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Finanzas y presupuesto público (página 2)


Partes: 1, 2
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GASTOS FUNCIONALES

Servicios públicos generales Defensa Educación Sanidad, Seguro y Bienestar social Vivienda Agricultura Minería,,Manufactura y construcción; electricidad, gas, vapor y agua; carreteras, transporte y comunicaciones (Gp:) CLASIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO SEGÚN EL F.M.I.

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GASTOS ECONÓMICOS

Sueldos y Salarios Bienes y Servicios Intereses Subsidios y otras trasferencias Acervos de Capital Transferencias de capital (Gp:) CLASIFICACIÓN DEL GASTO PÚBLICO SEGÚN EL F.M.I.

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Factores demográficos Las expectativas de vida, la proporción de la población urbana y la tasa de mortalidad infantil afectan a la tasa de crecimiento y a la composición del gasto público Cambios Sociológicos Las transformaciones por las que pasa una sociedad afectan necesariamente la composición del gasto público Orientación Política Los programas y objetivos de los partidos políticos determinan los medios e instrumentos necesarios para mejorar el desarrollo económico y, por tanto, el gasto. (Gp:) FACTORES QUE DETERMINAN LA COMPOSICIÓN DEL GASTO PÚBLICO

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Factores Tecnológicos Los avances tecnológicos pueden facilitar la consecución de los objetivos, pero la adquisición de tecnologías inadecuadas puede acarrear gastos innecesarios. Factores Ambientales Finalmente, no se puede ignorar la contaminación o la preservación del ambiente como factor importante en la magnitud y el tipo de servicios públicos que se proveen. (Gp:) FACTORES QUE DETERMINAN LA COMPOSICIÓN DEL GASTO PÚBLICO

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FINANCIAMIENTO DEL GASTO PÚBLICO El estado necesita disponer de recursos económicos reales, y solo los puede obtener de las formas siguientes: Al pedir prestado por medio de emisión de títulos o bonos financieros. Por medio de tributación. Por la monetización de la deuda pública. (Gp:) FINANCIAMIENTO DEL GASTO PÚBLICO

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Cuando el prestamista compra un bono estatal, ahorra, es decir, deja de consumir. Esta disminución del consumo privado permite que los recursos se destinen a la producción de servicios públicos. El Estado se endeuda en el exterior cuando emite bonos denominados de moneda extranjera y se obliga a redimirlos en divisas. Para pagar la deuda externa, el país tiene que vender productos al exterior, porque es la única manera de adquirir moneda extranjera. Aún sí los países pudieran redimir su deuda en moneda nacional, el pueblo perdería poder adquisitivo, debido a la inflación que se generaría. (Gp:) EMISIÓN DE TÍTULOS O BONOS DEL ESTADO

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Los impuestos son la manera más común de captar recursos. El poder coercitivo del Estado transfiere directamente recursos del sector privado al sector público, sin quedar obligado a una restitución posterior. "Tributos son las prestaciones pecuniarias que el Estado, o un ente público autorizado al efecto por aquél, en virtud de su soberanía territorial; exige de sujetos económicos sometidos a la misma.“ Blumenstein "Los tributos son prestaciones obligatorias que constituyen manifestaciones de voluntad exclusiva del Estado desde que el contribuyente sólo tiene deberes y obligaciones…". Corte Suprema de Justicia (Gp:) TRIBUTACIÓN

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IMPUESTOS TASAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES (Gp:) CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUTOS

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IVA (Impuesto al Valor Agregado) IDB (Impuesto al Débito Bancario) (De aplicación temporal) ISLR (Impuesto sobre la renta) IAE (Impuesto a los Activos Empresariales) IAEA (Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas) ISDRC (Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Ramos Conexos) TF (Timbres Fiscales) ISCMT (Impuesto Sobre Cigarrillos y Manufactura de Tabaco) EORNF (Estatuto Orgánico de la Renta Nacional Fósforos). (Gp:) IMPUESTOS

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Se define a la tasa como la prestación pecuniaria exigida compulsivamente por el Estado y relacionada con la prestación efectiva o potencial de una actividad de interés público que afecta al obligado. Tasas Jurídicas Tasas Administrativas (Gp:) TASAS

(Gp:) CLASIFICACIÓN DE LAS TASAS

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Por su fisonomía jurídica particular se ubican en situación intermedia entre los impuestos y las tasa. Esta categoría comprende gravámenes de diversa naturaleza definiéndose como "los tributos obligatorios debidos en razón de beneficios individuales o de grupos sociales derivados de la realización de obras, o gastos públicos, o especiales actividades del Estado. (Gp:) CONTRIBUCIONES ESPECIALES

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(Gp:) DEUDA

Las deudas son muy normales en la sociedad moderna, de modo que se puede decir que la sociedad económica actual se basa en gran parte de las deudas a corto o a largo plazo. Son muy pocas las transacciones que se pagan en efectivo. El crédito se emplea para todo y su anulación paralizaría la economía hoy en día.

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(Gp:) DIVISIÓN DE LA DEUDA

(Gp:) DEUDA (Gp:) ACTIVA Financiar la actividad económica presente (Gp:) LASTRE Utilizada en la financiación de guerras pasadas.

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(Gp:) DIVISIÓN DE LA DEUDA

Deuda pública

Volumen a que ascienden los préstamos obtenidos por el Tesoro Público de un país, de los bancos, entidades económicas y personas particulares a cambio del reembolso de sus capitales, transcurrido un período de tiempo determinado, y del consiguiente pago de sus intereses.

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(Gp:) DEUDA PÚBLICA

DEUDA PÚBLICA Deuda Consolidada Deuda Flotante

Deuda Externa Documentada en moneda extranjera y colocada en los mercados financieros internacionales, independientemente de que parte de las obligaciones emitidas pudiesen encontrarse en poder de residentes venezolanos. Deuda Interna Documentada en moneda nacional y colocada en el mercado interno o contratada con proveedores o contratistas nacionales, independiente de que parte de las obligaciones emitidas hayan sido negociadas en el exterior y se encuentren en poder de no residentes. Deuda Directa

Deuda Indirecta

Deuda Negociable

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(Gp:) PRESUPUESTO PÚBLICO

Principales fuentes de ingresos son los impuestos:

Impuesto Sobre la Renta Impuestos Indirectos sobre el consumo (IVA) Impuesto de sociedades Contribuciones de empresarios al sistema de seguridad social.

Principales fuentes de egresos son:

Gastos de Seguridad Social Previsión de bienes y servicios públicos (educación y sanidad) Pago de intereses y amortización de la deuda Nacional

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(Gp:) PRESUPUESTO PÚBLICO

“Un documento contable que recoge las previsiones de los ingresos y gastos públicos que se realizarán en el siguiente ejercicio” Debe incluir además, en forma expresa, todos los elementos de la programación (objetivos, metas, volúmenes de trabajo, recursos reales y financieros) que justifiquen y garanticen el logro de los objetivos previstos.

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(Gp:) SITUACIONES PRESENTES EN LOS PRESUPUESTOS

Gastos > Ingresos Ingresos > Gastos (Gp:) Presupuestos deficitarios

(Gp:) Presupuestos Superávit

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(Gp:) ¿CÓMO ES EL PRESUPUESTO?

Se trata de una ley, es decir que en ella se toman decisiones que tendrán efectos sobre los próximos años, tanto en materia de Gasto como de Ingresos del Estado. Desde el punto de vista de los Ingresos del Estado, en el Presupuesto se decide que impuestos crear, suprimir y que impuestos sufrirán algún tipo de modificaciones tanto en sus tasas, monto imponible, etc. y se estima aproximadamente lo que se recaudará con cada uno. Desde el punto de vista del Gasto, a través de esta ley se asignan recursos a los distintos Incisos.

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(Gp:) ¿QUIÉN DECIDE EL PRSUPUESTO?

PODER EJECUTIVO ASAMBLEA NACIONAL

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Programación Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y sostiene que éste -el presupuesto- debe tener el contenido y la forma de la programación. (Gp:) Contenido Establece que deben estar todos los elementos que permitan la definición y la adopción de los objetivos prioritarios. (Gp:) Forma: Con él deben explicitarse todo los elementos de la programación, es decir, se deben señalar los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para lograr esos objetivos;

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Integralidad El presupuesto está dado por la integralidad en su concepción y en su aplicación en los hechos. (Gp:) Un instrumento del sistema de planificación.

El reflejo de una política presupuestaria única.

Un proceso debidamente vertebrado; y

Un instrumento en el que debe aparecer todos los elementos de la programación.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Claridad Este principio tiene importancia para la eficiencia del presupuesto como instrumento de gobierno, administración y ejecución de los planes de desarrollo socio-económicos. Es esencialmente de carácter formal;

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Continuidad Esta norma postula que todas la etapas década ejercicio presupuestario deben apoyarse en los resultados de ejercicios anteriores y tomar, en cuenta las expectativas de ejercicios futuros.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Universalidad Dentro de este postulado se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del presupuesto debe ser incorporado en él.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Exclusividad Este principio complementa y precisa el postulado de la universalidad, exigiendo que no se incluyan en la ley anual de presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Especificación Este principio se refiere, básicamente, al aspecto financiero del presupuesto y significa que, en materia de ingresos debe señalarse con precisión las fuentes que los originan, y en el caso de las erogaciones, las características de los bienes y servicios que deben adquirirse.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Flexibilidad A través de este principio se sustenta que el presupuesto no adolezca de rigideces que le impidan constituirse en un eficaz instrumento de: Administración, Gobierno y Planificación. La flexibilidad tiende al cumplimiento esencial del presupuesto, aunque para ello deban modificarse sus detalles.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Unidad Este principio se refiere a la obligatoriedad de que los presupuesto de todas las instituciones del sector público sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo con la ley, basándose en un solo método y expresándose uniformemente.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Equilibrio Este principio se refiere esencialmente al aspecto financiero del presupuesto aún cuando éste depende en último término de los objetivos que se adopten; de la técnica que se utilice en la combinación de factores para la producción de los bienes y servicios de origen estatal; de las políticas de salarios y de precios y en consecuencia, también del grado de estabilidad de la economía.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Periodicidad Este principio tiene su fundamento, por un lado, en la característica dinámica de la acción estatal y de la realidad global del país, y, por otra parte, en la misma naturaleza del presupuesto. A través de este principio se procura la armonización de dos posiciones extremas, adoptando un período presupuestario que no sea tan amplio que imposibilite la previsión con cierto grado de minuciosidad, ni tan breve que impida la realización de las correspondientes tareas.

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(Gp:) PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO

Acuciosidad Profundidad, sistema y organicidad en la labor técnica, en la toma de decisiones, en la realización de acciones y en la formación y presentación del juicio sobre unas y otras. Sinceridad, honestidad y precisión en la adopción de los objetivos y fijación de los correspondientes medios; en el proceso de su concreción o utilización; y en la evaluación de nivel del cumplimiento de los fines, del grado de racionalidad en la aplicación de los medios y de las causas de posibles desviaciones.

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(Gp:) TIPOS DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

(Gp:) De los Recursos (Ingresos Públicos) (Gp:) De acuerdo a su periodicidad: esta agrupa a los ingresos de acuerdo a la frecuencia con que el Fisco los percibe. Se clasifican en ordinarios, aquellos que se recaudan en forma periódica y permanente, de los tributos, las tasas y otros medios periódicos de financiamiento del Estado. Los ingresos, extraordinarios por exclusión, serían los que no cumplen con estos requisitos. (Gp:) Económica: según esta clasificación los ingresos públicos se clasifican en corrientes, recursos de capital y fuentes financieras. Los ingresos corrientes son aquellos que proceden de ingresos tributarios, no tributarios y de transferencias recibidas para financiar gastos corrientes. Los recursos de capital son los que se originan por la venta de bienes de uso, muebles e inmuebles, indemnización por pérdidas o daños a la propiedad, etc. Las fuentes financieras se generan por la disminución de activos financieros (uso de disponibilidades, venta de bonos y acciones, recuperación de préstamos, etc.) y el incremento de pasivos (obtención de préstamos, incremento de cuentas por pagar, etc.) (Gp:) Por Sectores de Origen: Sector externo: Ingresos Petroleros Ingresos del Hierro Utilidad Cambiaria Endeudamiento Externo Sector Interno: Impuestos Tasas Dominio Territorial Endeudamiento Interno Otros Ingreso

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(Gp:) TIPOS DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

(Gp:) De los Egresos públicos (gastos públicos) (Gp:) Clasificación Institucional: a través de ella se ordenan los gastos públicos de las instituciones y/o dependencias a las cuales se asignan los créditos presupuestarios, en un período determinado, para el cumplimiento de sus objetivos. (Gp:) Clasificación por Naturaleza de Gasto: permite identificar los bienes y servicios que se adquieren con las asignaciones previstas en el presupuesto y el destino de las transferencias, mediante un orden sistemático y homogéneo de éstos y de las variaciones de activos y pasivos que el sector público aplica en el desarrollo de su proceso productivo. (Gp:) Clasificación Económica: ordena los gastos públicos de acuerdo con la estructura básica del sistema de cuentas nacionales para acoplar los resultados de las transacciones públicas con el sistema, Gastos corrientes: son los gastos de consumo y/o producción, la renta de la propiedad y las transacciones otorgadas a los otros componentes del sistema económico para financiar gastos de esas características. Gastos de Capital: son los gastos destinados a la inversión real y las transferencias de capital que se efectúan con ese propósito a los exponentes del sistema económico. (Gp:) Clasificación Sectorial: ésta presenta el gasto público desagregado en función de los sectores económicos y sociales, donde el mismo tiene su efecto. Persigue facilitar la coordinación entre los planes de desarrollo y el presupuesto gubernamental. (Gp:) Clasificación por Programa: ésta presenta el gasto público desagregado en función de los sectores económicos y sociales, donde el mismo tiene su efecto. Persigue facilitar la coordinación entre los planes de desarrollo y el presupuesto gubernamental.

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(Gp:) TIPOS DE PREUPUESTO PÚBLICO

Sistema de Planeamiento-Programación-Presupuestación (PPBS) La otra forma que se ha utilizado para presupuestar dentro del sector público, ha sido la conocida como "Planeación-Programación-Presupuestación (PPBS)", empleada originalmente por los Estados Unidos de Norteamérica como una manera de disponer criterios efectivos para la toma de decisiones, en la asignación y distribución de los recursos tanto físicos como financieros en los diferentes organismos públicos.

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(Gp:) TIPOS DE PREUPUESTO PÚBLICO

Presupuesto Tradicional El fundamento del presupuesto tradicional es la asignación de los recursos tomando en cuenta, básicamente, la adquisición de los bienes y servicios según su naturaleza o destino, sin ofrecer la posibilidad de correlacionar tales bienes con las metas u objetivos que se pretenden alcanzar. Es sólo un instrumento financiero y de control.

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(Gp:) TIPOS DE PREUPUESTO PÚBLICO

Presupuesto Base Cero Esta técnica presupuestaria es de reciente data. Comienza a utilizarse a partir de 1973 en algunas entidades federales del gobierno Norteamericano, la nueva metodología pretende determinar si las acciones que desarrollan los diferentes órganos que conforman el Estado son eficientes. Si se deben suprimir o reducir ciertas acciones con el fin de propiciar la atención de otras que se consideran más prioritarias.

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(Gp:) PRESUPUESTO BASE CERO

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P R E S U P U E S T O

B A S E

C E R O

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Paquete de decisión

Un paquete de decisión es un documento que identifica y describe una actividad especifica de manera que la gerencia puede en primer lugar evaluarla y clasificarla de acuerdo con las demás actividades que compiten por obtener recursos y en segundo lugar decidir si se aprueba o no.

La información que incluye un paquete de decisión sobre cada actividad deberá incluir por lo menos: Propósitos (o metas y objetivos). Consecuencias que trae el no adaptar la actividad propuesta. Medida de rendimiento. Otros posibles cursos de acción. Costos y beneficios.

(Gp:) PRESUPUESTO BASE CERO

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(Gp:) PRESUPUESTO BASE CERO

VENTAJAS

Debido a que se analizan, evalúan y jerarquizan las actividades, en las organizaciones estatales se obtendría ahorros significativos y se aplicarían los recursos en forma equitativa y justa.

Reduce significativamente los esfuerzos evitando duplicidad de labores al identificar los paquetes con sus actividades.

El importe del presupuesto seria el deseado y eliminaría gastos innecesarios al categorizar los paquetes y seleccionar las alternativas mejores.

Permite hacer una clara diferencia entre las actividades que son productivas y las que no son.

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(Gp:) PRESUPUESTO BASE CERO

DESVENTAJAS

El desconocimiento de la técnica de buena parte de las personas que trabajan en las empresas y entidades oficiales.

A las personas no les gusta que las controlen. Por ello pueden haber dificultades en el proceso de formulación y ejecución.

Debido al mayor número de personas que deben participar en su formulación algunas podrían considerar al sistema como algo intrascendente.

En los primeros años el proceso de formulación conlleva tiempo y ello puede verse como pérdida de tiempo.

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(Gp:) ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMÁTICA

Para el cumplimiento de los deberes primordiales del Estado, se establecen las Funciones que identifican las acciones a ejecutar por los Pliegos Presupuestarios, de acuerdo a lo siguiente:

Administración y Planeamiento Agraria Asistencia y Previsión Social Comunicaciones Defensa y Seguridad Nacional Educación y Cultura Energía y Recursos Minerales Industria, Comercio y Servicios Pesca Relaciones Exteriores Salud y Saneamiento Trabajo Transporte Vivienda y Desarrollo Urbano

El Clasificador Funcional Programático, define y desagrega las Funciones, en Programas y Subprogramas, el mismo que se aprueba y modifica por Resolución de la Dirección Nacional del Presupuesto Público.

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(Gp:) PROCESO PRESUPUESTARIO

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(Gp:) LEY PRESUPUESTAL

En ella se incluye por un lado, las decisiones respecto de cual será la estructura tributaria que regirá por los siguientes cinco años y por otro se decide que cantidad de recursos se asignará a las distintas actividades tales como Educación, Salud, Defensa, Justicia, etc. ENIMIENTO Se decide que tipo de actividades productivas o de consumo pagarán más o menos impuestos, que ingresos (Salarios, ganancias, rentas, etc.) serán los que estarán gravados y cuales no lo estarán En dicha ley además, se decide cual es el monto de recursos destinados al pago de Salarios de los funcionarios del Estado.

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(Gp:) OCEPRE

La Oficina Central de Presupuesto es el organismo rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cubrir las atribuciones que le confiere el Artículo 66 de la Ley Orgánica de Régimen Presupuestario (LORP, del 20 de abril de 1994). Misión Asesorar a la Presidencia de la República y a los Organismos sujetos a la Ley Orgánica del Régimen Presupuestario (LORP), en el sistema presupuestario, en su formulación, seguimiento y en la evaluación de su ejecución física y financiera, así como en su consolidación anual.

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(Gp:) OCEPRE

Visión La OCEPRE busca proyectarse como una Oficina que integre a su función de control de legalidad presupuestaria, la de seguimiento de la productividad y/o eficiencia del gasto público, y al mismo tiempo busca la excelencia en su servicio de asesoría mediante la innovación de sus procesos y el énfasis en la calidad de su recurso humano.

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(Gp:) ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

(Gp:) OCEPRE

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FUNCIONES

Velar por el cumplimiento de esta Ley y su Reglamento.

Proponer al Presidente de la República, a través del Ministerio de Hacienda, opciones sobre los lineamientos generales para la formulación de los presupuestos del sector público.

Participar en la elaboración del Plan Operativo Anual y preparar el Presupuesto por Programas al Sector Público, el Presupuesto Consolidado y las Cuentas Consolidadas del Sector Público. (Gp:) OCEPRE

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(Gp:) OCEPRE

Informar mensualmente al Presidente de la República, a través del Ministerio de Hacienda, acerca de la gestión presupuestaria.

Dictar resoluciones sobre la aplicación de esta Ley y su Reglamento.

Proponer y realizar averiguaciones administrativas a efectos de establecer la responsabilidad de los funcionarios por el incumplimiento de esta Ley y su Reglamento.

Requerir a los organismos componentes la aplicación de sanciones por cumplimiento de las disposiciones de esta Ley y su Reglamento.

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(Gp:) OCEPRE

Preparar las normas e instrucciones relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario

Asesorar en materia presupuestaria a los organismos cuyo presupuesto son regidos por esta ley.

Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias presentadas por los organismos ejecutores de los respectivos presupuestos y emitir su opinión al respecto.

Ejercer el control y evaluación de la ejecución de los presupuestos, sin perjuicio de las funciones de control asignadas a otros organismos.

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Preparar el Proyecto de Ley de Presupuesto y todos los informes que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Analizar el proyecto de presupuesto de los organismos comprendidos en está Ley y, cuando corresponda, proponer las modificaciones que considere necesarias.

Preparar, en consulta con el Ministro de Hacienda, la Programación de la Ejecución de Presupuesto y remitirla a la Contraloría General de la República. (Gp:) OCEPRE

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Constituye un órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, al cual le corresponde la aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional, así como, el ejercicio, gestión y desarrollo de las competencias relativas a la ejecución integrada de las políticas aduanera y tributaria fijadas por el Ejecutivo Nacional. Misión Recaudar con niveles óptimos los tributos nacionales, a través de un sistema integral de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo y confiable, bajo los principios de legalidad y respeto al contribuyente. (Gp:) SENIAT

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Visión Ser una institución modelo para el proceso de transformación del Estado Venezolano, de sólido prestigio, confianza y credibilidad nacional e internacional, en virtud de su gestión transparente, sus elevados niveles de productividad, la excelencia de sus sistemas y de su información, el profesionalismo y sentido de compromiso de sus recursos humanos, la alta calidad en la atención y respeto a los contribuyentes, y también por su contribución a que Venezuela alcance un desarrollo sustentable con una economía competitiva y solidaria. (Gp:) SENIAT

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(Gp:) SENIAT

Funciones y potestades

Administrar el sistema de los tributos de la competencia del Poder Público Nacional, en concordancia con la política definida por el Ejecutivo Nacional.

Administrar el sistema aduanero, en concordancia con la política definida por el Ejecutivo Nacional.

Elaborar propuestas para la definición de las políticas tributaria y aduanera, evaluar su incidencia en el comercio exterior y proponer las directrices para su ejecución.

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(Gp:) SENIAT

Definir y ejecutar las políticas administrativas tendentes a reducir los márgenes de evasión fiscal y, en especial, prevenir, investigar y sancionar administrativamente los ilícitos aduaneros y tributarios.

Ejercer la facultad de revisión de los actos emanados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), conforme al ordenamiento jurídico aplicable.

Conocer, sustanciar y decidir los recursos administrativos interpuestos contra los actos dictados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de conformidad con el ordenamiento jurídico.

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(Gp:) SENIAT

Recaudar los tributos de la competencia del Poder Público Nacional y sus respectivos accesorios; así como cualquier otro tributo cuya recaudación le sea asignada por ley o convenio especial.

Ejercer las funciones de control, inspección y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de conformidad con el ordenamiento jurídico tributario.

Determinar y verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y tributarias y sus accesorios.

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(Gp:) SENIAT

Ejecutar en forma integrada las políticas tributaria y aduanera establecidas por el Ejecutivo Nacional.

Elaborar y presentar al Ministerio de Finanzas anteproyectos de leyes tributarias y aduaneras, y emitir criterio técnico sobre sus implicaciones.

Emitir criterio técnico sobre las implicaciones tributarias y aduaneras de las propuestas legales o reglamentarias que se le presenten.

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Objetivos estratégicos

Incremento de la recaudación tributaria de origen no petrolero. Modernización del sistema jurídico tributario. Desarrollo de la cultura tributaria y, mejora de la eficiencia y eficacia institucional. (Gp:) SENIAT

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(Gp:) SENIAT

Evacuar las consultas sometidas a su consideración en materias de su competencia.

Ejercer en cualquier instancia la representación judicial y extrajudicial de los intereses de la República, previa sustitución otorgada por el Procurador o Procuradora General de la República a los funcionarios adscritos al  Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)

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(Gp:) SENIAT

Supervisar y controlar en ejercicio de la potestad aduanera los servicios aduaneros en puertos, aeropuertos, muelles, embarcaderos, zonas inmediatas o adyacentes a la frontera, zona de libre comercio y en las demás áreas, dependencias y edificaciones habilitadas para la realización de las operaciones aduaneras y accesorias.

Ejercer las funciones de control y resguardo aduanero en el transporte acuático, aéreo, terrestre, ferroviario; en los sistemas de transporte combinado o multimodal, cargas consolidadas y en otros medios de carga y transporte.

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(Gp:) SENIAT

Coordinar con las dependencias del Ministerio de Finanzas y demás órganos y entes de la República, las acciones que deba ejecutar la Administración Tributaria Nacional, tendentes al mejor desarrollo de las funciones o actividades de la competencia del Poder Público Nacional.

Planificar, administrar y dirigir todo lo relacionado con la tecnología de información, en especial los sistemas telemáticos, estadísticos y de verificación de documentos y mercancías destinados al control aduanero y fiscal. 

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(Gp:) SENIAT

Diseñar, desarrollar y aplicar programas de divulgación y educación tributaria que propendan a mejorar el comportamiento de los sujetos pasivos en el cumplimiento voluntario y oportuno de sus obligaciones tributarias y aduaneras.

Promover y efectuar estudios, análisis e investigaciones en las materias de su competencia.

Elaborar y presentar al Ejecutivo Nacional las propuestas, informaciones y estudios necesarios para la fijación de las metas anuales de recaudación.

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(Gp:) SENIAT

Expedir certificados de residencia fiscal.

Suscribir convenios con particulares, relacionados con el uso de medios, mecanismos y sistemas automatizados para detección y verificación de documentos o de mercancías.

Denunciar ante el órgano competente los presuntos hechos de fraude evasión tributaria y aduanera, de conformidad con la normativa legal correspondiente.

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(Gp:) SENIAT

Denunciar ante el órgano competente los presuntos hechos de fraude evasión tributaria y aduanera, de conformidad con la normativa legal correspondiente.

Suscribir con instituciones públicas y privadas venezolanas, convenios y acuerdos de servicios de cooperación, coordinación e intercambio de información en materias relativas a las potestades y competencias del  Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

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Participar, con los organismos responsables de las relaciones internacionales y comerciales de la República, en la formulación y aplicación de la política tributaria y de comercio exterior que ese establezca en los tratados, convenios o acuerdos internacionales; en la formulación y aplicación de los instrumentos legales y decisiones derivadas de dichos compromisos.

Participar, en coordinación con el Ministerio de Finanzas y los organismos responsables de las relaciones internacionales y comerciales de la República, en las negociaciones y formulación de los proyectos de convenios y tratados internacionales relacionados con la materia tributaria y aduanera. (Gp:) SENIAT

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(Gp:) SENIAT

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

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(Gp:) COMISIÓN DE FINANZAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Misión

De acuerdo con su reglamento, los productos esperados de la OAEF son: 

Estudios que contribuyan al mejor cumplimiento de las atribuciones de legislación y control de la Asamblea Nacional, en las áreas económica, financiera y fiscal. 

Informes y Consultas de asesoría económica y financiera que soliciten las comisiones parlamentarias. 

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(Gp:) COMISIÓN DE FINANZAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Misión

De acuerdo con su reglamento, los productos esperados de la OAEF son: 

Evaluación del impacto económico y financiero de los proyectos de leyes que se discutan en la Asamblea Nacional. 

Brindar apoyo técnico al proceso de elaboración y cumplimiento de la agenda parlamentaria que fije la directiva de la Asamblea Nacional. 

Todos los demás que se derivan de sus funciones reglamentarias

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(Gp:) COMISIÓN DE FINANZAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Funciones

Elaborar estudios técnicos de la Ley de Presupuesto y créditos adicionales y Leyes de Crédito Público, los cuales deben contener un análisis sobre la consistencia macroeconómica y los impactos económicos y sociales de tales proyectos en el contexto del sector público consolidado (ingresos, gastos, déficit, fuentes de financiamiento e implicaciones sobre el endeudamiento neto y el servicio de las deudas que mediante ellos se contraigan) de manera tal, que la Asamblea Nacional de la República pueda determinar si el déficit fiscal que tales instrumentos crea o disminuye, es compatible con los otros instrumentos de política económica y las metas macroeconómicas, y hacerlos del conocimiento de las Comisiones de Finanzas y Economía. 

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(Gp:) COMISIÓN DE FINANZAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Estudiar y emitir un pronunciamiento sobre las implicaciones económicas y sociales que se deriven de las leyes que sean aprobadas por la Asamblea Nacional y hacerlo del conocimiento del Presidente de la Asamblea y de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía.

Realizar los estudios que estime necesarios acerca de las políticas y decisiones del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial que puedan tener un impacto en las finanzas públicas y hacerlos del conocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional y de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía.

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(Gp:) COMISIÓN DE FINANZAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Recabar a través de los respectivos Presidentes de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía, los datos e indicadores de carácter social, económico y financiero que las diferentes personas públicas, territoriales o sus órganos y demás personas jurídicas están obligadas a suministrar a la Asamblea Nacional o a sus órganos de acuerdo a la ley, analizarlos e informar lo que consideren pertinente. 

Modificar, en caso que sea necesario, los estudios correspondientes a los instrumentos legales a que se refiere el numeral 1, para adecuarlos a los cambios que hayan sufrido los proyectos en la Asamblea Nacional.  . 

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(Gp:) COMISIÓN DE FINANZAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Asistir con derecho a voz a las reuniones de las Comisiones de la Asamblea Nacional, cuando en ellas se discuta cualquier proyecto de ley u otro acto legislativo con implicaciones presupuestarias. 

Informar, al menos trimestralmente al Presidente de la Asamblea Nacional y a los de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía, acerca de la evolución de la economía nacional, indicadores socioeconómicos, situación del sistema financiero y de las finanzas públicas en general, así como del impacto económico y social que pueda tener cualquier medida adoptada por el Poder Ejecutivo o sus órganos. 

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(Gp:) MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

Objetivos

1. La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de planificación y desarrollo institucional; 2. La formulación de estrategias de desarrollo económico y social de la Nación, y la preparación de las proyecciones y alternativas;  3. La formulación y seguimiento del Plan de la Nación, del Plan Operativo Anual y del Plan de Inversiones Públicas;

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(Gp:) MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

4. La propuesta de los lineamientos de la planificación del Estado y de la planificación física y espacial en escala nacional; 5. La coordinación y compatibilización de los diversos programas sectoriales, estadales y municipales; 6. La coordinación de las actividades de desarrollo regional;

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(Gp:) MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

7. La asistencia técnica a los órganos del Poder Público; 8. La asistencia técnica y financiera internacional; 9. La vigilancia y evaluación de los programas y proyectos de asistencia técnica que se ejecuten en el país; 10. La regulación, formulación y seguimiento de las políticas de la función pública; 11. La coordinación y administración del sistema integral de información sobre personal de la Administración Pública;

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(Gp:) MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

12. La regulación y formulación de las políticas de reclutamiento, selección, formación, evaluación, promoción, remuneración, seguridad social y egreso de los funcionarios públicos; 13. La supervisión y coordinación de las oficinas de personal de la Administración Pública Nacional, así como las competencias que le señale la Ley de Carrera Administrativa; 14. La evaluación de la gestión de recursos humanos de los órganos de la Administración Central y Descentralizada funcionalmente;

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(Gp:) MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

15. La realización de la evaluación de los resultados de la gestión de los organismos que integran la Administración Pública Nacional y su divulgación, particularmente la evaluación del desempeño institucional de los órganos de la Administración Central y Descentralizada funcionalmente y la formulación de los convenios que sean suscritos entre el Ejecutivo Nacional y los organismos sujetos a evaluación de sus resultados; 16. Las demás que le atribuyan las leyes y otros actos normativos.

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Organismos bajo la adscripción del Ministerio de Planificación y Desarrollo

Instituto Venezolano de Planificación (IVEPLAN). Corporación de Desarrolló de la Región Central (CORPOCENTRO). Corporación de Desarrollo de la Región Nororiental (CORPORIENTE). Corporación de Desarrollo de la Región de los Llanos (CORPOLLANOS). Corporación de Desarrollo de la Región de los Andes (CORPOANDES). Corporación de Desarrollo de la Región Zuliana (CORPOZULIA). Corporación Venezolana de Guayana (CVG). (Gp:) MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

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(Gp:) MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

Corporación Venezolana del Suroeste (CVS). (2) Fundación para el Desarrollo de la Región Centro Occidental de Venezuela (FUDECO). Fundación Escuela de Gerencia Social. Fondo de Inversiones de Venezuela. Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES).

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(Gp:) BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

Institución pública que en Venezuela ejerce de manera exclusiva y obligatoria las competencias monetarias del Poder Nacional. Fundado en 1939. Su objeto fundamental es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor de la moneda. Es persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de la política monetaria, y participa en el diseño y ejecución de la política cambiaria.

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Misión

El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público, con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación.

Su objeto fundamental es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria como parte de las políticas públicas tendentes a facilitar el desarrollo ordenado de la economía nacional. (Gp:) BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

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(Gp:) BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

Visión

El Banco Central de Venezuela se proyecta como un organismo de alto prestigio y credibilidad en el ámbito nacional e internacional que, centrado en su misión y en correspondencia con sus funciones, promueve la coherencia y coordinación de las políticas de su competencia, en un ambiente de ejercicio pleno de su autonomía, de actuación consistente y firme, que fortalece la legitimidad del Instituto ante el entorno y le hace merecedor del respeto de la comunidad.

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(Gp:) BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

Funciones

Formular y ejecutar la política monetaria.

Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.

Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.

Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.

Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.

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(Gp:) BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.

Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.

Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.

Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.

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(Gp:) BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.

Compilar y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanza de pagos.

Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de acuerdo con la ley.

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(Gp:) FONDO DE INVERSIÓN PARA LA ESTABILIZACIÓN MACROECONÓMICA

El 04 de noviembre de 1998, se crea un fondo de inversión sin personalidad jurídica adscrito al Banco Central de Venezuela, que se denominó Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica, cuyo objeto es procurar que las fluctuaciones del ingreso petrolero no afecten el necesario equilibrio fiscal, cambiario y monetario del País.

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(Gp:) FONDO DE INVERSIÓN PARA LA ESTABILIZACIÓN MACROECONÓMICA

Funciones

Velar por el cumplimiento del objeto del Fondo. Aprobar el presupuesto anual de funcionamiento del Fondo. Aprobar el informe anual de resultados del Fondo. Copia de dicho informe será remitido al Congreso de la República dentro de los quince días siguientes a su aprobación. Dictar las normas de funcionamiento interno del Fondo.

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(Gp:) FONDO DE INVERSIÓN PARA LA ESTABILIZACIÓN MACROECONÓMICA

Aprobar los egresos de los recursos del Fondo en los casos previstos en este Decreto.

Establecer las políticas y criterios de inversión de los recursos del Fondo.

Las demás que sean necesarias para asegurar el buen funcionamiento del Fondo y el cumplimiento de su objeto.

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(Gp:) FONDO DE INVERSIÓN PARA LA ESTABILIZACIÓN MACROECONÓMICA

Recursos

Los aportes que deberán hacer a la República, las entidades estadales y Petróleos de Venezuela, S.A.

Los beneficios netos que se deriven de la enajenación de sus bienes.

Los aportes extraordinarios que efectúe el Ejecutivo Nacional.

Ingresos por impuesto sobre la renta

Ingresos por impuesto de explotación del petróleo y del gas percibidos en exceso del promedio de dichos ingresos recaudados en los últimos cinco años calendario.

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(Gp:) FONDO DE INVERSIÓN PARA LA ESTABILIZACIÓN MACROECONÓMICA

Ingresos por impuesto sobre la renta causado sobre los ingresos que perciban Petróleos de Venezuela S.A. y sus empresas filiales

El Ejecutivo Nacional adquirirá divisas al Banco Central de Venezuela y transferirá las mismas al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica.

Petróleos de Venezuela, S.A. transferirá divisas al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica.

El Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica venderá divisas al Banco Central de Venezuela y realizará la transferencia de los correspondientes bolívares a la Tesorería Nacional y a la respectiva entidad estadal.

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(Gp:) CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

"La Contraloría General de la República es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa, y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control." Misión

La Contraloría General de la República es el organismo constitucionalmente autónomo, al servicio del Estado democrático y de la sociedad venezolana, cuyo fin primordial es velar por la correcta y transparente administración del patrimonio público y luchar contra la corrupción. Visión

Consolidarse como fuerza y referencia ética de la República e instrumento eficaz de la sociedad venezolana, en el ejercicio de su derecho a controlar la administración pública, contribuyendo efectivamente a la revitalización y reordenamiento del poder público, así como al fortalecimiento de la democracia y del estado de derecho.

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(Gp:) CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Estructura Organizativa De La Contraloría

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(Gp:) CONCLUSIONES

Las Finanzas Públicas rigen las necesidades que se originan frente a las relaciones de Estado con los individuos o las del Estado frente a sus propias necesidades

2. La actividad financiera del Estado comienza en el momento en que éste se apropia de las riquezas o bienes producidos por las demás economías, y las convierte en ingresos para atender los gastos que le causará cumplir su deber de satisfacción de las necesidades públicas y termina cuando el ingreso público se ha convertido en servicio público o medio de satisfacer la necesidad. 3. Las finanzas públicas están integradas por las necesidades públicas, los servicios públicos, el gasto público, los recursos públicos y la renta nacional.

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(Gp:) CONCLUSIONES

4. La política fiscal es el conjunto de medidas e instrumentos que toma el estado para recaudar los ingresos necesarios para la realización de la función del sector público.

5. La política monetaria es el control de la banca y del sistema monetario por parte del gobierno con el fin de conseguir la estabilidad del valor del dinero y evitar una balanza de pagos adversa, alcanzar el pleno empleo y buscar el estado de liquidez de toda economía. 6. El gasto público se define como el gasto que realizan los gobiernos a través de inversiones públicas y se ejecuta a través de los presupuestos o Programas Económicos establecidos por los distintos gobiernos. 7. El Ministerio de Finanzas, el SENIAT, la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, el Ministerio de planificación y desarrollo (CORDIPLAN), el B.C.V, y el Fondo de estabilización macroeconómica son instituciones creadas para ayudar al desarrollo económico de un país.

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(Gp:) CONCLUSIONES

8. Cada sistema tributario es distinto a otro, ya que cada uno de ellos está integrado y formado por los variados impuestos que cada país adopte según sea su producción, formas políticas, tradiciones, y naturaleza geográfica de los mismos. 9. Cada sistema tributario es distinto a otro, ya que cada uno de ellos está integrado y formado por los variados impuestos que cada país adopte según sea su producción, formas políticas, tradiciones, y naturaleza geográfica de los mismos. 10.El presupuesto público es un documento contable que recoge las previsiones de los ingresos y gastos públicos que se realizarán en el siguiente ejercicio.

Partes: 1, 2
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