La Higiene y Seguridad Industrial. Inicio del cambio de pensamiento en materia de Seguridad (página 2)
Enviado por Yunior Andrés Castillo S.
Esta norma se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 2 de febrero de 1999, después de haberse modificado la versión de 1993. Se integran disposiciones de las normas: NOM-008-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad e higiene para la producción, almacenamiento y manejo de explosivos en los centros de trabajo, NOM-009-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad e higiene para el almacenamiento, transporte y manejo de sustancias corrosivas, irritantes y tóxicas en los centros de trabajo, NOM-018-STPS-1993, relativa a los requerimientos y características de los servicios de regaderas, vestidores y casilleros en los centros de trabajo y NOM020STPS-1993, relativa a los medicamentos, materiales de curación y personal que presta los primeros auxilios en los centros de trabajo, mismas que se cancelaron. Entró en vigor el 3 de abril de 1999.
La norma es de aplicación obligatoria para las empresas que manejen, transporten o almacenen sustancias químicas peligrosas y requiere que el patrón mantenga actualizado un estudio para analizar los riesgos potenciales de sustancias químicas peligrosas, que cuente con los manuales de procedimientos de seguridad y determine la cantidad de regaderas, lavaojos, neutralizadores e inhibidores en las zonas de riesgo, así como el manual de primeros auxilios con la definición de los medicamentos y materiales de curación que requiere el centro de trabajo y los procedimientos para la atención de emergencias médicas. Asimismo obliga al patrón a determinar las actividades peligrosas y operaciones en espacios confinados que requieran de autorización para ejecutarse y la elaboración de programas específicos de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas y para el mantenimiento preventivo de la maquinaria, equipo e instalaciones.
Contenido de un plan de respuesta de emergencia:
Es importante aclarar que cuando hablamos de un plan de respuesta de emergencia lo estamos homologando con el concepto plan de contingencia, el cual podemos definir como un conjunto de actividades previstas y de acciones secuenciales, que pueden iniciarse de manera súbita con el fin de hacer frente a un accidente químico o acontecimiento donde se involucren materiales peligrosos, que aunque tiene una posibilidad de realizarse, no se tiene la certeza de que llegue a ocurrir. Es decir, hablamos de un riesgo potencial con probabilidad de que se inicie con las consecuencias negativas que éste pueda generar. Los aspectos teóricos que se deben de considerar en la planificación de la emergencia en el lugar del accidente, deberán incluir los siguientes puntos:
Alcance e introducción.
Medidas para notificar y dar alerta.
Responsabilidades del coordinador en el lugar del accidente.
Técnicas de control y descontaminación.
Eliminación de contaminantes.
Métodos de restauración en el lugar del accidente.
Inventario de recursos.
Relaciones públicas.
Alcance e introducción
En esta parte se deben definir los términos de referencia relacionados con el plan de respuesta a emergencia y debe incluir los siguientes conceptos:
Objetivo del plan
Ubicación geográfica y física del lugar
Listado de organizaciones y grupos de apoyo con responsabilidad dentro del plan
Medidas para notificar y dar alerta
Cuando se tiene un accidente químico o se recibe información acerca de uno, se debe poner en acción el sistema de alerta a la población y a los involucrados. El sistema de información debe incluir entre otros rubros los siguientes:
Medidas internas. Son aquellas por medio de las cuales el personal que es informado del accidente deberá comunicar a la persona encargada, quien a su vez pondrá en acción las medidas específicas dentro de su empresa u organización.Medidas externas. Son aquellas en las cuales la persona encargada informa del accidente a las entidades gubernamentales de acuerdo con la normatividad existente.
Responsabilidades del coordinador en el lugar del accidente
El comando en el lugar del accidente puede ser un representante del sector industrial o gubernamental, esta persona debe tomar decisiones, ser un buen comunicador, mantener liderazgo con la gente y hacer buen uso del tiempo.Estar capacitado para organizar equipos de trabajo, mantener flexibilidad en todo momento y modificar el plan a medida que se presenten cambios en el accidente y se disponga de mayor información al respecto. La forma en que maneje el tiempo con el que dispone para la aplicación del plan, será determinante en el resultado final del operativo.Se ha comprobado que las actividades de respuesta efectuadas durante las primeras horas después de conocer el accidente, impactan en el resultado final.
Técnicas de control y descontaminación
Una evaluación efectiva del accidente provocado por materiales peligrosos, es necesaria antes de poner en práctica algunas de las técnicas de control y limpieza del lugar donde se presenta el accidente. Es indispensable el disponer de información antes de movilizar cualquier recurso, la información mínima con que se debe disponer es:
Tipo y cantidad del producto derramado
Condiciones de los medios de contención
Peligros potenciales para la salud y el medio ambiente
Descripción del lugar del accidente.
Durante la fase inicial de respuesta a una situación de emergencia, ocurre muy frecuentemente que no se dispone de toda la información antes señalada. La toma de decisiones se debe de hacer aún sin contar con algunos de los datos arriba señalados.El tipo de medidas de control en los planes de emergencia como los diseñados para la industria, tienen un propósito muy específico y por lo general se llevan a la práctica de acuerdo con las características de las instalaciones, tipo de proceso, producto elaborado, almacenado o transportado. Los planes de contingencia de tipo industrial, deben incluir las medidas necesarias para ofrecer respuestas a accidentes de todos tamaños. Los planes de respuesta gubernamentales tienen la tendencia a cubrir propósitos y objetivos más generales y enfatizan en los aspectos normativos. Estos planes generalmente se diseñan para casos de accidentes de gran tamaño que en principio están fuera de control del causante del accidente y que involucran daños a la población en gran magnitud y a los bienes de producción.
Eliminación de contaminantes
En el diseño de los planes de respuesta a emergencia se debe de incluir lugares ecológicamente aceptables para eliminar todo tipo de desechos o materiales peligrosos involucrados en el accidente, así como, técnicas de eliminación adecuadas para el manejo de situaciones incluidas en el plan de emergencia. Las técnicas de eliminación de desechos como son quemar, enterrar y reciclar deben incluirse de forma detallada dentro del plan, debido a que constituyen un serio problema y requieren una estrecha colaboración entre la industria y el gobierno.
Métodos de restauración en el lugar del accidente
El concepto de restauración se debe de entender, el dejar las mismas condiciones en que se encontraba antes de que sucediera el accidente. El grado de restauración es una responsabilidad que debe asumir el que origina el accidente apoyada ésta en la normatividad existente, algunos ejemplos de restauración son los siguientes:
Reemplazo de arena contaminada en las playas, colocación de pasto o eliminación de tierra saturada.
Relleno de lagos y arroyos.
Eliminación de los desechos contaminados.
Inventario de recursos
Este punto al igual que los anteriores es de suma importancia para el diseño del plan y como mínimo debe de incluir los siguientes rubros:
Equipo necesario y adicional.
Disponibilidad de mano de obra.
Contratistas.
Expertos y consultores.
Equipo de comunicación.
Medios masivos de comunicación, radio, T.V., etc.
En el inventario se identificarán los contactos que pueden ser necesarios para disponer de recursos que se encuentran fuera del alcance del plan del contingencia.
Relaciones públicas
Las relaciones públicas deben formar parte integral de todo el sistema del plan integral ya que la negligencia para proporcionar la información adecuada al público y a los medios de comunicación lo más rápido posible, ocasionará dolores de cabeza innecesarios en el manejo del accidente y frecuentemente obstaculiza el trabajo del personal técnico responsable de la labor de respuesta, control y limpieza en el lugar del accidente.
3.5 Protección de los ojos y cara
3.6 Protección de los dedos, las manos y los brazos
UNIDAD 4
4.1 Toxicología industrial
La toxicología puede ser definida como la ciencia de los venenos o de las sustancias tóxicas, sus efectos, antídotos y detección; o bien como señala la Organización Mundial de la Salud "disciplina que estudia los efectos nocivos de los agentes químicos y de los agentes físicos (agentes tóxicos) en los sistemas biológicos y que establece además, la magnitud del daño en función de la exposición de los organismos vivos a dichos agentes. Se ocupa de la naturaleza y de los mecanismos de las lesiones y de la evaluación de los diversos cambios biológicos producidos por los agentes nocivos".
Toxicología ocupacional
En la última mitad del siglo diecinueve y durante el siglo pasado, el conocimiento de los efectos de la actividad laboral en ciertas industrias incurrieron en la manifestación de serias enfermedades y decesos ocasionados por la exposición a químicos peligrosos y agentes tóxicos bajo condiciones inseguras de trabajo; este es el campo de acción de la toxicología ocupacional, cuya disciplina aborda el estudio de los efectos nocivos sobre la salud del trabajador producidos por los contaminantes del ambiente de laboral.
4.2 Riesgos industriales para la salud
La industrialización del país, que empezó hace unos cincuenta años, se hizo sin planeación y sin conocimiento de los riesgos que las actividades industriales podrían significar para la salud de las comunidades cercanas. Tampoco había entonces y en más de un sentido todavía no hay un marco científico-técnico y legal que permitiera prever los riesgos y reducir los daños que pudieran causar dichas actividades sobre la salud y el ambiente. Todo esto ha contribuido a que en México hayan ocurrido algunos de los casos más graves de América Latina en cuanto al daño a la salud por exposición a las sustancias químicas, incluyendo los resultantes de los accidentes químicos.
En general, los efectos nocivos para la salud por las deficiencias en la operación de las industrias son de dos tipos:
A) En el primero, la comunidad cercana está expuesta de manera continua a las emisiones dañinas no controladas de la industria que ocasionan efectos a largo plazo. Por lo común, este tipo de exposición crónica no causa en las personas daños inmediatos pero, a través del tiempo, provocan efectos graves y, con frecuencia, irreversibles como son los que afectan los sistemas neurológico, inmunitario o reproductivo.
Por la naturaleza insidiosa y ambigua de estos efectos, suele ocurrir que la comunidad cercana a la planta esté expuesta por varios años, resintiendo y "acostumbrándose" a molestias aparentemente leves dolores de cabeza, garganta o estómago, insomnio, cambios de carácter sin quejarse. Esto continúa hasta que algún acontecimiento inesperado saca el problema a la luz pública. Así ocurrió hace unos treinta años con la planta llamada Cromatos de México, que estaba ubicada en Tultitlán; algo similar pasó después en Ciudad Juárez, con las emisiones de la fundidora de Asarco, situada al otro lado de la frontera, y lo mismo sucedió hace poco en Torreón, con las emisiones de la metalúrgica Peñoles.
A pesar de que en estos casos existe una fuente confirmada de la sustancia o sustancias responsables del daño cromo en Tultitlán; plomo en Juárez; plomo, arsénico y cadmio en Torreón y de que en la literatura existen pruebas más que suficientes de sus efectos negativos, la respuesta oficial suele ser la misma: no hay pruebas de que la industria sea la emisora de la sustancia, de que ésta sea dañina o de que exista un daño en la comunidad. Cuando, de algún modo los afectados obtienen pruebas de la contaminación ambiental o del daño a la salud, la respuesta oficial cambia: los datos no son suficientes, no son adecuados o, de plano, no sirven, porque no se hicieron siguiendo una metodología específica que, de entrada, es conocida sólo por la autoridad.
B) Pero no es la exposición crónica la única que puede causar daños; con frecuencia, también surge la combinación de una exposición crónica con una aguda causada, por ejemplo, por una fuga o una explosión. En México hemos tenido varios de estos casos; probablemente el más conocido es la explosión de la formuladora de plaguicidas llamada Anaversa, en Córdoba, Veracruz, que en estos días cumple diez años. Desde luego, no es el único. Recientemente hubo un caso similar en la planta de Tekchem, situada en Salamanca, dedicada principalmente a la producción y formulación de plaguicidas organofosforados.
En casos como éstos, a la exposición crónica de las comunidades cercanas a la planta se superpone una de gran intensidad que preocupa temporalmente a las autoridades, pero no logra cambios duraderos en su actitud. Si en los casos de exposición crónica, las autoridades reaccionan de manera automática, negando el daño y retrasando la posible solución, (como si fueran tanto o más culpables que la industria causante del problema) en una exposición aguda un accidente químico superpuesta a la crónica, las autoridades toman un camino aun más cuestionable: tratan, casi literalmente, de "echarle tierra" al asunto como en San Juanico y Guadalajara pensando, quizá, que se trata de un accidente común, y que basta con quitar escombros, reparar calles, enterrar muertos y prometer a los sobrevivientes lo que sea necesario con el fin de que reduzcan sus protestas para que todo el asunto quede archivado y la sociedad se tranquilice.
Sin embargo, es probable que éste sea el peor error de las autoridades en estos casos pues; aunque puedan pasar años para que se manifiesten los efectos nocivos del accidente, el daño al ambiente circunvecino y la salud de los expuestos puede ser muy grave y, a veces, irreversible.
A causa de este error de manejo, algo que pudo evitarse ante las primeras quejas de la comunidad, se transforma en un proceso lento, difícil y muy doloroso para los afectados. Los resultados de estos casos prueban que las autoridades de ambiente y salud de México no están preparadas para asegurar que las actividades de la industria sean limpias y seguras, ni para lograr que estas industrias desarrollen un compromiso real con el cuidado de la salud y el ambiente. Las autoridades de protección civil del país tampoco están preparadas para enfrentar los accidentes químicos que ocurren aquí con mucha más frecuencia que en otros países similares y, a juzgar por los resultados, todavía no hay quien pueda, o quiera, hacer un seguimiento epidemiológico adecuado de sus secuelas.
México sobresale en este aspecto entre todos los de una economía similar; por ejemplo, en 1993, nueve de los 55 accidentes químicos más graves que habían sucedido en el mundo incluyendo los muy sonados de Seveso, Bhopal y Chernobyl habían ocurrido en México. En ese año, la frecuencia de estos accidentes en el país era de uno cada 18 meses. Basta con leer cualquier periódico nacional para convencerse de que, en los años posteriores, esta frecuencia ha aumentado, a pesar de que, por lo común, en la prensa sólo aparecen los accidentes muy graves.
Aunque los resultados de la exposición de las comunidades a las emisiones tóxicas de la industria y a las consecuencias de los accidentes químicos son gran sufrimiento humano, enormes pérdidas económicas, problemas de contaminación ambiental de largo alcance e inquietud social creciente, poco se ha hecho en el país para prevenirlos, reducir su frecuencia y magnitud, estar preparado para controlarlos y, sobre todo, responder a las comunidades de una manera congruente con lo que nuestra Constitución estipula sobre la protección de la salud y el derecho a un ambiente sano.
La capacidad de las autoridades para controlar las emisiones de las industrias económicamente poderosas, como Peñoles, o para enfrentar un accidente químico de intensidad mediana es muy escasa y no guarda ninguna relación con las necesidades del país o el nivel de desarrollo de su industria.
Por otra parte, la capacidad científico-técnica oficial para asignar oportunamente las responsabilidades, detectar o comprobar el daño y apoyar eficazmente a las comunidades afectadas no ha sido suficiente, ni siquiera cuando la fuente de la sustancia nociva y los daños que ocasiona se conocen con certeza, como se ha comprobado en Torreón hasta la saciedad.
En los casos como Anaversa, el país ni siquiera cuenta con la tecnología para analizar el principal contaminante generado durante la explosión las dioxinas, ni existe la tecnología confiable capaz de establecer la identidad de todas las sustancias que entraron al ambiente antes del accidente y las que se formaron durante él. Por lo tanto, el seguimiento epidemiológico de la población afectada se hace muy difícil y costoso.
Peor aun: hasta el momento, las experiencias disponibles permiten afirmar que la capacidad oficial para proteger la salud y el ambiente de las comunidades afectadas por la emisión continua de contaminantes tóxicos o por la exposición a contaminantes por esta emisión continua superpuesta con una súbita, es excesivamente baja y no es exagerado afirmar que es casi nula.
Estos casos demuestran que sólo a través de la organización comunitaria y de su presión activa y continua, las autoridades podrán algún día dejar su actitud pasiva y empezar a corregir los excesos de las industrias. Mientras las comunidades no se organicen, las autoridades no se moverán. Ni siquiera cuando las quejas llegan hasta la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha habido cambios importantes en esta actitud. Como ejemplo está el caso de los afectados por la explosión de Anaversa: a pesar de que obtuvieron una recomendación favorable de la cndh, hasta este momento, diez años después del accidente, no han logrado que la recomendación se cumpla totalmente.
Estos casos permiten verificar la desorganización y desinformación total de las comunidades usualmente marginales social, política, económica y culturalmente en las que se ha asentado la industria en el país, y la ineficacia ¿inexistencia? de planes oficiales para controlar eficazmente los riesgos que las industrias presentan para la salud de las comunidades vecinas.
Sin embargo, ante el cambio de administración cabe ser ligeramente optimista. Es posible que las nuevas autoridades comprendan la gravedad del problema y las muchas deficiencias que el país enfrenta para reducirlo; también, que dejen de actuar como si estuvieran protegiendo a una industria renuente a invertir en mejorar sus procesos y empiecen a comprender que también tienen una responsabilidad hacia la sociedad que votó por los cambios prometidos.
Las compañías trasnacionales son dominantes en la fabricación y comercialización de productos químicos y otras sustancias que suponen riesgos para la seguridad ocupacional y la salud. Estas empresas tienen una prolongada experiencia en el control de estos riesgos y han desarrollado importantes equipos de personal y procedimientos a estos efectos. Con la tendencia a los acuerdos de "libre comercio", se prevé que el dominio de las trasnacionales se expanda, con una consiguiente disminución de industrias de propiedad estatal y de propiedad de capitales nacionales. Corresponde entonces considerar la importancia de las trasnacionales en tanto que estas industrias se expanden por todo el mundo, particularmente a países que tienen mínimos recursos disponibles para la protección ambiental y de los trabajadores.
Las trasnacionales han tenido históricamente una participación central en la migración de riesgos industriales. Es necesario analizar esa participación para llegar a comprender lo que pueden y deben hacer las grandes compañías para asumir la responsabilidad de promover una transición mundial hacia tecnologías sin riesgo.
El primer punto es la influencia de los intereses comerciales en las normas adoptadas con relación al contacto de los trabajadores con sustancias tóxicas en todo el mundo. Se tiende a considerar que los límites de los lugares de trabajo son límites máximos de contacto humano con sustancias tóxicas, y con frecuencia se recurre a ellos también para evaluar los riesgos de la contaminación ambiental del aire para la salud humana. Hoy es ampliamente reconocido que estos límites se basan en datos y análisis insuficientes y que en gran medida fueron construidos por sectores económicos interesados, de maneras no reveladas a la comunidad científica.
4.3 Control del ambiente
4.4 Ruido industrial
Definición de Sonido y RuidoDesde el punto de vista físico el Sonido es un movimiento ondulatorio con una intensidad y frecuencia determinada que se transmite en un medio elástico (Aire, Agua o Gas), generando una vibración acústica capaz de producir una sensación auditiva. La intensidad del sonido corresponde a la amplitud de la Vibración acústica, la cual es medida en decibeles (dB). La Frecuencia indica el número de ciclos por unidad de tiempo que tiene una onda.(c.p.s. o Hertzios – Hz). El rango de frecuencia de los sonidos audibles en personas jóvenes y sanas es entre 20 Hz. Y 20.000 Hz. Los ruidos de alta frecuencia son los más dañinos para el oído humano. En los programas de vigilancia médica del riesgo ruido en trabajadores, es posible detectar sus efectos iniciales en las frecuencias de 4000 y 6000 Hz (Señal de alerta).El valor mínimo de presión sonora que puede detectar el oído humano es de 2×10-5 Nw/m2, prolongándose hasta el umbral de dolor que se ubica cercano a los 20 Nw/m2. En vista de este rango tan amplio se requiere de la utilización de una escala logarítmica para la medición del sonido.El Ruido ha sido definido desde el punto de vista físico como una superposición de sonidos de frecuencias e intensidades diferentes, sin una correlación de base.Fisiológicamente se considera que el ruido es cualquier sonido desagradable o molesto.El ruido desde el punto vista ocupacional puede definirse como el sonido que por sus características especiales es indeseado o que puede desencadenar daños a la salud. Es clásico el ejemplo de los integrantes de alguna orquesta, aunque el sonido puede ser muy agradable, si supera los límites recomendados por los estándares internacionales debemos considerarlos ocupacionalmente expuestos a ruido.Clasificación del Sonido según su variación.Ruido Constante: Es aquel cuyo nivel de presión sonora no varía en más de 5 dB durante las ocho horas laborables. Ruido Fluctuante: Ruido cuya presión sonora varía continuamente y en apreciable extensión, durante el periodo de observación. Ruido Intermitente: Es aquel cuyo nivel de presión sonora disminuyerepentinamente hasta el nivel de ruido de fondo, varias veces durante el periodo de observación, el tiempo durante el cual se mantiene a un nivel superior al ruido de fondo es de un (1) segundo o más. Ruido Impulsivo: Es aquel que fluctúa en un razón extremadamente grande (más de 35 dB) en tiempos menores de 1 segundo.En la práctica el ruido se presenta como una mezcla de todos tipos, por ello acertadamente la norma venezolana recomienda el Nivel Sonoro Equivalente (Leq), el cual representa en un nivel de presión de sonido continuo constante la misma cantidad de energía sonora que el sonido continuo fluctuante medio durante el mismo periodo. Excepcionalmente en el Ruido Impulsivo, el criterio de mayor importancia es el valor pico, y por lo tanto el Nivel Sonoro Equivalente no es aplicable. Fisiología de la AudiciónLa onda sonora es recibida por el Pabellón auricular quien la conduce a través del Conducto auditivo externo hasta llegar a la Membrana timpánica. Existe gran impedancia para la transmisión de la onda sonora desde el exterior hasta el oído interno, donde se encuentra inmerso en un líquido conocido como endolinfa, el órgano de Corti. Esta impedancia es neutralizada por el tímpano y la cadena de huesecillos quienes transmiten el estímulo sonoro en forma de vibración, a través de la Ventana oval, a la Rampa Vestibular del Caracol: la cual por deflecciones de su membrana vestibular espirilar, estimula el órgano de Corti situado en el Conducto coclear. Para evitar un estímulo excesivo la onda es atenuada cuandopasa de la Rampa Vestibular hacia la Rampa timpánica, desembocando en el oído medio a través de la ventana redonda. El Organo de Corti está constituido por un conjunto de células conmicrovellosidades altamente especializadas, que son capaces de transformar el estímulo mecánico en una señal nerviosa que viaja a través de la rama coclear del VIII par craneal hasta el Sistema Nervioso Central.Mecanismo de la Audición
Mecanismo de la lesión por ruido
Teoría del Microtrauma: Los picos del nivel de presión sonora de un ruido constante, conducen a la pérdida progresiva de células, con la consecuente eliminación de neuroepitelio en proporciones crecientes. Teoría Bioquímica:
Postula que la Hipoacusia se origina por las alteraciones bioquímicasque el ruido desencadena, conllevando a un agotamiento de metabolitos y en definitiva a la lísis celular. Estos cambios bioquímicos son: |
| Disminución de la presión de O2 en el conducto coclear. | |||||||||||||||||||||||||||||||
| Disminución de los ácidos nucleicos de las células. | |||||||||||||||||||||||||||||||
| Disminución del Glucógeno, ATP, etc. |
Teoría de la conducción del Calcio intracelular:
Se sabe que el ruido es capaz de despolarizar Neuronas en ausencia de cualquier otro estimulo. Estudios recientes al respecto han demostrado al menos que, las alteraciones o distorsiones que sufre la onda de ropagación del calcio intracelular en las Neuronas son debidas a cambios en los canales del calcio, pudiendo explicar esto, algunas de las alteraciones Neurológicas que se presentan durante la exposición a ruido. |
Mecanismo mediado por Macrotrauma: La onda expansiva producida por un ruido discontinuo intenso es transmitida a través del aire generando una fuerza capaz de destruir estructuras como el tímpano y la cadena de huesecillos.Factores determinantes en los efectos deletéreos del ruidoVariabilidad Biológica (Susceptibilidad individual)La susceptibilidad al ruido puede ser hereditaria, debida a ototóxicos, meningitis,Diabetes Mellitus, Hipertensión arterial y otros. La Prueba de Peyser nos permitedeterminar la "sensibilidad al ruido". Mide en definitiva la fatiga auditiva.
Prueba de Peyser. |
| Determinación del Umbral de la audición a 1.000 Hz. | ||||||||||||||||||||||||||
| Exposición del Oído durante 3 minutos a ruido con frecuencia de 1.000 Hz. e intensidad de 100 dB. | ||||||||||||||||||||||||||
| Reposo durante 15 segundos. | ||||||||||||||||||||||||||
| Nueva determinación del umbral de la audición a 1.000 Hz. |
Interpretación de la Prueba de Peyser
Intensidad del RuidoLa Norma Venezolana COVENIN 1565 se denominó en su última revisión de 1.995: "Ruido Ocupacional. Programa de Conservación Auditiva. Niveles Permisibles y Criterios de Evaluación". En ésta norma se establece que para una jornada de trabajo de 8 horas el Límite equivalente continuo para ruido es de 85 dB. Niveles de Intensidad mayores de ruido deben ser compensados con el acortamiento del tiempo de exposición en la jornada.
Niveles permisibles de Ruido en el tiempo de trabajo.
Fuente: Norma COVENIN 1565-95.
Espectro de FrecuenciaEn general los sonidos de alta frecuencia son más dañinos que los de baja frecuencia. En el ambiente laboral predomina la exposición a ruidos de alta frecuencia, dependiendo su efecto dañino de la intensidad y tiempo de exposición entre otros
Tiempo de Exposición diaria.Indudablemente la duración de la exposición está directamente relacionado con la intensidad del ruido, el nivel de ruido equivalente continúo (Leq) y la dosis recibida. EdadLa Presbiacusia es un proceso degenerativo natural de la capacidad auditiva que se inicia para algunos autores a los 35 años en promedio, lo cual favorece el efecto nocivo del ruido. La presbiacusia temprana se asocia a pérdida rápidamente progresiva de la capacidad auditiva en trabajadores expuestos a ruido.SexoEn general la mujer tiene agudeza auditiva superior a la del hombre ya que tiene el umbral de audición mas bajo. Existe evidencia significativa de que la mujer es más resistente al ruido que el hombre.Enfermedades concomitantes del Oído Son determinantes los antecedentes de patología del Oído medio, tales como Infecciones, perforación timpánica o anquilosis de la Cadena de huecesillos. Esto puede conllevar a la pérdida del Reflejo Estapedial.FORMAS CLÍNICASSíndromes Auditivos Desplazamiento Temporal del Umbral de la Audición (DTU) La exposición a ruidos intensos, con frecuencia causa una ligera disminución de la sensibilidad auditiva, y a menudo se acompaña de Zumbidos, por lo general dura pocas horas; pero puede ser más prolongada si la intensidad del ruido ha sido grande. Para considerar que una persona ha sufrido solo un desplazamiento transitorio del umbral de la audición, deberá tener una recuperación total de sus facultades auditivas después de un lapso de reposo de 16 horas.
Desplazamiento permanente del umbral de la audición.(DPU) o Sordera Ocupacional. |
Como resultado de la acción perturbadora del ruido, sobre los estereocílios de las células especializadas del órgano de Corti, sobreviene en forma irreversible, la incapacidad de estos transductores electromecánicos para transmitir la señal nerviosa.
Debemos tener presente que el riesgo para desarrollar Sordera Ocupacional Inducida por Ruido está en directa relación con el tiempo de exposición, la intensidad del ruido, así como factores genéticos que predisponen al trauma acústico.
La Sordera Ocupacional Inducida por Ruido ejerce su mayor efecto en las zonas de la Cóclea encargadas de recibir los sonidos de alta frecuencia. Por lo general el déficit es más grave para las frecuencias cercanas a 4.000 Hz, extendiéndose progresivamente hacia las "Frecuencias de la Conversación" (500 a 2000 Hz.).
Los pacientes se quejan de deterioro progresivo de la audición, aunque éste síntoma es reflejo de la ineficacia de un programa de Protección de la Audición, ya que muy constantemente las deficiencias auditivas se inician en las áreas de alta intensidad, mucho antes de que lesión abarque las zonas que interfieren en las "frecuencias de la conversación". A menudo el examen audiométrico formal, revela Sordera bilateral neurosensorial con predominio del déficit para las altas frecuencias, con una caída máxima que se presenta alrededor de los 4.000 Hz en el audiograma de tonos puros. |
Se han descrito 4 períodos en la evolución de la Sordera:
| Periodo de Instalación del déficit permanente. Estimado en aproximadamente 1 mes.Total. Lapso de tiempo variable, en relación a la susceptibilidad individual y la intensidad del ruido. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Periodo de Latencia Subtotal. Pérdida que se extiende a 2 o 3 Octavas. Tiene duración de 2-3 años hasta 10-15 años. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Periodo Terminal. La pérdida se extiende a la frecuencia de 500 Hz., suele acompañarse de acúfenos continuos y en menos proporción vértigo. |
Es posible sufrir desplazamiento permanente del umbral de la audición si hay exposición a ruido discontinuo intenso; como el que se produce en una explosión, en este caso la sordera es de tipo conductiva debido a lesión timpánica o en la Cadena de huesecillos por efecto de la onda expansiva. Con menor frecuencia el ruido discontinuo intenso puede provocar daño al órgano de Corti, por efecto de su onda expansiva. Entre otros efectos auditivos provocados por la exposición a ruido seencuentra el Tinnitus, caracterizado por una falsa sensación de sonidoque frecuentemente acompaña a la Hipoacusia y el cual es muy molesto. El Tinnitus puede ser continuo o intermitente y se exacerba generalmente con la exposición al ruido. Dependiendo de la intensidad, el ruido puede distorsionar la comunicación interpersonal en el área de trabajo, pues durante la exposición a dos sonidos simultáneos el de mayor intensidad anula la percepción del otro, demostrado esto al superponer dos sonidos de igual frecuencia (Diferente Intensidad) en la clásica Prueba de Stenger.
Síndromes Extra-auditivos
Al ruido por definición se le otorga el carácter de "Sonido no deseado", lo cual implica que el sujeto participa directamente, relacionando las características de la sensación sonora con una respuesta psicofisiológica de agrado o de rechazo. Ultimamente las líneas de investigación en el campo del ruido industrial se han dirigido hacia los efectos extra-auditivos de esta exposición, pues es amplia la literatura que señala las diferentes interconexiones que realiza la Vía Auditiva, entre ellos los centros auditivos en tallo cerebral, el tálamo, corteza cerebral, formación reticular e hipotálamo, lo cual se traduce en una serie de efectos en el Sistema nervioso Central (S.N.C.), Sistema Nervioso Autónomo (S.N.A.) y el Sistema Endocrino (Martí Mercadal).Se sabe por medio de estudios recientes, que el ruido es capaz de despolarizar neuronas en ausencia de cualquier otro estimulo, mediado por mecanismos relacionados con la onda de propagación del calcio intracelular en los microcanales iónicos de las células nerviosas. Esto puede explicar parte de las alteraciones neuro-psiquiátricas que se presentan durante la exposición a elevados niveles de ruido (Brugrim). Stanfeld (1.992), citado por Martínez, estudió la sensibilidad al ruido y desordenes psiquiátricos, encontrando una asociación significativa entre Depresión y alta sensibilidad al ruido. La O.M.S. (1.980) señala que la exposición a ruido puede evocar distintas clases de respuestas reflejas, especialmente cuando el ruido es de carácter desconocido o inesperado. Estos reflejos son mediados por el Sistema Nervioso Vegetativo y representan una parte del patrón de respuesta conocido como "reacción al stress".Si la exposición al ruido se mantiene pueden ocurrir patrones de inadaptación psicofisiológica con repercusiones neurosensoriales, endocrinas, cardiovasculares, digestivas, etc., de tal manera que ruido pasaría a comportarse como un estresor de tipo físico. Así mismo, la exposición a ruidos intensos puede ocasionar trastornos del equilibrio, sensación de malestar y fatiga psicofisiológica, que afecta los niveles de rendimiento. Existen resultados muy controversiales en muchas de las investigaciones actuales relacionadas con los efectos extra-auditivos asociados a exposición a ruido industrial. En el sistema cardiovascular destacan los hallazgos relacionados con las cifras de tensión arterial pues mientras algunos autores asocian al ruido con niveles elevados de tensión arterial, otros lo asocian con hipotensión arterial. Un comité de expertos en identificación de enfermedades relacionadas con el trabajo (OMS-1.989), estimó que era preciso investigar más para determinar el verdadero papel del ruido en la génesis de Hipertensión arterial.
4.5 Vibración
4.6 Medicina ocupacional, enfermedades de trabajo
El sistema de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo en la organización
La seguridad y la salud en el trabajo incluyendo el cumplimiento de los requerimientos de la SST conforme a las leyes y reglamentaciones nacionales son la responsabilidad y el deber del empleador. El empleador debería mostrar un liderazgo y compromiso firme con respecto a las actividades de SST en la organización, y debería adoptar las disposiciones necesarias para crear un sistema de gestión de la SST, que incluya los principales elementos de política, organización, planificación y aplicación, evaluación y acción en pro de mejoras, tal como se muestra en la figura 2:
Política
Política en materia de la seguridad y la salud en el trabajo
El empleador, en consulta con los trabajadores y sus representantes, debería exponer por escrito la política en materia de SST, que debería:
a) ser específica para la organización y apropiada a su tamaño y a la naturaleza de sus actividades;b) ser concisa, estar redactada con claridad, estar fechada y hacerse efectiva mediante la firma o endoso del empleador o de la persona de mayor rango con responsabilidad en la organización;c) ser difundida y fácilmente accesible a todas las personas en el lugar de trabajo;d) ser revisada para que siga siendo adecuada, ye) ponerse a disposición de las partes interesadas externas, según corresponda.
La política en materia de SST debería incluir, como mínimo, los siguientes principios y objetivos fundamentales respecto de los cuales la organización expresa su compromiso:
a) la protección de la seguridad y salud de todos los miembros de la organización mediante la prevención de las lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo;b) el cumplimiento de los requisitos legales pertinentes en materia de SST, de los programas voluntarios, de la negociación colectiva en SST, y de otras prescripciones que suscriba la organización;c) la garantía de que los trabajadores y sus representantes son consultados y alentados a participar activamente en todos los elementos del sistema de gestión de la SST;d) la mejora continua del desempeño del sistema de gestión de la SST.
El sistema de gestión de la SST debería ser compatible con los otros sistemas de gestión de la organización, o estar integrado en los mismos.
Participación de los trabajadores
La participación de los trabajadores es un elemento esencial del sistema de gestión de la SST en la organización.
El empleador debería asegurar que los trabajadores, y sus representantes en materia de SST, son consultados, informados y capacitados en todos los aspectos de SST relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a situaciones de emergencia.
El empleador debería adoptar medidas para que los trabajadores, y sus representantes en materia de SST, dispongan de tiempo y de recursos para participar activamente en los procesos de organización, planificación y aplicación, evaluación y acción, del sistema de gestión de la SST.
El empleador debería asegurar, según corresponda, el establecimiento y el funcionamiento eficiente de un comité de SST y el reconocimiento de los representantes de los trabajadores en materia de SST, de acuerdo con la legislación y la práctica nacional.
Organización
Responsabilidad y obligación de rendir cuentas
El empleador debería asumir la responsabilidad general de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores y el liderazgo de las actividades de SST en la organización.
El empleador y los directores de mayor rango deberían asignar la responsabilidad, la obligación de rendir cuentas y la autoridad necesarias al personal encargado del desarrollo, la aplicación y la puesta en práctica del sistema de gestión de la SST, así como del logro de los objetivos pertinentes, y deberían establecerse estructuras y procedimientos a fin de:
a) garantizar que la SST se considere una responsabilidad directa del personal directivo que es conocida y aceptada en todos los niveles;b) definir y comunicar a los miembros de la organización la responsabilidad, la obligación de rendir cuentas y la autoridad de las personas que identifican, evalúan o controlan los riesgos y peligros relacionados con la SST;c) disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario, para asegurar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores;d) promover la cooperación y la comunicación entre los miembros de la organización, incluidos los trabajadores y sus representantes, a fin de aplicar los elementos del sistema de gestión de SST en la organización;e) cumplir los principios de los sistemas de gestión de la SST que figuran en las directrices nacionales pertinentes, en los sistemas específicos o en programas voluntarios, según sea pertinente, que suscriba la organización;f) establecer y aplicar una política clara en materia de SST con objetivos medibles;g) adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar o controlar, los riesgos y peligros relacionados con el trabajo, y promover la salud en el trabajo;h) establecer programas de prevención y promoción de la salud;i) asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus representantes en la ejecución de la política de SST;j) proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de la SST, incluido el comité de SST, puedan desempeñar satisfactoriamente su cometido, yk) asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus representantes en los comités de SST, cuando existan.
De ser necesario debería nombrarse a una o varias personas de alto nivel de dirección con la responsabilidad, la autoridad y la obligación de rendir cuentas para:
a) desarrollar, aplicar, examinar periódicamente y evaluar el sistema de gestión de la SST;b) informar periódicamente a la alta dirección sobre el funcionamiento del sistema de gestión de la SST, yc) promover la participación de todos los miembros de la organización.
Competencia 2 y capacitación
El empleador debería definir los requisitos de competencia necesarios y deberían adoptarse y mantener disposiciones para que todas las personas en la organización sean competentes en todos los aspectos de sus deberes y obligaciones relativos a la seguridad y salud.
El empleador debería tener la suficiente competencia, o tener acceso a la misma, para identificar y eliminar o controlar los peligros y los riesgos relacionados con el trabajo, y para aplicar el sistema de gestión de la SST.
De conformidad con las disposiciones mencionadas en el párrafo 3.4.1, los programas de capacitación deberían:
a) hacerse extensivos a todos los miembros de la organización, según sea pertinente;b) ser impartidos por personas competentes;c) ofrecer cuando proceda y de manera eficaz una formación inicial y cursos de actualización, a intervalos adecuados;d) comprender una evaluación por parte de los participantes de su grado de comprensión y retención de la capacitación;e) ser revisados periódicamente, con la participación del comité de seguridad y la salud, cuando exista, y ser modificados según sea necesario para garantizar su pertinencia y eficacia, yf) estar suficientemente documentados, y adecuarse al tamaño de la organización y la naturaleza de sus actividades.
La formación debería ofrecerse gratuitamente a todos los participantes y, cuando fuera posible, organizarse durante las horas de trabajo.
La competencia en materia de SST incluye la capacitación, la experiencia y la formación en el trabajo, o una combinación de estos elementos.
Documentación del sistema de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo
En función del tamaño y la naturaleza de las actividades de la organización, debería elaborarse y mantenerse actualizada una documentación sobre el sistema de gestión de la SST que comprenda:
a) la política y los objetivos de la organización en materia de SST;b) las principales funciones y responsabilidades que se asignen en materia de SST para aplicar el sistema de gestión;c) los peligros y riesgos más importantes para la SST que conllevan las actividades de la organización, así como las disposiciones adoptadas para su prevención y control, yd) las disposiciones, procedimientos, instrucciones y otros documentos internos que se utilicen en el marco del sistema de gestión de la SST.
La documentación relativa al sistema de gestión de la SST debería:
a) estar redactada con claridad y presentarse de una manera que puedan comprenderla los que tienen que utilizarla, yb) estar sujeta a exámenes regulares, ser revisada según sea necesario, difundirse y ponerse a disposición de todos los miembros apropiados o involucrados de la organización.
Los registros y la SST deberían establecerse, archivarse y conservarse a nivel local, de conformidad con las necesidades de la organización. Los datos recopilados tendrían que clasificarse en función de sus características y origen, especificándose el tiempo durante el cual han de conservarse.
Los trabajadores deberían tener el derecho de consultar los registros relativos a su medio ambiente de trabajo y su salud, a reserva de que se respeten los requisitos de confidencialidad.
Los registros de SST podrían comprender:
a) registros relativos al funcionamiento del sistema de gestión de la SST;b) registros de lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes, relacionados con el trabajo;c) registros basados en leyes o reglamentos nacionales relativos a la SST;d) registros relativos a los niveles de exposición de los trabajadores, la vigilancia del medio ambiente de trabajo y de la salud de los trabajadores, ye) los resultados de la supervisión activa y reactiva.
Comunicación
Deberían establecerse y mantenerse disposiciones y procedimientos para:
a) recibir, documentar y responder adecuadamente a las comunicaciones internas y externas relativas a la SST;b) garantizar la comunicación interna de la información relativa a la SST entre los niveles y funciones de la organización que sean apropiados, yc) cerciorarse de que las inquietudes, las ideas y las aportaciones de los trabajadores y de sus representantes sobre SST se reciban, consideren y atiendan.
Planificación y aplicación
Examen inicial
El sistema de gestión de la SST y las disposiciones pertinentes de la organización deberían evaluarse mediante un examen inicial, según corresponda. En el supuesto de que no exista ningún sistema de gestión de la SST, o cuando la organización sea reciente, el examen inicial debería servir de base para el establecimiento de tal sistema.
El examen inicial debería llevarse a cabo por personas competentes en consulta con los trabajadores y/o sus representantes, según corresponda. Deberá:
a) identificar las prescripciones legales vigentes en materia de SST, las directrices nacionales, las directrices específicas, los programas voluntarios de protección y otras disposiciones que haya suscrito la organización;b) identificar, prever y evaluar los peligros y los riesgos existentes o posibles en materia de seguridad y salud que guarden relación con el medio ambiente de trabajo o la organización del trabajo;c) determinar si los controles previstos o existentes son adecuados para eliminar los peligros o controlar riesgos, yd) analizar los datos recopilados en relación con la vigilancia de la salud de los trabajadores.
El resultado del examen inicial debería:
a) estar documentado;b) servir de base para adoptar decisiones sobre la aplicación del sistema de gestión de la SST, yc) servir de referencia para evaluar la mejora continua del sistema de gestión de la SST.
3.8. Planificación, desarrollo y aplicación del sistema
3.8.1. La planificación debería apuntar a la creación de un sistema de gestión de la SST que contribuya:
a) a cumplir, como mínimo, las disposiciones de las leyes y reglamentos nacionales;b) a fortalecer los componentes del sistema de gestión de la SST, yc) a mejorar continuamente los resultados de la SST.
3.8.2. Deberían adoptarse disposiciones encaminadas a conseguir una planificación adecuada y apropiada de la SST que se base en los resultados del examen inicial o de exámenes posteriores, o en otros datos disponibles. Esas disposiciones en materia de planificación deberían contribuir a la protección de la seguridad y salud en el trabajo e incluir:
a) una clara definición, el establecimiento de prioridades y la cuantificación, de ser pertinente, de los objetivos de la organización en materia de SST;b) la preparación de un plan para alcanzar cada uno de los objetivos, en el que se definan responsabilidades y criterios claros de funcionamiento, indicándose lo que debe hacerse, quién debe hacerlo y cuándo;c) la selección de criterios de medición para confirmar que se han alcanzado los objetivos señalados, yd) la dotación de recursos adecuados, incluidos recursos humanos y financieros, y la prestación de apoyo técnico, según proceda.
3.8.3. Las disposiciones relativas a la planificación de la SST en la organización deberían abarcar el desarrollo y funcionamiento de todos los componentes del sistema de gestión de la SST, mencionados en el capítulo 3 de estas directrices e ilustrados en la figura 2.
3.9. Objetivos en materia de la seguridad y la salud en el trabajo
3.9.1. De conformidad con una política de SST basada en el examen inicial o exámenes posteriores, tendrían que señalarse objetivos medibles en materia de SST que deberían:a) ser específicos para la organización, apropiados y conformes con su tamaño y con la naturaleza de las actividades;b) ser compatibles con las leyes y reglamentos pertinentes y aplicables, así como con obligaciones, técnicas y comerciales de la organización en relación con la SST;c) centrarse en la mejora continua de la protección de la seguridad y salud de los trabajadores para conseguir los mejores resultados en materia de SST;d) ser realistas y posibles;e) estar documentados, y comunicarse a todos los cargos y niveles pertinentes de la organización, yf) evaluarse periódicamente y, de ser necesario, actualizarse.
3.10. Prevención de los peligros
3.10.1. Medidas de prevención y control
3.10.1.1. Deberían identificarse y evaluarse los peligros y los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores sobre una base continua. Las medidas de prevención y protección deberían aplicarse con arreglo al siguiente orden de prioridad:
a) supresión del peligro/riesgo;b) control del peligro/riesgo en su origen, con la adopción de medidas técnicas de control o medidas administrativas;c) minimizar el peligro/riesgo, con el diseño de sistemas de trabajo seguro que comprendan disposiciones administrativas de control, yd) cuando ciertos peligros/riesgos no puedan controlarse con disposiciones colectivas el empleador debería ofrecer equipo de protección personal, incluida ropa de protección, sin costo alguno y aplicar disposiciones relativas al uso y a la conservación de dicho equipo.
3.10.1.2. Procedimientos o disposiciones de prevención y control de los peligros/riesgos deberían adoptarse y:
a) adaptarse a los peligros y riesgos que existan en la organización;b) examinarse y, de ser necesario, modificarse periódicamente;c) cumplir las prescripciones legales y reflejar las prácticas más adecuadas, yd) tener en cuenta los conocimientos más recientes, incluida la información o los informes de organizaciones como la inspección del trabajo, los servicios de seguridad y salud en el trabajo, u otros servicios, según sea necesario.
3.10.2. Gestión del cambio
3.10.2.1. Deberían evaluarse las medidas en la SST de cambios internos (tales como, cambios en la composición de la plantilla o debidos a la introducción de nuevos procesos, métodos de trabajo, estructura organizativa o adquisiciones), así como de cambios externos (por ejemplo, debidos a la modificación de leyes y reglamentos, a fusiones organizativas, o a la evolución de los conocimientos en el campo de la SST y de la tecnología), y deberían adoptarse las medidas de prevención adecuadas antes de introducirlos.
3.10.2.2. Tendría que procederse a una identificación de los peligros y una evaluación de los riesgos antes de introducir cualquier modificación, o de utilizar métodos, materiales, procesos o maquinaria nuevos. Esta evaluación debería efectuarse consultando y asociando a la misma a los trabajadores y/o sus representantes, y al comité de seguridad, según el caso.
3.10.2.3. Antes de adoptar la "decisión de introducir un cambio" habría que cerciorarse de que todos los miembros interesados de la organización han sido adecuadamente informados y capacitados.
3.10.3. Prevención, preparación y respuesta respecto de situaciones de emergencia
3.10.3.1. Deberían adoptarse y mantenerse las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta respecto de situaciones de emergencia. Estas disposiciones deberían determinar los accidentes y situaciones de emergencia que puedan producirse. Tendrían que referirse también a la prevención de los riesgos para la SST que derivan de los mismos. Habrían de adecuarse al tamaño de la organización y a la naturaleza de sus actividades y deberían:
a) garantizar que se ofrecen la información, los medios de comunicación interna y la coordinación necesarios a todas las personas en situaciones de emergencia en el lugar de trabajo;b) asegurar la información y la comunicación con las autoridades competentes interesadas, la vecindad y los servicios de intervención en situaciones de emergencia;c) ofrecer servicios de primeros auxilios y asistencia médica, de extinción de incendios y de evacuación a todas las personas que se encuentren en el lugar de trabajo, yd) ofrecer información y formación pertinentes a todos los miembros de la organización, en todos los niveles, incluidos ejercicios periódicos de prevención de situaciones de emergencia, preparación y métodos de respuesta.
3.10.3.2. Tendrían que establecerse medios de prevención de situaciones de emergencia, preparación y respuesta en colaboración con servicios exteriores de emergencia y otros organismos, de ser posible.
3.10.4. Adquisiciones
3.10.4.1. Deberían establecerse y mantenerse procedimientos a fin de garantizar que:
a) se identifiquen, evalúen e incorporen en las especificaciones relativas a compras y arrendamiento financiero disposiciones relativas al cumplimiento por parte de la organización de los requisitos de seguridad y salud;b) se identifiquen las obligaciones y los requisitos tanto legales como de la propia organización en materia de SST antes de la adquisición de bienes y servicios, yc) se tomen disposiciones para que se cumplan dichos requisitos antes de utilizar los bienes y servicios mencionados.
3.10.5. Contratación
3.10.5.1. Deberían adoptarse y mantenerse disposiciones a fin de garantizar que se apliquen las normas de SST de la organización, o cuando menos su equivalente, a los contratistas y sus trabajadores ocupados en la organización.
3.10.5.2. Las disposiciones relativas a los contratistas ocupados en el lugar de trabajo de la organización deberían:
a) incluir procedimientos para la evaluación y la selección de los contratistas;b) establecer medios de comunicación y de coordinación eficaces y permanentes entre los niveles pertinentes de la organización y el contratista antes de iniciar el trabajo. Se incluyen en los mismos disposiciones relativas a la notificación de los peligros y de las medidas adoptadas para prevenirlos y controlarlos;c) comprender disposiciones relativas a la notificación de lesiones, enfermedades, dolencias e incidentes relacionados con el trabajo que pudieran afectar a los trabajadores del contratista en su actividad para la organización;d) fomentar en el lugar de trabajo una concienciación de la seguridad y de los riesgos para la salud, e impartir capacitación al contratista o a sus trabajadores, antes o después de que comience el trabajo, según sea necesario;e) supervisar periódicamente la eficiencia de las actividades de SST del contratista en el lugar de trabajo, yf) garantizar que el(los) contratista(s) cumple(n) los procedimientos y disposiciones relativos a la SST.
Evaluación
3.11. Supervisión y medición del desempeño
3.11.1. Tendrían que elaborarse, establecerse y revisarse periódicamente procedimientos para supervisar, medir y recopilar con regularidad datos relativos a los resultados de la SST. Deberían definirse en los diferentes niveles de la gestión las autoridades encargadas de la supervisión, así como las responsabilidades y la obligación de rendir cuentas en la materia.
3.11.2. La selección de indicadores de eficiencia debería adecuarse al tamaño de la organización, la naturaleza de sus actividades y los objetivos de la SST.
3.11.3. Habría de considerarse la posibilidad de recurrir a mediciones, tanto cualitativas como cuantitativas, adecuadas a las necesidades de la organización, y éstas deberían:
a) basarse en los peligros y riesgos que se hayan identificado en la organización, las orientaciones de la política de SST y los objetivos de la SST, y
b) fortalecer el proceso de evaluación de la organización, incluido el examen de la dirección.
3.11.4. La supervisión y la medición de los resultados deberían:
a) utilizarse como medio para determinar en qué medida se cumplen la política y los objetivos de SST y se controlan los riesgos;b) incluir una supervisión tanto activa como reactiva, y no fundarse únicamente en estadísticas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, yc) incluirse en un registro.
3.11.5. La supervisión debería:
a) prever el intercambio de información sobre los resultados de la SST;b) aportar información para determinar si las medidas ordinarias de prevención y control de peligros y riesgos se aplican y demuestran ser eficaces;c) servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la identificación de los peligros y el control de los riesgos, y el sistema de gestión de la SST.
3.11.6. La supervisión activa debería comprender los elementos necesarios para establecer un sistema proactivo e incluir:
a) la supervisión del cumplimiento de planes específicos, de los criterios de eficiencia establecidos y de los objetivos fijados;b) la inspección sistemática de los sistemas de trabajo, las instalaciones, la fábrica y el equipo;c) la vigilancia del medio ambiente de trabajo, incluida la organización del trabajo;d) la vigilancia de la salud de los trabajadores por medio de una vigilancia médica o de un seguimiento médico apropiados de los trabajadores con miras a un diagnóstico precoz de señales o síntomas de daños para la salud con el fin de averiguar la eficacia de las medidas de prevención y control, ye) el cumplimiento de la legislación y los reglamentos nacionales que sean aplicables, los convenios colectivos y otras obligaciones que suscriba la organización.
3.11.7. La supervisión reactiva debería abarcar la identificación, la notificación y la investigación de:
a) lesiones, enfermedades, dolencias relacionadas con el trabajo (incluida la vigilancia de las ausencias acumuladas por motivo de enfermedad) e incidentes;b) otras pérdidas, por ejemplo, daños a la propiedad;c) deficiencias en las actividades de seguridad y salud y otros fallos en el sistema de gestión de la SST, yd) los programas de rehabilitación y de recuperación de la salud.
3.12. Investigación de las lesiones, enfermedades, dolencias e incidentes relacionados con el trabajo y sus efectos en la seguridad y salud
3.12.1. La investigación del origen y causas subyacentes de los incidentes, lesiones, dolencias y enfermedades debería permitir la identificación de cualquier deficiencia en el sistema de gestión de la SST y estar documentada.
3.12.2. Esas investigaciones deberían ser llevadas a cabo por personas competentes, con una participación apropiada de los trabajadores y sus representantes.
3.12.3. Los resultados de tales investigaciones deberían comunicarse al comité de seguridad y salud, cuando exista, y el comité debería formular las recomendaciones pertinentes que estime oportunas.
3.12.4. Los resultados de la investigación, además de las recomendaciones del comité de seguridad y salud, deberían comunicarse a las personas competentes para que tomen disposiciones correctivas, incluirse en el examen que realice la dirección y tomarse en consideración en las actividades de mejora continua.
3.12.5. Las medidas correctivas resultantes de estas investigaciones deberían aplicarse con el fin de evitar que se repitan los casos de lesión, dolencia, enfermedad o incidente relacionados con el trabajo.
3.12.6. Los informes elaborados por organismos de investigación externos como los servicios de inspección del trabajo y las instituciones de seguro social deberían considerarse de la misma manera que las investigaciones internas a los efectos de la adopción de decisiones, respetándose los requisitos de confidencialidad.
3.13. Auditoría
3.13.1. Se van a adoptar disposiciones relativas a la realización de auditorías periódicas con miras a comprobar que el sistema de gestión de la SST y sus elementos se han puesto en práctica y que son adecuados y eficaces para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y la prevención de los incidentes.
3.13.2. Convendría desarrollar una política y un programa de auditoría que comprenda una definición de la esfera de competencia del auditor, el alcance de la auditoría, su periodicidad, su metodología y la presentación de informes.
3.13.3. La auditoría comprende una evaluación del sistema de gestión de la SST en la organización, de sus elementos o subgrupos de elementos, según corresponda. La auditoría deberá abarcar:
a) la política de SST;b) la participación de los trabajadores;c) la responsabilidad y obligación de rendir cuentas;d) la competencia y la capacitación;e) la documentación del sistema de gestión de la SST;f) la comunicación;g) la planificación, desarrollo y puesta en práctica del sistema;h) las medidas de prevención y control;i) la gestión del cambio;j) la prevención de situaciones de emergencia y la preparación y respuesta frente a dichas situaciones;k) las adquisiciones;l) la contratación;m) la vigilancia y medición de los resultados;n) la investigación de las lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo y su efecto en los resultados de la seguridad y salud;o) la auditoría;p) los exámenes realizados por la dirección;q) la acción preventiva y correctiva;r) la mejora continua, ys) cualesquiera otros criterios de auditoría o elementos que se consideren oportunos.
3.13.4. En las conclusiones de la auditoría debería determinarse si la puesta en práctica del sistema de gestión de la SST, de sus elementos o subgrupos de elementos:
a) es eficaz para el logro de la política y objetivos de SST de la organización;b) es eficaz para promover la plena participación de los trabajadores;c) responde a las conclusiones de evaluaciones de los resultados de la SST y de auditorías anteriores;d) permite que la organización pueda cumplir las leyes y reglamentos nacionales, ye) alcanza las metas de mejora continua y mejores prácticas de SST.
3.13.5. Las auditorías deberían llevarse a cabo por personas competentes que pueden estar o no estar vinculadas a la organización y que son independientes respecto de la actividad objeto de la auditoría.
3.13.6. Los resultados y conclusiones de la auditoría tendrían que comunicarse a las personas competentes para adoptar medidas correctivas.
3.13.7. La consulta sobre la selección del auditor y sobre todas las fases de la auditoría del lugar de trabajo, incluido el análisis de los resultados de la misma, requieren la correspondiente participación de los trabajadores.
3.14. Examen realizado por la dirección
3.14.1. Los exámenes de la dirección deberían:
a) evaluar la estrategia global del sistema de gestión de la SST para determinar si se consiguen los resultados esperados en los objetivos previstos;b) evaluar la capacidad del sistema de gestión de la SST para satisfacer las necesidades globales de la organización y de las partes interesadas en la misma, incluidos sus trabajadores y las autoridades normativas;c) evaluar la necesidad de introducir cambios en el sistema de gestión de la SST, incluyendo la política de SST y sus objetivos;d) identificar qué medidas son necesarias para resolver en su momento cualquier deficiencia, incluida la adaptación de otros aspectos de la estructura de la dirección de la organización y de la medición de los resultados;e) presentar los antecedentes necesarios para la dirección, incluida información sobre la determinación de las prioridades, en aras de una planificación útil y de una mejora continua;f) evaluar los progresos conseguidos en el logro de los objetivos de la SST y en las medidas correctivas, yg) evaluar la eficacia de las actividades de seguimiento con base en exámenes anteriores de la dirección.
3.14.2. La frecuencia y alcance de los exámenes periódicos realizados por el empleador o el directivo de mayor responsabilidad para rendir cuentas deberían definirse en función de las necesidades y situación de la organización.
3.14.3. El examen realizado por la dirección debería tomar en consideración:
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