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Productos genéticos y los DPI (página 2)

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Existen dos razones fundamentales para la existencia de derechos de propiedad intelectual. En primer lugar la protección de la propiedad personal y en segundo lugar la política económica. El argumento de la propiedad define un invento como un tipo de propiedad sobre el cual se pueden tener derechos similares a los que se tienen sobre cualquier otra propiedad personal. Desde el punto de vista de política económica, se busca proveer incentivos para promover la inversión y el desarrollo de nuevos productos comerciales mediante la prohibición de la copia directa.

Para ser patentadas , las invenciones deben ser novedosas , útiles y no obvias. En teoría, las leyes de propiedad intelectual pretenden que el inventor y los inversionistas reciban ganancias de sus inversiones si el producto se comercia con éxito. Los mecanismos del DPI otorgan a los poseedores de patentes el monopolio exclusivo sobre su invención por un período de entre 17 y 30 años y derechos monetarios por el uso de su invención.

En el ámbito internacional, la cuestión de lo que se pueda patentar sigue sin concretarse y controvertida. El 18 de junio de 199, el Comité de Asuntos Legales de Parlamento Europeo dictaminó que la industria puede patentar organismos vivientes, derogando la ley de patentes vigente.

Las grandes corporaciones saben bien lo eficaz que resulta, en cuanto a costos el

aprovechar el conocimiento de las comunidades que viven con la biodiversidad y dependen de ella para sobrevivir. Las transnacionales s farmacéuticas han tomado plantas del bosque lluvioso tropical para usarlas como materia prima en el desarrollo de nuevas drogas. Compañías agrícolas tomaron semillas resistentes a enfermedades, luego de algunas modificaciones este material genético fue patentado. El mover un solo gen de un sitio a otro dentro de la célula, produzca o no una verdadera variedad en la próxima generación, crea una variedad de planta lo suficientemente nueva como para ser considerada una invención patentable. Las corporaciones han logrado enormes ganancias a partir de su libre a acceso a materiales genéticos, especialmente en el caso de cultivos de las naciones en desarrollo.

5. LOS DERECHOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y EL VALOR DE LA BIODIVERSIDAD

Es importante comprender que los derechos de la propiedad intelectual generan valor porque proveen un mercado protegido para productos que son generados por la biodiversidad. Los farmacéuticos y enzimas, fragancias, cosméticos y similares, indirectamente crean valor para la incorporación de la materia prima de la biodiversidad. Evidencia directa de que los derechos de propiedad intelectual aumentan la inversión en el desarrollo de los productos de la biodiversidad proviene de la introducción de esquemas de derechos fitogenéticos en Argentina y los Estados Unidos; la introducción de ese tipo de derechos generó un importante incremento en la inversión privada en el desarrollo de nuevas variedades.

Algunos problemas relacionados con los DPI

Para los pueblos indígenas, la vida es propiedad común que no puede tener dueño, ni ser comercializada ni monopolizada por individuos. Entonces el patentar cualquier forma o proceso de vida es inaceptable para las poblaciones indígenas

Para hablar más de estos problemas debemos plantearnos algunas interrogantes como lo son las siguientes:

¿Como puede un país restringir el acceso a sus recursos genéticos?

Si se otorga el acceso, ¿ Cómo se pueden proteger los recursos genéticos?

Si se otorga el acceso , ¿Como puede la ley emplear las políticas para asegurar que una parte justa de los beneficios derivados de los productos de los recursos genéticos sean devueltos a las comunidades locales.

Si se otorga el acceso, un método para proteger los derechos a los recurso genéticos de los pueblos sería el prohibir a las transnacionales patentar material genético ubicado en tierras de poblaciones indígenas.

Sobre muchos de estos complejos problemas y cuestionamientos de los DPI, los pueblos indígenas alrededor del mundo han manifestado claramente su posición. Como ejemplo estas son algunas de las ideas manifestados por estos pueblos:

"Los pueblos indígenas tienen derecho a la plena información de toda investigación o uso de sus conocimientos o recursos"

"Los recursos biológicos tomados de los pueblos de los pueblos indígenas sin su verdadero consentimiento deben ser repatriados"

"Declaramos que los pueblos indígenas están anuentes a compartir su conocimiento con la humanidad siempre y cuando nosotros determinemos cuando, donde y cómo se ha de emplear, En la actualidad el sistema internacional no reconoce ni respeta nuestras contribuciones pasadas, presentes ni futuras".

Mecanismos de Compensación

Existen diverso mecanismos para la compensación y protección de los DPI y para compartir los beneficios producto de los mismos, entre ellos la financiación, contratos y acuerdos sobre el DPI, acuerdos no vinculantes y publicaciones defensivas . Estos mismos mecanismos pueden aplicarse al CI (Conocimiento Indígena).

Financiación: En este mecanismo las compañías pueden establecer fondos para compensar a las comunidades a cambio de un CI ampliamente distribuido pero inatribuible porque los innovadores originales son anónimos o porque ya no viven.

Contratos y acuerdos: Son acuerdos legalmente vinculantes entre dos o más partes que permiten a los contrayentes tomar acción legal en su propio interés; estos pueden ser apropiados si el conocimiento y los recursos no son generalmente conocidos o no son de dominio público. El contrato de una comunidad con una compañía puede otorgar puede otorgar a una comunidad, entre otros derechos , honorarios por muestra, pagos adelantados, informes de resultados de investigación, derechos financieros sobre compuestos y la opción de solicitar una patente conjunta con la compañía o de solicitar la designación de miembros de la comunidad local como inventores. Los acuerdos de Transferencia de material (MTA) establecen normas para la transferencia de recursos biológicos y detallan los beneficios del suplidor. Los acuerdos de transferencia de información (ITA), otorgan a las comunidades el derecho de ser compensadas por material transferido y también de ser reconocidas por su contribución intelectual al nombrar a los miembros de la comunidad como inventores en la solicitud de patente. Los acuerdos de Concesión permiten a la comunidad vender una patente a una compañía, la cual está en mejores condiciones de comercializar el producto. Bajo este acuerdo la compañía paga un honorario a la comunidad por el conocimiento ; la compañía transfiere este conocimiento determinado solo a la compañía durante el período en que el acuerdo se encuentra vigente.

Acuerdos no vinculantes: Constituye una declaración de principios entre las partes que sirve de marco para un futuro contrato vinculante. Puede tratar los temas de confidencialidad , la forma en que se compartían los resultados de investigación , y la provisión de beneficios, pero no es ejecutable ante la ley.

6. MECANISMOS ACTUALES PARA ENFRENTAR LOS DPI

Se han generado ideas y métodos por parte del gobierno, corporaciones para el trato de la propiedad intelectual indígena. A continuación se presentan algunos ejemplos que han servido como métodos :

Leyes: En Brasil se estableció una Ley sobre la biodiversidad que entro a regir a partir de 1997. Esta ley se basa en la biopiratería, ya que obliga a científicos y a compañías foráneas a entrar en sociedad con un grupo brasileño antes de emprender toda actividad de investigación

Universidad: Un gen extraído de una variedad de arroz de Mali fue patentado por la Universidad de California Davis. Este gen produce inmunidad a la roya y posee buen potencial para ser transferido a otras variedades de arroz y a otras plantas. El inventor principal inició un mecanismo original para compensar a la nación donadora. Se estableció un fondo con un anticipo de dinero sobre honorarios futuros. La Universidad aportará a este fondo el 25 % de sus honorarios futuros y revisará este compromiso cuando su contribución ascienda $52 500. Este mecanismo para compartir beneficios es el primero de este tipo y su efectividad en asistir a las comunidades rurales a desarrollar, conservar y usar la biodiversidad tendrá que ser

Cuidadosamente controlada.

Informar a las comunidades sobre los beneficios: Consiste en que los investigadores detallen con claridad el propósito de su investigación y que expliquen en que forma el proyecto ha de beneficiar a la comunidad.

Existen algunas sugerencias que da El Instituto Internacional de Cuatro Mundos para las Ciencias Indígenas, entre las cuales estás:

  • Se negocien acuerdos especiales con los poseedores originales del CI para patentar y comercializar los descubrimientos;

  • Se comercialicen partes de la base de datos en diversos formatos de comunicación

  • Se produzca una videocinta que documente los experimentos indígenas exitosos y que se comercialice ésta a la industria, gobierno agencias de servicios humanitarios; agencias de desarrollo internacional e Instituciones Educativas

7. PROYECTO DEL GENOMA HUMANO

El Proyecto Genoma Humano consiste en la extracción de muestras de sangre y tejido de unos 700 grupos indígenas de 722 comunidades para la identificación y la ubicación de los genes de cada uno de los 46 cromosomas que hay en el ser humano y realizar un estudio de la secuencia del ADN. El proyecto lidia con dos retos: almacenar y analizar la información obtenida y evaluar concienzudamente las implicaciones éticas, legales y sociales que surgen de la disponibilidad de estos datos. El poder que otorga el conocimiento, y máxime, un conocimiento tan poderoso como el genoma humano, o sea, la esencia misma del ser humano implica una enorme gama de posibilidades para personas que desean poseer este poder y además, usarlo a su conveniencia, ya sea para bien o para mal.

La carrera por escudriñar las profundidades de la célula se inició hace muchos años, pero no fue sino hasta octubre de 1990 cuando se constituyó oficialmente el Proyecto del Genoma Humano (PGH), un esfuerzo internacional inicialmente previsto para durar 15 años hasta el 2005. Hasta la fecha ha consumido $2000 millones solo en Estados Unidos, sin mencionar los otros 18 países que colaboran con la investigación.

La empresa privada ha dado un giro inusitado al ritmo de este proyecto colosal. Y aunque son muchas las compañías no estatales que se ha involucrado en la investigación convencidas de que invertían en una mina la más importante es Celera Genomics. Detrás de esta empresa estadounidense de biotecnología se encuentra J. Craig Venter un biólogo genetista y millonario catalogado por muchos en el gremio científico como ambicioso y perfeccionista. En 1998 Venter anunció su siguiente proyecto: completar la secuencia del genoma humano en un tercio del tiempo estimado por las instituciones estatales.

El genoma humano es un arma estratégica, es por ello que los Estados Unidos le ha dado tanto apoyo a las investigaciones para descifrarlo, pero como ya se mencionó no es el único país que realiza estudios al respecto. Ahora, ¿porqué un arma estratégica?, en caso de presentarse una confrontación bélica importante en el mundo, que fácil sería, para las personas que poseen el conocimiento en cuestión, crear alguna nueva enfermedad exterminadora, un arma biológica —algo como el ébola o el SIDA— y crear un tipo de inmunizador que puedan suministrarse para evitarse el contagio. ¿No sería entonces el genoma humano una magnífica materia prima para la creación de una filosa guillotina para la humanidad?

Comprender verdaderamente los genes, los cuales controlan la vida de cada hombre, le da a la humanidad la posibilidad de controlar la vida. Si se conoce la localización exacta de cada uno de los genes responsables de alguna de las 3000 enfermedades hereditarias conocidas, en el ser humano y se comparan con los genes de una persona sana, se puede llegar a extraer la fracción de ADN "defectuoso" y sustituirlo por una fracción similar en buen estado, con lo que se curaría esa enfermedad en una persona enferma. Pero el tener la capacidad de modificar la información genética de un individuo de la especie humana, ya sea como cura potencial de una enfermedad o una medida preventiva para las enfermedades devastadoras, puede tornarse un arma de doble filo.

Una pareja tendría la posibilidad de conocer el contenido genético de su hijo, aún antes de nacer , y en caso de estar afectado, podrían decidir si lo desean tener o lo abortan. Desde esta perspectiva, la vida pasaría de ser el centro la creación a un bien más que podemos tomar y dejar a nuestro antojo. La vida pasaría a ser comercialmente un valor de cambio como todo lo que en este mundo es transformado por el capitalismo. En este caso, el nacimiento sería como aquella aduana que debe pasar la mercadería después de una exhaustiva prueba de calidad y de legalidad.

Y si el mundo volviera a al ideal de la perfección, al deseo desaforado de conseguir al hombre perfecto, si el sueño de un Adolfo Hittler se hiciera realidad y se trata de crear una raza única de hombres genéticamente modificados, totalmente sanos desde su orden genético, no sería esto el "fin del mundo" para las personas que no reunimos los requisitos para pertenecer al grupo de la raza ideal, de la utopía física. El conocimiento y la manipulación del genoma humano sería el mayor A´s bajo la manga jamás imaginado, lo que puede provocar el temor común de las masas; que pasaría si personajes tan afamados y recordados por todos como Hen His Kam, Fidel Castro, Sadan Jusein , José Stalin, Benito Musolini y el mismo Hittler fueran clonados y diseminados en el mundo…

Por otro lado, ¿qué sucede con los conflictos, después de un siglo en el que el mundo ha experimentado dos terribles guerras mundiales, y una guerra fría, además de múltiples conflictos bélicos en toda su esfera? A pesar de que el Muro de Berlín ya cayó al igual que el Sistema Social Soviético, y el capitalismo ha elevado su bandera de victoria en el mundo, la carera por un conocimiento de tal magnitud tiene tanta o mayor importancia que antes. Quizá ya no esté un sistema basado en una ideología marxista compitiendo contra el capitalismo en su búsqueda de la hegemonía mundial en todos los aspectos, pero la lucha actualmente es más feroz, son muchos los países capitalistas desarrollados que constituyen un fuerte rival para los Estados Unidos —principal exponente del mismo— en el control del mundo.

¿Y quién tiene derecho al poder?

Los científicos siempre se han caracterizado por su sed del nuevo conocimiento, además de su afán de comunicárselo al resto del mundo, pero se debe tener cuidado con lo de la divulgación de los conocimientos. Cada uno de los países que trabajan en el PGH debe cuidar la información que obtienen; para solucionar este problema de las fugas de información es que se toma al conocimiento como una "propiedad intelectual", razón por la cual se debe patentizar. Para los científicos se abre nuevamente el umbral de la neutralidad y la responsabilidad, es un reto inimaginable para los biólogos, pero hasta donde esta investigación toca su sentido ético; es amoral el querer encontrar algo que le interesa a toda la humanidad y sobre todo, dejarlo en manos de algunos individuos sin escrúpulos que lo único que persiguen es el bien personal.

No es posible que las sociedades permitan que los fines económicos se antepongan a las necesidades de la dignidad humana, y mucho menos que un pequeño grupo de personas sin moral alguna se enriquezcan materialmente a costa de los sufrimientos de un alto grupo de personas a quienes se les viola su integridad. Los conocimientos que interesan a la humanidad entera no deben ser propiedad de nadie, por lo que los resultados que se obtengan del PGH deben ser para todos, por lo que se debe conseguir con unidad internacional de los gobiernos y debe existir algún ente responsable que supervise el proceso de investigación.

El gran "pero" se aloja en el caso donde el objetivo real de las aplicaciones del control de la información genética del hombre fuera la cura de enfermedades de carácter hereditario; ¿le da una patente a los Estados Unidos o a cualquier otro país que descodifique el genoma humano, la potestad de decidir quién se cura y quién no? o ¿quién vive y quien no lo hace?. Este es el gran dilema que representa un horizonte de un descubrimiento tan importante como la lectura de los códigos del genoma humano, la llave de la vida o de la muerte. Llegar a concretar el Proyecto Genoma Humano es la luz para el mundo, pero es la oscuridad absoluta al mismo tiempo.

Cuando un proyecto representa tanta cantidad de ingresos en caso de concretarse, son muchos los que están de acuerdo en invertir sumas multimillonarias en el proceso de investigación. Entonces, el bienestar social ocuparía un segundo plano en importancia, lo más importante sería el enriquecimiento económico de unos pocos, precisamente de los que posean el conocimiento, el dinero y la poca moral para aprovecharse del sufrimiento de otros para ganar millones.

Se debe decir que si el genoma humano es cartografiado e interpretado, en otras palabras, si se llega a conocer la esencia de nuestra especie y si se deja ese conocimiento a unos pocos para que le saquen provecho, ¿dónde queda la libertad personal, la privacidad, el derecho de acceso a la información genética y la posibilidad de aplicar los datos genéticos para alterar las enfermedades, los talentos y las conductas humanas?

8. BANCOS GENÉTICOS

La explotación del Tercer Mundo se ha hecho cada vez más sofisticada y la conservación de los bancos genéticos (germoplasma), son de suma importancia para la agricultura. Existen por lo menos dos maneras de preservar la diversidad genética: in situ, mediante la protección de los diferentes ecosistemas, y ex situ, es decir, parte del organismo, planta o animal, se preserva en forma de semilla o esperma, o cualquier otro elemento a partir del cual será posible la reproducción de la especie en cuestión. También se podría preservar el organismo entero ex situ en una plantación, un parque nacional, un zoológico o similares.

Ex situ:

De estos dos métodos de preservación genética, la segunda, el banco genético ex situ, ha llegado a ser una controversia entre los países industrializados en el Norte y los del Tercer Mundo en el Sur. Este conflicto se basa en el hecho de que los países del Norte pueden ser ricos en granos, pero el Tercer Mundo es el más afortunado en cuanto al material genético. La contribución económica de este último recurso es incalculable, especialmente si se piensa en la alimentación de la población humana del futuro.

Los países industrializados son los que mantienen los bancos de semillas, en los cuales ellos desarrollan nuevas variedades. Sin embargo, es el Tercer Mundo quien tiene la mayor proporción de la diversidad orgánica. El tercer Mundo es la fuente principal de semillas. Los países ricos del Norte señalan que el material genético es "herencia común de la humanidad" por lo que no hay razón de pagar el valor de las semillas que extraen de los países del Tercer Mundo; sin embargo algunas compañías de los países industrializados han patentado nuevas variedades y luego las venden nuevamente a los campesinos del Tercer Mundo.

Si la industria de productos químicos llega a monopolizar la reserva mundial de semillas, nos encontraremos más cerca de la visión ideal de las transnacionales: un supermercado global, en el que todos los agricultores del mundo dependan de las semillas patentadas y de los plaguicidas venenosos que estas exigen.

Los delegados tercermundistas a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) han venido presionando para lograr un acuerdo internacional para el intercambio libre y total del material vegetal. Sin embargo, el gobierno de los Estados Unidos se ha erigido en líder opositor de esta propuesta.

In situ:

La conservación in situ implica no solo la conservación de especies y variedades en sí mismas, sino también la de sus hábitats y es considerada preferible a la conservación ex situ ya que permite que se preserve el funcionamiento del sistema y el fenómeno adaptativo y evolutivo de las especies.

En muchos países la conservación in situ está asociada a áreas protegidas específicas; sin embargo, una conservación efectiva debería llevarse a cabo simultáneamente en las áreas agrícolas y forestales como parte de la explotación sustentable de las mismas.

9. LA CONVENCIÓN SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA

La Convención sobre la Diversidad Biológica de 1992, un acuerdo internacional legalmente vinculante, fue desarrollado en la conferencia sobre el Entorno y el Desarrollo de las Naciones Unidas. Entró en vigor en diciembre de 1993. Los 150 signatarios de la Convención aceptaron un compromiso para "conservar la diversidad biológica, usar en forma sostenible sus componentes y compartir de manera justa y equitativa los beneficios que resulten de la utilización de los recursos genéticos" (Artículo

La Convención declara que los recursos genéticos, al igual que los recursos minerales y petroleros, están sujetos a la legislación nacional; lo que quiere decir que las naciones tienen derecho de establecer condiciones y límites sobre el acceso a dichos recursos. La Convención también declara que el acceso a los recursos genéticos será sujeto a "consentimiento informado previo". Este es el consentimiento otorgado luego de una explicación plena de las razones de la actividad, los procesos específicos del caso, los posibles riesgos y los resultados previsibles.

Hasta el momento, los beneficios derivados del uso de recursos genéticos no se han compartido en forma equitativa. Solo unas pocas compañías farmacéuticas han comenzado ha pagar a algunas instituciones de investigación o a gobiernos. Ningún beneficio les ha llegado a las comunidades indígenas.

Aunque la Convención sobre la Diversidad Biológica afirma la soberanía de las naciones sobre sus recursos biológicos, también acepta el concepto de la propiedad intelectual sobre organismos vivientes y fomenta los acuerdos bilaterales entre quienes deseen acceso a los recursos y el conocimiento y los gobiernos. La Convención no define la protección desde la comunidad, lo que puede traer conflictos ínter comunitarios o conflictos entre un gobierno y las comunidades. En general, la Convención carece de fuerza: no posee los mecanismos para controlar e acceso de foráneos a los recursos biológicos indígenas ni tampoco mecanismos para determinar que los beneficios se compartan equitativamente.

Cuando se firmó, la Convención no se extendía a colecciones de plantas o microbios ex situ establecidas antes de la misma. Esas extensas colecciones se consideraron como propiedad de las personas que habían depositado las muestras y no de los países de donde se extrajo el material. Se tomaron medidas para esclarecer la condición legal de estas colecciones, y hacia finales de 1994 todos los materiales de estos bancos de genes fueron declarados propiedad de la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) de las Naciones Unidas, la cual pondrá las colecciones bajo control de la Convención sobre la Diversidad Biológica.

10. EL ACUERDO GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO

Hasta hace poco, la propiedad intelectual estaba sujeta a la legislación nacional. Las naciones tenían libre potestad de determinar cuándo y cómo reconocer la propiedad intelectual. Desde la perspectiva corporativa, las leyes de propiedad intelectual en un país tienen valor limitado sin el reconocimiento paralelo en otros países. Las naciones industrializadas y las corporaciones han hecho esfuerzos en forma agresiva con el fin de armonizar la legislación en ámbito internacional.

El Acuerdo General sobre Tarifas y Comercio (GATT), establecido en 1947, es un acuerdo que elimina los obstáculos tarifarios y no tarifarios al comercio. En 1994, los negociadores del acuerdo de la Ronda de Uruguay del GATT dictaminaron que las leyes sobre DPI de los estados miembros deben estar en concordancia con el nuevo acuerdo sobre los Aspectos Comerciales de los Derechos a la Propiedad Intelectual (TRIPS). A partir del 1 de enero de 1995, TRIPS obliga a los estados miembros (de los cuales hay en la actualidad más de 115, 70 de ellos del hemisferio sur) a implementar la cobertura de patente para los microorganismos y alguna forma de DPI para las variedades vegetales. Además, los miembros tienen la opción de excluir de la cobertura a plantas y animales – excepto los microorganismos – y a los "procesos esencialmente biológicos para la producción de plantas y animales, exceptuando los procesos no biológicos y microbiológicos".

TRIPS protegerá los productos durante 20 años, luego extenderá la protección por 20 años adicionales al proceso de manufactura si éste es nuevo. Los países menos desarrollados tienen plazo hasta el año 2004 para adoptar un convenio internacional de DPI existente o para desarrollar uno propio.

Es de importancia la forma en que se interpreten las estipulaciones de los TRIPS (y cómo se implementen). Las siguientes son acciones o medidas que podrían considerarse violatorias del actual GATT:

  • Medidas que restrinjan las importaciones como resultado de las normas sanitarias de alimentos más estrictas.

  • Intentos de controlar las importaciones con base en el proceso o método de producción.

  • Medidas que favorezcan la producción local o a los pequeños agricultores mediante subsidios.

  • Leyes que regulen el uso de organismos manipulados por la genética en la producción de alimentos.

Todavía hay cierta flexibilidad en la interpretación e implementación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y de los TRIPS. Sin embargo, grupos ambientalistas y de derechos humanos tendrán que hacer esfuerzos considerables para encaminar la discución hacia un futuro más sostenible.

¿Qué significa esto para el agricultor?

Según los regímenes estadounidenses de DPI, los agricultores tendrían que pagar derechos sobre las semillas obtenidas de semillas patentadas y no se les permitiría, bajo el GATT, comercializarlas ni emplearlas. Los DPI sobre una variedad popular incluiría el derecho a controlar el uso de la misma y el derecho a la información codificada en el ADN como resultado de la selección por los agricultores y sus sistemas agrícolas.

La crianza comercial de plantas está en manos de unas pocas transnacionales que en la actualidad controlan todos los bancos de genes importantes. Las transnacionales están desarrollando plantas que respondan a sus propios agroquímicos; también experimentan con modificaciones genéticas con el fin de convertir plantas no híbridas fértiles en híbridos estériles. Si el gen de otra planta indujera la esterilidad, entonces las semillas tendrían que comprarse cada año. Si los sistemas de DPI siguen por el camino en que van, los agricultores quizás se verían obligados a pagar derechos por semillas patentadas; dependerían de un solo suplidor por semillas, fertilizantes, herbicidas y plaguicidas; y, en el caso de plantas híbridas estériles, se verían obligados a comprar semillas nuevas cada año.

Los países tienen que decidir qué tipo de mecanismos adoptarán para su propia protección: los sistemas de DPI u otros mecanismos. En la actualidad las implicaciones financieras y administrativas de adoptar uno u otro de los nuevos sistemas de DPI son considerables. Por lo menos, los agricultores deben mantener el derecho absoluto de guardar semillas, experimentar con germoplasma exótico, e intercambiar semillas.

11. PROPUESTA DE LA VIA CAMPESINA SOBRE LOS DERECHOS DEL AGRICULTOR

En la reunión de la Comisión Coordinadora Internacional de La Vía Campesina realizada en Ginebra, Suiza, del 17 al 20 de mayo de 1998, se acordó impulsar una Campaña para promover los derechos de los agricultores, las comunidades campesinas y los pueblos indígenas, que serán definidos y acordados dentro del Compromiso Internacional sobre los Recursos Genéticos. La Vía Campesina acordó su propia definición de estos derechos:

Los derechos del Agricultor tienen un profundo carácter histórico, existen desde que el hombre creó la agricultura para resolver sus necesidades, los hemos mantenido vigentes con la conservación que hacemos de la biodiversidad, los ratificamos con la permanente generación de nuevos recursos y su mejoramiento. Somos quiénes resguardamos los recursos genéticos, quiénes apoyamos la evolución de las especies, somos depositarios del esfuerzo y conocimiento de las generaciones que han creado esta riqueza biológica, por ello sólo estamos reclamando que se reconozcan nuestros auténticos derechos.

Los derechos del Agricultor incluyen el derecho sobre los recursos y sus conocimientos asociados, unidos en la forma indisoluble, ello significa la aceptación del conocimiento tradicional, el respeto a las culturas y el reconocimiento de que éstas son la base del conocimiento. Los derechos del Agricultor son de carácter eminentemente colectivo, por ello deben de reconocerse en marcos jurídicos diferentes a los de la propiedad privada y la propiedad intelectual. Estos derechos deberán tener una aplicación nacional, el Compromiso debe promover que se legisle al respecto, respetando la soberanía de cada país para establecer leyes locales sobre la base de dichos principios.

  • Derechos a los medios para conservar la biodiversidad y arribar a la seguridad alimentaria tales como el derecho territorial, el derecho a la tierra, al agua, al aire.

  • Derecho a participar en la definición, elaboración y ejecución de las políticas y programas vinculados con los recursos genéticos.

  • Derecho a definir sobre el control y manejo de los beneficios derivados del uso, conservación y gestión de los recursos.

  • Derecho a usar, escoger, almacenar y libre intercambio de los recursos genéticos.

  • Derecho a desarrollar los modelos de agricultura sustentable que protejan la biodiversidad e influir en las políticas que las fomenten.

12. BIODIVERSIDAD

La agricultura moderna se basa en la artificialización y altera las estructuras del ecosistema y su funcionamiento. Toda práctica tiene un riesgo y un costo ecológico que la teoría y la práctica económica ha sido incapaz de tomar en cuenta.

Uno de los aspectos más importantes de la artificialización es la especialización productiva, es decir, la reducción de la diversidad natural para concentrarse en pocas variedades y eventualmente en el monocultivo. La diversidad del ecosistema tiene enorme importancia, pues es uno de los factores fundamentales para su estabilidad y que incide en la homeostasis y resiliencia del sistema natural, que le permite recibir impactos desde el exterior, mantenerse en todo sistema y autorreproducirse. La especialización y la homogeneización de cultivos elimina especies. Ello tiende a alterar la estructura de los suelos, modifica los flujos de nutrientes y de energía y los ciclos biogeológicos.

Los patrones imperantes en el comercio internacional promueven la homogeneización de cultivos y monocultivos y refuerzan las prácticas descritas de mecanización, fertilización, riego,etc., que al alterar el sistema natural ponen en peligro la diversidad biológica.

La pérdida de diversidad no sólo tiene efectos sobre la estructura y el funcionamiento del ecosistema, sino que además aumenta los riesgos ya que mientras más homogéneo es un sistema, mayor es su vulnerabilidad a plagas, enfermedades, fluctuaciones y azares del clima.

La conservación de la diversidad biológica o biodiversidad es hoy tema de preocupación mundial. Instituciones científicas y organismos internacionales denuncian la pérdida continua de biodiversidad. La erosión genética es uno de los mayores problemas contemporáneos.

El Convenio sobre Diversidad Biológica adoptado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo de la cumbre de Río, y las negociaciones que lo precedieron así como los debates que suscita, son la expresión de la mencionada preocupación así como de sus aspectos políticos y económicos.

El tema de la biodiversidad está estrechamente vinculado con temas tan diversos como las técnicas de hibridación y manipulación genética, la protección de los hábitats naturales, los derechos de propiedad intelectual, las corporaciones transnacionales, el comercio internacional y la biotecnología. El debate sobre biodiversidad no concierne únicamente a biólogos y ecólogos, sino que vincula disciplinas tales como: ecología, biología molecular, agronomía, derecho, economía, relaciones económicas internacionales, etc.

La importancia económica y política de la biodiversidad deriva no sólo del papel que ha desempeñado en el desarrollo de la economía mundial, sino del papel crucial que está llamada a desempeñar en la economía de los años venideros gracias a la biotecnología.

Uno de los aspectos más difíciles y controvertidos del debate sobre la biodiversida se refiere a la utilización económica de germoplasma. El uso de material genético es un factor clave en el desarrollo experimentado por la agricultura en los últimos cincuenta años. No hay información sistemática acerca del valor económico de la diversidad biológica o de cuál ha sido su contribución económica al aumento de la productividad agrícola. La disponible concierne principalmente a los Estados Unidos, donde la importancia económica del germoplasma se percibe en las mejoras de rendimientos de los cultivos más importantes, los que se han duplicado desde 1935 hasta hoy. La mitad de estos aumentos se atribuyen a mejoras genéticas que han aportado además un mayor valor nutritivo, y una mayor resistencia tanto a pestes como a exigencias ambientales.

Los riesgos para la diversidad surgen principalmente de la forma como el hombre hace uso de ella. El concepto de diversidad se refiere no sólo al número de especies sino además al de variedades dentro de las especies; cada variedad posee atributos que la hacen más o menos atractiva desde el punto de vista económico. Estos rasgos se transmiten de generación en generación a través del material genético.

De 75 mil plantas conocidas y de millones de especies animales y vegetales son únicamente quince especies de plantas y ocho de animales las que dan cuenta del 90% de la producción alimentaria mundial.

La extremada selectividad del ser humano en el uso de los reucrsos lo lleva a depender de muy pocas especies, y al interior de cada especie, de muy pocas variedades naturales y cultivo resultantes de prácticas de los agricultores por optimizar económicamente ciertas propiedades mediante combinaciones y manipulaciónes genéticas. La selectividad y la concentración en el uso de recursos genéticos lleva, directa o indirectamente, a su reducción.

El interés económico por germoplasma data de la antigüedad y su tráfico ha estado asociado a los viajes de exploración y conquista de egipto, vikingos, ingleses, holandeses, españoles, portugueses, etc. Sin embargo, este importante tráfico de germoplasma no ha tenido como contrapartida un flujo de dinero, como es habitual en el comercio, y aún hoy no hay precios ni mercado en el que se trance el material genético.

El tráfico gratuito de germoplasma a lo largo de la historia tiene al menos cuatro implicaciones o dimensiones importantes para el desarrollo agrícola y económico mundial. La primera esta asociada a la no coincidencia actual entre los centros o regiones de origen o diversidad y los actuales centros de produccion mundial. La situación actual resulta de la capacidoad de ciertas sociedades para incorporar germoplasma extranjero a sus sistemas naturales, y a través de innovaciones tecnológicas lograr niveles de productividad que los convierten en los centros de producción dominantes del mundo.

La movilidad internacional del germoplasma se ha caracterizado por no tener ningún costo, se realiza al margen de los mecanismos y vías económicas y comerciales. La movilidad del germoplasma combinada con la innovación tecnológica, no sólo crea ventajas comparativas para el centro receptor de germoplasma, por el uso más intensivo que hace de este recurso, sino además crea un nuevo producto sobre el cual hay la exclusividad del monopolio concedida o no por leyes de propiedad intelectual.

La segunda implicación está relacionada con el proceso de acumulación. La incorporación de especies nuevas permitío una mayor producción por unidad de superficie y a costos menores, lo que junto al mayor contenido de calorías facilita la provisión de alimentos para una población creciente.

Un tercer elemento es el de haber permitido al poder colonial desarrollar plantaciones en zonas geográficas económica y políticamente convenientes, minimizando riesgos e inestabilidad, reduciendo costos, aumentando y captando los excedentes que se generan en la periferia y consolidando el poder hegemónico.

No basta conocer las posibilidades económicas de un elemento; es preciso tener el control o la propiedad sobre el mismo. El valor económico se potencia con el desarrollo tecnológico y su propiedad es protegida por instrumentos legales, económicos e institucionales.

El cuarto punto tiene que ver con la propiedad del germoplasma, y más concretamente con el conflicto entre germoplasma considerado como bien común y germoplasma susceptible de apropiación privada. En este conflicto tiene un papel clave la innovación tecnológica.

El que una innovación tecnológica sea imposible de reproducir, copiar o ser objeto de ingeniería inversa es muy raro, lo normal es que toda innovación tecnológica sea copiada, imitada o mejorada por los competidores. Para preservar la propiedad privada de la creación científica e intelecutal, la sociedad ha ideado los sistemas de propiedad intelectual, entre los cuales los más importantes y conocidos son las patentes y los derechos de autor. Las leyes de propiedad intelectual conceden derechos monopólicos temporales a los inventos y garantizan los derechos de los inventores sobre el producto de su esfuerzo científico e intelectual. Existe cierta reticencia social para conceder derechos de monopolio como las patentes, en áreas tan vitales como las relacionadas con la alimentación y la salud.

El avance técnico se conjuga con la creación de una institucionalidad legal para permitir la apropiación privada de un cierto tipo de germoplasma. La reserva genética se ha considerado como patrimonio común de la humanidad puesto que la utilidad de una variedad específica se conoce hasta que esta es evaluada. Una vez que tecnologicamente este recurso es alterado, deja de ser un bien libre para convertirse en un bien privado, que puede ser comercializado, como es el caso de los cultivos híbridos. Por lo anterior, el material genético que es exportado de algunos países, no tiene compensación económica por ser un bien común; sin embargo, las semillas obtenidas a partir de ese material genético tienen un precio en el mercado que los campesinos de estos países deben pagar si desean hacer uso de ellas.

Los derechos de propiedad intelectual son definidos por cada país de acuerdo a sus objetivos de desarrollo; sin embargo, esto no es conveniente para las firmas transnacionales puesto que dificulta la apropiación privada de la materia viva. Las modificaciones de los sistemas de propiedad intelectual y los acuerdos adoptados en la Ronda de Uruguay, facilitan la apropiación privada del germoplasma. Para los países en desarrollo esto implica la apropiación gratuita de su germoplasma por parte de países desarrollados y empresas privadas, fundamentalmente transnacionales de la farmoquímica y la agroindustria. Para la biodiversidad el problema se presenta como la amenaza de que se intensifique la erosión genética.

La preocupación por la erosión genética llevó a la creación en la década de los setenta, de varias organizaciones con la función de recolectar, evaluar, documentar y proteger especies vegetales. Estas organizaciones ubicadas en países desarrollados, extraen el material de los países en vías de desarrollo, lo cual ha facilitado el proceso de apropiación privada del material genético, por cuanto la conservación de germoplasma en bancos de países industrializados no garantiza su libre intercambio, por el contrario estos países tienden a considerar este recurso como de su propiedad.

13. PRODUCTOS TRASGÉNICOS

Antes de hablar de productos trasgénicos es importante comprender que es un gen, su origen y la manipulación que la ciencia ha logrado desarrollar por medio de la ingeniería genética. Una célula es la unidad estructural y funcional de todas las especies de animales y plantas. En el núcleo de las células se encuentran los cromosomas los cuales contienen la información genética (características propias de cada ser vivo), la cual está escrita en las cadenas de ADN. Un gen es un segmento de ADN con información completa para formar una proteína. Las proteínas son el material del que está formadas las células.

Se le llama producto trasgénico a un organismo que fue genéticamente modificado al agregársele genes provenientes de otro organismo totalmente distinto adquiriendo las características del gen introducido. Por ejemplo se puede tomar genes de un pez (lenguado) que vive en el polo norte para introducirlos en un tomate para que se haga resistente a las bajas temperaturas.

Las células tienen la capacidad de regular y controlar la expresión de los genes por medio de un segmento de ADN llamado PROMOTOR, el cual le da instrucciones constantes al gen que controla. En el ejemplo del tomate existe un problema: que el gen proveniente del lenguado no va a funcionar en las células del lenguado y va ser tratado como un gen extraño. Para que esto no suceda se debe introducir un PROMOTOR el cual debería provenir mismo tomate o de un organismo similar. Pero la mayoría de las compañías y científicos no se molesta en buscar un PROMOTOR porque les tomaría mucho tiempo entender cómo el tomate controla la expresión de su genes, entonces lo que se hace es utilizar un PROMOTOR VIRAL.

El mover un solo gen de un organismo a otro, produzca cambios significativos o no, crea una variedad de ese organismo lo suficientemente nueva como para ser considerada una creación del hombre patentable. Es preocupante la posibilidad creciente de legitimar las patentes sobre formas de vida o material genético humano. La legislación norteamericana a través de distintos medios legales a homogeneizado sus principios sobre propiedad intelectual e industrial. Estas leyes son inaceptables para los pueblos indígenas y para la humanidad en general. Sistemas de propiedad intelectual como el norteamericano contradicen los convenios internacionales en materia de derechos humanos.

14. CONCLUSIONES

El contexto de los Derechos de la Propiedad Intelectual, patentes y Biodiversidad es muy amplio y se podría elaborar un libro de completo de conclusiones sobre los mismos, pero para efectos de este documento se señalan las siguientes:

  • El Derecho a la propiedad Intelectual es un concepto muy amplio y complejo , por lo cual toda persona que desarrolle un nuevo invento debería preocuparse por saber lo suficiente sobre ello.

  • El ser humano debería ser más conciente a la hora de desarrollar un nuevo invento, y pensar primero en el bienestar de la humanidad y luego en el aspecto lucrativo.

  • Debería darse una clara distinción entre las cosas que se pueden patentar y las que no, ya que existen algunos cosas como por ejemplo el ADN humano, el cual no es muy ético el hecho de que se pueda patentizar.

  • La biodiversidad es patrimonio de todos y no debería utilizarse como fin de lucro, ya que muchas comunidades se ven afectadas por ello, especialmente aquellas que dependen de la agricultura.

  • Las leyes sobre pantentes deben de modificarse y especificar claramente lo que es patentable y lo que no , así como especificar claramente los requisitos fundamentales para dicho proceso.

  • Las empresas encargadas de fabricar productos transgénicos tienen la obligación de elaborar productos que no perjudiquen directa o indirectamente al agricultor, si no más bien que aumenten su producción.

  • Debería impulsarse la creación de empresas que se dediquen a la regulación y análisis de las leyes sobre pantentes para que de esta manera exista un mayor control sobre los mismos.

15. BIBLIOGRAFIA

  • Revista Dominical, 16 de Abril 2000.La Nación.

  • Alerta Verde. Boletín de acción Ecológica No. 76

Quito octubre, 1999.

  • Conocimiento Indígena, Guía para el investigador

Louise Grenier. Editorial Tecnológica C.R., 1990 1era edición.

  • The ecologist vol 28, No. 5 September 1998.

  • Biodiversidad No. 17. Octubre de 1998.

  • Biodiversidad No. 18. 1Diciembre de 1998.

  • Biodiversidad Sustento y culturas No. 22. Diciembre de 1999.

 

 

Autor:

Santiago Rodríguez P.

Patricia Conejo C.

José Mauricio Montero P.

Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Ingeniería en computación.

Partes: 1, 2
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