- Introducción
- La soberanía
- Características de la soberanía
- Poder Público Regional
- Explique la democracia como forma de organización política
- Qué es la identidad nacional concepto y origen
- Deberes y derechos de los venezolanos
- Símbolos patrios
- Anexos
- Conclusiones
- Bibliografía
Introducción
Las costumbres, tradiciones, las diferentes religiones, los sitios históricos, su comida y todo aquello que represente la cultura de nuestro país la manejamos como identidad nacional.
El sentimiento de identidad nacional está muy ligado al sentido de pertenencia. En efecto, `parece que uno se siente más identificado, con algo o con alguien, si hay la creencia, sensación o seguridad de pertenencia. Ejemplo de ello lo tenemos cuando niños comenzamos a usar el adjetivo posesivo "mi" para referirnos a "mi mamá", "mi novio", "mi tía" y "mi país Venezuela". En cada uno de esos ejemplos predomina un sentido de pertenencia producto de una relación mutua de afecto y amor que nos impulsa a su defensa. En sentido contrario, se pierde la identidad, perdemos el sentido de pertenencia con algo o con alguien cuando se va perdiendo el afecto mutuo.
La soberanía
es el derecho que tiene el pueblo a elegir a sus gobernantes, sus leyes y a que le sea respetado su territorio. Según esto, habría que considerar que el derecho se tiene frente a alguien y porque alguien lo concede; en consecuencia, habría que convenir que la soberanía, más que un derecho, es el "poder". Un poder al modo que recoge Jean Bodin en su definición de soberanía.
La Soberanía es uno de los elementos más representativos del Poder del Estado, y es el pueblo, tan mencionado en los ordenamientos jurídicos quien lo detenta y ejerce por medio de los órganos destinados para tal fin. El estudio de la Soberanía implica el conocimiento de una serie de elementos que permitan su fácil comprensión, así que se debe comenzar por saber de dónde se origina.
Características de la soberanía
Es importante conocer cuáles son las características de la soberanía para que todo adulto venezolano la pueda ejercer:
a. Es intransferible, es decir, no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución.b. Es ejercida o su titularidad está en manos del pueblo.c. La Constitución y las leyes establecen las formas para ejercerla. Es ella quien concede la legalidad al Poder del Estado, por medio del reconocimiento o aceptación del mismo.
Poder Público Regional
Además de la figura del Gobernador(a) de Estado, hay otras instituciones que juegan un papel muy importante en el desarrollo de las funciones del Estado, como lo son: 1. El Consejo o Asamblea Legislativa Estadal: Que es el órgano encargado de legislar sobre las materias de la competencia estadal, así como de sancionar la Ley del Presupuesto del Estado, entre otras. Este órgano estará conformado por un grupo de personas que no pueden exceder de 15 ni ser menor de 7, y las mismas representarán a la población del Estado y de los Municipios que lo integran.
2. La Contraloría Estadal: Es un órgano que para su funcionamiento requiere de autonomía orgánica (como órgano) y funcional (con respecto a sus funciones). La misma tiene por objeto la vigilancia, control y fiscalización de los ingresos, los gastos y los bienes del Estado. Como todo órgano del Estado debe ser dirigido por un funcionario del Público llamado Contralor o Contralora.
EL PODER PÚBLICO MUNICIPAL O LOS MUNICIPIOS:
Son unidades políticas primarias que tienen personalidad jurídica propia y autonomía. Se les considera primordial dentro de la organización nacional. Está enmarcado dentro de lo que se denomina las Entidades Locales, constituidas por: 1. Los Municipios.
2. Los Distritos Metropolitanos, como es el caso de la Alcaldía Metropolitana en Caracas.
3. Las Parroquias.
4. Y las mancomunidades y demás formas de asociaciones descentralizadas que se formen en un Municipio.
El Municipio como figura jurídica y territorial, muy importante dentro del Estado, debe reunir una serie de elementos para constituirse como tal:
1. Una población que no debe ser menor a 10.000 mil habitantes. 2. Encontrarse en un territorio determinado. 3. Un centro de población donde habite un número no menor a 2.500 habitantes, y que sirva de asiento a sus autoridades.
4. Capacidad económica; capacidad para generar recursos propios para cubrir los gastos de gobierno y administración, así como para prestar y satisfacer los servicios mínimos que requiere.
Explique la democracia como forma de organización política
Democracia es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo. En sentido estricto la democracia es una forma de organización del Estado, en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que le confieren legitimidad a los representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.
Hay democracia directa cuando la decisión es adoptada directamente por los miembros del pueblo. Hay democracia indirecta o representativa cuando la decisión es adoptada por personas reconocidas por el pueblo como sus representantes. Por último, hay democracia participativa cuando se aplica un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas o cuando se facilita a la ciudadanía amplios mecanismos plebiscitarios. Estas tres formas no son excluyentes y suelen integrarse como mecanismos complementarios.
Qué es la identidad nacional concepto y origen
Identidad nacional es la identidad basada en el concepto de nación, es decir, el sentimiento de pertenencia a una colectividad histórico-cultural definida con características diversas, rasgos de cosmovisión definidos con mayor o menor localismo o universalismo(desde la cultura a la civilización), costumbres de interacción, organización social y política (particularmente, el Estado -tanto si se identifica con él como si se identifica contra él-), etc.
La identificación con una nación suele suponer la asunción, con distintos tipos y grados de sentimiento(amor a lo propio, odio o temor aloajeno, orgullo, fatalismo, victimismo, chauvinismo) de las formas concretas que esas características toman en ella. Se da simultáneamente a otras identidades individuales o identidades colectivas1 basadas cualquier otro factor (la lengua, la raza, la religión, la clase social, la condición sexual, etc.), asumiéndolas, superponiéndolas, ignorándolas o negándolas. Suele tomar como referencia elementos explícitos tales como símbolos patrios o signos distintivos (banderas, escudos, himnos, selecciones deportivas, monedas, etc.)
Deberes y derechos de los venezolanos
Cada uno de nosotros debemos sentirnos como venezolanos verdaderos porque cada una de las personas qué contribuyen para que este país cada día sea mejor, es porque su grado de cultura nacionalista está muy alto, nosotros nos identificamos como venezolanos por nuestro territorio, nuestros recursos naturales como renovables y no renovables, nuestra cultura, tradiciones, características de cada estado o región pero lo más importante son los derechos que tenemos como venezolanos que para exigirlo debemos cumplir los deberes exigidos en la Constitución.
* Deberes
Deber es sinónimo de responsabilidad, de obligación, aquello a lo cual estamos comprometidos. Cuando hablamos de deber ciudadano nos referimos a todas aquellas cosas que es nuestra obligación realizar en función del bien común, del logro del bienestar colectivo.
* Derechos
La facultad que tiene el individuo para disponer de una cosa o para exigir el cumplimiento de una disposición, es lo que conocemos con el nombre de derecho. También lo definimos como la acción que se tiene sobre una persona o cosa. De acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los derechos se clasifican de la siguiente manera: 1. Derechos Individuales
La Constitución nacional en su artículo 19 garantiza a toda persona dentro del territorio nacional "el goce y el ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos".
Toda persona tiene el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la igualdad ante la ley, la protección de la debilidad manifiesta, el respeto a los tratados suscritos referentes a los derechos humanos, la irretroactividad de la ley, la nulidad de los actos que violen la ley, el obre acceso a los órganos de administración de justicia, el derecho al amparo constitucional, el acceso a la información , la previsión de la indemnización a las víctimas de violación de los derechos humanos cuando ello sea imputable al estado, el acceso a los órganos internacionales protectores de los derechos humanos, son todas normas señaladas en el título III de la Constitución Nacional. 2. Derechos Civiles
Previstos en el Capítulo III. Entre estos encontramos el derecho a la vida y la protección a la misma, la inviolabilidad de la libertad personal, el respeto de la integridad física, inviolabilidad del hogar, el secreto de la correspondencia, la presunción de inocencia, el libre tránsito, la asociación lícita, la exclusión de la esclavitud y de la servidumbre, el nombre y apellido, el derecho de conocer a su padre y madre, la libre expresión de las ideas, la libertad de religión y de culto, la protección del honor. 3. Derechos Políticos
Establecidos en el capítulo IV. Se garantiza al ciudadano al derecho a: la participación en los asuntos públicos, el sufragio de acuerdo con las condiciones exigidas en la ley, optar cargos de elección popular, la rendición de cuentas de los representantes en el ejercicio de los cargos, la asociación política, manifestaciones pacíficas, asilo y refugio, la no extradición de los venezolanos. Por otra parte, el artículo 70 señala que los medio de participación del pueblo para el ejercicio de su soberanía son: elección de cargos públicos, referéndum, consulta popular, revocatoria del mandato, iniciativa legislativa, cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos cuyas decisiones son vinculadas es decir, obligatorias.
4. Derechos Sociales
En el capítulo V del título III del la Constitución Nacional se establecen los derechos sociales y de las familias y entre los mismos es conveniente destacar:
La protección a la familia y el derecho de los niños a vivir en el seno familiar; la protección a la maternidad y a la paternidad; protección al matrimonio indicándose que es entre un hombre y una mujer, protección a los menores, garantía de los derechos de los ancianos, ejercicio pleno de los discapacitados, derecho a la vivienda, la salud como derecho social fundamental, garantía para la creación de un sistema político nacional de salud, derecho a un sistema de seguridad social como servicio público no lucrativo. Se establece el derecho al trabajo de manera equitativa para hombres y mujeres, el trabajo además, como hecho social, gozará de la protección de la protección del estado, derecho a un salario suficiente y a las prestaciones sociales relativas a la antigüedad y la cesantía. Se señala el derecho a la organización sindical y se busca garantizar la alternabilidad en los cargos directivos, culmina el capítulo con el derecho a la huelga en las condiciones que la ley establezca. 5. Derechos económicos
Prosigue la constitución con el capítulo VII, referido los DERECHOS ECONÓMICAS; en este capítulo se garantiza la libertad para dedicarse a la actividad económica que cada uno prefiera, con las limitaciones de ley y, aunque el estado garantiza la promoción de la iniciativa privada, se indica que no se permitirán monopolis ni el abuso de la posición de dominio de una persona o empresa. El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura y la cartelización serán penados severamente.
En dicho capítulo se garantiza el derecho de propiedades y el disfrute y uso de la misma. El derecho señalado estará sometido a las contribuciones, restricciones y obligaciones de ley. Por casa de utilidad pública podrá expropiarse la propiedad privada, previa sentencia firme y pago de justa indemnización.
Símbolos patrios
La Bandera Nacional:
El Escudo Nacional:
Himno Nacional:
Flor Nacional: La Orquídea:
Árbol Nacional: El Araguaney.
Ave Nacional: Turpial.
La Bandera Nacional:
El Escudo de Armas de la República de Venezuela: Desde los años iniciales de la separación de Venezuela de la Gran Colombia, el Escudo de Armas ha sufrido varias modificaciones, estableciéndose en esas oportunidades que los tres cuarteles tendrán los colores del Pabellón Nacional e incluirá los símbolos (espigas, banderas y caballo blanco).
Aunque fue decretado por el Congreso de la República, el 18 de abril de 1836 -contando con el asesoramiento de Sir Robert Ker Porter en la heráldica y Carmelo Fernández en el dibujo, para que sustituyera, con algunas modificaciones, el Escudo de Armas de la Gran Colombia, así como reformado por la Constitución Federal y aún por Cipriano Castro en 1905, su forma actual la estableció el Congreso de la República mediante un decreto del 17 de febrero de 1954.
Según su descripción heráldica, se trata de un blasón dividido en el medio, cortado en el centro con un arco leve y formado por tres cuarteles que tienen como fondo los mismos colores de la bandera.
El cuartel superior izquierdo: Rojo, contiene un haz de veinte espigas que representan la unión de los estados de la República y de la riqueza nacional; El cuartel superior derecho: Amarillo, incluye banderas y armas, lanza y espadas, enlazadas por una corona de laurel, que significan los triunfos obtenidos en la Guerra de Independencia; La mitad inferior abarca un solo cuartel: Azul, donde un caballo blanco, desbocado, con la cabeza vuelta hacia la derecha, simboliza la libertad.
El timbre que da cima al conjunto está formado por dos cornucopias, emblemas de abundancia, que derraman flores y frutos de todas las zonas del territorio.
Al escudo mismo lo rodean una rama de olivo a la izquierda, que representa la paz, y una palma de laurel a la derecha, que alude a la virtud incorruptible, las cuales se unen debajo del mismo con una cinta tricolor que lleva en letras de oro sobre la banda azul las siguientes leyendas:
A la "izquierda" el 19 de Abril de 1810: Independencia, a la "derecha" 20 de febrero de 1859: Federación y al "centro" República de Venezuela.
El Escudo Nacional:
Himno Nacional:
Antonio Guzmán Blanco, siendo presidente de Venezuela, declaro a este himno como himno nacional el 25 de Mayo de 1881. En el decreto no se menciona ni al autor de la letra ni al de la música del antiguo canto patriótico convertido en el Himno Oficial, pero cuando poco después se publica la partitura, se colocó en ella el nombre de Juan José Landaeta como el de su compositor.
En cuanto a letra, todos los testimonios indican como autor al médico, poeta y revolucionario Vicente Salias. Con letra de Salias y música de Landaeta, el "Gloria al Bravo Pueblo", datade los días que siguieron al 19 de abril de 1810. No fue la única canción patriótica de esa época, pues también estuvo otra que comenzaba así "…caraqueños otra época comienza…", con la letra de Andrés Bello y música de Cayetano Carreño. Pero fue el "Gloria al Bravo Pueblo" el canto que tuvo mayor aceptación y más rápidamente se popularizó.
Después del decreto de 1881, y de las publicaciones del Himno Nacional que se hicieron en 1883 con motivo del centenario del nacimiento del Libertador, se hizo en 1911 una nueva edición oficial en conmemoración del centenario de la Independencia.
Flor Nacional: La Orquídea:
Impresionante planta de la familia de las Biognoneáceas, fue decretado Árbol Nacional el 29 de mayo de 1948. Su nombre científico "Tabebuia" es de origen indígena (caribe), del cual chrisantha, es la especie emblema y se deriva de los vocablos griegos que significan "voz de oro". Es conocido con los nombres de Acapro, Curarí, Araguán o Cañada, Flor Amarilla y Puy.
Es un árbol de mediano tamaño, cuyo tronco puede crecer derecho o torcido, en bosques de ambientes secos, en bordes de sabanas, valles o lomas áridas, hasta alturas de 1.200 metros. Se distingue por una floración masiva, que se presenta fulgurante luego de botar sus hojas por la sequía.
Es un árbol de madera dura, compacta, de peso específico entre 1,25 y 1,50. Está entre las más duras del trópico americano, ya que si se lanza alagua un pedazo, éste se hunde como una roca. Se ha usado para postes y también como durmientes para los rieles de los ferrocarriles.
Árbol Nacional: El Araguaney.
Ave Nacional: Turpial.
Fue declarado Ave Nacional el 23 de mayo de 1958. Se reconoce por sus colores amarillo naranja en todo el cuerpo, excepto la cabeza y las alas que son negras con partes blancas y tiene una mancha azul pequeña pero intensa alrededor de los ojos. Vive en solitario o en parejas en lugares cálidos, como los llanos, cardonales, matorrales espinosos, bosques deciduos "que pierden las hojas" y bosques de galería "en los márgenes de los ríos".
Anexos
Símbolos Patrios de la República Bolivariana de Venezuela.
» La Bandera Nacional.
Escudo nacional
Símbolos Nacionales de la República Bolivariana de Venezuela.
» Flor Nacional.
» Árbol Nacional.
Araguaney (Tabebui Chrysanta)
» Ave Nacional.
Conclusiones
Los Municipios tienen personalidad jurídica y autonomía para elegir sus autoridades, para gestionar las materias de su competencia y para crear, recaudar e invertir sus ingresos dentro de los límites constitucionales y legales.
El Poder Público Municipal se ejerce a través de cuatro funciones: (Consagradas en el artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal)
La función ejecutiva, desarrollada por el alcalde a quien corresponde el gobierno y la administración;
La función deliberante que corresponde al Concejo Municipal.
La función de control fiscal que corresponde a la Contraloría Municipal, y
La función de planificación, que será ejercida en corresponsabilidad con el Consejo Local de Planificación Pública.
Entre las competencias del Municipio tenemos el Gobierno y administración de sus intereses, la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la materia inquilinaria, la promoción de la participación y mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad, la ordenación territorial y urbanística, la vivienda de interés social, el turismo local, los parques y jardines, plazas, balnearios y otros sitios de recreación; arquitectura civil, nomenclatura y ornato público, entre ot
Bibliografía
LEYES CONSULTADAS:
Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
PÁGINAS WEB VISITADAS:
http://pcc.faces.ula.ve/congreso_tributario
www.gobiernoenlinea.gob.ve/venezuela/estructura3.html
http://www.mailxmail.com/curso/empresa/gestiontributaria
www.gumilla.org.ve/files/documents/
http://es.wikipedia.org
http://www.comisionlegislacionelhatillo.org/concejo.htm
http://www.mailxmail.com/curso/empresa/gestiontributaria/capitulo11.htm
http://bibadm.ucla.edu.ve/cgi-win/be_alex.exe?Acceso=T070600013962
Autor:
Ronny Guerra
3ero ciencias
Enviado por:
Cochex Figueras
CUMANÁ, MAYO DE 2013