La exploración y explotación de la mina de oro La Colosa de Cajamarca Tolima, Colombia (página 2)
Enviado por Blanca Rosa Rincón Rodríguez
exploración: La empresa solicita un permiso de exploración, mediante el cual es autorizado por el gobierno para realizar una serie de pequeñas perforaciones en el terreno para establecer si hay oro, como esta concentrado y a que profundidad se encuentra; para así establecer la forma de explotarlo. A la derecha podemos ver imágenes de la exploración en la zona de Cajamarca, hasta aquí va el proyecto la colosa
´´las pruebas realizadas por la multinacional Anglo Gold Ashanti en Cajamarca sugieren que el oro esta superficialmente disperso por una área de cerca de 515 hectáreas de la zona de reserva natural y por ende se necesita explotarla por el método de minería a cielo abierto.
En primer lugar, con maquinaria pesada se destruye toda la capa vegetal con el fin de exponer el suelo.
Una vez despejado el suelo, se hacen pequeñas perforaciones en la tierra donde se instalan explosivos que luego al accionarse aflojan la tierra. En los 15 años que durará la explotación de oro en Cajamarca, la multinacional Anglo Gold Ashanti utilizara alrededor de 1`000.000 de toneladas de explosivos… 10 veces el poder de la bomba atómica de Hiroshima´´[19].
TITULO QUINTO
Resultados
Luego de visitar el Municipio del Cajamarca Tolima y algunos Municipios vecinos y de realizar algunas entrevistas con cien personas, nos encontramos con la siguiente investigación que a continuación describiremos.
se realizo con base en la visita hecha Al Municipio de Cajamarca, Municipio de Chinchina Caldas, quienes atraídos por este tipo de trabajo que se estaba realizando quienes nos atendieron de muy buena manera.
De la visita realizad al Municipio de Cajamarca Tolima
En la visita realizada a este Municipio, sus habitantes manifiestan atreves de los testimonios que aparecen elementos que muestran que las operaciones o trabajos de la transnacional sudafricana AngloGold Ashanti (AGA) han causado el incremento de las desigualdades, de la pobreza, el deterioro de la salud y las condiciones de vida en general.
En lo concerniente a la situación laboral, el desempleo se incremento, se aumento la pobreza esta población se ve condenada a la miseria.
En conversación con unos parroquianos de Cajamarca que ubicamos en el parque de—, quienes manifestaron que la violencia se ha incrementado, que están seguros, que en estos crímenes esta envuelta la transnacional o sea la compañía que se llevara el oro de Cajamarca, y que además estos crímenes están quedando y quedaron en la impunidad, que las autoridades de turno al parecer son cómplices, bien sea por omisión o por acción.
Manifiestan estos parroquianos, y que hoy por hoy entienden por que se masacró y se presentaron desapariciones, en el año de 2007-2008, que se torturó y se desterró a la población que antes cultivaba la tierra y alimentaba a buena parte de este pueblo. Que se rumora que el medio ambiente se ve afectado, que se han hecho algunas marchas frente al tema pero no hay ningún pronunciamiento.
Que además se su sito una guerrá, entre campesinos, con personas extrañas a esta región y viceversa, los que eran buenos amigos hoy, son grandes enemigos, todos con el afán del codiciado oro.
Que los habitantes de Cajamarca Tolima, no entiende que es lo que pasa, con esta compañía, que el Tolima se caracteriza por ser la despensa agrícola que proporciona alimentos para la región, que la vocación de la agricultura se ve afectada, que las labores agrícolas se acabarían. El precio del agua se incrementaría al 100%.
De vista al Municipio de Córdoba Quindío.
En este municipio quienes atraídos por este tipo de investigación, quienes manifestaron de manera enfática, que la parte ambiental esta en riesgo, si se continua con los trabajos en la mina de oro la Colosa.
Que la compañía multinacional Anglo Gold Ashanti, quien es la encargada de la mina de oro de Cajamarca, ara pruebas que afectan la reserva natural, que se ara una explotación de cielo a bierto. Que los depósitos subterráneos de agua se verán contaminados por los ácidos que se utilizaran. El rio Coello se sin lugar a dudas se contaminara, como otros ríos de la región y regiones vecinas.
Que esto lo que ara es incrementar los problemas de salud, en la niñez, la infancia y la adolescencia, como en la probación del adulto mayor.
De vista en el Municipio de Pijao Quindío.
En este Municipio en particular como los anteriores Municipios que se visitaron las personas aquí entrevistadas. Han manifestado.
Que muchas personas abandonaron las labores agrícolas para dedicarse a la minería, pero hoy sus sueños de oro comenzaron a desvanecerse, al escuchar que se gastara mucha agua, que se ara un trueque como en el tiempo de la conquista española, se cambiara oro por agua. Lo que significa que las vertientes de agua se acabarían.
Aparte de estos tres Municipios que ha buen juicio son importantes para el tema que nos ocupa en la presente investigación, tuvimos la oportunidad visitar los Municipio y sitios de Salento, Quindío Calarcá. Quindío. Coello Tolima, Génova Quindío
En estos Municipio como en los anteriores, todos están inconformes con la futura explotación de la Mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima, se encuentran amenazados por la catástrofe que se avecina, que pasa con los yacimientos de agua, con la salud, con la educación.
Con uno de los entrevistados el señor (Jaime Caicedo). Quien muy jocosamente dijo, ´´cuando no son lo grupos al margen de ley quienes despojan al campesino de sus tierras son las multinacionales ofreciendo empleo chimbo´´
Aquí es donde se pregunta el pueblo y nuestros derechos constitucionales donde están, como los hacemos valer?
Es de aclarar que Cajamarca es un municipio dedicado a la agricultura, como los demás Municipios vecinos el 36%
posee 161 nacimientos de agua y un bosque de niebla milenario, por esta razón, el pueblo es una reserva forestal, sin embargo, el oro presente en Cajamarca se encuentra superficialmente disperso en un área de 515 hectáreas de la zona de reserva natural, para lo cual, la única forma de extracción sería la explotación minera a cielo abierto, pero para esta explotación se está acabando con la reserva, se está destruyendo la capa vegetal para dejar expuesto el subsuelo, el agua se contaminará con cianuro elemento químico necesario, se crearán lluvias ácidas por las masivas emanaciones de ácido nitroso, se gastarán 250.000 litros de agua por hora, se acabará con la actividad agrícola de la región y con todos los recursos naturales que han caracterizado este municipio y municipios vecinos. Existen 161 nacimientos de agua y un bosque de niebla milenario.
Es de anotar que la mina de Oro de de Cajamarca Tolima según los estudios será explotada a cielo abierto, el cual que consiste.
En primer lugar, con maquinaria pesada se destruye toda la capa vegetal con el fin de exponer el suelo.
´´Una vez despejado el suelo, se hacen pequeñas perforaciones en la tierra donde se instalan explosivos que luego al accionarse aflojan la tierra. En los 15 años que durará la explotación de oro en Cajamarca, la multinacional Anglo Gold Ashanti utilizara alrededor de 1`000.000 de toneladas de explosivos… 10 veces el poder de la bomba atómica de Hiroshima.
Una vez aflojada la tierra, con maquinaria se procede a "raspar" toda la montaña, con el fin de remover enormes cantidades de roca, ya que el oro está en partículas microscópicas esparcidas en toda la tierra´´[20].
En las minas a cielo abierto, para extraer un kilogramo de oro se necesitan remover entre 130 a 150 toneladas de tierra. En Cajamarca se estima que se removerán de esta manera 600.000 toneladas de tierra diarias.
Una vez se tiene el material rocoso, se le deposita en enormes pilas sobre plásticos, donde se le rocía por semanas enteras con una solución de agua con cianuro, que al irse escurriendo junta las partículas de oro, para luego llevar esta mezcla liquida de agua + oro+ cianuro a unas enormes piscinas donde con carbón activado se separa el oro del resto de materiales. Además se estima que la cantidad utilizada por la mina se acerca a los 250.000 litros de agua por hora.
El futuro de las más de 515 hectáreas de reserva natural, donde se planea realizar la explotación minera en Cajamarca, será muy similar al de esta fotografía tomada de la mina de oro de Yanacocha en Perú
Foto 1.
Ante esta situación se pregunta ¿Y donde quedaran los 161 nacimientos de agua que según cortolima se encuentran en la zona de explotación minera? ¿Qué pasara con el rio Coello, bermellón, y las decenas de quebradas que abastecen el sistema de riego de espinal conocido como Usocoello? ¿Qué pasara con el milenario bosque de niebla, su biodiversidad y las especies en vía de extinción que allí habitan? ¿Qué pasara con los millones de toneladas de tierra impregnada con cianuro que dejara la multinacional tras de si? ¿Acaso es sostenible esta actividad que mata la naturaleza, esteriliza los suelos y aniquila la vida?
¿Que pasara con los depósitos subterráneos de agua que se contaminaran por los inevitables drenajes ácidos que dejará la mina tras de si? Además en una región con pendientes mayores a 45º, con múltiples fallas geológicas y cercana al volcán machín … ¿Cómo nos garantizara la multinacional que en caso de un sismo o derrumbe, el cianuro contenido en las piscinas no se derramara por todo el rio Coello contaminando así todo el plan del Tolima y el rio magdalena?
¿Que pasara con la inevitable lluvia acida generada por las masivas emanaciones de oxido nitroso producto de las explosiones en la mina?[21]
¿ES ESTO DESARROLLO Y BIENESTAR PARA NUESTRA REGION?
PORQUE EL AGUA VALE MAS QUE EL ORO: TOLIMENSES TODOS DIGAMOS SI A LA VIDA, NO A LA MINA.
Área de la mina la Colosa.
[22]
Estos 161 nacimientos de agua que se encuentran en la zona de explotación minera, y las decenas de quebradas que abastecen el sistema de riego de espinal conocido como Usocoello
Entre algunos de los documentos recolectados en el presente trabajo, llama la atención, el de la minga global por la defensa de la madre tierra.
´´Minga de Resistencia Social y Comunitaria del Tolima les comparte las razones para oponernos al proyecto minero "La Colosa" y a la multinacional Anglo Gold Ashanti:
Anglo Gold Ashanti es la tercera más grande multinacional explotadora de oro en el mundo, que ha sido denunciada por violación de derechos humanos y afectación al medio ambiente en varios países. Esta llegó al país con engaños bajo el pseudónimo "La kedahda" y con la complicidad del gobierno nacional ha recibido licencias de exploración minera, violentando la normatividad ambiental vigente. Anglo Gold Ashanti tiene solicitudes de licencias de exploración y explotación en un área que comprende más de 4 millones de hectáreas del territorio nacional. Oponernos a la Anglo Gold es rescatar nuestra dignidad y soberanía.
El proyecto minero se establecería en una zona ambiental protegida que es de hecho una estrella de agua en la que se verían amenazados 161 nacimientos de agua. El agua es un bien común y la destrucción de sus nacimientos afectaría no solo a los habitantes de Cajamarca sino a toda la región y el país.
La operación de "La Colosa" consumirá mucha agua (9 millones de metros cúbicos al año) equivalente al consumo mínimo de 400.000 personas; la escasez de agua resultante nos arruinará, ENCARECIENDO el costo de vida de esta región.
Este proyecto es una amenaza real contra el distrito de riego del río Cuello y contra el proyecto de acueducto alterno para Ibagué que tomaría el agua de la parte alta de la cuenca de este río.
Cajamarca y la región conocida como el plan del Tolima son importantes despensas de alimentos para la región y el país; la puesta en marcha del proyecto cambiará la vocación productiva de la región y destruirá para siempre miles de trabajos agrícolas a cambio de apenas 500 puestos de trabajo generados durante 15 años; trabajo por demás pauperizados, sin seguridad social tal y como acostumbran a hacer las empresas transnacionales.
Se utilizarán más de 4 millones de kilos del venenoso cianuro cada año y los residuos tóxicos generados contaminarán los ríos de la zona (Bermellón, Cuello e incluso el río Magdalena) y el suelo con metales pesados como el arsénico, cobaltos, mercurio etc., que pueden seguir contaminando por más de 100 años. Rechazamos la idea de tomar agua con cianuro.
La mina se encuentra en una zona de altísima actividad volcánica asociada al volcán Machín, con lo que se aumenta el riesgo de una tragedia ambiental por la ruptura del dique de las piscinas con agua cianurada, los cuales contaminarían los ríos y las aguas subterráneas de la zona.
Los municipios y departamentos mineros en Colombia se han convertido en los más violentos y pobres del país como en los casos del Sur de Bolívar, La Guajira, el norte del Cauca, el nordeste de Antioquia y Chocó, en donde las comunidades se han convertido en víctimas del desplazamiento forzado, del terror y la violación a sus derechos fundamentales.
Las ganancias millonarias de la empresa se exportarán a los paraísos fiscales como las Islas Vírgenes Británicas y no beneficiarán a los Colombianos. Lo que quiere hacer el gobierno al otorgar estas licencias es feriar el patrimonio colectivo de las y los colombianos.
Los costos de remediar el daño ambiental en la zona pueden superar el monto total de las regalías recibidas.
Cuando se cierre la mina dejará atrás problemas sociales causados por la misma, tales como la violencia, la prostitución, falta de trabajo, encarecimiento del costo de vida y los alimentos, cambio en la vocación productiva de nuestras comunidades, pérdida de la seguridad alimentaria y problemas ambientales entre otros, los cuales tendremos que resolver los colombianos, pues la empresa ya no estará.´´
"La Colosa" es apenas el principio, ya que existen otros intereses en proyectos localizados en Ibagué, Líbano, Santa Isabel y Ataco, con lo que los impactos ambientales y amenaza a nuestros territorios por parte de las multinacionales y la minería del oro en el Tolima se extenderá a amplias zonas del departamento afectando a poblaciones y ecosistemas estratégicos. Te invitamos a unirte a la lucha y decir SI A LA VIDA, NO A LA MINA.[23]
Comisión quinta del senado, la comisión de asuntos ambientales, mineros y agrarios. Intervención del senador Jorge Enrique Robledo en la audiencia pública sobre la mina de oro La Colosa, Cajamarca Tolima 20 de febrero de 2009.
Haciendo un resumen de la intervención del senador Jorge Enrique Robledo
Quien manifestó que los grandes proyectos hay que analizarlos detenidamente, porque hay unos que pueden ser inconvenientes y, si se comprueba que es así, mejor no hacerlos para el caso que nos ocupa, respecto al proyecto minero mas ambicioso en la ultima década. Manifestación del senador Estos proyectos mineros suelen aparecer como Dorados, pero si ustedes revisan lo ocurrido en el departamento del Chocó, donde ha habido desde hace siglos minería del oro y del platino, lo único que de verdad abunda es la miseria. Lo mismo pasa en el departamento de Antioquia, en los municipios del Bagre y Zaragoza, donde desde hace cien años se extrae oro y los índices de pobreza y miseria son pasmosos. Con decirles que duplican y triplican los promedios de pobreza de Antioquia, o sea, paradójicamente, lo más pobre del departamento son precisamente los municipios donde se hace extracción del oro. No quiere decir que siempre y en todos los casos sea así, pero estoy examinando con objetividad los hechos que nos rodean, para que podamos presentar las cosas como son y no solo desde un punto de vista. Basta con que ustedes vayan y miren la situación social en La Guajira y el Cesar y nos digan si es verdad que desaparecieron la pobreza y la miseria. No es cierto que haya desaparecido. Hay unos ciertos enclaves de modernidad, pero lo que prevalece allí es la miseria más espantosa que pueda imaginarse[24]
con respecto al empleo se pronuncio el senador ´´ En segundo término, digamos que una proporción bien grande de los empleos no son en todo estables ni relativamente bien remunerados, sino que son empleos bajo el régimen de contratistas y en condiciones salariales muy malas“ en cuanto alas perdidas
En cuanto a las perdidas ´´.Las pérdidas son evidentes. Lo más seguro es que sea un proyecto de minería a cielo abierto, que suele producir un impacto ambiental absolutamente monstruoso, por el uso de maquinaria gigantesca, de dinamita, de explosivos, propio de un movimiento de piedra y tierra absolutamente descomunal. El impacto, por donde uno lo mire, en polución ambiental, en ruido, en destrucción de fauna y flora, es evidente.
En cuanto al riesgo. “El riesgo sobre las aguas también es inevitable, no solo por la cantidad de agua que usa la minería, sino porque además, como bien lo sabemos, aquí hay una especie de nudo de aguas que abastece a buena parte del departamento. Toda esta zona del municipio de Cajamarca depende de ellas. Estamos hablando nada menos que de amenazar el primer distrito de riego de Colombia, el de Coello, en el municipio de El Espinal, Luego aquí hay riesgos de salud pública´´
Otros impactos. “que no es cierto que se vaya a acabar el problema del desempleo y la pobreza en la región. Eso no es verdad. Y vienen otros impactos, entre ellos, el alza en los arriendos, en el precio de la comida y en el costo de la vida. Y menciono de paso con franqueza otras lacras sociales que normalmente vienen pegadas de este tipo de proyectos, como pueden ser la prostitución y el alcoholismo. Quienes estudien el impacto ambiental para la compañía deben considerarlo y ver qué se va a hacer con ellos, porque todo lo termina pagando la región´´
EL DÍA QUE SE ACABE EL ORO — “Digamos por último que un día se acaba el oro. Lo que he leído es que pueden ser unos catorce años de extracción. ¿Qué pasa después de que se acabe el oro? Los impuestos que hayan quedado, ahí quedaron. Los empleos que se hayan producido, se desaparecieron. Las compras que se puedan hacer aquí en la región, que repito, son pocas, tampoco estarán. Y el resto de cosas, ¿qué? Si se fue con el oro la agricultura, ¿qué hacemos? Si se fue con el agua la ganadería, ¿qué hacemos? Son preocupaciones válidas que uno tiene que plantear´´
Repudio de manera enfática que una empresa de capital extranjero trasnacional haya procedido violando las normas de Colombia en lo que tiene que ver con los parques naturales. Me parece absolutamente inaceptable, y en esto le doy toda mi solidaridad a la Procuraduría (*), a la Contraloría y a Cortolima. Lo menos que tiene que asegurar una empresa extranjera es cumplir más juiciosa que nadie las leyes de Colombia. Cuando los colombianos vamos al exterior somos respetuosos de las normas del país que nos aloja y esperamos que aquí suceda de la misma manera´´
Concluye el senador Jorge Enrique Robledo ´´Las normas establecen que no se puede desagregar esa reserva, salvo que previamente se modifique la ley. Qué otra cosa puede entonces hacer un senador de la República sino decir que se cumplan las leyes, como también lo están diciendo los funcionarios respectivos. A estas alturas, en síntesis, en mi análisis del costo y del beneficio, tengo la certeza de que son demasiados los costos, demasiados los riesgos, y en estas circunstancias, el proyecto no debe realizarse[25]
RESUMEN JURÍDICO DE LA PONENCIA DE LA PROCURADURÍA JUDICIAL AMBIENTAL Y AGRARIA DEL TOLIMA, PARA SOLICITAR LA NEGACIÓN TOTAL Y SIN CONDICIONAMIENTO ALGUNO, DE LA SUSTRACCIÓN DEL ÁREA PARA EL PROYECTO MINERO "LA COLOSA", MUNICIPIO DE CAJAMARCA –TOLIMA.
INGENOMINAS olvidó que el Decreto 1729 de 2002 definió la ordenación de las cuencas hidrográficas para mantener el equilibrio adecuado entre el aprovechamiento económico de los recursos naturales renovables y la conservación de la estructura biofísica de la cuenca, especialmente de los recursos hídricos en cuanto a su preservación, conservación, protección, prevención del deterioro y su restauración. La minería a cielo abierto, utilizando cianuro y extrayendo más de 30.000 toneladas diarias de material rocoso, en nada se compagina con la normatividad anterior.
INGEOMINAS por el contrario si recordó el Artículo 210 del Código de Recursos Naturales, para recomendar la sustracción del área para adelantar labores de exploración minera, pero consideró equivocadamente de mayor utilidad pública la minería, antes que la utilidad y el interés público por el agua para el consumo humano y usos domésticos de más de 180.000 habitantes de los municipios de El Guamo, El Espinal y Coello y de un Distrito de Riego –USOCOELLO- que irriga más de 27.000 hectáreas.
El POT de Cajamarca no contempla la actividad minera dentro de la Zona de Reserva Central.se tiene en cuenta que el oro del proyecto "La Colosa" se encuentra diseminado en las rocas, es decir, en concentraciones de pocos gramos por tonelada, pues la explotación debe ser intensiva y a cielo abierto.
Para terminar y de manera reiterada, la Procuraduría Judicial Ambiental y Agraria del Tolima solicita al Dr. Juan Lozano Ramírez, la negación total de la sustracción del área solicitada por Anglogold S.A., para el proyecto "La Colosa". Manifiesta igualmente, el rechazo total a la sustracción condicionada, por inexistente en la legislación colombiana, y por ir en contravía de todo lo expuesto en este resumen jurídico de la ponencia"".[26]
TITULO SEXTO
Jurisprudencia Corte Constitucional
Extraemos algunos apartes de la siguiente Sentencia de Tutela No. T-318/93, que se atempera al tema en discusión respecto a la mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima, y por ende por los trabajos que adelanta la compañía Anglo Gold Ashanti (AGA).
La tradición de la minería subterránea en Colombia se restringía al carbón y a otros metales, y a pesar de que en la actualidad se están desarrollando otros proyectos en materia áurea, ninguno de ellos ha alcanzado el potencial de La Colosa.
Es de anotar que con los trabajos adelantados por la compañía encargada de la exploración y explotación de la mina de oro la Colosa, ha violado las normas legales establecidas para tal fin, y por ende amenaza los derechos fundamentales de los habitantes de Cajamarca Tolima y Municipios vecinos.
Diáfano es que el derecho a la vida es inviolable, y esta relacionado con la protección constitucional que distingue dos connotaciones, de un lado la salud que adquiere rango fundamental cuando esta en riesgo la vida u otro derecho fundamental, por ende es susceptible de amparo a través de la Tutela. La protección y conservación de la vida a través de la garantía estatal impartida a la salud es ajena a cualquier discusión de tipo legal o contractual, esta concedido en la forma que lo hizo la Constitución Nacional.
Sentencia de tutela T318 de 1993.
Derecho a la vida. Derecho a la integridad personal. Actividad minera. Carbocol. Concedida.
Sentencia No. T-318/93
Actor: Hernán Rojas Ávila y otros.
Magistrado Ponente: Dr. Carlos Gaviria Díaz
ACTIVIDAD MINERA-Límites
Para la evaluación de la procedencia de una explotación particular, se aplicará el criterio de costo-beneficio y cuando sean mayores los beneficios esperados de la actividad minera, que los costos sociales impuestos por la misma, se aprobará el correspondiente contrato. Una vez las autoridades encargadas de la prevención y atención de desastres señalan la zona como de alto riesgo, y así lo han hecho en este caso, el criterio de costo-beneficio ha de aplicarse con una gran restricción: se ha de asumir que se presenta el desastre temido y estudiar cuál sería la hipótesis de ocurrencia del insuceso, que menores costos y efectos sociales produciría; identificada tal hipótesis, la actividad sólo podrá realizarse -si es que aún se puede autorizar-, dentro de los límites que esa hipótesis aconseje.
ACTIVIDAD MINERA-Explotación inadecuada/DERECHO A LA VIDA
La actividad que cumple el demandado sí es una actividad legítima, pero no lo es la manera en que la viene adelantando y, por tanto, no procede que se le proteja en contra de las pretensiones de los demandantes en tutela. La relación de causalidad entre la explotación del demandado y el peligro para la vida, integridad personal y bienes de los [27]demandantes, es directa y clara. Mientras más explote inadecuada e irregularmente, mayor es el perjuicio que sufren las edificaciones del área y mayor es el riesgo de que una desgracia afecte la vida de sus moradores y usuarios. Las irregularidades probadas al demandado siguen constituyendo una amenaza grave contra los derechos fundamentales de los habitantes de la vereda, siendo procedente la tutela que impetraron los demandantes.
Ref.: Expediente No. T-10954
Acción de Tutela en contra de un particular y de la empresa Carbones de Colombia s.a., Carbocol, por amenaza a los derechos fundamentales de los habitantes de la vereda San Vicente del municipio de Suesca, Cundinamarca
Cuando existe un peligro cierto para la vida de las personas, quien con su actividad aumenta el riesgo al que todos están sometidos, viola los derechos de los demás.
ANTECEDENTES
En la vereda San Vicente, municipio de Suesca, Departamento de Cundinamarca, la compañía Carboneras de Manacá ltda., explotó los mantos de carbón presentes en la zona hasta 1982. Los socavones dejados por tal explotación no fueron luego rellenados, pero sí se dejaron machones de seguridad, a corta distancia uno del otro. Desde que se abandonó esa mina, no se realizan labores de mantenimiento, por lo que en varios sectores se han presentado derrumbes subterráneos parciales.
EL FALLO DE SEGUNDA INSTANCIA
Correspondió a la Sala Penal del Honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, conocer de la segunda instancia. Luego de recibir y valorar algunos medios probatorios que no alcanzaron a incorporarse antes al expediente, el Tribunal decidió revocar la decisión del a-quo, considerando que no procedía la tutela otorgada
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
COMPETENCIA
Es competente la Corte Constitucional para decidir sobre el negocio de la referencia, en virtud de los artículos 86 y 241 de la Constitución Política. También lo es la Sala Cuarta de Revisión de Tutelas, para decidir sobre las sentencias de instancia en este grado jurisdiccional de revisión, en virtud de la selección y reparto hechos por la Sala de Selección Número 3, mediante Auto del once (11) de mayo del presente año, ante la insistencia, en el término legal, del señor Defensor del Pueblo, Jaime Córdoba Triviño.
NUEVOS ELEMENTOS DE JUICIO
Después de dictada y notificada la sentencia de segunda instancia, fueron allegados al expediente T-10954, varios elementos de prueba: la señora Jefe de la Sección de Secretaría Jurídica del Ministerio de Minas y Energía, ……….
Con esos y los demás elementos de juicio existentes en el expediente, se procede a examinar los tres temas en que se concretará la revisión del presente caso: la situación geofísica de la zona y la amenaza a los derechos fundamentales de sus habitantes; la legalidad de la actividad extractiva adelantada por los demandados; y, la relación de causalidad entre la actividad minera y la amenaza a los derechos fundamentales, temas en los que se encontró fundamento para los fallos que se revisan.
LA SITUACIÓN GEOFÍSICA DE LA ZONA Y LA AMENAZA CONTRA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS ACTORES.
El suelo del área contiene mantos rocosos de arenisca, lutitas fisuradas, arcillas duras y carbón; pertenece al Grupo Guaduas y en él, según concepto del Laboratorio de Suelos del Departamento de Cundinamarca, "al existir cualquier desplazamiento, la deformación se manifiesta en la superficie." La inestabilidad del terreno es reconocida por los expertos de Carbocol y del Ministerio de Minas y Energía……..
Para la Corte, en una tutela en la que se impetra la protección al derecho a la vida, es determinante en la apreciación de la situación geofísica de la zona y la amenaza que pueda
LA LEGALIDAD DE LA ACTIVIDAD MINERA ADELANTADA POR EL DEMANDADO.
Dice la sentencia de segunda instancia que aquí se revisa, a folio 229: "…la acción de tutela se instauró contra un particular, por una actividad minera que le fue autorizada por las autoridades oficiales competentes, obteniendo el debido registro minero por parte del Ministerio y celebrado el contrato con Carbocol. Su conducta es totalmente legítima, así fue examinada por la Dirección General de Minas y así la califica la Sala…"
En conclusión, la actividad que cumple el demandado sí es una actividad legítima, pero no lo es la manera en que la viene adelantando y, por tanto, no procede que se le proteja en contra de las pretensiones de los demandantes en tutela, como lo decidió la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca.
LA ACTIVIDAD DEL DEMANDADO Y LOS DERECHOS DE LOS ACTORES.
Como quedó claro, la explotación que adelanta el señor Agustín Moncada en San Vicente no es perseguible penalmente, como sí lo son las que subrepticiamente realizan algunos otros habitantes de la zona, pues el Estado, dueño del carbón y demás recursos del subsuelo, a través de sus entes especializados, el Ministerio de Minas y Energía y Carbocol, contrató con él la extracción y la comercialización del material, sometiéndose al registro del contrato y a la supervisión y vigilancia del citado Ministerio. Igualmente quedó aclarado que el señor Moncada Galeano aprovechó la aparente legalidad de su actividad para explotar el material por fuera del área autorizada……..
que los ingenieros de Carbocol recomendaron no explotar el manto superior de carbón -de tres que hay-, localizado entre doce (12) y catorce (14) metros de profundidad, pues las características del terreno no permiten la extracción de esa capa mineral sin que se produzcan derrumbamientos.
Es cierto, como se afirma en el fallo de segunda instancia, que igual relación de causalidad se puede establecer con relación a los otros vecinos de la mina que esporádicamente explotan el carbón de manera subrepticia e ilegal. Pero, ya las autoridades competentes han procedido a investigar esos hechos que pueden constituír una infracción penal y, aún en el caso de que se llegare a probar y sancionar tal actuación, ello no quita nada de lo dicho sobre la explotación que adelanta el demandado, pues el hecho de que otros incurran en irregularidades mayores, no justifica las propias. Las irregularidades probadas al señor Moncada Galeano siguen constituyendo una amenaza grave contra los derechos fundamentales de los habitantes de la vereda San Vicente, siendo procedente la tutela que impetraron los demandantes.
En razón de lo expuesto, la Sala Cuarta de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional,
RESUELVE:
PRIMERO. Revocar en todas sus partes la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, fechada el 25 de febrero del presente año y de la cual fue ponente la Dra. Juana Marina Pachón Rojas. En su lugar, admítir la Acción de Tutela.
SEGUNDO. Conceder la tutela impetrada para los derechos a la vida, a la integridad personal y a la protección de los bienes adquiridos de acuerdo a las normas vigentes, de los accionantes y sus familias, como mecanismo transitorio para evitar perjuicios irremediables futuros, por las razones expuestas en la parte motiva.´´ [28]
7. TITULO SEPTIMO
Escogimos algunas fotos tomadas de la página. http.www.panoramico.com/photo con el fin de lograr una mejor ilustración
Panorámica de Cajamarca.
Foto No. 1-2. 3. 4…….Podemos ver imágenes de la exploración en la zona de Cajamarca, aquí va el proyecto la Colosa
Paisaje, las montañas de Cajamarca sin la exploración de mina de oro la colosa.
Chorros de agua blanca en Cajamarca Tolima
Camino al alto de la Línea.
Paisaje después de que la compañía ANGLOGOLD ASHANTI (AGA), haya terminado su labor en Cajamarca. Tolima Colombia.
Conclusiones
Después de analizar, investigar, entrevistar y desarrollar los elementos necesarios para llevar a cabo un excelente trabajo socio jurídico, que demuestran que la operación de la transnacionales AngloGold Ashanti en Colombia, en la exploración y explotación de la mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima Colombia a la luz de la ley 685 de 2001, lo que traerá es:
1. Incremento de las desigualdades, de la pobreza,
2. Deterioro de la salud, las condiciones de vida en general y las condiciones de vida reseñadas
3. Profundo deterioro de la situación laboral y la falta de empleos llevan a un acentuado empeoramiento de la situación económica de las familias.
4. La escasa dotación de servicios públicos.
5. Aumento grave de miseria a la que se ve condenada la población afectada
Luego de conocer Los aspectos concernientes de la transnacionales AngloGold Ashanti en Colombia, en la exploración y explotación de la mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima Colombia a la luz de la ley 685 de 2001, Es que:
Viola flagrante mente la Constitución política de Colombia.
Viola los derechos fundamentales.
Derecho a la vida, derecho a la salud, articulo 11 de la Constitución Política de Colombia. Y artículos 2. 12.
Derecho a la paz articulo 22 PC.
Derecho al trabajo articulo 25 CP.
Derechos fundamentales de los niños, la integridad, salud, alimentación articulo 44 CP.
Derecho a la propiedad privada, articulo 58 CP.
Derecho a un ambiente sano articulo 79 al 81 CP.
Derechos humanos articulo 93 CP.
Articulo 334 de la CP.
Viola Flagrantemente
el artículo 210 del Código de Recursos Naturales de Colombia.
La ley 685 de 2001, Articulo 34.
El Código de Recursos Naturales el cual a través del Decreto 2811 de 1974, define las áreas de Reserva Forestal en los artículos 203, 204 y 205 y en el 207 determinó que el Área de Reserva Forestal sólo puede destinarse al aprovechamiento.
Las alternativas que se pueden presentar, es que no se entreguen mas títulos mineros a las empresas extrajeras, por que violan flagrantemente las normas jurídicas establecidas.
En Colombia existen empresas que pueden explorar y explotar los recursos naturales no renovables sin hacerle tanto daño a una población, sin violar las normas jurídicas establecidas, pero los gobiernos de turno con sus talanqueras han preferido las empresas extrajeras.
Como los gobiernos de turno son complaciente con la empresa extrajera, que afecta la comunidad, se les debe exigir a la transnacional que respete los derechos de los pueblos, y además a que se conozca la verdad, y que haya justicia y reparación para las víctimas.
Esta demostrado que permanentemente los pueblos colombianos adelantan un proceso de juzgamiento de las empresas transnacionales por las violaciones a los Derechos Humanos.
En Colombia en el año 2006 fueron asesinados según los casos conocidos y denunciados– 330 personas fueron ejecutadas de manera extrajudicial, mientras 88 más sufrieron torturas y 80 fueron desaparecidas, entre ellos, el líder minero Alejandro Uribe, miembro de la junta directiva de la Asociación de Mineros de Departamento de Bolívar, de la Federación Agrominera del Sur de Bolívar (Fedeagromisbol) y presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda Mina Gallo, del municipio de Morales.
En el municipio de Quinchía (Risaralda) Se denunció, asimismo, que la transnacional del oro se ha beneficiado de los crímenes ejecutados a partir del 2001, Se denuncia igualmente la utilización de la justicia criolla para perseguir a las comunidades en medio del trámite de solicitudes de contratos de concesión presentados por la transnacional. Y además, los procesos de explotación se han iniciado con desconocimiento del derecho de los pueblos indígenas a ser consultados.
Referencias bibliográficas
Código de minas, ley 685 de 2001, ediciones Doctrina y Ley
Código nacional de Recursos Naturales y protección del medio ambiente ley 23 de 1973, Ediciones la sistematizadas la equidad.
Conciencia ambiental. O9.blosgpot.con
Constitución política de Colombia, Francisco Gómez Sierra, editorial leyer
Ley 1382 de 2010 que modifico la ley 685 de 2001
El espectador.com
Fotos. www.panoromio.com/photo
Fotos.www.grouxuflmis.com
Jurisprudencia de la Corte constitucional
Marco legal minero. www.mina.com
Minga resistencia social y comunitaria del Tolima, voz de los movimientos por la defensa de la madre tierra.
Anexos
Entrevista los días viernes y sobados en el Municipio de Cajamarca, Coello Tolima, y los Municipio vecinos del Quindío: Córdoba, el Pijao, Salento, Calarca y Génova.
¿Que papel juega el desarrollo minero, en la generación de empleo con el hallazgo de la mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima?
¿Qué papel juega aquí, la repercusión ambiental que pueda tener la explotación de la mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima de acuerdo a la ley 685 de 2001?
¿Qué actividades han desarrollado para garantizar el éxito de este importante proyecto?
10.1 TABULACION DE LA ENTREVISTA
PREGUNTA | RESPUESTA |
¿Que papel juega el desarrollo minero, en la generación de empleo con el hallazgo de la mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima? | La totalidad de los entrevistados respondieron. En ningún momento se ha generado empleo, lo que se incremento fue la violencia, al campesino lo han despojada de sus tierras, las labores agrícolas se abandonaron. |
¿Qué papel juega aquí, la repercusión ambiental que pueda tener la exploración y explotación de la mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima de acuerdo a la ley 685 de 2001? | Nos encontramos amenazados por la catástrofe que se avecina , nos preguntamos que pasa con el agua, con la salud, con la educación de nuestros hijos, toda vez que 515 hectáreas de reserva natural se ven afectadas. Los impactos ambientales amenazan nuestro territorio por parte de la multinacional |
¿Qué actividades han desarrollado para garantizar el éxito de este importante proyecto? | Venimos ejerciendo un liderazgo fuerte con la administración (Alcaldía) para organizar de esta manera las áreas aledañas y ejercer control sobre las mismas, de modo que no ocurra lo mismo que pasó en la época de la conquista los españoles se llevaron las riquezas y nos dejaron en la absoluta miseria |
Autor:
Blanca Rosa Rincón Rodríguez
Carlos Joel Muñoz Roa
UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
FACULTAD DE POSTGRADO Y EDUCACION CONTINUADA
DERECHO CONSTITUCIONAL COHORTE VI
ARMENIA QUINDIO
2011
Presentado al Doctor
AMED GARCIA
[1] Constitución Política de Colombia. Francisco Gómez Sierra, Editorial Leyer Ley 685 de 2001. Editorial Leyer
[2] El diario el Tiempo del 21 de diciembre de 2007
[3] El diario el Tiempo del 21 de diciembre de 2007
[4] Constitución política de Colombia. Francisco Gómez Sierra, Editorial leyer
[5] Constitución Política de Colombia, Francisco Gómez Sierra, Editorial Leyer
[6] Constitución Política de Colombia, Francisco Gómez Sierra, Editorial Leyer
[7] Constitución Política de Colombia, Francisco Gómez Sierra, Editorial Leyer
[8] Sentencia 26 de septiembre de 1940, sala de negocios generales
[9] Constitución Política de Colombia, Francisco Gómez Sierra, Editorial Leyer
[10] Constitución Política de Colombia, Francisco Gómez Sierra, Editorial Leyer
[11] Código de minas ley 685 de 2001, pagina 19. Ediciones la equidad
[12] La Ley 23 de 1973. Código Nacional de recursos Naturales
[13] La ley 1382 de 2010 modifico a la ley 685 de 2001.
[14] La ley 1382 de 2010 modifico a la ley 685 de 2001.
[15] La ley 1382 de 2010 modifico a la ley 685 de 2001.
[16] Código de minas ley 685 de 2001. Editorial leyer
[17] Marco Legal Minero. Tomado de interner.www. Minas
[18] El espectador.com
[19] EL espectador .com
[20] Conciencia-ambiental09.blogspot.com
[21] www.panoramico.com/photo.
[22] Conciencia-ambiental09.blogspot.com
[23] www.panoramico.com/photo.
[24] www.panoramico.com/photo
[25] Minga de resistencia social y comunitaria del Tolima. Voz de los movimientos / especial: minga global por la defensa de la madre tierra
[26] Pagina social Twiter. Comisión quinta del senado, la comisión de asuntos ambientales, mineros y agrarios. Intervención del senador Jorge Enrique Robledo en la audiencia publica sobre la mina de oro la Colosa de Cajamarca Tolima 20 de Febrero de 2009.
[27] Pagina social Twtter. Comisión quinta del senado, la comisión de asuntos ambientales, mineros y agrarios. Intervención del senador Jorge Enrique Robledo en la audiencia pública sobre la mina de oro La Colosa, Cajamarca Tolima 20 de febrero de 2009
[28] Pagina social Twtter. Comisión quinta del senado, la comisión de asuntos ambientales, mineros y agrarios. Intervención del senador Jorge Enrique Robledo en la audiencia pública sobre la mina de oro La Colosa, Cajamarca Tolima 20 de febrero de 2009
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