Revisión de la Literatura
El negocio bancario por su naturaleza opera sobre la base del riesgo, por lo que potencialmente posee atributos que provocan inestabilidad, los cuales impulsan o fomentan la supervisión como mecanismo de prevención. Adicionalmente, el hecho de que un banco publique declaraciones financieras sin transparencia obstaculiza que se pueda hacer un análisis racional de los puntos fuertes y débiles de un banco (SB,2009, a). La Supervisión Bancaria en República Dominicana, se remonta al año 1869, cuando se creó el Banco Nacional de Santo Domingo como primera entidad de esa naturaleza que aparece posterior a la independencia de la República. En la década del 40 con la transformación del sistema monetario y financiero internacional, la creación del FMI y BM y el impacto que esto provocó en el país, se auspició la creación del Banco Central, a su vez se promulga la Ley No. 1530 el 9 de octubre de 1947, la cual creó la Superintendencia de Bancos. (SB, 2009b)
El Advenimiento de cambios en la economía dominicana, acompañado de la presencia de nuevas entidades financieras (Banco Popular, Asociaciones de Ahorros y Préstamos) auspició cambios profundos en la supervisión bancaria a través de la nueva Ley No. 708 o Ley General de Bancos del 14 de abril del 1965. Esta ley se convirtió en el soporte legal de la supervisión bancaria en el país. (SB, 2009b).
La SB(2009d), sostiene que a principio de la década los 80´s, hubo debilidad en el Sistema Financiero Dominicano y surgió la necesidad de modificar la ley general de bancos, acompañada de una independencia de la Superintendencia de Bancos que estaba subordinada a la Secretaría de Estado de Finanzas, situación que cada vez más promovía la debilidad de la supervisión bancaria, pero fue el 02 de abril de 1992 cuando la Junta Monetaria emitió sendas resoluciones orientadas a transformar el esquema operativo e institucional del Sistema Financiero Dominicano, instituyendo el modelo de Banca Múltiple y enviando al congreso nacional el proyecto de Código Monetario y Financiero(SB,2009e). Desde finales de la década de los 90¨s, hasta principios del año 2000 la supervisión bancaria pública había recibido las recomendaciones de expertos externos y organismos internacionales, para corregir ciertas deficiencias en la supervisión bancaria pero las autoridades no actuaron con la oportunidad ni contundencia necesaria para corregirlas. (GT, s.f, a)
En el año 2002 se promulga la Ley Monetaria y Financiera con el propósito de establecer una mejor política de Supervisión Bancaria, estableciendo los reglamentos y normativas que logren la aplicación de la ley. Esta ley estableció que la Junta Monetaria tiene como función dictar los reglamentos monetarios y financieros para el desarrollo del código monetario y financiero de la República Dominicana, además aprobar los reglamentos internos del Banco Central y de la Superintendencia de Bancos, así como la estructura orgánica de dichas entidades. (Castillo, 2009).
Además la Ley Monetaria y Financiera (2002) estableció como función de la Superintendencia de Bancos con plena autonomía funcional, la supervisión de las entidades de intermediación financiera, con el objeto de verificar el cumplimiento por parte de dichas entidades de lo dispuesto en la referida ley, Reglamentos, Instructivos y Circulares. Además requerir la constitución de provisiones para cubrir riesgos; exigir la regularización de los incumplimientos a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes; e imponer las correspondientes sanciones, a excepción de las que aplique el Banco Central en virtud de la referida .
Según Camilo (2008), esta ley carecía prácticamente de un marco regulatorio y de instrumentos de implementación. Para el año 2003 con el colapso de tres bancos importantes del Sistema Financiero Dominicano., GT, (s.f,b) sostiene que salieron a flote las debilidades en la Superintendencia de Bancos, principal organismo supervisor; debilidades como ausencia de una unidad de auditoria computacional, falta de profundidad en los controles aplicados, debilidades en el análisis financiero, falta de personal idóneo o con capacitación adecuada y la no adopción de las recomendaciones dadas por expertos internacionales,.
En el año 2004, el panel de expertos internacionales del Fondo Monetario internacional fruto de estos antecedentes, recomendó una serie de medidas con el propósito de fortalecer la institucionalidad del organismo supervisor y de adecuar el marco regulador de supervisión bancaria a la normativa internacional. Dentro de las cuales se encuentra establecer el llamado "Modelo de Supervisión Basado en Riesgos", el cual se fundamenta en la evaluación de las operaciones, procesos y controles de una entidad a partir de la valoración de aspectos relacionados con el ambiente económico en que opera y los factores de riesgos potenciales para el Sistema Bancario en su totalidad y para cada banco en particular, enfatizando la forma en que las entidades miden y manejan sus riesgos. (Camilo, 2008b)
Entre los cambios recomendados para el fortalecimiento interno de las instituciones de supervisión, cabe mencionar la recomendación del FMI para la independencia y rendición de cuentas de Banco Central y la Superintendencia de Bancos. El mejoramiento de las capacidades operativas de la Superintendencia de Bancos, así como el fortalecimiento de la supervisión in situ y extra situ, con incorporación de on going supervisión, y de las auditorias de sistema, así como establecer una matriz de riesgo del sistema financiero en su totalidad, que permita acentuar la supervisión en aquellas entidades más expuestas y de mayor significación económica (BCRD, 2005 a).
De igual modo recomendó la adecuación de numerosos manuales y creación de nuevos departamentos así como mejoras en los sistemas de información, elaboración de proyectos de ley y reglamentos de transparencia de la información bancaria y la creación de un departamento de proyectos especiales que tendría a su cargo el control de la ejecución y la gestión del programa de fortalecimiento de la Superintendencia. (BCRD, 2005b.). Como parte de la transparencia financiera para el fortalecimiento de la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, que está consignada en dicho acuerdo la Superintendencia debe difundir los indicadores financieros de las entidades bancarias en forma trimestral, así como la remisión de los estados financieros auditados mostrando su cumplimiento con el coeficiente mínimo de capital de un 10% a diciembre del 2004. (SB,2009c)
Capítulo 3:
Descripción de la Metodología de la Investigación
Esta investigación es de naturaleza descriptiva, ya que se pretende analizar los cambios introducidos en la normativa que regula a los organismos supervisores de las entidades financieras en la República Dominicana. El proceso metodológico que será utilizado es el deductivo, puesto que se partirá de datos generales disponibles sobre el tema para obtener conclusiones puntuales al respecto.
Las técnicas de investigación que se utilizarán serán la documental, descriptiva y de campo, apoyadas en diversas consultas bibliográficas a libros de textos, al Internet. Además se analizarán leyes, resoluciones, instructivos, circulares, entrevistas a auditores externos de diferentes bancos del país.
Capítulo 4:
Resultados de la Investigación
Cambios en el Modelo de Supervisión Bancaria en la República Dominicana a Partir de la Crisis Bancaria de 2003.
Fortalecimiento y Regulación del Sistema Financiero Dominicano. Luego de la crisis bancaria del año 2003, la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, organismo que tiene como función, con plena autonomía funcional la supervisión de las entidades de intermediación financiera (LMF, 2002), se avocó a un plan de fortalecimiento de la regulación y supervisión del Sistema Financiero Nacional. Dentro de las acciones llevadas a cabo, según Camilo, (2008c) se pueden resumir:
a) La elaboración, aprobación y puesta en vigencia de las normativas que ordenaba la Ley Monetaria y Financiera
b) El fortalecimiento de la capacidad técnica de la Superintendencia de Bancos, a través de la contratación de personal altamente calificado, introducción de los más sofisticados avances tecnológicos y cambios significativos en los procesos administrativos.
c) La modernización del esquema general de supervisión, en procura de generar procesos eficaces y eficientes, superando así el modelo de ¨Supervisión por Cumplimiento¨.
d) Evaluación y seguimiento a la calidad de la cartera de crédito de todo el Sistema Financiero, así como a las garantías que sustentan los préstamos.
e) Instalación de un nuevo enfoque de supervisión, el llamado "Modelo de Supervisión Basado en Riesgos",
f) Aplicación del Reglamento sobre ¨Supervisión en Base Consolidada¨, el cual permite medir los riesgos no sólo de las entidades de intermediación financiera locales, sino los riesgos de todas las entidades locales y/o transfronterizas, los llamados ¨off- shores¨, vinculados a un grupo financiero
g) La Suscripción por parte de la Superintendencia de Bancos de acuerdos internacionales de supervisión y convenios de intercambio de información con Superintendencias de Bancos y Agencias Supervisoras de varios países.
Elaboración, Aprobación y Puesta en Vigencia de Normativas de la Ley Monetaria y Financiera. Al año 2004, la Ley Monetaria y Financiera, según Camilo (2008d) carecía de marco regulatorio y de instrumentos de implementación. Después de la crisis, se han aprobado 18 reglamentos que ordena la ley en materia de regulación bancaria, acordes a las mejores prácticas internacionales.
Desde enero del 2005 hasta diciembre del 2007, el sistema bancario en la República Dominicana hizo una transición de las prácticas nacionales hasta las mejores prácticas internacionales para la valoración de activos y constitución de reservas que requiere que los bancos observen normas más estrictas en este sentido. Para el año 2005 la Superintendencia de Bancos adoptó estrategias para la recapitalización de los bancos, los cuales debieron entregar sus estados financieros auditados del año 2004 mostrando con el cumplimiento de un coeficiente de capital de un 10%, asimismo en ese mismo año la Junta Monetaria aprobó una serie de reglamentos sobre contabilidad consolidada, supervisión consolidada, fondo de contingencia, prestamistas de última instancia, auditores externos y riesgos de liquidez, así como el reglamento de adecuación patrimonial y resoluciones sobre el envío de reportes mensuales a la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana (SB, 2008). Para junio del 2006 la Superintendencia de Bancos actualizó el catálogo de cuentas para las instituciones financieras, obedeciendo a las regulaciones y normas contables internacionales. Para marzo del año 2009 se aprobó el reglamento de evaluación de activos de manera definitiva.
Fortalecimiento de Capacidad Técnica. En el año 2004 la Superintendencia de Bancos y la oficina del Superintendente de Instituciones Financieras de Canadá (OSFI) firmaron un acuerdo de asistencia técnica. Dicho acuerdo fue propuesto por OSFI-AIG (International Advisory Group) para asistir en implementar las recomendaciones relevantes de la revisión FSAP, implementar prácticas de Supervisión Consolidada, fortalecer la regulación y supervisión bancaria, asistir en el proceso de implementación del" Programa Jóvenes Profesionales" incluyendo el entrenamiento de dicho personal en la supervisión bancaria y en la capacitación de supervisores. Además ha fortalecido la capacidad técnica y la calidad de los recursos humanos, dotándolos de herramientas tecnológicas, actualizando y especializando sus conocimientos, lo cual ha mejorado sus competencias para una efectiva supervisión, evaluación y seguimiento de los riesgos asumidos por las entidades de intermediación financiera (Camilo,2008 e)
Con el propósito de dar cumplimiento a las recomendaciones del Fondo Monetario Internacional sobre la incorporación de personal calificado, la Superintendencia de Bancos en los últimos años ha orientado la capacitación a las necesidades que surgen fruto de la evaluación del perfil requerido del puesto versus el perfil del empleado y a mejorar las aptitudes, actitudes y habilidades de los empleados y para ello ha entrenado a los empleados , abarcando maestrías y postgrados, congresos, diplomados, cursos, carreras de grado, seminarios, talleres y charlas. Asimismo el personal de la Superintendencia de Bancos ha recibido diversas charlas sobre Adecuación Patrimonial, Manejo Manual de Contabilidad y Riesgo de Mercado y Liquidez. (SB 2008 b).
Modernización del Esquema de Supervisión. Desde principios del año 2005 la Superintendencia de Bancos ha venido desarrollando prácticas de Supervisión cada vez más avanzadas. De un esquema de Supervisión basada en cumplimiento se ha adaptado el enfoque de Supervisión Basada en Riesgos, consciente de que para el desarrollo del sistema financiero dominicano es necesario la implementación de prácticas de gestión de riesgos más rigurosas por parte de las entidades de intermediación financiera, que permitan adecuadamente identificar, medir, monitorear y controlar los distintos tipos de riesgos a que se enfrentan en el desarrollo de sus actividades. (SB 2008, b)
Evaluación y Seguimiento de la Cartera de Crédito. Por recomendación de los expertos internacionales del Fondo Monetario Intenacional (FMI), la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana adoptó medidas con el propósito de asegurarse que los prestatarios tengan capacidad de pago para responder a sus obligaciones, esto es, fundamentado en las evaluaciones de cartera en base a los estándares internacionales, las normas prudenciales y la norma de evaluación de los activos. Para esto ha establecido un Sistema de Monitoreo de riesgo, el cual determina los índices de riesgo verificando el cumplimiento a los requerimientos de provisión por concepto de evaluación de activos, las concentraciones de riesgos a vinculados y grupos económicos (SB, 2008). A continuación un esquema ilustrativo acerca de las funciones del Sistema de Monitoreo de riesgo adoptado por la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana.
Figura 1. Funciones del Sistema de Monitoreo de Riesgo
Fuente: Superintendencia de Bancos de la República Dominicana (2009)
Modelo de Supervisión Basado en Riesgo. Este modelo se fundamenta en la evaluación de las operaciones, procesos y controles de una entidad a partir de la valoración de aspectos relacionados con el ambiente económico en que opera y los factores de riesgos potenciales para el Sistema Bancario en su totalidad y para cada banco en particular, enfatizando la forma en que las entidades miden y manejan sus riesgos. (Camilo, 2008). Más adelante en esta investigación se reseñan con más detalles los pasos dados por la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, para adoptar este enfoque de Supervisión.
Reglamento sobre Supervisión en Base Consolidada. Dentro de las recomendaciones de los expertos internacionales del Fondo Monetario Internacional para el fortalecimiento de la Supervisión bancaria en el país, estuvo incorporar la regulación y supervisión consolidada a nivel de grupo financiero, incluyendo los off shore. (BCRD, 2005c). En ese sentido, en el año 2006, la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, elaboró el reglamento de Supervisión en Base Consolidada , el cual permite medir los riesgos no sólo de las entidades de intermediación financiera locales , sino los riesgos de todas las entidades locales y/o transfronterizas, los llamados ¨off- shores¨, vinculados a un grupo financiero. Con esta modalidad pueden valorarse eventuales riesgos potenciales para una entidad financiera local y por vía de consecuencia exigir un aumento de capital adicional en función de los riesgos asumidos. (Camilo, 2008)
Acuerdos Internacionales de Supervisión. La Superintendencia de Bancos ha suscrito acuerdos internacionales de supervisión y convenios de intercambio de información con Superintendencia de Bancos y agencias supervisoras de varios países, entre los cuales se pueden citar la Reserva Federal de New York; la OFSI de Canadá; entidades de todos los países Centroamericanos y Panamá, así como con Perú, Chile, Venezuela, Colombia, Grand Cayman, Haití, Antillas Holandesas, Argentina, entre otros. (Camilo, 2008). Además se creó el departamento de proyectos y relaciones internacionales, acatando las sugerencias del Fondo Monetario Internacional con el fin de asumir en un departamento separado las funciones de gerencia de proyectos de supervisión y regulación bancaria, las relaciones con organismos colegiados de supervisión y la concertación de acuerdos de cooperación técnica con otras jurisdicciones regulatorias. (SB, 2007).
Modelo de Supervisión Bancaria Basado en Riesgos.
En qué consiste. . La supervisión basada en riesgos según (Alfaro, s.f) consiste en un proceso regulatorio y de supervisión que permite la determinación confiable de los principales riesgos inherentes al negocio de una entidad, enfatizando en la revisión off-site y on-site, así como en los recursos para evaluar dichos riesgos.
Objetivos. Los objetivos de este enfoque de supervisión, según (Alfaro, s.f b) son determinar el nivel de riesgo inherente en las actividades específicas de cada negocio, evaluar la capacidad de los sistemas administrativos existentes para medir y monitorear las líneas que poseen riesgo y considerar el impacto de los factores externos de riesgo. Troccoli (2008) sostiene que el proceso de supervisión basada en riesgo tiene los siguientes objetivos:
a) Garantizar que el capital de las instituciones financieras sea suficiente para resistir impactos provenientes de un posible deterioro de la calidad de sus activos.
b) Asegurar que las instituciones valúan correctamente su exposición a los riesgos.
c) Evaluar la efectividad de las políticas internas, límites y controles implementados por la institución financiera para asegurar su estabilidad.
d) Determinar si las instituciones están controlando sus riesgos dentro de los límites prudenciales.
e) Identificar deficiencias, infracciones y debilidades y recomendar acciones para corregirlas.
f) Verificar que las normas establecidas son observadas y que los reportes regulatorios recibidos por la Superintendencia de Bancos son correctos, íntegros y oportunos.
Riesgo Vs Cumplimiento. Marshall (2009), sostiene que tradicionalmente la supervisión bancaria estuvo referida a la verificación del cumplimiento de disposiciones legales o reglamentarias, como por ejemplo, aquellas que imponen determinados coeficientes límites o márgenes. Pero esta supervisión, por su propia naturaleza no permite anticipar la ocurrencia de problemas, más bien los verifica con posterioridad, lo cual hace que frecuentemente, ésta supervisión se torne formal e inefectiva. Asimismo, Marshall (2009b) afirma que la tendencia moderna es a desplazar la atención a la gestión integral de las instituciones, con el supuesto implícito de que un factor clave para preservar la estabilidad de las instituciones es la gestión que ellas hacen de sus riesgos. Desde hace un buen tiempo atrás el énfasis de la gestión bancaria se ha ido orientando hacia el diseño e implementación de sistemas de medición de los distintos tipos de riesgos, con el propósito no solo de calcular los valores de exposición, sino principalmente de estructurar las mejores estrategias de cobertura. (S.A, 2004). A continuación un cuadro ilustrativo de ambos modelos de supervisión:
Figura 2 Comparación de Modelos de Supervisión
Fuente: Daniel Trocolli, MBA
Supervisión Bancaria Basada en Riesgo en la República Dominicana .Desde principios del año 2005 la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana con el fin de cumplir con lo acordado con el Fondo Monetario Internacional y adecuarse a las recomendaciones del comité de Basilea ha venido desarrollando prácticas de Supervisión cada vez más avanzadas. De un esquema de Supervisión basada en cumplimiento se ha adaptado al enfoque de Supervisión Basado en Riesgos, consciente de que para el desarrollo del sistema financiero dominicano es necesario la implementación de prácticas de gestión de riesgos más rigurosas por parte de las entidades de intermediación financiera, que permitan adecuadamente identificar, medir, monitorear y controlar los distintos tipos de riesgos a que se enfrentan en el desarrollo de sus actividades.
En el año 2006, con el propósito de adecuarse al modelo la Superintendencia de Bancos llevó a cabo un proceso de reestructuración interna tanto en el área técnica como en las áreas operativas, La Superintendencia de Bancos estaba organizada en departamentos basados en puestos de trabajo especializados en una función determinada, aunque con la existencia de barreras de comunicación y ausencia de coordinación entre ellos, lo que conspiraba fundamentalmente contra la adopción de una moderna y probada internacionalmente metodología de supervisión basada en riesgos, que requiere y exige una filosofía integradora y complementaria. Asimismo, desde una óptica operativa, el enfoque metodológico y orgánico/funcional dificultaba un esquema eficiente y efectivo de supervisión y promovía el riesgo de que los objetivos del Departamento se antepongan a los de la organización. Por esta razón, realizó cambios en su Organigrama, con el objeto de facilitar la implementación de este nuevo enfoque de supervisión (SB, 2007).
En este sentido, la reestructuración organizacional tuvo como objetivo principal dotar a cada departamento de la funcionalidad necesaria par la implantación del Modelo de Supervisión Basado en Riesgos, y con ello aprovechar al máximo la especialización en beneficio de la eficacia, facilitando un estrecho control sobre proceso y operaciones y fijar y cumplir con una misión u objetivo común dentro de la organización. En el área específica de Supervisión, la estructura organizativa implementada responde a un criterio organizacional que tiende a una más integradora asignación funcional, conforme el nuevo enfoque de supervisión basado en riesgo (SB,2007). A continuación la nueva estructura organizacional de la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana.
Figura 3. Organigrama Estructural de la Superintendencia de Bancos
Fuente: Superintendencia de Bancos de la República Dominicana (2009)
Según Castaños (2009), la Superintendencia inició formalmente la implementación del modelo de supervisión basada en riesgos en enero 2007 y la misma tiene intención de eventualmente utilizar el modelo de Supervisión Basada en Riesgos (SBR) como una plataforma para realizar la transición hacia Basilea II (segundo pilar del proceso de revisión supervisora) pero la implementación ha sido gradual. Castaño (2009b) sostiene que en Febrero de 2009 la Superintendencia de Bancos y OSFI-IAG desarrolló un calendario de trabajo por 3 años para realización de Supervisión Basada en Riesgo. Los supervisores de OSFI-IAG Canadá trabajan cerca y sirven de entrenador al personal de Supervisión en la metodología de este enfoque de supervisión. Ellos proveen entrenamiento al personal de la Superintendencia y proveen orientación y consejo técnico durante el desarrollo de proyecto incluyendo la revisión de documentación modelo y participan en reuniones con los interesados claves internos y externos durante sus visitas a Santo Domingo.
Asimismo, la Superintendencia está trabajando en elaboración de un Marco de Supervisión que constituye el eje central de la implementación de este enfoque de supervisión (Castaños 2009). Para esto contrató consultores especializados en la materia a nivel nacional e internacional. (SB, 2008b).
Principios de Supervisión Bancaria del Comité de Basilea Cumplidos en la República Dominicana a Partir de la Crisis Bancaria de 2003.
Qué son los Principios de Basilea. La SB (2006), sostiene que las normas de Basilea son lineamientos generales para la supervisión general o preventiva de las entidades financiera, propuestas por el Comité de Basilea. El Comité de Basilea constituye un foro de debate para la resolución de problemas específicos de supervisión. (SB, 2007), Basilea fue conformado por los presidentes de los Bancos Centrales del grupo de los diez (G-10) integrado por Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, Suecia, Suiza, Reino Unido y USA. (SB, 2006b)
La (SB, 2006, c) afirma que el Comité de Basilea para la supervisión bancaria adopta este nombre porque se reúne en el Banco de Pagos Internacional de Basilea, en Basilea, Suiza, que es donde se encuentra su secretaria. El comité con colaboración de otros supervisores, en el año 1988 elaboró los ¨ Principios Básicos de Basilea ¨ con el fin de establecer unos estándares mínimos y necesarios para que la supervisión bancaria de un país se pueda considerar efectiva y que permita medir la calidad de los sistemas de supervisión e indicar aquellas áreas que necesiten fortalecimiento. Con el tiempo los principios básicos se han convertido en la norma internacional en materia de supervisión bancaria, también con el tiempo el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial se han perfilado como los principales organismos encargados de la evaluación de su cumplimiento , fundamentalmente a través de sus misiones de Financial Sector Assesment Program (FSAP)
Basilea I. Este fue el primer acuerdo el cual establece requerimientos de capital por riesgos de crédito, según el cual los bancos deben mantener un volumen de capital que, por lo mínimo sea del 8 % del valor total de sus activos, ponderados por su nivel de riesgo (SB, 2006), República Dominicana optó por asumir un índice de solvencia de un 10% (Cuevas, sf). En el año 1996 hubo una enmienda a Basilea I, conocida como BIS98, para incluir requerimientos de capital por riesgo de mercado, la enmienda además permite a los bancos que demuestren tener áreas de administración de riesgo muy sólidas, usar sus modelos internos de Valor en Riesgo (VAR) para calcular el requerimiento de capital por riesgo de mercado.
Basilea II. Es el nuevo acuerdo de capital que establece nuevos lineamientos generales para monitorear de manera más cercana el perfil de riesgo de los bancos. (Cuevas, sf). Los elementos del nuevo acuerdo se han ordenado en tres pilares fundamentales. Ponderaciones de riesgos asignadas a los diferentes tipos de activos de riesgos, supervisión corriente por parte de las superintendencias y la disciplina del mercado a través de más transparencia. (SB, 2007).
Los Principios de Basilea en la República Dominicana. En el año 2001 el Financial Sector Assesment Program (FSAP) concluyó que en República Dominicana estos principios no existían o muy eran parcialmente aplicados. Esto es debido a que de los 25 principios evaluados en ese año, cinco fueron no cumplidos, 19 fueron materialmente no cumplidos y sólo un principio fue materialmente cumplido. (GT, s.f.c).
Figura 4. Resultados de la FSAP sobre los Principios de Supervisión Bancaria
Fuente: Grand Thorton (2004).
Sin embargo, las autoridades dominicanas en los últimos años han hecho un esfuerzo con el propósito de fortalecer la regulación y la supervisión del sistema financiero dominicano. Al año 2007, según (SB, 2007) se ha logrado dar cumplimiento a más de 20 de los Principios de Basilea. Se han cumplido en un 96% de forma total, en gran medida o parcialmente los 25 principios internacionales de supervisión.
Figura 5. República Dominicana, Cumplimiento de Basilea I
Fuente: Superintendencia de Bancos de la República Dominicana (2007)
La SB (2009c) sostiene que los avances logrados hasta ahora es una expresión que refleja la combinación de un fortalecimiento institucional de la Superintendencia de Bancos, el acuerdo Stand By con el FMI (Fondo Monetario Internacional) y la colaboración de los bancos que operan en la República Dominicana, tanto nacionales como extranjeros. Es necesario continuar fortaleciendo las bases para hacer la transición hacia Basilea II.
Capítulo 5:
Conclusiones y Recomendaciones
Conclusiones
Uno de los elementos claves en la estabilidad de una economía es, sin lugar a dudas, la solvencia y solidez de su sistema financiero. De ahí que una buena labor de supervisión contribuye al bienestar de la economía. Luego de analizar las informaciones presentadas en esta investigación es innegable afirmar que a partir de la crisis bancaria de 2003, la República Dominicana ha avanzado en materia de regulación y supervisión bancaria.
Se puede concluir que la aprobación y puesta en vigencia de normativas complementarias a la ley monetaria y financiera, atendiendo a las recomendaciones del Fondo Monetario Internacional han contribuido a establecer una mejor política de Supervisión Bancaria. Medidas como la recapitalización bancaria, el fortalecimiento de la central de riesgos, el fortalecimiento de la capacidad técnica por parte de la Superintendencia de Bancos ha redundado en fortalecer el Sistema Financiero Dominicano, con una mejoría en la cartera de préstamos, mayor fortaleza en su capital y reservas y mayores controles de las entidades financieras.
La metodología de Supervisión Bancaria enfocada en riesgo y los pilares establecidos en el Comité de Basilea II constituyen los retos del organismo supervisor de la República Dominicana. Se puede concluir que actualmente la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana está en el proceso de adecuación a este nuevo escenario de la actividad bancaria, lo que supone un desafío para el organismo supervisor promover políticas de supervisión acorde con la política monetaria del país, así como exigir a las entidades financieras la divulgación de información precisa y confiable.
Recomendaciones
El acuerdo de Basilea II resalta la importancia del papel que juega el organismo supervisor en su examen a las instituciones bancarias, desde evaluar las políticas internas, límites y controles establecidos por las instituciones financieras hasta la evaluación el desempeño de sus directores y gerentes, así como su plan de operaciones y sus procesos internos. Por lo que recomendamos a la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana que en el proceso de diseño y estructura del modelo de supervisión en riesgo, enfocarse en ampliar sus estrategias de cobertura de las políticas y de las estrategias que las entidades están adoptando para administrar y controlar sus exposiciones al riesgo, asegurándose de impulsar una verdadera cultura de gestión de riesgo en todo el sistema, comunicando claramente a la alta gerencia de las entidades a regular la importancia de lo que significa un adecuado monitoreo y gestión de los riesgos.
Asimismo para estar acorde con lo programado es necesario identificar las áreas de debilidad y hacer los correctivos de lugar. Asimismo, realizar talleres técnicos para el apoyo a los temas que muestren debilidad en el proceso de aplicación del Modelo de Supervisión Basado en riesgo y que éste pueda servir de plataforma para realizar la transición hacia Basilea II.
Referencias
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Autor:
Melvin
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