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Sindicatos (página 2)

Enviado por Autor Anónimo


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13. Caracteres del modelo sindical argentino

  1. Reglamentarismo legal: existen dos corrientes principales de polìtica legislativa en materia de derecho sindical:
  • Abtencionista: responde al axioma enunciado por De Buen: "A mayor libertad sindical, menor reglamentaciòn; a menor libertad sindical, mayor reglamentaciòn". Postula que el Estado debe limitarse a dictar normas legales denominadas de "apoyo" o de "soporte" mediante las cuales se promueva la creaciòn y desarrollo de las organizaciones sindicales y se tutele el ejercicio amplio de las autonomìas colectivas, cuya regulaciòn se considera que debe quedar librada a la dinàmica autònoma y màs flexible del derecho estatutario sindical.
  • Reglamentarista: es la corriente seguida por el derecho sindical argentino y la que prevalece en los paìses latinoamericanos. Esta se caracteriza por una regulaciòn explìcita y detallada de aspectos relativos a la estructura interna de las organizaciones sindicales. Esta corriente tiene raìces històricas , derivadas de un proceso tutelar del Estado como promotor del surgimiento y consolidaciòn de las organizaciones de trabajadores dentro del marco de orientaciones de polìtica socioeconòmica de corte distribucionista. Es asì como la ley contempla los diversos tipos de sindicatos que pueden constituìrse y ser reconocidos como tales, los tràmites y requisitospara su inscripciòn y reconocimiento oficial, la enunmeraciòn de materias que obligatoriamente deben incluir los estatutos sindicales, composiciòn de los òrganos directivos, forma de designaciòn de sus integrantes, etc., creàndose a su vez decretos reglamentarios que han desplegado un casuismo aùn màs detallado como por ejemplo tràmite de las solicitudes de afiliaciòn, plazos para resolverlas y aceptaciòn tàcita, causales de rechazo, etc.. El texto de la ley 23.551determina los tipos y formas que podràn asumir las organizaciones sindicales (Cap. I); las conciones para la afiliaciòn (Cap. II), los requisitos a que deben ajustarse en cuanto a su contenido los estatutos gremiales (Cap. III), etc. Con aùn màs detallismo , el decreto reglamentario467 incursiona tambièn en materias que son propias del ambito interno de cada organizaciòn como por ejemplo causales taxativas de rechazo de solicitudes de afiliaciòn (art. 2º), requisitos para ser elector activo (art. 3º), òrgano competente para establecer sanciones a los directivos sindicales (art. 10º), etc..
  1. Forma asociativa fundada en la profesionalidad: Aunque el art. 14 bis de la Carta Magna reconoce y garantiza el derecho de los trabajadores a su "organizaciòn sindical libre y democràtica", en nuestra pràctica laboral y en nuestra legislaciòn positiva el carácter de sujetos tìpicos del Derecho Sindical ha sido otorgado desde 1945 solo a las organizaciones que adopten como modalidad especìfica la forma asociacional. Es asì que resulta extraña a nuestra tradiciòn gremial y legislativa reconocer ese carácter a otras agrupaciones, entes u organizaciones carentes de una personalidad jurìdica diferente de la sus miembros, cuyas finalidades y funciones poseen naturaleza sindical, como sucede por ejemplo con las manifestaciones presindicales (coalisiones) o parasindicales (cuerpos de delegados, comisiones o consejos de empresa, asambles del personal, etc.) No significa desconocer que tales formas no asociativas tambièn existen y se manifiestan en las relaciones laborales colectivas en nuestro paìs, pero siempre lo hacen canalizàndose en definitiva a travès de la estructura organica del movimiento sindical y no en forma marginal, paralela o competitiva. La forma asociativa de nuestras organizaciones sindicales tien como principio fundante la profesionalidad. Esto quiere decir que la base de aglutinaciòn de los sindicatos radica en una comunidad de situaciòn laboral de oficio, de actividad del empleador o de empresa, segùn seas el tipo de organizaciòn de que se trate y no ideològica, partidista o confesional como sucede en otros paìses europeos y americanos. La adhesiòn de los trabajadores a una ideologìa, polìtica o religiosa se traduce en la constituciòn de "lìneas" o corrientes que actuan y compiten en el àmbito interno de la entidad y cuyas posiciones se dirimen en los procesos electorales. Esta adhesiòn no puede ser ni requisito ni impedimento para la admisiòn de un trabajador como afiliado a un sindicato argentino, asì como tampoco causal para su exclusiòn. Suele suceder que en los comicios sindicales participen listas pluralistas, integradas por candidatos adscriptos a distintos partidos polìticos o credos religiosos, que comparten su concepciòn sobre la forma y mètodos de orientar la acciòn de la asociaciòn profesional y los objetivos prioritarios que persiguen. Reconocida en la ley 23.551 en los arts. 1º, 2º, 3º, 5º, 6º, 8º, 10º, 11º y concordantes. Asimismo se conssagra la neutralidad ideològica, polìtica y religiosa de los sindicatos, prohibièndose toda discriminaciòn basada en èsas circunstancias como tambièn en diferencias de nacionalidad, raza o sexo (art. 7º) y proscribiendo que las organizaciones sindicales reciban ayuda econòmica de organismos polìticos nacionales o estranjeros (art. 9º). Porsupuesto que tal neutralidad ideològica de la asociaciòn sindical no quiere decir apoliticidad de las organizaciones argentinas, sinò una forma pràctica de que las diferencias que pudieran existir no deriven en una debilidad de la unidad y la coherencia de acciòn que requiere el mejor cumplimiento de los fines sindicales. Asì establece el art. 4 del Estatuto de la C.G.T.: "Para mantener su unidad orgànica la Confederaciòn General del Trabajo es independiente de todo partido polìtico o tendencia ideològica, religiosa o filosòfica, pero fijar posiciòn en materia polìtica apoyando partidos polìticos y candidatos o propiciàndolos, cuando entendiere que asì conviene a los intereses de la clase trabajadora".
  2. Unidad de representaciòn de los intereses colectivos: se trata de una unidad que surge de forma espontànea y concertada de la voluntad y conciencia gremial de los propios trabajadores argentinos, quienes conciben y propician la unificaciòn de las atribuciones representativas de sus respectivos intereses de grupo otorgàndoselas con caràcter exclusivo a una sola organizaciòn en cada sector profesional, con la convicciòn de que èste constituye el modo màs adecuado para fortalecer la capacidad de acciòn, de presiòn y de negociaciòn del movimiento sindical organizado. La pluralidad constituye en la experiencia pràctica una perspectiva no querida por miembros de nuestra colectividad laboral ya que rechazan toda propuesta en la que se adviertan posibilidades de dispersiòn, debilitamiento o fraccionamiento profesional o territorial las cuales son valoradas como fuerzas centrìfugas negativas. Se entiende que en la medida en que el interes profesional de cada grupo o categorìa de trabajadores es un mismo y ùnico interès comùn, el hecho de que existan varias organizaciones que entre sì se disputen la representaciòn y defensa de ese interès debilita la capacidad de negociaciòn y de presiòn ante los empleadores y sus representantes. La razòn de ser del sindicato es estar a la defensa del interès de los trabajadores que representa y èsta finalidad se cumple mejor a travès de una direcciòn ùnica, con una misma estrategia y una disciplina unitaria y coherente. Esta tendencia sindical unificadora reviste en nuestro derecho positivo la caracterìstica de una "unidad estimulada" o "unidad promicionada" en la medida en que los sucesivos regìmenes vigentes en la materia desde 1945 la predisposiciòn unitaria autònoma de los sectores interesados ha sido juridizada mediante la atribuciòn de capacidad exclusiva y permanente para la representaciòn del interès profesional colectivo en los aspectos màs significativos de las relaciones laborales al sindicato que ostenta la condiciòn de "màs representativo" y a travès del otorgamiento de la denominada "personerìa gremial". Dicha personerìa se otorga a la asociaciòn que en su àmbito territorial sea calificada como la màs representativa, para lo cual debe hallarse inscripta en el Ministerio de Trabajo, haber actuado durante un perìodo no inferior a seis meses, contar con el mayor nùmero de afiliados cotizantes respecto de la cantidad promedio de trabajadores que intenta representar, promedio que se establece tambièn sobre los seis meses anteriores a la solicitud de personerìa, y aglutinar al menos al 20 por ciento de los trabajadores del sector (art. 25º ley 23.551). El otorgamiento de la referida personerìa gremial confiere a la entidad sindical importantes derechos exclusivos, fundamentalmente en el àmbito de la concertaciòn de convenios colectivos de trabajo (art. 31).
  3. Concentraciòn Sindical: Principio coherente con la tendencia unificadora Conviene a las finalidades y objetivos del movimiento obrero organizado la agrupaciòn en grandes organizaciones masivas de primer grado y preferentente con un extenso àmbito propio de actuaciòn territorial que comprenden a una numerosa masa de afiliados y poseen en consecuencia una sòlida base contributiva y una mayor capacidad de movilizaciòn, de presiòn y de negociaciòn en el plano reivindicativo. El movimiento sindical argentino se caracteriza por el predominio de los sindicatos denominados "verticales", esto es organizados por actividad o rama de la producciòn. A su vez èste fenòmeno de concentraciòn sindical ofrece una modalidad derivada que refleja la realidad socioeconòmica, demogràfica y polìtica nacional caracterizada por una fuerte centralizaciòn real. Resulta entonces que una gran parte de la organizaciones sindicales de nuestro paìs son organizaciones de primer grado con àmbito jurisdiccional en todo el territorio nacional que se hallan directamente incorporadas a la central o entidad de grado superior: la Confederaciòn General del Trabajo. Son las denominadas "uniones" (Uniòn obrera Metalùrgica, Uniòn obrera de la construcciòn", etc.), caracterizadas por una tendencia hacia el "unitarismo" en su conducciòn, cuyas filiales o seccionales en las diversas jurisdicciones territoriales del interior del paìs, carentes de personalidad jurìdica y de personerìa gremial propia, actuan generalmente como meras dependencias administrativas y transmisoras de las decisiones del òrgano directivo ùnico y central de la organizaciòn al cual someten las inquietudes, peticiones o reclamos de los afiliados y trabajadores de sus respectivas areas territoriales locales.
  4. Estructura articulada en forma piramidal: agrupamiento segùn grados o niveles que se ordenan siguiendo una disposiciòn piramidal, cuya plataforma de apoyo està dada en las organizaciones denominadas "de base",las cuales en ejercicio de su autonomìa federativa se aglutinan con entidades idènticas, similares o conexas para constituir la asociaciones de grado superior o complejas que son las federaciones y confederaciones, cuyas atribuciones jeràrquicas deben respetar un margen de funcionamiento autònomo y de accionar independiente para los sindicatos de nivel inferior que las componen, modalidad que ha surgido como consecencia de la expansiòn y desarrollo de la organizaciòn en las comunidades modernas y que singulariza al movimiento obrero argentino. Esta forma piramidal se asienta en los sindicatos de primer grado, seccionales o filiales y màs profnadamente en los representantes gremiales en los lugares de trabajo y se completa elevàndose a travès de las federaciones y confederaciones hasta la cùspideque es la central ùnica de grado superior (Confederaciòn General del Trabajo) oficialmente reconocida salvo durante los perìodos coyunturales de excepciòn, como la entidad representatia por antonomasia de todo el movimiento sindical argentino con la cual no coexiste ninguna otro organizaciòn de jerarquìa similar ni superior a ella dentro del àmbito nacional. La C.G.T.: fundada el 27 de septiembre de 1930 y cuya constituciòn no ha sido producto de una imposiciòn heterònoma por via legislativa o administrativa, sinò gestada desde abajo hacia arriba, por decisiòn autònoma emanada de las organizaciones que integran el movimiento obrero argentino, cuyos integrantes la valoran como la instituciòn representativa por antonomasia de la clase trabajadora del paìs. Su art. 1ª establece: "èsta Confederaciòn se domicilia legalemente en la ciudad de Buenos Aires, y tiene su actuaciòn en todo el territorio del paìs, pudiendo pertenecer a ella "las organizaciones de trabajadores, sindicatos, uniones, asociaciones o federaciones de la industria , del comercio, del transporte, del campo, del servicio pùblico o de cualquier otra actividad productiva que acepten los principios, propòsitos y disposiciònes del presente Estatuto". La central desempeña el rol de un centro global y superior de coordinaciòn de la estrategia y de la acciòn de las organizaciones sindicales argentinas no solamente las relaciones entre las mismas sinò tambièn y primordialmente en su actividad externa ante el sector empresarial y los poderes del Estado, como asì mismo màs allà de las fronteras del paìs, ante la O.I.T. y las centrales sindicales de otros paìses y aquellas de nivel mundial, especialmente la Confederaciòn Internacional de Organizaciones Sindicales Libres a la que se encuentra adherida.
  5. Amplitud de los fines sindicales: las organizaciones sindicales argentinas persiguen una variado espectro de objetivos en el plano socioeconòmico, cultural, asistencial y comunitario, esto es que no circunscribe sus metas a la reivindicaciòn, concertaciòn y vigilancia de las condiciones de trabajo o al nivel de las remuneraciones y a la duraciòn del tiempo de labor. Es asì que promueven sistemas de capacitaciòn profesional y sindical, servicios sociales para la cobertura de contigencias de salud, creaciòn de infraestructuras para el disfrute del tiempo libre a travès de las pràcticas deportivas y del turismo social, funcionamiento de escuelas, talleres, cooperativas, etc., es decir una serie de medios adecuados para promover el mejoramiento del nivel y calidad de vida de los trabajadores y sus familias.
  6. Representaciòn unificada en los lugares de trabajo: es otra particularidad propia de la estructura sindical argentina. Nuestro modelo sindical ha estructurado un sistema original y dinàmico de representaciòn unificada en los lugares de trabajo: el de los delegados de personal y comisiones internas elegidos por la totalidad de los trabajadores del establecimiento pero que para acceder a esos cargos deben ser afiliados a la organizaciòn sindical respectiva. Los delegados de personal, comisiones internas y otros organismos similares representan:
  • Al personal ante el empleador;
  • Al personal ante el sindicato;
  • Al sindicato ante el personal;
  • Al sindicato ante el empleador;

Esta multiplicidad de funciones representativas entrecruzadas han sido fielmente recogidas en la definiciòn del art. 40 de nuestra ley 23.551 que agrega una representaciòn màs que surge de la experiencia real: la de "los trabajadores de la empressa o del establecimiento ante la autoridad administrativa del trabajo, cuando èsta actùe de oficio en los sitios mencionados." La ley tiende a procurar un equilibrio entre los principios de unidad y concentraciòn sindical y los requerimientos de la representaciòn democràtica entre mandatarios y mandantes (art. 41). Estàn unidos a la organizaciòn sindical por el vìnculo de afiliaciòn, que los somete a una disciplina de aquella y a las resoluciones de sus cuerpos orgànicos, pero ademàs son designados por la voluntad de sus compañeros de trabajo expresada en elecciones, lo que les crea un deber de lealtad y solidaridad hacia sus electores, constituyendo ademàs una forma propia, aunque restringida de participaciòn obrera en la vida de la empresa.

  1. Activo protagonismo polìtico: durante el transcurso del siglo XX la politizaciòn de la actividad sindical se ha transformado en un hecho generalizado e inclusive reconocido por la O.I.T..

En nuestro paìs especialmente a partir de 1955 , la crisis institucional con sus alternativas de alta inestabilidad, derrocamientos de gobiernos constitucionales, regìmenes de facto, proscripciones y vedas a la actividad de los partidos polìticos, impulsaron a la dirigencia sindical argentina, a fin de mantener la presencia del movimiento obrero organizado como fuerza social a elaborar una estrategia polìtica propia y autònoma. Esa autonomìa estratègica del movimiento sindical se mantuvo incluso cuando, en el perìodo 1973-1976 tuvo intensa participaciòn en el poder polìtico alcanzado por el movimietno al que mayoritariamente adhiere la clase trabajadora argentina. La fuerza numèrica de las organizaciones gremiales, los importantes medios materiales con que cuentan, las hacen especialmente atractivas para los lìderes y movimietnos polìticos, que compiten para captar su adhesiòn. La persecuciòn de objetivos y conquistas cuyo otorgamiento o postergaciòn d epende de la orientaciòn de quines ejercen los poderes pùblicos, impulsa a los sindicatos a frecuentes confrontaciones con los gobiernos y sectores legislativos que emprenden programas socioeconòmicos o sancionan leyes que ellos consideran desfavorables para los intereses de los trabajadores, a la vez que los lleva a prestar su apoyo moral y material a aquellos candidatos o partidos cuyos postulados o acciòn concreta los califica como los màs identificados con ese sector socialy sus aspiraciones.

i) Alta tasa de sindicalizaciòn: A diferencia de lo que ocurre en los demàs paìses latinoamericanos, incluso en Estados Unidos. Constituye un "contra-poder" o "anti-poder" compensador de la potencialidad econòmica del sector empresario a la vez que un poderoso grupo de presiòn ante los poderes pùblicos. No debe escapar del anàlisis la poderosa fuente de captaciòn que proviene de la cantidad de servicios y beneficios prestan a sus afiliados, esto es toda la gama de prestaciones que contemplan las diversas necesidades que se presentan a lo largo de la vida humana y que constituyen un hecho, un medio para incentivar un mayor nivel de afiliaciòn

La movilizaciòn popular y el silencio sindical Un nuevo fenòmeno: "Piquetes" La sociedad argentina de los últimos tiempos, ha estado atravesada por irrupciones novedosas: a) Los 'piquetes' cada vez más frecuentes, desarrollándose con mayor fuerza sobre el Gran Buenos Aires, luego de haber aparecido en las provincias 'periféricas', b) la formidable irrupción callejera del 19 y el 20 de diciembre, con sus diversas extracciones y modalidades de acción, c) las asambleas de vecinos que se multiplicaron hasta ser hoy centenares, poniendo en escena una modalidad de organización horizontal y democrática como pocas… Pero esas irrupciones fueron acompañadas por una virtual 'desaparición', la de las centrales sindicales, y los trabajadores asalariados han tomado parte como individuos, o en pequeños grupos, pero no como fuerza organizada.

Entiéndase bien, las confederaciones gremiales estuvieron presentes en los sucesos del mes de diciembre, declararon un paro general unos días antes, y otro en vísperas de la caída de de la Rúa, pasando inadvertido este último por el desencadenamiento de los disturbios. Pero una vez producida la renuncia del presidente radical, y desatado el proceso de movilización que, en forma de cacerolazos y escraches multiplicados, asambleas y cortes de ruta, siguió a esa dimisión e influyó en la posterior de Rodríguez Saa, la dirigencia gremial prácticamente salió de la escena, en un 'desensillar hasta que aclare' que lleva cuatro meses, que se hacen largos no tanto por el tiempo calendario, como por constituir la oscura contracara de una efervescencia popular no vista desde hace años.

Las dos alas de la CGT han sido las de retraimiento más pronunciado. La CGT de los 'gordos' es el reservorio del sindicalismo 'de negocios', volcado a la prestación de servicios y a los negocios de todo tipo, muchos de ellos ligados a las privatizaciones. La finalización de la presidencia Menem los ha dejado sin un juego político propio desde entonces, y la salida de la convertibilidad los pone en el trance de volver con fuerza a lo reivindicativo, saliendo a defender salarios, pero su propensión a la negociación permanente, matizada con un paro general cada tanto, es ya una tendencia 'estructural', y un ciclo de movilización y generalización de las luchas le resulta más que incómodo.

Menos obvio ha sido el mutis por el foro en el caso de la CGT 'Moyano'. La defensa de los salarios y los puestos de trabajo ocupa un lugar en su 'hoja de ruta', y conservan cierto apoyo entre los trabajadores de sus gremios, y no sólo el 'clientelismo' de quiénes cobran de sus estructuras. El transporte terrestre, cuyos gremios predominan en ella, es una rama que ha tendido a crecer en los últimos años, con base en el achicamiento del ferrocarril y los intercambios del Mercosur. Eso les da el sustento para seguir practicando cierto 'combativismo', organizar periódicas movilizaciones callejeras, jugar políticamente a un peronismo 'antimenemista' o incluso coquetear con el apoyo al Frepaso, en su momento. Pero su parálisis no ha sido menor que la de sus colegas, las últimas movilizaciones convocadas por esta central fueron menos que escuálidas, y Moyano fue víctima directa de la ola de 'escraches' de los últimos meses. Hundidos en el repudio social, con la articulación con el PJ muy debilitada, los sindicalistas de las dos CGT ensayan ahora, inflación desatada mediante, la reivindicación salarial, y pese a todo, siguen sin estar seriamente amenazados en la conducción de sus gremios.

La CTA por su parte, ha apostado durante años a fortalecerse como núcleo de un sindicalismo 'alternativo'. Puede considerarse que acertó desde el punto de vista de su planteo de la organización sindical: Advirtió la dispersión de los sectores obreros, la descomposición del modo de organización fordista, la crisis política, organizacional y cultural del modelo sindical anterior, y propuso un nuevo tipo de central, basada en sindicatos que rompieran los límites tradicionales (trabajadores formalizados, con contratos por tiempo indeterminado y salario establecido por convenio), para pasar a una tentativa de incluir a nuevos sectores sociales, incluyendo desocupados, cuentapropistas, actividades marginales, impulsando organizaciones de base territorial y no laboral, etc. Y también decidió pasar por encima de la tradición de 'sindicato único'. Y así dio cabida a sindicatos 'paralelos', agrupaciones opositoras de alcance nacional o local, comisiones internas autonomizadas, incluso afiliados sueltos.

Pero falla, a nuestro juicio, la concepción programática y las modalidades de acción política que predominan en su seno. La CTA no pudo despegar de la tentación de apostar una y otra vez a la vía parlamentaria, y a través de partidos del 'sistema' o sus desprendimientos (antes el Frepaso, últimamente el Ari o el Polo Social). No la central como tal, pero sí buena parte de sus dirigentes se comprometieron con el Frepaso y la Alianza, cuando ya ésta apuntaba con claridad a ser una reedición de las políticas de Menem.

Viene además el grueso de la dirigencia de la CTA de una tradición (peronista, social cristiana) que cultiva la idea de una construcción política 'nacional', policlasista, a través de visualizar como 'contradicción principal' la existente con el capital extranjero y no con el local. Esta visión que se niega a situar a la burguesía como adversario, repercute de modo inexorable sobre el modo de encarar el Estado y el sistema político. Lo considera susceptible de ser convertido en un organismo orientado por ideas de 'bien público', siempre que lo ocupe la alianza de clases 'correcta', con una orientación política 'nacional' y 'popular' que favorezca a las clases subalternas sin confrontar con los capitalistas. Allí se detienen las expectativas en cuánto a un cambio de 'modelo' (siempre se anatematiza al 'modelo' y no al ordenamiento social en su totalidad). Por lo demás, pese a sus esfuerzos para 'ampliar' el arco de su representatividad, la central ha quedado hasta el momento en una posición minoritaria, cuyos únicos sindicatos de 'masas' son los de trabajadores estatales.

En las vísperas del 20 de diciembre, la CTA queda desfasada del proceso social y político real, ya que su apuesta a un mecanismo de tipo parlamentario, la 'consulta popular' se ve superada en esos momentos por el ascenso de la movilización. Producidos los hechos del 20 de diciembre, no cambia su política, asistiendo más bien pasivamente a que los resultados del 'plebiscito' se opacan ante la nueva situación, y las asambleas populares y otras iniciativas aparecen como un elemento superador, que cuestiona al propio parlamento. Y si bien la rama 'piquetera' de la CTA, la FTV mantiene protagonismo, aunque sufriendo renovados cuestionamientos, los sindicatos de la central se remiten hasta ahora a un papel secundario, no se convocan medidas de fuerza de importancia, ni movilizaciones que los tengan en su centro.

En suma, con gradaciones y modalidades diferentes, las tres confederaciones sindicales han entrado en una cierta 'hibernación'. Se arguye habitualmente que la alta desocupación, los fenómenos de fragmentación de la clase obrera, tienden a licuar el 'poder sindical'. Esto juega un papel, pero no hay que volver absolutos sus efectos, en una época en que nuevos sectores sociales de trabajadores, desde profesionales y técnicos hasta recicladores o vendedores ambulantes, se organizan sindicalmente. Sobre todo para el caso de la CTA, que toma un empeño consciente en reflejar los cambios en la estructura social de la clase trabajadora. El problema es también político, ideológico y cultural. La CGT (en sus dos versiones) sufre una larga decadencia, resultado de tender a adaptarse más o menos plenamente a las reformas neoliberales, sabiendo que una política de confrontación incitaría la radicalización de sus bases y amenazaría desplazarlos. Pero el curso de las políticas estatales (no sólo económicas) tiende a debilitarlos en términos de representatividad social, aunque logren compensaciones financieras nacidas de esas mismas reformas (las diversas privatizaciones, en primer lugar). Esa contradicción los atrapa en un 'tacticismo' que los preserva al frente de sus gremios, pero los debilita ante el conjunto de los trabajadores.

La CTA por su parte, también arrostra contradicciones profundas, que pueden resumirse en la tentativa de actuar ante una realidad nueva, sin desprenderse del todo de la nostalgia del Estado Benefactor y el pacto interclasista inaugurado por el peronismo, que tiñe su visión estratégica y su política de alianzas. La izquierda no parece tener tampoco en claro su papel en el movimiento obrero. Por comenzar, distintas agrupaciones tienen políticas divergentes. Unos siguen apostando a recuperar la CGT, otros 'ponen sus fichas' en la CTA buscando generar corrientes críticas en su seno, mas allá se fantasea con una central 'clasista' de nuevo cuño. En la organización política, la idea de 'un gran partido de trabajadores', sigue en el estadio de la fantasía compensatoria. Los militantes de orientación clasista siguen siendo una minoría, activa y perseverante, presente en las luchas, pero eso no alcanza, por lo general, para convertirlos en mayoritarios. No faltan aquí o allá ejemplos de conflictos dirigidos por delegados clasistas, o de elecciones sindicales ganadas por listas de izquierda. Pero son 'islas' en un 'mar' de viejos dirigentes. La profundidad de la crisis (y el aplastamiento creciente del salario real, devaluación mediante), y sobre todo la respuesta masiva de movilización, nuevas formas organizativas y radicalización de los últimos meses, constituyen una oportunidad para las fuerzas de izquierda si no se dejan ganar por el triunfalismo y el vanguardismo alucinado que suele acompañarlo. Y pueden serlo también para encauzar a la CTA en dirección a alcanzar autonomía frente a las fuerzas sociales y políticas que agotan su horizonte en un capitalismo 'honesto' y 'civilizado'.

Que las luchas de los trabajadores asalariados retomen un lugar protagónico, podría ser un golpe decisivo para los intentos de 'recomponer' el capitalismo argentino mediante una nueva 'ronda' de expropiación a las clases subalternas a favor del gran capital. Y un paso cualitativo en cuánto a dar mayor espesor social al ascenso de la movilización que alcanzó su máximo pico en la estela del 20 de diciembre.

Situaciòn actual: La sociedad argentina ha experimentado en la última década una inusual cantidad de normas -leyes y decretos- que apuntaron a acomodar las relaciones laborales en el marco de una economía abierta, en un proceso de desindustrialización, con una cultura social de abandono de los principios de equidad – solidaridad y con un estado desguazado y ausente. El resultado de esa política está reflejado en los índices de lo que llamamos patologías sociales de fines del siglo XX: récord de desocupación y subocupación, amplios sectores de la población con necesidades básicas insatisfechas , abandono de la educación en niveles primarios, deterioro de la salud pública, aumento sustancial de enfermedades de la pobreza; todo esto obviamente acompañado por un descenso real de la recaudación de recursos para la seguridad social y el abandono de ésta por parte del Estado. Un rápido repaso de nuestra historia de relaciones del trabajo del último siglo servirá para demostrar la necesidad política de generar un debate distinto en la sociedad argentina. Los dos protagonistas de la producción de bienes y servicios han avanzado y retrocedido sobre el otro según las circunstancias institucionales que vivía el país; así es como durante períodos de vigencia constitucional el protagonista "trabajo" encontraba condiciones políticas favorables para arrancar supuestas ventajas en la puja con el protagonista "capital", que esperaba etapas de oscurantismo institucional para recuperar su espacio y avanzar aun más sobre los derechos del trabajador. Este modelo pendular marcó las relaciones del capital y el trabajo durante 90 años en el país. Actualmente y con el pretexto de la modernización se provocò la más fenomenal transformación negativa que sufrió el derecho laboral en la Argentina desde su creación. De un modelo protectivo a la inseguridad total, de la estabilidad como valor absoluto a la precariedad y a la flexibilidad, de la especialidad a la polifunción, todo explicado falsa y políticamente como efectos no deseados de un modelo a escala universal. Si recorremos todos y cada uno de los conceptos utilizados para definir a la empresa como unidad de producción de bienes o servicios, encontramos que ninguno prescinde en su definición del capital y del trabajo como protagonistas indisolubles de la empresa No existe autor antiguo o contemporáneo de cualquier corriente ideológica, que olvide mencionar al capital y al trabajo juntos para conceptualizar la empresa. Pero en cada una de estas definiciones siempre se los menciona como antagonistas que confrontan mientras producen juntos bienes para el consumo interno o la exportación. En ese modelo de confrontación están explicados los resultados sociales que padecen hoy las sociedades modernas: concentración de la riqueza, distribución inequitativa, marginalidad y violencia social. La realidad nacional demuestra la incapacidad de generar suficientes puestos de trabajo para quienes necesitan de ellos. Dicho en otros términos, es como si al país le sobrara gente, gente que, en las condiciones concretas de la Argentina actual, queda totalmente marginada de los beneficios de la vida en sociedad. A diferencia de los desocupados del siglo XIX, que componían "un ejército industrial de reserva" , y que ,por lo tanto, seguían perteneciendo, cultural y socialmente, al proletariado, los desocupados de hoy generan su propia identidad como marginados. Los afortunados que aún conservan su empleo, deben trabajar más y más duro para ganar menos.

Muchos de ellos, además, se hallan "en negro" o en el marco de alguno de los llamados contratos basura, instituidos por la administración de Menem, o bien participan de la "economía sumergida" como cuentapropistas. En todos estos casos, el empleo es precario y el acceso a las prestaciones de la seguridad social, problemático o directamente inexistente. A cambio de producir toda la riqueza de la Nacion ,la inmensa mayoría de los trabajadores apenas obtiene el derecho de vivir al día, sin seguridad de ningún tipo. Deben vivir al día porque el salario real se ha reducido más de lo que indican las estadísticas, las cuales sólo toman en cuenta la evolución de las retribuciones por categoría laboral. Lo que no reflejan sus cifras es el hecho de que, en la inmensa mayoría de los casos, los trabajadores que pierden su empleo y consiguen otra colocación, lo hacen en una categoría inferior a la que tenían. Por su parte, la falta de seguridad en el empleo no sólo se origina en la ya mencionada precarización de las relaciones contractuales. También cuenta la declinación de muchas pequeñas y mediana empresas, que con frecuencia acaba en el cierre. En contra de la explicación neoliberal, la desaparición de muchas Pymes no obedece a una genuina falta de eficiencia, sino a la competencia abusiva de grandes grupos económicos que gozan de indisimulado respaldo oficial. Pero la inseguridad trasciende largamente la esfera del empleo. Las condiciones de labor en la argentina, de la mano de la nueva Ley de Riesgos de Trabajo y de la deliberada falta de control oficial, son cada vez peores y peor también es el resarcimiento de quienes sufren un accidente o una enfermedad profesional.

La inseguridad tiñe, asimismo, el futuro de las personas. A los trabajadores en negro, bajo contrato basura o cuentapropistas que no aportan, que son la gran mayoria, el sistema previsional privatizado no les dará respuesta alguna. Para colmo de males, las crisis de los mercados financieros, erosionado los fondos capitalizados en las AFJP. Algo que se sabía que podía ocurrir, pero que fue prolijamente ocultado por los apologistas del modelo. Del mismo modo, aún para aquéllos que tienen empleo, resulta cada vez mas difícil acceder a una cobertura en salud que dé respuestas satisfactorias ante todas las contingencias. Y la inseguridad afecta a las familias y se pasa de padres a hijos. Crece la desorganización y la violencia familiar. La deserción escolar y el deterioro de la calidad en la educación condenan a miles y miles de jóvenes a desempeñar labores degradadas o, directamente, engrosar el número de desempleados. Por último, inseguridad también es inseguridad física. El aumento de la delincuencia, con mayores niveles de peligrosidad y violencia, la proliferación de "mafias" con algún tipo de respaldo en el poder, la policía corrupta y de gatillo fácil, entre otras cosas, hacen que sea cada vez mas peligroso vivir y trabajar en la Argentina. Del sistema, por cuanto es el único modo, en el marco de una sociedad democrática, de mantener deprimidos los salarios. La opción es de hierro: si se reduce el desempleo a tasas "normales", aquéllos tenderán a recuperar su comportamiento histórico y las empresas perderán competitividad externa, lo que terminará afectando la actividad económica y se reflejará en un incremento del desempleo.

Pero el escenario resultante es más grave de lo que parece a simple vista. Como ya se ha dicho, una de las características de la desocupación en este fin de siglo es la exclusión y la marginalidad. De tal modo, muchos de los que no tienen cabida en el sistema productivo se retiran del mercado de trabajo, ya sea porque se insertan en formas de vida marginales, ya sea porque carecen de la calificación mínima indispensable y, por lo tanto dejan de presionar a la baja a los salarios. El resultado es que, aún en un contexto de crecimiento económico, la exclusión social no sólo se mantiene sino que también crece y en este contexto las asociaciones sindicales han de ser elemento de equilibrio esencial.

14. Un poco de actualidad y… sin palabras

1) Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social – Resolución Nº 708/2002 – Asociaciones Sindicales. Derogación de la obligación de los integrantes de la conducción de presentar una declaración jurada patrimonial integral. Mediante la Resolución (MTEYSS) Nº 708 (B.O. 25/10/2002) se deroga la Resolución (METEYFRH) Nº 377/01 por la cual se dispuso que los integrantes de los órganos de conducción de las asociaciones sindicales electos y también aquellos que conforme las disposiciones estatutarias tengan facultades de disposición y/o control sobre la administración del patrimonio sindical o los de afectación que la asociación constituyese o entidades vinculadas a ésta, deben presentar declaración jurada patrimonial integral. Asimismo, se establece que a partir del dictado de la presente norma, 18/10/2002, los actos administrativos derivados de la aplicación de la resolución que se deroga, quedan sin efecto.

 

 

 

 

 

Autor:

Estudio Jurídico Ramos

Partes: 1, 2
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