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La necesidad de una ley de partidos políticos en México

Enviado por Jorge Ruiz


Partes: 1, 2

  1. Planteamiento del problema
  2. Justificación
  3. Delimitación del problema y precisión del objetivo
  4. Marco teórico
  5. Consideraciones generales
  6. Estudio de Pedro Aguirre Ramírez
  7. Artículo de Octaviano Moya Delgado
  8. Tratado de Manuel Larrosa y Yanelly Guerra
  9. Breve análisis a legislaciones partidistas de otros países
  10. Propuesta
  11. Medios para la investigación
  12. Bibliográfica

REFERENCIA: TELEOLÓGICA – AXIOLÓGICA

"UNA VERDADERA DEMOCRACIA, TRANSPARENCIA y EQUIDAD EN EL SISTEMA POLÍTICO-ELECTORAL DE NUESTRO PAÍS"

"LA NECESIDAD DE UNA LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS"

Planteamiento del problema

Es evidente que el régimen político en nuestro País ha ingresado a la competitividad electoral, ya que si se analiza la historia reciente respecto a éste ramo de nuestro acervo jurídico, se observan varios puntos: en efecto, desde la reforma electoral de 1986 con la creación del denominado Tribunal de lo Contencioso Electoral, que en su momento constituyó un avance en el perfeccionamiento del sistema electoral regido por el Derecho, se iniciaba así la actualización del derecho electoral mexicano, unos años más tarde y gracias a la reforma de 1990 se realizaron modificaciones constitucionales y legales, dando origen a un nuevo marco jurídico en materia político-electoral, en cuyo contexto destaca la creación del Tribunal Federal Electoral, que sustituyo al Tribunal de lo Contencioso Electoral, el nuevo Tribunal fue definido por la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como el órgano jurisdiccional autónomo en materia electoral, que se encargaba de garantizar que los actos y resoluciones en la materia se sujetasen al principio de legalidad; posteriormente la reforma a la Constitución General aprobada en septiembre de 1993, trajo consigo cambios importantes que guiaron a nuestro país a la vanguardia jurídico-electoral, verbigracia la desaparición de los Colegios Electorales de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, y por consiguiente, la sustitución del sistema de autocalificación por el de heterocalificación (facultades actuales del IFE), entre otras; además, el 22 de agosto de 1996 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las que se decretó la incorporación del Tribunal Electoral al Poder Judicial de la Federación, para crearse así nuestro actual Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el cual sustituyó al Tribunal Federal Electoral,[1] y finalmente mediante las recientes reformas en materia electoral del año 2007, es que se puede afirmar dicha competitividad electoral. No obstante lo anterior, considero que el problema medular que nos acaece en la actualidad y que no permite a los mexicanos acceder cabalmente a una verdadera democracia, transparencia y equidad político-electoral, es producto o resultado de una serie de factores que aún no hemos podido superar, tales como: El hecho de que la mayoría de nuestros partidos políticos sean prácticamente propiedad de dirigentes irresponsables, cínicos y a veces descarados que hacen fabulosos negocios a costa de nuestro erario público, provocando con ello que los mismos sean demasiado onerosos y que la población haya perdido la confianza en ellos; Otro factor digno de mencionar es el hecho de que en materia electoral haya la necesidad constante de reformas a las leyes de la materia, ello para tratar de frenar las ambiciones en crecimiento de que somos víctimas los mexicanos merced de quienes ostentan el poder, y no me refiero desde luego a que dichas reformas sean perjudiciales, ya que por el contrario, considero que ellas son el fruto del conocimiento empírico que como sociedad nos han dejado los fracasos políticos, porque como lo afirma el Dr. Alejandro de la Fuente Alonso, en su artículo "El Sistema electoral en México" este se encuentra de alguna manera en debate continuo en todos los países,[2] a lo que estoy en completo acuerdo, me refiero más bien, a que la rotación periódica gubernamental a que hace referencia el artículo 41 Constitucional en su segundo párrafo, gira casi invariablemente en torno a un circulo muy cerrado entre unas cuantas personas que velan en su mayoría por intereses particulares, y no del pueblo como debiera ser, porque, ¿de qué libertad goza el pueblo cuando los partidos políticos le presentan candidatos no aptos para ejercer el cargo, sobre todo en los niveles de gobierno más bajos?, a menudo se observa que el elector emite su sufragio por el candidato menos peor, eso es una verdad sabida; además, si se analizan las cuestiones presupuestales respecto a todos los partidos políticos, se observan un sin número de irregularidades que van desde el desvío exacerbado del subsidio público para enriquecer el peculio particular de los dirigentes partidistas, o para satisfacer intereses particulares, hasta el plano opuesto de dicha irregularidad, cuando se advierte dilapidación exacerbada de presupuestos en campañas ostentosas, que es evidente la extralimitaron del financiamiento ilegal de la iniciativa privada, violentando así lo que ordenan el inciso a) del numeral 1 de los artículos 77 y 57 del COFIPE y todas las leyes secundarias, en particular nuestra Constitución local, solo basta observar los cierres de campañas de la mayoría de los candidatos de cualquier partido político, situación que resulta pésima en todos los supuestos para los intereses de la sociedad, ya que invariablemente quien resulta perdedor es el gobernado. Por supuesto que problemas como los antes mencionados existen muchos más que corroen al sistema político-electoral mexicano, pero me limitare a mencionar solo los anteriormente enunciados.

Justificación

En virtud a lo anterior es preciso mencionar la importancia que tiene una verdadera reglamentación integral de nuestro sistema político-electoral a nivel tanto local como federal, considerando desde luego que aunque el COFIPE y todas las Leyes o federals "incluyendo al Distrito Federal", imponen ciertos derechos y obligaciones a los partidos políticos, no obstante es evidente (que a menudo), dichas obligaciones se ven violentadas en una u otra forma, gracias a la ausencia de una "verdadera reglamentación en la materia que se haga cumplir a nivel federal", cabe mencionar al respecto, que los partidos políticos gozan en la actualidad de una vasta autonomía y libertades, cuando debiese ser a contrario sensu precisamente por funcionar éstos con recursos de orden público, y sustento desde luego mi postura en el hecho de que tanto el COFIPE, como las Legislaciones Electorales para cada Entidad Federativa (que en su parte medular son bastante similares), son muy benévolas al momento de imponer obligaciones a las citadas entidades, en efecto, es evidente constatar mi comentario cuando tratándose verbigracia del COFIPE "que es de observancia general", si se analizan los capítulos cuarto y quinto del título segundo, libro segundo, (situación que se repite de igual manera en nuestra Ley Electoral local), se observa la carencia de obligaciones a que están sujetos los mencionados organismos "de interés público", además, no conforme con dicha libertad, los artículos 22 numeral 5, y 21 último párrafo, del COFIPE y Ley Electoral local respectivamente, les otorgan amplia libertad estatutaria, la cual se ve pobremente restringida solo por dos supuestos: primero, por la impugnación a los estatutos exclusiva de los afiliados, según los términos de los respectivos arábigos 2 de los artículos 47 y 51, del COFIPE y de nuestra Ley Electoral local respectivamente; y segundo, por la revisión de parte de la autoridad electoral que establece el numeral cuatro de los citados artículos, pero:

¿Por qué restringen los preceptos citados en el primer supuesto, la impugnación al término de 14 días?, y

¿Por qué la impugnación es facultad exclusiva de los afiliados?,

¡¡¡no sería más prudente y "benéfico para la ciudadanía" que dicha impugnación fuese perenne y la pudiera ejercer cualquier persona¡¡¡,

¿Qué, acaso los partidos políticos no son de interés público, como lo establece la fracción I, en el segundo párrafo del artículo 41 de la Constitución Política de México?.

Por otro lado, considero un porcentaje muy bajo el mínimo exigido por el artículo 58 numeral 2 de la Ley Electoral local, ya que a nivel local no es poco el presupuesto que se le otorga a cada partido político para el ejercicio de sus funciones, de hecho considero excesivo el mismo, esto en virtud a que por la seguridad que este porcentaje 2% otorga a cada partido político para tener acceso al financiamiento público, los mismos no se ven obligados a poner más énfasis en sus labores publicitarias y promocionales de la participación del pueblo en la vida democrática, que ordena el numeral primero del artículo 36 de la Ley Electoral de nuestro Estado, así como el segundo párrafo de la fracción primera, del párrafo segundo del artículo 41 Constitucional; a más de lo anterior el artículo 24 del COFIPE, en el inciso b) del numeral primero, solo exige a los partidos políticos para obtener su registro, "o bien para conservarlo", contar con tres mil afiliados en por lo menos veinte entidades federativas, o bien tener trescientos afiliados, en por lo menos doscientos distritos electorales uninominales, "siendo que somos millones de mexicanos", "esto "según mi criterio" da pauta a los partidos políticos, para desenvolverse con la mediocridad o poca acción que se observa hasta hoy", y para prueba de que el costo del gasto público partidista es excesivo, y de que los partidos políticos no merecen el presupuesto que se les asigna, me permito insertar la siguiente tabla de financiamiento, así como su fundamentación legal Estatal, visibles en la página del Instituto Estatal Electoral de nuestro Estado:

La Constitución Política del Estado de Chihuahua en su Artículo 27, prevé que los partidos políticos recibirán recursos del erario público para su sostenimiento y para que cuenten durante los procesos electorales con apoyos para sus actividades tendientes a la obtención del sufragio universal. A su vez, la Ley Electoral del Estado en su Artículo 52, numeral 3, establece entre las prerrogativas de los partidos políticos, la de participar anualmente del financiamiento público estatal, y, el Artículo 58 de la citada Ley electoral, señala la forma de obtener la base para el cálculo del financiamiento, así como su distribución, tanto para el desarrollo de sus actividades ordinarias permanentes, como para gastos de campaña.

FINANCIAMIENTO PÚBLICO  AUTORIZADO POR EL H. CONGRESO DEL ESTADO[3]

FINANCIAMIENTO PÚBLICO  AUTORIZADO  A LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA

EL PROCESO ELECTORAL 2010

PARTIDO

GASTO ORDINARIO

GASTO DE CAMPAÑA

ACTIVIDADES ESPECIFICAS

TOTAL

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

30´830,417.00

21´581,292.00

924,913.00

53´336,622.00

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

29´691,912.00

20´784,338.00

890,757.00

51´367,007.00

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

7´239,092

5´067,365.00

217,173.00

12´523,630.00

PARTIDO DEL TRABAJO

5´656,782.00

3´959,747.00

169,703.00

9´786,232.00

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

5´848.770.00

4´049,139.00

175,463.00

10´118,372.00

PARTIDO NUEVA ALIANZA

8´709,656.00

6´096,759.00

261,290.00

15´067,705.00

CONVERGENCIA

1´724,342.00

1´207,039.00

51,730.00

2´983,112.00

TOTAL

89´700,971.00

62´790,679.00

2´691,029.00

155´182,680.00

De manera que la reciente campaña costó a nuestros impuestos más de 155 millones de pesos, "solo para el Estado de Chihuahua", según mi criterio estas cifras dejan ver la necesidad imperante que ostenta en México la regulación correspondiente.

Delimitación del problema y precisión del objetivo

Es incongruente desde la perspectiva de la obligación del Estado a realizar la renovación periódica (de los poderes Ejecutivo y Legislativo), a través de los partidos políticos, en una manera libre y auténtica, mediante el ideal de democracia y transparencia política asequibles para el ciudadano, que prosperen en la práctica cuestiones como las enunciadas en puntos precedentes, y peor aún, que dichas cuestiones deriven del exceso de libertades otorgadas "como prerrogativas" a las mencionadas entidades de interés social, que con asiduidad operan soezmente con el gasto público nutrido gracias a nuestros impuestos, y que a su vez dichas cuestiones prosperan a causa de la parcialidad o mirada apacible de nuestros gobernantes, provocando finalmente que esos vicios empañen el claro avance que en materia político-electoral ha venido dándose en la historia reciente de nuestro país (en los términos esgrimidos en el primer punto de la presente investigación), y consecuentemente la pérdida de credibilidad por parte de la población hacia las instituciones políticas, que a su vez se traduce en el desinterés social y abstencionismo de la población para emitir el sufragio, situación que es aberrante ya que el Estado, al imponer a sus gobernados la obligación a contribuir en el gasto público para elegir a los gobernantes que ocupan los poderes Ejecutivo y Legislativo, debe también proveer los medios idóneos para la debida garantización de los derechos fundamentales del ciudadano, que en la materia se traducen en la libertad, autenticidad, periodicidad, democracia, transparencia, y demás facultades que la Constitución otorga a todo ciudadano para emitir su sufragio efectivo, toda vez que como ya se mencionó, los partidos políticos además de resultar demasiado onerosos para el gasto público, no cumplen cabalmente con sus obligaciones promocionales de participación ciudadana en la vida política, por ello el Estado debe reglamentar cabalmente su funcionamiento tal como sucede en otros países, tales como la República de Chile.

FORMULACIÓN DE HIPÓTESIS:

"El Estado, en su Obligación de renovar periódicamente los poderes Ejecutivo y Legislativo, debe proveer los medios idóneos para salvaguardar los derechos político-electorales del ciudadano".

Actualmente existen dichos medios como es el caso del IFE, el IEE y los Tribunales Electorales de cada Entidad Federativa, así como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (a los que no es posible restarles créditos dada su formidable labor autónoma e imparcial que ejercen), e incluso los propios partidos políticos, y aún la posibilidad de creación de nuevos partidos, pero el presente trabajo se enfoca al tema relativo a la ausencia de legislación que reglamente la función integral de los partidos políticos ya existentes y los de posible creación a futuro, dado que estos en la mayoría de los casos dilapidan el financiamiento público o en ocasiones reciben aportaciones ilícitas inefables y exacerbables provenientes del financiamiento privado, razones por las que incumplen o no se adecúan a las exigencias del sistema político-electoral actual de nuestro país, porque la democracia que profesan es solo un anhelo que se ha visto impedido en una y otra forma, en virtud a que hasta ahora el pueblo mexicano no ha podido acceder al poder democrático, según los términos que quedaron apuntados en puntos precedentes, sin olvidar que los partidos políticos debiesen ser organizaciones de ciudadanos reunidos en torno de una ideología común con el firme propósito de acceder al ejercicio del poder político, tal como lo afirman José de Jesús Orozco Henríquez y Carlos Vargas Baca, en su artículo Regulación Jurídica de los Partidos Políticos en México[4]por ello al quedar este ideal relegado a un simple juego de palabras sin que se lleve cabalmente a la práctica, los partidos políticos incumplen con la función para la que originalmente fueron concebidos en nuestro haber político, teniendo en consideración que una de las causas de la revolución mexicana fuese precisamente la falta de derechos político-electorales de los ciudadanos mexicanos ante la inamovilidad del régimen porfirista.[5]

DETERMINACIÓN DEL TEMA Y SUBTEMA:

OBJETIVOS GENERALES:

  • Sustituir el actual sistema partidista por entidades políticas (partidos), que verdaderamente busquen satisfacer las necesidades democráticas de la sociedad actual, y que sean dignos de ostentar una verdadera democracia representativa.

  • La promulgación de una legislación federal de partidos políticos, que venga a reglamentar infaliblemente la vida y actuar de éstos partidos políticos renovados.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

  • 1. Lograr el reconocimiento a nivel individual de la ciudadanía, respecto a que nuestros actuales partidos políticos no cumplen con la función para la que fueron heroicamente instituidos, gracias al derramamiento de sangre, y legado de la revolución mexicana.

  • 2. Presionar al sistema jurídico mexicano para la reglamentación adecuada del sistema político-electoral.

Marco teórico

LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS EN MÉXICO,

IMPLEMENTACIÓN DE:

Ante la apremiante necesidad en México sobre la exista de una Ley Federal de Partidos Políticos independiente de los códigos electorales que se utilizan ordinariamente para la organización y realización de las elecciones (tanto en el ámbito federal como a nivel local), la cual venga a regir cabalmente el funcionamiento de los partidos políticos, varios autores se han pronunciado en pro de ésta, tal es el caso de PEDRO AGUIRRE RAMÍREZ quien expone:

en la actualidad, todas las regulaciones correspondientes a la vida de los partidos están incluidas en el texto del COFIPE, pero este hecho es completamente obsoleto e inoperante[6]

Por su parte MARÍA LAURA TORRES RUIZ, menciona lo siguiente:

Si queremos mejorar nuestros partidos políticos, hay que volver a revalorar su propósito original: De intermediarios entre el estado y la sociedad civil; buscar en su inicio histórico su plataforma, su presentación, justificación y fundamentación para constituirse como representantes de las distintas ideologías de la ciudadanía…[7]

Por ello, en el presente tema se tocarán groso modo, puntos clave para la regulación o legislación y aplicación de dicha norma a la vida política actual de nuestro país, realizando para ello un breve análisis al tratado de algunos autores, que en ésta materia se han pronunciado desde diversas perspectivas, realizando además, de un breve análisis general a las legislaciones político-electorales que imperan actualmente en España, Perú y Chile, ello para visualizar con mayor claridad el problema analizado en el presente trabajo y con ello tratar de encausar la mejora de nuestros partidos políticos.

Desde una perspectiva particular, considero que en México los partidos políticos aún están a tiempo de corregir el rumbo de su actuar, "si desean seguir formando parte de nuestra vida política", precisamente corrigiendo los excesos en que frecuentemente se ven involucrados, siendo los ciudadanos quienes a través de su participación comprometida con las exigencias de los tiempos actuales, deben asumir su responsabilidad (exigiendo entre otras cosas a los partidos políticos, procesos internos limpios y transparentes), y emitir su voto de manera consciente, con pleno conocimiento de que de ello depende el porvenir de las nuevas generaciones.

CAPÍTULO I

Consideraciones generales

  • 1. CONCEPTOS GENERALES:

Para ayudar al desarrollo de la problemática analizada en el presente trabajo, me permitiré mencionar brevemente los siguientes conceptos:

  • A. DERECHO ELECTORAL (significado).- Del artículo 41 Constitucional se desprende que el derecho electoral se vincula en forma estrecha con el sistema político, de manera que no se concibe el uno sin el otro, es más, el carácter del sufragio determina en buena medida, el carácter del sistema político, porque para que un sistema político sea reconocido como democrático es imprescindible en la actualidad que el sufragio ostente los atributos que ordena el aludido precepto Constitucional, así la democracia moderna es inconcebible sin su componente electoral, es decir, la extensión permanente del sufragio hasta materializarse el derecho electoral conforme a los principios clásicos, de esta forma el derecho electoral reglamenta el sufragio, y el sistema político lo hace posible.

El concepto de derecho electoral tiene dos sentidos: un sentido amplio y uno estricto. En el sentido amplio contiene las determinaciones jurídico-positivas y consuetudinarias que regulan la elección de representantes o personas para los cargos públicos. El derecho electoral es, en este caso, el conjunto de normas jurídicas que regulan la elección de órganos representativos. Este concepto abarca todas las regulaciones jurídico-positivas y todas las convenciones desde las candidaturas hasta la verificación de la elección. Dentro de este concepto es correcto considerar por ejemplo, cuestiones del sistema electoral como cuestiones jurídicas electorales, puesto que no hay duda de que se trata de regulaciones que se han de determinar de modo legal. En sentido estricto de derecho electoral alude únicamente a aquellas determinaciones legales que afectan al derecho del individuo a participar en la designación de los órganos representativos, este concepto estricto concretiza el derecho de sufragio y se limita, en su contenido, a establecer las condiciones jurídicas de la participación de las personas en la elección y de la configuración de este derecho de participación.[8]

  • B. SISTEMA POLÍTICO.- Por su parte la enciclopedia WIKIPEDIA define al sistema político como la plasmación organizativa de un conjunto de interacciones estables a través de las cuales se ejerce la política en un contexto limitado. Este sistema viene formado por agentes, instituciones, organizaciones, comportamientos, creencias, normas, actitudes, ideales, valores y sus respectivas interacciones, que mantienen o modifican el orden del que resulta una determinada distribución de utilidades, conllevando a distintos procesos de decisión de los actores, que modifican la utilización del poder por parte de lo político a fin de obtener el objetivo deseado[9]

Por ello cabe destacar la importancia que tiene a nivel individual, la comprensión cabal de las propuestas políticas de cada candidato y la veracidad de sus lemas de campaña, porque de nada sirve emitir nuestro sufragio a algún candidato que propone una nutrida agenda de trabajo, si la misma se encuentra fuera de contexto.

  • C. PARTIDOS POLÍTICOS.- Nuestra Carta Magna en la fracción primera del segundo párrafo de su artículo 41, los define como entidades de interés público, cuya finalidad es promover la participación del pueblo en la vida democrática, así como contribuir a la integración de la representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, para hacer posible el acceso de los mismos al ejercicio del poder público de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulen y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo, de manera que solo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos.

  • D. DEMOCRACIA REPRESENTATIVA.- Según la enciclopedia Wikipedia,[10] el pueblo delega la soberanía en autoridades elegidas de forma periódica mediante elecciones libres. Estas autoridades en teoría deben actuar en representación de los intereses de la ciudadanía que los elige para representarlos.

Democracia representativa es una forma de gobierno fundada en los principios de los representantes de la gente. Los representantes forman un cuerpo predominante independiente (por un período de la elección) cargado con la responsabilidad de actuar en el interés de la gente, pero no como su poder representativo, no necesariamente siempre según sus deseos, pero con bastantes autoridad para ejercitar iniciativa rápida y resuelta frente a circunstancias que cambian. Se pone en contraste a menudo con democracia directa, donde están ausentes o se limitan los representantes en energía como representantes del poder.[11]

En el particular me permito puntualizar, es una verdad sabida que en la actualidad los mexicanos no elegimos a nuestros gobernantes, en realidad los eligen los dirigentes de los partidos políticos, o bien, los que ostentan el poder.

  • 2. FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

No voy a redundar más sobre los supuestos regulados por el COFIPE, a los que la mayoría de los tratadistas analizan en sus obras desde diversas perspectivas, me limitaré a analizar temas actuales y de enorme interés social:

El financiamiento de partidos y campañas, una necesidad de las democracias modernas, es una de las puertas de entrada para la corrupción en todos los países del hemisferio.[12] (Así lo establece la página web TRANSPARENCY INTERNATIONAL, the global coalition against corruption), continúa diciendo:

¡Obras publicas cuestan más del doble del presupuesto oficial!, ¿porque faltan hospitales y sobran enfermos en las filas?, si es el voto de los ciudadanos el que elige a los políticos, ¿Por qué los políticos permiten que suceda esto con los ciudadanos?. Para explicar esta cuestión, es preciso mencionar que todos los partidos y candidatos precisan dinero para hacer su campaña política ¡y no hay nada malo en ello!, el problema empieza cuando algunos candidatos tienen acceso a más recursos que otros, "como donaciones millonarias de empresas o cuando los gobiernos movilizan recursos del gasto público y hasta la propaganda oficial para apoyar a sus candidatos", cuanto más dinero se tiene existen más prensa, medios, viajes, comicios, regalos y en consecuencia más votos, por ello, el que dona también espera beneficios a cambio, y así los políticos electos acaban actuando más a favor de quienes los financian que de los votantes (En México no se ha podido erradicar éste problema), esto explica porque a veces se construyen puentes u otras obras que en muchas ocasiones son poco útiles, en lugar de hospitales donde más se necesitan, y por que en ocasiones se cierran los ojos ante obras sobre facturadas o ante la corrupción.

Y propone como soluciones cuatro medidas:

La 1ª, averiguando quienes financian los candidatos, observando si tienen algo que esconder, algún interés económico político particular o si mueve ilegalmente recursos de Estado;

La 2ª manera, es incidiendo ante el órgano electoral para que los partidos, candidatos y donantes cumplan la legislación vigente;

La 3ª manera, es luchar por reformas que reduzcan la enorme influencia de gobierno y del sector privado en las elecciones; y

La 4ª forma, es abogar por un acceso sin restricciones a la información sobre el origen y destino del dinero en las campañas.

Para que un sistema de financiación de la política sea considerado transparente debe proporcionar información completa, revelando los recursos públicos y privados, información detallada, presentando valores y cuentas que identifiquen a los donantes, información verdadera que sea controlada por los órganos electorales y reciba sanciones en el caso de fallas o imprecisiones, sobre todo debe tratarse de información actualizada e información accesible que haga uso de las posibilidades ofrecidas por los medios de comunicación e internet, el elector precisa tener acceso a informaciones claras y confiables antes de votar, la información puede cambiar el resultado de una elección o incluso puede funcionar como un elemento poderoso para frenar la corrupción en un país.[13]

Por ello, considero muy necesario para este estudio, analizar la forma y vicios del financiamiento a los partidos políticos de México en la actualidad, además considero que éste tema debiese ser objeto de estudio y tema de debate para todos los politólogos de la nación.

En completo acuerdo con lo que expone EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, en su artículo ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE EL FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN MÉXICO,[14] pocos asuntos son más importantes en el ámbito electoral que el tema del dinero, de dónde viene, a dónde se aplica, en que montos y actividades puede gastarse, cómo se llevan a cabo las cuentas y su publicidad respectiva, y fundamentalmente cual es la relación que existe entre el dinero invertido en un proceso electoral y las decisiones de los gobernantes emanadas de él, que eventualmente puedan favorecer a los aportantes.

Y agrega:

el encarecimiento progresivo de la democracia, la influencia política de los donantes y los escándalos por corrupción, ponen de manifiesto la necesidad de mantener una revisión permanente de las normas relativas al peculio que se aplica a los comicios, ya que precisamente cuando el financiamiento se ha vuelto uno de los grandes temas de la democracia, generalmente los partidos políticos suelen haber alcanzado el punto más bajo de reputación frente a los ciudadanos.[15]

En realidad espero que el particular sostenga tal estatus, para que en virtud de tal situación se propicie la anhelada reforma.

Al respecto FRANCISCO JOSÉ DE ANDREA SÁNCHEZ, tilda de sospechosas las fuentes tradicionales del financiamiento de los partidos, y con justa razón, al referir:

…dichas fuentes en tanto que dan precisión a la razón de ser y a la motivación de los actuales esquemas legislativos que en gran medida están diseñados para combatir las citadas fuentes que se caracterizan por su elevado grado de corrupción, referente a: las cuotas obligatorias de los trabajadores al servicio del Estado; las cuotas de legisladores y miembros a su propio partido; el soborno o cohecho; y las contribuciones de la delincuencia organizada…[16]

Actuaciones que con frecuencia observamos en nuestros procesos electorales, y que pese a estar reguladas por el COFIPE (artículo 77 al 89) se ventilan en la actualidad, pues para evidencia de lo ello basta observar las múltiples notas periodísticas, verbigracia: CIUDAD DE MÉXICO, México, mayo 20, 2004.- Según el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la campaña presidencial del 2000 que ganó Vicente Fox, operó una red de financiamiento ilegal[17]ó, México, 13 de enero.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la multa por más de 5.6 millones de pesos que el IFE impuso al Partido Acción Nacional (PAN) por irregularidades en sus informes de ingresos y egresos de 2008,[18] etcétera, supuestos que son claramente aportaciones inefables (lo que las convierte en ilícitas), y por ende, provienen o del crimen organizado, o bien, de la iniciativa privada que busca ser privilegiada en el régimen gubernamental que apoyan, o de cualquier otros supuestos en los que quienes resultan invariablemente perjudicados, son los gobernados.

De manera que, según lo expone el mencionado autor DE ANDREA SÁNCHEZ, FRANCISCO JOSÉ:

los escándalos políticos, los crecientes gastos de las campañas políticas para acceder a los cambios electorales, la influencia perniciosa de la delincuencia organizada en las actividades políticas, y la existencia de grandes capitales corporativos o individuales que buscan favorecer sus intereses económicos mediante contribuciones desproporcionadas a las campañas y partidos políticos…[19]

Son (entre otros) problemas, que propone regular y controlar mediante los siguientes objetivos generales:

  • A. Limpieza y transparencia del proceso político-electoral y de las campañas electorales.

  • B. Detener y revertir la escalada de gastos.

  • C. Reducir la competencia desleal o injusta entre partidos y candidatos.

  • D. Disminuir cualquier influencia excesiva de los contribuyentes sobre los políticos.

  • E. Impedir la supeditación de los tres poderes constituidos a los intereses de la delincuencia organizada.

  • F. Salvaguardar la soberanía nacional.[20]

En completo acuerdo con éstas medidas, me adhiero a las mismas para presentarlas en el capítulo respectivo como objetivo del presente trabajo, y desde mi particular perspectiva, no vislumbro más alternativa que la elaboración de una Ley General de Partidos, que venga a reglamentar los puntos controvertidos que nos ocupan, para robustecer mi análisis me permito mencionar los tratados de los brillantes analistas que a continuación me permito mencionar.

CAPÍTULO II

Estudio de Pedro Aguirre Ramírez

Uno de los principales artículos sujetos a estudio en el presente, es el publicado por PEDRO AGUIRRE RAMÌREZ, Hacia una Ley Federal de Partidos Políticos en México,[21] donde en su introducción se pueden observar varios puntos analizados con antelación, que en virtud a tales afirma el autor, es urgente en México la promulgación de una Ley Federal de Partidos Políticos, similar a las que existen en la mayor parte de las democracias consolidadas europeas y en varias naciones de democratización reciente de América Latina, además menciona las regulaciones correspondientes a la vida de los partidos políticos incluidas en el COFIPE, a las cuales tacha de inoperantes, y reitera la necesidad de una legislación que se consagre exclusivamente a regular la vida de los partidos políticos y procure garantizar, en la mayor medida posible, un sistema fuerte y representativo, legislación que deberá observar, por lo menos cinco grandes rubros, a saber:

  • 1. Registro escalonado de partidos;

  • 2. Regulación de las coaliciones y las candidaturas comunes;

  • 3. Prevalecimiento de la democracia interna en estas instituciones de interés público;

  • 4. Estricta fiscalización del uso de recursos públicos; y

  • 5. Cumplimiento de las obligaciones de los partidos políticos en la enorme tarea de la difusión de la cultura democrática en nuestro país.

En cuanto a la legislación sobre partidos políticos, menciona que éstas cuando son especiales, es decir, cuando regulan específicamente la función partidista, han sido factor decisivo para la institucionalización de sistemas de partidos tanto en democracias consolidadas como en naciones de democratización reciente, y explica:

…la vigencia de una ley partidista implica el establecimiento de normas de derecho público, que regulan las condiciones de participación, el funcionamiento, la estructura, los sistemas de votación internos y el financiamiento de los partidos políticos…[22]

Partes: 1, 2
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