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Educación especial con sistemas de aprendizajes adecuados para rehabilitar a jóvenes infractores de ley adictos a la pasta base de cocaína (página 5)


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De acuerdo a esta deducción se entiende a la delincuencia juvenil, como el resultado de variables micro y macro sociales. En el nivel micro, la delincuencia juvenil puede obedecer a patrones conductuales que dan cuenta de valoraciones a nivel cognitivo alejadas del acuerdo social que representa la norma jurídica. En el nivel macro, se reconoce también que la delincuencia juvenil aparece en el contexto de los conflictos sociales, de una desigual distribución de las oportunidades y del control penal. En tal sentido, esta propuesta de modelo no hace una opción por una teoría particular de la criminalidad, sino que más bien plantea un esfuerzo integrador desde una perspectiva multifactorial. El 95% de los ingresos al Centro Arcoiris de los jóvenes infractores de Ley está asociado al consumo de drogas.

Se han definido cuatro dimensiones que darán lugar a la intervención y que conforman la estructura básica de la atención destinada a infractores (en el contexto de sanciones privativas y no privativas de libertad). Asimismo, la definición de estas dimensiones, responde una aplicación de una mirada que ubica al sujeto en el contexto de sus relaciones de familia, de pares y de comunidad. Ello con el fin de articular una visión comprensiva del adolescente y de la conducta infractora que motiva la sanción. Las dimensiones propuestas son:

  • Dimensión Individual:

En la intervención individual, se abordarán las conductas infractoras y los elementos cognitivos, emocionales y culturales que la explican (perspectiva del adolescente). Del mismo modo, se abordarán las necesidades, la motivación, los factores protectores y los recursos personales que favorezcan la responsabilización y reinserción social del joven. Además se incorporan en esta línea, la inserción escolar y la intervención especifica asociada al consumo de drogas.

  • Dimensión Familiar:

Se interviene sobre el desarrollo de competencias parentales o de los adultos significativos, que favorezcan el control de la conducta del joven (empoderamiento).

  • Dimensión Social y Comunitaria:

La intervención comunitaria incorporará a la red social primaria de un/a joven, es decir, a los vínculos que éste/a establece en la comunidad, el grupo de pares, etc. La intervención en esta dimensión se orienta a identificar, fortalecer y ampliar la vinculación social del/a joven con los distintos sistemas, a fin de potenciarlos/as como una red de apoyo en su proceso de reinserción social.

La intervención se orienta a desarrollar gestiones para el acceso de él o la joven y su grupo familiar a las políticas y programas sociales pertinentes. Ello, a fin de favorecer su proceso de reinserción social y el ejercicio de sus derechos. Estas acciones deberán ser desarrolladas a través de una eficaz coordinación intersectorial.

  1. La intervención debe considerar dos componentes centrales para la realización de cada una de las actividades desarrolladas con los y las adolescentes. Los componentes enunciados se refieren a los ejes de la intervención y la acción educativa, que se explicitan a continuación:

    1. Ejes de la intervención
  2. Elementos esenciales para la ejecución de la sanción de acuerdo a las normativas técnicas del SENAME

Las acciones que corresponden efectuar en la ejecución de las sanciones penales con adolescentes, tienen en común apuntar hacia el control socio penal, la acción de responsabilización y la de reinserción social y familiar, que representa para los equipos de los centros, conjugar una intervención que apunte hacia éstos tres ejes, entendiéndolos en su dinámica de ejes paralelos, complementarios y transversales.

Control.

Este elemento se remite al mandato judicial, en respuesta a un hecho delictivo y con una duración consignada en el expediente judicial. En suma, el control es la respuesta del Estado a las personas que infringen la ley penal, que se refleja en ciertas restricciones de derechos y obligaciones por parte del joven.

En el caso de los adolescentes el control que incorpora la ejecución de una sanción penal, tiene lugar cuando los mecanismos de control social informal no han sido suficientes par que el sujeto evite el quebrantamiento de la ley. Es a propósito de ello, que la sanción tiene como fin limitar la conducta antijurídica efectivamente probada en el marco de un proceso penal.

Si bien el derecho penal tiene como fin sancionar y no socializar, la ejecución de la sanción pretenderá conservar elementos educativos en virtud de los derechos especiales que asisten al joven en su carácter de sujeto en desarrollo. Para ello intentará promover el desarrollo de competencias, habilidades, vínculos y recursos que favorezcan el autocontrol, el control familiar o comunitario y que permitan no recurrir en el control vía sanción penal.

En concreto, la ejecución de la sanción pretenderá restablecer el control en el sujeto y en sus adultos significativos atendiendo a la etapa de desarrollo y a los niveles de autonomía que estos demanden. Se trata en resumen de una acción de control intencionada en el marco de una intervención que deberá planificarse en acuerdo a las necesidades de cada adolescente.

En el caso de los sistemas privativos de libertad las acciones de control pernean las actividades diarias de los adolescentes de manera casi absoluta. La función del control en dicho caso tendrá como fin asegurar una normal convivencia al interior del centro y promover la participación en programas socioeducativos. El control de la convivencia supone normas establecidas, conocidas por todos los actores, que garanticen los derechos de las personas y también el cumplimiento de deberes que aseguren el respeto a los espacios comunes.

Finalmente, considerando la etapa de desarrollo adolescente y a condición de sanción que cobra la atención, deberá propenderse a un control que tenga sentido en el mundo cognitivo del adolescente. Si bien muchas actividades serán de carácter obligatorio es importante que el control cuente con una racionalidad y que en todo el proceso se explicite el sentido que éste adquiere.

Responsabilización:

El objetivo de la responsabilización es enfrentar al adolescente a un proceso que lo lleve a hacerse cargo de sus actos, a través de la toma de conciencia de las consecuencias de aquello; respecto de si mismo y de los otros, desembocando idealmente en un compromiso de reconocimiento de sí mismo y de terceros como sujetos de derechos. Producto de lo anterior, encaminarlo a la aceptación de la respuesta del Estado hacia él como protagonista de actos infractores de ley y paralelamente, reconocer en los otros la legitimidad de sus aspiraciones de vivir en una adecuada convivencia social.

La responsabilización constituye el núcleo del nuevo modelo de justicia y con el se alude a tres situaciones distintas. En primer lugar, se trata de la atribución de responsabilidad penal al joven infractor, por la vía de una sanción; en segundo término, se procura que el joven asuma la responsabilidad por la infracción cometida (efecto "educativo" de la sanción) y finalmente, se propende a que el joven respete los valores, normas y roles convencionales, de manera de facilitar su integración social, ambos elementos a través de la intervención socioeducativa.

La responsabilidad implica analizar las razones y las consecuencias, que la infracción cometida tiene, tanto para quien la comete, como para quienes resultan involucrados o afectados.

A partir de ambos componentes, se deben entregar los elementos de análisis adecuados a las características individuales de cada adolescente, para que este tome conciencia de que así como él, los demás también tienen derechos, y que ejercer una actividad delictiva trae consigo una respuesta del Estado, quien tiene la misión de velar por la convivencia y el bien común.

Reinserción social:

La reinserción social se orienta hacia el desarrollo de habilidades y competencias de los adolescentes en el marco del acceso a derechos económicos y sociales que garanticen el acceso a las oportunidades.

El término reinserción social designa la finalidad sistémica de rearticulación y fortalecimiento de los lazos o vínculos de los jóvenes infractores de ley con las instituciones sociales convencionales básicas: familia, escuela, trabajo.

Respecto a los factores y situaciones posibles de abordar en la intervención con jóvenes, los especialistas señalan que la "reinserción social puede ser entendida como un constructo multidimensional, que describe el estado global de situación del joven infractor de ley en tres dimensiones básicas de su proceso vital de desarrollo: individual, micro social y meso-macrosocial".

  • Individual: Implica las variables e indicadores relativos a las conductas, habilidades, competencias y actitudes de los adolescentes, que favorecen su responsabilización y reinserción social.
  • Microsocial: Incluye variables e indicadores relativos a la situación del adolescentes en su contexto más cercano o inmediato, y que favorecen su reinserción social. En este ámbito se encuentran la familia y el grupo de pares.
  • Meso- macrosocial: Se refiere a las variables e indicadores que permiten establecer la posición e inserción del adolescente en la realidad social más amplia. Incluye el acceso a servicios de la red de apoyo institucional, la escuela, el trabajo y la ciudadanía (Villatoro al 2002:9-10).
  1. Acción Educativa

La intervención llevada a cabo en cualquiera de las sanciones y cualquiera sea su naturaleza, deben constituirse bajo los principios de la acción educativa; es decir, cada acción debe formar parte del proceso que prepara y fortalece a cada adolescente para su inserción social. Lo anterior implica no solo el reconocimiento de los derechos propios sino también el respeto por los derechos de terceros.

La generación del proceso indicado, se realiza teniendo presente que se trata de sujetos que se encuentran en pleno desarrollo físico y psicológico, para quienes la sociedad establece toda una serie de dispositivos de formación, cuya base debiera ser la escolarización.

Por tanto, quienes ejecutan las sanciones, serán los nuevos referentes del mundo adulto de los jóvenes, lo que debiera constituirse en una instancia consciente que estructure y aporte positivamente a dicho desarrollo, potencie capacidades y evite conductas que los encapsule en el encierro. Esto es, alcanzar que cada miembro del centro asume su accionar de carácter educativo, entendiendo que lo central es la promoción de conductas pro-sociales y eliminar todas aquellas que estigmatizan.

La acción educativa se concreta en un conjunto de iniciativas conscientes y programadas, cuyos contenidos apuntan a los diversos aspectos a desarrollar en cada joven; ésta intervención habitualmente se denomina "socioeducativa", en la medida que se pretende que a través de ella, el adolescente asuma y comprenda aspectos de su entorno social, reflexione críticamente acerca de la infracción, sus implicancias tanto para él, cómo para la víctima. Ese "asumir" importa una toma de conciencia reflexiva, que permite proyectar las consecuencias de los actos para poder optar. Pero también, es un fortalecimiento del aprendizaje social del adolescente para vivir y formar parte de su comunidad.

La acción educativa constituye una práctica social, en donde lo determinante es la interacción de los adultos responsables con cada joven, que permite construir aprendizajes, a través de una experiencia particular de transformación o cambio con el mundo, con la naturaleza, con los demás seres humanos y consigo mismo. Es decir, la experiencia educativa no se centra sólo en los contenidos sino en la acción transformadora y su internalización como potencialización de los recursos personales, no sólo de orden cognitivo sino también afectivos y enriquecedores de las formas de acción e interacción social.

La intervención socioeducativa establece una relación pedagógica, en la que ambos sujetos asumen roles distintos, el primero llevando adelante acciones intencionadas, en el marco de un proyecto socioeducativo, tendiente a transmitir aquellos contenidos socialmente valiosos para la integración social del educando y el segundo, asumiendo la adquisición de los contenidos aportados, produciéndose una aceptación en cuanto a la adquisición del capital cultural que lo habilite a incorporarse a lo social (Silva, 2005).

Es importante aclarar que una de las tareas de los equipos cuyo actuar se ha definido de carácter socioeducativo, es despertar el interés de los adolescentes por participar, gatillando su propia iniciativa como componente de la relación educativa; "este interés está estrechamente ligado a que el niño adolescente vea un valor social en la propuesta que se le realiza, no en un sentido pragmático o utilitario, sino con relación a sus aspiraciones, a sus necesidades y a la (re)formulación de su proyecto de vida" (Silva 2005)).

Por tanto, la tarea educativa con jóvenes que han cometido infracciones a la ley, debe involucrar espacios y estrategias más amplias para intervenir, existiendo "un más allá de la escolaridad" en el que se encuentran expresadas una serie de contenidos valiosos para la convivencia social, que resultan fundamentales al momento de concretar o conservar la inclusión social del individuo" (Gómez Da Costa, 1995). En tal sentido, la intervención en términos globales, deberá estructurar un plan de actividades amplio, que recoja las dimensiones claves en la vida de los jóvenes, para lo cual resultan pertinentes los aportes de estudios recientes encargados por el SENAME.

Alguna de las características esenciales de la intervención educativa con adolescentes en conflicto con la justicia, son aportadas por el pedagogo brasileño Antonio Carlos Gómez Da Costa, que resultan significativas para el quehacer de los equipos de trabajo.

  • Pensar la relación "adulto responsable del centro – joven" sin conflicto, refleja una visión "irrealista" de la educación, esto no quiere decir que asumir la conflictividad es "transformar la relación pedagógica en una cruzada, en una guerra del bien contra el mal. Por el contrario, cuanto más seamos competentes para entender y dirigir los aspectos conflictivos de la relación la tendencia será de superarlos cada día más, y con ello crear un clima de aceptación y entendimiento" (Gómez Da Costa, 1995)
  • La relación educativa tiene carácter asimétrico, ya que los roles, objetivos y responsabilidades de los actores so diferentes, lo que no implica una diferencia en el plano humano, es importante que haya una buena traducción de este concepto en la práctica educativa.
  • La acción educativa no surge espontáneamente, no nace de la dinámica de los hechos entregados a si mismos. Por el contrario, la educación resulta de una opción consciente, de una selección deliberada.
  • El proceso educativo no necesariamente debe ser un camino suave "la tensión, el riesgo y la angustia no siempre pueden ser evitadas por parte de los equipos; ello es parte de la esencia misma de este tipo de trabajo" (Gómez Da Costa, 1995).

Quienes trabajan en esta área, requieren para su ejercicio de la información general de la cultura de nuestro tiempo (lo político, cultural educativo, social, etc.) y por otro lado la información de los servicios destinados a niños y adolescentes con el objetivo de hacer la acción más eficiente, logrando conectar a los adolescentes con los servicios existentes, que por una parte cubren necesidades esenciales y por otro facilitan su inserción social.

Esta conexión de los adolescentes con la comunidad tiene como propósito disminuir a la mínima expresión los riesgos de la institucionalización, entendida como una dependencia que tiende a un asistencialismo que inmoviliza.

  1. Acceso a Programas y Políticas Públicas

La Ley de responsabilidad Penal Juvenil indica que cada sanción, además del cumplimiento de la pena, debe asegurar a cada joven el resguardo de aquello que a pesar de la restricción de libertades, le corresponde como sujeto de derecho. Esta línea apunta a garantizar el ejercicio de derechos, acceso a la educación, la salud, formación laboral y a todo aquello que supone la satisfacción de necesidades que en el lenguaje de la Convención incorpora derechos sociales, políticos y económicos.

La intervención estará dirigida a conectar y favorecer el acceso del adolescente y su grupo familiar a los recursos y programas sociales a través de una vinculación con las entidades intersectoriales y con el apoyo de un Coordinador de Redes. En materia de recursos y servicios, se utilizarán de manera prioritaria los de la red pública.

Los contenidos son:

Formación escolar:

Se fundamenta en la necesidad de favorecer el desarrollo de habilidades personales y herramientas concretas para la reinserción social de los jóvenes, dando cumplimiento también a elementos que son parte central de sus derechos ciudadanos.

En el marco de los 12 años de escolaridad obligatoria y de acuerdo a lo que indica el Art. 17 de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, se deberá "garantizar a los jóvenes la continuidad de sus estudios básicos, medios y especializados, incluyendo su reinserción escolar, en el caso de haber desertado del sistema escolar". Ello representa para el centro, asegurar el funcionamiento de un sistema escolar en sus modalidades regulares o flexibles, para lo cual deberán operacionalizarse los convenios nacionales. Especial trabajo para los equipos profesionales es la reinserción escolar de los adolescentes desertores del sistema escolar, que deberán iniciarse con actividades motivacionales y de apresto escolar, hasta lograr su asistencia sistemática a cursos regulares, de tal manera que incluso permita su continuidad, una vez egresado del centro.

Formación y Capacitación Laboral:

Es una actividad complementaria al currículo escolar, para los jóvenes de 16 años y más. Se deberá desarrollar un trabajo de apresto laboral sistemático para instalar hábitos que facilite el aprendizaje en un oficio, desarrolle nuevas destrezas y habilidades para transitar con éxito de la educación al trabajo, e instalar en el joven competencias para la empleabilidad. La propuesta de capacitación debe contener las coordinaciones internas con los instructores financiados por Sence y con las instituciones públicas o privadas para favorecer la inserción laboral.

Defensa Jurídica Especializada:

El centro deberá establecer las coordinaciones pertinentes con la defensa jurídica del joven, poniendo cuidado que des el primer día del ingreso, éste tenga contacto con un abogado. Además, implementará un sistema de registro de las atenciones realizadas y del estado de las causas, coordinará y facilitará todo contacto entre él adolescente, su familia y el abogado, dotará de un espacio determinado que garantice la privacidad, para el desarrollo de las entrevistas.

Promoción de Derechos:

Un alto porcentaje de los adolescentes que ingresan a los centros de administración directa no se reconocen como sujetos de derechos, lo que implica el desconocimiento de sus garantías y derechos tanto legales como sociales. En tal sentido, se estima necesario entregar información a los jóvenes y sus familias relativas a sus derechos y deberes ciudadanos y el acceso a beneficios de la red asistencial.

Además los educadores de trato directo entregarán a los adolescentes que ingresan, material escrito (cartillas informativas) y se explicará su contenido, relativo a los derechos y deberes del adolescente en el centro, sus mecanismos de ejercicio y procedimientos de reclamación, como asimismo sobre los procesos judiciales y la normativa interna del centro.

  1. Etapa de egreso o final de internamiento

Esta etapa está determinada por el cumplimiento de la condena, o por la remisión o sustitución de la condena. Por tanto, se deberá mantener una estrecha información respecto a la defensa del joven, para establecer un trabajo comunitario más intenso tendiente a su reinserción social, como también con otros programas de la red SENAME al que potencialmente sea derivado. Este último aspecto se refiere al caso del cumplimiento de sanciones mixtas o la sustitución de condena, donde con toda probabilidad deberá cumplir su sanción en un Programa de Libertad Asistida, por tanto, se deberá iniciar cuanto antes un sistema de coordinación con el delegado, para que conozca el trabajo ya realizado y las características generales del joven, de manera de asegurar una continuidad de la intervención.

Directamente con cada joven deberá abordarse un proceso de desinternamiento, que permita su retorno al medio libre lo más gradualmente que sea posible, por tanto, se debe iniciar varios meses antes, en que podrá incentivarse con un mayor número de visitas, asistencia a actividades abiertas u otros mecanismos que le permitan probarse en su relación con el mundo externo.

La etapa de egreso debe constituirse en un hito de gran relevancia, tanto para el adolescente como para el centro, ya que da cuenta del cierre de un proceso significativo y de compromisos asumidos por el joven, expresados en el plan de intervención individual.

Los objetivos a desarrollar en esta etapa son: generar las condiciones para la finalización de la medida, derivar al adolescente y su grupo familiar a los recursos o servicios comunitarios, si procede y evaluar el proceso desarrollado.

Las principales actividades que se estima necesario desarrollar, son las siguientes:

  • Realizar la evaluación final de la intervención y elaborar el informe que será enviado al Juzgado.
  • Despedir formalmente al adolescente y su grupo familiar, valorando su participación y compromiso en el proceso de intervención desarrollado.
  • Concretar si procede, la derivación a la red social para que utilice sus recursos.
  1. Pautas prácticas aplicadas del Constructivismo Social

Recepción:

Los jóvenes son recibidos en la oficina del director, por el equipo directivo compuesto por el Jefe Técnico y la Jefa Administrativa, supervisor de turno, el educador que será su guía, enfermera, psicóloga y la nutricionista. Cada uno se presenta ante el/la joven y le cuenta de cual será la relación entre ambos. Se le informa de cuales son sus deberes y obligaciones y se le hace razonar de su situación contractual contando su historia en forma breve. Se le hace firmar un compromiso de buena conducta. Cuando el joven se desadapta a las normas es convocado a una reunión con este mismo grupo en donde se analiza junto a él las razones de su comportamiento, reiterándole el compromiso firmado. Durante los tres últimos años no se ha requerido convocar al Consejo de disciplina. Las sanciones pasan por reconocer su error y disculparse a quienes ha ofendido si existen ofensas.

ESTRATEGIAS GENERALES:

  • Articulación con los actores judiciales.
  • Coordinación Intersectorial para acceso a políticas sociales.
  • Coordinación con la red SENAME para adolescentes infractores de ley.
  • Coordinación con los distintos actores provinciales y comunales (Centro como actor local).

ESTRATEGIAS DE GESTIÓN INTERNA:

  • Diseño Ambiental, Infraestructura y recursos humanos, inducción, seguridad orientada a los derechos del joven.
  • Instalación de un esquema que responda a una adecuada calidad de vida de los/as adolescentes. Recuperación de la biología del amor como la manera o hilo central del vivir
  • Hemos definido ¿Cómo hacerlo?

El ¿Cómo hacerlo? es hacer en la práctica lo que señalan los textos, nosotros lo logramos mediante la aplicación de un modelo de "Constructivismo Social" inspirado en los estadios de desarrollo y el cognocitivismo de Piaget (sujeto interactúa con el objeto de conocimiento); los espacios culturales de Vigotsky (la construcción se produce en interacción con otros); el aprendizaje significativo de Ausubel (la construcción se produce si es significativo para el sujeto); el lenguajear y la biología del amor de Maturana (coordinaciones de coordinaciones conductuales consensuales); el lenguajear está constituido por la relación entre las emociones y el lenguaje. En el amor biológico se le da mayor importancia a la afectividad y a las emociones y menos énfasis a la eficiencia, los logros y la tecnología, tan apreciados por la modernidad.

ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN:

Acción educativa transversal (todas las acciones con los jóvenes y sobre todo al interior del centro, deben tener un carácter educativo).

Intervenciones personalizadas.

Trabajo con familia.

Trabajo Comunitario

Instalación de un conjunto de actividades socio educativas

ACCIONES PREVENTIVAS.

Una cultura es una red cerrada de conversaciones y el cambio cultural ocurre cuando se produce un cambio de conversaciones en esa red; cambio que surge, se sostiene y se mantiene en el emocionar de los miembros de la comunidad; de acuerdo a los estudios y teorías del premio Nacional de Ciencias Humberto Maturana.

La prevención descansa en el constante conversar con los jóvenes y el escuchar en forma activa sus demandas e intereses. Detrás de cada problema de un joven que genere un conflicto, existe una omisión del equipo interventor. Sobre esta problemática se trabaja para perfeccionar el modelo de atención mediante el sistema Kaisen (mejora continua), que retroalimenta la operación de trabajo diariamente para ir eliminando sus imperfecciones.

METODOLOGÍA DE INTERVENCIÓN TÉCNICA:

  • Acción educativa integral llevada a cabo por todos los actores del centro.
  • Las actividades con los y las adolescentes privados de libertad, que se realizan en las distintas instancias del centro, cualquiera sea su naturaleza y que abarca desde el ingreso del/la joven hasta su egreso, desde la mañana a la noche, se constituyen en una acción educativa; es decir, cada acción incluyendo el tratamiento de drogas, forma parte del proceso que prepara y fortalece a cada adolescente para su inserción social basado en el modelo del centro Arcoiris denominado "MODELO CONSTRUCTIVISTA SOCIAL".

III CONCLUSIONES

La experiencia empírica de los Educadores de Trato Directo que trabajan en el Centro Arcoiris se ha visto reforzada porque junto a la experticia de muchos, que tienen un promedio de 10 años de trabajo con jóvenes en conflicto, estudiaron en la Universidad Católica del Norte un Diplomado en Rehabilitación Conductual con mención en Drogas lo que ha permitido que se ponga en práctica un modelo de intervención distinto al que se aplica en los demás Centros del SENAME.

El hecho de haber estudiado las distintas formas de aprendizaje y sistemas evaluativos, ha permitido que desarrollemos en el Centro una experiencia de intervención con los/as jóvenes basado en premisas científicas aplicando las enseñanzas y principios de Jean Piaget, Lev Semionovitch Vygotsky, Jerome Bruner, Humberto Maturana. Luis Carlos Restrepo, David Paul Ausubel y después de haber asimilado las enseñanzas recibidas, y considerando que nuestro trabajo se centra en entregar o facilitar el aprendizaje, nos fue fácil implementar un sistema de intervención único en el país, basado en el constructivismo social, esta corriente posmoderna personalizada en Gergen, Bateson, White y en Chile, Humberto Maturana entre otros, cuyos fundamentos prácticos los aplicamos desde el año 2004 en el Centro Arcoiris, utilizando como herramienta de intervención el lenguaje el cual nos permite comprendernos y transmitir nuestras percepciones y que, sobre una misma realidad, pueden darse visiones diferentes, todas ellas igualmente válidas.

Los que tenemos la responsabilidad de rehabilitar a los/las jóvenes en el Centro Arcoiris concordamos en que el cerebro no es una caja que recibe y guarda información, sino un sistema que construye la experiencia y el conocimiento, los ordena y le da forma.

Nos formamos y recreamos con nuestra historia de vida. Al trasladar estas evocaciones, fijamos recuerdos, eliminamos pasajes penosos o dolorosos, creamos nuestra identidad, le damos retoques en forma sucesiva, vamos dando consistencia al sentimiento de nuestra existencia, nos damos significación, porque justificamos y toleramos nuestras actuaciones pasadas y vamos perfilando nuestro sentido final, lo que nos da razón de ser.

Si analizamos que el constructivismo se sitúa en un plano interdisciplinario, tenemos que trabajar con diferentes enfoques buscando una complementariedad, tomando al hombre desde el punto de vista del conocimiento como una construcción mental, individual o colectiva, realizada desde una perspectiva de su propio yo.

En el plano personal, las historias acerca nuestro que construimos con nuestra familia son muy diferentes entre sí, no es la misma historia la que mantenemos con nuestra madre que la que mantenemos con nuestros hijos y a su vez, estas historias familiares son distintas de las que fabricamos con nuestros jefes o con nuestros amigos.

El niño, con poco pasado fantasea el futuro, se construye una historia sobre quién va a ser, usando los elementos que obtiene de su interacción con los mayores: Anticipa su identidad. En la tercera edad, el sujeto hace la historia de su vida, con un balance donde faltarán elementos; por olvido u omisión voluntaria, según haya sido la identidad constituida, esa con la que se haya identificado la persona, o que le interese presentar ahora por los motivos que quiera o que le parezca.

Esta base de construcción de la identidad; clave del constructivismo, nos permite trabajar con los/las jóvenes infractores/as de ley bajo una mirada distinta, ya no bajo la premisa conductista de anular o eliminar su historia y su conducta, sino que bajo el prisma de construir una historia nueva tomando como principio su propia historia, su identidad de joven que lo pone ante la sociedad como un fenómeno social y que debe generar una nueva identidad con una visión de futuro distinta a partir de las nuevas pautas que se le entregarán y que se espera asimile positivamente, haciendo uso de su razonamiento y de una mirada distinta de ver al mundo desde su nueva perspectiva.

El modelo aplicado no contempla ningún tipo de castigo. Hasta el año 2003 la normativa del Servicio contemplaba encerrar en cuartos de aislamiento hasta por cinco días a los jóvenes, por caer en sanción.

Los estudios nos enseñan que si los/las jóvenes son tratados dignamente y con sumo respeto, y les entregan un ambiente adecuado para su desarrollo, en donde predominen las buenas costumbres, los buenos hábitos, la limpieza, el buen trato y sobretodo un trato afectivo, se pueden lograr los objetivos que el SENAME se ha trazado en virtud de la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil. No es por el lado de la seguridad que se logra llevar a cabo procesos de aprendizaje que los/las jóvenes asimilen.

Este trabajo de investigación demuestra que la rehabilitación e inserción social de los jóvenes es posible en la medida que les entreguemos las herramientas para que construyan un futuro hasta ahora negado y que los llevó a delinquir y a drogarse. Preparándolos para que ingresen al mundo laboral como trabajadores independientes, habilitándolos desde el punto de vista de infraestructura mediante la postulación a una vivienda básica, para que puedan desde allí proyectarse como microempresarios con un oficio que aprenderán en su periodo de cautiverio.

Por muy larga que sea la tormenta, el sol siempre vuelve a brillar entre las nubes.

Khalil Gibran

IV BIBLIOGRAFÍA

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Vygotsky Lev S. Pensamiento y Lenguaje, Ediciones Fausto 1995

 

 

 

 

Autor:

Ricardo E. González Ayarza

Coordinador

Bernardo Rojo Muñoz

Universidad Católica del Norte

Monografía para optar al postítulo:

Licenciado en Educación Superior

Iquique, Mayo 2007

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