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La eutanasia en el Perú (página 2)


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El debate sobre la licitud moral de la eutanasia ha llegado a exacerbarse tanto que incluso se crearon asociaciones que claman por el reconocimiento de un legítimo derecho a morir con dignidad. El movimiento para la legalización de estas prácticas comenzó en Inglaterra en 1935, con la creación de la Asociación por la Legislación de la Eutanasia Voluntaria, que después se denominaría Asociación para la Eutanasia. Años después se fundó otra asociación con el mismo objeto en Estados Unidos. En España ha cobrado pujanza la Asociación Pro Derecho a Morir Dignamente, presidida por el filósofo Salvador Pániker..

La escasez económica en tiempos de la primera guerra mundial sustenta la matanza de lisiados y enfermos mentales. El término eutanasia ha sido muchas veces separado de su sentido real. Por ejemplo, los nazis hablaban de eutanasia para referirse a la eliminación de los minusválidos y débiles (Aktion T-4). En los Juicios de Nuremberg (1946 – 1947) se juzgó como ilegal e inmoral toda forma de eutanasia activa sin aclaración y consentimiento o en contra de la voluntad de los afectados.

En el presente, se sustentan diferentes opiniones sobre la eutanasia y son variadas las prácticas médicas y las legalidades en los distintos países del mundo. Muchas prácticas de los hospicios u hogares, la medicina paliativa y los grupos de autoayuda, trabajan por la humanización en el trato con los moribundos y quieren contribuir a superar la distancia entre la vida, la muerte y las prácticas médicas.

En el estado de Oregón (EEUU) los ciudadanos aprobaron por referéndum en 1994 el suicidio asistido por médicos para enfermos terminales. Hubo iniciativas similares en otros lugares, algunas de las cuales fueron revocadas poco tiempo después. El cambio más importante tuvo lugar en abril de 2002, cuando los Países Bajos legalizaron la eutanasia, con una serie de garantías, convirtiéndose así en el primer Estado del mundo que daba este paso. Bélgica, en septiembre del mismo año, fue el segundo.

Estos son hitos históricos producidos en el espacio público. Poco investigadas y mucho menos conocidas son las diferentes prácticas reales de las personas frente al acto de morir. Se sabe que hasta fines del siglo XIX en América del Sur existía la persona del "despenador" o "despenadora" encargada de hacer morir a los moribundos desahuciados a petición de los parientes.

I.1.4.-Clasificaciones de eutanasia

Existe mucha confusión en cuanto a la forma de calificar la eutanasia actualmente. En el medio hispanohablante se han introducido conceptos provenientes de la evaluación ética de la eutanasia y se la califica de directa o indirecta en cuanto existe o no la intención de provocar primariamente la muerte en las acciones que se realizan sobre el enfermo terminal. En el contexto anglosajón, se distingue entre la eutanasia como acción y la eutanasia como omisión (dejar morir). Su equivalente sería eutanasia activa y eutanasia pasiva, respectivamente. También se utilizan, en forma casi sinónima, las calificaciones de positiva y negativa respectivamente.

I.1.4.1.-Eutanasia directa: Adelantar la hora de la muerte en caso de una enfermedad incurable, esta a su vez posee dos formas:

I.1.4.1.1.-Activa: Consiste en provocar una muerte indolora a petición del afectado cuando se es víctima de enfermedades incurables muy penosas o progresivas y gravemente invalidantes; el caso más frecuentemente mostrado es el cáncer, pero pueden ser también enfermedades incurables como, la migraña, la obesidad o la depresión crónica. Se recurre, como se comprende, a substancias especiales mortíferas o a sobredosis de morfina.

I.1.4.1.2.-Pasiva: Se deja de tratar una complicación, por ejemplo una bronconeumonía, o de alimentar por vía parenteral u otra al enfermo, con lo cual se precipita el término de la vida; es una muerte por omisión. De acuerdo con Pérez Varela "la eutanasia pasiva puede revestir dos formas: la abstención terapéutica y la suspensión terapéutica. En el primer caso no se inicia el tratamiento y en el segundo se suspende el ya iniciado ya que se considera que más que prolongar el vivir, prolonga el morir" Debe resaltarse que en este tipo de eutanasia no se abandona en ningún momento al enfermo.

I.1.4.2.-Eutanasia indirecta : Consiste en efectuar procedimientos terapéuticos que tienen como efecto secundario la muerte, por ejemplo la sobredosis de analgésicos, como es el caso de la morfina para calmar los dolores, cuyo efecto agregado, como se sabe, es la disminución de la conciencia y casi siempre una abreviación de la vida. Aquí la intención, sin duda, no es acortar la vida sino aliviar el sufrimiento, y lo otro es una consecuencia no deseada.

CAPÍTULO II:

La eutanasia vista desde diversos aspectos

II.1.- La eutanasia vista desde la medicina

El juramento hipocrático dice:

"(…) estableceré el régimen de los enfermos, de manera que les sea más provechoso, según mis facultades y mi entender, absteniéndome de cometer todo mal e injusticia. A nadie daré veneno y si alguno me propone semejante cosa no tomaré en cuenta la iniciativa de tal sugestión; igualmente me abstendré de aplicar a las mujeres pesarios abortivos. Pasaré mi vida y ejerceré mi profesión con inocencia y pureza (…)"

Este juramento todavía esta vigente en nuestros días, siendo entonces que lo práctica de la eutanasia se considerará, contradictoria con los principios de la ética médica.

La deontología médica impone, los deberes de aliviar el sufrimiento físico y moral del moribundo, de mantener en lo posible la calidad de la vida que declina de ser guardián del respeto a la dignidad de todo ser humano.

Hay varias razones por las cuales la eutanasia no puede ser aceptada:

Primero porque se minaría la confianza paciente – médico, si el profesional de la medicina que se ocupan de su salud pueden decidir si su caso es digno de curación o susceptible de eutanasia.

Segundo, el diagnostico y el llamado pronóstico hecho por los médicos nos ofrece garantías. En definitiva en la ciencia médica no habría una certeza. Siendo aceptable el aforismo. "mientras hay vida hay esperanza".

Así es que el término incurabilidad no es sino un concepto relativo. Pues la naturaleza de

cuerpo humano es a veces sorprendente, pudiendo salir muchas veces las personas que se encuentran en coma irreversible de estos.

Esta posición médica al igual que la posición de la religión estaría de acuerdo con la ortotanasia, al estar a favor de utilizar medicinas paliativas y medios proporcionados, solamente, para prolongar la vida.

Actualmente, se ha delimitado bien, que son medios proporcionados para la prolongación de la vida por parte de los médicos. Así es que se entiende como medios ordinarios o proporcionados los "que están a la mano y no imponen esfuerzos, sufrimientos o gastos mayores de los que las personas consideran prudentes", para la conservación de la vida.

A diferencia de los medios desproporcionados o que usando medios artificiales, se haga seguir viviendo a una persona, no siendo esta una ayuda de la naturaleza (como pasa en los medios ordinarios por los cuales se utilizará también medios artificiales pero como ayuda a la naturaleza para que el enfermo se recupere o no sufra) siendo artificial, considerando esta clase de conservación de la vida antinatural.

II.1.1.-La cuestión de la eutanasia, ¿Es un problema médico? La eutanasia, tal y como la plantean los defensores de su legalización, afecta de lleno al mundo de la Medicina, puesto que las propuestas de sus patrocinadores siempre hacen intervenir al médico o al personal sanitario. Pero la cuestión de la eutanasia no es, propiamente hablando, un problema médico, o no tendría que serlo.

La eutanasia merece la misma calificación ética si la practica un médico o una enfermera en el técnico ambiente de un hospital que si la practica, por otro medio cualquiera, un familiar o un amigo de la víctima. En ambos casos se trata de un hombre que da muerte a otro.

La eutanasia no es una forma de Medicina, sino una forma de homicidio; y si la practica un médico, éste estará negando la Medicina.

II.1.2.-¿Por qué la eutanasia es la negación de la Medicina? Porque la razón de ser de la Medicina es la curación del enfermo en cualquier fase de su dolencia, la mitigación de sus dolores, y la ayuda a sobrellevar el trance supremo de la muerte cuando la curación no es posible. La eutanasia, por el contrario, no sólo es la renuncia a esa razón de ser, sino que consiste en la deliberada decisión de practicar justamente lo opuesto a la Medicina, ya que es dar muerte a otro, aunque sea en virtud de una presunta compasión. Cualquiera es perfectamente capaz de advertir la diferencia sustancial que existe entre ayudar a un enfermo a morir dignamente y provocarle la muerte. La eutanasia no es una técnica, un recurso de la Medicina: la eutanasia expulsa a la Medicina, la sustituye. La eutanasia, además, precisamente por ser la negación de la Medicina, se vuelve contra el médico que la practique. II.2.- La eutanasia vista desde la dignidad humana.

La dignidad humana se invoca tanto para defender la eutanasia como para rechazarla.

Para sus defensores, la dignidad humana del enfermo consistiría en el derecho a elegir libremente el momento de la propia muerte. Para sus detractores, la dignidad humana sería oponerse a este derecho, por considerarlo una arbitrariedad humana frente a un asunto exclusivamente divino.

Evidentemente, tras este uso equívoco del término dignidad subyacen distintas concepciones del ser humano, de la libertad, de la ciencia médica y del conjunto de los derechos humanos.

II.2.1.-Concepto de Dignidad Humana

Inviolabilidad de cada persona, reconocimiento de que no puede ser utilizada o sacrificada por los demás como un mero instrumento para la realización de fines generales. Es además el reconocimiento de la autonomía de cada cual para trazar sus propios planes en la vida y sus propios baremos de excelencia sin otro límite que el derecho semejante de los otros a la misma autonomía y el reconocimiento de que cada cual debe ser tratado socialmente con su conducta, mérito o demérito personales, y no según aquellos factores aleatorios que no son esenciales a su humanidad: raza, etnia, sexo, clase social, etc.

La dignidad propia del hombre es un valor singular que fácilmente puede reconocerse. Lo podemos descubrir en nosotros o podemos verlo en los demás. Pero ni podemos otorgarlo ni está en nuestra mano retirárselo a alguien. Es algo que nos viene dado. Es anterior a nuestra voluntad y reclama de nosotros una actitud proporcionada, adecuada: reconocerlo y aceptarlo como un valor supremo (actitud de respeto) o bien ignorarlo o rechazarlo. Este valor singular que es la dignidad humana se nos presenta como una llamada al respeto incondicionado y absoluto. Un respeto que, como se ha dicho, debe extenderse a todos los que lo poseen: a todos los seres humanos. Por eso mismo, aún en el caso de que toda la sociedad decidiera por consenso dejar de respetar la dignidad humana, ésta seguiría siendo una realidad presente en cada ciudadano. Aún cuando algunos fueran relegados a un trato indigno, perseguidos, encerrados en campos de concentración o eliminados, este desprecio no cambiaria en nada su valor inconmensurable en tanto que seres humanos.

Por su misma naturaleza, por la misma fuerza de pertenecer a la especie humana, por su particular potencial genético – que la enfermedad sólo es capaz de esconder pero que resurgirá de nuevo si el individuo recibe la terapéutica oportuna -, todo ser humano es en sí mismo digno y merecedor de respeto.

La preocupación por la dignidad de la persona humana es hoy universal: las declaraciones de los Derechos Humanos la reconocen, y tratan de protegerla e implantar el respeto que merece a lo largo y ancho del mundo. Los errores que pueda haber en la formulación de esos derechos no invalidan la aspiración fundamental que contienen: el reconocimiento de una verdad palmaria, la de que todo ser humano es digno por sí mismo, y debe ser reconocido como tal. El ordenamiento jurídico y la organización económica, política y social deben garantizar ese reconocimiento. Cuanto más fijamos la mirada en la singular dignidad de la persona, más descubrimos el carácter irrepetible, incomunicable y subsistente de ese ser personal, un ser con nombre propio, dueño de una intimidad que sólo él conoce, capaz de crear, soñar y vivir una vida propia, un ser dotado del bien precioso de la libertad, de inteligencia, de capacidad de amar, de reír, de perdonar, de soñar y de crear una infinidad sorprendente de ciencias, artes, técnicas, símbolos y narraciones.

Por eso, dignidad, en general y en el caso del hombre, es una palabra que significa valor intrínseco, no dependiente de factores externos. Algo es digno cuando es valioso de por sí, y no sólo ni principalmente por su utilidad para esto o para lo otro. Esa utilidad es algo que se le añade a lo que ya es. Lo digno, porque tiene valor, debe ser siempre respetado y bien tratado. En el caso del hombre su dignidad reside en el hecho de que es, no un qué, sino un quién, un ser único, insustituible, dotado de intimidad, de inteligencia, voluntad, libertad, capacidad de amar y de abrirse a los demás. De esta dignidad se derivan varios principios:

Principio de respeto. La primera actitud que sugiere la consideración de la dignidad de todo ser humano es la de respeto y rechazo de toda manipulación: frente a él no podemos comportarnos como nos conducimos ante un objeto, como si se tratara de una "cosa", como un medio para lograr nuestros fines personales.

Principios de no-maleficencia y de beneficencia. «En todas y en cada una de tus acciones, evita dañar a los otros y procura siempre el bienestar de los demás».

Principio de doble efecto: «Busca primero el efecto beneficioso. Dando por supuesto que tanto en tu actuación como en tu intención tratas a la gente con respeto, asegúrate de que no son previsibles efectos secundarios malos desproporcionados respecto al bien que se sigue del efecto principal». 

Principio de Integridad. «Compórtate en todo momento con la honestidad de un auténtico profesional, tomando todas tus decisiones con el respeto que te debes a ti mismo, de tal modo que te hagas así merecedor de vivir con plenitud tu profesión». Ser profesional no es únicamente ejercer una profesión sino que implica realizarlo con profesionalidad, es decir: con conocimiento profundo del arte, con absoluta lealtad a las normas deontológicas y buscando el servicio a las personas y a la sociedad por encima de los intereses egoístas.

Principio de Justicia. «Trata a los otros tal como les corresponde como seres humanos; sé justo, tratando a la gente de forma igual. Es decir: tratando a cada uno de forma similar en circunstancias similares».

Principio de Utilidad. «Dando por supuesto que tanto en tu actuación como en tu intención tratas a la gente con respeto, elige siempre aquella actuación que produzca el mayor beneficio para el mayor número de personas».

II.2.2.- Dignidad y derechos fundamentales

La dignidad está estrechamente vinculada a los derechos fundamentales, en tanto, razón de ser, fin y limite de los mismos. Comparte con ellos el doble carácter de los derechos fundamentales: como derechos de la persona y como un orden constitucional; de modo que, "los derechos individuales son la vez instituciones jurídicas objetivas y derechos subjetivos". En este sentido, la dignidad opera no sólo como un derecho individual, sino también como un limite de los derechos; lo cual se traduce en un deber general de respetar los derechos ajenos y propios.

Para que se configure el carácter de derecho objetivo, requiere de la actuación del Estado para la protección y el desarrollo del mismo. A partir de esta concepción de dignidad se desarrolla la categoría de los limites del legislador en relación a la dignidad, subordinando la vieja tesis de la reserva de ley por la nueva tesis central de contenido esencial (Wesensgehaltgarantie" de la dignidad, como fórmula sintética que encierra el concepto de valor que se encuentra en la dignidad humana.

La dignidad incide, pues, directa o indirectamente en las funciones de los derechos fundamentales establecidos y no sólo en la abstracta norma constitucional. En ese sentido, "el dominio y los límites de los derechos fundamentales deben determinarse partiendo de la totalidad del sistema constitucional de los valores al que hace en su esencia, referencia a todo derecho fundamental".

La dignidad también puede ser analizada desde una perspectiva. Esta busca superar la unilateralidad de una teoría sobre la dignidad humana – valorativa, liberal, social, procesal, etc. -, dada la pluralidad de fines de intereses sociales que abarca el Estado Constitucional. Así las demandas para democratizar la sociedad sobre la base de la participación ciudadana, así como para cumplir con los objetivos del Estado social de derecho, delimitando la libertad con las fronteras de la igualdad, son factibles de realizar mediante una articulación práctica de las distintas funciones de los derechos fundamentales.

Así diremos que la diversidad de funciones constitucionales de la dignidad está en relación directa con las funciones de la propia Constitución que, las doctrinas constitucionales alemanas y suizas han aportado al desarrollo constitucional. En ese sentido se puede señalar no sólo la Constitución, sino también la dignidad participa de las funciones: racionalizadota, ordenadora, estabilizadora, unificadora, controladora del poder, así como, del aseguramiento de la libertad, la autodeterminación y la protección jurídica de la persona, el establecimiento de la estructura organizativa básica del Estado y del desarrollo de los contenidos materiales básicos del Estado.

II.3 .- La eutanasia vista desde la religión.

Juan Pablo II, en su encíclica "El Evangelio de la Vida" define la Eutanasia como: "Adueñarse de la muerte, procurándola de modo anticipado y poniendo así fin "dulcemente" a la propia vida o a la de otro". Y se considera esto como una "cultura de la muerte" que se ve en las sociedades del bienestar, caracterizadas por una mentalidad eficientista, que va en contra de los ancianos y los más débiles, caracterizadas como algo gravoso e insoportable, aisladas por la familia y la sociedad, según lo cual una vida inhábil no tiene ya valor alguno. Y vuelve a definir la Eutanasia como una "acción o una omisión que por su naturaleza y en la intención causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor "situada en la intención y los métodos usados".

Posición de la Iglesia Católica

Apéndice II

SAGRADA CONGREGACION PARA LA DOCTRINA DE LA FE

DECLARACION SOBRE LA EUTANASIA

INTRODUCCION

Los derechos y valores inherentes a la persona humana ocupan un puesto importante en la problemática contemporánea. A este respecto, el Concilio Ecuménico Vaticano 11 ha reafirmado solemnemente la dignidad excelente de la persona humana y de modo particular su derecho a la vida. Por ello ha denunciado los crímenes contra la vida, como «h/font>

dios de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia y el mismo suicidio deliberado» (Cons. Past. Gaudium et spes, n. 27).

La S. Congregación para la Doctrina de la Fe, que recientemente ha recordado la doctrina católica acerca del aborto procurado juzga oportuno proponer ahora la enseñanza de la Iglesia sobre el problema de la eutanasia.

En efecto, aunque continúen siendo siempre válidos los principios enunciados en este terreno por los últimos Pontífices, los progresos de la medicina han hecho aparecer, en los recientes años, nuevos aspectos M problema de la eutanasia que deben ser precisados ulteriormente en su contenido ético.

En la sociedad actual, en la que no raramente son cuestionados 1os mismos valores fundamentales de la vida humana, la modificación de cultura influye en el modo de considerar el sufrimiento y la muerte; medicina ha aumentado su capacidad de curar y de prolongar la vida en determinadas condiciones que a veces ponen problemas de carácter moral. Por ello los hombres que viven en tal ambiente se interrogan con angustia acerca del significado de la ancianidad prolongada y de muerte, preguntándose consiguientemente si tienen el derecho de procurarse a sí mismos o a sus semejantes la «muerte dulce», que serviría para abreviar el dolor y sería, según ellos, más conforme con la dignidad humana.

Diversas Conferencias Episcopales han preguntando al respecto esta S. Congregación para la Doctrina de la Fe, la cual, tras haber pedido el parecer de personas expertas acerca de los varios aspectos de eutanasia, quiere responder con esta Declaración a las peticiones de k obispos, para ayudarles a orientar rectamente a los fieles y ofrecerles elementos de reflexión que puedan presentar a las autoridades civiles propósito de este gravísimo problema.

La materia propuesta en este documento concierne ante todo a k que ponen su fe y esperanza en Cristo, el cual mediante su vida, muerte resurrección ha dado un nuevo significado a la existencia y sobre todo la muerte del cristiano, según las palabras de San Pablo: «pues si vivimos para el Señor vivimos; y si morimos, morimos para el Señor. En fin, se que vivamos, sea que muramos, del Señor somos» (Rom. 14, 8; Fil 1, 20).

Por lo que se refiere a quienes profesan otras religiones, mucho admitirán con nosotros que la fe – si la condividen – en un Dios creador Providente y Señor de la vida confiere un valor eminente a toda persona humana y garantiza su respeto.

Confiamos, sin embargo, en que esta Declaración recogerá el consenso de tantos hombres de buena voluntad los cuales, por encima do diferencias filosóficas o ideológicas, tienen una viva conciencia de la derechos de la persona humana. Tales derechos, por lo demás, han sido proclamados frecuentemente en el curso de los últimos años en declaraciones de Congresos Internacionales (a); y tratándose de derechos fundamentales de cada persona humana, es evidente que no se puede recurrir 2 argumentos sacados del pluralismo político o de la libertad religiosa para negarles valor universal.

. (a)Recuérdese en particular la recomendación 779 (1976). referentes a los derechos de los enfermos y de los moribundos de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa en su XXVII sesión ordinaria. CL SIPECA. 1977, pp. 14-.

VALOR DE LA VIDA HUMANA

La vida humana es el fundamento de todos los bienes, la fuente y condición necesaria de toda actividad humana y de toda convivencia social. Si la mayor parte de los hombres creen que la vida tiene un carácter sacro y que nadie puede disponer de ella a capricho, los creyentes ven a la vez en ella un don del amor de Dios, que son llamados a conservar y hacer fructificar. De esta última consideración brotan las siguientes consecuencias:

1. Nadie puede atentar contra la vida de un hombre inocente sin oponerse al amor de Dios hacia él, sin violar un derecho fundamental, irrenunciable e inalienable, sin cometer, por ello, un crimen de extrema gravedad.(b)

2. Todo hombre tiene el deber de conformar su vida con el designio de Dios. Esta le ha sido encomendada como un bien que debe dar sus frutos ya aquí en la tierra, pero que encuentra su plena perfección solamente en la vida eterna.

3. La muerte voluntaria o sea el suicidio es, por consiguiente, tan inaceptable como el homicidio; semejante acción constituye en efecto, por parte del hombre, el rechazo de la soberanía de Dios y de su designio de amor. Además, el suicidio es a menudo un rechazo del amor hacia sí mismo, una negación de la natural aspiración a la vida, una renuncia frente a los deberes de justicia y caridad hacia el prójimo, hacia las diversas comunidades y hacia la sociedad entera, aunque a veces intervengan, como se sabe, factores psicológicos que, pueden atenuar o incluso quitar la responsabilidad.

Se deberá, sin embargo, distinguir bien del suicidio aquel sacrificio con el que, por una causa superior -como la gloria de Dios, la salvación de las almas o el servicio a los hermanos – se ofrece o se pone en peligro la propia vida.

LA EUTANASIA

Para tratar de manera adecuada el problema de la eutanasia, conviene ante todo precisar el vocabulario.

.(b). Se dejan completamente de lado las cuestiones de la pena de muerte y de la guerra que exigirían consideraciones especificas, ajenas al tema de esta Declaración.

Etimológicamente la palabra eutanasia significaba en la antigüedad una muerte dulce sin sufrimientos atroces. Hoy no nos referimos tanto al significado original de¡ término, cuanto más bien a la intervención de la medicina encaminada a atenuar los dolores de la enfermedad y de la agonía, a veces incluso con el riesgo de suprimir prematuramente la vida.

Además el término es usado, en sentido más estricto, con el significado de «causar la muerte por piedad», con el fin de eliminar radicalmente los últimos sufrimientos o de evitar a los niños subnormales, a los enfermos mentales o a los incurables i la prolongación de una vida desdichada, quizás por muchos años que podría imponer cargas demasiado pesadas a las familias o a la sociedad.

Es pues necesario decir claramente en qué sentido se toma el término en este documento.

Por eutanasia se entiende una acción o una omisión que por su naturaleza, o en la intención, causa la muerte, con el fin de eliminar cualquier dolor. La eutanasia se sitúa pues en el nivel de las intenciones o de los métodos usados.

Ahora bien, es necesario reafirmar con toda firmeza que nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie además puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad, ni puede consentirlo explícita o implícitamente. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo ni permitirlo. Se trata en efecto de una violación de la ley divina, de una ofensa a la dignidad de la persona humana, de un crimen contra la vida, de un atentado contra la humanidad.

Podría también verificarse que el dolor prolongado e insoportable, razones de tipo afectivo u otros motivos diversos, induzcan a alguien a pensar que puede legítimamente pedir la muerte o procurarla k otros. Aunque en casos de ese género la responsabilidad personal pueda estar disminuida o incluso no existir, sin embargo el error de juicio de la conciencia -aunque fuera incluso de buena fe – no modifica la naturaleza de¡ acto homicida, que en sí sigue siendo siempre inadmisible. Las súplicas de los enfermos muy graves que alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas como expresión de una verdadera voluntad de eutanasia; estas en efecto son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto. Además de los cuidados médicos, lo que necesita el enfermo es el amor, el calor humano y sobrenatural, con el que pueden y deben rodearlo todos aquellos que están cercanos, padres e hijos, médicos y enfermeros.

El cristiano ante el sufrimiento y el uso de los analgésicos

La muerte no sobreviene siempre en condiciones dramáticas, al final de sufrimientos insoportables. No debe pensarse únicamente en los casos extremos. Numerosos testimonios concordes hacen pensar que la misma naturaleza facilita en el momento de la muerte una separación que sería terriblemente dolorosa para un hombre en plena salud. Por lo cual una enfermedad prolongada, una ancianidad avanzada, una situación de soledad y de abandono, pueden determinar tales condiciones psicológicas que faciliten la aceptación de la muerte.

Sin embargo se debe reconocer que la muerte precedida o acompañada a menudo de sufrimientos atroces y prolongados es un acontecimiento que naturalmente angustia el corazón del hombre.

El dolor físico es ciertamente un elemento inevitable de la condición humana; a nivel biológico, constituye un signo cuya utilidad es innegable; pero puesto que atañe a la vida psicológica de¡ hombre, a menudo supera su utilidad biológica y por ello puede asumir una dimensión tal que suscite el deseo de eliminarlo a cualquier precio.

Sin embargo, según la doctrina cristiana, el dolor, sobre todo el de los últimos momentos de la vida, asume un significado particular en el plan salvífico de Dios; en efecto, es una participación en la Pasión de Cristo y una unión con el sacrificio redentor que El ha ofrecido en obediencia a la voluntad del Padre. No debe pues maravillar si algunos cristianos desean moderar el uso de los analgésicos, para aceptar voluntariamente al menos una parte de sus sufrimientos y asociarse así de modo consciente a los sufrimientos de Cristo crucificado (ef Mi 27, 34). No sería sin embargo prudente imponer como norma general un comportamiento heroico determinado. Al contrario, la prudencia humana y cristiana sugiere para la mayor parte de los enfermos el uso de las medicinas que sean adecuadas para aliviar o suprimir el dolor, aunque de ello se deriven, como efectos secundarios, entorpecimiento o menor lucidez. En cuanto a las personas que no están en condiciones de expresarse, se podrá razonablemente presumir que desean tomar tales calmantes y suministrárseles según los consejos del médico.

Pero el uso intensivo de analgésicos no está exento de dificultades, ya que el fenómeno de acostumbrarse a ellos obliga generalmente a aumentar la dosis para mantener su eficacia. Es conveniente recordar una declaración de Pío XII que conserva aún toda su validez. Un grupo de médicos le había planteado esta pregunta: « ¿La supresión de¡ dolor y de la conciencia por medio de narcóticos— está permitida al médico y al paciente por la religión y la moral (incluso cuando la muerte se aproxima o cuando se prevé que el uso de narcóticos abreviará la vida)?». El Papa respondió: «Si no hay otros medios y si, en tales circunstancias, ello no impide el cumplimiento de otros deberes religiosos y morales: Sí». En este caso, en efecto, está claro que la muerte no es querida o buscada de ningún modo, por más que se corra el riesgo por una causa razonable: simplemente se intenta mitigar el dolor de manera eficaz, usando a tal fin los analgésicos a disposición de la medicina.

Los analgésicos que producen la pérdida de la conciencia en los enfermos, merecen en cambio una consideración particular. Es sumamente importante, en efecto, que los hombres no sólo puedan satisfacer sus deberes morales y sus obligaciones familiares, sino también y sobre todo que puedan prepararse con plena conciencia al encuentro con Cristo. Por esto, Pío XII advierte que «no es lícito privar al moribundo de la conciencia propia sin grave motivo».

El uso proporcionado de los medios terapéuticos

Es muy importante hoy día proteger, en el momento de la muerte, la dignidad de la persona humana y la concepción cristiana de la vida contra un tecnicismo que corre el riesgo de hacerse abusivo. De hecho algunos hablan de «derecho a morir expresión que no designa el derecho de procurarse o hacerse procurar la muerte como se quiere, sino el derecho de morir con toda serenidad, con dignidad humana y cristiana. Desde este punto de vista, el uso de los medios terapéuticos puede plantear a veces algunos problemas.

En muchos casos, la complejidad de las situaciones puede ser tal que haga surgir dudas sobre el modo de aplicar los principios de la moral. Tomar decisiones corresponderá en último análisis a la conciencia M enfermo o de las personas cualificadas para hablar en su nombre, o incluso de los médicos, a la luz de las obligaciones morales y de los distintos aspectos M caso.

Cada uno tiene el deber de curarse y de hacerse curar. Los que tienen a su cuidado los enfermos deben prestarles su servicio con toda diligencia y suministrarles los remedios que consideren necesarios o útiles.

¿Pero se deberá recurrir, en todas las circunstancias, a toda clase de remedios posibles?

Hasta ahora los moralistas respondían que no se está obligado nunca al uso de los medios «extraordinarios». Hoy en cambio, tal respuesta, siempre válida en principio, puede parecer tal vez menos clara tanto por la imprecisión M término como por los rápidos progresos de la terapia. Debido a esto, algunos prefieren hablar de medios «proporcionados» y «desproporcionados». En cada caso, se podrán valorar bien los medios poniendo en comparación el tipo de terapia, el grado de dificultad y de riesgo que comporta, los gastos necesarios y las posibilidades de aplicación con el resultado que se puede esperar de todo ello, teniendo en cuenta las condiciones del enfermo y sus fuerzas físicas y morales.

Para facilitar la aplicación de estos principios generales se pueden añadir las siguientes puntualizaciones:

– A falta de otros remedios, es lícito recurrir, con el consentimiento de¡ enfermo, a los medios puestos a disposición por la medicina más avanzada, aunque estén todavía en fase experimenta¡ y no estén libres de todo riesgo. Aceptándolos, el enfermo podrá dar así ejemplo de generosidad para el bien de la humanidad.

– Es también lícito interrumpir la aplicación de tales medios, cuando les resultados defraudan las esperanzas puestas en ellos. Pero, al tomar una tal decisión, deberá tenerse en cuenta el justo deseo M enfermo y de sus familiares, así como el parecer de médicos verdaderamente competentes; estos podrán sin duda juzgar mejor que otra persona si el empleo de instrumentos y personal es desproporcionado a los resultados previsibles, y si las técnicas empleadas imponen al paciente sufrimientos y molestias mayores que los beneficios que se pueden obtener de los mismos.

Es siempre lícito contentarse con los medios normales que la medicina puede ofrecer. No se puede, por lo tanto, imponer a nadie la obligación de recurrir a un tipo de cura que, aunque ya esté en uso, todavía no está libre de peligro o es demasiado costosa. Su rechazo no equivale al suicidio: significa más bien o simple aceptación de la condición humana, o deseo de evitar la puesta en práctica de un dispositivo médico desproporcionado a los resultados que se podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer gastos excesivamente pesados a la familia o la colectividad.

  • Ante la inminencia de una muerte inevitable, a pesar de los medios empleados, es lícito en conciencia tomar la decisión de renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir sin embargo las curas normales debidas al enfermo en casos similares. Por esto, el médico no tiene motivo de angustia, como si no hubiera prestado asistencia a una persona en peligro.

  • Aspectos morales y religiosos de la eutanasia

Desde la perspectiva religiosa se considera que la propiedad de la vida humana le corresponde a un ser superior y el individuo es un mero usufructuario, incapacitado por definición para disponer de su vida de acuerdo con su voluntad.

Quienes creemos en un Dios personal, en especial los católicos, tenemos un motivo más para rechazar la eutanasia. Pues lo que así pensamos, estamos convencidos que la eutanasia implica matar a un ser querido por Dios, quien vela por su vida y su muerte. Por ello, la iglesia católica la ha considerado un grave crimen.

Para la Iglesia Católica y su doctrina dicen sobre la eutanasia que no es lícito matar a un paciente, ni siquiera para no verlo o hacerle sufrir, así se lo hayan pedido al médico el enfermo, sus familiares o terceros, pues no está en sus manos, solo en las de Dios, las vidas de las seres personas. Comprendiendo ello, el no hacer acciones que produzcan intencionalmente la muerte del paciente y como es lógico tampoco es permisible omitir una prestación debida al paciente con la cual salvaría su vida.

Para la iglesia no es lícito que se deje u omita los tratamientos disponibles para la posible recuperación del paciente, con el límite que no tenga una muerte cerebral, lo cual ocasiona dejar de aplicar los tratamientos siendo esto lo más adecuado, actitud concordante con la recta razón. La cual trata de evitar las medidas desproporcionadas que no sería una medida razonable, sino no más bien prácticas distanásicas.

La iglesia esta de acuerdo con la ortotanasia, entendida como la entiende Romero y NIño, llamada eutanasia solutiva, por la cual, se le suministra narcóticos y analgésicos que aliviarán el dolor, aunque atenúen la conciencia y provoquen de modo secundario un acortamiento de la vida del paciente.

Este acto no se considera ilícito, pues en este sentido se expresaba Pablo VI cuando decía que:

"El deber del médico consistía más bien en intentar calmar los sufrimientos, en vez de prolongar todo lo que pueda con cualquier medio y a cualquier condición una vida que no es ya plenamente humana y que va naturalmente hacia la conclusión"

En la conferencia episcopal española se hablo también que en el momento de la muerte se tenía que tomar en cuenta la dignidad de la persona humana y la concepción cristiana de la vida. Pues a nadie se le puede imponer la obligación de recurrir a cualquier tipo de cura.

Podemos concluir por ello que la religión y la iglesia católica no están de acuerdo con la eutanasia, pero tampoco con la distanasia que se presenta en los medios desproporcionados que se utilizan para que el paciente siga vivo sea esta una vida con aparatos con los cuales no podría vivir. Pero aceptan la ortotanasia, la cual se utilizaran paliativos para el dolor los cuales permitirá a las personas que no quieran recibir un tratamiento morir progresivamente y naturalmente sin sufrimientos ayudado por drogas. Niño llama a esto "Eutanasia solutiva", claro que la iglesia no la llama así, esta clase de eutanasia no sólo carece de relevancia atípica sino que encarna un deber moral y jurídico.

OPINION DE LA IGLESIA

La eutanasia es una consecuencia de una mentalidad materialista y utilitarista sobre la existencia humana. Existe una pérdida del sentido de la existencia humana debido a una crisis moral y religiosa.

El respeto de la vida humana presupone admitir la existencia de Dios, de un Dios amoroso autor de la vida. Nadie puede atentar contra la vida de un ser humano sin apoyarse al amor de Dios hacia él, sin violar un derecho fundamental y sin cometer un crimen.

La eutanasia es una grave ofensa a Dios, autor de la vida, en cuanto viola su ley. No es lícito matar a un paciente para no verle sufrir o no hacerle sufrir, aunque aquél lo pida. Ni el paciente, ni los médicos, ni los familiares tienen la facultad de decidir o provocar la muerte de una persona. No tiene derecho a la elección del lugar y del momento de la muerte, porque el hombre no tiene el poder absoluto sobre su persona y su vivir, con mayor razón, sobre su muerte.

Es necesario reafirmar que nadie ni nada puede autorizar la muerte de un ser humano, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo o permitirlo.

No se puede decir que una vida es mas o menos plena dependiendo del estado de la salud o si es útil o no. Toda vida merece ser vivida.

Etimológicamente, eutanasia, viene del griego y significa principalmente buena muerte, muerte apacible, sin sufrimiento. Según la tradición cristiana, a la buena muerte se llega cuando se prepara espiritualmente al encuentro con Dios. Sólo dentro de la perspectiva cristiana de la redención, el sufrimiento alcanza su valor pleno. El dolor puede ser un instrumento de salvación , cuando es vivido cristianamente e iluminado por la Palabra de Dios.

Todo hombre tiene el deber de vivir su vida conforme al designio de Dios. Esta le ha sido dada para dar frutos en la tierra, y no para ser destruida a su antojo.

Juan Pablo II ha hecho grandes labores para evitar que se siga permitiendo la eutanasia y se proclama sobre el tema en la encíclica Evangelium Vitae ( Carta sobre el valor y el carácter inviolable de la vida humana). En esta carta declara también la opinión de la Iglesia Católica sobre el tema de la eutanasia:

"Amenazas no menos graves afectan también a los enfermos incurables y a los terminales, en un contexto social y cultural que, haciendo mas difícil afrontar y soportar el sufrimiento, agudiza la tentación de resolver el problema del sufrimiento eliminándolo en su raíz, anticipando la muerte al momento considerado mas oportuno.

En una decisión así, confluyen con frecuencia elementos diversos, lamentablemente convergentes en este terrible final.

II.4.- La eutanasia vista desde la doctrina penal.

Muchos países buscan el reconocimiento legal de esta práctica. Son diversos los argumentos que defienden los partidarios de la eutanasia para que pueda ser legalizada, algunos de esos argumentos son: si una persona tiene "sufrimientos intolerables" y pide la muerte, las demás personas obedecen debido a la compasión que les embarga.

Otros manifiestan que si un paciente se encuentra en fase terminal de una enfermedad incurable, sucede lo mismo que el caso anterior, configurando el llamado homicidio por compasión.

Para otros es un argumento sólido la falta de control sobre los excesos y abusos que pueden producirse al practicarse la eutanasia de manera clandestina. En muchos casos señalan que la práctica de la eutanasia es un asunto privado, es decir, entre el paciente y su médico (este argumento es muy utilizado).

Los dos primeros argumentos mencionados se refieren a casos dramáticos pero a mi parecer no son argumentos razonables para legalizar la eutanasia, pues las personas deben comprender que el dolor puede disminuir con determinados medicamentos pudiendo mejorar en cierta forma nuestra vida, además no podemos disponer de nuestra vida, pues es una falta de respeto hacia uno mismo, y mucho menos podemos disponer de la vida de los demás.

Cuando los partidarios de la eutanasia quieren evitar "excesos o abusos" dan a entender que en determinadas circunstancias, la práctica de la eutanasia no es un exceso o un abuso, pero lo que realmente solicitan es una legislación permisiva y no restrictiva.

Algunos países están a favor de la eutanasia, países como Holanda, Bélgica, ya han legalizado la eutanasia, de igual forma lo realizó el Estado de Oregon en E.E.U.U.

Suiza y Colombia tienen legislado que la eutanasia no es un delito, pues ayuda a las personas en fase terminal a morir, siempre que se haya realizado una autorización clara y precisa.

Para ser precisos la legislación suiza acepta la eutanasia pero no todos sus tipos, pues esta prohibida la eutanasia activa. Y en Colombia la Corte Constitucional de ese país resolvió que el reconocimiento del respeto a la dignidad humana, y la autonomía en su Constitución, obliga a interpretar que el Código Penal Colombiano no castiga la eutanasia realizada con el consentimiento del paciente; limitando la aplicación del artículo 236, que pena el homicidio por piedad con prisión menor al homicidio simple ( de seis meses a tres años), a los casos donde no exista voluntad de la victima.

Holanda es el primer país donde la eutanasia se practica abiertamente, la ley holandesa permite terminar con la vida de otra persona, ya sea por un doctor o por el deseo expreso de un paciente teniendo en cuenta que "la demanda al doctor debe ser voluntaria, explícita y cuidadosamente considerada y se debe de haber hecho repetidamente."

Para la realización de la eutanasia activa deben realizarse las siguientes condiciones: debe existir solicitudes del paciente, y estas deben ser repetidas y bien informadas. La enfermedad debe ser mental o física incurable. Se debe haber agotado todas las demás opciones asistenciales. Debe existir la aprobación de otro médico a demás del que va a realizar la eutanasia. Y debe existir documentación de los hechos.

No se considera como condición para la aplicación de la eutanasia activa a la evaluación de un psiquiatra o psicólogo, lo cual dificulta determinar si existe un cuadro depresivo.

La legislación holandesa considera que la eutanasia no es considerado un delito si el médico respeta una serie de códigos estrictos, es decir: el enfermo debe estar sometido a un sufrimiento insoportable, no debe existir ninguna perspectiva de mejora, debe expresar repetidamente su voluntad de morir, el médico debe consultar por lo menos a otro colega antes de tomar la decisión, el médico está obligado a informar inmediatamente a un juez, un especialista en ética y a otra autoridad medica.

En Bélgica la mayoría esta de acuerdo con la aprobación legal de la eutanasia, así podemos ver en diversos informes que el 72% de los belgas están a favor de la eutanasia; y por ello existe una norma aprobada subdividida en 16 artículos, entre ello destacan:

El médico deberá asegurarse de que el paciente sea mayor de edad y se encuentre en plenas facultades mentales. El médico debe verificar que la enfermedad sea incurable y provoque un sufrimiento físico o psíquico constante e insoportable.

Partes: 1, 2, 3
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