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Delincuencia Juvenil


  1. Introducción
  2. Justificación
  3. Marco Teórico
  4. La delincuencia juvenil y entorno social
  5. Factores que influyen en la delincuencia juvenil en el centro urbano de la ciudad de Hernandarias
  6. Causas de la delincuencia juvenil
  7. Consecuencias de la delincuencia juvenil
  8. Delincuencia juvenil femenina y su comparación con la masculina
  9. Ley N° 1.680/01
  10. Conclusión
  11. Anexo
  12. Bibliografía

Introducción

La investigación de este trabajo Delincuencia Juvenil es para dar a conocer la problemática de nuestra sociedad como se encuentra la juventud actualmente en el centro urbano de Hernandarias, donde se ve que niños entrando en la adolescencia se unen a bandas de delincuentes, dejando de lado el estudio y por ende también la desestructuración de la familia.

Este trabajo tiene como fin dar a conocer las causas, efectos y factores que conllevan a los adolecentes a la delincuencia y por ende también servir como base y conocimientos a los compañeros de clase e interesados en la materia.

Preguntas de la Investigación

1- Que es la delincuencia juvenil?

2- Factores que influyen a la delincuencia juvenil?

3- Causas de la delincuencia juvenil?

4- Consecuencias de la delincuencia juvenil?

5- Delincuencia juvenil masculina y femenina?

Objetivo General

  • Analizar la Delincuencia Juvenil en el Centro Urbano de la Ciudad de Hernandarias.

Objetivo Especifico

  • Identificar las posibles causas de la Delincuencia Juvenil en el Centro Urbano de la Ciudad de Hernandarias.

  • Establecer los factores que influyen a la Delincuencia Juvenil.

  • Conocer las consecuencias que contraen la Delincuencia Juvenil en la sociedad.

  • Comparar la Delincuencia Juvenil Femenina con la Masculina.

  • Determinar las normas jurídicas que regulan y sancionan la Delincuencia Juvenil en nuestra legislación.

Justificación

Se investiga este trabajo con el propósito de analizar y con ello comprender la problemática que enfoca la delincuencia juvenil, esto es necesario para conocer la realidad y con ello saber las posibles causas de donde radica dicho problema; esto es ineludible puesto que solamente conociendo la situación que ameritan a la delincuencia podremos llegar a conclusiones basadas en la realidad del caso y con ello buscar formas de prevenir, ofrecer tratamientos y buscar soluciones factibles.

Marco Teórico

DELINCUENCIA JUVENIL; sin lugar a dudas, la delincuencia juvenil es un fenómeno muy representativo desde el siglo pasado, la delincuencia juvenil es uno de los problemas criminológicos que crece cada día más, no solo en nuestro país, sino también en el mundo entero; es una de las acciones socialmente negativas que va a lo contrario fijado por la ley y a las buenas costumbres creadas y aceptadas por la sociedad.

Definir lo que constituye delincuencia juvenil resulta ciertamente problemático. Mientras en algunos países la delincuencia juvenil es una calificación que se obtiene de aplicar definiciones del Código Penal cuando esas infracciones son cometidas por menores de edad, en otros, la delincuencia juvenil incluye una gran variedad de actos en adición a los que se encuentran enumerados en sus leyes de fondo. De tal suerte, las figuras estadísticas de ciertos países se encuentran artificialmente abultadas en lo que respecta a la delincuencia juvenil, mientras que en otros no reflejan esas figuras, sino un limitad número de conductas desviadas.

Sin lugar a dudas, la delincuencia juvenil es uno de los fenómenos sociales más importantes que nuestras sociedades tienen planteados, y es uno de los problemas criminológicos internacionalmente preferidos desde el siglo pasado, pues, las manifestaciones de la conducta que llaman socialmente la atención de forma negativa pueden observarse, por lo general, mejor entre los jóvenes que en la población adulta. Además, es importante tratar la delincuencia juvenil de hoy como posible delincuencia adulta de mañana.

La delincuencia juvenil es un fenómeno de ámbito mundial, pues se extiende desde los rincones más alejados de la ciudad industrializada hasta los suburbios de las grandes ciudades, desde las familias ricas o acomodadas hasta las más pobres, es un problema que se da en todas las capas sociales y en cualquier rincón de nuestra civilización.

OPINIONES DE ESPECIALISTAS

WEST.- En este sentido ya señalaba que uno de los factores importantes que tienen probabilidad de poner en marcha el mecanismo que puede llevarnos a cualquiera a ser delincuente, es la baja categoría en el sistema de las clases sociales, la deficiencia en la educación, la pobreza, un ambiente familiar inadecuado o perturbado, la residencia en un mal vecindario y pertenencia a una familia numerosa. Así, destacaba que entre las familias de la clase más baja, muchas residían en barrios miserables, no limitaban el número de hijos y sufrían pobreza y falta de educación. Dicho con otras palabras, los factores adversos tendían a presentarse todos juntos y a actuar recíprocamente uno sobre otros hasta el punto de crear una situación generadora de delitos. Algunos autores ya desafiaban la opinión de que el comportamiento delictivo es más preponderante entre jóvenes de clase inferior, y explicaban el hecho de que estuvieran más representados ante los Tribunales en mayor número diciendo que las clases bajas están más expuestas a ser detenidas y llevadas ante la justicia por malas acciones que serían juzgadas de otro modo si fueran cometidas por personas de la clase media o alta.

SHORT y NYE.- Ya advertían en 1959 que los jóvenes norteamericanos de escuelas superiores y de clase alta, según sus propios relatos, se comportaban igualmente mal.

AKERS.- En un estudio realizado en 1964 sobre 1000 estudiantes de la escuela superior de Ohio, confirmó que no existía ninguna relación importante entre la incidencia de la delincuencia confesada y la categoría socio-económica.

HERRERO HERRERO.- Teniendo en cuenta lo que ha quedado expuesto, define la delincuencia como el fenómeno social constituido por el conjunto de las infracciones, contra las normas fundamentales de convivencia, producidas en un tiempo y lugar determinados.

LÓPEZ REY.- Por su parte, nos ofrece un concepto conjunto de delincuencia y criminalidad como fenómeno individual y socio-político, afectante a toda la sociedad, cuya prevención, control y tratamiento requiere de la cooperación de la comunidad al mismo tiempo que un adecuado sistema penal.

GARRIDO GENOVÉS.- Define al delincuente juvenil como una figura cultural, porque su definición y tratamiento legal responde a distintos factores en distintas naciones, reflejando una mezcla de conceptos psicológicos y legales. Técnicamente, el delincuente juvenil es aquella persona que no posee la mayoría de edad penal y que comete un hecho que está castigado por las leyes.

GÖPPINGER.- En su opinión del ámbito de la criminología el concepto de joven debe ser entendido en un sentido amplio, abarcando las edades comprendidas entre los 14 y los 21 años, haciendo dentro de este tramo de edades una subdivisión entre jóvenes y semiadultos.

COHEN y MERTON.- Han definido la desviación como el comportamiento o conducta que viola el código normativo observado por un grupo y que éste espera sea cumplido por el individuo, que ahora se convierte en sujeto activo de la citada trasgresión. Todo ello es fruto del rompimiento, por parte de este individuo, con el sistema establecido.

La delincuencia juvenil y entorno social

El estudio de la criminalidad juvenil constituye un tema de actualidad, no sólo del derecho penal, sino también de la criminología y de las ciencias conexas. El constante aumento de los conflictos sociales, y con ellos el de la delincuencia, ha incrementado el interés por el tema, tanto en los países industrializados o centrales, como también en los llamados países periféricos, como son los de América Latina.

Sumado a este contexto, hay que agregar que la sociedad actual se caracteriza por un debilitamiento de los sistemas tradicionales de apoyo para el desarrollo de la niñez y de la adolescencia. Quisiéramos mencionar, por lo menos, tres medios de apoyo que con los cambios sociales, se han debilitado como para dar una respuesta efectiva al desarrollo de la niñez y de los adolescentes. En primer lugar tenemos que mencionar a:

La Familia.- Los medios de comunicación, sobre todo la televisión, han suprimido la jerarquía y hegemonía que la familia tenía como formadora de costumbres sociales.

Además, la incorporación de la mujer al sistema laboral, por necesidad u oportunidades de desarrollo, y otros cambios en la estructura familiar, como la ausencia generalizada del padre, replantean las relaciones del niño y del joven.

La Escuela.- Por su parte, se caracteriza por un marcado énfasis academicista y por la competitividad feroz, borrando el sentido comunitario y la promoción del desarrollo integral de los jóvenes. Sistemas de Asistencia y Recreación.- Como apoyos alternativos, son mínimos y siempre insuficientes para la satisfacción de las necesidades de la población juvenil.

Factores que influyen en la delincuencia juvenil en el centro urbano de la ciudad de Hernandarias

Juntamente con ello, las mayorías de los estudios descriptivos de la carrera delictiva señalan una serie de factores individuales y biográficos que caracterizan al delincuente juvenil y que llevan a la conclusión de que el delincuente juvenil es una persona con un gran conjunto de deficiencias, y una de ellas es que comete delitos. Entre tales factores podemos citar, sin ánimo exhaustivo, los siguientes:

  • Impulsivo.

  • Con afán de protagonismo.

  • Fracaso escolar.

  • Consumidor de drogas.

  • Baja autoestima.

  • Familia desestructurada.

  • Clase baja.

  • Falto de afectividad.

  • Agresivo.

  • Sin habilidades sociales.

  • Poco equilibrio emocional.

  • Inadaptado.

  • Frustrado.

Para ello hemos realizado una encuesta a 25 niños y adolescentes que se encuentran en el centro urbano de la ciudad de Hernandarias en el cual podemos demostrar estadísticamente de forma inductiva las posibles condiciones en que se desarrollan y a lo que conllevan esta vida delictiva de dichos jóvenes.

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52% es por la pobreza.

24% por influencia de la drogadicción

12% por la familia desestructurada

12% falta de afectividad

Causas de la delincuencia juvenil

A.- Una primera categoría de jóvenes delincuentes vendría definida por rasgos de anormalidad patológica, fundamentalmente:

  • Menores delincuentes por psicopatías: aquí el punto de referencia lo constituye la existencia de alguna de las formas de psicopatía, entendida por HARE como la patología integrada, conjuntamente, de la incapacidad de quien la padece de sentir o manifestar simpatía o alguna clase de calor humano para con el prójimo, en virtud de la cual se le utiliza y manipula en beneficio del propio interés, y de la habilidad para manifestarse con falsa sinceridad en orden a hacer creer a sus víctimas que es inocente o que está profundamente arrepentido, y todo ello, para seguir manipulando y mintiendo.

Consecuencia de ello, es que el menor es incapaz de adaptarse a su contexto y actuar como tal, porque el trastorno de la personalidad que sufre, le impide inhibirse respecto de conductas o comportamientos contrarios a las normas.

El menor psicópata tiende a perpetrar actos antisociales según la orientación nuclear de la propia psicopatía, siendo de destacar en este sentido los actos que expresan frialdad y crueldad por parte del sujeto.

  • Menores delincuentes por neurosis: la neurosis consiste en una grave perturbación del psiquismo de carácter sobrevenido y que se manifiesta en desórdenes de la conducta, pudiendo ser su origen muy diverso como fracasos, frustraciones, abandono o pérdida de seres muy queridos, etc.

Criminológicamente, el neurótico trata de hacer desaparecer la situación de angustia que sufre cometiendo delitos con el fin de obtener un castigo que le permita liberarse del sentimiento de culpabilidad que sobre él pesa, y esto es también válido para el menor neurótico, aunque sean muchos menos que los adultos.

  • Menores delincuentes por autoreferencias subliminadas de la realidad: aquí se incluyen los menores que, por la confluencia de predisposiciones psicobiológicas llegan a mezclar fantasía y juego de una forma tan intensa que empiezan a vivir fuera de la realidad. Es precisamente ese estado anómalo el que puede conducirlos a cometer actos antisociales.

B.- Una segunda categoría integrada por jóvenes con rasgos de anormalidad no patológica, y en la que entrarían:

  • Menores delincuentes con trastorno antisocial de la personalidad: se trata de menores cuyas principales son la hiperactividad, excitabilidad, ausencia de sentimiento de culpa, culpabilidad con los animales y las personas, fracaso escolar, y son poco o nada comunicativos.

Una de las principales causa de este trastorno es la ausencia o la figura distorsionada de la madre, aunque tampoco ha de infravalorarse la disfuncionalidad del rol paterno, pues según algunos trabajos, el crecer sin padre acarrea al niño nocivas consecuencias que afectan al campo de la delincuencia.

En muchos casos se trata de menores que viven en la calle, en situación de permanente abandono, porque nos encontramos con menores que, a su edad, acumulan graves frustraciones, rencores y cólera contra la sociedad; y que tienen un mismo denominador común: el desamor, la falta de comprensión y de cariño, así como de atención y cuidado de sus padres.

En definitiva, son jóvenes con una desviada socialización primaria que acaba por abocarles a la delincuencia.

  • Menores delincuentes con reacción de huida: En este caso se trata normalmente de menores que han sufrido maltrato en el hogar y por ello abandonan el mismo. Son menores psicológicamente débiles, y que en lugar de responder a la agresión, eligen la huida sin plazos, y casi siempre sin rumbo.

Ese alejamiento les hace propicios al reclutamiento por parte de los responsables de la delincuencia organizada, que les escogen para llevar a cabo actuaciones simples pero de gran riesgo como el transporte de drogas en su propio cuerpo.

edu.red

16% por sico – patias

24% por reacción de huida

28% por transtornos antisocial y de la personalidad

32% por mala influencia

Consecuencias de la delincuencia juvenil

La delincuencia juvenil, tiene consecuencias perjudiciales para la sociedad, la cual está enfocada en resolver este problema a través de apoyo psicológico a la familia, en el ámbito social para que la autoestima del adolescente no disminuya

A continuación las principales consecuencias:

– El desequilibrio mental es una de las mayores consecuencias que afecta a los jóvenes que ingresan en la delincuencia.- La desintegración familiar o el deterioro del núcleo familiar.- La promiscuidad sexual y la falta de valores morales, arriesgan al contagio de enfermedades de transmisión sexual, incluyendo el VIH.- La destrucción de los valores.- Las muertes prematuras por causas de las llamadas broncas callejeras.

edu.red

16% desequilibrio mental

16% embarazo precoz y enfermedades sexuales

28% pérdida de valores

40% desintegración familiar

Delincuencia juvenil femenina y su comparación con la masculina

La delincuencia juvenil femenina comenzó a estudiarse específicamente a finales de los años 60, momento en el que, con el movimiento de liberación de la mujer, se comienza a percibir socialmente un aumento considerable de la misma.

Como principales teorías acerca de la delincuencia femenina podemos destacar, fundamentalmente, las siguientes:

  • Teorías de carácter social: enfoque funcionalista (teoría del rol y teoría de la igualdad de oportunidades) y enfoque crítico (teoría del control social y teoría de la dependencia económica).

Las teorías clásicas trataron de explicar el fenómeno de la delincuencia femenina sobre la base de aspectos individuales, bien de contenido biológico (anormalidades bioantropológicas, desarrollo sexual, etc.), bien de contenido psicoanalítico o psiquiátrico, en los que subyacía siempre la equiparación entre delincuencia femenina y trastornos biológicos o psíquicos.

Y, pese a haber sido superadas científicamente, lo cierto es que estas teorías están fuertemente arraigadas en la sociedad y han influido notoriamente en los trabajos criminológicos hasta épocas recientes, quien concibe a la mujer delincuente como una enferma mental.

Sin embargo, sí quiero destacar el trabajo llevado a cabo en este campo por la Unidad de Investigación Criminológica sobre la comisión de algunos actos delictivos y predelictivos en la población femenina es de 14 a 21 años, en cuatro grupos de edad (14-15, 16-17, 18-19, 20-21), los resultados nos ofrecen la siguiente conclusión:

Las conductas con mayor prevalencia son, en ambos sexos, aquéllas que podríamos definir como transgresoras de las normas, pero que no podemos calificar de delictivas, tales como consumir alcohol, faltar a clase, vandalismo, etc.; siendo además la incidencia media, similar en ambos grupos de jóvenes.

edu.red

36% de diez años

24% once años

20% doce y trece años

20% catorce, quince y dieciséis años.

Ley N° 1.680/01

CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- DEL OBJETO DE ESTE CÓDIGO: Este Código establece y regula los derechos, garantías y deberes del niño y del adolescente, conforme a lo dispuesto en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, los instrumentos internacionales sobre la protección de los derechos humanos aprobados y ratificados por el Paraguay, y las leyes.

DE LAS SANCIONES APLICABLES

DEL SISTEMA DE SANCIONES

Artículo 196.- DE LAS MEDIDAS: Con ocasión de un hecho punible realizado por un adolescente, podrán ser ordenadas medidas socioeducativas.

El hecho punible realizado por un adolescente será castigado con medidas correccionales o con una medida privativa de libertad, solo cuando la aplicación de medidas socioeducativas no sea suficiente. El Juez prescindirá de las medidas señaladas en el párrafo anterior cuando su aplicación, en atención a la internación del adolescente en un hospital psiquiátrico o en un establecimiento de desintoxicación, sea lo indicado.

Artículo 198.- DE LAS MEDIDAS DE VIGILANCIA, DE MEJORAMIENTO Y DE SEGURIDAD: De las medidas previstas por el Derecho Penal común, podrán ser ordenadas solo:

1. la internación en un hospital psiquiátrico, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 72, inciso 3° numeral 1 del Código Penal;

2. la internación en un establecimiento de desintoxicación, conforme a lo establecido en el Artículo 72, inciso 3°, numeral 2 del Código Penal; y,

3. la cancelación de la licencia de conducir, conforme a lo dispuesto en el Artículo 72, inciso 4°, numeral 3 del Código Penal.

Artículo 199.- DE LA COMBINACIÓN DE LAS MEDIDAS: Las medidas socioeducativas y las medidas correccionales, así como varias medidas socioeducativas y varias medidas correccionales podrán ser ordenadas en forma acumulativa. Junto con una medida privativa de libertad, podrán ser ordenadas solo imposiciones y obligaciones.

DE LAS MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS

Artículo 200.- DE LA NATURALEZA DE LAS MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS: Las medidas socioeducativas son prohibiciones y mandatos que regulan la forma de vida del adolescente con el fin de asegurar y promover su desarrollo y educación. Dichas reglas de conducta no podrán exceder los límites de la exigibilidad, conforme a la edad del adolescente. El Juez podrá ordenar:

a) residir en determinados lugares;

b) vivir con una determinada familia o en un determinado hogar;

c) aceptar un determinado lugar de formación o de trabajo;

d) realizar determinados trabajos;

e) someterse al apoyo y a la supervisión de una determinada persona;

f) asistir a programas educativos y de entrenamiento social;

g) reparar, dentro de un plazo determinado y de acuerdo con sus posibilidades, los daños causados por el hecho Punible;

h) tratar de reconciliarse con la víctima;

i) evitar la compañía de determinadas personas;

j) abstenerse de concurrir a determinados lugares o lugares exclusivos para mayores de edad;

k) asistir a cursos de conducción; y,

l) someterse, con acuerdo del titular de la patria potestad o del tutor, en su caso, a un tratamiento médico social por un especialista o un programa de desintoxicación.

Artículo 201.- DE LA DURACIÓN DE LAS MEDIDAS Y DE SU APLICACIÓN: Las medidas socioeducativas se ordenarán por un tiempo determinado que no excederá de dos años de duración. El Juez podrá cambiar las medidas, eximir de ellas y prolongarlas, antes del vencimiento del plazo ordenado, hasta tres años de duración, cuando esto sea indicado por razones de la educación del adolescente.

Artículo 202.- DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y APOYO: Previo acuerdo de la Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI), el Juez también podrá decretar la orden al adolescente de aceptar las medidas previstas en el Artículo 34, párrafo segundo, incisos c) e i) de este Código.

DE LAS MEDIDAS CORRECCIONALES

Artículo 203.- DE LA NATURALEZA DE LAS MEDIDAS CORRECCIONALES: El hecho punible realizado por un adolescente será castigado con una medida correccional cuando, sin ser apropiada una medida privativa de libertad, sea necesario llamar seria e intensamente la atención del adolescente acerca de la responsabilidad por su conducta.

Son medidas correccionales:

a) la amonestación; y,

b) la imposición de determinadas obligaciones. Las medidas correccionales no tendrán los efectos de una condena a una pena, en lo relativo a los antecedentes del afectado, sin perjuicio de la posibilidad de asentarlas en un registro destinado a recoger datos para actividades estatales, educativas y preventivas.

Artículo 204.- DE LA AMONESTACIÓN: La amonestación es la llamada de atención que el Juez dirige oralmente y en forma clara y comprensible al adolescente, con el fin de hacerle consciente de la reprochabilidad de su conducta y su obligación de acogerse a las normas de trato familiar y convivencia social. Cuando corresponda, el Juez invitará al acto a los padres, tutores o responsables y les proporcionará informaciones y sugerencias acerca de su colaboración en la prevención de futuras conductas punibles.

Artículo 205.- DE LA IMPOSICIÓN DE OBLIGACIONES: El Juez podrá imponer al adolescente la obligación de: a) reparar, dentro de un plazo determinado y de acuerdo con sus posibilidades, los daños causados por el hecho punible;

b) pedir personalmente disculpas a la víctima;

c) realizar determinados trabajos;

d) prestar servicios a la comunidad; y,

e) pagar una cantidad de dinero a una entidad de beneficencia. Las obligaciones no podrán exceder los límites de la exigibilidad.

El Juez deberá imponer la obligación de pagar una cantidad de dinero solo cuando:

a) el adolescente haya realizado una infracción leve y se pueda esperar que el pago se efectúe con medios a su propia disposición; o,

b) se pretende privar al adolescente del beneficio obtenido por el hecho punible.

El Juez podrá, posteriormente, modificar las obligaciones impuestas o prescindir de ellas, cuando esto sea recomendado por razones de la educación del adolescente.

DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD

Artículo 206.- DE LA NATURALEZA DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD: La medida privativa de libertad consiste en la internación del adolescente en un establecimiento especial, destinado a fomentar su educación y su adaptación a una vida sin delinquir.

La medida será decretada solo cuando:

a) las medidas socioeducativas y las medidas correccionales no sean suficientes para la educación del condenado;

b) la internación sea recomendable por el grado de reprochabilidad de su conducta;

c) el adolescente haya reiterada y gravemente incumplido en forma reprochable medidas socioeducativas o lasimposiciones ordenadas;

d) anteriormente se haya intentado responder a las dificultades de adaptación social del adolescente mediante una modificación de las medidas no privativas de libertad; o,

e) el adolescente haya sido apercibido judicialmente de la posibilidad de la aplicación de una medida privativa de libertad en caso de que no desistiese de su actitud. En este caso la duración de la medida privativa de libertad será de hasta un año.

Artículo 207.- DE LA DURACIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD: La medida privativa de libertad tendrá una duración mínima de seis meses y máxima de cuatro años. En caso de un hecho calificado como crimen por el Derecho Penal común, la duración máxima de la medida será de ocho años. A los efectos de la medición de la medida, no serán aplicables los marcos penales previstos en las disposiciones del Derecho Penal común.

La duración de la medida será fijada en atención a la finalidad de una internación educativa en favor del condenado

Artículo 222.- DE LA COMPETENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EN LOS PROCESOS DE LA ADOLESCENCIA: La Corte Suprema de Justicia tiene competencia para:

a) conocer y resolver del recurso de casación, de conformidad a lo establecido en el artículo pertinente; b) entender en las contiendas de competencia surgidas entre los órganos jurisdiccionales establecidos en este Código; y,

c) los demás deberes y atribuciones que ésta u otras leyes le asignen. Artículo 223.-

DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN PENAL DE LA ADOLESCENCIA: El Tribunal de Apelación Penal de la Adolescencia será competente para: a) conocer en segunda instancia de los recursos que se interpusiesen, conforme al Código Procesal Penal;

b) resolver las recusaciones que se interpongan y las cuestiones de competencia que se presenten dentro del proceso regulado por este Código; y,

c) las demás funciones que este Código u otras leyes le asignen.

Artículo 224.- DEL JUZGADO PENAL DE LA ADOLESCENCIA: El Juzgado Penal de la Adolescencia se integrará en forma unipersonal o colegiada, según se dispone en este artículo.

El Juzgado Penal de la Adolescencia tiene competencia para:

a) conocer en primera instancia de los hechos tipificados como delitos por la legislación penal ordinaria, atribuidas al adolescente;

b) conocer en primera instancia, en forma de tribunal colegiado, de los hechos tipificados como crímenes por la legislación penal ordinaria, atribuidas al adolescente;

c) procurar y sustanciar, en su caso, la conciliación; y,

d) conocer de otros aspectos que este Código u otras leyes le fijen.

Art. N° 1.- A los efectos de la interpretación y aplicación de la normas relativas a la niñez y a la adolescencia, establécese el alcance de los siguientes términos:

a) Niño: toda persona humana desde la concepción hasta los trece años de edad;

b) Adolescente: toda persona humana desde los catorce años hasta los diecisiete años de edad; y,

c) Mayor de edad: toda persona humana desde los dieciocho años de edad".

Conclusión

La culminación de este trabajo trae como términos de referencia los siguientes puntos a tener en cuenta:

1- Que es la delincuencia juvenil?

Sin lugar a dudas, la delincuencia juvenil es uno de los fenómenos sociales más importantes que nuestras sociedades tienen planteados, y es uno de los problemas criminológicos internacionalmente preferidos desde el siglo pasado, pues, las manifestaciones de la conducta que llaman socialmente la atención de forma negativa pueden observarse, por lo general, mejor entre los jóvenes que en la población adulta. Además, es importante tratar la delincuencia juvenil de hoy como posible delincuencia adulta de mañana.

La delincuencia juvenil es un fenómeno de ámbito mundial, pues se extiende desde los rincones más alejados de la ciudad industrializada hasta los suburbios de las grandes ciudades, desde las familias ricas o acomodadas hasta las más pobres, es un problema que se da en todas las capas sociales y en cualquier rincón de nuestra civilización.

2- Factores que influyen a la delincuencia juvenil?

Conjuntamente con ello, las mayorías de los estudios descriptivos de la carrera delictiva señalan una serie de factores individuales y biográficos que caracterizan al delincuente juvenil y que llevan a la conclusión de que el delincuente juvenil es una persona con un gran conjunto de deficiencias, y una de ellas es que comete delitos. Entre tales factores podemos citar, sin ánimo exhaustivo, los siguientes:

  • Impulsivo.

  • Con afán de protagonismo.

  • Fracaso escolar.

  • Consumidor de drogas.

  • Baja autoestima.

  • Familia desestructurada.

  • Clase baja.

  • Falto de afectividad.

  • Agresivo.

3- Causas de la delincuencia juvenil?

  • Menores delincuentes por psicopatías: aquí el punto de referencia lo constituye la existencia de alguna de las formas de psicopatía, entendida por HARE como la patología integrada, conjuntamente, de la incapacidad de quien la padece de sentir o manifestar simpatía o alguna clase de calor humano para con el prójimo, en virtud de la cual se le utiliza y manipula en beneficio del propio interés, y de la habilidad para manifestarse con falsa sinceridad en orden a hacer creer a sus víctimas que es inocente o que está profundamente arrepentido, y todo ello, para seguir manipulando y mintiendo.

  • Menores delincuentes con reacción de huida: En este caso se trata normalmente de menores que han sufrido maltrato en el hogar y por ello abandonan el mismo. Son menores psicológicamente débiles, y que en lugar de responder a la agresión, eligen la huida sin plazos, y casi siempre sin rumbo.

Ese alejamiento les hace propicios al reclutamiento por parte de los responsables de la delincuencia organizada, que les escogen para llevar a cabo actuaciones simples pero de gran riesgo como el transporte de drogas en su propio cuerpo.

4- Consecuencias de la delincuencia juvenil?

La delincuencia juvenil, tiene consecuencias perjudiciales para la sociedad, la cual está enfocada en resolver este problema a través de apoyo psicológico a la familia, en el ámbito social para que la autoestima del adolescente no disminuya

A continuación las principales consecuencias:

– El desequilibrio mental es una de las mayores consecuencias que afecta a los jóvenes que ingresan en la delincuencia.- La desintegración familiar o el deterioro del núcleo familiar.- La promiscuidad sexual y la falta de valores morales, arriesgan al contagio de enfermedades de transmisión sexual, incluyendo el VIH.- La destrucción de los valores.- Las muertes prematuras por causas de las llamadas broncas callejeras.

5- Delincuencia juvenil masculina y femenina?

  • Teorías de carácter social: enfoque funcionalista (teoría del rol y teoría de la igualdad de oportunidades) y enfoque crítico (teoría del control social y teoría de la dependencia económica).

Las teorías clásicas trataron de explicar el fenómeno de la delincuencia femenina sobre la base de aspectos individuales, bien de contenido biológico (anormalidades bioantropológicas, desarrollo sexual, etc.), bien de contenido psicoanalítico o psiquiátrico, en los que subyacía siempre la equiparación entre delincuencia femenina y trastornos biológicos o psíquicos.

Y, pese a haber sido superadas científicamente, lo cierto es que estas teorías están fuertemente arraigadas en la sociedad y han influido notoriamente en los trabajos criminológicos hasta épocas recientes, quien concibe a la mujer delincuente como una enferma mental.

Anexo

ENCUESTA A CERCA DE LA DELINCUENCIA JUVENIL

1) ¿Factores que influyen a la delincuencia juvenil?

a- Pobreza…….

b- Drogadicción…….

c- Familia desestructurada……

d- Falta de afectividad……..

2)¿ Causas de la delincuencia juvenil?

a- Por psicopatías……..

b- Trastornos antisocial de la personalidad……..

c- por reacción de huida………

d- por mala influencia…………

3) ¿Consecuencias de la delincuencia juvenil?

a- Desequilibrio mental……..

b- Desintegración familiar………

c- Embarazo precoz y enfermedades de transmisión sexual……..

d- Perdida de valores………

4) ¿Edad promedia que los adolecentes empiezan a delinquir?

a- 10……….

b- 11……….

c- 12 – 13…………

d- 14, 15, 16, 17…………..

Bibliografía

1- David, Pedro. Sociología criminal juvenil. De palma, Bs. As., 2003.

2- Redondo, Santiago y Garrido, Vicente. Violencia y delincuencia juvenil. Explicación y prevención. Ed. Jurídicas Cuyo, Mendoza, 2001.

3- Garrido, Genovés. 1986. La investigación actual de la delincuencia juvenil. Año III. Pág. 16 – 20.

4- Código de la Niñez y la Adolescencia – Paraguay.

 

 

Autor:

Walter D. Benítez

Sonia Campuzano

LOGICA DE LA INVESTIGACIÓN

Carrera: Derecho

Hernandarias –