Descargar

El aborto como impotencia humana ante la vida


Partes: 1, 2, 3

  1. Introducción
  2. Problemática
  3. Base teórica
  4. ¿Qué es el aborto?
  5. Procedimientos para la inducción del aborto
  6. Clasificar el aborto según la etiología
  7. Métodos habituales en la práctica del aborto
  8. Clases legales de aborto
  9. Aspectos legales aborto terapéutico y aborto voluntario
  10. Cifras sobre el aborto
  11. Mortandad debida al aborto en condiciones insalubres
  12. Aborto y derechos humanos
  13. Posibles soluciones para combatir el aborto
  14. Conclusión
  15. Recomendaciones
  16. Bibliografía

Introducción

Los seres humanos por lo general somos contradictorios, los que pueden tener hijos, actúan para ya no tener más y los que no pueden tenerlos, hacen hasta lo imposible por concebirlos aunque sea in vitro y alquilando un vientre.

La época en la cual se encuentra el lector o la humanidad en general, está llena de cambios sin precedentes, basta con mirar alrededor y descubrir que el desarrollo en la que estamos envueltos ha sido trascendental. Por ejemplo, en el campo de la medicina día a día se abren nuevas y brillantes perspectivas que ayudan a mejorar la calidad de vida del hombre, pero, desgraciadamente, también se generan avances que a consideración de algunos, son desfavorables, tal es el caso del tema del presente trabajo para los que se interesen en este tema.

Anteriormente la práctica de los abortos era un método generalizado para el control de la natalidad. Después fue restringido o prohibido por la mayoría de las religiones, pero se consideró una acción ilegal hasta el siglo XIX.

Y es así como este tema ha ido cobrando mucha importancia, debido, principalmente, al alto contenido ético que conlleva, además que recientemente fue clasificado como un problema de salud pública al ser considerado la tercera causa de muerte en la Ciudad de México.

Por tal razón, durante el desarrollo de la presente temática, se darán a conocer no sólo conceptos ligados directamente al aborto sino también algunos tópicos que guardan relación, como los métodos anticonceptivos y la educación sexual, pues hemos considerado que son las mejores vías para ayudar a disminuir los grandes problemas que está causando entre nuestra población la gran demanda de abortos.

Se incluirán distintas definiciones del término aborto y su clasificación, para que el lector conozca qué tipos de aborto se practican y así pueda darse cuenta que la mayoría de estos son un gran riesgo para la salud de la persona en quien se lleva a cabo. De acuerdo con las disposiciones legislativas, el aborto puede llamarse legal cuando se provoca por motivos reconocidos por la ley.

"Se calcula que, en el año 2003, 1 de cada 5 embarazos terminó en aborto. En Europa, la proporción fue casi 1 de cada 3, […] [y en] los países de la ex Unión Soviética […,] casi el cuarenta y cinco por ciento de los embarazos terminaron en aborto ese año." (BRITISH MEDICAL JOURNAL, GRAN BRETAÑA.)

El aborto plantea diversos problemas a la moral católica. Se presenta a veces como una solución para prescindir, por diversas razones. Se habla también del aborto terapéutico cuando la perspectiva clínica, por el examen del líquido amniótico, podría llevar a prever deficiencias congénitas, en cuyo caso se aducen a una razón de piedad para curarlo.

Es importante recordar de que todos tenemos la libertad de expresión y no porque unos estén en contra del aborto, intenten convencer a los que prueban pues cada quien tiene sus motivos e ideales.

Es por ello que la investigación documental y virtual que ahora se presenta tiene el objetivo de aportar un grano de conocimiento más al acervo cultural que ya existe sobre el tema y brindar una herramienta de defensa para detectar y prevenir el abuso sobre el aborto …considero que todos educamos y para muestra es este documento donde van autores de libros y sitios web, investigadores, opiniones y experiencias de los protagonistas, porque hasta los estudiantes nos enseñan a enseñar mejor y nosotros como educadores a que sepan construir sus propios aprendizajes propiciando su aprendizaje por descubrimiento o perspicacia cultural y biológica.

Problemática

¿Por qué es un problema social?

El aborto, es un tema bastante amplio, dadas los diversos aspectos que este tiene, y en el que, pareciera que únicamente se trata de un debate histórico: el conocimiento científico vs. El fundamentalismo.

Y es que alrededor de este tema tan importante para la sociedad actual han aparecido diversas posturas, desde las que aseguran que la realización de este es un acto que atenta contra la vida misma y, que por ende no podemos intervenir en ella -por ser lo más sagrado-, hasta los que aseguran que, al ser la vida un objeto de decisión personal se puede tomar cualquier -valga la redundancia- decisión.

En 2005, la proporción de bebés nacidos en China fue de 118 varones por cada 100 niñas; en algunas regiones, "la proporción se sitúa en 130 niños por cada 100 niñas", según informa el periódico China Daily. La razón de tal desigualdad es el aborto selectivo que se practica una vez realizada la prueba para identificar el sexo del feto. Las autoridades reconocen que este fenómeno está relacionado con la política de planificación familiar de China, que limita a uno el número de hijos que pueden tener la mayoría de las parejas de las zonas urbanas. "Para el año 2020 habrá unos treinta millones más de hombres en edad de casarse que de mujeres" señala el rotativo, y este desequilibrio "incidirá en la estabilidad social".

El Dr. Michael J. Halberstam, médico de Washington, D.C., escribió un artículo sobre el aborto en la publicación médica Ob.Gyn. —News del 15 de mayo de 1970. Entre las cosas que consideró, lo siguiente es especialmente digno de considerarse: "Básicamente la medicina es el negocio de la vida. Al médico se le manda que proteja y conserve la vida. Ahora estoy hablando de la vida biológica. . la vida que tiene que ver con el bienestar, digamos, de la madre, de una familia o de la sociedad en conjunto.

"Al médico se le enseña que no establezca distinción en cuanto a la etapa o calidad de la vida que ha de proteger." Entonces el Dr. Halberstam mencionó que "el feto [la criatura todavía no nacida] recibe su entera potencialidad genética del RNA y el DNA al ser concebido. . . .

"El feto también es singular. Su combinación exacta de proteínas jamás ha existido antes, jamás existirá de nuevo.

"No hay duda de que el feto está "vivo," aunque de manera especial. Como yo no creo en el alma inmortal, no igualo la vida del feto con la vida de la madre, pero como médico sé que vive y como ser humano estoy en temor reverente ante ello."

¿El feto es un alma o no?

Mientras este debate continua la sociedad permanece inmóvil ante el gran crecimiento en los índices de mortandad materna, producto de la realización de abortos clandestinos, abortos que se ven obligadas a practicar de esta manera porque aún no son aceptados o bien vistos por la sociedad o por la ausencia de un marco jurídico que lo permita.

Con respecto al aborto, en la antigüedad, en Grecia y Roma estaba permitido y socialmente aceptado; no sólo el aborto, sino también el infanticidio.

Desde que el derecho se humanizó, gracias a la influencia del cristianismo, el aborto se ha castigado siempre como un crimen.

Más la concepción moderna del estado y de la ley civil ha traído nuevos dilemas en la época contemporánea. Thomas Hobbes es el primer promotor en fundar la legitimidad del estado sobre la actitud de salvaguardar la supervivencia del individuo, lo que ha conducido a una lógica utilitarista, que permanece válida hasta el día de hoy, incluso, como ciudadanos, hemos interiorizado esa lógica, que es contractual y, en este sentido, limitada.

Curiosamente, el estado moderno es el primero en la historia que posee los medios adecuados para garantizar una eficaz tutela de la vida y, paradójicamente, puede hacerse cómplice del asesinato planificado de vidas humanas indeseadas.

Es decir: está embarazada su mujer ¿Quiere usted el hijo o no?

La extensión de la práctica del aborto en el mundo occidental ha sido muy rápida; en la década de los veinte, la Unión Soviética permitió el aborto; en la de los treinta, se sumaron varios países escandinavos y posteriormente otros del Este de Europa, entonces bajo la dominación soviética, así como Japón. Desde los finales del setenta, se va permitiendo el aborto provocado en la mayoría de los países.

Tomando en cuenta de que en la mayoría de los países se dice que sus códigos civiles se basan en la Biblia o en otros libros religiosos para su actuar en la ética social: a manera de reflexión introductoria para el lector, consulte usted su biblia y vea lo que dice en Éxodo. 21:22, 23.

"Y en caso de que unos hombres luchen el uno con el otro y realmente lastimen a una mujer encinta y los hijos de ella efectivamente salgan, pero no ocurra un accidente mortal, a él sin falta ha de imponérsele el pago de daños conforme a lo que le imponga el dueño de la mujer; y él tiene que darlo por medio de los jueces. Pero si ocurre un accidente mortal, entonces tienes que dar alma por alma, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie,  marca candente por marca candente, herida por herida, golpe por golpe".

Bueno no es difícil ver que Dios (Jehová o Yahvé) ve muy valioso a un feto, lo ve como un hijo, como un alma viva o ser vivo, como algo que ya está latiendo allí dentro del vientre materno y si pide que muera una persona que ha causado la muerte del feto entonces ve al feto ya como una persona con derecho de vivir.

Base teórica

En la antigüedad la realización de abortos era un método generalizado para el control de natalidad. Después fue restringido o prohibido por la mayoría de las religiones, pero no se consideró una acción ilegal hasta el siglo XIX. El aborto se prohibió para proteger a las mujeres de intervenciones quirúrgicas que, en aquella época, no estaban exentas de riesgo; la única situación en la que estaba permitida su práctica era cuando peligraba la vida de la madre. En ocasiones también se permitía el aborto cuando había riesgos para la salud materna.

Durante el siglo XX la legislación ha liberalizado la interrupción de embarazos no deseados en diversas situaciones médicas, sociales o particulares. Los abortos por voluntad expresa de la madre fueron legalizados primero en la Rusia posrevolucionaria de 1920; posteriormente se permitieron en Japón y en algunos países de la Europa del Este después de la II Guerra Mundial. A finales de la década de 1960 la despenalización del aborto se extendió a muchos países. Las razones de estos cambios legales fueron de tres tipos: 1) el infanticidio y la mortalidad materna asociada a la práctica de abortos ilegales; 2) la sobrepoblación mundial; 3) el auge del movimiento feminista. Hacia 1980, el 20% de la población mundial habitaba en países donde la legislación sólo permitía el aborto en situaciones de riesgo para la vida de la madre. Otro 40% de la población mundial residía en países en los que el aborto estaba permitido en ciertos supuestos —riesgo para la salud materna, situaciones de violación o incesto, presencia de alteraciones congénitas o genéticas en el feto— o en situaciones sociales especiales (madres solteras o con bajos ingresos). Otro 40% de la población mundial residía en países donde el aborto estaba liberalizado con las únicas condicionantes de los plazos legales para su realización. El movimiento de despenalización para ciertos supuestos, ha seguido creciendo desde entonces en todo el mundo y ha sido defendido en las conferencias mundiales sobre la mujer, especialmente en la de Pekín de 1995, aunque todavía hay países que sobre todo por razones religiosas se ven presionados a mantener legislaciones restrictivas y condenatorias con respecto al aborto

La primera ley aprobada, con relación al aborto fue el Código Penal de 1863, que lo sancionaba penalmente. El aborto por móvil de honor y el aborto consentido por la mujer se consideraban como supuestos atenuados.

El aborto por móvil de honor se basaba en el argumento de que la mujer embarazada o con hijo y sin esposo podía ser marginada socialmente ya que con la imagen de soltera no virgen. Por haber tenido relaciones sexuales fuera del matrimonio, podía perderse, irremediablemente, su honor y, con ello, el honor de su familia.

En cuanto al aborto consentido, la ley penal exigía el consentimiento de la mujer que tuviera por lo menos dieciséis años cumplidos. Ya que se le consideraba con capacidad de comprender y libre voluntad.

TOMEMOS COMO EJEMPLO A PERÚ: usted puede conseguir datos de acuerdo a su país si lo prefiere y recuerde lo que dijimos que los países basan su derecho civil en libros religiosos para su ética social.

El Código Penal de 1863 fue el primero de la República del Perú y estuvo vigente hasta 1924. La Ley Nº 48681 promulgada el 28 de julio de 1924 dio lugar al Código Penal de 1924, el mismo que estuvo vigente durante 87 años del presente siglo. Esta norma punitiva sancionaba distintos tipos de aborto entre los artículos 159º a 164º: el aborto propio, el aborto consentido, el aborto no consentido, el aborto perpetrado por profesionales, el aborto terapéutico y el aborto preterintencional. Es decir, excluyó las figuras atenuadas del anterior y sumó a los tipos delictivos el aborto terapéutico.

Años más tarde, por Decreto Ley Nº 17505 se promulgó el Código Sanitario de 1969 que estableció el marco jurídico de las relaciones en el campo de la salud. En la parte concerniente a las personas, artículos 17º al 24º, destacaba a las personas en formación, la salud de la madre y la salud del niño. El Código Sanitario reiteraba en su artículo 20º lo dispuesto en la ley penal, es decir la represión del aborto.

Esta norma definía la política frente a los derechos reproductivos de la mujer, disponiendo que el proceso de la gestación debiera concluir con el nacimiento salvo hecho inevitable de la naturaleza o peligro para la salud y la vida de la madre. Sobre el aborto terapéutico, expresaba que se permitía cuando existía prueba indubitable de daño en la salud con muerte de la madre o del concebido además de la opinión de dos médicos consultados. Esta disposición específica fue modificada por Decreto Legislativo Nº 121 del 12 de junio de 1981 afirmando que se permitía el aborto terapéutico si lo practicaba un médico con el consentimiento de la madre y con la opinión de dos médicos consultados, si no hubiere otro medio de salvar la vida de la madre o de evitar en su salud un mal grave y permanente.

El Código Sanitario prohibía el aborto terapéutico basado en consideraciones de orden moral, social o económico. También prohibía el aborto como medio de control de natalidad.Diez años después, la Constitución de 1979 prescribió en el artículo 2º inciso 1º que toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y al desenvolvimiento de su personalidad. Seguidamente a ello expresan que al que está por nacer se le considera nacido para todo lo que le favorece.

La Constitución de 1993 determina en su artículo 2º inciso 1º que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar, a ello añade que el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. Este enunciado es similar al de la Constitución anterior. En el artículo 6º expresa que la política nacional de población reconoce el derecho de las personas a decidir.

El Código del Niño y el Adolescente de 1993, responsabiliza al Estado y a la sociedad del establecimiento de condiciones adecuadas para la atención de la madre durante la etapa del embarazo, el parto y la fase post-natal, otorgando una atención especializada a la adolescente madre y garantizando la lactancia materna y el establecimiento de centros de cuidado diurno.

A raíz de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo realizada en El Cairo, en setiembre 1994, se dio nueva apertura al debate público sobre el aborto y el derecho a la vida durante los meses de mayo a noviembre de ese mismo año. La Iglesia nuevamente, ejerció presión esta vez directamente sobre la delegación peruana que asistió a la Conferencia, conminándola a declarar la posición antiabortista de la Constitución del Perú. Los interlocutores de esta delegación aclararon que el legalizar el aborto no era el propósito de la Conferencia.

En cada uno de estos momentos de debate las instituciones defensoras de los derechos de las mujeres se pronunciaron con argumentos jurídicos, médicos y sociales. En 1995, con fecha 17 de agosto, la Resolución Ministerial 572-95-SA/DM dicta medidas para facilitar el acceso de la población a la información y los servicios de planificación familiar. De este modo se expende en forma totalmente gratuita la más amplia gama de métodos anticonceptivos.

La Ley Nº 26530, publicada el 10 de setiembre de 1995, modifica la Ley de Política Nacional de Población excluyendo al aborto como método de planificación familiar. De este modo, sí considera a la intervención quirúrgica como método, ya que la LPNP la excluía también.

La Resolución Ministerial 071-96-SA/DM aprueba el Programa de Salud Reproductiva y Planificación Familiar 1996-2000 con fecha 06 de febrero de 1996. Esta norma define nuevos lineamientos de la política nacional de población.

La Ley General de Salud de 1997, Ley Nº 26842 ha sido publicada el 20 de julio del presente año. La norma afirma en su título preliminar que el concebido es sujeto de derecho en el campo de la salud. La ley no se pronuncia respecto del aborto expresamente; hace muy poca mención a la maternidad. En su artículo 6º, reconoce el derecho de toda persona a elegir libremente el método anticonceptivo de su preferencia.

DESARROLLO

¿Qué es el aborto?

El aborto, término procedente del latín abortus, participio pasado de aboriri (con el mismo significado que en español) y éste, a su vez, compuesto de ab- («de», «desde») + oriri («levantarse», «salir», «aparecer») es la interrupción y finalización prematura del embarazo. En un sentido más amplio, el término puede referirse al fracaso por interrupción o malogramiento de cualquier proceso o actividad.

Es la interrupción dolosa del proceso fisiológico del embarazo causando la muerte del producto de la concepción o feto dentro o fuera del claustro materno, viable o no.

La expresión aborto deriva de la expresión latina Abortus: Ab=mal, Ortus=nacimiento, es decir parto anticipado, privación de nacimiento, nacimiento antes del tiempo.

Nuestro ordenamiento legal en el capítulo de aborto, tutela la vida humana dependiente, es decir de aquella vida humana que no tiene la calidad de persona, es un ser concebido pero no nacido, una esperanza de vida intrauterina.

Si bien por un lado el feto no es todavía una persona humana, por otro lado tampoco es una cosa.

El feto solo deviene en persona con el nacimiento, por lo que su aniquilamiento no constituye delito de homicidio.

Para entender bien el concepto aborto se debe aclarar que el mismo se refiere a la eliminación total del ser humano que se está desarrollando en el útero materno. Queremos hacer ver que es una eliminación total, debido a que los grupos pro aborto hablan de interrupción del embarazo este término es engañoso ya que es común pensar que algo que se interrumpe luego pude continuar como cuando se interrumpe a alguien que habla o se interrumpe el tránsito vehicular por un choque, y resaltamos que del SER HUMANO porque de igual manera estos grupos utilizan nombres engañoso como embrión o grupo de células, para eludir que es a una persona a quien se le está quitando la VIDA.

El aborto se define como la interrupción del embarazo antes de la 22 semana de gestación, o con embrión o feto menor de 500 gr, independientemente del carácter espontáneo o provocado del mismo (SEGO).

La OMS recomendó clasificar las muertes fetales en tres grandes categorías:

  • Muerte fetal temprana: antes de que cumplan las 20 semanas de embarazo

  • Muerte fetal intermedia: entre las 20 y las 28 semanas

  • Muerte fetal tardía: después de la 28ª. semana

Debido a que la edad gestacional a veces es difícil de estimar puede utilizarse el peso para definir más correctamente la viabilidad fetal. Así hablamos de aborto cuando el feto pesa menos de 500 gr; feto inmaduro entre 500 y 999 gr; y de feto prematuro o pre término cuando el peso se encuentra entre 1000 y 2500gr.

La Medicina entiende por aborto toda expulsión del feto, natural o provocada, en el periodo no viable de su vida intrauterina, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir. Si esa expulsión del feto se realiza en periodo viable pero antes del término del embarazo, se denomina parto prematuro, tanto si el feto sobrevive como si muere.

El Derecho considera aborto la muerte del feto mediante su destrucción mientras depende del claustro materno o por su expulsión prematuramente provocada para que muera, tanto si no es viable como si lo es.

En el lenguaje corriente, aborto es la muerte del feto por su expulsión natural o provocada, en cualquier momento de su vida intrauterina. Es la acepción que emplearemos en este libro.

El 50% de los abortos espontáneos no tienen causa conocida. En el aborto precoz por lo general primero sucede la muerte del embrión antes de la expulsión, cosa que suele ser al contrario en el aborto tardío.

Las causas pueden ser de dos tipos:

Ovular: anomalías genéticas.

Hasta el 49% de los abortos espontáneos presentan graves anomalías del desarrollo.

La proporción de anomalías cario típicas disminuye a medida que avanza la gestación.

La incidencia de anomalías cromosómicas en los cigotos abortados antes de la implantación (o al menos antes de que se conozca clínicamente la gestación) tal vez sea más grande pero no se conoce con exactitud la cifra.

Las anomalías cromosómicas pueden ser numéricas, como la Aneuploidia y la poliploidia, o estructurales como las delecciones o las translocaciones. Las alteraciones cromosómicas más frecuentes en el primer trimestre son las trisomías autosómicas, sobretodo la del 16 (origina el 33% de los abortos por alteración genética, es prácticamente imposible ver esta patología en neonatos lo que habla de su alta letalidad), dependen de factores como la edad materna, translocaciones equilibradas de los padres y fertilización tardía.

En el segundo trimestre destacan las trisomías 13, 18, 21, así como la monosomía 45 X0. En el aborto de repetición las anomalías más frecuentes son las translocaciones.

No está indicado el estudio sistemático de los cromosomas en los abortos espontáneos. Esta información no suele ser útil para prever el desarrollo de embarazos futuros y no modifica el tratamiento en la mayoría de los casos, pero el saber que muchos abortos tienen una causa genética detrás ha hecho que se estudien a los progenitores, si existen anomalías cromosómicas en los padres, su conocimiento, tiene un gran interés para el futuro reproductor de la pareja.

Maternas: anatómicas.

  • Malformaciones uterinas: Sólo el 25% ocasionan pérdidas reproductivas, destacando por frecuencia el útero tabicado. Paradójicamente, anomalías más graves como el útero doble no incrementan la tasa abortiva debido a que la base del problema no radica en el conflicto de espacio, sino en alteraciones de la vascularización y nutrición endometrial

  • Causa endometrial o implantatoria: Defecto de interacción embrión-endometrio.

  • Miomas uterinos: La localización es más determinante que el tamaño, siendo los miomas submucosos los que con mayor frecuencia se relacionan con abortos, por producir trastornos en la vascularización o compresión en el desarrollo del embarazo.

  • Sinequias uterinas: Se encuentra en el 15-30% de los casos de aborto habitual.

  • Insuficiencia ístmicocervical: Caracterizada por la incapacidad del cérvix de permanecer cerrado ante la distensión de la cavidad uterina que además puede permitir el ascenso de microorganismos hacia el compartimento ovular. Generalmente es secundaria a traumatismos Cervicales que con mayor frecuencia se relacionan con abortos, por producir trastornos en la vascularización o compresión en el desarrollo del embarazo.

• Endocrinas.

  • Defectos de la fase luteínica: Para la implantación y el mantenimiento del embarazo es necesaria la correcta función del cuerpo lúteo (maduración endometrial y nidación del blastocito).

La insuficiencia luteínica es el trastorno hormonal más frecuente asociado al aborto, pudiendo deberse a patología endometrial o a una insuficiencia progesteronita. También puede ser consecuencia de una anomalía fetal que ocasione alteraciones en el funcionamiento del cuerpo lúteo, observándose una asociación con la trisomía 13.

Se han utilizado diferentes procedimientos diagnósticos como el registro secuencial de la temperatura basal, la determinación de la concentración de progesterona plasmática, la biopsia endometrial, la ultrasonografía y el estudio de proteínas endometriales.

  • Anomalías en la secreción de LH: La hipersecreción de LH en la primera fase del ciclo es causa de aborto, lo cual se podría explicar si consideramos que este aumento produciría una maduración prematura del oocito con reactivación de la primera división meiótica antes de la ovulación. El envejecimiento precoz del oocito antes de la fecundación ocasionaría una mayor frecuencia de anomalías genéticas.

  • Anomalías tiroideas: Los anticuerpos anti tiroideos (antitiroglobulina y antiperoxidasa) con frecuencia aparecen elevados en pacientes abortadoras. Las pruebas habituales de función tiroidea no han demostrado claramente su utilidad clínica.

  • Diabetes mellitus: No hay pruebas de que la intolerancia a los carbohidratos produzca abortos con más frecuencia. No existe mayor riesgo de abortar en mujeres con diabetes subclínica o bien controlada, si bien en DMID esta tasa es dos o tres veces mayor que en la población general.

Infecciosas.

Las infecciones agudas pueden producir un aborto por acción directa del agente sobre el embrión, ocasionando su muerte. También pueden tener efecto abortivo las temperaturas elevadas propias de la enfermedad

  • Mycoplasma

La prevalencia de esta enfermedad está relacionada con la promiscuidad del varón o de la mujer. No es posible concluir que sea responsable de abortos precoces de carácter recurrente. Pero si sea encontrado Mycoplasma Urealiticum en el feto, placenta, decidua y membrana de los abortos espontáneos.

  • Toxoplasma Gondii

La opinión es variable ha habido teorías que relacionan la infección crónica con abortos de repetición y otras que no. Hoy parece establecido que el toxoplasma sólo puede infectar al feto en las infecciones primarias adquiridas durante el embarazo.

edu.red

  • INFECCIONES VIRALES

Es difícil establecer la relación existente entre las infecciones virales y el aborto espontáneo. Sin embargo, hay un aumento de las cifras de aborto coincidiendo con epidemias de gripe.

• Inmunológicas.

Probablemente, el 80% de los abortos de origen desconocido tienen una base inmunológica. El sistema inmune materno reconoce a la unidad feto-placentaria y establece los mecanismos de auto tolerancia. Cualquier fallo de éste podría ser causa de aborto, observándose una mayor prevalencia de anticuerpos autoinmunes órgano y no órgano específicos.

Se habla de la producción de factores tóxicos (IgG, Interferón Gamma) para el embrión y/o trofoblasto. El lupus eritematoso es la enfermedad paradigma debida a presencia de anticuerpos antifosfolipídicos. Otros procesos autoinmunes que cursan con niveles elevados de Acs. Antinucleares y anti tiroideos también serían causa de abortos.

Anticuerpos y síndrome anti fosfolipídico: Se conoce tres tipos de anticuerpos antifosfolipídicos con trascendencia clínica: anticoagulante lúdico, anticuerpos anticardiolipina y los falsos positivos de la serología luética. Estos anticuerpos ocasionan pérdidas gestacionales recurrentes por posibles interferencias en la formación del sincitiotrofoblasto, trombosis arteriales y venosas, trombocitopenia y anemia hemolítica autoinmune.

La evidencia de estos cuadros clínicos y el aumento de los anticuerpos anticardiolipina definen el Síndrome Antifosfolipídico. Los abortos aislados no suelen asociarse con la presencia de cuerpos antifosfolipídicos.

El síndrome antifosfolipídico se trata con ácido acetilsalicílico, e incluso con heparina y sus beneficios están comprobados. Estos tratamientos se instauran inmediatamente al conocimiento de la gestación aunque, de forma ideal, deberían iniciarse con carácter preconcepcional.

• Ambientales y iatrogénicas.

  • Tabaco: La incidencia de aborto es más frecuentes en fumadoras que en no fumadoras, con independencia de la edad. Este aumento es función directa de la cantidad de humo inhalado.

La relación entre el cigarrillo y el bajo peso del bebé al nacer, por insuficiencia placentaria son cosas totalmente probadas y es sabido que a mayor cantidad de cigarrillos mayor constricción de los vasos sanguíneos de la madre y menor aporte sanguíneo a la placenta.

También se asocia a mayor frecuencia de partos prematuros, mala inserción de la placenta, embarazo ectópico, desprendimiento placentario, hemorragia vaginal, pérdida del embarazo y a mayores riesgos de muerte súbita (SIDS) durante el primer año de vida del bebé.

Además favorece la aparición de várices durante el embarazo. Si a esto se le suma hipertensión arterial y alimentación inadecuada se le puede agregar riesgo de retardo mental a tu bebé.

Algunos estudios también demostraron que fumar durante el embarazo puede producirle al niño trastorno atencional e hiperactividad, como también mayores probabilidades de tener labio leporino.

Fumar después del nacimiento transforma al bebé en un fumador pasivo con riesgos durante la infancia de infecciones respiratorias y asma bronquial.Alcohol y tóxicos químicos: Teniendo en cuenta la multiplicidad de factores de riesgo en la paciente alcohólica, no puede considerarse al alcohol como causa directa de la pérdida reproductiva, si bien hay estudios que señalan un aumento en la tasa de abortos espontáneos.

Algunos tóxicos como el óxido de etileno, derivados del caucho y solventes industriales también la aumentan.

El consumo de sustancias toxicas durante el embarazo es extremadamente peligroso para la madre y el feto. El 80% de los casos, el niño nace con un síndrome de abstinencia neonatal, también muchas sustancias alucinógenas aumentan el riesgo de aborto y malformaciones fetales, se pudieron rastrear y se comprobó que la madre había estado expuesta durante su embarazo, a sustancias tóxicas dañinas para el bebé. Como (cafeína, tabaco, alcohol, cocaína, nicotina, marihuana, heroína)

Las sustancias tóxicas que ingresan al cuerpo de la madre cuando fuma son básicamente peligrosas. Nótese que se debe considerar como fumador a la persona que activamente consume el cigarrillo como así también a la persona que fuma en forma pasiva.

  • Cafeína: El consumo excesivo de cafeína en el embarazo se relaciona con retraso del crecimiento y pérdida embrionaria.

Se cree que el mecanismo de la interrupción del embarazo estaría mediado por una disminución en el nivel sanguíneo de estrógenos, hormona necesaria para un buen desarrollo del mismo. El café o bebidas cola muchas veces son utilizados para paliar las náuseas. A mayores náuseas, mayor ingesta de dichas bebidas y es por ello que se asocia el aborto con la ingesta importante de cafeína en el primer trimestre del embarazo ya que las náuseas aparecen en este período.

Radiaciones: Los procedimientos diagnósticos radiológicos no aumentan el riesgo de pérdida reproductiva, retraso del crecimiento o malformaciones. No obstante, la exposición del útero grávido a dosis de radiación terapéutica sí incrementa la tasa de abortos. La ultrasonografía diagnóstica no constituye un riesgo añadido.

  • Contracepción: Tanto los anticonceptivos orales como el DIU (utilizados PReconcepcionalmente) no aumentan el riesgo de aborto que si se evidencia en caso de gestación con DIU. El uso de espermicidas antes y durante el embarazo no lo aumentan.

  • Traumatismos: En contadas ocasiones de gran violencia pueden ocasionar abortos. Existe relación causa-efecto sólo cuando la pérdida reproductiva es próxima a la acción traumática.

  • Edad materna: La tasa de abortos en mujeres de 40 años duplica la de pacientes 20 años más jóvenes. Este incremento es multifactorial y depende de procesos.

El aborto médico se define como la interrupción intencional de una gestación, y la subsiguiente evacuación del contenido uterino, usando medicamentos solamente. El aborto médico puede llevarse a cabo dentro del primer trimestre, idealmente dentro de las primeras siete o nueve semanas de gestación, según el medicamento. No obstante, algunos compuestos siguen manteniendo su efectividad en etapas más tardías del embarazo.Un método de aborto médico recientemente aprobado y disponible en algunos países de Europa y en los Estados Unidos es la pastilla llamada RU486. Esta se administra durante los primeros 60 días de gestación y consiste en una hormona sintética llamada mifepristona que bloquea la acción de la hormona natural, progesterona, que se produce durante el embarazo. Al bloquearse la acción de la progesterona, se reblandece el endometrio (el recubrimiento interior del útero) y éste se desprende junto con el embrión.Para mejorar su eficacia y favorecer la expulsión del contenido del útero, se administra, al tercer día, una hormona llamada prostaglandina que produce contracciones uterinas. La RU486 no ha sido aprobada ni está disponible en México.La falla o fracaso del tratamiento ocurre cuando en una paciente que ha recurrido al aborto médico se hace necesaria la evacuación del contenido uterino de manera instrumental. Esta necesidad surge cuando el embarazo continúa en desarrollo, el aborto es incompleto, hay complicaciones hemorrágicas o simplemente por la solicitud de la mujer de terminar así el proceso, en caso de prolongación del mismo. Por el contrario, en el caso del aborto quirúrgico (aspiración o legrado uterino), el "fracaso" sólo ocurre cuando el embarazo continúa en desarrollo. La necesidad de repetir la aspiración o el legrado para eliminar restos endouterinos, así como las hemorragias o infecciones, se consideran eventualmente como "complicaciones" de la cirugía.El aborto médico es completamente diferente a la anticoncepción de emergencia (AE). En la AE se utilizan los mismos compuestos hormonales de la anticoncepción regular pero a dosis mayores. La AE previene el embarazo, mientras que el aborto médico interrumpe un embarazo ya establecido.

El aborto se puede deber a 3 causas:

  • Naturales:

Donde la madre en ningún momento desea la muerte de su bebé y la misma ocurre por causas orgánicas no inducidas, (se le conoce comúnmente como Pérdidas).

Se calcula que el 25% de todos los embarazos humanos finalizan en aborto espontáneo, y tres cuartas partes de los abortos suceden en los tres primeros meses de embarazo. Algunas mujeres tienen cierta predisposición a tener abortos, y con cada aborto sucesivo disminuyen las posibilidades de que el embarazo llegue a término.

Las causas del aborto espontáneo no se conocen con exactitud. En la mitad de los casos, hay alteración del desarrollo del embrión o del tejido placentario, que puede ser consecuencia de trastornos de las propias células germinales o de una alteración de la implantación del óvulo en desarrollo. También puede ser consecuencia de alteraciones en el entorno materno. Se sabe que algunas carencias vitamínicas graves pueden ser causa de abortos en animales de experimentación. Algunas mujeres que han tenido abortos repetidos padecen alteraciones hormonales. Otros abortos espontáneos pueden ser consecuencia de situaciones maternas anormales, como enfermedades infecciosas agudas, enfermedades sistémicas como la nefritis, diabetes o traumatismos graves. Las malformaciones y los tumores uterinos también pueden ser la causa; la ansiedad extrema y otras alteraciones psíquicas pueden contribuir a la expulsión prematura del feto.

El síntoma más común de una amenaza de aborto es el sangrado vaginal, acompañado o no de dolor intermitente. Sin embargo, una cuarta parte de las mujeres gestantes tienen pequeñas pérdidas de sangre durante las fases precoces del embarazo, y de éstas el 50% llevan el embarazo a término. El tratamiento para una situación de riesgo de aborto consiste en llevar reposo en cama. En mujeres con varios abortos puede ser necesario el reposo en cama durante todo el embarazo. El tratamiento con vitaminas y hormonas también puede ser eficaz. En ocasiones deben corregirse quirúrgicamente las anomalías uterinas si son causa de abortos de repetición.

En un aborto espontáneo, el contenido del útero puede ser expulsado del todo o en parte; sin embargo, en ocasiones, el embrión muerto puede permanecer en el interior del útero durante semanas o meses: es el llamado aborto diferido. La mayor parte de los médicos recomiendan la escisión quirúrgica de todo resto embrionario o placentario para eliminar las posibilidades de infección o irritación de la mucosa uterina.

El espontáneo se produce bien porque surge la muerte intrauterinamente, o bien porque causas diversas motivan la expulsión del nuevo ser al exterior, donde fallece dada su falta de capacidad para vivir fuera del vientre de su madre.

El aborto espontáneo o aborto natural es aquel que no es provocado intencionalmente. La causa más frecuente es la muerte fetal por anomalías congénitas del feto, frecuentemente genéticas. En otros casos se debe a anormalidades del tracto reproductivo, o a enfermedades sistémicas de la madre o enfermedades infecciosas. Cuando la edad gestacional es superior a 22 semanas o el peso del feto supera los 500 gramos, se habla de muerte fetal.

  • Inducido:

Cuando la madre de forma consciente toma medicamentos, pócimas y/o se expone a situaciones de alto riesgo, como caídas o alimentación no apropiada, para provocar el aborto.

El aborto inducido (del latín abortus o aborsus, de aborior, "contrario a orior", "contrario a nacer") o interrupción voluntaria del embarazo consiste en provocar la interrupción del desarrollo vital del embrión o feto para su posterior eliminación, con o sin asistencia médica, y en cualquier circunstancia social o legal. Se distingue del aborto espontáneo, ya que este se presenta de manera natural.

Partes: 1, 2, 3
Página siguiente