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Causas y Consecuencias de la Despenalización del Aborto (página 2)


Partes: 1, 2, 3

OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

Objetivo General:

  • Identificar causas y consecuencias con relación a la despenalización del aborto.

Objetivos Específicos:

  • Describir la situación actual, en materia legislativa, sobre aborto.
  • Identificar las causas que inciden en la despenalización del aborto.
  • Identificar las consecuencias que tendría como resultado la despenalización del aborto.

JUSTIFICACIÓN

El tema de investigación a desarrollar reviste gran importancia, por entender que las respuestas a la despenalización del aborto son necesariamente complejas. En el análisis del mismo se pretende enfocar desde una perspectiva política, que sea dirigida en primer término a:

1- Ofrecer a la población información amplia sobre el problema objeto de dicha investigación y el impacto que causaría la despenalización del aborto, incidiendo de manera indirecta en elevar el porcentaje de abortos en comparación con el que existe en la actualidad.

2- Dar a entender que a quienes directamente daña y afecta la despenalización del aborto es a la madre y al feto, por tanto los resultados de esta investigación deberán servir para que la sociedad en general reflexione.

3- Pretender llamar la atención de nuestros legisladores y del Poder Ejecutivo sobre la problemática que causaría la despenalización del aborto.

4- Informar y educar a los jóvenes, pues a pesar de que en la actualidad existe una gran variedad de métodos para el control de la fertilidad, embarazos no deseados y el aborto, son problemas que frecuentemente enfrenta una gran cantidad de mujeres de todas las edades y de todos los ámbitos sociales.

5- Existe la certeza de que el acceso a la información permite un ejercicio más responsable de la sexualidad y contribuye de manera importante a disminuir el riesgo de un embarazo no deseado que en definitiva es lo que induce a terminar con la vida de un ser inocente y con derecho a nacer.

Capítulo I: Aspectos Metodológicos de la Investigación

1.1 Tipo de Investigación

El tipo de investigación que realizaremos es de carácter exploratorio-descriptivo, ya que podremos llegar a identificar cuales son las causas que alegan los legisladores para despenalizar el aborto y cuales consecuencias traería dicha aprobación.

Con el método descriptivo nos permitiremos describir en forma clara y precisa los pasos que vamos a seguir para tener una buena trayectoria

y desarrollo de nuestro tema.

En el método documental se recopilaran datos documentales, dentro de los cuales nos podremos referir a las estadísticas existentes en el hospital Nuestra Señora de La Altagracia, en materia de aborto, folletos, publicaciones, etc.

1.2 Fuentes Técnicas de la Información

Las fuentes técnicas de la información son los medios que usaremos para desarrollar el tema que hemos elegido, las mismas se dividen en:

1.2.1 Fuentes Primarias

Esta investigación será realizada tomando como fuentes primarias datos estadísticos adquiridos en el Hospital Nuestra Señora de La Altagracia y dos encuestas aplicadas a una muestra representativa de cien individuos.

1.2.2 Fuentes Secundarias

Las fuentes secundarias utilizadas en el desarrollo de esta investigación serán: textos, revistas, datos de Internet, boletines, brochures, Código Penal Dominicano, Constitución, leyes, entre otros.

1.3 Tratamiento de la Información:

El tratamiento de la información se realizará mediante la observación, análisis y tabulación de los resultados arrojados por la encuesta.

1.3.1 Población y Muestra:

La población es de 88,782 adultos, mayores de edad, hombres y mujeres.

La muestra seleccionada fue de forma aleatoria simple al azar se tomo una población de cien individuos de los habitantes del municipio de Higüey, trabajamos con un margen de error de un 10% y un nivel de confianza de un 95%, las probabilidades a favor fueron de un 50% y por tanto las probabilidades en contra fueron de un 50%. Para esta información utilizamos la tabla para determinación de la muestra, sacada de población finita en base a la curva normal de probabilidades de Kart Gaus. (ver anexo No. 10).

Si observamos en la tabla la amplitud de la población de 50,000 y 100,000 elementos permite tomar una muestra de cien elementos y como la población objeto de investigación es de 88,782 está dentro del parámetro de cien por lo tanto utilizamos esta cantidad como muestra.

1.4 Análisis de la Muestra:

La investigación fue realizada entre la segunda y tercera semana del mes de mayo del año 2007.

La encuesta se realizó a cien habitantes adultos y de ambos sexos del municipio de Higüey.

1.5 Trabajo de Campo

Para un mejor discernimiento de esta importante investigación, se anexa la tabulación de las encuestas demostrando los resultados obtenidos mediante gráficos. Tomando en cuenta que la muestra objeto de estudio de esta investigación se tomó de cien personas entrevistadas de un total de 88,782 personas que conforman la población higüeyana adulta.

La investigación está argumentada en un sistema de cuestionarios de preguntas abiertas y cerradas aplicados de manera personal.

Capítulo II Marco de Referencia

2.1 Marco Histórico

El pasar del tiempo, trae consigo grandes avances en la ciencia y la tecnología, por tal razón, consideramos que deberíamos tener mejores condiciones de vida, más paz y justicia; podemos ver que este desarrollo es simplemente material, por lo que no es fuente de superación para los seres humanos, sin embargo, la ciencia y su desarrollo han dado al hombre fuerza de destrucción mediante sus armas modernas.

Gracias a los grandes avances, el hombre de hoy cuenta con grandes conocimientos en la genética, en la medicina general, y en la ginecología; partiendo de ahí vemos que muchos niños nacen prematuramente y son salvados gracias a dichos avances.

Hace más de 3000 años en Babilonia se promulgó el código de Hammurabí, en el año 1728 antes de Cristo, el cual imponía fuertes disposiciones contra el aborto, que iban desde multas económicas con monedas de plata hasta la omisión de la vida en ciertos casos.

En Ashur, ciudad a orillas del Tigris en Babilonia, se acopian esas mismas crueldades para castigar el aborto. Los asirios y babilonios en sus legislaciones advierten penas económicas a pagarse en las minas de plomo, azotes y penas de muerte, cuando se supone que el feto está vivo, esta pena era cumplida "aún cuando el feto fuera femenino", estos pueblos consideraban que la mujer era un ser inferior y a pesar de tenerla al menos, igual daban alto valor a la vida y pagaban la muerte del feto con la vida de quienes incitaban al aborto.

De los hebreos encontramos, poca información; puesto que ellos no tenían mucha literatura al respecto. Ellos consideraban a la criatura parte de la madre y dependiendo del tiempo de gestación, al momento del aborto era mayor la crueldad del castigo, pues, entendían que mientras crecía el embrión, adquiría su autonomía.

Los hindúes condenaban el aborto ya sea provocado por la madre o con su consentimiento. Consideraban que la causa del aborto se encuentra en el olvido de las enseñanzas de los vedas.

Los budistas, basándonos en los textos vinayas, consideran reprobable causarle la muerte al otro. A pesar de los errores de la legislación de Grecia y Roma, eran de tipo socialista y por tal razón consideraban a los hijos como propiedad del Estado; creían una estupidez que las mujeres abortasen; puesto que podrían ser hijos perfectos para fines militares del Estado.

Aristóteles, rehabilitó el valor de la vida. El condenó el adulterio como agresión al amor. Admitía que los niños defectuosos debían ser abortados; no aceptaba que se matara a ningún niño concebido, aún cuando superara el límite de hijos que establecía el estado por familia.

El aborto tuvo su auge en la época imperial de Babilonia, pues se convirtió en una práctica habitual sin problemas de ilegalidad. Entre las gentes sencillas, pero ante todo entre la aristocracia se practicaba con la misma naturalidad que si fuera una obra teatral.

En Roma antes de la llegada del cristianismo, su legislación sobrepasó el concepto de los pensadores de Grecia que veían al infante y al feto como un objeto del estado. Incluyeron los romanos una nueva ley donde señalaban al padre del feto como dueño absoluto de éste; es decir le otorgaban la patria potestad con todos los derechos y el deber jurídico para autorizar un aborto. También se podía matar al recién nacido con problemas congénitos.

Esta práctica no era concedida a nadie, pues de incurrirse en privarle la vida a un nonato era expulsado de la ciudad. Aunque veían al feto como una parte de la madre, no respetaban el concepto de propiedad privada ya que esta no podía destruir parte de ella misma y peor aún, no le reconocían al feto ningún derecho ni valor humano.

Durante el siglo XX la legalización ha liberalizado la interrupción de embarazos no deseados en diversas situaciones médicas, sociales o particulares. Los abortos por voluntad de la madre fueron legalizados primero en Rusia (1920); luego en Japón y en algunos países de Europa del este, después de la segunda guerra mundial.

A finales de la década de 1960 la despenalización del aborto se extendió a muchos países. Las razones de despenalizar fueron tres:

  • El infanticidio (muerte de un niño) y la mortalidad materna asociada a la práctica de abortos ilegales;
  • La sobrepoblación mundial;
  • El auge del movimiento feminista.

SITUACIÓN LEGAL ACTUAL DEL ABORTO EN DIFERENTES PAÍSES DE HABLA HISPANA.

En Chile el aborto está penalizado en todas sus formas, no existen excepciones legales a esta prohibición. El aborto se considera como un problema de salud pública que afecta principalmente a las mujeres. Las leyes contra el aborto se encuentran en el Código Penal, en sus artículos 342A y 245, bajo el título de "Crímenes y Delitos contra el Orden Familiar y la Moralidad Pública", caracterizándose como una de las legislaciones más restrictivas del mundo.

  Dentro de las mujeres penalizadas por practica de aborto las más expuestas son las mujeres pobres de Chile, primero por el riesgo sanitario que conlleva un aborto clandestino y en segundo lugar por la recurrencia a maniobras caseras de alto riesgo, situaciones que concluyen en el requerimiento de una asistencia médica en los servicios públicos de salud, lugar donde es denunciada y entregada a la fuerza policial.

La penalización a las mujeres por practicarse un aborto libera de toda responsabilidad al hombre, quien en esta situación aborta también al abandonar a la mujer. Hasta el momento la sociedad en su conjunto no asume ninguna responsabilidad.

En Ecuador el Aborto está penalizado en su Código Penal por el artículo 1 el cual trata de los Delitos Contra La Vida, y abarca desde el artículo 441 hasta el 447. En dichos artículos se castiga severamente el aborto con reclusión, la pena varia según sea cometido voluntariamente por la madre o causado por terceros. El artículo 477 introduce una excepción al despenalizar el aborto cuando es practicado por un médico con el consentimiento de la mujer o de su marido, bajo las condiciones siguientes: 1. Si se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la madre, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2. Si el embarazo proviene de una violación cometido en una mujer idiota o demente. En este caso, para el aborto se requerirá el consentimiento del representante legal de la mujer.

En Venezuela el aborto también está penalizado en el artículo 432 del Código Penal de ese País. Las penas son de reclusión tanto para la madre que abortare como para quien le facilite dicha práctica y aumenta cuando por consecuencia del aborto o de los medios empleados para efectuarlo sobreviene la muerte de la mujer. Aunque igual como ocurre en Ecuador existe una excepción en el artículo 435 en uno de sus párrafos y establece que no habrá pena alguna para el que provoque el aborto como medio indispensable para salvar la vida de la parturienta.

Por otro lado, la Conferencia Episcopal Venezolana (CEV) se ha manifestado en varias ocasiones en contra de la legalización del aborto en Venezuela por razones religiosas, éticas y jurídicas, sosteniendo lo siguiente: "La despenalización del aborto provocado significaría el abandono de un valor ético fundamental en todo ordenamiento jurídico y en toda convivencia social".

En el país de México el Código Penal permite la interrupción del embarazo, en casos tales como el resultado de una violación a la mujer. En treinta estados mexicanos no castigan el aborto cuando se da por imprudencia y en veintinueve estados, cuando hay peligro de muerte para la madre; en diez estados de la República existe la posibilidad legal de interrumpir un embarazo cuando hay malformación del producto; mientras que en diez estados mexicanos se permite cuando hay grave daño para la salud de la madre. Existe un estado llamado Yucatán, donde está permitido abortar para las mujeres que aluden razones económicas, siempre y cuando hayan tenido tres hijos anteriores.

La Legislación Dominicana contempla la penalización del aborto desde 1867 y penaliza este hecho no sólo cometido por los terceros con pena de reclusión, sino también a la mujer misma que lo provocare. La Ley 1690 de Abril de 1948 fue la encargada de adicionar un párrafo al articulo 317 del Código Penal Dominicano de 1884 para establecer como delito especial y reza de la siguiente manera: "Aquellos que hayan puesto en relación o comunicación una mujer embarazada con otra persona para que le produzca el aborto, siempre que el aborto se haya efectuado, aún cuando no hayan cooperado directamente al aborto".

También está prohibido indirectamente en la Constitución Dominicana en su articulo 8, acápite 1, cuando consagra como uno de los derechos fundamentales de todos los dominicanos "La Inviolabilidad de la Vida". En consecuencia, no podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse en ningún caso la pena de muerte, ni las torturas, ni ninguna otra pena o procedimiento vejatorio o que implique la pérdida o la disminución de la integridad física o de la salud del individuo.

La Ley General de Salud, se refiere al aborto en el artículo 28, literal J. El mismo menciona el Derecho a no ser sometida (o) a tratamiento médico o quirúrgico que implique grave riesgo para la integridad física de las personas, e incluso su vida. Otro artículo de dicha Ley específicamente el art. 29 contempla que se debe respetar la salud de otras personas evitando realizar actos, efectuar o intervenir en actividades perjudiciales para la salud de los terceros, ya sea por la naturaleza de dichas acciones o por la forma en que se efectúan.

Actualmente en la República Dominicana se está conociendo un anteproyecto para modificar el Código Penal Dominicano, el cual incluye la modificación del articulo 317 que penaliza el aborto , con el propósito de legalizarlo, en ciertas circunstancias, que son a saber: 1- violación a la mujer, 2- riesgo a la salud de la madre y 3- malformación del feto. Esta posible legalización ha encontrado un amplio rechazo por parte de la sociedad dominicana.

2.2. Marco Conceptual:

Despenalización: Anular la sanción prevista por la ley. Dejar de considerar algo como delito.

Aborto: Expulsión espontánea o provocada del feto antes de que sea visible.

Terapéutico: Terapia, tratamiento o curación, fase de la medicina que se encarga del modo de tratar las enfermedades.

Feto: Producto de la concepción que no ha llegado todavía a término, pero que ya tiene las formas de la especie.

Embrión: Organismo en vías de desarrollo, a partir del huevo fecundado hasta la realización de una forma capaz de vida autónoma y activa.

Concepción: Concebir, quedar fecundada la hembra.

Embarazo: es el proceso en el que crece y se desarrolla el feto en el interior del útero.

2.3 Marco Teórico:

Para abordar el tema que nos ocupa, comenzaremos por la definición de los conceptos más relevantes que estarán contenidos en esta investigación:

El Embarazo

Es el proceso natural, biológico a través del cual una nueva vida comienza a desarrollarse en el útero de la madre. El embarazo comienza en el momento de la fecundación y termina con el parto.

Una vez iniciado el embarazo, las mujeres atraviesan por una serie de cambios fisiológicos y anatómicos, por encontrarse en estado hipervolémico crónico, es decir, el volumen de agua corporal total aumenta; esto se da por aumento de la sed y por retención de agua; esta mayor cantidad de agua ocasiona dilución de la sangre, lo que explicaría la anemia fisiológica o propia del embarazo, además aumenta el gasto cardíaco, el volumen urinario, la frecuencia respiratoria, la depuración de creatinina, el volumen de las mamas. Durante el embarazo se observan cambios posturales importantes del esqueleto que se van acentuando a medida que la gestación progresa y el desarrollo de los músculos provoca una hipertrofia e hiperplasia, especialmente en dorso y abdomen.

El embarazo, según su desarrollo se puede dividir en tres etapas de tres meses cada una con el objetivo de simplificar la referencia a los diferentes estados de la evolución del feto. Durante el primer trimestre el riesgo de aborto es mucho mayor.

Entre las semanas 18 y 20 se comienzan a percibir los movimientos del feto y los primeros síntomas de embarazo son:

  • Mareos
  • Variantes en gustos y preferencias
  • Frecuentes deseos de orinar
  • Aumento de frecuencia respiratoria

El Aborto

Etimológicamente, "la palabra aborto procede del latín abortus o aborsus, derivados de ab-orior opuesto a orior, nacer".

La medicina entiende por aborto toda expulsión del feto, natural o provocada en el período viable de su vida intrauterina, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir. Si una expulsión del feto se realiza en período viable, pero antes del término del embarazo, se denomina parto prematuro, tanto si el feto sobrevive como si muere.

En el lenguaje corriente, el aborto es la muerte del feto por su expulsión, natural o provocado, en cualquier momento de su vida intrauterina.

El Aborto es la pérdida o expulsión voluntaria del producto de la concepción antes de la viabilidad. En el enfoque fisiológico, el aborto puede ser: ovular, si ocurre en el primer mes del embarazo; embrionario, cuando se produce en el segundo y tercer mes; y fetal, del cuarto mes en adelante.

Tipos de Aborto

El aborto está dividido en tres grupos; tenemos el aborto espontáneo o natural, el aborto provocado y el aborto terapéutico.

Espontáneo o Natural:

El aborto espontáneo se debe a defectos de los padres. Respecto a ésto, es digno señalar que del 40% al 50% de los abortos espontáneos de origen materno son atribuidos a la sífilis, muchas veces desconocida, ignorada, o negada. El restante 50% se debe a alcoholismo habitual y crónico, agotamiento físico o intelectual, vejez, entre otras.

Las malformaciones de cada uno de los órganos del aparato genital femenino; los pólipos, fibromas, cánceres, las endometritis, entre otras, son causas de orden materno .También algunas enfermedades como diabetes, hipertensión, o enfermedades producidas por infecciones y bacterias o virus son causantes de aborto espontáneo.

Como causas conjuntas, paternas y maternas, y que actúan a la vez, podemos citar los matrimonios muy jóvenes, los tardíos, la vejez prematura o la decadencia de uno de los cónyuges, la miseria, el hambre, la privaciones, la desesperación, el alcoholismo común, la sífilis o la tuberculosis, también padecidas conjuntamente. Todas estas causas pueden actuar en el momento de la fecundación.

Otras causas de aborto espontáneo son las malformaciones del embrión.

Aborto Provocado

Durante los primeros tres meses y la catorceava semana de gestación el aborto provocado se realiza por diferentes medios y formas dentro de las cuales hemos querido citar los más usados.

Métodos Utilizados:

Entre los métodos más utilizados para la realización de abortos encontramos:

  • Aborto por operación cesárea
  • Aborto por envenenamiento salino
  • Aborto por succión
  • Aborto por dilatación y curetaje
  • Aborto por La Aspiración al Vacío
  • Aborto por Histerectomía
  • Aborto por parto parcial.
  • Aborto por operación cesárea:

Es cuando el feto es desprendido de su madre, por medio de una cesárea, pero en este caso el feto se deja morir.

  • Aborto por envenenamiento salino:

Es cuando el feto es envenenado y quemado por una solución salina altamente concentrada introducida en el líquido amniótico de la madre.

  • Aborto por succión:

Este método se lleva a cabo mediante una aspiradora potente que aspira el feto destrozándolo completamente.

  • Aborto por dilatación y curetaje:

Aquí el bebé es destrozado con un cuchillo curvo (cureta), en este proceso el bebé es resumido a varias partes, las cuales el médico une para asegurarse de que haya salido por completo. El médico comienza el procedimiento ampliando el conducto vaginal con un retractor, luego se coge el cuello uterino con pinzas especiales llamadas tenáculos, luego se inserta en el conducto cervical y hacia la cavidad uterina se introduce una sonda para localizar el embrión y ver su tamaño. Después se dilata el conducto cervical y se extrae el feto, este procedimiento se realiza bajo anestesia local o general.

La dilatación puede producirse también al insertar tapones de laminaria, estas son varitas de algas comprimidas y esterilizadas que se expanden para absorber líquidos cervicales. Este procediendo es un proceso sin dolor y lento para abrir el cuello uterino. Cuando el cuello uterino se dilata por completo se introduce una cureta, que es un instrumento semejante a una cuchara, y se raspa el revestimiento uterino. Este proceso se realiza cuando la mujer tiene un periodo de gestación avanzado. En la última parte del trimestre, se insertan pinzas en la cavidad uterina para coger el feto y sus membranas.

  • Aborto por la aspiración al vacío:

Este se realiza primero insertando en el útero una cureta o cánula de plástico que se une por medio de un tubo al aparato de aspiración, seguido de éste se enciende la bomba y ésta expulsará los tejidos fetales hacia la cureta y a través del tubo transparente de esa forma le permite al médico examinar el tejido y determinar cuándo el aborto está realizado. Este proceso tarda dos minutos.

Después de esto se inserta una cureta para asegurarse de extraer todo el tejido fetal.

  • Aborto por histerectomía:

Es un método antiguo para practicar aborto durante el trimestre medio, con rapidez ha sido sustituido por solución salina.

  • Aborto por parto parcial:

El aborto por parto parcial comienza cuando el doctor toma con unas pinzas al bebé dentro del vientre materno. Cuando los pies del bebé están fuera del útero, el abortista lo toma con sus manos y lo saca, como si se tratara de un parto natural, pero asegurándose que salga por los pies. Cuando el bebé tiene el cuerpo fuera pero su cabeza está aún dentro del vientre materno, el abortista le atraviesa la nuca con unas tijeras. El proceso culmina cuando el abortista, mediante una sonda, succiona la masa encefálica del bebé que, durante todo el proceso, ha estado agitando su pequeño cuerpo para tratar inútilmente de defenderse.

Terapéutico:

Es el que tiene por objeto evacuar científicamente, por medio de maniobras regladas, la cavidad uterina, vaciándola de todo su contenido. Este aborto lo verifica un médico especializado y se toman las medidas precisas para salvaguardar la vida de la paciente, seriamente amenazada. Se realiza cuando la vida del feto se considera producto muerto o representa un gravísimo peligro para la madre

Entre las causas del aborto podemos citar:

    • Miedo por falta de capacidad económica para alimentar la criatura.
    • Miedo a los conceptos emitidos por los padres u/o demás personas.
    • Miedo a los nueve meses de embarazo y dolor de parto.
    • Problemas de salud.
    • Violación Sexual.
    • Anticonceptivos.
  • Miedo por falta de capacidad económica para alimentar a la criatura:

La situación económica de muchas personas es una de las principales causas que conllevan al aborto; para los futuros padres de escasos recursos es más fácil tomar la decisión de abortar, ya que consideran que es la mejor salida.

  • Miedo a los conceptos emitidos por los padres y/o demás personas:

Esta causa se da mayormente cuando la joven se embaraza en el noviazgo, la misma teme a los conceptos y razonamientos emitidos por sus padres y la sociedad en general.

  • Miedo a los nueve meses de embarazo y dolor de parto:

Estar embarazada y traer un hijo al mundo es uno de los retos y misiones más grandes de una mujer; muchas no logran afrontar dicha misión y prefieren terminar con su reto antes del momento correcto.

  • Problemas de salud:

Esta causa esta basada en las enfermedades de los padres, puesto que algunos consideran que no deben traer al mundo una criatura enferma.

  • Violación sexual:

La violación es un abuso horrible con efectos traumáticos para muchas de sus víctimas. Para una mujer, darse cuenta de que lleva en sus entrañas una criatura, fruto de una violación, no es consuelo, por tal razón, ésta es una de las principales causas por las cuales se interrumpe un embarazo.

  • Anticonceptivos hormonales:

Cuando la mujer utiliza algún método anticonceptivo y se de cuenta de que falló y está embarazada, se siente frustrada en sus propósitos y muchas veces recurre al aborto.

Existen también consecuencias, las cuales pueden ser divididas en tres grandes grupos, los cuales son denominados:

  • Consecuencias Físicas
  • Consecuencias Psicológicas
  • Consecuencias Morales

Dentro del grupo de las consecuencias físicas podemos citar:

  • La muerte
  • Cáncer de mamas
  • Cáncer de Ovarios, Hígado y Cuello Uterino
  • Perforación de útero
  • Placenta Previa
  • Recién nacido discapacitado en posteriores embarazos
  • Embarazo ectópico
  • Afección inflamatoria pélvica
  • Endometritis
  • Complicaciones inmediatas
  • Riesgos añadidos para la mujer con múltiples abortos
  • Riesgos añadidos para las adolescentes
  • Por estado de salud en general
  • Riesgos añadidos por factores que hacen peligrar la salud
  • Muerte:

La muerte como consecuencia del aborto es debido a las posibles hemorragias, infecciones, embolias, anestesias y embarazos ectopicos sin diagnosticar.

  • Cáncer de mamas:

Es mayor el riesgo de cáncer de mamas después de un aborto, ya que, altera el proceso natural del desarrollo de los senos, dejando en ellos más células que pueden volverse cancerosas.

  • Cáncer de ovarios, hígados y cuello uterino:

La práctica del aborto incrementa el cáncer de ovario, hígado y cuello uterino aparentemente debido a la interacción no natural de cambios hormonales que acompañan al embarazo.

  • Perforación del útero:

El aborto causa perforaciones en el útero que son difícilmente diagnosticadas; estas perforaciones pueden complicarse en embarazos ulteriores provocando complicaciones adicionales y lesiones permanentes.

  • Placenta previa:

La práctica del aborto aumenta el riesgo de placenta previa en embarazos siguientes, por lo cual se pone en peligro tanto la vida de la madre como del feto.

  • Recién nacido discapacitado en posteriores embarazos:

Debido a las lesiones del cuello del útero se incrementa el riesgo de parto prematuro, desarrollo de la placenta en posteriores embarazos y, complicaciones en el parto.

  • Embarazo ectópico:

Una vez que se ha realizado un aborto, los embarazos ectópicos, amenazan la vida y pueden causar un descenso en la fertilidad.

  • Afección inflamatoria pélvica:

Es una enfermedad que pone en riesgo la vida de madre si ésta en el momento del aborto tiene infección por clamidia.

  • Endometritis:

La inflamación del endometrio, membrana que recubre el útero, es un riesgo post-aborto para todas las mujeres, pero sobre todo para las adolescentes después del parto. Esta enfermedad produce dolor, fiebre, entre otros, por tanto amerita tratamiento médico.

  • Complicaciones inmediatas:

Las mujeres están sujetas a una serie de complicaciones inmediatas causadas por el aborto, tales como: efusión excesiva de sangre, embolia, desgarro, o perforación del útero, complicaciones de la anestesia, convulsiones, lesión cervical y "shock".

  • Riesgos añadidos para la mujer con múltiples abortos:

Las mujeres que tienen abortos múltiples encaran un riesgo para su salud.

  • Riesgos añadidos para las adolescentes:

Las adolescentes están expuestas a mayores riesgos y a sufrir numerosas complicaciones relacionadas en el aborto.

  • Peor estado de salud general:

En un estudio realizado por University of Houston sobre 1,428 mujeres. Los investigadores descubrieron que los embarazos malogrados y en particular los debidos a abortos provocados se asociaban de manera significativa a una salud general muy deficiente.

  • Riesgos añadidos por factores que hacen peligrar la salud:

El aborto está ligado en buena medida a cambios de conductas tales como: promiscuidad, abuso de las drogas y desórdenes alimenticios que en conjunto contribuyen a incrementar los riesgos de padecer problemas de salud.

Las consecuencias psicológicas del aborto son:

  • Necesidad de tratamiento psicológico:

En estudios realizados sobre pacientes post-aborto a sólo ocho semanas de haber abortado; han demostrado que estas mujeres se quejan de trastornos nerviosos, alteraciones de sueños, arrepentimiento de haberlo hecho.

  • Trastornos por estrés post-traumático:

La mayoría de las mujeres, después de haberse practicado un aborto, muestran ciertos niveles de estrés, así como una conducta evasiva respecto a su experiencia abortiva.

Las mujeres pueden interiorizar el aborto como una experiencia traumática por varias razones. En muchos casos llegan a él forzadas por sus parejas, padres u otros. Como consecuencia de esto entran en un estado de depresión, la cual lleva consigo una descarga emocional con sus respectivas consecuencias.

  • Disfunción sexual:

Las mujeres que han abortado pueden sufrir disfunciones sexuales, que pueden ser breves o de larga duración. Estas disfunciones son:

ausencia de placer sexual, dolor, aversión al sexo o a los hombres en general.

Las secuelas del aborto en muchas ocasiones han llevado a estas mujeres al suicidio, otras lo han pensado o han tenido la intención de suicidarse.

  • Refuerzo del hábito de fumar:

El post-aborto motiva en algunas mujeres a recurrir al tabaquismo como un medio de tranquilizar sus nervios y el estrés.

Este es otro de los sectores negativos a que conlleva el aborto, ya que, es otro medio de calmar su estrés, el cual produce secuelas peores.

  • Desordenes alimenticios:

El estrés port-aborto en algunas mujeres se asocia con desórdenes en la ingestión de alimentos tales como: comer compulsivamente, bulimia y anorexia nerviosa.

  • Divorcio y problemas crónicos en la relación:

Para la mayor parte de las parejas el aborto crea problemas en su relación. Las parejas que han recurrido al aborto están más expuestas a separarse o divorciarse. Muchas mujeres que abortan tienen más dificultades para establecer relaciones duraderas con un compañero.

  • Aborto con repetición:

La mujer que ha tenido un aborto tiene mayor riesgo de volver a abortar en un futuro, aún sin desear el aborto siguiente.

Las consecuencias morales:

La más drástica de las consecuencias es la sensación de culpa que siente la mujer al matar a su propio hijo.

Capítulo III Legislaciones sobre el Aborto

Las legislaciones son un conjunto de disposiciones de carácter legislativo que conciernen a una materia determinada. En este caso, analizaremos el alcance de las leyes dominicanas en materia de aborto.

  1. Base Legal Actual:

El aborto esta reglamentado según las siguientes bases jurídicas:

  • Código Penal de la República Dominicana
  • Constitución Dominicana
  • Ley 42-01, Ley General de Salud.

3.1.1 Código Penal:

En nuestro país el aborto está penalizado bajo el código penal en su artículo no.317, modificado por la Ley 16-90 de 1924, textualmente dice así:

"El que por medio de alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o de otro modo cualquiera, causare o cooperare directamente a causar el aborto de una mujer embarazada, aún cuando ésta consienta en él, será castigado con la pena de reclusión. La misma pena se impondrá a la mujer que causare un aborto o que consintiere en hacer uso de las sustancias que con ese objeto se le indiquen o administren o en someterse a los medios abortivos, siempre que al aborto se haya efectuado. Se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años a las personas que hayan puesto en relación o comunicación una mujer embarazada con otra persona para que le produzca el aborto, siempre que el aborto se haya efectuado, aún cuando no hayan cooperado directamente con el aborto. Los médicos, cirujanos, parteras, enfermeras, farmacéuticos y otros profesionales médicos, que, abusando de su profesión causaren el aborto o cooperaren a él, incurrirán en la pena de cinco a veinte años de trabajos públicos, si el aborto se efectuare. El que causare a otro una enfermedad o imposibilidad de trabajo personal administrándole voluntariamente o de cualquier otra manera sustancias nocivas a la salud, aún cuando por su naturaleza no sea de aquellas que ocasionan la muerte, será castigado con prisión de un mes a dos años y multa de diez y seis a cien pesos. Si la enfermedad o imposibilidad de trabajar personalmente ha durado más de veinte días la pena será de reclusión.

Si los delitos de que tratan en el párrafo anterior se han cometido en la persona de uno de los ascendientes del culpable, la pena en el primer caso será de reclusión y en el segundo la de trabajos públicos. En todos los casos de este artículo, los reos de los delitos podrán ser condenados, además de la pena principal a la accesoria de sujeción a la vigilancia de la alta policía por cinco años, sin perjuicio de las indemnizaciones que puedan resultar en favor de los agraviados."

  1. La Constitución Dominicana

La Constitución Dominicana en su artículo No. 8 numeral 1 establece la siguiente regla: "La inviolabilidad de la vida. En consecuencia, no podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse en ningún caso la pena de muerte, ni las torturas ni ninguna otra pena o procedimiento vejatorio o que implique la pérdida o la disminución de la integridad física o de la salud del individuo"

Entendemos que con la despenalización del aborto estaríamos uno de los derechos fundamentales, "el derecho a la vida", el que reza que nadie puede decidir a quién dársela o quitársela, porque ese es un derecho de todos; además, apoyando la medida abortiva, estaríamos contribuyendo de alguna manera a la destrucción de seres que podrían darlo todo por su país y familias.

4.1.3 Ley General de Salud 42-01

La Ley General de Salud en su artículo 28, literal J, menciona que las personas no pueden ser sometidas a tratamientos médicos o quirúrgicos que traiga consigo graves riesgos para su integridad física, su salud o su vida, por tal razón cuando una mujer recurre o es sometida a una práctica de aborto, está atentando de manera directa contra su vida.

En el artículo 29 literal A y B mencionan las obligaciones de la población con relación a la salud:

A: "Respetar la salud de otras personas evitando realizar actos efectuar o intervenir en actividades perjudiciales para la salud de los terceros, ya sea por la naturaleza de dichas acciones o por la forma en que se ejecutan"

B: "Velar, mejorar y conservar su salud personal, familiar y de sus dependientes, especialmente si estos son menores, ancianos o discapacitados, así como por la salud comunitaria".

De estos dos literales podemos extraer que se obliga a la población a cuidar su salud, pero, nos basaremos en el cuidado que tiene que tener una mujer, pues es ésta, la única con facultad para concebir, de manera tal, que al ésta practicarse un aborto afectaría de muchas maneras su salud y en consecuencia violaría cada una de estas disposiciones.

El estado dominicano debe garantizar la salud de todos, especialmente la de las mujeres embarazadas, puesto que si éstas se sintieran protegidas por el estado no acudirían al método abortivo.

3.2 Elementos Constitutivos del Aborto:

Dentro de los elementos constitutivos del aborto encontramos:

  1. Que el agente haya realizado el acto, lo que constituye el elemento material.
  2. Que ese acto éste previsto y sancionado por la ley, lo que constituye el elemento legal.
  3. Que el agente haya obrado con discernimiento y voluntad, lo que constituye el elemento moral.
  4. Que el acto no se justifique por el ejercicio de un derecho, el cumplimiento de un deber o no constituya la realización de un fin reconocido por el estado (elemento injusto).

El elemento material es la consumación del hecho con el consentimiento de la madre por diferentes medios. El acto de terminar con la vida del feto es el elemento material.

Por otro lado se habla del elemento legal y ya hemos establecido que el aborto se encuentra penalizado en el artículo 317 del Código Penal Dominicano y consagrado en el artículo 8 de la Carta Magna, cuando expresa la inviolabilidad de la vida, además de estar reconocido por los derechos humanos, ley universal que la República Dominicana no debe obviar. A todo esto le sumamos la voluntad de la madre la cual siempre es manifestada, cuando recibe la presión de la familia, y de la sociedad en general, aquí entra el elemento moral, muchas veces, olvidada por los participantes en el exterminio de un ser indefenso.

Finalmente la madre no puede terminar con la vida de quien crece en su vientre y quien necesita todos los cuidados posibles para crecer fuerte y sano, además de que el estado no aprueba en ninguna de las circunstancias terminar con la vida del feto y esta voluntad la ha manifestado en sus leyes las cuales han sido millones de veces olvidadas e irrespetadas por aquellos que en algún momento no han llevado a feliz término la vida del feto.

Capítulo IV Despenalización del Aborto

Cuando hablamos de "despenalización" nos estamos refiriendo a suprimirle el carácter penal a algo, en este caso al aborto, y de esta manera considerarlo como un acto legal.

En nuestro país se están tomando algunas iniciativas por parte del Congreso Nacional en torno a la despenalización del aborto, alegando varias razones o causas entre las que se destacan las siguientes:

4.1 Causas de la Despenalización del Aborto:

  • Que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de violación.
  • Peligro para la salud física de la embarazada.
  • Que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas
Partes: 1, 2, 3
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