infecciones, de perforación uterina y que a las hemorragias se una la lesión de órganos abdominales. Aunque ninguna de estas alteraciones sea muy frecuente, si queda también el peligro de que estas manipulaciones incidan negativamente en el desarrollo de embarazos posteriores.

Mucho más significativo es el alto riesgo de alteraciones psíquicas que aparecen bien directamente o bien tardía en la persona que ha abortado, en último término, por la intuición humana de que se ha realizado un crimen contra la vida de un inocente indefenso, algo que jamás puede justificarse.

Aborto por aspiración

Consiste en la dilatación del cuello uterino, con el instrumental adecuado para realizar esta función, para que por él pueda caber un tubo que va conectado a un potente aspirador. La fuerza de la succión arrastra al embrión y al resto del contenido uterino, todo deshecho en pequeños trozos. Una vez terminada la operación de succión se suele realizar un legrado para obtener la certeza que el útero ha quedado bien vacío.

Se utiliza este procedimiento cuando el embarazo es de menos de diez o doce semanas.

Método de legrado

El legrado o raspado, también llamado "curetaje", es el método más empleado. Se comienza por dilatar convenientemente el cuello del útero, que sólo puede hacerse bajo anestesia. Después se introduce en el útero una especie de cucharilla de bordes cortantes, llamada legra o "cureta", que trocea bien a la placenta y al hijo al ser conducida de arriba abajo por toda la cavidad del útero. Los trozos así obtenidos se extraen con la misma legra.

Se suele practicar el legrado sobre todo en los tres o cuatro primeros meses de la vida del hijo. Si el embarazo ha superado las doce semanas, las dificultades aumentan y hay que triturar muy bien el cuerpo del feto para sacarlo al exterior. A veces, pueden quedar grandes restos en el interior del útero, por ejemplo, la cabeza, y por eso el abortador debe identificar cuidadosamente todos los restos extraídos para asegurarse de que no ha quedado nada dentro de la madre.

Método de la histerectomía o mini cesárea

Consiste en practicar una incisión en el útero a través del abdomen materno para extraer por ella al hijo y la placenta. Se suele emplear este método a partir de las veinte semanas del embarazo. Habitualmente se extraen niños vivos, pero que mueren después ya que generalmente no son viables hasta la semana veintiocho.

Aborto por inducción de contracciones

En este método se provoca la expulsión del feto y de la placenta mediante la administración a la madre, por diversas vías, de sustancias que provocan contracciones semejantes a las de un parto, como por ejemplo, prostaglandinas, la oxitocina.

Estas contracciones provocan la dilatación del cuello uterino, y la bolsa en que está el hijo, se desprende de las paredes del útero.

Método de la inyección intraamniótica

Se inyecta una solución salina hipertónica -o una solución de urea- en el líquido amniótico a través del abdomen de la madre.

Estas soluciones irritantes provocan contracciones similares a las del parto, y tras la inyección, con un intervalo de uno o de dos días, el hijo y la placenta suelen ser expulsados al exterior. Con frecuencia, después se realiza un legrado, para asegurarse de la expulsión de la placenta.

Para que este método sea eficaz, el embarazo debe ser de cierto tiempo, de más de cuatro meses.

Además de la expulsión, estas soluciones son irritantes para el feto, que no sólo se envenena, sino que además le produce quemaduras extensas. El feto muere con toda seguridad.

Utilización de píldoras abortivas

Tanto los estrógenos como los prostágenos pueden recetarse para diversos trastornos ginecológicos. Una de las indicaciones de estas píldoras combinadas (estrógenos/prostágenos) y de las píldoras únicamente prostágenas es la anticoncepción.

Existen cuatro mecanismos identificados mediante los cuales pueden ejercer su efecto:

  • inhibir de la ovulación;

  • evitar la implantación endometrial del óvulo fecundado;

  • alterar de la consistencia del moco cervical, inhibiendo la movilidad del espermio, y

  • disminuir de la motilidad de la trompa de Falopio (5).

Uno o más de los cuatro mecanismos predominan al impedir el curso del embarazo, según el tipo de píldora utilizada.

Las principales píldoras que se utilizan son:

Las píldoras anticonceptivas combinadas

Las píldoras anticonceptivas combinadas, como ya se ha indicado, han sido consideradas como inhibidoras de la ovulación, y existen indicios que prueban que las más antiguas fórmulas de dosis elevadas hacían exactamente eso.

Actualmente la composición son estrógenos en baja dosis, encaminadas a minimizar los efectos secundarios, y lo que se produce es la ovulación-ruptura, por lo que se conjetura que el mecanismo endometrial se activa más lentamente si se produce la concepción, al impedir el embarazo en curso.

Generalmente inhiben bien la ovulación, y si no lo hacen, el endometrio no está tan atrófico para que no se implante la gestación.

Las píldoras únicamente prostágenas o mini píldoras

Están destinadas, principalmente a aquellas mujeres en las que están contraindicados los estrógenos. Con su empleo la ovulación se produce en alto grado, algunas fuentes señalan el 60%-85%. En tales casos, el modo de actuar depende del efecto prostágeno tanto sobre el endometrio como sobre el moco cervical. Se activa el mecanismo que vuelve poco receptivo el endometrio a la implantación, y así impide el embarazo

Se han realizado estudios estadísticos dando la conclusión de un aborto químico por cada 88 ciclos menstruales para una mujer que sistemáticamente tome la píldora combinada. Es decir, un aborto cada siete años.

Utilización de prostágenos inyectables

Actúan sobre el principio del mecanismo prostágeno, que comprende la interferencia en la ovulación, el moco cervical y la implantación endometrial. La evidencia clínica indica que el grado de ovulación con este sistema es muy bajo, pero será operativo en algún grado como se muestra por la tasa de embarazos descubiertos en un 0.3% por cien mujeres y año.

Norplant es un sistema de implante de modo subcutáneo, cuya función es originar la supresión del crecimiento del endometrio.

La efectividad de estos métodos, intentado muchas veces, sólo se ha conseguido en parte con la RU-486 (anti progesterona del cuerpo lúteo) y la denominada píldora del día después (estrógenos y prostágenos a altas dosis).

Compuesto RU-486

Este compuesto RU-486 Mifepristone, inhibe la función de la progesterona bloqueando su acción, por ser un antagonista de sus receptores. Es además, un potente anti glucocorticoide, cuyo mecanismo de acción afecta al endometrio al que modifica e involuciona-, al miometrio -aumentando sus contracciones-, al cuello uterino -relajando el cérvix y dilatando su orificio- y a la placenta -anula su función en el proceso de formación, con lo que se produce la muerte del embrión al privarle de las sustancias nutritivas-.

En síntesis, y en combinación con algunas prostaglandinas, tiene un potente efecto abortivo. Su administración se realiza en época muy temprana del embarazo, antes de la sexta semana de la vida del hijo, por lo tanto, antes de que se produzca la segunda falta de la regla de la madre. 48 horas después de administrarse se produce una menstruación con la expulsión del embrión.

También puede ser utilizada como coadyuvante en abortos de embarazos del segundo trimestre, y tiene otras aplicaciones relacionadas con estos campos.

Puede utilizarse tanto por vía vaginal como oral y su eficacia para conseguir el efecto abortivo es de un 96%; a veces, se ha practicar después un legrado para consumar este tipo de aborto.

Tiene además efectos secundarios, desde dolores abdominales, náusea y diarreas, hasta graves hemorragias uterinas, que pueden producirse entre una o dos semanas después del uso del abortivo, y que puede prologarse durante unos quince días (6). Últimamente se está prodigando el uso de Metothrexate IM a dosis única, para "reabsorber" el embrión y el Misoprostol -prostaglandina usada como protector gástrico- para inducir contracciones, dilatar el cuello uterino y expulsar el embrión.

La píldora del día después

La comercialización, con receta médica, de la píldora de emergencia, también conocida como píldora postcoital o del día después, está generando un debate similar al que en su día protagonizó la RU-486, aprobada en España en el 2000, y que se suministra en hospitales y clínicas autorizadas, baja estricta supervisión médica.

A diferencia de las anteriores, utilizadas con este fin, en su composición se han eliminado los estrógenos y su fórmula básicamente es un gestágeno, el Levo-Norgestrel, más eficaz y con menos efectos secundarios como vómitos, náusea y tensión mamaria. O también, como ya hemos dicho, estrógenos y prostágenos a altas dosis, como Neogynona o Eugynon. Se emplean durante tres días.

Actúa sobre el sistema hormonal femenino: retrasa la ovulación, por lo que puede impedir la fecundación; impide la implantación del óvulo fecundado en la matriz, cambia la movilidad de las trompas de Falopio y hace que los espermatozoides vayan más despacio. Según The Lancet, su eficacia llega, sobre un 100% de fecundaciones producidas al 85%. Si es que llega a darse su fecundación. Es un producto anticonceptivo y abortivo, si falla su efecto contra la fecundación.

Al entorpecer la implantación volviendo hostil la pared del endometrio a su implantación e impidiendo así el vínculo con la corriente sanguínea ricamente nutritiva de la madre. La consecuencia es la expulsión prematura y artificialmente inducida del embrión recién concebido.

Se le quiere dar un carácter de fármaco porque sus efectos secundarios, como ya hemos indicado y por lo que hasta ahora se conoce, son muy inferiores a los de otros anticonceptivos orales, pero esto es un error terminológico, ya que este producto ni cura ni previene ninguna enfermedad, pues el embarazo no es ninguna falta de salud.

Los embarazos de alto riesgo son otras cuestiones muy minoritarias. En este aspecto el Dr. Ángel García, secretario del Colegio de Médicos de Asturias, ha puesto de manifiesto como no es un problema nuevo el que los médicos no quieran recetarla. A lo largo de la historia ha habido médicos que se rebelaron contra sociedades y gobiernos que les exigían hacer lo que no debían. Todavía hoy Amnistía Internacional denuncia el encarcelamiento de algunos que no han querido colaborar con el correspondiente régimen despótico para hacer fechorías en los cuerpos de los hombres.

No se trata de razones religiosas, indicará este profesional, ni de cuestiones de conciencia, para que hayan de recurrir a la objeción de conciencia -con las posibles represalias laborales, aislamientos o al menos significación dentro del grupo en el ejercicio de la actividad clínica-. Lo lógico es que este tipo de productos, como ocurre con los preservativos, se ofrezca sin recurrir al médico, si es que efectivamente hay una demanda tal que la sociedad los desea como útiles.

¿Ud. Como lector cree que a los gobiernos les conviene que haya abortos?

Después de todo algunos lo ven como negocio, médicos, parteras, farmacias, hospitales, etc.

Desde luego que hay una serie de actividades, algunas relacionadas directamente con los actos fallidos del amor, como la anticoncepción, el aborto, la esterilización no terapéutica y otras que no son actos médicos, aunque tengan por objeto el cuerpo humano. El juramento de Hipócrates: "Y no daré ninguna droga letal a nadie, aunque me la pidan, ni sugeriré un tal uso, y del mismo modo, tampoco a ninguna mujer daré pesario abortivo", tiene un valor universal y sigue tan vivo como hace veinticinco siglos, porque tiene valor eterno, aunque haya lugares y épocas que no lo reconozcan.

Dispositivos intrauterinos

Es una técnica más de contracepción, tanto normal como de emergencia que, en este segundo caso, pretende utilizar medios para abortar, en un tiempo muy breve, después del acto sexual que se presume fecundante.

La inserción de la espiral o DIU se emplea en el caso en el que hayan transcurrido más de 72 horas de la relación sexual, presumiblemente fecundante, porque la espiral ejerce su efecto hasta los 5-7 días después de la ovulación, o bien si existe alguna contraindicación para el uso masivo de estrógenos o de estroprostágenos.

Son de distintos tipos: de polietileno y cobre, algunos de ellos con un núcleo de plata y otros impregnados de componentes hormonales, que se introducen en el útero. Todos ellos originan una reacción inflamatoria local, implicando cambios químicos y celulares que dificultan la implantación

Al insertar el DIU el endometrio se torna inhóspito, debido a la inflamación ocasionada por la presencia de un cuerpo extraño que acumula líquido y engrosa el endometrio y no permite la implantación del posible embrión formado. Entre los efectos colaterales de la inserción de la espiral se dan calambre uterinos, metrorragias e incremento de la enfermedad pélvica inflamatoria.

La espiral no impide la ovulación o la concepción, sino que más bien neutraliza la implantación del embrión recién concebido.

Este rechazo bioquímico imposibilita la nutrición en curso y el embrión se pierde en el posterior flujo menstrual. Más que anticonceptiva, es una acción abortiva.

La eliminación de embriones es una forma de aborto

El Consejo Pontificio para la Familia el 12-VII-2000, en respuesta a las numerosas consultas que este organismo había recibido sobre la "reducción embrional" ha declarado que esta eliminación de embriones es una forma de aborto A continuación, se resumen sus declaraciones.

Embarazos múltiples

En la actualidad son menos comunes los casos de embarazo múltiple, es decir, las situaciones en las que el seno materno alberga muchos embriones. De todos modos, siguen produciéndose, y su causa es bien la estimulación de los ovarios en caso de inefabilidad, o bien por el recurso de la fecundación artificial. Muchas veces, la falta de pericia en la aplicación de estas técnicas e ya un peligro para la vida de la madre como para los hijos concebidos.

Por lo que se refiere a los embarazos múltiples, algunos afirman que no pueden llegar a su fin, ya sea por la muerte espontánea de los embriones en el útero, ya sea por el nacimiento prematuro de los fetos sin esperanza de vida. Además, en caso de que todos los nascituros lleguen al parto, la dificultad obstétrica es grande.

Por estas argumentaciones, se llega a concluir que se podría justificar la selección y eliminación de algunos embriones para salvar a los demás, o al menos, a uno de ellos. Y así se ha introducido la técnica llamada "reducción embrionaria".

El embrión es persona

Pero como todo embrión tiene que ser considerado y tratado como persona humana en el respeto de su dignidad eminente, como se afirma en Donum vitae, I, 1, debe reconocerse al nascituro desde el primer momento de su concepción todos los derechos humanos fundamentales y, en primer lugar, el derecho a la vida, que no puede ser violado de ningún modo. Más allá de toda confusión y ambigüedad, se debe afirmar por tanto que la reducción embrionaria constituye un aborto selectivo, porque elimina directa y voluntariamente un ser humano inocente. Ya sea querida como fin o como medio, en ambos casos, la reducción embrionaria es siempre un desorden moral grave.

Nunca es lícito provocar la muerte de manera voluntaria

Se trata de una verdad a la que se puede llegar con la simple razón, el carácter ilícito de este comportamiento constituye una norma válida para todos los hombres. La prohibición moral sigue en pie incluso cuando seguir con el embarazo implique un riesgo para la vida o la salud de la madre y de los demás hermanos gemelos. No es lícito hacer el mal ni siquiera para alcanzar un bien. No puede justificarse ni en virtud del principio del llamado mal menor ni tampoco por el principio conocido con el nombre de "doble efecto".

Tampoco hay que minusvalorar la posibilidad de que la adopción de la técnica de la reducción de embriones lleve a una mentalidad eugenésica, en virtud de la cual, a través de técnicas de diagnóstico prenatal, se llegue a medir el valor de una vida humana únicamente según parámetros de normalidad y de bienestar físico, a la luz de un concepto reductivo de "calidad de vida".

De todos modos, si bien forma parte de los límites humanos tener que asistir en ocasiones de manera impotente a la muerte prematura de criaturas inocentes, nunca podrá ser moralmente lícito provocar la muerte de manera voluntaria.

Este tipo de aborto por reducción embrionaria, aunque no sea frecuente a causa de embarazos múltiples si lo es cuando se realiza la clonación de embriones humanos con fines terapéuticos, tal como ya ha sido legalizado por el Parlamento británico, el 22-I-2001.

A este respecto, el semanario Die Zeit (18-I-2001), ha publicado un amplio artículo del catedrático emérito de Filosofía Robert Spaemann en donde afirma que la objeción ética de esta técnica es clara pues se trata de una violación de la dignidad humana, al considerar a las personas humanas como medios al servicio de los fines de otras personas.

Hace alusión al Tribunal Constitucional alemán que, en su jurisprudencia permanente, sigue el principio establecido por él mismo hace dos décadas: "Allí donde existe vida humana, le corresponde dignidad humana; lo decisivo no es que el portador es consciente de dicha dignidad ni sea capaz de preservarla. Las capacidades potenciales inherentes al ser humano son suficientes para fundamentar la dignidad humana".

Otros

El curiosamente llamado desarrollo científico sigue progresando en métodos eficaces para procurar el aborto voluntario, últimamente, también se está desarrollando la técnica de implantación de parches con esta finalidad.

Clases legales de aborto

Recuerde aquí que puede variar de país a país según sus constituciones políticas.

Aborto terapéutico

Inicialmente se denominó así al que se practicaba cuando entraban en colisión la vida de la madre y la del hijo. Hoy se extiende esta acepción a cualquier dolencia o riesgo de dolencia. Incluso se pretende sugerir que, mediante el aborto, se cura alguna enfermedad de la madre. Para realizar este tipo de aborto no hay plazo alguno. La madre puede hacerlo impunemente en cualquier momento de su embarazo si el certificado médico se basa en el peligro para su vida o salud.

¿La vida de la madre o la vida del hijo?

La frecuencia de que se plantee colisión entre la vida de la madre y la del hijo es muy rara, incluso hay más ocasiones de peligro de muerte para una madre como consecuencia de un aborto provocado que como consecuencia de su embarazo.

La salud física de la madre

Ciertamente un embarazo que se considere normal es de por sí una sobrecarga que debe sufrir la mujer embarazada, y que produce trastornos de diversa índole, pero no ninguna de ellas entra en las causas previsibles para que el aborto no sea punible. Hay ocasiones en las que un embarazo puede agravar una enfermedad previa de la madre, aunque sea difícil cuantificar el riesgo, y además, hoy día existen medios sobrados para que todo llegue feliz término.

Y lo más importante, hay que tener muy en cuenta la enorme desproporción de los valores en conflicto en este caso, que son la mejor o peor salud de la madre, frente a la vida o muerte del hijo. No se puede justificar la eliminación del hijo para evitar un agravamiento de la salud física de la madre.

La salud psíquica de la madre

Con respecto a la salud psíquica, en el caso de un embarazo no deseado, supone una perturbación emocional en la madre, pero de ahí a que tenga serias consecuencias para su salud psíquica media un abismo; sin embargo, la mayoría de los abortos realizados en España al amparo de esta ley son por esta causa.

Con este modo de razonar, podríamos afirmar que todos los hombres y mujeres sobre la tierra sufren una grave enfermedad psíquica por el hecho de existir; pues toda existencia lleva consigo episodios infelices.

Además de soluciones más sensatas, como aceptar el hijo o darlo en adopción antes de eliminarlo, lo que por ahora sí está claro es que ningún tipo de enfermedad mental conocido y preciso se pueda curar solamente mediante un aborto, como tampoco es demostrable que el aborto no sea más perjudicial para la salud psíquica de la madre que dejar que el hijo nazca.

Aborto ético

Se refiere al aborto realizado cuando ha habido embarazo después de una violación. Se presupone que hay que declararlo, y realizarlo en los tres primeros meses de embarazo. El nombre proviene por los que consideraban que el aborto provocado en estos casos era éticamente admisible.

¿El aborto se permite cuando hay violación de la mujer?

Por principio de cuentas se dice que el aborto no remedia la violación se transmite la sensación de que se remedia de esa manera un acto de salvajismo, como es toda violación, aunque en realidad, el aborto no remedia nada, pues la violación no puede dejar de haber existido, y el hijo, fruto de la violación es completamente inocente.

El hecho de que el aborto por causa de violación no sea punible antes de los tres meses de gestación, y sí lo sea después de ese plazo, no obedece a ninguna razón fundamentada; quizás obedece a que la realización del aborto es más fácil y ofrece menos riesgos para la madre cuando más pequeño sea el feto en el útero materno. Es sumamente rara la práctica de abortos legales fundados en esta causa

Aborto eugenésico

Se refiere esta acepción cuando se realiza el aborto por causa de malformaciones del feto. Para que no sea punible deben cumplirse dos condiciones:

-que existan dos certificados médicos, emitidos por especialistas diferentes de los que eventualmente practique el aborto, en los que conste la presunción de graves taras del hijo;

-que el aborto se realice en las primeras veintidós semanas de gestación, es decir, hasta los cinco meses y medios de la vida del hijo en el vientre de su madre.

Con el aborto no se mejoran los caracteres hereditarios

La eugenesia está relacionada con la mejora y selección de los caracteres hereditarios. Desde este punto de vista, es inadecuado denominar eugenésico a cualquier tipo de aborto puesto que con él no se consiguen mejorar los factores hereditarios de la especie humana.

Se establece el plazo indicado porque hacia la vigésimo segunda semana es cuando con las técnicas habituales se pueden detectar signos de que el hijo padece alguna malformación congénita. El aborto por esta causa tampoco es frecuente.

Otras posibilidades de aborto

En el caso en que llegara a demostrarse que se ha practicado un aborto sin cumplir ninguna de estas condiciones, ese aborto así practicado sería un delito punible, y los culpables (autores materiales, inductores, cómplices, encubridores) deberían ser castigados. Pero es sumamente difícil que en la práctica ocurra esto, porque tendría que abrirse una causa penal, previa denuncia, que permitiera al juez investigar, y supone muchos trámites insidiosos a nivel familiar y a nivel judicial.

Tampoco puede dejarse en el olvido que puedan ampliarse supuestos para evitar que el aborto se castigue penalmente. En este sentido, está aprobado en algunos países el aborto por causas socio-económicas, es decir, si la llegada de un nuevo hijo implicase un sacrificio económico o social que los padres considerasen insoportable. Es el llamado "cuarto supuesto".

Lesiones al feto

El Código Penal manifiesta el acuerdo unánime acerca de la necesidad de tipificación específica del delito de lesiones al feto, como respuesta a las voces doctrinales y jurisprudenciales que se alzaron al respecto.

Los nuevos progresos técnicos (que permiten incidir sobre la salud e integridad del feto, con fines de investigación, terapéuticos o de otra índole, a través de tantos medios técnicos, como el suministro de fármacos) aumentan las posibilidades de que las actuaciones sobre el feto se realicen no sólo por imprudencia o negligencia profesional, sino también, como se denomina en derecho, de forma dolosa, por ejemplo, a través de lesiones originadas al nasciturus si se manipulan genes cuya acción es desconocida, o como consecuencia de actividades experimentales.

Aunque se dan distintas interpretaciones según que la actuación se dé en el mal llamado pre-embrión, en el embrión o en el feto, defendemos que resultaría absurdo considerar que las lesiones causadas al nasciturus y que alterarán su normal desarrollo sólo sean punibles si se han inferido a partir de los tres meses aproximadamente desde el momento de la concepción, y que quedaran impunes las lesiones causadas al nasciturus con anterioridad, aunque le resultado sea igual o de mayor entidad.

Las consecuencias que se derivan de este planteamiento, son múltiples.

Posibles consecuencias médicas adversas

El aborto, además de terminar con el embarazo, y la existencia del embrión o feto ?según el caso?, no es una intervención exenta de riesgos para la madre. Según algunos estudios, los riesgos son menores que los de un parto normal. Algunos métodos abortivos, cuando se trata de procedimientos poco invasivos, tienen un bajo riesgo de complicaciones serias. Este riesgo puede aumentar dependiendo cuán avanzado esté el embarazo. Cuando el aborto es inducido por la misma paciente, los porcentajes de complicación siempre serán elevados 80% o más.

Riesgos físicos

  • El aborto por succión, legrado, o aspiración, puede causar:

  • Infección

  • trauma de cérvix

  • peritonitis

  • endometritis

  • laceración o perforación del útero

  • hemorragia

  • trauma renal

  • inflamación de la pelvis

  • embolismo

  • trombosis

  • esterilidad

  • El aborto por dilatación y curetaje presenta los mismos riesgos que el método anterior, además de:

  • perforación uterina

  • hemorragia

  • infección del tracto genital

  • laceración intestinal

  • absceso pélvico

  • trombo embolismo.

  • El aborto por dilatación y evacuación tiene los riesgos descritos para todos los sistemas anteriores, además de:

  • infección pélvica

  • infección renal

  • infección de la cérvix

  • infección peritoneal.

  • Además, puede provocar que la mujer tenga futuros embarazos ectópicos, o bebés con peso por debajo del normal, o incluso nacidos muertos, o con serias malformaciones.

  • Un aborto por inyección salina tiene por posibles consecuencias:

  • la ruptura del útero

  • embolismo pulmonar

  • coágulos intravasculares.

  • El aborto mediante la suministración de prostaglandinas puede provocar:

  • la ruptura del útero

  • sepsis

  • hemorragias

  • paro cardíaco

  • vómito

  • embolia cerebral

  • fallo renal agudo.

  • El aborto mediante extracción menstrual, que se practica solo en las primeras siete semanas del embarazo, es un método que no discrimina entre que la paciente esté embarazada o no, actuando en ambos casos. Además, puede realizarse solo una aspiración incompleta, que conllevará una posterior infección.

  • El aborto mediante la suministración de mifeprex o mifepristona (RU-486) puede conllevar:

  • una grave infección bacteriológica

  • sepsis sanguínea

  • sangrado prolongado y abundante

Lo que podría requerir una cirugía y posterior muerte de la madre.

A su vez, el fármaco que se utiliza junto con la RU-486: misoprostol (Cytotec), puede causar:

  • sangrado excesivo

  • pérdidas de sangre

  • calambres

En ocasiones, los bebés han sobrevivido a la ingesta, por parte de la madre, de estos fármacos; en estos casos, casi siempre han nacido con anormalidades físicas y mentales.

  • El aborto por nacimiento parcial conlleva serios riesgos de:

  • ruptura o perforación del útero, lo que podría causar una hemorragia y terminar en una histerectomía ?extracción del útero?.

  • La píldora del día después, ?o anticonceptivo de emergencia?, debido al LNG (Levonorgestrel) que contiene conlleva alteraciones patológicas vasculares:

  • Hemorragias

  • Micro hemorragias

  • Spotting

Diversos estudios, afirman también que este fármaco induce cambios funcionales en los vasos sanguíneos.

Además se han descrito otras consecuencias:

  • Daños causados a las trompas de Falopio si se presenta una infección.

  • Partos complicados y aumento del número de abortos espontáneos.

  • Aumento de la tasa de nacimientos por cesárea, y partos prematuros (anteriores a las 32 semanas de gestación).

  • Placenta previa, la cual hace necesaria una cesárea para salvar la vida de la madre y su hijo.

  • Isoinmunización ?inmunización contra la sangre de otra persona? en pacientes Rh negativo.

  • También se ha descrito aparición de cáncer de mama, en mujeres que abortaron de su primer bebé en el primer trimestre de embarazo.

Sin embargo, otros estudios no encuentran diferencias significativas entre mujeres que han abortado y mujeres que no. Melbye e investigadores realizaron un estudio que incluía a 1,5 millones de mujeres danesas sin encontrar diferencias en el riesgo de contraer cáncer de mama.

Riesgos psicológicos

Para la mayoría de las mujeres, la decisión de tener un aborto es difícil. El Royal College of Psychiatrists, la principal organización profesional de psiquiatras del Reino Unido, afirma que el asunto de la relación entre aborto provocado y los efectos sobre la salud mental de la madre no está del todo resuelto. Existen algunos estudios que no encuentran consecuencias negativas, y otros que sí. Por tanto, como el aborto voluntario quizás podría suponer un riesgo para la salud mental de las mujeres, recomienda que se asesore convenientemente sobre estos riesgos a quienes deseen abortar.

La National Abortion Federation estadounidense sostiene que, científicamente, no existe evidencia de un estrés "post-aborto" a largo plazo, ni de depresión ni ansiedad ni de ninguna otra enfermedad psicológica, concluyendo que el mayor estrés es previo al proceso, e indicando que la gran mayoría de las mujeres afirman experimentar una posterior situación de alivio.

Por el contrario, un estudio publicado en el Journal of Child Psychiatry and Psychology y financiado por el gobierno de Nueva Zelanda determinó que el 42% de las mujeres bajo seguimiento que abortaron antes de los 25 años sufrían de depresión; esta cifra es el doble de las que nunca estuvieron embarazadas, y 35% mayor que quienes decidieron seguir con su embarazo. El mismo estudio estableció que aquellas que abortaron eran dos veces más propensas a beber alcohol a niveles peligrosos que aquellas que no lo hicieron, y tres veces más propensas a depender de drogas ilícitas.

En 2008, el British Journal of Psychiatry publicó un estudio que concluye que el aborto intencionado aumenta la probabilidad de sufrir trastornos psíquicos.

En 2011, The British Journal of Psychiatry publicó un estudio de Priscilla K. Coleman en el que se concluye que el aborto aumenta el riesgo de padecer problemas mentales en las mujeres que lo practican.

Algunos proponen que los efectos psicológicamente adversos del aborto deben ser referidos como una condición especial llamada "síndrome post-aborto". Sin embargo, la existencia de este "síndrome" no ha sido reconocida por ninguna organización médica o psicológica, y algunos médicos y partidarios pro-elección han argumentado que la idea de popularizar este "síndrome post aborto" es una táctica usada por partidarios pro-vida por razones políticas.

Aspectos legales aborto terapéutico y aborto voluntario

La mayor parte de las legislaciones reguladoras, tanto las permisivas como las restrictivas, distinguen entre aborto terapéutico y aborto electivo o voluntario.

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Aborto terapéutico. Imagen de un embrión extraído durante un aborto practicado como consecuencia de una operación de extirpación de útero, a una mujer embarazada de unas 10 semanas, y enferma de cáncer de cérvix.

Aborto terapéutico

Es el que es justificado con razones médicas:

  • para salvar la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para su vida;

  • para salvar la salud física o mental de la madre, cuando estas están amenazadas por el embarazo o por el parto;

  • para evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que es fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy graves, o

  • para reducir el número de fetos en embarazos múltiples hasta un número que haga el riesgo aceptable.

Aborto electivo

El realizado por otras razones. Cuando el embarazo es el resultado de un delito de naturaleza sexual (violación) o de la aplicación de una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre.

También se incluyen, como razones: la minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales un embarazo fuera del matrimonio.

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Aborto terapéutico. Embarazo ectópico, una de las patologías del embarazo.

Aborto por indicación médico-legal

Se entiende por aborto por indicación médico-legal al acto médico o quirúrgico que consiste en la interrupción voluntaria de la gestación en los casos en que el derecho interno de cada país prevé la no imposición de una pena por tal motivo, aunque el aborto en general sea considerado un delito.

La importancia del aborto por indicación médico-legal está en que facilita que estas interrupciones se practiquen dentro del ámbito sanitario institucional, eliminando riesgos innecesarios para las mujeres.

A continuación se mencionan los métodos más utilizados según el médico o la situación legal:

Aspiración endouterina. Se introduce en la matriz una cánula especial de succión, y una succión 28 veces más fuerte que la de una aspiradora doméstica despedaza al bebé y chupa los pedazos, forzándolos dentro de un recipiente. Este es el método que se emplea en la mayoría de los abortos hasta la semana duodécima. Para ese tiempo la criatura está completamente formada y siente el dolor.

Dilatación y raspado. Similar al método de succión, salvo que se introduce un cuchillo en forma de lazo que hace pedazos a la criatura y saca los pedazos por la abertura de la matriz por medio de raspado.

Solución salina. Se vacía el líquido del saco amniótico donde está el bebé y en su lugar se inyecta una solución concentrada de sal. El bebé respira y traga la solución, lucha, sufre hemorragia, experimenta convulsiones, y en unas horas muere. Después la madre pasa por un parto trabajoso y da a luz un bebé muerto o a punto de morir.

Aborto mediante prostaglandinas. Se inyectan en el saco amniótico ciertas hormonas relacionadas con el nacimiento a fin de inducir un parto prematuro. En muchos casos se inyecta sal primero para evitar el nacimiento de criaturas vivas.

Histerotomía. Se abren el abdomen y la matriz quirúrgicamente y se saca al bebé. Casi todos estos infantes están vivos al ser sacados, luchan por un rato, lloran un poco, y mueren. Se emplea este método en el caso de abortos muy tardíos, cuando, si ocurriera un parto prematuro, el bebé podría sobrevivir.

Según un estudio efectuado por la Organización de las Naciones Unidas, durante los últimos años más de dos terceras partes de las mujeres del mundo han tenido acceso a abortos legales en sus países respectivos. Los abortos se permiten por razones similares en esos países: el bienestar físico, mental, social y económico de la mujer envuelta en el caso.

En los Estados Unidos, en 1973, por un fallo de 7 contra 2, el Tribunal Supremo del país dijo que "la condición de persona jurídica no existe antes del nacimiento" y que la criatura no tiene derecho a la protección legal de su vida. Antes de 1973, prescindiendo de la edad de la criatura no nacida, la ley protegía su vida y hasta su capacidad de entablar acción judicial, de recibir herencias y de satisfacer los requisitos para recibir beneficios de seguridad social.

La vida de la madre en peligro, el feto defectuoso, preñez como resultado de violación o incesto. Estas razones se pueden aplicar a solo una cantidad muy pequeña de los casos. El 95 por ciento o más de los abortos, llamados "abortos terapéuticos," se efectúan por otras razones.

Por la "salud." Puede que la madre sienta tensión mental si el embarazo le estorba estudios especiales, o una carrera, o actividades sociales, o vacaciones… casi cualquier inconveniencia que le cause "angustia." Ella pudiera alegar que el nacimiento le causaría dificultades financieras, y así satisfacer legalmente los requisitos para tener un aborto. O pudiera decir que el nacimiento sería una "perturbación" para el círculo familiar.

Como control de la natalidad. A menudo se usa el aborto como medio de limitar la natalidad o de efectuar planificación familiar. Algunos matrimonios no quieren darse la molestia de usar métodos contraceptivos. Contrario a lo que se esperaba, la píldora anticonceptiva no ha detenido el número creciente de abortos. Muchas mujeres tienen más de un aborto.

Como control respecto al sexo. Por medio de obtener células fetales del líquido amniótico y examinarlas, los médicos pueden saber si el bebé tiene defectos genéticos. También pueden saber el sexo del bebé. Algunos matrimonios recurren a esto, y a base de esta información deciden si quieren un aborto o no. Si el bebé es una niña y ellos quieren un niño, o si es un niño y ellos quieren una niña, el aborto elimina a la criatura no deseada.

Por dinero. El médico que se especializa en abortos puede hacerse rico rápidamente. El aborto más corriente y sencillo requiere 15 minutos, y un informe periodístico de 1974 dice que un médico efectuó de 40 a 50 abortos diarios a 55 dólares cada uno. Se dice que bajo juramento este facultativo testificó que durante la primera mitad de 1971 sus ingresos brutos pasaron de 250.000 dólares.

Además, algunos médicos sacan ganancia de los fetos recién abortados, puesto que los venden a compañías de drogas, a hospitales de experimentación y a varias agencias gubernamentales. Mientras más adelantada haya estado la gestación, más valioso es el feto. Se creó un escándalo acerca de esto en Washington, D.C. Se sospechó que algunos médicos estaban animando a las mujeres a aceptar abortos no necesarios así como abortos de fetos cuya edad excedía por mucho de tres meses.

El aborto se practica por todo el mundo, sea legal o no. Según los cálculos del Consejo Demográfico, apoyado financieramente por las Naciones Unidas, allá en 1975, y antes, se efectuaban millones de abortos cada año en la Unión Soviética. También, cada año: más de 2.000.000 de abortos en el Japón, 2.000.000 en el Brasil, más de 1.000.000 en Italia y más de 1.000.000 también en los Estados Unidos.

En 1974 el foro de la Tribuna Demográfica, que se celebró en conjunto con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Población Mundial, declaró que en algunos países el aborto ponía fin a la mitad de los embarazos, ¡y citó estudios que revelaban que, mundialmente, tan solo en 1971 55.000.000 de mujeres habían recurrido a abortos!

El aborto en el mundo

El 25% de la población mundial vive en 54 países que lo prohíben completamente o lo permiten solo para salvar la vida de la mujer. Entre los países que sancionan el aborto de modo total y sin admitir excepción alguna se encuentran: Andorra, Chile, El Salvador, Filipinas, Honduras, Irlanda, Luxemburgo, Malta, Nicaragua, República Dominicana, Somalia y Vaticano. Estos países que han decidido la penalización absoluta son hoy una minoría en la comunidad internacional. El principal argumento en estos países es que se considera más importante el derecho a la vida del nonato ?que debe ser protegido por el Estado?, que el derecho a abortar de la mujer.

El 62% de la población mundial vive en 55 países donde el aborto inducido está permitido, ya sea sin restricciones en cuanto a su causa; ya sea por motivos terapéuticos, quirúrgicos, eugenésicos, sentimentales, y hasta por razones socioeconómicas. Adicionalmente, algunas legislaciones establecen requisitos previos, tales como períodos de espera, la provisión de información, la opinión de varios médicos, o la notificación al cónyuge o a los padres de la embarazada o lo admiten sin restricciones, como Canadá.

Situación legal del aborto en el mundo

Pro-Vida – 10 argumentos contra el Aborto 

comiteprovida.org1. Puesto que la vida comienza en la concepción, el aborto es similar al asesinato ya que es el acto de tomar la vida humana. El aborto es un desafío directo de la idea comúnmente aceptada de la santidad de la vida humana 2. Ninguna sociedad civilizada permite un ser humano a dañar deliberadamente o por quitarle la vida a otro ser humano sin castigo, y el aborto no es diferente. 3. La adopción es una alternativa viable al aborto y logra el mismo resultado. Y con 1,5 millones de familias estadounidenses que desean adoptar a un niño, no hay tal cosa como un hijo no deseado.4. Un aborto puede dar lugar a complicaciones médicas más adelante en la vida, el riesgo de embarazos ectópicos dobles, y la posibilidad de un aborto involuntario y la enfermedad pélvica inflamatoria también aumenta.5. En el caso de la violación y el incesto, la atención médica adecuada puede garantizar que una mujer no quedará embarazada. Aborto castiga al niño por nacer que no cometieron ningún delito, sino que es el autor que debe ser castigado. 6. El aborto no debe ser utilizado como otra forma de anticoncepción. 7. Para las mujeres que demandan un control total de su cuerpo, el control debería incluir la prevención del riesgo de embarazo no deseado mediante el uso responsable de la anticoncepción o, si esto no fuera posible, a través de la abstinencia. 8. Muchos estadounidenses que pagan impuestos se oponen al aborto, por lo que es moralmente incorrecto utilizar dinero de los impuestos para financiar el aborto. 9. Aquellos que decidan abortos son a menudo menores de edad o mujeres jóvenes con experiencia de vida suficiente para comprender plenamente lo que están haciendo. Muchos han lamenta toda la vida después. 10. Aborto es causa frecuente de dolor intenso y el estrés psicológico.

Por otra parte la revisión del estado que guarda la ley en cuanto al aborto, en otras partes del mundo permite aclarar muchas de las dudas que plantea la probabilidad de modificar las leyes de aborto en México para hacerlas más liberales.

Como en México el aborto está permitido sólo en determinadas circunstancias, nuestro país forma parte de las naciones que tienen leyes restrictivas en la materia. Esta situación va en contra de la tendencia mundial que, desde hace varias décadas, apunta hacia la liberalización de dichas leyes.

A partir de los años cincuenta -cuando los países de Europa central comenzaron a admitir el aborto por voluntad de las mujeres, se inició la liberalización de la leyes de aborto, sea a través de la despenalización o la legalización.1 En los años sesentas y setentas el resto de los países industrializados revisaron sus leyes y admitieron más causales que permiten el aborto, o bien liberaron por completo su legislación respectiva. Asimismo, ciertos países en desarrollo como China e India hicieron lo propio. Desde 1994, año en que tuvo lugar la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo en El Cairo, doce países han liberalizado sus leyes, mientras que sólo cuatro hicieron cambios restrictivos en materia de aborto. Entre las metas que se fijaron en dicha reunión están:

En la Conferencia de 1994 se acordó que la población y el desarrollo están indisolublemente unidos y que el dotar de mayor poder de la mujer y tomar en cuenta las necesidades de la gente en lo relativo a educación y salud, incluyendo la salud reproductiva, son necesarios para el avance individual y el desarrollo balanceado. Avanzar en la equidad de género, eliminar violencia contra las mujeres y asegurar la habilidad de las mujeres de controlar su propia fertilidad son las piedras angulares de las políticas de población y desarrollo. Las metas concretas se centraron en proveer educación universal y cuidado a la salud reproductiva que incluya la planeación familiar, así como en reducir la mortalidad maternal e infantil.

La CIPD adoptó un Programa de Acción para los veinte años siguientes. En este programa se especifican un conjunto de metas precisas que todos los países se comprometen a conseguir, en el área de la salud, de la mejora de la condición de la mujer, y del desarrollo social.

Los objetivos fijados fueron:

  • Permitir antes de 2015 el acceso universal a los servicios de salud reproductiva, incluyendo la planificación familiar y la salud sexual

  • Asegurar la educación primaria para todos antes de 2015 e intentar suprimir la diferencia entre las tasas de escolarización de los niños y de las niñas en la enseñanza primaria y secundaria

  • Reducir a menos del 35 por 1000 de nacidos vivos la tasa de mortalidad infantil y a menos del 45 por 1000 la tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años antes de 2015

  • Disminuir las tasas de mortalidad materna de 1990 a la mitad antes de 2000, y otra vez a la mitad antes del 2015

  • Elevar la esperanza de vida al nacer a 75 años o más antes del 2015

El programa de Acción se realizó sobre la base del Plan de Acción adoptado en la conferencia mundial de población sostenida en Bucarest en 1974 y las recomendaciones adoptadas en la Conferencia Internacional sobre Población, llevada a cabo en México en 1984. También tomó en cuenta los resultados de Cumbre Mundial para la Infancia (1990), la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo y la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (1993).

Cabe destacar que, en los únicos dos países donde el aborto está totalmente prohibido, la Iglesia católica ejerce un poder cultural y político muy fuerte.

Desde hace unos 50 años en que comenzó a contemplarse la despenalización del aborto en la mayoría de las legislaciones de todo el mundo, el número de estos ha aumentado de modo vertiginoso. En 1978 (ONU), cada día nacían unos

300.000 niños y se producían alrededor de 120.000 casos de aborto (2 abortos por cada 5 nacimientos). Hoy en día es muy difícil saber con rigor científico el número de abortos, ya que existen intereses personales, el secreto profesional de los médicos, la clandestinidad , y la reticencia femenina o el pudor de la mujer.

Sin embargo se calcula que anualmente se cometen unos 30 millones de abortos, lo que representa el 30% de los nacimientos en los países donde está legalizado y el 20% en los países donde no lo está.

Las sociedades que más defienden la infancia, la familia, la vida nacida (v.g. EEUU, Reino Unido, Holanda, etc.) son las sociedades más abortivas. Por otra parte, las sociedades prohibitivas del aborto no pueden presentarse como modelos de defensores de la vida y la persona (v.g. Chile, Bolivia, Brasil, etc.). Esto nos hace mantener que la realidad del aborto no coincide con la realidad de las sociedades respecto a la defensa o no de la vida.

Las actitudes que existen hoy respecto a la legalización del aborto son:

– Superficial. Se aprueba el aborto por la presión ambiental.

– Feminista. Defienden las acciones abortivas sobre el feto que es considerado como algo, hasta el punto de no considerarlo con derechos humanos y a disposición del albedrío de la mujer que es dueña de su cuerpo.

– Eugenésicos. Por razones médicas como salvar la vida de la madre, impedir el nacimiento de vidas disminuidas, etc.

Personalísticas. Tienen una escala de valores en que el honor, el bienestar de la familia, la libertad, etc; están por encima de la vida.

– Confusa. No se quiere el aborto, pero se ve como mal menor en situaciones conflictivas (v.g. violaciones, embarazos de niñas, etc.).

– Defensora de la vida. El primer valor no negociable es el valor de la vida humana desde su concepción. La ética cristiana de todas las épocas ha tenido una preocupación constante por todo lo relativo a la vida humana. Debiendo encontrar en la actualidad una ética fundamental coherente de la vida humana, y así:

– Los cristianos deben convertirse en una escuela que eduque para la vida.

– Es necesario que la Teología Moral se formule desde una ética racional, coherente y concreta, no desde una ética visceral.

– La convicción de los cristianos ha de ser factor de identidad e integración.

– Asumir que la defensa de la vida humana no se ha desarrollado linealmente en la Historia de la Iglesia, sino que a veces, se ha oscurecido bastante, sobre todo cuando ha interesado.

– El conflicto entre la vida y la libertad no se resuelve afirmando "sólo la vida".

– La realización personal, el autodesarrollo y la realización social no pueden desarrollarse atentando contra la vida ajena.

– A los cristianos les urge trabajar tanto en la defensa de la vida como en la mejora de la misma.

– Rechazo coherente de la pena de muerte y de la tortura.

– La vida puede mejorarse utilizando adecuadamente los ingentes gastos destinados a la escalada armamentista.

– La calidad de la vida implica la denuncia del consumo y de la materialización.

Aspectos jurídicos

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El aborto, entendido como la interrupción intencional del embarazo, es, dependiendo del ordenamiento jurídico vigente, una conducta punible o no punible, atendiendo a las circunstancias específicas.

De esta manera, dependiendo del país que lo contemple, es considerado un delito penalizado en cualquier circunstancia, o un derecho de la gestante. En otros países, aun siendo también un delito se mantiene despenalizado en ciertos casos siempre que medie el consentimiento materno.

En la actualidad, la legislación en la mayor parte del mundo contempla la despenalización del aborto, siguiendo la recomendación de la Organización de las Naciones Unidas, para supuestos intermedios, siempre tomando la voluntad de la embarazada como requisito sine qua non para una posible no punición.

Los ordenamientos jurídicos que despenalizan el aborto en alguno o todos los supuestos, lo hacen desde las siguientes perspectivas:

  • El sistema anglosajón desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de "viabilidad".

  • El modelo europeo-continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, ya sea que se le especifique como libertad reproductiva (véase derechos reproductivos) o como derecho a la autonomía.

  • En el sistema islámico. En la mayoría de países islámicos, el aborto solo se consiente por razones médicas en las que la madre corre grave peligro.

  • El sistema internacional de protección de los derechos humanos ?así las organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales como por ejemplo Amnistía Internacional, como los organismos de protección de DD.HH. de carácter universal, como la Comisión y Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas o la Organización Mundial de la Salud? relaciona el problema de la despenalización del aborto con el derecho que tienen las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes; es decir, con la prohibición general de la tortura.

La normativa sobre el aborto es un tema sumamente polémico, puesto que, tanto los promotores de una posición como sus detractores, argumentan defender un derecho humano. Los defensores del aborto esgrimen el derecho a la libertad, autonomía o intimidad de la gestante, y sus detractores el derecho a la vida que le conceden al nasciturus.

Aspectos biológicos y médicos

Desde un punto de vista científico, existe una clara división entre los científicos.

Por un lado, están quienes defienden que el embrión es una vida humana desde el momento de la fecundación, independientemente del grado de desarrollo y de la viabilidad del feto fuera del útero. Estos sostienen:

Partes: 1, 2, 3
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