12. Conductas Específicas:
· Ingreso: Es común la omisión por parte del profesional que se hace cargo del ingreso la omisión de fecha y hora del mismo. No ha sido raro que un paciente ingresado en día y hora determinados haya presentado complicaciones y aún muerto en el curso del mismo día y que la falta algunos datos o la brusca complicación determinara una demanda que ha sido difícil de enfrentar. Sin fecha de atención la asistencia de la emergencia ha dejado en aparente evidencia la falta de atención en ese día. Muy cerca se está de pagar una culpa que no se tiene.
En los primeros párrafos de la H.C. deberemos asentar todos los datos de relevancia, y aún los que no lo sean, del estado clínico del paciente en el momento en que tomamos el primer contacto con él. Sirva de ejemplo pacientes de sexo femenino que han inculpado a profesionales no previsores de atentados al pudor y de intentos de violación; estos casos son numerosos en la bibliografía.
· Obligación de Informar: El paciente que concurre a la consulta, el que recibe asistencia ambulatoria y el internado deben ser informados (obligación de informar) de sus dolencias y de todo dato de interés en relación a sus enfermedades y de los hallazgos cualquiera sea su magnitud. Toda la información obtenida por el médico (examen clínico, exámenes complementarios, intercon-sultas, etc.) deben ser conocidos por el paciente o por sus fami-liares (en caso de menores e inhábiles desde el punto de vista jurídico). Ello no evita que familias ansiosas o simplemente preocupadas por los padecimientos del enfermo soliciten información de los médicos tratantes. Pueden ser inestimables colaboradores, como así sostenedores en situaciones críticas y traumáticas. Padres, hijos, cónyuges y / o parejas serán de inestimable ayuda. (19)
No seremos selectivos al dar información; incluso en enfermos portadores de patologías tituladas vanales seremos explícitos, incluso hasta en los detalles y con palabras de fácil comprensión. (9)
Seremos prudentes en los casos graves y / o terminales. Una información dada en forma inapropiada puede desencadenar situaciones realmente desagradables e insolubles. (suicidios, abandono, depresión, etc.). Podemos ampararnos en el secreto médico (17)
Hay juicios por omisión de información y hay sentencias desfavorables a los médicos por esta causa, aunque no implica "mala praxis". (22)
· Las Interconsultas merecen una atención especial. Asentaremos en la H.C. día y hora de solicitadas y de efectuadas. Evitará omisiones en los datos de valor crítico y situaciones conflictivas que pueden determinar acciones legales u errores que se pueden soslayar con antelación a esas acciones.
· Anotaremos en la evolución, en la H.C. la respuesta del paciente al tratamiento con datos claros y concisos. No es necesario explayarse por demás, bastarán frases cortas que lo demuestren. Incluso la falta de respuesta a un tratamiento instituido servirá para evidenciar la honorabilidad de las intenciones del galeno.
· No debemos enjuiciar por escrito las conductas de los colegas que han asistido al enfermo. Todo el descrédito que ello implica para él sólo servirá de boomerang para con nosotros y para con todo el estamento médico. Ése seguramente ha sido uno de los orígenes de la gran cantidad de demandas y cuestionamientos legales que los médicos padecen y padecerán. (14) (15)
Para todas las diferencias que se presentan en la atención de las patologías los médicos contamos con un arma realmente importante: Los Ateneos Anátomo – Clínicos. Allí, a puertas cerradas, se expondrán las diferencias, se limarán las asperezas y se decidirán en conjunto las conductas a seguir.
Las "recorridas de sala" serán solamente informativas. Hemos presenciado huidas de enfermos en un Servicio Hospitalario luego de discusiones que no condujeron a nada, producidas entre colegas y frente a él a posteriori de ese "pase de sala".
· Consentimiento informado: Es una regla ética fundamental. Desde fines de los años 60 se ha ido implementando progresiva-mente. Incluye numerosos elementos jurídicos que hacen al tema motivo de un trabajo independiente al presente. Baste mencionar su origen en: La Constitución Nacional, Convención de Derechos Humanos y Biomedicina (Oviedo, 1997) etc. Y otros. (11) (12) (13)
Toda H.C. tiene entre sus hojas pro forma un escrito tipo. Ese escrito no tiene gran valor legal, no sirve a los fines aclaratorios que se han pretendido en su implementación.
Pero no hacerlo implica habitualmente una condena desfavorable.
Ese consentimiento, que bien fundamentado será útil, debe ser manuscrito por el médico tratante donde se aclarará diagnóstico, conducta terapéutica, riesgos y todo otro dato de importancia que al ingreso sirva de guía para el no médico y para el legista, en particular, en su aparente búsqueda de la verdad. Se podrán hacer aclaraciones, siempre de puño y letra del médico de los datos omitidos. Serán rubricados por el médico y por el paciente o familiar en los casos en que corresponda.
No disminuye en absoluto la responsabilidad del médico frente a actos de impericia, imprudencia o negligencia.
El uso de los datos de la H.C. así como sus estudios complementarios o la copia fotográfica de algún elemento considerado propiedad del enfermo debe ser autorizado por éste y por escrito.
· Custodia de la H.C.: No sirve para nada una Historia Clínica perfecta si en el momento de ser requerida no se encuentra. Una H.C. perdida le quita oportunidad de defensa al médico (al equipo) y entorpece la acción legal.
La custodia será compartida por el profesional tratante y la institución donde se han brindado las prestaciones. Ambos o la Sección Estadística y Archivo deberán conservar en guarda la H.C. durante 10 años. Luego de ese lapso de tiempo podrá ser conservada o destruida.
En el caso de asistencia ambulatoria en consultorio de una institución se procederá de igual forma.
En los consultorios privados la custodia será responsabilidad del profesional prestador y es su responsabilidad la guarda con iguales recaudos.
13. Propiedad de la Historia Clínica
A pesar de los hábitos y costumbres que han reglado por muchos años las conductas médicas y en los que la H.C. era casi un patrimonio exclusivo de los médicos tratantes hoy sabemos que la propiedad es exclusiva del enfermo (el paciente tiene todos los derechos sobre ella). Puede solicitar su lectura, puede pedir retirar la misma o una copia. Puede hacer estos pedidos por si o por terceros (debidamente autorizados) y no podemos ni debemos negarnos. A lo sumo podremos hacer fotocopia de la misma, en lo posible autenticada, para nuestro control y archivo, difiriendo la entrega el menor tiempo posible. Se entregará bajo firma para que, en caso de necesidad, podamos demostrar su entrega y pérdida (o suspensión temporaria) de guarda por nosotros y por la institución a la que pertenecemos. La entrega incluye toda la documentación que se encuentre adosada y formando parte de la H.C. (protocolos de laboratorio, placas radiográficas, estudios ecográficos, tomográficos, resonancias magnéticas, etc). Retendremos en nuestro poder el consentimiento informado o su copia autenticada para toda tramitación que debamos realizar. La entrega se realizará bajo firma del causante y en el escrito se asentarán todos los elementos entregados, número de folios, estudios, etc.
Ficha Ambulatoria
La Ficha de Consultorio Externo o H.C. ambulatoria está sometida a los mismos requisitos de la H.C. de internación. Hemos comprobado con desazón circunstancias de demanda a colegas que sólo habían redactado unas pocas líneas, poco claras y exageradamente concisas, en ella obviando su importancia y valor documental. Los legistas pudieron demostrar, al menos, falta de compromiso del profesional en consignar datos de asistencia, diagnóstico presuntivo y / o evolución en pacientes que portadores de patologías críticas evolucionaron en forma no favorable a pesar de nuestra convicción en la intenciona-lidad y honorabilidad de sus conductas.
Habitualmente confeccionada en una hoja NO foliada y sin copia asienta datos básicos de la atención recibida por el enfermo. Ello es un ERROR. Deberá ser un compendio acotado y fiel a todas las conductas terapéuticas a las que fue sometido el enfermo. Contará con un resumen del examen de ingreso y diagnóstico presuntivo en ese momento, estudios complementarios que acerca el enfermo al concurrir a la primera consulta y posteriores (todos estos datos están asentados en la H.C. ambulatoria), fecha de ingreso y egreso, estudios solicitados en internación y sus resultados, terapias instituidas, evolución y egreso (alta, traslado u óbito). Será firmada por el médico tratante y el jefe de área o servicio. Llevará sellos aclaratorios del/los profesionales y de la institución en la que ha recibo asistencia.
15. Causas de los Juicios por Responsabilidad Profesional
Los grandes avances tecnológicos han hecho que muchos médicos sean infalibles ante la opinión pública. No puede el lego comprender que pese a dichos avances en muchas patologías y cuadros signo – sintomatológicos sea difícil llegar a un diagnóstico. Por supuesto que tampoco entienden que con un diagnóstico correcto las terapias no lleven siempre a la misma evolución. Debemos hacer público permanentemente que no hay enfermedades sino enfermos, que a iguales conductas terapéuticas se puede responder con diferentes evoluciones. Para los pacientes, las complicaciones en la evolución muchas veces, son sinónimo de "mala praxis".
Desaparición del Médico de Familia: La relación médico – paciente se ha visto modificada a través de los tiempos. Se concurre a sanatorios y hospitales para consultar con el servicio de … y no con "el doctor tal …"
En algunos lugares, todavía, ese vínculo cuasi familiar con el "medico de cabecera" se mantiene (fuera del Gran Buenos Aires, pueblos de provincia), en esos casos la demanda prácticamente es imposible.
Algunos, algo mayores recordamos con nostalgia, la espera del médico de la familia: jofaina y jarra de cerámica preparados junto al jabón de tocador a estrenar, paño blanco, en lo posible de hilo, planchado y almidonado para auscultar al enfermo, la cuchara sopera para revisar a garganta, la cama con sábanas limpias, la habitación templada a estufa a leños o kerosene lógicamente perfumada, el enfermo higienizado y entalcado y con su pijama en mejor estado como vestido; la casa e limpiaba concienzudamente, incluso la bacinilla limpia debajo de uno de los laterales de la cama. La relación de tipo paternalista que se prolongaba desde el nacimiento hasta 20, 30 y más años después predisponía al grupo familiar a ver al médico en un rol incuestionable y casi divino, su palabra era santa y sus órdenes y concejos indiscutibles.
Deficiente formación profesional: no escapa a los médicos "viejos" el hecho conocido de que numerosos profesionales noveles desconocen conceptos básicos de la asistencia de los pacientes. El "qué", "cómo", "cuando" y "donde" no existen en el interrogatorio o anamnesis y de que numerosos profesionales "expertos" las omiten. Las generalidades son el común en la adquisición de conocimientos y muchas veces en dosis mínimas que han no capacitado en el ejercicio de esta noble profesión. En nuestra experiencia como médicos de guardia no fue extraño recibir pacientes derivados de centros de atención primaria con diagnósticos erróneos, terapias mal indicadas e información falaz al enfermo y sus familiares.
Empobrecimiento: No escapa a nadie que el deterioro de la clase media ha alcanzado a todos los profesionales y en especial a los médicos. Un gran número de ellos deben exigirse un elevado número de horas dedicadas a sus tareas. No les queda ni tiempo ni dinero para realizar un aprendizaje permanente. Y por si ello fuera poco se exponen a perder parte de su lucidez por agotamiento.
Es parte de un sistema perverso de remuneración.
¿Cómo no va a comer errores un médico de guardia que cumple su tareas habituales durante 24 horas y toma un reemplazo en las 24 horas siguientes para mejorar su magro salario?
¿O aquél que corre de Institución en Institución y luego a un consultorio con el mismo fin?
Con ironía recordamos la película "El médico de la Mutual", Alberto Sordi, Italia, 1966. Sólo le faltan los patines.
Afán de enriquecimiento: Por un asesoramiento equivocado en relación a las posibles ganancias del juicio.
Ignorancia: Muchas veces el paciente mal informado comparte sus dudas con familiares y amigos que lo inducen a cuestionar una correcta actitud el médico tratante cuando la evolución de su dolencia ante determinado tratamiento no es la esperada por él. Se observa muchas veces cuando la información dada por el galeno no ha sido o, bien entendida o bien clara para el nivel sociocultural del enfermo.
Moda: Cuando las páginas amarillas y la seudo información (Revistas, TV, Radiodifusión) científica se hacen eco de un tema como los probables errores médicos, los titulares son de tamaño mural, se entrevista a los supuestos "damnificados", se pide la opinión televisiva, radial o escrita de "expertos", que le agregan mayor confusión al tema, agregándole numerosos supuestos y teorías a los hechos que en realidad no conocen y la opinión pública se hace eco de las opiniones vertidas como verdades incuestionables. El profesional es condenado por los que nada saben.
¿Influirá a posteriori en la sentencia del Juez? Es posible, solo posible.
Luego, si el profesional es absuelto de culpa y cargo, la información se omite o acompaña en letra pequeña a la información necrológica de los diarios, esa que nadie lee.
Razones psicológicas: el paciente y/o sus familiares buscan un culpable a las complicaciones. Habitualmente es el médico tratante.
Es habitual la pregunta ¿por qué a mi? O ¿por qué yo? Ante el informe de una enfermedad tumoral o de un diagnóstico no esperado.
En un número reducido de casos la demanda es justa y atribuible a culpas médicas. Los profesionales jóvenes se atreven a todo olvidando que deben capacitarse cada día y los mayores llegan a confiarse y a suponer que su experiencia y antecedentes sirven para determinar todo con exactitud olvidando que son falibles.
18. Del Derecho.
Litigar sin gastos: Alegremente se gestiona y autoriza a iniciar juicios con todo para ganar y nada para perder. (16)
Rentabilidad: otros fueros han perdido rentabilidad. El deterioro de la industria y el comercio; el cierre de numerosas empresas y los beneficios que se ha dado a la importación han hecho que el circuito financiero y el poder adquisitivo en general han hecho que muchos estudios jurídicos hayan orientado su actividad hacia este tipo de acción legal. Incluso a fomentarla. No es raro ver en las inmediaciones de los Hospitales cadetes repartiendo tarjetas de diferentes estudios. Algunos hacen repartir volantes ofreciendo sus servicios. En ciertas circunstancias contratan personal de la institución para hacer disimuladas propagandas en accidentes de tránsito, en demoras en la atención, etc.
En un Hospital de Buenos Aires un operador de la radio interhospitales cumplía estas "tareas". Ese individuo decidió renunciar aduciendo que ya el sueldo no le alcanzaba cuando en realidad el "sobresueldo" había desaparecido.
19. Para evitar cuestionamientos
El enfermo se puede negar a recibir un determinado tratamiento: veremos que el enfermo esté lúcido al recibir la información y conocer de todos los riesgos que corre al no aceptar una terapia médica instituida. No se lo puede contrariar y se debe aceptar su decisión, es libre de hacerlo. Se involucrará a los familiares en el tema y se asentarán las decisiones tomadas por todos los que corresponda. Se priorizará la decisión del enfermo.
No se aceptará la decisión del enfermo y/o sus familiares en caso campañas de vacunación ante epidemias.
Internación: en caso de ser necesaria para una buena práctica será decidida por el médico. Si el paciente se negara o no hubiera cama se informará al juez y se anotará la novedad en la H.C. En todos los casos firmarán los involucrados.
Los delitos de acción Privada NO se denuncian: Un agente de una Fuerza de Seguridad concurre a un servicio hospitalario demandando asistencia por una herida de bala en una de sus manos que declara se produjo al manipular aquella para su limpieza. El médico tratante denuncia el hecho, se abre un sumario administrativo, el paciente fue separado de su trabajo y dado de baja. Demandó al médico por daños y perjuicios. (10)
NO se redactarán certificados de favor en ningún caso: es común que los "amigos" de los médicos le soliciten a estos certificados que justifiquen inasistencias, exámenes físicos pre ocupacionales fraguados o pre competitivos. (3)
Cirugías Menores: Quién de nosotros no ha comprobado, a través del desarrollo de toda su carrera, que la prudencia no acompaña habitualmente a la práctica de intervenciones menores. Omitir todo estudio pre operatorio (laboratorio, ECG y riesgo, Rx. varias, etc.). No usar gorro o cofia, barbijo, botas, incluso no utilizar guantes de cirugía (Cruz Roja, 1970) fueron prácticas usuales en las tituladas cirugías menores – menores. La realización hecha en ambientes inadecuados con escaso instrumental, no siempre en condiciones de uso, fueron habituales en nuestros comienzos.
He conocido numerosos casos de cirugías menores realizadas en consultorios particulares, cosa que en algunos pueblos de provincia se sigue haciendo. Hubo riesgo pero no complicaciones. No se conocían las cuestiones de Responsabilidad Profesional (mal llamada Mala praxis) ya que los primeros impulsos de magnitud en el tema datan de 1978 o 79.
Hay casos de accidentes mayores en cirugías menores: reacciones alérgicas con los anestésicos locales, vagotonismos por dolor, etc.
No siempre una cirugía de pequeña magnitud implica un menor riesgo.
Redactar Normativas para cada tratamiento: Si bien cada enfermo es diferente a los otros sabemos que hay conductas comunes a muchos de ellos. Debemos reglar esas conductas por escrito para adjuntar copia de las mismas a la H.C., cuando ésta sea solicitada por los Jueces o Abogados. Ellos no tienen porqué saber como se procede en las diferentes patologías, no son médicos y no aspiran serlo. Pero debemos intentar informarlos cuando el caso lo requiera para que comprueben que hemos procedido dentro de las conductas habituales y en base a conocimientos previamente comprobado. Las diferentes escuelas quirúrgicas (francesa, sajona, americana) por ejemplo no tienen tratamientos que difieran en su fondo, pero sí maniobras y conductas diferentes en numerosos casos en la búsqueda de fines comunes: La mejoría y en lo posible cura de los pacientes.
Las normativas a que hemos hecho alusión no podrán evitar las reglas generales de escuelas médicas reconocidas, serán remitidas a la dirección de la institución para conocimiento de las autoridades profesionales y administrativas. Serán archivadas por estos y por aquellos. Toda modificación será igualmente normatizada e informada. Ningún letrado enjuiciará los elementos incorporados de forma pero sí serán probablemente punibles las diferencias de fondo a las que pueda atribuirse daño.
Es posible que las normas les sirvan a los letrados para tomarnos examen, no nos debe dar temor. También es cierto que hay patologías regionales o que en cada zona puedan ser oportunas conductas diferentes, ya sea por la enfermedad en cuestión o por los elementos que se cuenten o falten. Es un riesgo evidente, debe aceptarse.
Pero a nadie escapa que unificar criterios mejora la calidad de las prestaciones.
También es correcto pensar que los normativos en las instituciones prestigiosas sirven de aval de las conductas individuales. En el caso de errores servirá de agravante una normativa no cumplimentada.
Los incapaces, los imprudentes, los negligentes tendrán temor.
Creemos oportuno aclarar en este momento que los Residentes son ESTUDIANTES ante la Ley. Los jefes de servicio serán sus docentes y por ende responsables de todo acto médico que estos pudieran realizar. En los últimos años ha desaparecido la figura del "practicante". Él era un estudiante de los últimos cursos o años de la carrera de medicina, que dependiendo de un Jefe de Guardia / Médico Interno realizaba su aprendizaje en las guardias hospitalarias y muchas veces asistía los pacientes portadores de patologías supuestamente vanales y no riesgosas para la vida.
En nuestro caso hemos hecho Gastrectomías Totales en hemorragias masivas siendo estudiantes de último año.
Consultas Telefónicas: Es una comodidad para el enfermo y puede ser la destrucción para el médico. Las prescripciones telefónicas pueden ser motivo de demandas. Se evitarán las prescripciones y/o los concejos médicos.
Equipos Multi o Interdisciplinarios: Gran cantidad de los actos médicos tienen características individuales. Los diversos avances tecnológicos no llevan indefectiblemente al trabajo en equipo, ello no quita nuestra responsabilidad (la responsabilidad no se delega), pero hace que el lego (y me refiero a muchos jueces), supongan sin fundamento que debemos en todos los casos contar con estudios complementarios (cualesquiera). Hemos escuchado de boca de un Juez en la Civil y Comercial: "el médico me asistió por un dolor abdominal y ni siquiera me pidió una tomografía", "y Ud. por qué consultó", fue nuestra requisitoria", "por una diarrea".
Y el anterior es solo uno de los muchos ejemplos que podríamos comentar y lamentar. Trabajaremos en equipo cada vez que lo consideremos oportuno y cada vez que sea necesario: cirujanos, clínicos, obstetras y en general todos los médicos alguna vez debemos demandar el apoyo de especialistas.
En caso de demanda todos los intervinientes en el acto médico causante serán co – responsables prima facie, luego a través del juicio se determinará los alcances de la responsabilidad de cada uno.
20. ¿Cómo actuar frente a una demanda?
Se deberá ser prudente al informar. Estos hechos jurídicos afectan al médico y a su entorno. Se tiene que tratar de mantener un equilibrio familiar que se ve afectado. No le es fácil actuar con su medio ambiente, con su patrimonio. Ni siquiera sabe que hacer con su vida. Y ese profesional piensa en absurdos y reacciones a la agresión que siente sufrir. ¿Qué hacer?, ¿A quién recurrir? ¿Seguir atendiendo enfermos?
Puede repercutir en la salud psicofísica del médico o de su familia. Debe ser acompañado y protegido.
En el caso del paciente que se halla en internación se debe tener una conducta positiva. Será visitado por el médico en forma permanente combatiendo la tendencia natural a alejarse y escapar.
Se dará respuesta a todos los interrogantes planteados, con una comunicación constante con el paciente y sus familiares.
En muchas oportunidades los familiares del enfermo que ha evolucionado mal agreden al médico. No se responderá en ningún momento de igual manera, se acentuarán las explicaciones y se tratará de mostrar convicción y compromiso, se darán argumentos y no disculpas.
El equipo médico debe estar unido más que nunca ante una demanda. Se buscarán aunar los esfuerzos para unificar criterios y conductas. La institución involucrada debe también participar de esa actitud por intermedio de sus directivos. Toda debilidad será un punto de ataque que aprovecharán los demandantes y sus abogados.
Se compartirá con el médico de cabecera (si lo tiene) todo este dramático proceso y si aquél es amigo de la familia, más será el esfuerzo de informarle todo.
Se mantendrá la armonía con todo el personal no médico. Ese personal deberá declarar en algún momento y debe estar imbuido de la misma actitud del grupo principal de asistencia.
Se debe tener presente que tener un seguro en una Compañía seria y una buena práctica, con seguros sin letra chica.
Se consultará a un abogado especializado. Los Colegios Médicos cuentan con un seguro y con asesores letrados. No tenemos opinión al respecto.
Los foros internacionales se han hecho eco para determinar las normas de numerosos estamentos de la Sociedad, pero solamente los médicos han tratado de determinar sus derechos específicos.
Es un tema controvertido, pero:
1. El médico tiene derecho a sentirse ofendido gravemente por las calumnias emitidas en juicio. Pueden obrar judicialmente contra los que lo hagan.
2. El médico tiene derecho a litigar contra el abogado y contra el paciente cuando el juez desestime una demanda o cuando el fundamento sea falaz o busque solamente lucro. No infringe ninguna norma ética y tiene la libertad de hacerlo.
3. Se sentirá gravemente injuriado cuando los medios de comunicación informan en forma negativa, prejuiciosa y sin sentencia condenatoria.
4. Tiene derecho a recibir todos los elementos técnicos y humanos por parte de las instituciones y así poder cumplir según normas y éticas y de acuerdo a su buen saber y entender.
5. Tiene derecho a rechazar la atención de cualquier paciente, con excepción de los casos de urgencia o ate peligro de vida o no haya otro profesional para atender la consulta. No deberá dar explicaciones.
6. Tiene derecho a recibir honorarios dignos.
7. Tiene libertad para discontinuar su labor cuando no reciba sus honorarios en tiempo.
8. Tiene derecho a disponer de cualquier H.C. en la que tuvo cualquier actuación profesional.
9. Amplia libertad para prescribir medicamentos o para pedir cualquier tipo de estudio complementario sin que nadie pueda interferir.
10. Tiene derecho a actualizarse en su especialidad.
11. Tiene derecho a tratar de conseguir trabajo sin ser discriminado por causas religiosas, sexo, políticas, raciales o cualquier otra.
12. Tiene derecho a cumplir con las horas de trabajo y de descanso como cualquier individuo que labora en relación de dependencia.
13. Tiene derecho a recibir los cuidados de salud como marca la ley para cualquier empleado.
14. Tiene derecho a dedicarle a los pacientes el tiempo de atención que crea necesario.
15. Tiene derecho a no recibir agresiones contra su salud en los lugares de trabajo y a los alimentos que marque la ley.
16. Tiene derecho a no ser tratado como un delincuente mientras dura un juicio a él.
17. Ante una demanda, tiene derecho, a recibir una defensa justa en caso de ser acusado y tener que responder en un juicio sobre responsabilidad profesional.
18. Tiene derecho a tribunales especiales constituidos por sus pares, cualquiera haya ido la sentencia de la justicia ordinaria.
19. Tiene derecho a no ser maltratado por empleadores o pacientes.
20. Se sentirá agraviado cuando su trabajo financia a cualquier institución.
21. Tiene derecho a rechazar propuestas técnicas que se originen en personal no médico.
22. Tiene derecho a rechazar cualquier propuesta que implique costos adicionales para el enfermo o "negocios" que pudieran afectar su buen nombre y honor.
23. Tiene derecho a negarse a realizar prestaciones sin las condiciones de seguridad necesarias, para í o para los terceros involucrados en su tarea médica.
24. Tiene el derecho a negarse a aceptar órdenes de empleadores o del Poder Judicial, cuando las mismas vulneran cualquier norma que se considere de cumplimiento estricto, salvo que su negativa ponga en peligro la vida del/los paciente/s.
Es posible que con el devenir de los años y, con nuestro pesar, las estadísticas por demandas efectuadas por los pacientes y/o familiares y patrocinados por abogados desocupados o sub ocupados sean más nutridas en todo el mundo. Pero ninguna estadística ha sido fiel a la realidad que suponemos.
USA: Año 1970 5
Año 1983 16
Año 1985 10.7
Año 1986 9.2
Año 1987 6.7
Año 1988 6.4 Juicios por cada 100 médicos.
Hemos tomado conocimiento que las demandas en curso abiertas en los últimos años han crecido. Por no ser confiables no son trnscriptas.
Francia: los expedientes abiertos a través de los años han crecido en forma exponencial. Los datos obtenidos, posiblemente incompletos son:
Año 1944 35
Año 1954 123
Año 1964 254
Año 1973 338
Año 1980 1158
Año 1985 1543
Año 1988 2000
Año 1991 2676 nuevos expedientes.
Argentina:
El Primer fallo fue dictado el 14 de abril de 1910 por la Cámara Nacional del Crimen.
Segundo fallo: 20 de Abril de 1918, Cámara de Apelaciones de San Nicolás, Pcia. de Buenos. Aires.
Año 1935: Cuatro casos registrados.
Año 1999: Se estima un caso cada 50 o 60 médicos en Capital federal y Gran Bs. As.
También se estima que en forma global será demandado un médico cada dos a través de toda la etapa que abarque el ejercicio de su profesión.
Además se supone que en este año 2000 hay un 10% del personal afectado al Ministerio de Salud y Acción Social que se halla demandado. Un número aterrador.
La impunidad médica se ha terminado. Los métodos paternalistas también. Ello no nos impide considerar que los valores tradicionales de la relación Médico – Paciente (MP) se hallan tan vigentes como antaño.
En ese elemento: la consulta médica, muchas veces desprestigiada, se basa la mejor "defensa" del médico en su accionar ante el enfermo y la Sociedad. No es un método de defensa sino de prevención que, como en toda la actividad sanitaria, puede anular el accionar judicial antes de que el mismo se inicie. Es un método de "vacunación" aún efectivo.
Pero ello no nos impedirá considerar a la relación MP como un factor de riesgo que como "una espada de Damocles" se cierne sobre la cabeza de todo el personal que se relaciona con los enfermos. Ninguno está exento de sufrir un conflicto donde, con uñas y dientes, las partes defienden su posición ante una justicia, más ciega que nunca, en busca de una verdad que aquellos que deben juzgar y sentenciar desconocen al punto de poder cuestionar "lo justo de la Justicia". Los Jueces intuyen, reciben información, tratan de entender y llegar a una verdad que habitualmente les está vedada. Deberá el médico demandado y sus patrocinantes dar la información en un lenguaje NO médico, entendible bajo los términos de una ley cuasi esquizoide en donde "la inversión de la carga de la prueba" es la metodología a aplicar.
La H.C.C. y la ficha ambulatoria nunca han sido de tan vital importancia para los jueces como en este presente difícil para nosotros. Hoy por hoy estando inmersos en la vorágine de una clase media deteriorada y tratando de sobrevivir como podamos debemos hacer lo que nunca hicimos: escribir claramente lo que sabemos, consultar lo que no conocemos y omitir todo aquello que dudamos y no pone en riesgo a nuestros pacientes. Escribir es nuestra arma, estudiar y capacitarnos todos los días, nuestra mejor defensa. Debemos prescindir de las omnipotencias de antaño y someternos a la decisión de aquellos (los enfermos y su familia) que son legos en los temas médicos. Entraremos en conflicto muchas veces con nosotros mismos: respetar al enfermo para arriesgar su vida. Nunca tan cierto el que debemos "usar el sentido común, que muchas veces no es el más común de los sentidos".
Los equipos interdisciplinarios son imprescindibles en la atención de patologías en general, aún las más "inocentes".
Debemos estar atentos, nuestro común enemigo acecha. Debemos cuidarnos de nosotros mismos.
Nuestras estadísticas son incompletas y escasas. No por ello dejan de alarmarnos algunos datos, que por su crecimiento geométrico, nos exponen cada vez más, a un desastre que tratamos de evitar.
24. Resumen
Tratamos en un solo trabajo compendiar un tema que, por lo vasto, requiere de la lectura libros y más libros, artículos y notas que todos los días se agregan a una bibliografía ya de por si extensa.
Tratamos de acercar definiciones que por hallarse en diferentes escritos no siempre son conocidas ni tenidas en cuenta. Hay sutiles diferencias en las que se hace hincapié.
Los diferentes tipos de responsabilidad profesional y los delitos en los que puede hallarse involucrado el médico tratante y todo su equipo son aclarados haciéndolo de forma tal que los derechos y obligaciones hacen un todo.
Basamos la defensa médica en la prevención. La relación médico – paciente y la H.C.C. serán las armas que el médico esgrimirá en el tratamiento de la enfermedad de los juicios: la MAL llamada Mala Praxis. Las experiencias y las enseñanzas de nuestros maestros nos dan la convicción de que la integración de ambos elementos evitarán, en un noventa y nueve por ciento de los casos, males mayores. El riesgo restante dependerá de nuestro saber, humildad y de nuestra autocrítica.
Nos referimos a las causas de las demandas y a cómo tratar de evitarlas. No siempre lo conseguimos.
También creemos haber sido claros en nuestra forma de luchar ante los hechos consumados y cómo defendernos.
No hemos omitido el mencionar los derechos de los médicos, habitualmente olvidados, por nuestros empleadores y patronos, y sobre todo por nosotros mismos y por nuestros representantes. Nuestras necesidades (las de nuestra clase media) muchas veces nos enceguecen al punto de gatillar alegremente el revolver de la medicina en nuestras sienes.
Hemos omitido ex profeso los temas sobre minoridad, y H.I.V. y Sida, pues consideramos que deben ser tratados en extenso y por no ser esenciales en el presente trabajo. No hemos diferenciado los distintos fueros. No desconocemos su importancia y sus controversias por ser temas en continua revisión.
1. Código de Ética Médica. COMRA. 1955.
2. Medicina Legal – Bonnet – López Editores, Pagina 22, Ed. 1967 B.A.
3. Código Penal Argentino: Capítulo 3, Arts. 295 y 296.
4. Código Penal Argentino: Capítulo 3, Arts. 292 y 293.
5. Código Civil y Comercial. Arts. 511, 512, 520 y 902.
6. CC Capital, Sala F – 27/07/76.
7. Código Penal Argentino: Capítulo 3, Art. 297.
8. Ley 17132.
9. Constitución Nacional. Art. 42.
10. Constitución Nacional. Art. 19.
11. Declaración Universal de los derechos Humanos. 1948. Art. 3º.
12. Declaración de Lisboa. 1981.
13. Declaración de Viena. 1983.
14. Cosen J.N. Investigación Clínica y Ética Médica. Re. Arg. de Gastroenterología. 1990. IV:2, 29-31.
15. Bartoli E., Sorrentino D., Trevisi A. L´aspetto etico dei trial clinici randomizzatti. Ann-Ital-Med-Int. 1997 Apr-Jun; 12 (2) : 98-102.
16. Código Civil y Comercial. Título II, Capítulo VI. Arts. 78 al 86.
17. Código P.C.C. de la Pcia. de Buenos Aires. Art.442.
18. Gisbert Calabuig J.A. Medicina legal y Toxicología. Capítulo10. Pag. 88. Editorial Masson 5ª Edición. S.A. 1998. Barcelona. España.
19. Marquez Daniel: –Presupuestos de denuncia médica obligatoria". Prevención del riesgo legal de la praxis médica. Asociación de médicos municipales, 1996.
20. Zaffaroni Eugenio: "Tratado de derecho penal". Parte general, tomo III. Editorial Ediar 1981.
21. Cantú Cesar: "Historia Universal", tomo VII, pag. 528, ed. Sopena Argentina S.A. 8' ed. 1965.
22. Babio G. – Barbarelli J. Monografía "Lugar de la Medicina Legal en la estructura de la Justicia y su evolución". Página 19. Curso Superior de Medicina Legal, Colegio Médico de la Pcia. de Buenos Aires – Distrito IV. San Martín. 1999.
Jornadas:
Problemas Médico – Legales del Ejercicio Profesional Presidente: Prof. Dr. Miguel A. Maldonado Secretario: Dr. Raúl A. Magariños Coordinadora: Dra. Carmen Coutado
Mesa de Temas Libres: Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires Distrito IV
Autor:
Dr. Jorge A. Terragno
Médico Vicepresidente de AGENOR (Asoc. De Gerontología y Geriatría del Conurbano Norte) Provincia de Buenos Aires – Argentina
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