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El uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza de los Derechos Humanos en universalización de la educación superior cubana (página 2)


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DESARROLLO

El modelo de formación de la educación superior cubana

La formación de los profesionales de nivel superior es el proceso que, de modo conciente y sobre base científicas, se desarrolla en las instituciones de educación superior para garantizar la preparación integral de los estudiantes universitario, que se concreta en una sólida formación científico técnica, humanística y de altos valores ideológicos, políticos, éticos y estéticos, con el fin de lograr profesionales revolucionarios, culto, competentes, independientes y creadores, para que puedan desempeñarse exitosamente en los diversos sectores de la economía y de la sociedad en general. La formación de los profesionales se desarrolla de forma curricular y extracurricular. El modelo de formación de la educación superior cubana es de perfil amplio y se sustenta en la idea rectora de el vinculo del estudio con el trabajo, que consiste en asegurar desde el currículo el dominio de los modos de actuación del profesional, en vinculo directo con su actividad. El profesional de perfil amplio es aquel que posee una profunda formación básica que le permita resolver, con independencia y creatividad, los problemas mas generales y frecuentes que se presentan en su objeto de trabajo. La vinculación del estudio con el trabajo expresa la necesidad de formar al estudiante en contacto directo con su profesión, bien a través de un vinculo laboral estable durante toda la carrera, o a partir de un modelo de formación desarrollado desde el trabajo. El proceso de formación de los profesionales se realiza mediante la modalidad semipresencial . La modalidad semipresencial se caracteriza por una carga docente menor que en la modalidad presencial, por lo que se reduce la presencia de los estudiantes con sus profesores en las actividades lectivas previstas.

La clase es una de las formas organizativas del proceso docente educativo, que tiene como objetivos la adquisición de conocimientos, el desarrollo de habilidades y la formación de valores e intereses cognoscitivos y profesionales en los estudiantes, mediante la realización de actividades de carácter esencialmente académico.

Es un referente importante de este trabajo es que el proceso enseñanzaaprendizaje desarrollador lleva al docente a planificar actividades en correspondencia con las metas y expectativas de los estudiantes y que se resumen como requisitos a tener en cuenta para la planificación de dichas estrategias, los siguientes:

  • El nivel del proceso que está diseñando.

  • El contenido de las actividades.

  • El trabajo individual y grupal, teniendo en cuenta la diversidad, la individualidad y el trabajo del grupo y en el grupo.

  • El contexto y las condiciones reales de vida y desarrollo para poder "tirar" del desarrollo.

  • El control sistemático y la evaluación desde la etapa de diseño.

Este referente sirve de sustento teórico a la propuesta, en tanto se defiende la posición de que las formas de organización del proceso de enseñanza-aprendizaje constituyen el contexto micro-organizacional integrador con que cuenta la institución y los profesores para lograr un proceso desarrollador.

Las clases como elemento esencial del proceso docente educativo, se clasifican sobre la base de los objetivos que se deben alcanzar y sus tipos principales son: la conferencia, la clase practica, el seminario, la clase encuentro, la practica de laboratorio y el taller.

La clase encuentro es el tipo de clase que tiene como objetivos aclarar las dudas correspondientes a los contenidos y actividades previamente estudiados por los alumnos, debatir y ejercitar dichos contenidos y evaluar su cumplimiento, así como explicar los aspectos esenciales del nuevo contenido y orientar con claridad y precisión el trabajo independiente que el estudiante debe realizar para alcanzar un adecuado dominio de los mismos.

En la clase por encuentro, como forma organizativa, la enseñanza alcanza un mayor nivel de sistematicidad, de intención y de dirección. Es allí donde la acción del profesor (enseñar) se estructura sobre determinados principios didácticos, que le posibilitan alcanzar objetivos específicos previamente establecidos en los programas, así como contribuir a aquellos más generales que se plantean en el proceso educativo en su integralidad. Eso se comprueba a partir de la calidad alcanzada en el aprendizaje de los alumnos.

Se considera que, la utilización las TIC es una de las técnicas de organización del proceso de enseñanza-aprendizaje, se concreta en las situaciones de actuación profesional de los sujetos en la práctica. El modo de actuación profesional es la primera y la última expresión del valor real en la integración de los objetivos, el contenido, los métodos, los medios y la evaluación.

El proceso docente-educativo constituye un solo proceso integrado, globalizado, es un todo dialéctico, en su cualidad laboral se manifiesta a través del proceso que se desarrolla en las unidades docentes y que tiene sus especificidades, que han llevado incluso a la modelación de su propia didáctica, pero su fundamento teórico pedagógico y metodológico está contenido en la Pedagogía y la didáctica en general que estudian los procesos formativos y específicamente los de carácter docente educativo.

En las actividades prácticas con la utilización de las TIC, que se puedan orientar a través de la clase por encuentro, los sujetos involucrados en el proceso (profesores y alumnos) son los que determinan el comportamiento de cada componente. Al impartir una clase, un tema o todo un programa, en el aula, el docente conoce de antemano el contenido de todos los componentes del proceso y el estudiante asimila este conocimiento de forma sistemática, generalmente conoce los próximos contenidos. Al orientar una actividad practica, todo parte del conocimiento del o los problemas por enfrentar; algo similar ocurrirá después con el estudiante.

¿Que ventajas tienen la realización de actividades practicas para profesores y alumno?

ALUMNOS: aplicar los conocimientos adquiridos en forma teórica a casos reales, considerar la realización de actividades prácticas como parte esencial de su formación académica, inserción y relación con las diversas organizaciones sociales, desarrollar habilidades, actitudes y valores para aplicarlos en el campo laboral.

PROFESORES: crecimiento profesional, reconocimiento, especialización, mejoramiento del desempeño docente, acumulación de experiencia profesional.

En tal sentido una de las actividades que se pueden orientar en la disciplina de Derecho Internacional Publico a los estudiantes de la carrera de derecho en la sede universitaria, con el empleo de la TIC, puede estar vinculado a lograr uno de los objetivos de la primera clase por encuentro, relacionada con investigar a través del uso de la nuevas tecnologías, el concepto de derechos humanos, sus antecedentes históricos y legales, incumplimientos de sus principios generales, etc.., todo lo que completaría el estudio y permitiría alcanzar conocimientos acerca del tema orientado

A través de la búsqueda en las bibliotecas digitales, en los sitios web y otros recursos informativos como Intranet e Internet, permitiría a los alumnos obtener información como la siguiente:

Concepto de Derechos Humanos

Son los derechos fundamentales que el hombre posee intrínsecamente, reconociendo que estos derechos se desprenden de la dignidad inherente de la condición humana.

Axiología de los Derechos Humanos en Cuba

La Constitución no esta compuesta solamente de reglas y principios de mandatos y preseceptos declarativos, sino que además incluye estándares de comportamiento no prescrictivos, disposiciones que tratan de fijar la idea de que se manda o con que intención se manda, lo que brinda una dimensión de moralidad y proyecta una solución a la relación Poder-Sociedad-Derecho en una perspectiva histórica y jusfilosofica. Los valores son ideales deseados que tienen sus raíces en necesidades del ser humano, en condicionantes imprescindibles para su realización, son presupuestos que una comunidad se imponen como paradigmas de su existencia, dándole sentido y coherencia a la mismas, modelándola y brindando una perspectiva de futuro al señal metas que jalonan su dé cursar. Por ello a pesar de que expresan la moralidad vigente en un ámbito cultural determinado no tienen una proyección particularista en tanto se retroalimentan de un determinado legado histórico: ese carácter mutable que suele comportarse como constantes negociaciones de lo ya negado, no impide que el hombre, en su presencia universal e histórica, haya podido ir formalizando, decantando y asentado valores que han devenido, en un sentido muy global, de cierta absolutez. La marcha de la historia ha ido conduciendo a la universalización de sus caminos y al paralelo, ha permitido la integración de determinados valores que se han elevado con un sentido de universalidad.

Puede afirmarse que los mismos un presupuestos metajurídicos que agotan su virtualidad en la estructura formal- semántica, al tener una fuerte significación histórico-moral que condensa un catálogo de objetivos que marcan los umbrales de la sociedad, convirtiéndose a partir de su positivacion jerarquizarte en la Constitución en parámetros hermenéuticos del ordenamiento jurídico y claves para la interpretación del actuar del sistema político brindando el horizonte ético de la sociedad y marcando el indirizzo político del Estado: El poder y el ordenamiento estatales no valen, no son tales solo por asumirse y ejercerse el primero conforme a las reglas y los procedimientos constitucionalmente prescrito, por emanar simplemente dicho poder del segundo. Los valores desde la perspectiva jurídica son normas con dimensión de totalidad con respecto al ordenamiento jurídico, constituyendo derecho del derecho, en el sentido de que conforman supuestos que son la base de una amplia variedad de conversiones y opciones normativas al combinarse con las reglas y principios constitucionales, guiando y prefigurando con ella el conjunto de las relaciones sociales. En este sentido pueden ordenar y mandar determinadas acciones u ordenar y mandar la prohibición de otras a fin de que se cumplan.

La dignidad humana es el supuesto que sustenta a los demás valores y que sostiene ontologicamente a los Derechos Humanos en relación con un sistema cultural e histórico, teniendo su significado un sentido de moralidad que no se agota con la positivación nomológica. Es el espacio físico- corporal y síquico-espiritual que constituye núcleo medular valido para todos los seres humanos, el que se conserva hasta el momento de la muerte, y que prevalece por encima de cualquiera circunstancia, tiempo y lugar, sin que se le pueda sustrael ni menoscabar, otorgándole valor al ser humano en la individual y colectivo.

Partimos de la idea de que la raíz de los Derechos esta en la dignidad humana que se puede explicar racionalmente como la expresión de las condiciones antropológicas y culturales del hombre que lo diferencia de los demás seres, como su libertad de elección o libertad sicológica, el lenguaje, la capacidad de razonar y construir conceptos. Partimos de la idea de que los hombres se reconocen mutuamente su dignidad y la existencia de sus dos valores de libertad e igualdad. La dignidad es la clave misma, el suelo antológico y por tanto el criterio que otorga legitimidad, sentido y estructura a la totalidad del orden constitucional material. Los principios que actúan como fundamento en el que se sustenta los derechos son la igualdad, la libertad y la dignidad de los hombres en cuanto son exigencias o condiciones primarias de la existencia humana y de estos el principio de la dignidad humana tiene una consistencia real y objetiva por cuanto es reflejo de una evidencia preeminencia antológica del individua humano. Los derechos representan una revalorización ética y Jurídica del ser humano atributos de la dignidad de la persona en donde quiera que ella este y por el hecho mismo de serlo. La consagración de este enfoque quedo plasmada en la Declaración Universal de justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca de todos los miembros de la familia humana todos los seres humano nacen libre e iguales en dignidad.

Los Derechos Humanos: Antecedentes Históricos

Hace mas de 2500 años Espartaco con un ejercito de aproximadamente 120000 hombres luchaba por el derecho humano de la libertad. Buda Gotaza lucho por la liberación de la violencia, la explotación, la deshonra y la muerte. La Carta Magna de 1215, promulgada por Juan Sin Tierra, establecía las garantías civiles y constitucionales para los hombres libres, el respeto a las personas y la sumisión del poder público a ciertas normas. Más tarde, en la etapa moderna de nuestra era en 1628, se proclama las Pettition of Rigths, que hablan sobre los Derechos del Hombre en los Estados Unidos, asi como en 1688 se establecen los Hill of Rights, en los propios Estados Unidos, que contienen los Derechos Civiles del Hombre y se llegó, en 1776 a La Declaración de los Derechos de Virginia, que era nada más y nada menos que una ampliación de la Carta Magna. Marca un hito histórico en los Derechos Humanos la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, del 26 de Agosto de 1768, es el contexto de la Revolución Francesa, y representa un paso de avance en la defensa de los Derechos Civiles y Políticos del Hombre, cuyo contenido se incorpora a la Constitución Francesa de 1791. Después del triunfo de la Revolución de Octubre, en 1918, se celebra el Tercer Congreso de los Soviet "La Declaración del pueblo obrero y trabajador explotado" fue el tema principal de dicha reunión, que marca sin dudas un hito y avance de lo que más tarde serian los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Otro antecedente decisivo de los Derechos Humanos fue la Segunda Guerra Mundial, ya que la comunidad internacional reconoce los horrores de la guerra más cruenta de la humanidad y decide unirse para preservar la paz, los derechos de esta a la supervivencia, instando a los Estados a vivir en paz, con solidaridad y cooperación, para evitar que se desarrollen conflictos tan tétricos como el que acababa de terminar.

Derechos Humanos en el Contexto Universal

A pesar de que la promoción y protección de los Derechos Humanos constituyo una de los fundamentos ideológicos de la organización mundial nacida en la Segunda Guerra Mundial, el primer proyecto de Estatutos de la nueva organización mundial guardo absoluto silencio sobre este tema. Fue en la Conferencia de San Francisco, cuando se incluyeron en la Carta de Naciones Unidas unas referencias de Derechos Humanos, tanto en el preámbulo como en el texto articulado. La Carta contiene dos tipo de normas, unas desde una perspectiva material, vinculada con los propósitos y objetivos de la Carta, ejemplo: La Cooperación Internacional, en el desarrollo y estimulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción de raza, sexo, idioma o religión. La segunda categoría de normas responde al carácter institucional, define los órganos competentes en el ámbito de los Derechos Humanos. No obstante sobre tal base se ha desarrollado una interesante practica de los Derechos Humanos y de su protección, en este contexto internacional. Esta evolución de la actividad por la celebración, bajo los auspicios de la organización, de dos conferencias mundiales, la primera en Teherán en 1968, y la segunda en Viena, en 1993. Para hablar de la evolución de los Derechos Humanos en estos últimos casi 60 años, y a través de la institución de Naciones Unidas, hay que hablar necesariamente del proceso codificador por el que estos han atravesado. Este se inicia pudiéramos decir en 1946 al crearse el ECOSOC, la Comisión de Derechos Humanos y encomendarle a dicha Comisión la formulación de proposiciones, recomendaciones e informes referentes a declaraciones de los derechos del hombre, declaraciones y o convenciones sobre las libertades cívicas, la condición Jurídica y social de la mujer, la libertad de información y evolutivo posterior del proceso de codificación, caracterizado por su sistematización, ampliación y especialización progresivo.

La protección de los Derechos Humanos en el Sistema Interamericano

La protección y promoción de los Derechos Humanos en la región de América Latina aparecen inmediatamente después de la Segunda Guerra Mundial, cuando se va a consolidar la Organización de Estados Americanos (OEA). Otro antecedente muy directo lo vemos en la Resolución 9 de la Conferencia Interamericana sobre Problemas de Guerra y la Paz, celebrada en Chapultepec en 1945, o el Tratado de Reciprocidad de 1947, que define las garantías de los Derechos Humanos como fundamentos de la paz en el continente. Sin embargo en la Conferencia de Bogota, celebrada en 1948, se aprueban simultáneamente la Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre, la Carta Interamericana de Garantía Sociales y la Carta de la OEA. Esta proclama los derechos del hombre y se dota la organización muy pronto de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos. En 1969 se elaboro el documento conocido como el Pacto de San José, que junto con la Declaración Americana constituye el principal texto de referencia de los Derechos Humanos en la región. Este Pacto protege principalmente a los derechos civiles y políticos del ciudadano, aunque han sido incluidos algunos derechos en el Protocolo de San Salvador, pero han quedado excluidos los derechos económicos, sociales y culturales, excepto la educación y los derechos sindicales.

La protección de los Derecho Humanos en el Sistema Europeo

El continente europeo ha sido uno de los actores del proceso de internacionalización de los Derechos Humanos, por ello a través del Consejo de Europa se institucionalizo el primer sistema de protección europeo: el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, adoptado en Roma en 1950. Este incluye además los derechos civiles y políticos, adolece también de la proyección de los derechos económicos, sociales y culturales. Tal convenio ha sido completado con 11 protocologos adicionales adoptados entre 1952 y 1994, pero aunque estos han aumentado la protección en numero considerable de acciones, todas excepto el derecho a la educación pertenecen a los derechos civiles y políticos.

Esta laguna en un sentido solo lo salva la Carta Social Europea de 1961, conocido también como Carta de Turín, la cual protege algunos de los derechos económicos, sociales y culturales y muchos de estos a su vez han sido incluidos en el Protocolo Adicional adoptado en Mayo de 1968: el derecho a la vejes, derechos laborales, sindicales. Para satisfacer el mecanismo de protección, se ha creado el nuevo tribunal Europeo de Derechos Humanos con funciones consultiva y procesales, se desarrolla a través de denuncias individuales ante violaciones de Derechos Humanos. Este tribunal atiende las violaciones con tentivas en el Convenio Europeo de 1950 y sus 11 protocolo. Para la Carta Social Europea hay un mecanismo de protección mas sencillo, el sistema de control de informes gubernamentales, los cuales se presentan por los Estados cada dos año.

La protección de los Derechos Humanos en África.

La Carta de la Organización para la Unidad Africana asigna un papel preponderante al derecho a la libre determinación de los pueblos. El desarrollo progresivo de los Derechos Humanos y su protección en este continente, dan al traste con la adopción del Protocolo de 1998, que crea el Tribunal Africano, como mecanismo de protección de tales derechos humanos.

La Asamblea General de Naciones Unidas también ha reservado un espacio ha reservado un espacio para la protección de las mal llamadas minorías indígenas, ya que existen lugares, como por ejemplo en Guatemala donde la población Maya esta por encima de la blanca y constituyen un 65%. La que sucede es que esta marginada y discriminada. Una mención especial dentro de las Naciones Unidas y en materia de Derechos Humanos merece el derecho al desarrollo, aprobado por la Asamblea General en la Declaración adoptada el 4 de Diciembre de 1986.

Conclusiones

La Universidad es un escenario donde se adquieren grandes volúmenes de conocimiento que luego serán llevados a la comunidad para contribuir a su desarrollo. El uso de las tecnologías se estará proyectando hacia el futuro y cumpliendo su encargo social en la medida en que no se abstraiga de las contingencias histórico sociales en las que se desenvuelve y las enfrente de manera crítica y constructiva, cree nuevos conocimientos, diseñe y ponga en práctica los programas que redunden en la mejora de las condiciones sociales, y estime siempre que su función es contribuir a la felicidad del hombre

Recomendaciones

Aplicar el uso de las tecnologías de la Informática y las comunicaciones, en todas las Sedes Universitaria donde el estudiante aplique los conocimientos, cree nuevos conocimientos, diseñe y ponga en práctica lo aprendido en clase en función del desarrollo económico, político y social de la comunidad

Bibliografía

  • Resolución 210 de fecha 31 de Julio del 2007.

  • UNESCO " La Educación Superior en el Siglo xxi" : Visión Acción. Conferencia Mundial sobre la Educación Superior.

  • INEM "Metodología para la ordenación de la Formación profesional ocupacional" : Madrid subdirección general de formación ocupacional.

  • Selección de Lectura sobre El Estado y el Derecho.

Anexo

Instrumentos en Derechos Humanos Ratificados por Cuba.

Instrumento

Adoptado

Aprobado

Ratificación

Genocidio, Crímenes de Guerra, Crímenes de lesa Humanidad

Convención para la prevención y la sanción del delito de Genocidio

9-12-1948

12-1-1951

4-3-1953

Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad

26-11-1968

11-11-1970

13-9-1972

Esclavitud, Trafico de Personas, Trabajo Forzado

 

 

 

Convención sobre la esclavitud

25-9-1926

9-3-1927

6-7-1931

Protocolo para modificar la Convención sobre la esclavitud firmada en Ginebra el 25 de Septiembre de 1926

23-10-1953

7-12-1953

28-6-1954

Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavo y las instituciones y practicas análogas a la esclavitud

7-9-1956

30-4-1957

21-8-1963

Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena

2-12-1949

25-7-1951

4-9-1952

Convenio OIT No 29 relativo al trabajo forzoso u obligatorio

28-6-1930

1-6-1932

20-3-1953

Convenio OIT No 105 relativo a la abolición de trabajo forzoso

25-6-1957

17-1-1957

2-6-1958

Tortura

 

 

 

Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

10-12-1984

26-6-1987

17-5-1995

Asilo

 

 

 

Convención de los Estados Americanos sobre asilo

20-2-1928

 

4-5-1931

Convención de los Estados Americanos sobre asilo político

26-12-1933

 

17-1-1951

Derecho a la Información, Vida privada

 

 

 

Convención sobre el Derecho Internacional de rectificación

16-12-1952

24-8-1962

 

Migrantes

 

 

 

Convenio OIT No 97 relativo a los trabajadores migrantes

1-7-1949

22-1-1952

29-4-1952

Trabajadores

 

 

 

Convenio OIT No 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación

9-7-1948

4-8-1950

25-4-1952

Convenio OIT No 98 relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva.

1-7-1949

18-7-1951

29-4-1952

Convenio OIT No 122 sobre la política del empleo

9-7-1964

15-7-1966

5-2-1971

Convenio OIT No 135 relativo a la protección y facilidades que debe otorgarse a las representantes de los trabajadores en la empresa

23-6-1971

20-6-1973

17-2-1971

Convenio OIT No 141 sobre las organizaciones de trabajadores rurales y su fundación en el desarrollo económico y social

23-6-1975

24-11-1977

14-4-1977

Convenio OIT No 151 sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración publica.

27-6-1978

25-2-1981

29-12-1980

Mujeres

 

 

 

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

18-12-1979

3-9-1981

17-7-1980

Convención sobre los derechos políticos de la mejer

20-12-1952

7-7-1954

8-4-1954

Convención sobre la nacionalidad de la mujer casada

29-1-1957

11-8-1958

5-12-1957

Convención Interamericana sobre el otorgamiento de los derechos político a la mujer

2-5-1948

 

6-2-1949

Convención Interamericana sobre el otorgamiento de los derechos civiles a la mujer

2-5-1948

 

4-3-1951

Convención sobre la nacionalidad de la mujer

26-12-1933

 

15-12-1943

Familia, Matrimonio, Infancia

 

 

 

Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios

7-11-1962

9-12-1964

20-8-1965

Convención sobre los Derechos del Niño

20-8-1989

2-9-1990

21-8-1991

Combatientes, Prisioneros y Civiles en tiempo de Conflicto armado

 

 

 

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña( Convenio 1 )

12-8-1949

21-10-1950

15-4-1954

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña( Convenio 2 )

12-8-1949

21-10-1950

15-4-1954

Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 relativo al trato debido a los prisioneros de guerra. ( Convenio 3 )

12-8-1949

21-10-1950

15-4-1954

Convenio de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 relativo a la protección de personas civiles en tiempos de guerra. ( Convenio 4 )

12-8-1949

21-10-1950

15-4-1954

Protocolo Adicional sobre la protección de las victimas de conflictos armados internacionales(Protocolo 1)

8-6-1977

 

25-11-1982

Protocolo Adicional sobre la protección de las victimas de conflictos armados no internacionales(Protocolo 2)

8-6-1977

 

23-6-1999

Discriminación

 

 

 

Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial

21-12-1965

4-1-1969

15-2-1972

Convención Internacional sobre la represión y el castigo del crimen de apartheid

30-11-1973

18-8-1976

13-2-1977

Convención Internacional contra el apartheid en los deportes

10-12-1985

 

11-12-1990

Convenio OIT No 100 relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor

29-6-1951

23-5-1953

13-1-1954

Unión de Jurista de Cuba

Sancti Spiritus

edu.red

 

 

 

 

Autor:

Lic. Jorge Félix Gual Ramos

Lic. Ramón Rodriguez Hidalgo

Sancti Spíritus 8 de Octubre de 2009

Año del 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución

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