Tesis: Desconcentración de la cuenta general para facilitar el desarrollo integral y sostenible de las regiones (página 2)
Enviado por DOMINGO HERNANDEZ CELIS
PROBLEMA GENERAL:
¿ DE QUE MANERA LA DESCONCENTRACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA, PUEDE CONTRIBUIR A CONCRETAR EL DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIBLE DE LAS REGIONES ?
PROBLEMAS ESPECÍFICOS
- ¿ COMO DEBE ESTRUCTURARSE EL PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA, EN EL MARCO DE LA DESCONCENTRACIÓN, DE MODO QUE CONTENGA LA INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA, FINANCIERA, ECONOMICA Y DE INVERSIONES QUE CONTRIBUYAN A LA EFICACIA DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y POR TANTO SE REFLEJE EN EL CRECIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DE LA REGION ?
- ¿ DE QUE MANERA SE PUEDE ESTABLECER UNA SINERGIA ENTRE LA DESCONCENTRACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA Y LA GESTION DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, DE MODO QUE LA INFORMACIÓN TENGA LA EFICACIA Y CONTRIBUYA AL DESARROLLO DE ESTAS IMPORTANTES AREAS GEOGRAFICAS DE NUESTRO PAIS ?
JUSTIFICACIÓN:
Sin temor a equivocarnos, decimos que todo lo que se pueda hacer en beneficio del desarrollo integral y sostenido de las regiones de nuestro país será bienvenido.
Si actualmente se demora cerca de dos años para obtener la información de la Cuenta General de la República; este plazo podría recortarse mediante la desconcentración de la formulación de dicha Cuenta.
La desconcentración de la Cuenta, permitirá que los gobiernos locales y especialmente los regionales trabajen todos los componentes de la Cuenta General correspondiente a su región, lo que de hecho va a permitir obtener información oportuna y detallada sobre los distintos aspectos de la economía de la región, sin tener que esperar dos largos años para obtener información que no pueden utilizarlo en proyectos o programas, si no como referencia histórica.
La desconcentración de la Cuenta General, de seguro va a permitir cumplir efectivamente los objetivos de este importante instrumento de información administrativa de la gestión del sector público, los mismos que a la fecha no se vienen cumpliendo.
La desconcentración permitirá a los gobiernos regionales disponer de información sobre su aspecto económico, presupuestario, financiero, de inversiones y metas en forma oportuna para realizar la retroalimentación y/o ajustes del caso; todo lo cual conduce a que la información contribuya eficazmente al desarrollo integral y sostenible de la región.
La desconcentración de la Cuenta General, nos pondría al nivel de los países más adelantados, donde prima la delegación de funciones con el propósito de darle oportunidad y utilidad a la información del sistema contable.
En el ámbito nacional nos pondría a nivel de la Contraloría, Banco Central de Reserva, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y otras entidades que tienen órganos desconcentrados, con los cuales han mejorado sus actividades, al punto de obtener indicadores de competitividad del más alto nivel.
IMPORTANCIA:
Este trabajo es importante en la medida que permitiría plasmar nuestra experiencia en la contabilidad gubernamental y especialmente en la Cuenta General de la República; asimismo concretar todos los conocimientos recibidos durante nuestra formación académica.
También es importante, por que permitirá efectivizar a la Cuenta General como la herramienta de información por excelencia que facilita el proceso administrativo, con el cual se debe mantener una sinergia para el logro de los objetivos institucionales.
El entorno económico es cada vez más complejo, exige más profesionalismo en la administración de la información, si es que las entidades quieren alcanzar un lugar destacado dentro del desarrollo económico del país, para lograrlo se requiere, en gran parte, contar con un sistema de información relevante, oportuno y confiable, generado únicamente mediante un buen sistema de desconcentración
- JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN
- OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
OBJETIVO PRINCIPAL:
DEMOSTRAR QUE LA DESCONCENTRACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA ES LA ESTRATEGIA MAS CONVENIENTE PARA OBTENER RESULTADOS PRESUPUESTARIOS, FINANCIEROS, ECONOMICOS Y DE INVERSIÓN OPORTUNOS; CUYA APLICACIÓN FACILITARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIBLE DE LAS REGIONES DE NUESTRO PAIS.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
- PROPONER LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Y FUNCIONAL DE LAS OFICINAS REGIONALES DE LA CONTADURÍA PUBLICA DE LA NACIÓN COMO ORGANOS DESCONCENTRADOS DEL AMBITO NACIONAL QUE CONTRIBUIRAN A LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN REGIONAL EN FORMA OPORTUNA Y EFICAZ, LA MISMA QUE LUEGO SE CONSOLIDARA EN LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA Y CONTRIBUIRA AL CRECIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES EN SUS RESPECTIVAS AREAS GEOGRAFICAS.
- DEFINIR LAS ESTRATEGIAS PARA QUE EXISTA UNA SINERGIA ENTRE LAS FUNCIONES DE LAS OFICINAS DESCONCENTRADAS DE LA CONTADURÍA PUBLICA DE LA NACIÓN Y LA GESTION DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, DE TAL MODO QUE LA INFORMACIÓN SEA OBTENIDA CON EXACTITUD Y OPORTUNIDAD Y FACILITE LA PLANEACION ESTRATEGICA, TOMA DE DECISIONES EFECTIVAS Y CONTROL NECESARIOS PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIDO DE LAS REGIONES DE NUESTRO PAIS.
- HIPÓTESIS DE LA INVESTIGACIÓN
HIPÓTESIS PRINCIPAL:
LA DESCONCENTRACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPUBLICA, PERMITIRIA QUE LOS GOBIERNOS REGIONALES DISPONGAN DE INFORMACIÓN OPORTUNA SOBRE LOS RESULTADOS PRESUPUESTARIOS, FINANCIEROS, ECONOMICOS Y DE INVERSIÓN; PARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIBLE DE LAS REGIONES DE NUESTRO PAIS.
HIPÓTESIS SECUNDARIAS:
- LA CONTADURÍA PUBLICA DE LA NACIÓN DEBE DISPONER DE OFICINAS REGIONALES COMO ORGANOS DESCONCENTRADOS DEL AMBITO NACIONAL, CON EL OBJETO DE OPTIMIZAR LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y CUYO ACCIONAR CONTRIUIRA ACTIVAMENTE CON EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DEL PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN DEL PAIS Y ESPECIALMENTE CON EL DESARROLLO INGTEGRAL Y SOSTENIDO DE LAS REGIONES.
- LAS OFICINAS DESCONCENTRADAS DE LA CONTADURÍA PUBLICA DE LA NACIÓN Y LA GESTION DE LOS GOBIERNOS REGIONALES ESTABLECERAN UNA SINERGIA CUANDO LA INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA, ECONOMICA, FINANCIERA Y DE OTRO TIPO SEA PROPORCIONADA CON EXACTITUD Y OPORTUNIDAD Y SEA UTILIZADA EN LA PLANEACION ESTRATEGICA, TOMA DE DECISIONES EFECTIVAS Y CONTROL DE LAS ACTIVIDADES; LO QUE FACILITARA EL DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIDO DE LAS REGIONES DE NUESTRO PAIS.
VARIABLES DE LA INVESTIGACION
- DESCONCENTRACIÓN DE LA CUENTA GENERAL
INDICADORES:
X.1. PROCESO DE LA CUENTA GENERAL
X.2. EFICACIA DE LA INFORMACIÓN DE LA C.G.R.
- VARIABLE INDEPENDIENTE:
Y. DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIBLE
INDICADORES:
Y.1. CRECIMIENTO REGIONAL
Y.2. SINERGIA ENTRE LA CUENTA GENERAL Y EL
DESARROLLO REGIONAL
- VARIABLE DEPENDIENTE
- VARIABLE INTERVINIENTE:
Z. PERU: DIVISIÓN POLÍTICA REGIONAL
INDICADORES:
Z.1. GOBIERNOS REGIONALES
Z.2. DESCONCENTRACIÓN REGIONAL
- METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
TIPO DE INVESTIGACION:
Este trabajo de investigación es del tipo básica o pura, por cuanto todos los aspectos han sido teorizados, aunque sus alcances serán prácticos en la medida que sean aplicados por la Contaduría Pública de la Nación
NIVEL DE INVESTIGACION:
La investigación realizada es del nivel descriptiva-explicativa, por cuanto describe el proceso de la Cuenta General de la República y explica como es posible desconcentrar este importante instrumento para que contribuya con el crecimiento y desarrollo integral y sostenido de las regiones en las cuales se encuentra dividido el Estado peruano
METODOS DE LA INVESTIGACION
En esta investigación se han utilizado los siguientes métodos:
DESCRIPTIVO | INDUCTIVO |
Por cuanto se describe todos los aspectos de la Cuenta General de la República y los Gobiernos Regionales. | Con este método se ha inferido la información de la muestra en la población de la investigación. |
POBLACION Y MUESTRA DE LA INVESTIGACION
POBLACION | MUESTRA |
La población de este trabajo de investigación estuvo compuesto por los especialistas de la Contaduría Pública de la Nación, Gobierno Central, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Organismos Descentralizados Autónomos, Instituciones Públicas Descentralizadas y Sociedades de Beneficencia Pública. También se ha considerado la participación los Docentes de las Universidades de nuestro país. | La muestra estuvo compuesta por especialistas de la Contaduría Pública de la Nación y el Gobierno Regional de Lima Provincias; así como de los académicos de las Universidades. |
TECNICAS DE RECOPILACION DE DATOS
Las técnicas que se utilizaron en la investigación fueron las siguientes:
ENTREVISTAS | ENCUESTAS | ANÁLISIS DOCUMENTAL |
Esta técnica se aplicó a los especialistas, a fin de obtener información sobre todos los aspectos relacionados con la investigación | Se aplicó a los docentes de las universidades, con el objeto de obtener información sobre la investigación | Se utilizó para analizar las normas, información bibliográfica y otros aspectos relacionados con la investigación. |
INSTRUMENTOS DE RECOPILACIÓN DE DATOS:
Los instrumentos que se utilizaron en la investigación, están relacionados con las técnicas antes mencionadas, del siguiente modo:
TECNICA | INSTRUMENTO | OBSERVACIONES |
ENTREVISTA | GUIA DE ENTREVISTA | Es la hoja de ruta para concretar la entrevista con los especialistas |
ENCUESTA | CUESTIONARIO | Es el conjunto de preguntas objetivas |
ANALISIS DOCUMENTAL | GUIA DE ANALISIS DOCUMENTAL | Es el instrumento para guiar el análisis de normas y documentos |
TÉCNICAS DE ANÁLISIS Y PROCESAMIENTOS DE DATOS
TECNICAS DE ANALISIS | TECNICAS DE PROCESAMIENTO DE DATOS |
1. Análisis documental 2. Indagación 3. Conciliación de datos 4. Tabulación de cuadros 5. Comprensión de gráficos | 1.Ordenamiento y clasificación 2. Registro manual 3. Proceso computarizado en EXCEL 4. Proceso computarizado en SPSS. |
CAPÍTULO II:
MARCO TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN
- ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
La Constitución Política del Perú de 1979, instituye y señala las funciones del Sistema Nacional de Contabilidad en el artículo 145, que a la letra dice: "La función de uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública así como la de elaborar la Cuenta General, corresponden al Sistema Nacional de Contabilidad, el cual además propone las normas contables que deben regir en el país".
La Constitución Política del Perú de 1993, en su Artículo 81°, establece que la Cuenta General de la República acompañada del informe de auditoría de la Contraloría General es remitida por el Presidente de la República al Congreso en un plazo que vence el quince de Noviembre del año siguiente al de ejecución del presupuesto. La Cuenta General es examinada y dictaminada por una Comisión Revisora dentro de los noventa días siguientes a su presentación. El Congreso se pronuncia en un plazo de treinta días. Si no hay pronunciamiento del Congreso en el plazo señalado se eleva el dictamen de la Comisión
Revisora al Poder Ejecutivo para que este promulgue un decreto legislativo que contiene la Cuenta General.
La Ley No. 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad, determina los objetivos, funciones y estructura de los organismos y órganos componentes. Dentro de las funciones se establece la de elaborar la Cuenta General de la República. La norma establece asimismo que los órganos de Contabilidad de las administraciones públicas de la actividad gubernamental y empresarial del Estado, en todas sus modalidades, integran el Sistema Nacional de Contabilidad. Esta norma no establece que es la Cuenta General de la República, ni objetivos, ni contenido y tampoco la estructura ni el proceso de la misma.
En el mercado bibliográfico se ha determinado la existencia del "famoso libro verde" de Pacheco & Villacorta (1988), en este documento se hace comentarios al nacimiento del Sistema Nacional de Contabilidad y a su función de elaborar la Cuenta General de la República y otros aspectos, en el marco de la Ley 24680. No se determina detalles de la Cuenta General.
La Ley No. 27312 ? Ley de Gestión de la Cuenta General de la República– establece que la Cuenta General de la República, es el instrumento de información administrativa de la gestión del sector público. La norma establece los objetivos, contenido, estructura y proceso de formulación de la Cuenta General. La norma no establece que los gobiernos regionales y locales dispondrán de oficinas desconcentradas de la Contaduría Pública de la Nación, diferentes a los órganos de Contabilidad de cada entidad que considera el Sistema Nacional de Control, para formular en forma descentralizada la información que corresponda a estos niveles y luego trasladarlo a la Contaduría para su consolidación. Esta Ley debe ser modificada o adecuada en lo que se oponga a los establecido en la Ley 28112.
La Ley No. 28112, aprueba la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; establece, que la autoridad central de los sistemas conformantes de la administración Financiera del Sector Público es el Ministerio de Economía y Finanzas, y es ejercida a través del Viceministro de Hacienda quien establece la política que orienta la normatividad propia de cada uno de los sistemas que lo conforman. Los sistemas integrantes de la administración Financiera del Sector Público y sus respectivo Organos Rectores, son los siguientes:
- Sistema Nacional de Presupuesto: Dirección Nacional del Presupuesto Público;
- Sistema Nacional de Tesorería: Dirección Nacional del tesoro público;
- Sistema Nacional de Endeudamiento: Dirección Nacional del Endeudamiento Público; y
- Sistema Nacional de Contabilidad: Dirección Nacional de Contabilidad Pública.
La Dirección Nacional de Contabilidad Pública, tiene a la venta varios libros sobre contabilidad gubernamental, como por ejemplo: Nuevo Plan Contable Gubernamental. Edición 1998; Compendio de Normatividad Contable y aplicación práctica del Nuevo Plan Contable Gubernamental. Edición 1998; Manual de Contabilidad Gubernamental para Municipalidades; Manual de Contabilidad de Costos y de Gestión empresarial; Manual de Contabilidad de Costos y de Gestión para la Industria de la Construcción; Gestión Empresarial: Manual de Contabilidad de Costos de Gestión Minera; SICON: Manual y Casuística; Manual de Contabilidad de Costos y Gestión Industrial; Manual de Contabilidad de Costos y Gestión Hospitalaria; NIC Sector Público 01 a 07 y 08 a 17 y Cierre Contable 2002-SIAF. Dentro de estos documentos bibliográficos se destaca el Manual del SICON (Sistema de Integración Contable de la Nación), que es el sistema informático desarrollado por la Contaduría Pública de la Nación que facilita la elaboración de la Cuenta General de la República. No se ha podido determinar un libro sobre la formulación de la Cuenta General de la República.
Álvarez (2003), en su libro sobre estados financieros y otros aspectos del sector público, no hace referencia directa a la Cuenta General de la República.
Valdivia (2003), en su libro sobre Contabilidad Gubernamental, destaca el tratamiento del Sistema de Integración Contable de la Nación (SICON), sistema informático desarrollado por la Contaduría Pública de la Nación para ser distribuido gratuitamente a las entidades del Sector Público, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 27312 "Ley de Gestión de la Cuenta General de la República", Instructivo No. 6 "Periodicidad de Presentación de Estados Financieros y Presupuestarios" e Instructivo No. 7 "cierre Contable" y sus modificatorias aprobadas con Resolución de Contaduría No. 143-2001 y 149-2002-EF/93.03. Según el autor, el Software SICON permite el ingreso mensual y generación de información para la presentación trimestral y de cierre del ejercicio, de los estados financieros, presupuestales, anexos y demás información complementaria, para la presentación y elaboración centralizada de la Cuenta General de la República de acuerdo con las disposiciones establecidas.
En las bibliotecas de las Universidades, tanto a nivel de pregrado como de postgrado existe un gran número de trabajos relacionados con la contabilidad gubernamental: Libros, Tesis, Monografías, Trabajos de Experiencia Profesional, Separatas y otros; sin embargo ninguno está referido a la desconcentración de la Cuenta General y su incidencia en el desarrollo integral y sostenido de las regiones de nuestro país.
- RESEÑA HISTÓRICA DE LA INVESTIGACION
Según el CPC. Oscar Pajuelo Ramírez(*), a través del tiempo, la Cuenta General de la República ha experimentado notables transformaciones, tanto en los procedimientos para su formulación e integración como en su presentación y contenido.
En retrospectiva, es posible apreciar desde su elaboración mecanográfica, sus cálculos manuales y una encuadernación rústica, hasta su presentación en disco compacto e incorporación a Internet, accediendo a un recurso que permite a millares de personas e instituciones la consulta directa.
Con el devenir de los años y el consiguiente crecimiento del Estado, los procedimientos realizados para la elaboración de la Cuenta General de la República presentaron dificultades para la integración, difusión, y análisis del usuario común, asimismo ocasionaba mayores presiones de tiempo para su elaboración e impresión, lo que limitaba su difusión.
En respuesta a la problemática prevaleciente y en congruencia con la estrategia de modernización planteada desde 1998, la Contaduría Pública inició a partir de la Cuenta de 1998, la implementación del Sistema de Integración Contable de la Nación – SICON, el cual ha permitido una mayor eficacia y rapidez en la captura y compilación de la información financiera y presupuestaria requerida y contenida en los informes emitidos por el sector público en ese periodo, lográndose bajar los niveles de omisión en porcentajes muy significativos. La notable reducción de entidades omisas se debió en gran medida a que se puso al alcance de los usuarios tres mecanismos para la remisión de su información: las agencias interconectadas del Banco de la Nación, las unidades ejecutoras del SIAF (Sistema Integrado de Administración Financiera) e Internet, esto último con el correo electrónico de las entidades o cabinas públicas.
Para el diseño del software elaborado por la Contaduría Pública de la Nación se tomaron en consideración las características y elementos contables de validación de datos fundamentales que debería reunir la Cuenta General de la República y que permitiera acceder a la consulta y análisis de la información contenida en ella.
Los resultados obtenidos fueron satisfactorios, logrando que la cobertura para la elaboración de la Cuenta General de 1998 comprendiera a 2067 entidades y empresas del Estado, es decir 90% de un universo de 2312.
El SICON fue mejorado en su versión del año 99 y para este ejercicio la Contaduría implementó nuevas estrategias con el fin de reducir el diez por ciento de omisión de la cuenta anterior.
Esta vez el objetivo no era sólo mejorar la cobertura, sino también mejorar la calidad de la información empleada para la elaboración de la cuenta correspondiente a este ejercicio, para ello, y pese a no contar con un presupuesto establecido, se desarrollaron diversos programas de capacitación dirigidos principalmente a aquellos gobiernos locales en los que se encontraba el mayor nivel de omisión, en estos cursos, los profesionales contables y técnicos que tenían a su cargo el procesamiento de la información que sería remitida para la Cuenta General eran instruidos en las diversas modalidades que deberían seguir para la elaboración de sus informaciones financieras y presupuestarias así como en las directivas contables vigentes. Se inició, en fase de prueba, la inclusión de la lógica de SICON (programa y reporte) en la estructura del SIAF, lo que permitió trabajar directamente con la base de datos de dicho sistema integrado. Este esfuerzo tuvo como recompensa que para este ejercicio se obtuviera el nivel de omisión más bajo registrado en toda la historia de la Cuenta General, 7.82%.
Respecto a la Cuenta General de 2000, las expectativas en cuanto a omisión estaban centradas en el recorte hecho por el Congreso, al plazo de entrega de este documento a la Contraloría General de la República, el cual mediante la Ley N° 27312 fue fijado para el 30 de junio del 2001, sin embargo y pese a eso, se finalizó el procesamiento de la elaboración con un mes de anticipación y con el mismo nivel de omisión que en el ejercicio 1999.
Tuvo gran incidencia en este resultado, el mayor dominio de los usuarios respecto al SICON y la implantación total de la lógica de SICON en el SIAF, lo que comprende los temas del presupuesto nacional.
Con el apoyo de las autoridades responsables de las entidades obligadas a rendir cuentas, se espera que la calidad de la información mejore y la omisión sea mucho menor.
(*) Contador General de la Nación y Presidente del Consejo Normativo de Contabilidad
Por otro lado, el Perú, como otros países, desde siempre ha formulado la Cuenta General de la República; sin embargo, formalmente esto se inicia con la Ley No. 14816 Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República.
Luego, con mejores expectativas, se promulgó la Ley No. 26484 Ley Marco del Proceso de la Cuenta General de la República.
Posteriormente, la Ley No. 27312 ? Ley de Gestión de la Cuenta General de la República, fue la norma que rigió este importante instrumento contable del Sector Gubernamental. Esta Ley tiene por finalidad, establecer las normas fundamentales que regulan las distintas fases del proceso de la Cuenta General de la República, su estructura, elaboración contenido y oportunidad de presentación. Se encuentran sujetas a la Ley No. 27312, todas las entidades del sector público, con personería jurídica de derecho público, asimismo las empresas del Estado de derecho público, privado y de economía mixta, conforme a lo siguiente:
- Los organismos considerados como pliegos presupuestarios, según la Ley Anual del Presupuesto;
- Las entidades que captan recursos para el Estado, cualesquiera sea su denominación o nivel presupuestario;
- Las entidades que por Ley o norma delegada administran fondos públicos; y,
- Las empresas que administran fondos públicos del Estado.
La Ley 27312, establece que la misma tiene aplicación a partir de la Cuenta General de la República correspondiente al ejercicio fiscal 2000. Esta norma, deroga la Ley No. 26484, Ley Marco del Proceso de la Cuenta General de la República; así como los artículos 74, 75, 76 y numeral 2 del Artículo 90 de la Ley No. 14816, Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República; y las demás normas que se opongan o limiten la aplicación de la Ley 27312.
Finalmente, tenemos la Ley 28112; que establece los aspectos generales del nuevo Sistema Nacional de Contabilidad, ahora integrado por la Dirección Nacional de Contabilidad pública, dependiente del Vicemisterio de Hacienda, como órgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad y encargada de establecer las condiciones para la rendición de las cuentas y la elaboración de la Cuenta General de la República. Si bien es cierto esta norma no lo indica taxativamente, estaría derogando la Ley 24680 que creó originalmente el Sistema Nacional de Contabilidad, asimismo debe modificarse lo establecido por la Ley 27312, en relación con la Cuenta General de la República y otros aspectos relacionados. Con esta norma, también desaparece la Contaduría Pública de la Nación.
- BASE LEGAL DE LA INVESTIGACION
La base legal de la investigación, está determinada por las siguientes normas:
1.Constitución Política del Perú de 1993. Artículo 81°.
Promulgada: 29-12-93 y Publicada: 30-12-93
La Constitución Política del Perú, a través del Artículo 81° señala que la Cuenta General de la República, acompañada del Informe de Auditoría de la Contraloría General, es remitida por el Presidente de la República al Congreso en un plazo que vence el 15 de Noviembre del año siguiente al de ejecución del presupuesto.
2.Ley N° 24680 ? Ley del Sistema Nacional de Contabilidad.
Promulgada: 03-06-87 y Publicada: 04-06-87
Determina las funciones, objetivos y estructura del Sistema Nacional de Contabilidad; los mecanismos de coordinación de la contabilidad al igual que las relaciones con otros organismos del sector público y del sector privado.
Modificada por: Ley N° 24977 – Ley del Presupuesto de los Organismos del Sector Público para el año 1989. Promulgada: 30-12-88 y Publicada: 31-12-88
3.Ley N° 27312 – Ley de Gestión de la Cuenta General de la República
Promulgada: 19-07-2000 y Publicada: 20-07-2000
Establece las normas para la presentación de las rendiciones de cuentas y los mecanismos que posibilitan consolidar los resultados presupuestarios, financieros, económicos y de inversión de la actividad pública en un ejercicio fiscal.
4. Ley N° 27209 ? Ley de Gestión Presupuestaria del Estado
Promulgada: 02-12-1999 y Publicada: 03-12-1999
Establece las normas fundamentales que rigen las distintas fases del proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y financiera del Estado, en concordancia con lo dispuesto por los artículos 77° y 58°, en la parte pertinente, de la Constitución Política del Perú.
5. Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005
6. Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005.
7. Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2005.
8. Ley N° 27170 – Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado.
9. Decreto Supremo N° 072-2000-EF ? Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad
Empresarial del Estado.
10. Ley de la Actividad Empresarial del Estado.
11. Ley N° 23853 – Ley Orgánica de Municipalidades
12. Ley No. 28112, Ley Marco de la administración Financiera del Sector Público. Establece el Nuevo Sistema de Contabilidad, cuyo órgano rector es la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, encargado de establecer las condiciones para la rendición de cuentas y la elaboración de la Cuenta General del la República.
13. Decreto Legislativo N° 674 ? Ley de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado.
14. Decreto Legislativo Nº 513 – Ley del Sistema Nacional de Presupuesto de la Actividad Empresarial del Estado
15. Presupuesto de Ingresos y Egresos para el año Fiscal 2005 de las Empresas Municipales y Entidades
16. Resolución de Contaduría N° 067-97-EF/93.01 – Instructivo N° 07 Cierre Contable.
Promulgada: 29-12-97 y Publicada: 31-12-97
Información que deben presentar las entidades públicas excepto empresas, a la Cuenta General de la República.
17. Resolución de Contaduría N° 143-2001-EF/93.01.
Promulgada: 25-10-2001 y Publicada: 26-10-2001
Establecen diversas disposiciones a los Instructivos Nos. 2, 6 y 7 del Sistema de Contabilidad Gubernamental
18. Resolución de Contaduría N° 154-2002-EF/93.01
Promulgada: 05-12-2002 y Publicada: 09-11-2002
- Resolución de Contaduría N° 153-2002-EF/93.01 que aprueba la Directiva N° 001-2002-EF/93.01 para la preparación y presentación de la información presupuestaria, financiera, económica y metas de inversión para las empresas y entidades comprendidas en la actividad empresarial del Estado.
- Directiva para el cierre y conciliación del Presupuesto del sector Público 2005
- Clasificadores para el Año Fiscal 2005 y Maestro del Clasificador de Ingresos y Financiamiento Año Fiscal 2005.
- Presupuesto Consolidado de entidades bajo el ámbito del FONAFE para el año fiscal 2005
NORMAS SOBRE REGIONALIZACION
- Ley No. 27783 – Ley de Bases de la Descentralización;
- Ley No. 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
2.4. PERÚ: GOBIERNOS REGIONALES
El artículo 189° de la Constitución Política del Perú establece que "El territorio de la República se divide en regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada"
MAPA REGIONAL DEL PERÚ
Fuente: Consejo Nacional de Descentralización
- REGIONALIZACIÓN PARA EL DESARROLLO
2.4.1.1. REGIONALIZACION
La regionalización es la organización de un país con criterios descentralizadores.
La regionalización de acuerdo con la Ley de Bases de la Descentralización, es la división política del país en unidades territoriales geoeconómicas, con diversidad de recursos, naturales, sociales e institucionales, integradas histórica, económica, administrativa, ambiental y culturalmente, que comportan distintos niveles de desarrollo, especialización y competitividad productiva, sobre cuyas circunscripciones se constituyen y organizan gobiernos regionales.
2.4.1.2. DESCONCENTRACION:
La desconcentración, se da cuando una institución del Estado establece dependencias para el cumplimiento oportuno y efectivo de sus objetivos específicos, objetivos generales, misión y visión institucional. Como ejemplo de la desconcentración tenemos el caso del Banco Central de Reserva, la Superintendencia de Banca y seguros, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, la Contraloría General de la República. Estas entidades, como muchas otras, disponen de dependencias a nivel departamental para el cumplimiento de su función y para alcanzar sus objetivos institucionales.
En esta trabajo de investigación apuntamos justamente a este punto. La Cuenta General de la República, no está desconcentrada a nivel regional ni departamental; está centralizada en todo su contexto en Lima Metropolitana.
2.4.1.3. DESCENTRALIZACION:
La Descentralización es la transferencia a diversas regiones parte de la autoridad que antes ejercía el Gobierno General.
La Ley No. 27783 que aprueba la Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población.
La descentralización se sustenta y rige por los siguientes principios generales: es permanente, es dinámica, es irreversible, es demócrata, es integral, es subsidiaria y es gradual.
La descentralización cumplirá, a lo largo de su desarrollo, los siguientes objetivos:
objetivos políticos:
- Unidad y eficiencia del Estado, mediante la distribución ordenada de las competencias públicas y la adecuada relación entre los distintos niveles de gobierno y la administración estatal;
- Representación política y de intermediación hacia los órganos de gobierno nacional, regional y local, constituidos por elección democrática;
- Participación y fiscalización de los ciudadanos en la gestión de los asuntos públicos de cada región y localidad; e,
- Institucionalización de sólidos gobiernos regionales y locales.
Los objetivos a nivel económico son los siguientes:
- Desarrollo económico, autosostenido y de la competitividad de las diferentes regiones y localidades del país, en base a su vocación y especialización productiva;
- Cobertura y abastecimiento de servicios sociales básicos en todo el territorio nacional;
- Disposición de la infraestructura económica y social necesaria para promover la inversión en las diferentes circunscripciones del país;
- Redistribución equitativa de los recursos del Estado; y v) Potenciación del financiamiento regional y local.
Los Objetivos a nivel administrativos son los siguientes:
- Modernización y eficiencia de los procesos y sistemas de administración que aseguren la adecuada provisión de los servicios públicos;
- Simplificación de trámites en las dependencias públicas nacionales, regionales y locales; y,
- Asignación de competencias que evite la innecesaria duplicidad de funciones y recursos y la elusión de responsabilidades en la prestación de los servicios.
Los Objetivos a nivel social, son los siguientes:
- Educación y capacitación orientadas a forjar un capital humano, la competitividad nacional e internacional;
- Participación ciudadana en todas sus formas de organización y control social;
- Incorporar la participación de las comunidades campesinas y nativas, reconociendo la interculturalidad y superando toda clase de exclusión y discriminación; y,
- Promover el desarrollo humano y la mejora progresiva y sostenida de las condiciones de vida de la población para la superación de la pobreza.
Los objetivos a nivel ambiental son:
- Ordenamiento territorial y del entorno ambiental, desde los enfoques de la sostenibilidad del desarrollo;
- Gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental; y,
- Coordinación y concertación interinstitucional y participación ciudadana en todos los niveles del Sistema Nacional de Gestión ambiental.
2.4.2. GOBIERNOS REGIONALES
La Ley No. 27867, es la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Esta norma establece la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales.
La norma, define la organización democrática descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización
Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal.
Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.
Los Gobiernos Regionales, se sustentan en principios rectores de las políticas y la gestión regional, tales como:
PRINCIPIOS RECTORES DE LAS POLÍTICAS Y LA GESTIÓN REGIONAL | |
Participación, Transparencia, Gestión moderna, Rendición de cuentas, Eficacia, Eficiencia, Equidad, | Sostenibilidad, Imparcialidad, Neutralidad, Subsidiariedad, Concordancia de políticas, Especialización de funciones, Competitividad e integración. |
Los Gobiernos Regionales tienen competencias constitucionales y competencias exclusivas y compartidas establecidas en la Constitución y la Ley de Bases de la Descentralización.
En esta parte se debe resaltar que en el marco del principio de gestión moderna y rendición de cuentas, la Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporarán a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestión. La audiencia Pública será una de ellas. Los titulares de la administración pública regional son gestores de los intereses de la colectividad y están sometidos a las responsabilidades establecidas.
- SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL PARA FACILITAR EL DESARROLLO INTEGRAL Y SOSTENIDO DE LAS REGIONES.
Según Pacheco (2000), el Sistema Nacional de Contabilidad está constituido por el conjunto de normas, principios, métodos y procedimientos orientados al desarrollo de la ciencia de la contabilidad en el país. Inicialmente la Ley No. 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad, determinó los objetivos, funciones y estructura de los organismos y órganos componentes. Actualmente está normado por la Ley No. 28112 ? Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
OBJETIVOS DEL SISTEMA:
Son objetivos del sistema:
- Uniformar la contabilidad en los sectores público y privado;
- Efectuar procedimientos de estudios económico-financieros por sectores económicos del país a través de la contabilidad aplicada; y,
- Desarrollar la ciencia de la contabilidad para el mejor cumplimiento de sus fines sociales.
FUNCIONES DEL SISTEMA:
Son funciones del sistema:
- Dictar las normas de contabilidad que deben regir en el sector público y privado;
- Elaborar la Cuenta General de la República;
- Evaluar la aplicación de las normas de contabilidad;
- Emitir opinión o absolver consultas en los asuntos relacionados con la contabilidad;
- Apoyar a los organismos del Estado en el análisis y evaluación de sus resultados; y,
- Proporcionar la información de la contabilidad y de las finanzas de los organismos del Estado al Poder Legislativo, al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial en la oportunidad en que la soliciten.
La norma del Sistema, establece que los órganos de Contabilidad de las Administraciones Públicas de la actividad gubernamental y empresarial del Estados, en todas sus modalidades, integran el Sistema Nacional de Contabilidad. Asimismo, son integrantes del Sistema, dentro de la independencia de sus acciones derivadas los órganos de contabilidad de la actividad empresarial privada.
- NORMAS DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Son las siguientes:
- Constitución Política del Estado;
- Ley del Sistema Nacional de Contabilidad;
- Ley de Gestión de la Cuenta General de la República;
- Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público
- Normas Internacionales de contabilidad para el Sector Público;
- Instructivos;
- Plan Contable Gubernamental;
- Otras
Según Pacheco (2002), la Contabilidad Gubernamental se podría definir como el conjunto de principios, normas y procedimientos para registrar, resumir, analizar e interpretar las transacciones realizadas por los entes públicos con la finalidad de preparar estados presupuestarios y financieros que faciliten el análisis de los mismos y la obtención de indicadores que permitan una racional evaluación de los ingresos y gastos; así como de la situación financiera de la Hacienda Pública, durante y al término de cada ejercicio fiscal.
La contabilidad gubernamental, constituye el sistema de información financiera más importante de los organismos del sector público, a través del cual se puede conocer la gestión realizada y los efectos que ella produce en el patrimonio público.
El estudio de la contabilidad gubernamental es una tarea de trascendental relevancia, magnitud y complejidad dadas las características de las entidades públicas, las múltiples necesidades de información que deben satisfacerse y la necesaria observancia y adecuación de las normas legales que regulan el manejo de la Hacienda Pública.
La contabilidad gubernamental, ha venido adquiriendo la importancia que le corresponde, a raíz del crecimiento y diversificación de las operaciones financieras que realiza el gobierno, el monto de los presupuestos públicos y la variedad y cuantía de bienes de todo orden que se manejan en los diferentes niveles de la administración pública.
No podría manejarse el país, si se desconoce el valor del patrimonio público, el monto de sus rentas y recursos, de los gastos e inversiones y el detalle de las demás transacciones financieras; en efecto, es importante esta contabilidad porque permite demostrar la situación de un ejercicio presupuestario, la situación de caja del Tesoro Público, demostrar la deuda pública, demostrar la situación financiera del gobierno y proporcionar información estadística necesaria sobre ingresos y gastos del gobierno para la elaboración de las Cuentas Nacionales.
La meta de la contabilidad gubernamental es la de suministrar informaciones de carácter financiero, general y especial, a diferentes sectores y para distintos fines: los administradores, como responsables de la gestión gubernamental, necesitan disponer de registros contables para conocer la marcha y situación de sus actividades públicas y hacer posible su adecuada conducción.
La contabilidad gubernamental es de aplicación en las entidades de la gestión gubernamental, esto es entidades del Gobierno General, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Organismos Descentralizados Autónomos.
El órgano Rector de la Contabilidad Gubernamental es la Contaduría Pública de la Nación.
- TEORÍA GENERAL DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
- SECTOR PÚBLICO: SISTEMAS Y NIVELES
Según la Contaduría Pública de la Nación, las entidades del Sector Público, realizan sus transacciones patrimoniales y presupuestarias en base a tres Niveles Operacionales: Nacional, Central o Institucional y Regional. Considerando las características de las operaciones administrativas y financieras que realizan las entidades del sector público, el sistema ha delimitado áreas contables con el propósito de facilitar su registro y control. A su vez se dispone de la interrelación de sus sistemas administrativos: Sistema Nacional de Presupuesto, Sistema Nacional de Tesorería, Sistema Nacional de Control, Sistema Nacional de Endeudamiento y el Sistema Nacional de Contabilidad
El Sistema Nacional de Contabilidad, a través de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública (DNCP), funciona como el sistema integrador y la Contraloría General de la República como el órgano rector del control de las actividades públicas.
- CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA
La cuenta General de la República, es el instrumento de información administrativa de la gestión del sector público que contiene información y análisis de la actuación de las entidades del Estado en el cumplimiento de sus objetivos durante un ejercicio presupuestario
Son objetivos de la Cuenta General de la República:
- Informar los resultados de la gestión de la administración del Estado en los diferentes procesos involucrados: económico, presupuestal, contable, financiero y metas;
- Presentar el análisis cualitativo de la actuación de las entidades del sector público;
- Proveer información para la toma de decisiones que faciliten el proceso de planeamiento de programas y proyectos para el desarrollo económico y social del país; y,
- Facilitar la fiscalización de la actividad pública.
- CONTENIDO Y ESTRUCTURA DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
CONTENIDO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA:
La Cuenta General de la República contiene información de los resultados presupuestarios, financieros, económicos y de inversión alcanzados en un ejercicio presupuestario.
ESTRUCTURA DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA:
La estructura de la Cuenta General consta de las siguientes partes:
Contiene el universo de entidades captadoras y ejecutoras y el informe sobre cumplimiento y omisiones en la presentación de la información para la cuenta general
- Primera:
Incluye la evaluación y resultados de los índices macroeconómicos utilizados en las políticas económicas, fiscal, monetaria y tributaria.
- Segunda:
Contiene los estados financieros e información estadística del comportamiento de los tributos y de los estados del presupuesto, tesorería, deuda pública, inversión pública, gastos social, gestión y uso de fondos y balance general del sector público, correspondiente a:
- Gobierno Central;
- Instancias descentralizadas (gobiernos regionales, organismos descentralizados autónomos e instituciones públicas descentralizadas;
- Empresas del Estado
- Gobiernos Locales
- Sociedades de Beneficencia Pública.
- Tercera:
Comprende la información por instancias y pliegos presupuestarios, específicamente sobre el:
- Marco institucional
- Aspectos presupuestarios
- Aspectos económicos y financieros
- Cuarta:
La información antes indicada, contiene lo siguiente:
Producto bruto interno, ahorro e inversión, inflación, tasa de cambio, balanza de pagos, cuentas monetarias del sistema financiero y bancario, operaciones del sector público, brechas y resultados económicos
- Aspectos económicos
- Marco legal y ejecución del presupuesto de ingresos y egresos;
- Clasificación del presupuesto de ingresos y egresos por categoría del ingreso y gasto, respectivamente;
- Clasificación funcional, institucional y geográfica de los egresos;
- Balance de programación y ejecución del presupuesto por pliegos;
- Análisis de resultados: primario, económico y financiero
- Aspectos presupuestarios
Balance General, Estado de Gestión, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujos de Efectivo, Estado de Tesorería, Estado de la Deuda Pública, Análisis de la Estructura: de activos, finanzas, costos y de resultados financieros.
- Aspectos financieros
- Marco legal y ejecución del presupuesto de inversiones;
- Clasificación de las inversiones por ámbitos geográficos y sectores;
- Metas de inversiones programadas y ejecutadas;
- Programas especiales de desarrollo;
- Análisis de inversiones y otros
- Aspectos de Inversiones y metas
- PROCESO DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA
El proceso de la Cuenta General de la República tiene las siguientes fases:
La fase de recopilación de información comprende desde la elaboración y difusión de normas específicas por Contaduría Pública de la Nación hasta la obtención de información de los organismos conformantes del sector público para la elaboración de la Cuenta General de la República
- Recopilación de la Información
La Contaduría Pública de la Nación es el organismo público encargado de formular y elaborar la Cuenta General de la República, de acuerdo con lo que se establece en la Ley, realizando la integración y consolidación de la información recibida y efectuando el análisis de las mismas.
- Formulación y elaboración
La Contraloría General de la República es la entidad encargada de realizar la auditoría a la Cuenta General de la República y de emitir un informe de auditoría, en un plazo que vence el 31 de agosto del año siguiente al de ejecución del presupuesto. Dicho plazo incluye el levantamiento de observaciones, de ser el caso, por la Contaduría Pública de la Nación.
- Informe de auditoría
El Ministro de Economía y Finanzas debe elevar la Cuenta General de la república elaborada por la Contaduría Pública de la Nación, acompañada del Informe de Auditoría de la Contraloría General de la república, a la Presidencia de la República, para la presentación de ambos documentos al Congreso de la República, en un plazo que vence el 15 de noviembre del año siguiente al de ejecución del presupuesto
- Presentación
La cuenta General de la República y el Informe de Auditoría se derivan a la Comisión Revisora a que se refiere la Constitución Política, para su examen y dictamen correspondiente, dentro de los 90 (noventa) días calendarios siguientes a su presentación. Presentada la Cuenta General de la República al Congreso, se da cuenta de su recepción en la sesión plenaria inmediata.
- Examen y dictamen
- Aprobación
El Pleno del Congreso de la República se pronuncia en un plazo de 30 (treinta) días calendario. Si no hay pronunciamiento en ese período, el dictamen de la comisión Revisora de la Cuenta General de la República se debe remitir al Poder Ejecutivo dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes, para que dicho Poder del Estado promulgue por decreto legislativo la Cuenta General de la república del ejercicio presupuestario examinado. El plazo para que el Poder Ejecutivo promulgue por Decreto Legislativo la Cuenta General de la República es de 15 (quince) días calendario.
El Artículo 21 de la Ley No. 27312 que aprueba la Gestión de la Cuenta General de la República, establece que la aprobación de la Cuenta General de la República es un acto formal de ordenamiento administrativo y jurídico que no implica la aprobación de la gestión ni los actos administrativos que aquella sustenta, los que son objeto de acciones de control por parte de los órganos del Sistema Nacional de Control y de fiscalización del Poder Legislativo. Esta situación estaría denotando una especie de divorcio entre la información contenida en la Cuenta General de la República y la Gestión, lo que no facilitaría su utilización en la toma de decisiones gubernamentales.
La Ley de los Gobiernos Regionales entiende por eficacia como un principio fundamental e indica que esta se da cuando los Gobiernos Regionales organizan su gestión en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explícitos y de público conocimiento; todo lo cual se pude alcanzar en la base a información fidedigna y oportuna. La Ley en mención considera también como principio a la eficiencia, al respecto dice que la política y gestión regional se rigen con criterios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos.
Como corolario de eficiencia y eficacia, la norma establece la obtención de competitividad. Al respecto dice que el Gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad regional. Para ello promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación; todo lo cual es posible con la disposición de información integral de la región obtenida en forma oportuna, exacta y útil.
- EFECTIVIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA
- AUDITORÍA DE LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Según el MAGU, la auditoría efectuada a la Cuenta General de la República, se plasma en un Informe de Auditoría, el mismo que cumple los siguientes objetivos:
- Verificar si el contenido y estructura de la Cuenta General de la república se adecua a lo establecido en la Ley de Gestión de la Cuenta.
- Determinar si la Cuenta General cumple con los objetivos;
- Verificar que exista confiabilidad y transparencia en la información de la cuenta General de la República y en la aplicac8ión correcta de los procedimientos establecidos en su elaboración. Asimismo, comprobar su correcta integración y consolidación en los estados financieros
El Informe de Auditoría a la Cuenta General debe contener la opinión de la Contraloría General de la República sobre la gestión administrativa y financiera del Estado. La citada opinión se basa en las auditorías y exámenes especiales practicados a la Cuenta General de la República y a los organismos conformantes del sector público durante el ejercicio presupuestario examinado, tanto por la propia Contraloría General como por medio de los órganos de auditoría interna y sociedades de auditoría conforme a ley, siguiendo los lineamientos del sistema nacional de control.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCION NACIONAL DE CONTABILIDAD PUBLICA
- LA CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EL CONTROL CIUDADANO (*)CPC. Oscar Pajuelo Ramírez
Existen muchas definiciones de corrupción. Los diccionarios contienen las siguientes: Acción o efecto de corromper o corromperse, soborno, alteración o vicio de un libro o escrito y vicio o abuso introducido en las cosas no materiales. ¿Y qué significa corromper?: Alterar y trastocar la forma de alguna cosa, sobornar al juez o a cualquier persona con dádivas o de otra manera, estragar, viciar y pervertir.
Todas abarcan la idea general de cualquier ciudadano, pero existe una ligada al manejo de la cosa pública – que algunas veces no es tan pública- en la Enciclopedia de Ciencias Sociales o Encyclopedia of the Social Sciences dice: "LA CORRUPCIÓN ES EL ABUSO DEL PODER PUBLICO EN BENEFICIO PRIVADO". En lo que concierne a funcionarios o servidores públicos que administramos los recursos del Estado, la CORRUPCIÓN se presenta cuando por acción u omisión, se falta a los deberes de la función o cargo, para obtener beneficios económicos, políticos, de posición social, personal o política, la última mediante ejercicio de influencias o el logro de mejores oportunidades. Si se falta a la responsabilidad inherente al cargo, se debe responder por ello, de allí surge la acepción Respondabilidad*.
Todos deseamos, queremos y estamos dispuestos a disminuir y luego erradicar la corrupción, pero se necesitan mecanismos claros de control y transparencia absoluta en la gestión pública y el esfuerzo de la Contaduría se orienta a la calidad y oportunidad de las rendiciones de cuenta de las autoridades encargadas de la administración de los recursos obtenidos y/o utilizados en el cumplimiento de los objetivos nacionales y no se centra sólo en los mecanismos de captura y proceso de información del Sector Público, sino en su difusión inmediata para que la Cuenta General de la República se constituya en el primer nivel o elemento de control: EL CONTROL CIUDADANO.
Los organismos de control incorporaron la Participación ciudadana, basada en las denuncias, con motivación especial a la ciudadanía y que no siempre es posible al no contarse con la información necesaria. Una frase relativa al control dice: No se puede medir lo que no se conoce, y otra muy parecida dice: No se puede controlar lo que no se conoce. En Contaduría ahondamos en el tema y concluimos que: No se puede medir, ni conocer, ni controlar lo que no se registra, por ello modernizamos los registros y buscamos la Cuenta General de la República Digital, oportuna y de calidad, al alcance de todos.
Edgardo Nieto, Contador General de Colombia, conceptúa al ciudadano como accionista del Estado, con derecho a estar informado del acontecer de la cosa pública, es decir, hacer público lo público, para recuperar la confianza ciudadana en la Administración Pública, porque es el más grave de los pecados no poner la información y el conocimiento al alcance de los interesados en la administración de los recursos públicos, ya sea del más complejo de los organismos o de los modestos municipios distritales, con presupuestos muy pequeños, pero que por ello mismo requieren del mejor aprovechamiento. Así, nuestra tarea como contadores y gestores de conocimiento, es la entrega a la sociedad de la información y el conocimiento del uso de tales recursos.
Ello cambió los paradigmas de la Cuenta General de la República, considerada como el trámite de remisión de reportes financieros y presupuestarios en una fecha dada. Contaduría trabaja para crear una nueva cultura de la Cuenta, dando su real dimensión a la RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA GESTIÓN, con la responsabilidad inherente a la administración de recursos públicos. La información, hecha conocimiento, es la más eficaz herramienta anticorrupción y presentar los resultados de la captación y utilización de recursos, es el mejor mecanismo de transparencia en la gestión pública, por la posibilidad de verificación ciudadana de la información contable y presupuestaria rendida, respecto a los logros físicos de cada gestión, pero para ser idónea requiere oportunidad y calidad, pues será poco útil si se presenta a destiempo.
¿El ciudadano conoce la Cuenta General de la República? ¿Conoce los estados financieros y presupuestarios de las entidades locales? ¿Se puede conocer y controlar los recursos sin registros contables? ¿Se puede evitar o combatir la corrupción sin saber lo que ocurre en las organizaciones?
Si no conocemos bien los ingresos, la necesidad y destino de las adquisiciones, los gastos, la situación patrimonial, las finanzas, en fin, todos los aspectos de gestión, ¿De qué gestión podríamos hablar? La difusión de la Cuenta General de la República, a todo nivel de detalle, cumple el objetivo de la Contaduría: Lograr que la Cuenta sea el instrumento de fiscalización y control que establecen su ley y la Constitución, porque reúne toda la información contable y presupuestaria de la Nación, para el conocimiento ciudadano, que permita al accionista del Estado ejercer a plenitud el derecho a fiscalizar la gestión pública y participar del primer nivel de control: EL CONTROL CIUDADANO.
No nos detenemos allí, mejoramos la Cuenta General, apoyamos la gestión municipal propiciando el desarrollo de un sistema integrado y tenemos otro sueño, porque los sueños y las esperanzas sustentan el desarrollo humano, desde el primer homínido que miraba el cielo sin comprender, elaborando el pensamiento elemental de llegar allí, hasta la sociedad actual, la del conocimiento, en trance de llegar a Marte, todo se construyó desde la base de los sueños y el nuestro es contar con el SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD ANALÍTICA DE GESTIÓN ? SICOAG, que permita conocer, utilizando metodología moderna y tecnología de última generación, los costos del Estado, por entidades, por sectores, por tipos de costo, por procesos, por actividades, por alcance geográfico y por todas las posibilidades que una base de datos amplia, flexible, dinámica y segura ofrezca, ello en cumplimiento de nuestro lema, presentar a la nación en su conjunto: LAS CUENTAS CLARAS Y A TIEMPO.
(*) Contador General de la Nación
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