- Introducción
- El problema
- Marco teórico
- Marco metodológico
- La propuesta
- Conclusiones
- Recomendaciones
- Fuentes consultadas
- Anexos
Introducción
El desarrollo local es el proceso de evolución y transformación que se presenta en los actuales momentos en nuestro país, donde los ciudadanos son protagonistas y participan activamente en el surgimiento de iniciativas que mejoran la calidad de vida en las comunidades.
Lo que ha implicado, el surgimiento de las llamadas organizaciones de base: Asociaciones de Vecinos, Cooperativas, Consejos Comunales, Empresas de Producción Social. Las cuales surgen como un modo o vía para acceder a los bienes y servicios que demanda la sociedad.
Ciertamente, el nuevo modelo de estado, propuesto por este proceso revolucionario, ha buscado impulsar el desarrollo sustentable de las poblaciones, a través de las transferencias del Poder Popular, entendiendo el desarrollo en su acepción más amplia, como el proceso mediante el cual todos los actores involucrados son responsables del avance de la sociedad en cuanto a su salud, educación, optimización de los servicios públicos entre otros. Burgos (2006)
De tal modo, que las exigencias que demandan, constantemente las comunidades requieren a partir de esta nueva concepción, de la participación activa de sus habitantes, en la búsqueda de alternativas viables para la pronta solución de los problemas, presentes en ellas, haciendo uso de una nueva gestión de las políticas públicas.
En este sentido, les corresponde de primera mano a los entes gubernamentales tanto nacional, regional, como municipal orientar y capacitar a este tipo de organizaciones en sus procesos autogestionarios, respetando su idiosincrasia y formas exitosas, como han venido operando y estimulándolas a transformar sus debilidades, dentro de un contexto armónico.
Es en este orden de ideas, que la presente investigación busca poder contribuir en este proceso de construcción de políticas públicas dirigidas, desde las comunidades de forma endógenas, siendo que parte de ellas, no solo en lo novedoso de los modelos, sino que atiende realidades muy particulares, que nacen de los diagnósticos que las mismas realizan.
Para lo cual, se propone un modelo de capacitación que atiende en primer lugar a sus más imperiosas necesidades en el área de la contraloría social, ya que esta cumple una importante labor dentro del cuadro de actividades que debe atender un consejo comunal, en el normal desenvolvimiento de sus labores.
Estructurando, para tal fin la presente investigación, con el siguiente Orden metodológico: Capitulo I Planteamiento del problema, en el Capítulo II el Marco Teórico, Capítulo III el Marco Metodológico, en el Capítulo IV La Propuesta, para finalizar con las Conclusiones y Recomendaciones.
CAPITULO I
El problema
1.1 Planteamiento del Problema
Desde la década de los 80 en América Latina, se han venido desarrollando serios debates acerca del tema de la participación ciudadana y el rol del Estado, para promoverla. Los planteamientos que justificaron las propuestas de Reforma del Estado se enmarcaron en la definición de políticas públicas orientadas a la rearticulación de las relaciones entre el Estado y la sociedad civil, en la cual la participación ciudadana se concibe como un medio para profundizar la democracia.
En Venezuela dicho proceso, en la práctica no logró concretar una real participación de los ciudadanos en la toma de decisión sino su colaboración en la ejecución de algunas tareas o la prestación de un servicio. Este panorama comienza a cambiar con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en la cual se fundan las políticas públicas sobre la participación ciudadana en la gestión pública, con un rol preponderante del gobierno nacional para su promoción.
Bajo esta perspectiva, los Consejos Comunales surgen en el año 2006 con la finalidad de crear los espacios de participación en los cuales las comunidades organizadas se convierten en sujetos corresponsales en dar respuesta a la problemática de su realidad local en base a las demandas sociales ya que son conocedores directos de sus necesidades a fin de mejorar las condiciones de vida mediante la autogestión de los servicios comunitarios
Sin embargo, la realidad que evidencian muchas comunidades de Venezuela es la dificultad que manifiestan sus integrantes para lo más elemental en el quehacer comunitario, como lo es reunirse y comunicarse, lo cual puede atribuirse al poco sentido de pertenencia, a la indiferencia y a la falta de valores elementales del ser humano; tales como la cooperación, la solidaridad, responsabilidad, entre otros.
Por lo tanto, aun hace falta despertar en la población una conciencia ciudadana que propicie la participación ciudadana activa, mucho mas en realidades como la del Estado Vargas, el cual en virtud de las tragedias naturales sufridas en 1999 y en el 2002, se haya en situación de expansión y promoción de proyectos.
No obstante, debido a la falta de cooperación, de información y de corresponsabilidad de los miembros del consejo comunal han dejado específicamente en la comunidad de Pueblo Abajo ubicada en la Parroquia Naiguatá, Municipio Vargas escogida como eje central de estudio para el desarrollo de este proyecto, de generar y aportar soluciones factibles surgidas del seno de la misma comunidad que representan.
En correspondencia con lo antes expuesto, se desprenden las siguientes interrogantes:
¿Cuál es la situación actual presentada por la Unidades de contraloría social de los consejos comunales del sector Central de la parroquia Naiguatá?
¿Qué conocimientos poseen los miembros de las unidades contraloras sobre las funciones que deben desempeñar?
¿Cuáles áreas de formación necesitan fortalecer los miembros de las unidades de contraloría?
1.2 Justificación del Problema
La Gestión de Políticas Públicas se enfrenta a una realidad muy compleja, cambiante y competitiva a la que han de responder con gran celeridad y flexibilidad. La globalización, la revolución tecnológica, el fenómeno de aceleración de la historia y las interdependencias entre los distintos actores políticos, sociales y económicos presentan nuevos desafíos y oportunidades que demandan acciones innovadoras.
El control de la gestión pública requiere en tal sentido, transparencia del gasto público, a partir de un esfuerzo generalizado para mejorar la cantidad, calidad y oportunidad de la información fiscal y de las empresas públicas.
De conformidad con lo anterior, se considera relevante a los efectos del ejercicio de la gobernabilidad la concreción de una gestión pública centrada en la gente; es decir, que tome en cuenta necesidades, aspiraciones, propuestas, proyectos y actividades de carácter administrativo o financiero que involucre y tenga presente los intereses de la ciudadanía, para lo que se requiere una enérgica contraloría social.
Desde esta perspectiva la organización social debe brindar propuestas orientadas a lograr la reforma del Estado, la democratización, su reforma administrativa o elementos del gobierno participativo, por lo cual la relación entre gestión pública y corresponsabilidad social se enmarca como una concreción de la participación que orienta la capacidad de decisión y respuesta de los organismos públicos: pero basadas en el esfuerzo social y organizado de las comunidades, sin sustituir las responsabilidades inherentes al sector público.
Es en este nuevo modelo de Estado y de Sociedad que exige al ciudadano reivindicar sus derechos, pero como contrapartida asumir deberes y corresponsabilidades que la presente investigación adquiere su importancia y trascendencia.
1.3 Objetivos de la Investigación
1.2.1 Objetivo General:
Diseñar un plan de capacitación que permita fortalecer a las unidades de contraloría social de los Consejos Comunales del sector central de la parroquia Naiguatá Estado Vargas.
1.2.2 Objetivos Específicos
Diagnosticar la situación actual que presentan los miembros de las Unidades de Contraloría Social de los Consejos Comunales del sector central de la parroquia Naiguatá.
Determinar los conocimientos que poseen los miembros de las Unidades Contraloras sobre las funciones inherentes al cargo que desempeñan.
Identificar las áreas de formación que necesitan fortalecer los miembros de las unidades contraloras en el ejercicio de sus funciones.
CAPÍTULO II
Marco teórico
Antecedentes de la Investigación
González y Torres, (2007), en su trabajo titulado "Perfil Ciudadano para el mejoramiento de la Gestión en la Contraloría Social de los Consejos Comunales" Caso Contraloría Social del Municipio Zamora del Estado Aragua, para optar al título de Licenciados en Administración Comercial de la Universidad Rómulo Gallegos de San Juan de los Morros. El cual tuvo como objetivo general proponer un nuevo perfil ciudadano que permita el mejoramiento de la gestión de las contralorías sociales, sus resultados demuestran que los miembros de las contralorías sociales carecen de destreza y habilidades para desarrollar actividades que desempeñan, por lo que no cuentan con el perfil adecuado para llevar a cabo la gestión social. Es por ello que esta investigación se relaciona con la nuestra en el tratamiento de su diagnostico.
Guerrero y Moreno (2007), en su investigación titulada "Plan Estratégico dirigido a la formación de los ciudadanos que ejercen el Rol de Contralores Sociales en el Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, como requisito para optar al título de Licenciados en Administración Comercial de la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos de San Juan de los Morros. La misma partió de un diagnostico de la situación de los ciudadanos que ejercen el rol de contralores sociales en el Municipio Juan Germán Roscio, proponiéndose un Plan Estratégico dirigido a mejorar la contraloría social, en el cual se concluye que no se cuenta con información escrita que permita a las personas encargadas de la contraloría social desempeñar sus funciones de manera más idónea, en vista de esto se recomienda poner en práctica del plan estratégico para la formación de los ciudadanos para ejercer el rol de contralores sociales, la conclusión de esta investigación se relaciona directamente con la presente ya que demuestra cómo se hace necesario la formación de los miembros de los consejos comunales.
Rodríguez (2005), en su estudio presentado en la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos, para optar al título de Licenciado en Administración, titulado "Programa de Capacitación dirigido a los Contralores Sociales, a fin de optimizar la función de fiscalización, vigilancia, control para la comunidad" Caso Municipio Juan Germán Roscio, concluyo exponiendo la falta de conocimientos, debilidades y destrezas de los contralores sociales, nuevamente la anterior investigación nutre a la nuestra al proponer un programa de capacitación para miembros de consejos comunales, en el area de la contraloría social.
Marco Referencial de la Institución
El Consejo Comunal del Sector Casco Central de la Parroquia Naiguatá, del Municipio Vargas, Estado Vargas surge el 12 de Abril de 2008 como respuesta a la convocatoria a la Asamblea de Ciudadanos que fue convocada en tres oportunidades, en ese sector. Esta conto con la participación de 300 miembros de la comunidad, quedando constituido por 10 voceros, siendo instalado formalmente el día 15 de abril de ese mismo año.
MISION
Abordar y analizar la realidad de su comunidad gestionando soluciones endógenas a las inquietudes particulares de su entorno.
VISION
Ser una institución que promueva la transformación de la calidad de vida de sus conciudadanos, a través del desarrollo y ejecución de proyectos orientados a resolver de forma eficiente sus necesidades.
Estructura Organizativa
a) Órgano Ejecutivo del Consejo Comunal:
Encargada de promover y articular la participación organizada de los y las integrantes de la comunidad. Ejecuta decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, articula con las organizaciones sociales presentes en la comunidad y promueve nuevas organizaciones, en defensa del interés colectivo y el desarrollo integral de las comunidades, elabora planes de trabajo para solventar problemas que la comunidad pueda resolver con sus propios recursos y evaluar resultados.
b) Órgano Económico Financiero:
Se encarga de administrar los recursos financieros y no financieros, así como de la inversión y crédito, intermediación financiera de los fondos generados, asignados y captados.
c) Órgano de Control:
Realiza la contraloría social y la fiscalización, control y supervisión del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el consejo comunal, así como los programas y proyectos de inversión pública presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional, regional o municipal. Da seguimiento a las actividades administrativas y del funcionamiento ordinario del Consejo Comunal en su conjunto y rinde cuenta publica de manera periódica, según lo disponga el reglamento de la Ley de Consejos Comunales.
Organigrama.
Bases Teóricas
En los últimos cinco años, en Venezuela se ha experimentado un importante proceso de transformación donde se convoca de forma permanente a la participación y la organización de la gente. Pero en no pocas ocasiones, y en diversas instancias, esto no pasa de ser un discurso. El mismo proceso de los Consejos Locales de Planificación Pública viene siendo impulsado por una diversidad de actores, principalmente organismos públicos, que validan la importancia de hacer realidad el texto constitucional. En la práctica, no se corresponden los esfuerzos realizados con los resultados obtenidos en los 335 municipios del país.
La corresponsabilidad social orienta la formulación de propuestas como las contenidas en el Artículo 184 de la Constitución de la República, que permiten la descentralización participativa. De este modo, se orientan adecuadamente las modalidades de descentralización de servicios, programas sociales o de atención a las comunidades.
Dentro de esta perspectiva, la relación descrita propiciaría experiencias de construcción de alianzas sociales orientadas a la lucha contra la pobreza y otros compromisos asumidos por los Estados en sus relaciones multilaterales, o en declaraciones vinculadas al tema de los derechos humanos. Por lo que, la modernización y mejoramiento de la Gestión Pública en el país se orienta a establecer un modelo gerencial basado en resultados, y al mismo tiempo generar las condiciones para el desarrollo de una administración eficaz y menos costosa, centrada en la productividad, el compromiso y la satisfacción de las necesidades de la ciudadanía.
La Gestión Social
El hombre es un ser eminentemente social, de ahí que siempre se ha reunido con sus semejantes con el objeto de formar grupos, comunidades y sociedades y con ello poder satisfacer sus necesidades. Las sociedades se transforman y se desarrollan, constituyendo la vida social y creando diversas formas de organización socioeconómica.
Según Henríquez, L. (2005), la Gestión Social es definida como "…el canal por medio del cual se desarrolla en las personas y en la comunidad un espíritu emprendedor para generar un cambio social". Esta definición tiene que ver con la posibilidad de gestión para dar respuesta a la complejidad del sistema social, otorgando especial relevancia a las dinámicas que viven las comunidades generadoras de desarrollo.
La Gestión Social tiene su basamento en los procesos planificados de desarrollo social, cultural, económico y político soportados en la organización, participación y la movilización de los actores sociales públicos y/o privados quienes actúan en múltiples escenarios.
Tipos de Gestión
La Rendición de Cuentas. Si bien es cierto que este proceso ha sufrido modificaciones o mejor dicho, que existen propuestas de cambio, porque, como ya lo consideramos anteriormente, en definitiva la Rendición de Cuentas al ciudadano es más un proyecto de cambio que una realidad y también es cierto que las reformas que se promueven tienen su origen en experiencias descritas en inglés.
En tal sentido, incorporar un nuevo concepto o noción sin el más mínimo cuestionamiento al viejo concepto (o noción), en este caso el de Rendición de Cuentas, constituye un error metodológico, explicable por la necesidad de buscar la superación de una alienación idiomática dado el avance en castellano del uso del concepto accountability.
Según Oszlak (1999: 2) al cuestionar el uso de neologismos y anglicismos en nuestro discurso, en "el caso de la accountability nos enfrentamos, probablemente con el concepto que ha suscitado mayor reconocimiento y adhesión en nuestra cultura, al menos desde un punto de vista retórico".
No es posible negar que el proceso a través del cual los gobernantes dan cuenta de sus actos, ha sido denominado Rendición de Cuentas, tanto por la legislación en algunos países de América Latina, como por los académicos, aunque como dice Ugalde (2002: 9), es recientemente cuando se usa en el mundo académico, lo cual es explicable porque "en la práctica rendir cuentas no fue una prioridad de los gobiernos post-revolucionarios ni una exigencia de la sociedad", por el contrario hoy en día el concepto de Rendición de Cuentas tal como lo señala Ugalde (2002: 9) "se ha popularizado como término cotidiano del vocabulario de políticos, periodistas, académicos y sociedad en general".
Otro término que se presta a confusión con los que se usan como sinónimos de Rendición de Cuentas es el de Transparencia, aunque en general los distintos autores precisan la diferencia entre uno y otros conceptos. Según Morón (2000), la vocación por la transparencia tiene su fuente en la palabra accountability, que, siguiendo a González, "ha sido interpretada tanto como, la obligación legal y ética que tiene un gobernante de informar al gobernado sobre cómo ha utilizado el dinero y otros recursos que le fueron dados por el pueblo para emplearlo en beneficio del pueblo gobernado y no en provecho de los gobernantes de turno", es decir se trata de la definición de accountability como rendición de cuentas al ciudadano, esto requiere según Morón, de un proceso administrativo abierto, significa para este autor "la obligación exigible a todo el personal al servicio de la administración pública de ser tan abierto a los ciudadanos como les sea posible, respecto a las decisiones y actos que adopte, para responder permanentemente por la gestión confiada".
La accountability es así una función del gobernante, sobre sus decisiones y actos, mientras que la transparencia es una función de todos los funcionarios sobre todas las decisiones y actos de la organización.
Esta distinción la precisa también Guerrero (2003), para quien "la transparencia de la gestión pública y la rendición de cuentas están aliadas, pero no deben confundirse". Como lo ha mencionado Ugalde, la transparencia no implica un acto de rendir cuentas a un destinatario específico, sino la práctica de colocar la información en la "vitrina pública". El gobierno democrático debe rendir cuentas para reportar o explicar sus acciones. Y debe transparentarse para mostrar su funcionamiento y ser sujeto de escrutinio público. En definitiva transparencia y Rendición de Cuentas son dos procesos estrechamente vinculados, este último, al centrarse en el ciudadano, requiere del primero para que éste pueda ejercer el control de la gestión pública con base, no sólo en la Rendición de Cuentas, sino también sustentándose con mejorar la información amplia sobre la gestión.
De este modo estamos en presencia de otro concepto vinculado a la materia, como lo es el de Control, el cual según Ugalde (2002), también se usa al igual que Fiscalización, como sinónimos de Rendición de Cuentas. "Control y Fiscalización son mecanismos para supervisar los actos de gobierno, pero no siempre implican la obligación de los gobernantes para informar de manera periódica sobre sus decisiones y acciones" (p. 16), en esta misma línea, señala Cunill (2000), que "el control supone intervenir en la manera como el poder es ejercido. La responsabilización obliga, en cambio, sólo a que las acciones y decisiones que devienen del ejercicio del poder sean justificadas" (p. 270).
Con esto queda claro que la Rendición de Cuentas (responsabilización para algunos autores), es un proceso relacionado con el Control, en el sentido que el ejercicio de éste se facilita con la Rendición de Cuentas, en tanto que ésta supone la justificación de los gobernantes de los actos y así mismo con el control se interpela al gobernante sobre el cumplimiento de lo previsto a lo ofrecido por él.
Consejos Comunales
Los Consejos Comunales de Planificación Pública (CCPP), nacen del espíritu de las asambleas de ciudadanos y ciudadanas, consagradas en el artículo 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como medio de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía en lo político, además de atribuirle valor vinculante a las decisiones dadas en este espacio. Cuando hablamos de vinculante, le imprimimos a las decisiones de las asambleas un carácter de mandato popular, que implica el obligatorio cumplimiento por parte de las instituciones públicas vinculadas a la decisión asumida.
Los Consejos Comunales de Planificación Pública (CCPP), nacen como espacios públicos de participación popular, que permiten la articulación de todos los sectores, agrupaciones y organizaciones sociales, con el único fin común de mejorar la calidad de vida de la comunidad con una visión colectiva.
La constitución de los Consejos Comunales de Planificación de Políticas Públicas (CCPPP) deben pasar por dos planos de acción: uno jurídico y otro movilizador. Estos dos planos pueden ser concomitantes, desarrollándose al unísono.
En lo jurídico:
La necesaria reformulación de la Ley de los Consejos Locales de Planificación de Políticas Públicas, no sólo en cuatro de sus artículos, para legalizar e instrumentar la recepción y manejo de recursos por parte de los CCPPP, sino, la reformulación de toda ley con el fin de generar una verdadera estructura del "Poder Autónomo Comunitario", como lo ha llamado el Presidente Hugo Chávez Frías. Esto implica el desprendimiento total de los CCPPP y CPPPP de lo institucional, léase, Alcaldías y Concejos Municipales.
Por otra parte, es necesaria la revisión de la Ley del Poder Público Municipal, con el fin de reformular la conceptualización de las Juntas Parroquiales, Transformándolas funcional y orgánicamente en la comisión técnica de los CCPPP y los CPPPP. Esto implica un redimensionamiento de su estructura, manteniendo el proceso electoral para la selección de ciudadanos idóneos para el acompañamiento de los CCPPP y los CPPPP.
Esto se plantea como consecuencia del solapamiento existente entre las funciones actuales de las Juntas Parroquiales y los CCPPP, y CPPPP. Previendo así cualquier conflicto de competencias entre una estructura representativa y una participativa.
Para lo anterior, es imprescindible establecer una declaración de emergencia legislativa nacional y municipal, que permita acelerar los procesos de adaptación de la nueva institucionalidad a los parámetros axiológicos de la democracia participativa. B.- En lo movilizador:
El establecimiento de un comando municipal de instalación de los CCPPP y los CPPPP a través de los equipos promotores parroquiales, debidamente avalados y juramentados como organismos intermediadores transitorios, que oriente y facilite los procesos de promoción e instalación, es prioridad para garantizar el éxito.
El establecimiento de una metodología para:
La formación de los promotores
Las pruebas pilotos de instalación de los CCPPP y CPPPP
Constitución y formalización de los CCPPP y los CPPPP
La concertación de voluntades políticas
Sin estos parámetros, la base estructural del nuevo socialismo estaría en peligro.
La Contraloría Social
La consagración amplia del derecho a la participación en los asuntos públicos de todos los ciudadanos y ciudadanas, ejercido de manera directa e indirecta, constituye un salto cualitativo de la democracia representativa a la democracia participativa según la Constitución de 1999.
La diferencia sustancial con la Constitución anterior (1961) consiste en que la nueva Constitución no reduce el derecho a la participación únicamente a los eventos electorales, sino que también abarca el proceso de formación, ejecución, control, supervisión y vigilancia de la gestión pública. Esta iniciativa nacida de las bases del pueblo tiene que ser facilitada por las instituciones del Estado, con la finalidad de que la ciudadanía cumpla con la más amplias modalidades de participación que le garantiza la Constitución (Arts. 168; 62; 6; y 5).
Este nuevo planteamiento, contempla un cambio de relaciones del Estado con la sociedad, es decir, en lugar de unas relaciones marcadas por el paternalismo y el carácter dependiente ante el Estado o imposición de las cúpulas partidistas, la sociedad pasa a ocupar un rol protagónico y directo en la determinación de las decisiones acerca de los asuntos públicos del municipio, con lo cual se persigue además superar los grados de deficiencia de gobernabilidad que han afectado a nuestro sistema político, como consecuencia de la falta de sintonía entre el Estado y la sociedad en materias de interés común.
Sobre la base de lo antes expuesto, se erige la propuesta de crear la contraloría social comunitaria, en todo lo vinculado con el control, vigilancia y supervisión de las obras, servicios y programas sociales que se ejecuten a través de los órganos de la administración pública, en aquellas áreas de competencia del Consejo Comunal.
Bases Legales
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, N° 36.860
Capítulo VII
De los Derechos Económicos
Artículo 118°
Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Estas asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica, de conformidad con la ley. La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos.El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular y alternativa.
Artículo 136°
El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado.
Artículo 184°
La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos.
LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES
Gaceta Oficial N° 5.806 (extraordinaria) de fecha 10 de abril de 2006
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto crear, desarrollar y regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los consejos comunales; y su relación con los órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas.
Artículo 2. De los consejos comunales. Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.
Artículo 3. Principios. La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género.
CAPITULO III
Marco metodológico
Tipo y Diseño de la Investigación
La presente investigación está inscrita en la modalidad de proyecto factible. En tal sentido, la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (2003), señala; el proyecto factible consiste en:
… la investigación, elaboración y desarrollo de una propuesta de un modelo operativo viable para solucionar conflictos, requerimientos o necesidades de organizaciones o grupos sociales, puede referirse a la formulación de políticas, programas, tecnologías, métodos o procesos (p.7).
Para desarrollarla se requirió un estudio de campo de diseño no experimental debido a que los datos fueron obtenidos directamente de la realidad o sobre el terreno donde se presentó la situación objeto de estudio sin manipular variables o características, Arias (1997).
Es decir, se recurrió a los representantes de los Consejos Comunales en forma directa para que emitan sus respuestas referentes al proceso, con el propósito bien sea de descubrirlos, interpretarlos, entender su naturaleza y factores constituyentes, explicar sus causas y efectos o predecir su ocurrencia, haciendo uso de métodos característicos de cualquiera de los paradigmas o enfoques de investigación conocidos o en desarrollo. (UPEL, 1998. P. 55)
Población y Muestra
La Población
Según Balestrini (2007), se entiende por población "un conjunto finito o infinito de personas, cosas o elementos que representan características comunes" (p. 127).
De tal forma, que la población para esta investigación estuvo conformada por los doce (12) Consejos Comunales, que están debidamente registrados, pertenecientes a la Parroquia Naiguatá, del Municipio Vargas, en el Estado Vargas.
La Muestra
La muestra según Balestrini (2007), se define como: "una parte o subconjunto de la población" (p.130); ésta podrá representar o no en buena forma a la población y su tamaño dependerá del tipo de estudio que se desee realizar y de acuerdo a la profundidad del mismo, donde hay que considerar varios factores entre ellos el tipo de distribución y el nivel de significación estadística, para poder seleccionarla, lo cual forma parte de la estadística inferencia.
En la presente investigación estará conformada por 4 unidades de Contraloría Social de los consejos comunales del sector Central de la parroquia Naiguatá, en el Estado Vargas. Los criterios aplicados para la selección intencional de dicha muestra, fueron: la accesibilidad de los encuestados en el espacio geográfico seleccionado, así como, la representatividad proporcional de la misma.
Cuadro Nº 1
Muestra
Estado Vargas |
Municipio Vargas |
Parroquia Naiguatá |
Unidad de Contraloría Social de los Consejos Comunales |
Nombre | NM | NS | ||
Casco Central | 5 | 5 | ||
San Antonio de Padua I | 5 | 3 | ||
San Antonio de Padua II | 5 | 4 | ||
San Francisco | 5 | 3 | ||
El Vigía I | 5 | __ | ||
El colorado I | 5 | __ | ||
El Vigía II | 5 | __ | ||
El colorado II | 5 | __ | ||
Pueblo Arriba | 5 | __ | ||
Negro Primero | 5 | __ | ||
El Estanque | 5 | __ | ||
La Colina | 5 | __ | ||
Total: 12 Consejos Comunales | 60 | 15 |
NM: Número de Miembros que posee la Unidad Contralora del Consejo Comunal.
NS: Número de Miembros de la Unidad contralora que fueron parte de este estudio.
–: Indica los consejos comunales que no corresponden a la muestra por no pertenecer al sector central, específicamente de la parroquia Naiguatá, del Municipio Vargas Estado Vargas.
Fuente: Cuicas, J (2011).
Se aclara que los Nombres corresponden a los Consejos comunales del Sector Central de la parroquia Naiguatá, objeto del presente estudio.
Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
Para el desarrollo de la investigación se selecciono la Encuesta: esta técnica de recolección de datos está muy definida, sobre todo para la realización de investigaciones en el campo científico. La información obtenida proporciona los elementos para llevar adelante un análisis cuanti-cualitativo de los datos, con el fin de identificar y conocer la magnitud de los problemas, que se supone solamente se conoce en forma parcial.
El instrumento de recolección de datos que se utilizó en este estudio fue el cuestionario, el cual se aplicó a la totalidad de las personas que integran la muestra del estudio. Así mismo, el cuestionario se caracteriza por ser auto administrado, ya que según Hernández, Fernández y Baptista (2001), este tipo de instrumento se proporciona directamente a los representantes, quienes lo contestan.
En este caso en particular, se empleo un cuestionario restringido o cerrado, donde se intercalaron las alternativas dicotómicas (SI o NO), con las de varias opciones, en virtud de su objetividad, la forma como se mantiene el seguimiento sobre el objeto de estudio, su fácil acceso, el mínimo esfuerzo que debe realizar el encuestado, pero sobre todo lo fácil que resulta clasificar los datos obtenidos.
Validez y Confiabilidad del Instrumento
La validez se refiere a la firmeza o seguridad de algún acto y las condiciones necesarias para su permanencia, vigencia y autenticidad. En tal sentido Hernández, Fernández y Baptista (2001), establecen que "un instrumento es válido en su contenido cuando hay una representatividad de constructos y son aprobados por un grupo de expertos" (p. 248). Por esta razón, el instrumento fue sometido a un juicio de expertos.
En cuanto a la confiabilidad, según Sabino (1996), "se expresa numéricamente a través del coeficiente de confiabilidad el cual oscila entre cero y más 1 y se puede calcular con varios métodos entre los cuales se puede mencionar". (P. 23). La división por mitades, la forma paralela, el test – retest, el alfa de Cronback y el Kuder – Richardson.
Dado que el instrumento se diseñó con ítems de varias alternativas ordinales se utilizo el método de alfa de Cronback para calcular el coeficiente de confiabilidad.
Formula Alfa de Cronback
K = Número de ítems del instrumento
S Si2 = Sumatoria de la Varianza por ítems.
St2 = Varianza Total
Resultados: S Si2 = 14
S St2 = 98.41
Formula: a = [1- (S Si2 / S St2)]
Sustituyendo: 1.06 [1- (14 / 98.41)] = 0.91
Interpretación:
Al aplicar este instrumento en dos oportunidades a un mismo grupo, en condiciones similares se observaron resultados parecidos en la primera y segunda vez en un alto grado, con lo cual se establece un amplio margen de confiabilidad del instrumento.
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