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Subsidios agrícolas y comercio (página 3)


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

La tabla representa en negrilla subrayado cuando entraron a actuar los aranceles al encontrarse los precios CIF por debajo del precio piso CIF de la franja SAFP, los productos que en promedio no alcanzaron a los límites fueron el maíz tanto el amarillo como el blanco ambos aproximadamente US $5 por tonelada por debajo de la franja, y los trozos de pollo US $ 350 por tonelada inferior al piso de la franja.

Los productos que estuvieron por encima del techo de la franja fueron el trigo, el arroz blanco, el azúcar, la leche y la carne de cerdo, lo que les representó mayores facilidades de acceso a la Comunidad Andina. Mientras que los productos que se mantuvieron dentro de la franja fueron la soya y el aceite crudo.

2.2.1.1.1. Circular de Franja de Precios Enero 2006. Precios de referencia, Rebajas arancelarias (reb), Derechos adicionales (Dva) y Arancel total (At) para ser aplicados a las importaciones que arriben a puertos de la Comunidad Andina entre el 1 y 15 de febrero de 2006.

En la tabla se identifican la distribución de las 154 partidas y como se distribuyen las rebajas o derechos adicionales y como queda el arancel total por subpartida entre los productos que hacen parte del SAFP para los primeros 15 días de febrero de 2006, tal resolución sale quincenalmente.

Franja

No. de subpartidas

Precio de Referencia CIF (USD/t)

Producto

Marcador

Vinculados con AEC de 20% (99 subpartidas)

Vinculados con AEC de 15% (54 subpartidas)

Vinculados con AEC de 10% (1 subpartida)

Reb(-) ó Dva

At

Reb(-) ó Dva

At

Reb(-) ó Dva

At

Reb(-) ó Dva

At

Carne de cerdo

11

1,502

0%

20%

0%

20%

Trozos de pollo

12

727

111%

131%

111%

131%

Leche entera 

27

2,361

-5%

15%

-5%

15%

-5%

10%

Trigo

7

196

-9%

6%

-9%

11%

-9%

6%

Cebada

3

138

3%

18%

3%

18%

Maíz amarillo 

22

125

1%

16%

1%

21%

1%

16%

Maíz blanco

2

134

0%

15%

0%

20%

0%

15%

Arroz blanco

4

325

-20%

0%

-20%

0%

-15%

0%

Soya en grano

16

255

0%

15%

0%

15%

Aceite crudo de soya

16

465

0%

20%

0%

20%

Aceite crudo de palma

23

464

0%

20%

0%

20%

0%

15%

Azúcar crudo

2

352

-20%

0%

-20%

0%

Azúcar blanco

9

375

-20%

0%

-20%

0%

-15%

0%

-10%

0%

Fuente: Secretaría General de la Comunidad Andina. 2006-1-17

2.2.1.2. Vistos buenos y políticas de absorción

En noviembre de 1994, mediante el Decreto 2439, el gobierno reglamentó el requisito de visto bueno por parte del Ministerio de Agricultura para 68 productos agrícolas. Dentro de las condiciones señaladas posteriormente para su aprobación, el Ministerio los condicionó a la absorción de la producción nacional por parte de la industria importadora. En su reglamentación original, se incluyeron productos como: carnes y despojos comestibles de aves, yuca y productos de la yuca, fríjol, trigo y sus productos, cebada, maíz, arroz, sorgo, almidones y fécula, gluten de trigo, soya y oleaginosas, aceites comestibles y tortas oleaginosas. El objetivo de esta política no es la autosuficiencia sino garantizar la absorción de la producción nacional. (Ver Anexo COL – MNA Protección)

2.2.1.3. Licencia previas

Una de las reformas más importantes adoptadas en 1990 fue la de limitar el uso de licencias. En Colombia el 95% de las mercancías es de libre importación y el 5% restante es de Licencia Previa; es decir, requiere de permiso del Comité de Importaciones para su ingreso al país. Bajo éste régimen se encuentran productos químicos precursores de narcóticos, armas, productos de donaciones, bienes usados, excepto alguna maquinaria y los trozos y partes de pollo y pavo.

2.2.1.4. Aranceles a insumos y bienes de capital

Los gravámenes para la producción de insumos y maquinaria para la agricultura reflejan la estructura arancelaria de Colombia, de niveles de 0, 5, 10, 15 y 20 por ciento, aplicados de acuerdo con el criterio de protección a la producción nacional. Los fertilizantes simples cuentan con arancel del 5 por ciento mientras que los compuestos cuentan con arancel del 5 y 10 por ciento. Los fertilizantes están liberados dentro de la Comunidad Andina y cuentan también con bajas tarifas por los acuerdos comerciales con México, Chile y ALADI.

Las materias primas para insumos químicos y los insecticidas cuentan con aranceles escalonados de cero, 5 y 10 por ciento, de acuerdo con el grado de producción local. La maquinaria agrícola cuenta con aranceles de cero, 5, 10 y 15 por ciento, asignados de acuerdo con el grado de producción interna.

La mayoría de los productos están sujetos al impuesto sobre las ventas, IVA, del 16 por ciento, pero con una gran diferenciación. Los productos agrícolas cuentan con tarifas de IVA desde 0.8 por ciento hasta 16 por ciento.

Esta política encaminada a eliminar las barreras no arancelarias y a fijar una estructura arancelaria se establece así:

1 -2) 0 y 5 por ciento para bienes de capital y materias primas no producidas en el país,

3-4) 10 y 15 por ciento para bienes con producción en Colombia,

5) 20 por ciento para bienes finales, y

*) 35 por ciento para vehículos

La oferta colombiana para el sector agropecuario consta de aranceles consolidados en 2004 desde el 15 por ciento para arvejas, 20 por ciento para las manzanas hasta 227% para los aceites vegetales. En general, el arancel mínimo consolidado en 2004 para los productos agrícolas de producción local fue de 70 por ciento y los productos que forman parte de las franjas de precios obtuvieron consolidados entre 75 y 227 por ciento.

Adicionalmente, se establecieron 57 contingentes arancelarios de acceso actual y 10 contingentes de acceso mínimo con aranceles entre 75 y 227 por ciento; 84 partidas arancelarias están sujetas a la salvaguardia especial.

Hasta el momento, Colombia ha hecho uso de la mayoría de sus consolidaciones arancelarias gracias al sistema de franjas de precios.

Tabla

Aranceles totales de los productos con franjas de precios

Producto

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

Carne de Cerdo

38.0

25.0

17.2

55.0

68.9

34.8

25.1

42.9

37.1

9.5

8.4

Trozos de Pollo

63.9

46.0

83.0

104.5

180.2

156.5

115.4

163.9

133.8

85.5

68.2

Leche Entera

42.1

23.9

48.6

75.1

32.8

15.8

27.7

38.2

43.7

46.6

23.4

48.2

44.3

22.5

50.0

Trigo

47.1

15.5

16.0

15.0

9.0

2.0

19.0

43.1

48.0

34.0

22.5

13.1

10.6

5.6

11.3

Cebada

15.5

15.8

23.8

21.2

12.5

3.3

16.7

38.5

37.9

28.6

16.8

14.8

8.2

13.0

15.6

Maíz Amarillo

30.0

19.7

33.7

36.7

23.8

10.4

27.5

47.6

65.3

70.2

50.9

26.5

14.8

9.4

20.0

Maíz Blanco

21.5

19.9

12.0

1.7

19.8

32.7

49.3

68.2

35.5

16.8

6.9

10.8

45.0

Arroz

41.4

22.3

37.2

33.6

32.9

15.8

21.4

21.1

45.6

69.8

82.5

49.3

31.4

77.9

80.0

Soya

40.8

24.7

16.5

17.9

20.0

3.3

5.8

24.8

56.1

45.3

42.4

27.2

10.6

4.4

14.1

Sorgo

30.0

21.4

35.4

36.7

23.8

3.5

27.1

47.6

65.3

70.3

50.8

26.5

14.8

9.4

19.9

Aceite d Palma

0.0

13.2

19.0

7.7

51.5

102.8

105.1

35.5

20.0

16.0

19.8

Aceite de Soya

0.8

17.3

20.2

16.4

61.2

97.0

82.5

32.9

17.4

7.4

19.5

Azúcar Crudo

24.6

21.3

25.5

55.5

106.9

72.0

41.7

68.8

43.3

37.0

15.2

Azúcar Blanco

20.0

22.5

25.5

19.8

15.9

18.5

33.1

63.1

98.8

84.5

46.9

41.2

38.7

25.0

13.0

Fuente: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Anuarios + SAFP

2.2.1.5. Subsidios a las exportaciones

Colombia consolidó subsidios a las exportaciones para 18 productos agrícolas. Sus compromisos ante la OMC ascienden a 297 millones de dólares en 2003 y 287 millones en 2004. Los instrumentos de política consolidados como subsidios son el "Plan Vallejo" el CERT y los créditos a la exportación. De acuerdo con la OMC, entre 1995 y 1998 Colombia notificó la utilización de subsidios a la exportación pero, entre 1999 y 2000, Colombia notifica que no ha efectuado desembolsos por este concepto. En estas notificaciones, el CERT no es un subsidio a la exportación sino una devolución de impuestos indirectos.

El 6 de septiembre de 2002, mediante el Decreto 1989, el gobierno estableció cero como nivel porcentual del Certificado de Reembolso Tributario para las exportaciones que se embarquen a partir de la entrada en vigencia del decreto.

Programa de Protección de Ingreso para Exportadores Agrícolas

El MADR otorgará un incentivo para la compra de instrumentos de cobertura que permitan minimizar las pérdidas por caídas en la tasa de cambio a los siguientes productos de alto potencial exportador: caña de azúcar, cacao, carne bovina, camarón, frutales, leche y sus derivados de exportación, palma de aceite, tabaco, plátano y tilapia18.

El incentivo será equivalente al 80% del costo de la prima de las opciones que serán ofrecidas por la Bolsa Nacional Agropecuaria. El Ministerio destinará un total de $16.033 millones para el pago del incentivo. Este presupuesto se asignará dentro de los subsectores seleccionados de acuerdo con su participación dentro del total de las exportaciones de la siguiente manera:

  1. Política de Inversión y financiamiento FINAGRO

El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, FINAGRO, fue fundado el 22 de enero de 1990. Nació de la necesidad del sector rural de tener una entidad autónoma y especiliazada que manejara los recursos de crédito, dispersos en varios organismos que los asignaban como una variante complementaria de la política macro económica, del Banco de la República. Esta política es un respaldo gubernamental a la actividad agropecuaria con acceso y descuentos en el crédito para la inversión en éste sector de la economía nacional opera con la participación de los intermediarios financieros, procurando, a través de éstos, entregar de manera oportuna los recursos, en las condiciones adecuadas a la demanda.

Crédito de fomento

Durante el 2005 los productores y empresarios del campo colombiano recibieron créditos nuevos a través de FINAGRO por 2.21 billones de pesos, cifra superior en 16.7% respecto a 2004. Donde los desembolsos a pequeños productores ascendieron a 641 mil millones, lo que representó un crecimiento de 54.9% con respecto a 2004.

El buen comportamiento del crédito agropecuario se puede atribuir a una política activa de acceso a éste a través del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG). En el 2005 este fondo respaldó 151 mil operaciones de crédito con un valor de 1.3 billones de pesos, ejecución superior en 85.6% en número y 88.1% en valor con respecto al año 2004.

Para 2006 la meta de colocaciones de crédito de FINAGRO es de $2,3 billones.

Gráfico 2.2.2. Crédito FINAGRO (19) Col.

Fuente: FINAGRO Totales para cultivos ciclo corto, ajonjolí, algodón, arroz riego, arroz secano, avena, cebada, fríjol, maíz, maní, papa, sorgo, soya, trigo, girasol, semillas, hortalizas, tabaco negro y tabaco rubio.

Fondo Agropecuario de Garantías – FAG –

El Fondo Agropecuario de Garantías (FAG) tiene como objeto respaldar créditos de capital de trabajo e inversión redescontados ante FINAGRO, dirigidos a financiar proyectos del sector agropecuario y rural que sean técnica, financiera y ambientalmente viables, y que se otorguen a productores (personas naturales o jurídicas) que no puedan ofrecer las garantías ordinariamente exigidas por el Banco. Esta garantía respalda el valor del capital desembolsado o saldo del mismo en los porcentajes definidos según el tipo de productor o programa. Por el servicio de esta garantía se debe pagar al FAG una comisión anual anticipada expresada en porcentaje sobre el valor garantizado. Los parámetros de éste respaldo se clasifican según estos grupos:

  • Pequeños productores
  • Medianos productores
  • Grandes productores
  • Mujer rural de bajos ingresos
  • Microempresarios
  • Programas especiales de fomento: Son aquellos cuya ejecución se adelanta bajo esquemas de agricultura por contrato y crédito asociativo.

Incentivo a la Capitalización Rural, ICR

Es el aporte en dinero que con recursos del Presupuesto Nacional, FINAGRO hace a los productores del sector agropecuario, para que modernicen su actividad agropecuaria y mejoren sus condiciones de productividad, competitividad, sostenibilidad y reduzcan los riesgos.  Este incentivo está dirigido a quienes desarrollen nuevos proyectos de inversión en el sector agropecuario, financiados por lo menos en un 40% por el ICR.

El ICR puede ascender hasta el 20% del valor del proyecto para los productores medianos y grandes y hasta el 40% del valor del proyecto para los productores pequeños, las alianzas estratégicas para los cultivos de tardío rendimiento y los proyectos de adecuación de tierras.

En este cuadro podemos apreciar los porcentajes de incentivo por clase de productor.

Clase de productor 

Porcentaje de Incentivo 

 Monto máximo del ICR

Alianzas Estratégicas

Hasta 40% del valor de la inversión

 5.000 smmlv

Colectivos de pequeños productores >= a 20. 

Hasta 40% del valor de la inversión

 5.000 smmlv

Proyectos individuales

Hasta 40% del valor de la inversión para pequeños productores. Hasta 20% del valor de la inversión para otros productores

 2.500 smmlv

Para el fortalecimiento del ICR en 2004, FINAGRO transfirió $39 mil millones, cifra equivalente al 50% de sus utilidades brutas.

Comportamiento del ICR por campos de aplicación

Millones de pesos

 

2004

2003

CAMPO

No

Valor Inversión

ICR Pagado

No

Valor Inversión

ICR Pagado

Adecuación de Tierras

596

8.967

1.483

1.510

67.163

9.724

Maquinaria y Equipo

275

4.196

481

631

61.422

12.337

Infraestructura

609

5.303

814

1.008

31.078

3.770

Cultivos de Tardío Rendimiento

1.064

76.632

17.467

559

49.661

13.293

Equipos Transformación. Primaria

345

5.840

1.184

699

42.702

6.502

Ganado Bovino Puro

2

475

48

49

4.964

621

TOTAL

2.891

101.414

21.477

4.456

256.990

46.248

Fuente: FINAGRO.

En 2004 se pagaron en incentivos $21.477 millones, en plantación de cultivos de tardío rendimiento el 81%, en adecuación de tierras el 7%, en infraestructura y equipos para transformación primaria y comercialización el 5.5% %, infraestructura pecuaria y desarrollo de la biotecnología el 4% y en maquinaria y equipo el 2%.

En 2006 se destinarán $33.750 millones de pesos para la financiación de este incentivo.

Certificado de Incentivo Forestal – CIF –

El CIF es un reconocimiento directo en dinero que hace el Gobierno Nacional para cubrir parte de los gastos de establecimiento y mantenimiento en que incurran quienes adelantan nuevas plantaciones forestales comerciales. Los beneficiarios del CIF pueden ser los campesinos que mediante contrato celebrado con la Corporación Autónoma Regional de su departamento se comprometan a cumplir con un plan de Establecimiento y Manejo Forestal. Los ingresos que perciban los reforestadores por concepto del incentivo forestal no constituyen renta gravable. Para 2005 se apropiaron recursos por $6.500 millones y se expidieron disponibilidades presupuestales para 96 nuevos proyectos que se están desarrollando bajo el esquema de Núcleos Forestales. Para el 2006 el MADR destinará $19.600 millones de pesos para la financiación de este incentivo.

Crédito Asociativo – Agricultura por Contrato

Es el esquema de financiación de actividades productivas desarrolladas por un grupo de productores que se asocian para su ejecución, buscando acceder a: tecnologías apropiadas, economías de escala en compra de insumos y pago de servicios necesarios en el proceso de producción y comercialización, manejar volúmenes importantes de producción para una comercialización segura con calidades y mecanismos de fijación de precios definidos antes de iniciar el proceso productivo, una administración centralizada con sistemas adecuados y transparentes para manejar los costos de las unidades de producción. La integración se puede realizar bajo las siguientes modalidades:

  • agremiaciones
  • asociaciones o cooperativas de productores
  • empresa privada (comercializadores o agroindustriales)
  • el sector público (entes territoriales, empresas industriales o comerciales del Estado, fondos de fomento).

La integración se fundamenta en la existencia de contratos de producción y prenda sin tenencia, suscritos entre un integrador (asociaciones, agremiaciones o cooperativas de productores, empresa privada, entes del sector público) y los productores, así como contratos o convenios de comercialización entre los productores o el integrador y el comprador o compradores de materias primas.

Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria –PRAN-

El Gobierno Nacional estableció mecanismos tales como el Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria PRAN, mediante el decreto 967 de 2000, para destinar sus recursos a la reactivación y fomento agropecuario, dentro de un programa de financiamiento del sector. Con éste se buscó apoyar a los beneficiarios de reforma agraria de Ley 160 de 1.994, a través de la normalización de su cartera vencida, para lo cual se recurrió a los recursos de FINAGRO además de su labor como fomentador de crédito, de igual manera se vinculó al INCODER para que hiciera un seguimiento de los beneficiarios del saneamiento de cartera que sean parte de los beneficiarios de la ley de reforma agraria.

Al cierre de 2004, el total de pagarés a ingresar al Programa ascendió a 17.684 pagarés, representados en una cartera por valor base de compra de $236 mil millones y por valor a pagar a bancos de $66 mil millones. Durante el año se legalizaron y compraron 1.843 nuevos pagarés por valor de $6 mil millones, elevando la cifra total de ejecución a 12.172 pagarés comprados, por valor pagado a las entidades financieras de $46 mil millones.

Adicional a los pagarés comprados, se encuentran en legalización 5.512 por valor a pagar a bancos de $19 mil millones, quedando por incluir la cartera en proceso de negociación y compra de los beneficiarios de reforma agraria Ley 160 de 1994.

Programa de Reactivación Cafetera

El café sufrió por un periodo de bajos precios que llevaron a grandes deudas en el sector y consecuentemente a la perdida de empleo de un gran sector de la población que tenia su sustento del trabajo que genera este producto en Colombia. Razón por la cual se empezó a implementar este programa para la reestructuración de deuda. En cuanto a los resultados del Programa de Reactivación Cafetera, hasta septiembre de 2005 hubo más de 62 mil obligaciones financieras beneficiadas con la reestructuración de las deudas, con mayores plazos y menores intereses. El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (FINAGRO) les compró 53.782 pagarés que ya están legalizados, y hay otros 8.921 por legalizar. También para esta fecha el programa de Alivio de la Deuda Cafetera han sido beneficiadas 4.666 obligaciones financieras. FINAGRO les ha legalizado 1.874 pagares y tiene listos otros 2.792 para legalizar.

En el 2004 la deuda a corto plazo era de 357 mil millones de pesos y la de largo plazo de 38 mil millones. Un año después el endeudamiento a corto plazo bajó a 195 mil millones y el de largo plazo subió a 172 mil millones.

Seguro Agropecuario

Corresponde a la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario – CNCA estudiar y definir el subsidio a las primas de seguros que ampare a los productores y un mecanismo de otorgamiento por tipo de producto.

Este mecanismo de protección de la inversión de los productores, ampara contra los riesgos climáticos que afecten los cultivos de algodón, arroz, banano, maíz y plátano. Los productores pueden suscribir el seguro a través de las diferentes compañías de seguros, en forma individual o colectiva.

El subsidio base de la prima (20%), aumenta a 40% si la contratación del seguro se efectúa de manera colectiva y a 45% si el área de las fincas aseguradas es inferior a 10 hectáreas.

Para los cultivadores de banano de exportación en Urabá y Magdalena, el seguro cubre los riesgos de vientos fuertes, inundación y exceso de humedad por lluvia; y el valor máximo a asegurar es de $8.000.000 por hectárea. Para los cultivadores de plátano del Urabá, Quindío, Caldas, Risaralda y Norte del Valle del Cauca, el seguro cubre el riesgo de vientos fuertes; y el valor máximo a asegurar es de $5.300.000 por hectárea.

Adicionalmente, para los cultivadores de algodón, arroz, maíz y plátano se ofrece el seguro de índices climáticos. Este seguro ampara los riesgos de variaciones no previstas en el régimen de lluvias. Las áreas y valores máximos asegurar por hectárea son los siguientes:

Fuente: FINAGRO

2.2.1.7 Precio Mínimo de Garantía del Algodón

El Gobierno Nacional otorga un precio mínimo de garantía de $4.100.000 pesos por tonelada de fibra de algodón, Base SLM, a los productores de algodón para la cosecha 2005/06 de la Costa Atlántica y los Llanos Orientales. La Bolsa Nacional Agropecuaria (BNA), pagará a los agricultores una compensación en dinero, equivalente a la diferencia entre el precio mínimo de garantía y el precio de mercado. El precio de mercado será el resultante de aplicar la fórmula Far Eastern: Precio de Mercado = ((Cotlook Index Far Eastern (FE) –1.5) * 1.05625) + 0.65) * 22.046 *TRM

En donde Cotlook Index Far Eastern, corresponde al precio internacional de referencia del algodón y TRM corresponde a la tasa de cambio representativa del mercado. Los valores utilizados para el precio internacional y la tasa de cambio, serán el promedio aritmético simple de la última quincena del mes inmediatamente anterior a la compra del algodón. Esta fórmula captura el precio paridad de importación del algodón y por ende, el precio doméstico del algodón en un mercado competitivo.

2.2.1.8. Incentivo al Almacenamiento

Incentivo al Almacenamiento del Arroz

En 2005 se otorgó un incentivo de $17.000 mensuales por tonelada de paddy seco almacenado entre el 15 de julio y el 31 de diciembre de 2005. En 2006 el valor del subsidio se actualizará según el costo financiero vigente de almacenar una tonelada de arroz por mes o se determinará a partir del precio mínimo pagado al productor en 2005 ($69.000 por carga puesta en Villavicencio) y la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) durante los últimos 12 meses. El Gobierno destinará un total de $19 mil millones de pesos para el incentivo al almacenamiento del arroz en 2006.

– Incentivo al Almacenamiento de la Leche

Con el fin de evitar la sobreoferta de leche, el Gobierno Nacional ha destinado $2.059 millones de pesos para el incentivo al almacenamiento de la leche. Esta ayuda se otorgará, entre el 1 de diciembre de 2005 y el 28 de febrero de 2006. El valor del incentivo es de $83.750 por tonelada de leche en polvo almacenada al mes.

Para acceder al incentivo al almacenamiento los compradores-procesadores de leche cruda deben pagar a los productores durante los meses de diciembre de 2005 y enero de 2006, un precio por litro mensual, no inferior al precio promedio observado entre agosto y octubre de

2005.

2.2.1.9. Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios (MAC)

A través del Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios (MAC), se subastan contingentes de importación de fríjol soya, maíz amarillo y maíz blanco. El arancel intracuota para fríjol soya, maíz amarillo y maíz blanco, es hasta de 10 puntos porcentuales inferior al arancel extracuota. El arancel extracuota para maíz amarillo y fríjol soya es el mayor entre 5% y el arancel resultante de aplicar el Sistema Andino de Franjas de Precios (SAFP), en tanto que para maíz blanco el arancel extracuota es de 45%. El costo fiscal de la aplicación del MAC ascenderá a $83 mil millones en 2006.

2.2.1.10. Programa de Protección de Precios para Maíz Amarillo, Sorgo y Soya

Los cultivadores y compradores de maíz amarillo tecnificado, sorgo y soya reciben un apoyo directo para la compra de instrumentos que los proteja de la disminución en su ingreso por cuenta las variaciones de la tasa de cambio y de los precios internacionales de los productos que compiten con la producción doméstica.

Este programa permite que el agricultor asegure un piso para el precio de su producto, así como la comercialización de su cosecha. A través de un contrato forward, el cultivador pacta con el comprador la venta anticipada del producto, a un precio que fluctúa de acuerdo con las variaciones de la tasa de cambio y del precio internacional del producto. Para fijarle un piso al precio que recibe el agricultor, el Gobierno subsidia hasta el 90% de la prima necesaria para la adquisición de instrumentos que cubran al agricultor contra el riesgo de apreciación en la tasa de cambio o de caídas en el precio internacional del producto. El MADR destinará $4.833 millones en el 2006 para subsidiar las primas de las coberturas y el porcentaje a subsidiar variará de la siguiente manera:

Los compradores de las cosechas de maíz amarillo tecnificado, sorgo y soya también podrán beneficiarse del subsidio para adquirir instrumentos que los protejan de posibles incrementos en los precios por encima de un precio techo.

Las subastas de importación para maíz, sorgo y soya bajo el mecanismo MAC son un incentivo económico dentro de la misma práctica de mercado. Estas inducen compra de cosecha nacional pero tienen un costo fiscal de 83 mil millones de pesos por la reducción arancelaria que otorgan a la importación.

2.2.1.11. Estímulos a la Producción de Biocombustibles

Para estimular el uso y la producción del alcohol carburante, la Ley 693 de 2001 estableció que a partir del 27 de Septiembre de 2005, la gasolina en Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla debe contener un 10% de alcohol carburante. Adicionalmente, la Ley 788 de 2002, introdujo las exenciones de IVA, Impuesto Global y Sobretasa al componente alcohol de los combustibles oxigenados. Como complemento de lo anterior, el Ministerio de Minas y Energía expidió la resolución 18 0687 en junio 17 de 2003 que reglamenta la producción, acopio, distribución y puntos de mezcla de los alcoholes carburantes y su uso en los combustibles nacionales e importados. La producción de alcohol carburante abre un nuevo mercado a los insumos agrícolas necesarios para su producción: la caña de azúcar, la yuca, la remolacha, el maíz o la papa. En particular, parte de la caña que anteriormente se destinaba a la producción de azúcar, ahora será utilizada para la producción de alcohol carburante, disminuyendo las exportaciones de azúcar realizadas a mercados de bajo precio. De acuerdo con las proyecciones de Asocaña, en 2006 la producción de alcohol carburante será de 313 millones de litros, lo que implicará una reducción en la producción de azúcar de 19,7%.

Por otra parte, con la Ley 939 de diciembre de 2004, el biocombustible de producción nacional para uso en motores diesel quedó exento del IVA y del impuesto global al ACPM. De esta manera, se estimula la producción de biocombustible y por tanto la demanda de los productos que pueden ser usados como insumo para su producción: el aceite de palma y la soya, las grasas de animales o los aceites de microalgas.

2.2.1.12. Cultivos de Tardío Rendimiento

Los nuevos cultivos de tardío rendimiento (cacao, caucho, palma de aceite, cítricos y frutales), se encuentran exentos del impuesto a la renta líquida por un término de diez años contados a partir del inicio de la producción. Para tener acceso a la exención se requiere que las nuevas plantaciones sean registradas ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se exige que los beneficiarios lleven registros contables independientes que permitan determinar la renta sobre la que se otorgará la exención.

2.2.1.13. Apoyos para Panela

En el 2005 se dio inicio al Programa de Promoción al Consumo de Panela mediante el lanzamiento de una campaña publicitaria en televisión y radio a nivel nacional y regional, con recursos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) por $1.000 millones y el Fondo Nacional de la Panela por $325 millones. En el 2006, para darle continuidad a este programa, el MADR aportará $2.000 millones, buscando aprovechar los resultados obtenidos por la campaña en su vigencia anterior en términos de niveles de recordación de la panela en la población objetivo, implementando nuevas estrategias de medios que generen un incremento del consumo del producto en sus distintas presentaciones.

Por otra parte, el MADR, junto con la Red de Solidaridad, las Gobernaciones, Alcaldías y FEDEPANELA, están desarrollando el programa Red de Seguridad Alimentaria (RESA) para las familias en las zonas de vocación panelera. Este programa busca impulsar la siembra de productos alimenticios para su posterior autoconsumo. Para ello, la ayuda es otorgada mediante el suministro de semillas, plántulas, pie de cría y acompañamiento técnico, y no en dinero. De esta manera, se estimula la reconversión productiva y la seguridad alimentaria, sin blindar a los productores de las señales de precio, evitando la sobreoferta de panela.

2.3. Indicadores.

2.3.1. Ayuda Estimada al Productor, Producer Support Estimate (PSE)

La OECD produce varios indicadores sobre apoyo agrícola, entre estos el más importante es el Producer Support Estimate (PSE), en español la Ayuda Estimada al Productor, indicador que empezó a ser utilizado desde 1987 y muestra las transferencias monetarias anuales a los productores de cuatro grupos de medidas políticas que afectan la producción agrícola:

  • MPS (Market Price Support) Ayuda a los Precios de Mercado,

Cuyo objetivo es mantener precios domésticos para bienes agrícolas a niveles mayores (a veces menores) que los que se tienen en frontera.

  • Pagos Directos
  • Reducción de Costos de insumos

Pagos a los productores amarrados a criterios como cantidad de producto, la cantidad de insumo usado, el numero de animales que se tenga, el área cultivada, y el ingreso otorgado a los productores del presupuesto estatal.

  • Servicios Generales

El estimativo de subsidio al productor (PSE) nos indica el ingreso adicional que reciben los productores agrícolas como resultado de las políticas de protección en frontera y ayudas internas, con respecto al ingreso que tendrían en una situación de libre comercio y sin ayudas.

La PSE se expresa tanto en términos absolutos, billones de dólares como en términos relativos, porcentaje del valor del total de los ingresos de los productores, por hectárea o por área de cultivo. El valor monetario de la PSE está influenciado por el tamaño y estructura del sector agrícola del país, así como también la tasa de inflación. La PSE expresada por productor o hectárea está también influenciada por diferencias en las estructuras de las fincas entre países.

Siendo más detallados la PSE se encuentra así

1 Producer Support Estimate (PSE) (A)+(B)+(C)+(D)+(E)+(F)+(G)+(H)

A. MPS Ayuda a los Precios de Mercado

1. Bienes estándar con MPS

B. Pagos basados en producto

1. Basados en producto sin limitación

2. Basados en producto limitado

C. Pagos basados en área y/o número de animales

1. Basados en número de animales o área sin delimitación

2. Basados en número de áreas y/o animales limitados

D. Pagos Basados en Derechos Históricos

1. Basados en plantación histórica y/o número de animales o producción

2. Basados en el histórico de programas de apoyo

E. Pagos basados en uso de insumos

1. Basados en el uso variado de insumos

2. Basados en el uso de los servicios de la finca

3. Basados en inversión dentro de la finca

F. Pagos basados en Restricción de Insumos

1. Basados en restricción de insumos con costos variables

2. Basados en restricción en insumos con costos fijos

3. Basados en restricción a un conjunto de insumos

G. Pagos Basados en el Ingreso Bruto de la Finca

1. Basados en el nivel de ingresos de la finca

2. Basados en el ingreso mínimo establecido

H. Pagos Varios

1. Pagos Nacionales

2. Pagos Subnacionales

Fuente: OECD, PSE/CSE database 2005.

El anterior esquema varía por país de acuerdo al número de políticas que implementen, aún así este es el patrón más estándar

Gráfico 2.2.

Ayuda al Productor PSE y PSE % (OECD)

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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